Tarjeta de Crédito. 2.1. Aprobada la apertura de la Cuenta y la concesión de la Línea de Crédito, LA CAJA emitirá una o más Tarjetas de Crédito con carácter personal e intransferible, para uso de EL CLIENTE o de los USUARIOS en el caso de Tarjetas de Crédito adicionales. Estos podrán utilizar la(s) Tarjeta(s) de Crédito, previa identificación con el documento de su identidad correspondiente, en los establecimientos afiliados al sistema de Tarjetas de Crédito, sean estos de manera presencial, por teléfono, Internet, o cualquier otro medio autorizado; así como en la central telefónica, en la red de oficinas de la CAJA o en otras entidades del sistema financiero. En caso haberse acordado la funcionalidad, sin perjuicio de aquellas funciones de consulta, la(s) Tarjeta(s) también podrán utilizarse a través de los cajeros automáticos autorizados o afiliados, terminales electrónicos, Internet y otros medios que disponga LA CAJA, usando los mecanismos de aceptación señalados en la cláusula décimo quinta y otros medios que LA CAJA pudiera incorporar con posterioridad a la suscripción del presente CONTRATO. La utilización por parte de EL CLIENTE de cualquiera de estos medios, significará su total aceptación de las operaciones realizadas, excepto aquellos supuestos contemplados en el numeral 9.2 de la cláusula Novena del presente CONTRATO. Para el consumo o uso de ciertas funcionalidades de la Tarjeta de Crédito que se detallan a lo largo del CONTRATO, LA CAJA podrá requerir el registro de un celular, correo electrónico y/o cualquier otro dispositivo que permita operar correctamente las plataformas virtuales de LA CAJA. Los dispositivos electrónicos registrados para los consumos y funcionalidades de las Tarjetas de Crédito también podrán ser utilizados para brindarle a EL CLIENTE notificaciones sobre las transacciones y consultas sobre la Tarjeta de Crédito.
2.2. Mediante los mecanismos que La CAJA autorice y comunique oportunamente, EL CLIENTE puede solicitar, bajo su total costo (de acuerdo a lo señalado en la HOJA RESUMEN) y entera responsabilidad, la emisión de Tarjetas de Crédito adicionales para uso de los USUARIOS, en cuyo caso, la utilización de las mismas se reflejará en la línea crédito de la Cuenta de EL CLIENTE.
2.3. Desde el momento de la entrega de las Tarjetas de Crédito a EL CLIENTE, mediante los mecanismos, formas y personas autorizados por este, o a los USUARIOS, tanto EL CLIENTE como estos últimos asumirán plena responsabilidad por el uso de las Tarjetas de Crédito y ...
Tarjeta de Crédito. Cuenta bancaria (cheque electrónico)
Tarjeta de Crédito significa el instrumento de crédito que asocia y permite al Tarjetahabiente hacer uso de la línea de crédito revolvente que previamente le haya sido otorgada por el Emisor, el cual opera a través de un contrato de apertura de crédito de cuenta corriente utilizado como medio de pago en los Establecimientos.
Tarjeta de Crédito. Cupo de crédito rotativo de duración indeterminada al que se tiene acceso a través de una tarjeta plástica que puede ser utilizada para compra de bienes o servicios o disponer de dinero en efectivo, emitida por la Entidad Financiera y declarada en el Certificado de Cobertura.
Tarjeta de Crédito. La constitución del presente contrato obliga a CREDECOOP a suministrar al CLIENTE una tarjeta personal e intransferible, N° de cuenta [número_cuenta], así mismo, EL CLIENTE podrá solicitar tarjetas adicionales a la propia, en los términos de la cláusula XVII. CREDECOOP se reserva el derecho de conceder al CLIENTE una u otra clase de tarjeta, conforme a lo que se señala en este contrato.
