TITULARIDAD DEL SERVICIO. De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 15 de las Orden de 15 de noviembre de 2007, el Servicio de Ayuda a Domicilio es de titularidad pública y su organización es competencia de las Corporaciones Locales de Andalucía.
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TITULARIDAD DEL SERVICIO. De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 15 de las la Orden de 15 de noviembre de 2007, modificada por la Orden de 10 de noviembre de 2010 de dicha Consejería, el Servicio de Ayuda a Domicilio es de titularidad pública y su organización es competencia de las Corporaciones Locales de Andalucía.
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