Ámbito de vigencia Cláusulas de Ejemplo

Ámbito de vigencia. El presente Convenio será de aplicación desde el 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2014. La denuncia del presente Xxxxxxxx será automática el día 1 de diciembre de 2014; a partir de dicha fecha la parte Social presentará la plataforma reivindicativa para las negociaciones del próximo Convenio, comprometiéndose la Empresa a iniciar las deliberaciones del mismo en un plazo no superior a un mes a partir de dicha presentación. Se entiende que el presente Xxxxxxxx seguirá vigente en su parte normativa mientras no sea sustituido por un nuevo Convenio.
Ámbito de vigencia. Cualquiera que sea la fecha de publicación de este convenio colectivo en el Boletín Oficial, la vigencia del mismo será por cuatro años iniciándose el 1 de enero de 2008 y finalizando el 31 de diciembre de 2011.
Ámbito de vigencia. Las presentes condiciones regulan el acceso y uso por parte del cliente de los servicios y servicios adicionales suministrados por WIPZona Network S.L. (a continuación "WIPZona") o facilitados por WIPZona a través del portal xx xxxxx ancha xxx.xxxxxxx.xxx. La conexión a la red xx xxxxx ancha se sirve si es posible desde un punto de vista técnico suministrar DSL al suscriptor. Si WIPZona no pudiere servir la velocidad encargada, el pedido tendría la consideración de cancelado, y se le propondría al cliente la adquisición de una velocidad alternativa. XXXXxxx no será responsable en caso de retrasarse o no atenderse el pedido por no encontrarse el cliente en la zona de cobertura xx xxxxx ancha de WIPZona. Si no se pudiere servir la conexión xx xxxxx ancha al cliente por motivos técnicos, el cliente no pagará nada por el intento a no ser que se hubiere acordado algo distinto.
Ámbito de vigencia. El presente Convenio será de aplicación desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2018. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Se entiende que el presente Xxxxxxxx seguirá vigente en su parte normativa mientras no sea sustituido por un nuevo Convenio.
Ámbito de vigencia. El presente Convenio será de aplicación desde el 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2014. Se entiende que el presente Xxxxxxxx seguirá vigente en su parte normativa mientras no sea sustituido por un nuevo Convenio.
Ámbito de vigencia. Cualquiera que sea la fecha de publicación de este Convenio Colectivo en el Boletín Oficial, la vigencia del mismo será por cuatro años iniciándose el 1 de Enero de 2015 y finalizando el 31 de Diciembre de 2018.
Ámbito de vigencia. El presente Convenio será de aplicación desde el 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2014. La denuncia del presente Xxxxxxxx será automática el día 1 de diciembre de 2014; a partir de dicha fecha la parte social presentará la plataforma reivindicativa para las Se entiende que el presente Xxxxxxxx seguirá vigente en su parte dispositiva mientras no sea sustituido por un nuevo Convenio.
Ámbito de vigencia. Cualquiera que sea la fecha de publicación de este convenio colectivo en el boletín oficial, la vigencia del mismo será por tres años iniciándose desde el 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021.
Ámbito de vigencia. —El presente convenio será de aplicación desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2018. La denuncia del presente convenio será automática el día 1 de diciembre de 2018; a partir de dicha fecha la parte Social presentará la plataforma reivindicativa para las nego- ciaciones del próximo convenio, comprometiéndose la empresa a iniciar las deliberaciones del mismo en un plazo no superior a un mes a partir de dicha presentación. Se entiende que el presente convenio seguirá vigente en su parte normativa mientras no sea sustituido por un nuevo convenio.

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  • PLAZO DE VIGENCIA El presente

  • VIGENCIA La fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento a la o las obligaciones que garantice y continuará vigente en caso de que “la Contratante” otorgue prórroga o espera al cumplimiento del contrato. Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir la o las obligaciones contractuales.

  • Notas de Vigencia Inciso modificado por la Circular 9 de 2018, 'Incorporación de factores de retiros netos segmentados por tipo de depositante y actualización de porcentajes de castigo al valor de algunos activos líquidos en el cálculo del Índice de Riesgo de Liquidez (IRL)', publicada en el Boletín Ministerio de Hacienda, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia, No. 446 de 8 xx xxxxx de 2018. Entrará en vigencia el 29 xx xxxxx de 2019.

  • DE LA VIGENCIA El presente contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, y concluirá al XX de XXXXXXX de 20XX.

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u omisión es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de desviaciones importantes, reservaciones u omisiones.

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • Ámbito de aplicación Esta cláusula regula la solución de todas aquellas controversias que se deriven del presente Contrato, así como, aquellas relacionadas con la ejecución, interpretación, resolución, ineficacia, nulidad o invalidez del Contrato. No podrán ser materia de trato directo ni de arbitraje las decisiones del OSINERGMIN u otras Autoridades Gubernamentales Competentes que se dicten en ejecución de sus competencias administrativas atribuidas por norma expresa, cuya vía de reclamo es la vía administrativa.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.

  • Plazo de Mantenimiento de Oferta Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.