Trabajo a turnos. 1. Se entiende que es facultad privativa de las empresas organizar turnos de trabajo y sus relevos, así como cambiar aquellos cuando lo crean necesario o conveniente de acuerdo con lo establecido en el art. 41 del ET.
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Samples: Convenio Colectivo De Ámbito Estatal Para Las Industrias Extractivas, industria.ccoo.es, confevicex.com
Trabajo a turnos. 1. Se entiende que es facultad privativa de las empresas organizar turnos de trabajo y sus relevos, así como cambiar aquellos aquéllos cuando lo crean necesario o conveniente de acuerdo con lo establecido en el art. artículo 41 del ETEstatuto de los Trabajadores.
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Samples: Convenio Colectivo De Comercio Y Manufactura Del Vidrio Plano, Convenio Colectivo Para Comercio Y Manufactura Del Vidrio Plano
Trabajo a turnos. 1. Se entiende que es facultad privativa de las empresas organizar turnos de trabajo y sus relevos, así como cambiar aquellos cuando lo crean necesario o conveniente de acuerdo con lo establecido en el art. artículo 41 del ET.
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Samples: Convenio Colectivo De Ámbito Estatal
Trabajo a turnos. 1. Se entiende que es facultad privativa de las empresas organizar turnos de trabajo y sus relevos, así como cambiar aquellos cuando lo crean necesario o conveniente de acuerdo con lo establecido en el art. Artículo 41 del ET.
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Samples: industria.ccoo.es
Trabajo a turnos. 1. Se entiende que es facultad privativa de las empresas organizar turnos de trabajo y sus relevos, así como cambiar aquellos aquéllos cuando lo crean necesario o conveniente conveniente, de acuerdo con lo establecido en el art. artículo 41 del ET.
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Samples: Convenio Colectivo De Ámbito Estatal