Common use of TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS Clause in Contracts

TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS. Los tratamientos fitosanitarios quedarán supeditados a lo que marque en cada caso, y para cada especie, lugar y circunstancia, el personal técnico municipal, de acuerdo con sus estimaciones y de acuerdo con las competencias establecidas. En todo momento, la empresa adjudicataria se atendrá a las especificaciones concretas de tratamiento en los casos en que éste sea necesario, determinadas por el Ayuntamiento. La empresa establecerá un calendario de incidencias de afecciones en las distintas especies y efectuará un seguimiento de las afecciones más usuales e importantes que serán oportunamente comunicadas al Ayuntamiento. El adjudicatario estará obligado a desarrollar todos los tratamientos en las horas en que se produzca menos perjuicio al vecindario. El adjudicatario estará obligado a realizar con sus propios medios y en las fechas que le sean indicadas por los Servicios Técnicos Municipales, los tratamientos fitosanitarios necesarios para evitar la propagación de plagas y enfermedades que pudieran afectar a las plantas y zonas verdes objeto de la contratación, así como combatir en su totalidad las plagas ó enfermedades una vez desarrolladas. El adjudicatario deberá utilizar equipos y procedimientos eficaces, con tratamientos y productos no tóxicos ni molestos para las personas, debiendo comunicar con antelación y por escrito a los Servicios Técnicos Municipales el método y producto a emplear en cada caso, así como el horario previsto para la realización de los mismos. Las horas de tratamiento deberán ser tales que no causen perjuicios a los ciudadanos. Los productos empleados serán supervisados por los Servicios Técnicos Municipales, que aprobarán la fórmula y dosificación propuesta, debiendo el adjudicatario disponer de los medios técnicos y materiales adecuados para ejecutar, controlar y seguir la evolución de los tratamientos, debiendo informar de las posibles incidencias en caso de que éstas se produzcan.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Ha De Regir

TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS. Los tratamientos fitosanitarios quedarán supeditados a lo que marque en cada caso, y para cada especie, lugar y circunstancia, el personal técnico municipal, de acuerdo con sus estimaciones y de acuerdo con En las competencias establecidas. En todo momento, la empresa adjudicataria se atendrá a las especificaciones concretas de tratamiento en los casos en que éste sea necesario, determinadas por el Ayuntamiento. La empresa establecerá un calendario de incidencias de afecciones plagas en las distintas especies que el tratamiento biológico está descrito, se aplicarán estos en fecha idónea para tal fin. Ahora bien, cuando no se conozca o comercialice y efectuará un seguimiento no proceda más que tratamiento con productos químicos, o se comprueben que por algún motivo los tratamientos biológicos no son efectivos en la zona a tratar, o por causas justificadas sea excepcionalmente recomendable el uso de las afecciones más usuales e importantes que serán oportunamente comunicadas al Ayuntamientotratamientos químicos, se realizará éste. El adjudicatario estará obligado a desarrollar todos los tratamientos en las horas en que se produzca menos perjuicio al vecindario. El adjudicatario estará quedará obligado a realizar con sus propios medios y en las fechas que le sean oportunas (bajo la supervisión y siguiendo las prioridades indicadas por los Servicios Técnicos Municipalesla DT), los tratamientos fitosanitarios preventivos necesarios para evitar impedir la iniciación o propagación de plagas y enfermedades cualquier enfermedad o plaga que pudieran afectar a pudiera aparecer en cualquiera de las plantas y especies o terrenos de las zonas verdes objeto de la contrataciónverdes, así como aquellos encaminados a combatir en su totalidad las plagas ó enfermedades totalidad, la enfermedad o plaga, una vez desarrolladasdesarrollada. El adjudicatario deberá Declarado un fuerte ataque en una zona, su erradicación tendrá carácter prioritario e inexcusable, efectuándose un seguimiento posterior. La empresa adjudicataria mantendrá el oportuno servicio de vigilancia para detectar la posible aparición de cualquier plaga o enfermedad, comunicándolo de inmediato a la DT. Los productos adecuados para cada tratamiento