TRASLADO DE EXPEDIENTES Cláusulas de Ejemplo

TRASLADO DE EXPEDIENTES. 28/02/2013 02869748S Firmado por: XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX XX XXXXX (AUTENTICACIÓN) AC: CN=AC DNIE 001,OU=DNIE,O=DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA,C=ES Entidad Pública Empresarial Xxx.xx De manera puntual, los expedientes podrán ser recibidos en la sede de la DGRN de la plaza de Xxxxxxx Xxxxxxxxx de Madrid. Será responsabilidad del adjudicatario almacenar en cajas los expedientes recibidos en tal ubicación y trasladarlos al centro de digitalización del proyecto. La periodicidad de los traslados dependerá del volumen de entrada de expedientes. Xxx.xx informará al adjudicatario de la periodicidad de dichos traslados durante la ejecución del proyecto. A modo orientativo, se estima que se solicitarán uno o varios traslados al inicio de los trabajos y que una vez trasladados todos los expedientes y documentación complementaria acumulada en la DGRN la periodicidad de los mismos será mensual. El adjudicatario deberá facilitar un listado de las personas que vayan a realizar el traslado, así como datos identificativos del vehículo, de forma previa a efectuarlo. El vehículo utilizado para el traslado podrá estacionar en origen en una plaza de aparcamiento ubicada dentro del edificio de la DGRN, cuyas dimensiones aproximadas son 2,10 metros de anchura y 7,50 metros de profundidad. En destino el vehículo estacionará en el muelle de descarga de la calle Xxxxxx 540, sin problema de dimensiones. A modo orientativo, se estima que el volumen de las cajas a trasladar en cada uno de los traslados no será superior al volumen equivalente a 600 cajas AZ (definidas en el apartado 2.2.3.1 del presente pliego para la custodia temporal de expedientes). Las cajas utilizadas para el traslado deberán estar perfectamente identificadas, con información en el lomo del volumen de expedientes que contienen. Estas cajas podrán ser las mismas que sean utilizadas finalmente 26/02/2013 33302424B Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXX, XXXXX XXXX (FIRMA) AC: CN=AC DNIE 001,OU=DNIE,O=DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA,C=ES Entidad Pública Empresarial Xxx.xx para el archivado definitivo. Durante la recogida y traslado de los expedientes se adoptarán las medidas de seguridad necesarias dirigidas a evitar la sustracción, pérdida o acceso indebido a la información durante su transporte, siendo su contenido de nivel alto a los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). Se respetarán los requerimientos de seguridad y confidencialidad especificados e...

Related to TRASLADO DE EXPEDIENTES

  • EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante [CONSIGNAR EL INSTRUMENTO CON EL CUAL SE APRUEBA] el [CONSIGNAR LA FECHA DE APROBACIÓN]. [............................................................................]

  • Procedimiento de adjudicación y tramitación del expediente El contrato de suministro se adjudicará por el procedimiento abierto o restringido, según disponga el anexo I, en el que también se establecerá la posibilidad o no, de incluir variantes o mejoras. En el anexo I se indicará la forma de tramitación del expediente. Los órganos de contratación y el contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información a que se refiere el artículo 140 del TRLCSP.

  • Expediente N° Oferta N° Hoja N° Compulsa de Precios (*) 02 X N° 144/10 Contratación Directa 03 101.442/10 38

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • Definiciones e Interpretaciones A los efectos de este Pliego de Condiciones Específicas, las palabras y expresiones que se inician con letra mayúscula y que se citan a continuación tienen el siguiente significado:

  • Instrucciones a los Oferentes Índice de Cláusulas

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u omisión es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de desviaciones importantes, reservaciones u omisiones.

  • ENTREGA DE BIENES La entrega de bienes deberá efectuarse cumpliendo con las condiciones técnicas, establecidas en el Contrato suscrito y de sus partes integrantes u Orden de Compra y propuesta adjudicada, sujetas a la conformidad por el Responsable de Recepción o la Comisión de Recepción de la entidad contratante.

  • Derechos de propiedad 62.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante.

  • Notas de Vigencia Inciso modificado por la Circular 9 de 2018, 'Incorporación de factores de retiros netos segmentados por tipo de depositante y actualización de porcentajes de castigo al valor de algunos activos líquidos en el cálculo del Índice de Riesgo de Liquidez (IRL)', publicada en el Boletín Ministerio de Hacienda, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia, No. 446 de 8 xx xxxxx de 2018. Entrará en vigencia el 29 xx xxxxx de 2019.