Usuarios Finales del Gobierno de EE. UU.. La Tecnología de UPS cumple las condiciones para considerarse “artículo comercial” conforme dicho término se define en el Reglamento Federal de Adquisiciones, título 48 del Código de Reglamentos Federales, apartado 2.101, consistente en “software informático comercial” y “documentación de software informático comercial” (incluidos datos técnicos asociados) de conformidad con el uso que se hace de tales términos en los apartados 12.212 y 227.7202-3 del título 48 del Código de Reglamentos Federales [C.F.R., por sus siglas en inglés], con independencia de si la Tecnología de UPS se suministra como producto o accede a ella el Usuario Final del Gobierno de EE. UU. en combinación con un servicio. El uso, duplicado, la reproducción, publicación, modificación, divulgación o transferencia de la Tecnología de UPS y cualquier dato relativo al mismo o derivado de él, está limitado con arreglo a los apartados 12.211, 12.212, 227.7102-2 y 227.7202-1 a 227.7202-4 del título 48 del C.F.R., según corresponda. Ello viene a sustituir y reemplaza cualesquiera Reglamentos Federales de Adquisición (Federal Acquisition Regulations, “FAR”), el Complemento de Defensa FAR (Defense FAR Supplement, “DFARS”) y demás cláusulas complementarias o disposiciones de otras agencias que aborden los derechos del gobierno sobre software informático o datos técnicos. Los Usuarios Finales del Gobierno de EE. UU. adquirirán la Tecnología de UPS únicamente con los derechos estipulados en este Contrato. Si el Usuario Final del Gobierno de EE.UU. necesita derechos que no se transmitan en virtud de los términos descritos en esta Cláusula, debe negociarlo con UPS para determinar si existen términos aceptables para proceder a la transferencia de dichos derechos, y para que cobren efecto deberá incluirse en el contrato correspondiente un anexo escrito, aceptable por ambos, que recoja específicamente dichos derechos. Si el presente Contrato no cumple las necesidades del Usuario Final del Gobierno de EE. UU. y las partes no logran alcanzar un acuerdo mutuo en cuanto a los términos del presente Contrato, el Usuario Final del Gobierno de EE. UU. acepta poner fin a su uso de la Tecnología de UPS y devolver a UPS, sin utilizar, cualesquiera software y datos técnicos que se le hubiesen facilitado como parte de la Tecnología de UPS.
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Samples: Technology Contract, Contrato De Tecnología
Usuarios Finales del Gobierno de EE. UU.. La Tecnología de UPS cumple las condiciones para considerarse “artículo comercial” conforme dicho término se define en el Reglamento Federal de Adquisiciones, título 48 del Código de Reglamentos Federales, apartado 2.101, consistente en “software informático comercial” y “documentación de software informático comercial” (incluidos datos técnicos asociados) de conformidad con el uso que se hace de tales términos en los apartados 12.212 y 227.7202-3 del título 48 del Código de Reglamentos Federales [C.F.R., por sus siglas en inglés], con independencia de si la Tecnología de UPS se suministra como producto o accede a ella el Usuario Final del Gobierno de EE. UU. en combinación con un servicio. El uso, duplicado, la reproducción, publicación, modificación, divulgación o transferencia de la Tecnología de UPS y cualquier dato relativo al mismo o derivado de él, está limitado con arreglo a los apartados 12.211, 12.212, 227.7102-2 y 227.7202-1 a 227.7202-4 del título 48 del C.F.R., según corresponda. Ello viene a sustituir y reemplaza cualesquiera Reglamentos Federales de Adquisición (Federal Acquisition Regulations, “FAR”), el Complemento de Defensa FAR (Defense FAR Supplement, “DFARS”) y demás cláusulas complementarias o disposiciones de otras agencias que aborden los derechos del gobierno sobre software informático o datos técnicos. Los Usuarios Finales del Gobierno de EE. UU. adquirirán la Tecnología de UPS únicamente con los derechos estipulados en este Contrato. Si el Usuario Final del Gobierno de EE.UU. necesita derechos que no se transmitan en virtud de los términos descritos en esta Cláusula, debe negociarlo con UPS para determinar si existen términos aceptables para proceder a la transferencia de dichos derechos, y para que cobren efecto deberá incluirse en el contrato correspondiente un anexo escrito, aceptable por ambos, que recoja específicamente dichos derechos. Si el presente Contrato no cumple las necesidades del Usuario Final del Gobierno de EE. UU. y las partes no logran alcanzar un acuerdo mutuo en cuanto a los términos del presente Contrato, el Usuario Final del Gobierno de EE. UU. acepta poner fin a su uso de la Tecnología de UPS y devolver a UPS, sin utilizar, cualesquiera software y datos técnicos que se le hubiesen facilitado como parte de la Tecnología de UPS. 2 Todas las API del Kit para Programadores de UPS. Las siguientes estipulaciones son de aplicación a todas las API del Kit para Programadores de UPS.
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