serán suministrados por el adjudicatario, evitando utilizar equipos y procedimientos eficaces, con tratamientos y productos no tóxicos ni molestos aquellos que sean lesivos para las personas, debiendo o para la fauna que tiene su hábitat en los parques y zonas verdes. Previo a la aplicación se debe comunicar con antelación y por escrito a los Servicios Técnicos Municipales el método la DT, la fórmula, marca y dosificación del producto a emplear en cada caso, así como el horario previsto para la realización de los mismos. Las horas de tratamiento deberán ser tales que no causen perjuicios al vecindario. Estos tratamientos se dirigen a árboles, arbustos y pradera, siendo los ciudadanosproductos a emplear por cuenta del adjudicatario. Los productos empleados serán supervisados por los Servicios Técnicos Municipales, que aprobarán la fórmula y dosificación propuesta, debiendo el adjudicatario disponer envases de los medios técnicos productos utilizados serán retirados tras su uso a vertedero o gestor autorizado. El contratista diagnosticará y materiales adecuados para ejecutarsolucionará con total diligencia y previsión los problemas ocasionados por cualquier plaga o enfermedad, controlar y seguir la evolución de los tratamientos, debiendo informar de ya sea las posibles incidencias en caso de que éstas comúnmente se produzcan.vienen desarrollando como cualquier otra que pudiera aparecer

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Para La Contratación Del Servicio De

TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS. El adjudicatario quedará obligado a realizar los tratamientos adecuados, tanto preventivos como terapéuticos dependiendo de las especies existentes en la zona a conservar. Estos tratamientos serán periódicos y repetitivos en caso de necesidad, dependiendo de las plagas o enfermedades de que se trate. El adjudicatario, además, estará obligado a la confección de calendario anual de previsión de tratamientos fitosanitarios, con indicación de las especies, fechas, tratamiento a realizar siguiendo los criterios que se exponen a continuación. Será el Servicio de Medio Ambiente Municipal quien determine la época, periodicidad y número de tratamientos a aplicar, siendo todos ellos con cargo al contratista. Para la aplicación de estos productos se utilizarán medios y procedimientos eficaces y no tóxicos, molestos o contaminantes para personas o animales. Se prestará especial atención a los procedimientos de endoterapia vegetal consistentes en la inyección en el tronco del producto fitosanitaria que será traslocado a través del xilema de la planta en sentido acrópeto. Se pretende lograr con este procedimiento la aplicación de un tratamiento fitosanitario sin nebulización o atomización de productos químicos en el ambiente, así como su inocuidad para la salud de las personas, tanto de los ciudadanos en general como de los profesionales encargados de aplicar los productos en particular. Se consigue además de este modo focalizar los tratamientos evitando, a la vez, los indiscriminados. Los tratamientos fitosanitarios quedarán supeditados a lo que marque en cada caso, y para cada especie, lugar y circunstancia, el personal técnico municipalproductos utilizados deberán ser técnicamente adecuados, de acuerdo con sus estimaciones y baja peligrosidad. Tanto para la manipulación como para la utilización de acuerdo con las competencias establecidas. En todo momento, productos fitosanitarios la empresa adjudicataria deberá estar registrada en el registro oficial de la Comunidad Autónoma. La aplicación de tratamientos fitosanitarios se atendrá ajustará escrupulosamente en todo momento a las especificaciones concretas normativas nacionales y de tratamiento en los casos en la UE al respecto. Las zonas tratadas serán señalizadas convenientemente cualquiera que éste sea necesariola categoría del producto utilizado. Previamente, determinadas por el Ayuntamientoy al objeto de emitir nota de prensa, se facilitará a al Servicio de Medio Ambiente Municipal toda la información que requiera respecto al tratamiento. La empresa establecerá Se realizará un calendario de incidencias de afecciones en las distintas especies y efectuará un seguimiento de las afecciones más usuales e importantes que serán oportunamente comunicadas al Ayuntamiento. El adjudicatario estará obligado a desarrollar todos los tratamientos en las horas en que se produzca menos perjuicio al vecindario. El