HABILITACIÓN TÉCNICA Cláusulas de Ejemplo

HABILITACIÓN TÉCNICA. Con el fin de garantizar la selección objetiva del proveedor se procederá a validar los requisitos previstos en el numeral 3.6. del presente pliego de condiciones.
HABILITACIÓN TÉCNICA. El Comité Evaluador, dentro del término señalado en el presente Pliego de Condiciones, realizará la verificación de los requisitos mínimos técnicos de las propuestas, a fin de establecer la habilidad técnica de la propuesta. Estos aspectos técnicos son objeto de verificación y no de calificación, por tanto, si la propuesta cumple todos los aspectos técnicos habilitantes, se evaluará como CUMPLE TÉCNICAMENTE. En caso contrario, se evaluará como NO CUMPLE TÉCNICAMENTE y la propuesta será RECHAZADA.
HABILITACIÓN TÉCNICA. Comprobante de registro y regularidad del(los) responsable(s) técnico(s), del POSTOR o de la CONTRATADA, en el Consejo Regional de Ingeniería, Arquitectura y Agronomía – CREA, a efectos de comprobación de la cualificación profesional. Comprobación de que el POSTOR, o la CONTRATADA, poseen en su cuadro permanente profesional(s) de nivel superior, poseedor(es) de comprobante emitido por persona de derecho público o privado, certificado por el CREA, para la ejecución o supervisión de servicios de: construcción, montaje, mantenimiento y operación de líneas de transmisión y subestaciones en tensión igual o mayor que 220 kV. Copia autenticada de la libreta de trabajo o del comprobante legal del vínculo laboral entre los profesionales indicados y el POSTOR o la CONTRATADA. Nada consta en Certificado Civil de Quiebra, Concurso y Recuperación Judicial y Extrajudicial o nada consta en Certificado de Insolvencia Civil, emitido por el distribuidor del domicilio del POSTOR. En caso de los FIP, los Documentos exigidos se presentarán en nombre del Administrador y del Gestor del FIP. Estados contables del último ejercicio social, exigibles y presentados en la forma de la Ley, prohibida su substitución por balancetes o balances provisorios, pudiendo ser actualizadas por el IPCA – Índice de Precios al Consumidor Amplio, cuando cerrados más de 3 (tres) meses antes de la fecha definida en este pliego de condiciones para el recibimiento del sobre que contiene los Documentos de habilitación, que permitan determinar la condición financiera del POSTOR y el patrimonio líquido mínimo exigido. Se aceptarán los estados contables exigibles en la forma de la ley, conforme a los tipos de sociedad a continuación indicados, en caso de que el POSTOR no haya sido creado en el mismo año civil de la SUBASTA: Sociedad de Capital Abierto – estados contables publicados en Diario Oficial o en periódico de gran circulación en el país o copia autenticada de los estados extraídos del Libro Diario registrado en el órgano competente y del Parecer de los Auditores Independientes y del Consejo Fiscal; Sociedad de Capital Cerrado – estados contables publicados en el Diario Oficial o en periódico de gran circulación en el país o copia autenticada de los estados contables extraídos del Libro Diario registrado en el órgano competente; Sociedad Limitada – copia autenticada de los estados contables extraídos del Libro Diario registrado en el órgano competente; FIP – Deberá presentar estados contables acompaña...
HABILITACIÓN TÉCNICA. Podrán optar a la licitación del servicio únicamente empresas conservadoras de ascensores debidamente inscritas en el correspondiente registro de empresas habilitadas para el mantenimiento o conservación de ascensores y que cumplan los requisitos establecidos en la ITC-AEM 1.
HABILITACIÓN TÉCNICA a) Certificado de realización de servicios, durante los últimos 3 (tres) años, inherentes al objeto de la licitación, en lo referente a elaboración de alimentos para restaurantes y fiestas, expedido por persona jurídica.

Related to HABILITACIÓN TÉCNICA

  • Habilitación Las empresas oferentes no deberán encontrarse inhabilitadas o suspendidas, al momento de la presentación de las propuestas, en el registro de proveedores de la Oficina Nacional de Contrataciones, dependiente de la Subsecretaría de la Gestión Pública. Caso contrario la oferta no será considerada.

  • REHABILITACION Ocurrido un siniestro, cada indemnización pagada por la Compañía reduce en el mismo monto la cantidad asegurada o el límite de responsabilidad pactado por la Compañía. El monto o límite asegurado podrá ser rehabilitado mediante el pago de la prima extra que se convenga.

  • Habilitación empresarial En el caso de que el licitador deba acreditar su habilitación empresarial de conformidad con lo dispuesto en el apartado 13 del Anexo I al presente pliego, deberá aportar los documentos acreditativos de la misma.

  • REQUISITOS HABILITANTES El contratista debe allegar la siguiente información: 1. Carta de presentación de la propuesta, firmada por el representante legal o persona natural. 2. El proponente deberá allegar el de inscripción de documentos expedido por la Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días calendarios anteriores al cierre del proceso de la invitación directa donde conste quién ejerce la representación legal, las facultades del mismo, que su objeto social corresponde el objeto de la presente INVITACIÒN DIRECTA. Las personas jurídicas, consorcios o uniones temporales deberán acreditar que la duración de la misma no será inferior al plazo del contrato y un año más. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales deben presentar el documento de constitución. 3. Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, deberá anexar, desde el momento de la presentación de su oferta, la correspondiente autorización impartida por la Junta de Socios, o el estamento de la sociedad que tenga esa función y que lo faculte específicamente para presentar la propuesta en este proceso de selección y celebrar el contrato respectivo, en caso de resultar seleccionado 4. La oferta económica deberá presentarse de manera precisa y detallada, de acuerdo con los requerimientos, Si el producto que se ofrecerá tiene IVA, éste se deberá presentar discriminado, en la circunstancia, que no se discrimine, se entenderá, incluido dentro del valor ofertado. 5. Experiencia mínima del Proponente: Los proponentes deberán acreditar experiencia relacionada con el objeto de la presente invitación, anexando cómo máximo dos (2) contratos ejecutados con entidades públicas o privadas, dentro de los últimos tres (3) años o certificación que contenga como mínimo: 6. Fotocopia de la cédula del representante legal 7. Fotocopia de la libreta militar del representante legal, si es varón menor de cincuenta años 8. Fotocopia de RUT 9. De conformidad con lo consagrado en la ley 1238 de 2008 y la circular 5 de 2008, expedida por el Contralor General de la República y los Art. 1 y 14 de la ley 962 de 2005, los antecedentes del proponente serán consultados en el boletín de responsables fiscales por la oficina gestora del desarrollo del presente proceso o allegarlos en la propuesta. 10. Los antecedentes disciplinarios de los representantes legales serán consultados por la oficina gestora del desarrollo del presente proceso o allegarlos en la propuesta.

  • DOCUMENTOS HABILITANTES Forman parte integrante del presente Convenio Xxxxx los siguientes documentos: • Pliego del procedimiento; • Oferta presentada por el adjudicatario; • Actas de la Comisión Técnica; • Resolución de adjudicación; • Documentos relacionados con el cumplimiento de las condiciones mínimas de participación;

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • Reconocimiento médico Las empresas a través de los servicios de vigilancia de la salud correspondientes facilitaran a sus trabajadores la realización de un reconocimiento médico anual.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.