Common use of TARJETAS ADICIONALES Clause in Contracts

TARJETAS ADICIONALES. A solicitud del Titular, OCA podrá emitir Tarjetas Adicionales, las que serán entregadas por OCA al Tenedor Adicional a cuyo nombre se emitió la Tarjeta Adicional o directamente al Titular quien la entregará al Tenedor Adicional de acuerdo a lo previsto en la cláusula segundo del presente. En todo caso y una vez entregadas dichas Tarjetas por parte de OCA conforme a lo aquí establecido, el Titular será responsable del uso de las mismas y de instruir a los titulares de dichas Tarjetas Adicionales las obligaciones, procedimientos para el uso de ellas y uso de la clave secreta (PIN). Lo establecido en este contrato y sus modificaciones, se aplicará íntegramente a las Tarjetas Adicionales y a los Tenedores Adicionales. El Titular es responsable ante OCA de todos los importes resultantes de la utilización de las Tarjetas Adicionales y los asumirá como propios. Las Tarjetas Adicionales se considerarán como una sola con la del Titular a los efectos del Límite de Crédito indicado en las Condiciones Particulares de este contrato sin que ello signifique de modo alguno que se multiplique el monto de dicho Límite de Crédito. En las Condiciones Particulares del presente, se indican cada uno de los Tenedores Adicionales para quienes el Titular solicita, mediante la suscripción del presente, una Tarjeta Adicional.

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Samples: Contrato De Tarjeta De Crédito, Contrato De Tarjeta De Crédito, Contrato Para El Uso De La Tarjeta De Crédito

TARJETAS ADICIONALES. A solicitud del Titular, OCA podrá emitir Tarjetas Adicionales, las que serán entregadas por OCA al Tenedor Adicional a cuyo nombre se emitió la Tarjeta Adicional o directamente al Titular quien la entregará al Tenedor Adicional de acuerdo a con lo previsto en la cláusula segundo del presente. En todo caso y una vez entregadas dichas Tarjetas por parte de OCA conforme a lo aquí establecido, el Titular será responsable del uso de las mismas y de instruir a los titulares de dichas Tarjetas Adicionales las obligaciones, procedimientos para el uso de ellas y uso de la clave secreta (PIN). Lo establecido en este contrato y sus modificaciones, se aplicará íntegramente a las Tarjetas Adicionales y a los Tenedores Adicionales. El Titular es responsable ante OCA de todos los importes resultantes de la utilización de las Tarjetas Adicionales y los asumirá como propios. Las Tarjetas Adicionales se considerarán como una sola con la del Titular a los efectos del Límite de Crédito indicado en las Condiciones Particulares de este contrato sin que ello signifique de modo alguno que se multiplique el monto de dicho Límite de Crédito. En las Condiciones Particulares del presente, se indican cada uno de los Tenedores Adicionales para quienes el Titular solicita, mediante la suscripción del presente, una Tarjeta Adicional.

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Samples: Contrato Para El Uso De La Tarjeta De Crédito

TARJETAS ADICIONALES. A solicitud del Titular, OCA el Banco podrá emitir Tarjetas Adicionales, las que serán entregadas por OCA al Tenedor Adicional a cuyo nombre se emitió la Tarjeta Adicional o directamente al Titular quien la entregará al Tenedor Adicional el Banco en cualquiera de acuerdo a lo previsto los domicilios y en la cláusula segundo forma establecidos en la Cláusula Segundo o en cualquier otro que indique el Titular (y acepte el Banco) al solicitar dicha emisión de Tarjetas Adicionales (en este último caso, siempre y cuando dichas Tarjetas Adicionales sean solicitadas con posterioridad a la firma del presente). En todo caso y una vez entregadas dichas Tarjetas por parte de OCA del Banco conforme a lo aquí establecido, el Titular será responsable de entregarlas a los titulares de dichas Tarjetas Adicionales, de instruirles acerca del uso de las mismas y de instruir a los titulares de dichas Tarjetas Adicionales las obligaciones, procedimientos para el uso de ellas y uso de la clave secreta (PIN). Lo establecido en este contrato y sus modificaciones, se aplicará íntegramente a las Tarjetas Adicionales y a los Tenedores Adicionales. El Titular es responsable ante OCA el Banco de todos los importes resultantes de la utilización de las Tarjetas Adicionales y los asumirá como propios. Las Tarjetas Adicionales se considerarán como una sola con la del Titular a los efectos del Límite de Crédito indicado en las Condiciones Particulares de este contrato sin que ello signifique de modo alguno que se multiplique el monto de dicho Límite de Crédito. Si las Tarjetas fueran de la marca comercial VISA o DINERS, el Titular podrá solicitar un límite menor (al Límite de Crédito) para cualquier Tarjeta Adicional. El Titular desde ya reconoce que en el caso de las Tarjetas VISA, aun cuando el Banco lo autorice, tal limitación es relativa y precaria en tanto que por el mecanismo del sistema de autorizaciones, la misma no es tenida en cuenta en determinados casos (por ejemplo, cuando el autorizante de la compra o retiro es Visa Internacional) y por lo tanto, reconoce y acepta que sin perjuicio de lo antes expuesto, el Usuario a cuyo nombre se emita dicha Tarjeta, podrá realizar operaciones por hasta el Límite de Crédito. En las Condiciones Particulares del presenteconsecuencia, se indican cada uno el Titular reconoce como propios la totalidad de los Tenedores Adicionales para quienes el Titular solicita, mediante la suscripción del presente, una importes resultantes de las operaciones realizadas por cualquier Tarjeta Adicional, lo que incluye aquellos por encima del límite propio individual solicitado.

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Samples: Credit Card Contract