Vigencia de la garantía. El Usuario deberá mantener vigente la garantía en favor del Almacenista en todo momento durante la vigencia del Contrato y hasta treinta (30) Días Hábiles posteriores a la terminación del mismo o hasta que el Almacenista informe de la liquidación de los adeudos pendientes de solventar, lo que ocurra primero. La entrega de la garantía al Almacenista constituye una condición para que surta efecto la obligación a su cargo de prestar el servicio de Almacenamiento de Combustible al Usuario, por lo que éste, en todo momento, deberá contar con una garantía en los montos y términos establecidos en el presente apartado en el entendido que de no presentarla, le será negada o suspendida la prestación del servicio. En caso de que el Usuario opte por presentar como garantía un depósito en efectivo y ésta no se hubiese hecho efectiva, el Almacenista devolverá al Usuario la garantía o el remanente de la misma al finalizar la vigencia del Contrato o cuando haya surtido efectos la terminación anticipada o la recisión del mismo, una vez que se hayan terminado de liquidar todos los adeudos pendientes de solventar por parte del Usuario. El Almacenista se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la documentación que integre la garantía, y en caso de que ésta resulte apócrifa, podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa sin perjuicio de las acciones legales que en su caso procedan.
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Vigencia de la garantía. El Usuario deberá mantener vigente la garantía en favor del Almacenista en todo momento durante la vigencia del Contrato y hasta treinta (30) Días Hábiles posteriores a la terminación del mismo o hasta que el Almacenista informe de la liquidación de los adeudos pendientes de solventar, lo que ocurra primero. La entrega de la garantía al Almacenista constituye una condición para que surta efecto la obligación a su cargo de prestar el servicio de Almacenamiento de Combustible al Usuario, por lo que éste, en todo momento, deberá contar con una garantía en los montos y términos establecidos en el presente apartado en el entendido que que, de no presentarla, le será negada o suspendida la prestación del servicio. En caso de que el Usuario opte por presentar como garantía un depósito en efectivo y ésta no se hubiese hecho efectiva, el Almacenista devolverá al Usuario la garantía o el remanente de la misma al finalizar la vigencia del Contrato o cuando haya surtido efectos la terminación anticipada o la recisión del mismo, una vez que se hayan terminado de liquidar todos los adeudos pendientes de solventar por parte del Usuario. El Almacenista se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la documentación que integre la garantía, y en caso de que ésta resulte apócrifa, podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa sin perjuicio de las acciones legales que en su caso procedan.
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Vigencia de la garantía. desde el día de la presentación de la Propuesta, hasta por noventa (90) días calendario más. El Usuario deberá mantener vigente valor de los bienes y derechos fideicomitidos que conste en el último de los estados financieros actualizados del fideicomiso y una descripción detallada de los mismos. El procedimiento a surtirse en caso de hacerse exigible la garantía en favor del Almacenista en todo momento durante garantía, el cual no podrá imponer a la entidad contratante condiciones más gravosas a la Entidad. Los riesgos garantizados: La no ampliación de la vigencia del Contrato y hasta treinta (30) Días Hábiles posteriores a la terminación del mismo o hasta que el Almacenista informe de la liquidación de los adeudos pendientes de solventar, lo que ocurra primero. La entrega de la garantía al Almacenista constituye una condición para que surta efecto la obligación a su cargo de prestar el servicio de Almacenamiento de Combustible al Usuario, por lo que éste, en todo momento, deberá contar con una garantía en los montos y términos establecidos en el presente apartado en el entendido que de no presentarla, le será negada o suspendida la prestación del servicio. En caso de que el Usuario opte por presentar como garantía un depósito en efectivo y ésta no se hubiese hecho efectiva, el Almacenista devolverá al Usuario la garantía o el remanente seriedad de la misma al finalizar oferta cuando el plazo para la vigencia Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas. La no suscripción del Contrato o cuando haya surtido efectos la terminación anticipada o la recisión del mismo, una vez que se hayan terminado de liquidar todos los adeudos pendientes de solventar contrato sin justa causa por parte del Usuarioadjudicatario. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato. El Almacenista se reserva el derecho incumplimiento de verificar la autenticidad cualquiera de las obligaciones aquí anotadas, dará lugar al cobro de la documentación garantía. La prelación que integre tiene la entidad contratante para el pago. Los mecanismos por los cuales la fiduciaria contará con los recursos para hacer efectiva la garantía, los cuales no podrán afectar la suficiencia de esta. En todo caso, La fiduciaria no podrá proponer la excepción de contrato no cumplido frente a la entidad contratante. Para la aprobación de la garantía por parte de la respectiva entidad, los oferentes o contratistas deberán acreditar la constitución de la garantía a través de la copia del respectivo contrato y en caso entregar el certificado de que ésta resulte apócrifa, podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa sin perjuicio de las acciones legales que en su caso procedangarantía expedido por la sociedad fiduciaria.
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Samples: Pliego De Condiciones Definitivo