Tarjeta de Crédito. Avance en cajero electrónico de Banco Xxxxxxxxx • Consulta de saldo • Reposición por deterioro, robo o pérdida Cuenta Corriente • Retiro en cajero electrónico de Banco Xxxxxxxxx • Consultas en cajeros de la red propia • Copia de extracto Cuentas de Ahorros con Tarjeta Débito • Consignación nacional • Retiro en cajero electrónico de Banco Xxxxxxxxx • Retiro por ventanilla en una oficina diferente a la de radicación de la cuenta con talonario o libreta
Tarjeta de Crédito. Cuenta bancaria (cheque electrónico) Si usted ha vinculado una cuenta bancaria como fuente de fondos, podemos optar por ofrecerle acceso a Pago tras la entrega, que le permite aplazar un cargo en dicha cuenta bancaria durante un período de tiempo. Si se le ofrece este servicio y opta por utilizarlo, se aplicarán las Condiciones de Pago tras la entrega. Al comprar un artículo a un vendedor que acepte PayPal, es posible que usted cumpla los requisitos para recibir un reembolso según el programa Protección del comprador de PayPal. Cuando corresponda, el programa Protección del comprador de PayPal le da derecho a un reembolso del precio íntegro de compra del artículo más los gastos de envío originales que haya pagado, si los hubiera. PayPal determinará, segú n su criterio exclusivo, si su reclamación cumple los requisitos del programa Protección del comprador de PayPal. Aunque la resolución original de PayPal se considerarádefinitiva, usted puede recurrir la decisión ante PayPal si tiene información nueva o c oncluyente que no estuviera disponible en el momento de adoptarse la resolución original o si cree que se ha producido un error en el proceso de toma de decisiones. Las condiciones del programa se establecen en la página del programa Protección del comprador de PayPal y forman parte de estas condiciones de uso.
Tarjeta de Crédito. Cuenta bancaria (cheque electrónico) Si usted ha vinculado una cuenta bancaria como fuente de fondos, podemos optar por ofrecerle acceso a Pago tras la entrega, que le permite aplazar un cargo en dicha cuenta bancaria durante un período de tiempo. Si se le ofrece este servicio y opta por utilizarlo, se aplicarán las Condiciones de Pago tras la entrega. Al comprar un artículo a un vendedor que acepte PayPal, es posible que usted cumpla los requisitos para recibir un reembolso según la Protección del comprador de PayPal. Cuando corresponda, el programa de Protección del comprador de PayPal le da derecho a un reembolso del precio íntegro de compra del artículo más los gastos de envío originales que haya pagado, si los hubiera. PayPal determina, según su criterio exclusivo, si su reclamación cumple los requisitos de la Protección del comprador de PayPal. Aunque la resolución origi nal de PayPal se considera definitiva, usted puede recurrir la decisión ante PayPal si tiene información nueva o concluyente que no estuviera disponible en el momento de adoptarse la resolución original o si cree que se ha producido un error en el proceso de toma de decisiones. IMPORTANTE: En el marco de la resolución de su reclamación, es posible que tenga que devolver el artículo al vendedor o a otra parte que especifiquemos. La Protección del comprador de PayPal no le da derecho al reembolso de los gastos de envío de devoluciones en los que usted pueda incurrir. La Protección del comprador de PayPal puede ser aplicable en caso de que experimente los siguientes problemas con una transacción: • No ha recibido el artículo de un vendedor (lo que se conoce como reclamación "por artículo no recibido"). • Ha recibido un artículo, pero no es lo que había pedido (lo que se conoce como reclamación "por artículo muy distinto al descrito"). Si usted cree que no ha autorizado una transacción realizada a través de su c uenta PayPal, puede presentar un tipo de reclamación que no queda cubierto en la Protección del comprador de PayPal y se describe en la sección Resolver problemas.
Tarjeta de Crédito significa cualquier instrumento que permita a su titular o Tarjetahabiente, disponiendo de un crédito otorgado por el Emisor, utilizarlo para la adquisición de bienes o el pago de servicios prestados o vendidos, en Establecimientos afiliados al correspondiente sistema del Emisor u Adquirente, en virtud de convenios celebrados con estos que aceptan al citado instrumento como medio de pago, sin perjuicio de las demás prestaciones complementarias que puedan otorgarse al Tarjetahabiente.
Tarjeta de Crédito. La celebración del presente contrato obliga a ASEBANACIO a suministrar al CLIENTE una tarjeta personal e intransferible, así mismo, el CLIENTE podrá solicitar la expedición de tarjetas adicionales a la propia, en los términos de la cláusula 48ª. ASEBANACIO se reserva el derecho de conceder al CLIENTE una u otra clase de tarjeta, conforme a lo que se señala en este contrato.