adjudicatario estará obligado a realizar con sus propios medios y en las fechas que le sean indicadas por los Servicios Técnicos Municipales, los tratamientos fitosanitarios necesarios para evitar la propagación control periódico de plagas y enfermedades que pudieran afectar a las plantas y en arbolado de zonas verdes objeto y viales, de forma que en cuanto se detecte alguna plaga o enfermedad se comunique a al Servicio de Medio Ambiente Municipal para que se establezcan los tratamientos a efectuar. Así mismo de forma preventiva se realizarán los siguientes tratamientos fitosanitarios: - Dos tratamientos fitosanitarios, uno en marzo y otro en junio, donde se aplique un insecticida contra pulgón y ácaros, mezclado con un abono foliar, en arbolado ornamental (frondosas como Sophora japónica, Tilia ssp. Platanus ssp, Quercus suber, etc.) - Un tratamiento con la contrataciónbacteria <Baccillus thuringiensis> en agosto-septiembre, así como combatir previa detección de puestas. - Un tratamiento fitosanitario en su totalidad noviembre-diciembre contra la procesionaria xxx xxxx, mediante un producto anti-quitinizante que inhibe la muda de las plagas ó enfermedades una vez desarrolladasorugas, previa detección de bolsones. El adjudicatario deberá utilizar equipos y procedimientos eficaces, - Colocación en verano de trampas con tratamientos y productos no tóxicos ni molestos para feromonas en pinares existentes en las personas, debiendo comunicar con antelación y por escrito a los Servicios Técnicos Municipales el método y producto a emplear en cada caso, así como el horario previsto zonas verdes para la realización captura de los mismos. Las horas machos de tratamiento deberán ser tales que no causen perjuicios a los ciudadanos. Los productos empleados serán supervisados por los Servicios Técnicos Municipales, que aprobarán la fórmula y dosificación propuesta, debiendo el adjudicatario disponer de los medios técnicos y materiales adecuados para ejecutar, controlar y seguir la evolución de los tratamientos, debiendo informar de las posibles incidencias en caso de que éstas se produzcanprocesionaria.

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Samples: Pliego Tecnico Del Contrato Integral De Gestion De Los Servicios Publicos De Limpieza Viaria, Recogida Y Transporte De Residuos Sólidos Urbanos Y Mantenimiento Y Conservación De Zonas Verdes

TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS. Los tratamientos fitosanitarios quedarán supeditados a lo que marque consisten en cada casola aplicación de productos químicos de síntesis mediante los cuales pretende mantener los jardines en un estado adecuado, libre de enfermedades y para cada especie, lugar y circunstancia, el personal técnico municipal, de acuerdo con sus estimaciones y de acuerdo con las competencias establecidas. En todo momento, la empresa adjudicataria se atendrá a las especificaciones concretas de tratamiento en los casos en que éste sea necesario, determinadas por el Ayuntamientoplagas. La empresa establecerá un calendario aplicación de incidencias de afecciones en las distintas especies y efectuará un seguimiento de las afecciones más usuales e importantes que serán oportunamente comunicadas al Ayuntamiento. El adjudicatario estará obligado a desarrollar todos los tratamientos en las horas en que se produzca menos perjuicio al vecindario. El adjudicatario estará obligado a realizar con sus propios medios y en las fechas que le sean indicadas por los Servicios Técnicos Municipales, los tratamientos fitosanitarios necesarios es fundamentalmente preventiva, si bien existen forzosamente actuaciones puntuales para evitar combatir focos de rápida aparición que de otra forma no podrían ser controlados. La época de aplicación viene dada por la propagación de plagas y enfermedades que pudieran afectar a las plantas y zonas verdes objeto aparición de la contrataciónplaga o enfermedad, así como combatir pudiendo realizar tratamientos preventivos en su totalidad las plagas ó enfermedades una vez desarrolladasépocas en las que la incidencia de la plaga es mayor, esto sucede en PRIMAVERA – OTOÑO. El adjudicatario deberá utilizar equipos horario de aplicación de los productos se consultará con carácter previo al Departamento de parques y jardines, procurando en todo caso coordinar las necesidades fitosanitarias con el mínimo impacto a los usuarios de las zonas verdes. En la aplicación de estos tratamientos