Xxxxx por defunción. En caso de fallecimiento del trabajador, habiendo transcurrido por lo menos un año desde su ingreso en la empresa, queda ésta obligada a satis- facer a sus derecho habientes el importe de tres mensualidades, iguales cada una de ellas a la última percibida por el trabajador, incrementada con todos los emolumentos inherentes a la misma.
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Samples: www.boe.es, www.cigservizos.org
Xxxxx por defunción. En caso de fallecimiento del trabajador, habiendo transcurrido por lo menos con un año desde su ingreso en al menos per- teneciendo a la empresa, queda ésta esta obligada a satis- facer satisfacer a sus derecho habientes el importe de tres mensualidades, mensualidades iguales cada una de ellas a la última percibida por que el trabajadortrabajador percibiera, incrementada con todos los emolumentos inherentes inhe- rentes a la misma.
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Samples: Contrato Formacion, Contrato Formacion
Xxxxx por defunción. En caso de fallecimiento del trabajador, habiendo transcurrido por lo menos un año desde su ingreso en la empresa, queda ésta obligada a satis- facer satisfacer a sus derecho habientes derechohabientes el importe de tres mensualidades, iguales igua- les cada una de ellas a la última percibida por el trabajador, incrementada con todos los emolumentos inherentes a la misma.
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Samples: www.boe.es