Tramitación de las solicitudes Cláusulas de Ejemplo

Tramitación de las solicitudes. 1. Para responder a una solicitud de asistencia, la autoridad requerida o, en el caso de que ésta no pueda actuar por sí sola, el servicio administrativo al que dicha autoridad haya dirigido la solicitud, procederá, dentro de los límites de su competencia y de sus recursos, como si actuara por su propia cuenta o a petición de otras autoridades de la misma Parte, proporcionando la infor- mación que ya se encuentre en su poder y procediendo o haciendo proceder a las investigaciones necesarias. Esta disposición se aplicará también al departamento administrativo al cual la autoridad requerida ha dirigido la solicitud, cuando dicha autoridad no pueda actuar por cuenta propia. 2. Las solicitudes de asistencia serán tramitadas de conformidad con la legislación, las normas y los demás instrumentos jurídicos de la Parte requerida. 3. Los funcionarios, debidamente autorizados de una Parte, podrán, con la conformidad de la otra Parte correspondiente y en las condiciones previstas por ésta, recoger, en las oficinas de la autoridad requerida o de otra autoridad de la que ésta sea responsable, la infor- mación relativa a operaciones que infrinjan o puedan infringir la legislación aduanera que necesite la autoridad solicitante a efectos del presente Protocolo. 4. Los funcionarios de una Parte podrán, con la con- formidad de la otra Parte y en las condiciones que ésta fije, estar presentes en las investigaciones realizadas en el territorio de esta última.
Tramitación de las solicitudes. 1. Para responder a una solicitud de asistencia, la autoridad requerida o, en el caso de que ésta no pueda actuar por sí sola, el servicio administrativo al que dicha autoridad haya dirigido la solicitud, procederá, dentro de los límites de su competencia y de sus recursos, como si actuara por su propia cuenta o a petición de otras autoridades de la misma Parte, proporcio- nando la información que ya se encuentre en su poder y pro- cediendo o haciendo proceder a las investigaciones necesarias. 2. Las solicitudes de asistencia serán tramitadas de confor- midad con la legislación, las normas y los demás instrumentos jurídicos de la Parte requerida. 3. Los funcionarios debidamente autorizados de una Parte podrán, con la conformidad de la otra Parte correspondiente y en las condiciones previstas por ésta, recoger, en las oficinas de la autoridad requerida o de otra autoridad de la que ésta sea responsable, la información relativa a la infracción de la legisla- ción aduanera que necesite la autoridad solicitante a efectos del presente Protocolo. 4. Los funcionarios de una Parte podrán, con la conformi- dad de la otra Parte y en las condiciones que ésta fije, estar pre- sentes en las investigaciones realizadas en el territorio de esta última.
Tramitación de las solicitudes. A) Ante las entidades financieras. Los préstamos serán solicitados por el interesado ante la entidad financiera, que los estudiará con total autonomía, teniendo en cuenta, sin embargo, los requisitos y condiciones referentes a los beneficiarios, al proyecto y a las condiciones de los préstamos, recogidos tanto en las Bases Reguladoras como en este Convenio. El criterio de concesión de las operaciones de financiación, al amparo de este convenio, será el establecido por la política interna de riesgos que tenga definida la entidad financiera, quien de conformidad con la misma podrá acceder o denegar su concesión. La entidad financiera entregará al solicitante un certificado de estudio/concesión xxx xxxxxxxx, según el modelo establecido por el IDEPA, que se incorpora como anexo III, al presente Convenio. B) Ante el IDEPA. La solicitud de subvención de las ayudas, que solo podrá presentarse dentro del plazo establecido en cada convocatoria, sólo será efectiva desde el momento en que se presente el formulario de solicitud normalizado de la misma, en alguna de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo deberá presentar, junto con el formulario de solicitud de subvención, el certificado de estudio/concesión de la operación financiera.
Tramitación de las solicitudes. 1. El Organismo de Xxxxxx que reciba una solicitud de prestación que deba pagarse por la Institución Competente de la otra Parte Contratante, la remitirá sin demora al Organismo de Enlace de la otra Parte utilizando los formularios previstos para este fin, y adjuntando, además, la documentación probatoria requerida por la citada Institución Competente. 2. Los antecedentes incluidos en el formulario de solicitud serán debidamente verificados por el Organismo de Xxxxxx, que confirmará que los documentos originales contienen esos datos. 3. El Organismo de Enlace de una de las Partes Contratantes enviará al Organismo de Enlace de la otra Parte Contratante un formulario en el que se indicarán los períodos de seguro cumplidos conforme a su legislación, bajo sistemas de reparto o de capitalización individual o colectiva. 4. El Organismo de Enlace de la Parte que reciba el formulario respectivo informará los datos relativos a los períodos de seguro cumplidos conforme a la legislación que él aplique y lo remitirá sin demora al Organismo de Enlace de la otra Parte.

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  • Presentación de solicitudes Los interesados deberán presentar la solicitud a través de la página web del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario de la Princesa, Fundación de Investigación Biomédica H. U. Princesa/ Ofertas de empleo xxxx://xxx.xxx-xxxxxxxx.xxx indicando la siguiente referencia: REF 40/2024 (No se admitirán solicitudes en papel)

  • Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos Los licitadores deberán solicitar información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria con una antelación de <seis días> a la fecha límite para la recepción de ofertas.

  • DEPENDENCIA, UNIDAD ORGÁNICA Y/O ÁREA SOLICITANTE Gerencia de Desarrollo Urbano

  • DEPENDENCIA SOLICITANTE ÁREA SOLICITANTE: DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO HIDALGO DEPENDENCIA: DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO HIDALGO

  • Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC.

  • CONDICIONES DE LA ADQUISICIÓN GARANTÍA DE CALIDAD (TIEMPO): UN AÑO. PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO: EL PAGO TOTAL SE EFECTUARÁ A LOS 30 DÍAS HÁBILES POSTERIORES DE LA ENTREGA TOTAL DE LOS BIENES Y A PLENA SATISFACCIÓN DEL ÁREA SOLICITANTE. LUGAR DE ENTREGA: SERÁ EN LA SECRETARÍA DE TURISMO Y CULTURA, UBICADO EN BOULEVARD XXXXXXXX XXXXXXX NÚMERO 202, COLONIA CUESCO EN PACHUCA, HIDALGO, EN HORARIO DE 08:30 A 15:00 HORAS DE LUNES A VIERNES. NOTA: ASENTAR EN LA FACTURA EL NÚMERO DEL PEDIDO/CONTRATO. PORCENTAJE DE ANTICIPO: % GARANTÍAS: PRESENTAR EN TRES DÍAS HÁBILES GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO POR EL 10% DEL MONTO TOTAL DEL PEDIDO/CONTRATO ANTES DE I.V.A. TIEMPO Y/O CONDICIONES DE ENTREGA: SERÁ DE 10 DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DEL PEDIDO/CONTRATO. NO SE ACEPTARÁ PRÓRROGA PARA LA ENTREGA. MODALIDAD DE FACTURACIÓN: NO APLICA.

  • Condiciones de Licitación Requisitos de participación de los licitadores Titulo habilitante Estudios xx xxxxx nivel medio de conservatorio o equivalente. Lugar de ejecución País España Subentidad Nacional Valencia/València Código de Subentidad Territorial ES523 Presupuesto base de licitación Importe 798,6 EUR. Importe (sin impuestos) 660 EUR. Clasificación CPV 92000000 - Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 23 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 29 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.