se utilizarán medios, productos y procedimientos modernos y eficaces, con tratamientos y productos no tóxicos tóxicos, ni molestos para las personas, debiendo comunicar con antelación previamente y por escrito a los Servicios Técnicos Municipales el al Departamento de Parques y Jardines la formula, método y dosificación del producto a emplear en cada caso, así como siendo responsable del producto utilizado y su aplicación, el horario previsto técnico designado al efecto por la Empresa. El adjudicatario dispondrá de todos los elementos necesarios para realizar estos tratamientos (maquinaria, equipos de protección, etc.) Las labores específicas sobre las praderas de césped incluyen las labores de siegas, recorte de orillas, tratamientos herbicidas en los bordes, aireado, escarificado, recebo, y resiembra. La siega es una de las labores fundamentales del mantenimiento. La siega se llevará a cabo para que el césped no llegue a tener una altura tal que suponga un perjuicio para la realización pradera, tanto desde el punto de vista estético como para el estado fisiológico de la misma. Como norma general no se alcanzarán nunca alturas superiores a un tercio de la altura establecido como regular, que será de 3 a 5 cm. Tampoco podrá realizarse de una sola vez, el corte de más de la tercera parte de la altura foliar del césped. A título orientativo y mínimo se establecen las siguientes frecuencias para la siega: - En los meses de actividad vegetativa, una siega cada diez días, aproximadamente, xx xxxxx a octubre, ambos inclusive. - En los meses restantes, una siega cada 20 ó 30 días. Después de cada siega y una vez retirados los restos que a consecuencia de la misma queden sobre el césped, se procederá a regar la superficie segada. - Se realizará un recorte o perfilado de los mismosbordes o límites de las zonas de césped con el fin de evitar que las especies que conforman el césped invadan las zonas colindantes, ya sean caminos, viales, otros parterres de jardinería, etc. El recorte de los bordes se llevará a cabo eliminando la parte sobrante de césped arrancando incluso las raíces. - Se ejecutará un tratamiento herbicida preventivo en las orillas con el objeto de mejorar los resultados y disminuir las frecuencias de escardas y recorte y perfilado de bordes. - El aireado es la operación destinada a restaurar el suelo deteriorado por las operaciones de siegas, riegos frecuentes, compactado del terreno por transito de personas, texturas deficientes. Las horas operaciones se deben realizar cuando la costra superficial sea demasiado gruesa para permitir la libre circulación de tratamiento deberán ser tales agua, nutrientes y aire y cuando disminuya la resistencia del césped al pisoteo, a las altas temperaturas, a la falta de agua y a las plagas y enfermedades. Esta capa no debe superar un grosor de 25 mm. La aireación se realizará con rodillos perforadores o máquinas aireadoras, al menos una vez al año y, como norma general, en primavera. - Igualmente, para eliminar la capa de restos vegetales que no causen perjuicios a los ciudadanos. Los productos empleados serán supervisados por los Servicios Técnicos Municipales, que aprobarán se forma en la fórmula base del césped y dosificación propuesta, debiendo facilitar el adjudicatario disponer de los medios técnicos y materiales adecuados para ejecutar, controlar y seguir la evolución de los tratamientos, debiendo informar ahijamiento de las posibles incidencias plantas, se realizará el escarificado del césped mecánicamente antes de la parada vegetativa invernal y, además, deberá realizarse en caso primavera cuando vaya a efectuarse una resiembra. - Los recebos en el césped son aconsejables como aporte de que éstas materia orgánica y mejora de la estructura del suelo. Esta operación complementa los abonados minerales. Se deben realizar tras las operaciones de siega, aireado y escarificado y debido al uso y erosión o compactación del césped. - En aquellas zonas de la pradera de césped donde, bien por siembra defectuosa, o bien por deterioro o mala conservación anterior, aparecen calvas y claros se produzcandeben lleva a cabo las labores de resiembra con semilla apropiada. Después de la resiembra se procede a las tareas de aireado y recebo.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Particulares Para La Adjudicación Por Procedimiento Abierto Del Contrato Del Servicio De Mantenimiento Y Conservación De Espacios Ajardinados