SUPERVISIÓN DEL CONTRATO. La Supervisión del contrato será realizada por la persona que sea designada por la Corporación, quien para cumplir con esta función deberá efectuar el seguimiento, control y vigilancia a la ejecución del contrato, y de sus actuaciones dejará constancia escrita, la cual remitirá al expediente del contrato. El supervisor designado deberá verificar que el contratista, se encuentre al día en el pago de sus aportes al Sistema General de Seguridad Social, cuando a ello haya lugar. Igualmente, el requisito del pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social, deberá ser acreditado por el contratista para la realización de los pagos derivados del contrato. Así como el pago oportuno de los salarios u honorarios de las personas que designe para la ejecución del contrato.
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Samples: Marco De Suministro, Contract for Services, Contract for Security Services