Uso de los Servicios de Apple Cláusulas de Ejemplo

Uso de los Servicios de Apple. Apple podrá ofrecer acceso a los Servicios de Apple a los que sus Productos Cubiertos o Productos Correspondientes podrán llamar a través de las API del Software de Apple y/o que Apple pone a su disposición a través de otros mecanismos, por ejemplo, mediante el uso de claves que Apple podrá poner a su disposición en virtud del Programa. Usted acepta acceder a dichos Servicios de Apple únicamente a través de los mecanismos proporcionados por Apple para ello y únicamente para su uso en productos de la marca Apple. A excepción de lo permitido en la cláusula 2.9 (Proveedores Externos de Servicio) o de lo establecido en el presente documento, Usted se compromete a no compartir con terceros el acceso a los mecanismos que Apple le proporcione para el uso de los Servicios. Asimismo, Usted se compromete a no crear ni intentar crear un servicio sustitutivo o similar mediante el uso o el acceso a los Servicios de Apple. Usted se compromete a acceder a dichos Servicios y a utilizarlos únicamente según sea necesario para proporcionar servicios y funcionalidades a sus Productos Cubiertos o Productos Correspondientes que cumplan los requisitos para utilizar dichos Servicios y únicamente en la medida en que Apple lo permita por escrito, incluso en la Documentación. Usted no podrá utilizar los Servicios de Apple de ninguna manera que sea incompatible con los términos del presente Contrato, que infrinja cualquier derecho de propiedad intelectual de un tercero o de Apple o que infrinja cualquier ley o normativa aplicable. Usted acepta que los Servicios de Apple incorporan contenidos privativos, información y materiales propiedad de Apple y de sus licenciantes y que están protegidos por la legislación aplicable en materia de propiedad intelectual y otras leyes. Usted no podrá utilizar dichos contenidos privativos, información o materiales de propiedad exclusiva de ninguna forma, excepto para los usos permitidos de los Servicios de Apple en virtud del presente Contrato o según lo acordado por Apple por escrito. Usted comprende que podrán existir límites de capacidad de almacenamiento, transmisión y/o transacción para los Servicios de Apple tanto para Usted como desarrollador como para Sus usuarios finales. Si Usted o su usuario final alcanzan dichos límites, es posible que no puedan utilizar los Servicios de Apple o no puedan acceder o recuperar datos de dichos Servicios a través de sus Productos Cubiertos o Productos Correspondientes, o a través de las cuentas de usuario fina...

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  • GARANTÍA DE LOS SERVICIOS Los “LICITANTES” deberán presentar junto con su propuesta técnica, un escrito mediante el cual garanticen la calidad de “LOS SERVICIOS” a realizar, señalando que cuentan con la infraestructura necesaria, los recursos técnicos y humanos, experiencia, para “LOS SERVICIOS” solicitados, para cumplir a satisfacción de “LA CONVOCANTE” según corresponda, durante la vigencia del contrato que se derive de este procedimiento. En dicho escrito se deberá considerar además lo siguiente: • El “LICITANTE”, deberá contar con la infraestructura necesaria, personal suficiente a fin de garantizar que “LOS SERVICIOS” objeto de esta licitación sean proporcionados con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a desarrollarlo a satisfacción de “LA CONVOCANTE”. • “EL “LICITANTE”” que realice “LOS SERVICIOS” quedará obligado ante “LA CONVOCANTE” a responder de los defectos en la calidad de “LOS SERVICIOS”, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en la licitación, en el contrato que se derive de este procedimiento y/o en la legislación aplicable. Para dar cumplimiento a lo establecido al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el “LICITANTE” adjudicado deberá previamente a la firma del contrato respectivo, cuyo monto exceda de los $300,000.00 M.N. (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, presentar ante la Subgerencia de Administración y Finanzas, la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” prevista en la regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2016, publicada el 23 de diciembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación o aquella que en el futuro la sustituya, ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), preferentemente dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo.