TÉRMINOS DE REFERENCIA
TÉRMINOS DE REFERENCIA
LA FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. FIDUCOLDEX, SOCIEDAD DE SERVICIOS FINANCIEROS DE ECONOMÍA MIXTA INDIRECTA OBRANDO COMO VOCERA DEL FIDEICOMISO INNPULSA COLOMBIA ESTÁ INTERESADA EN RECIBIR PROPUESTAS PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS DE PERSONALIZACIÓN, IMPLEMENTACIÓN, CAPACITACIÓN, SOPORTE Y MANTENIMIENTO, DE UN SISTEMA DE INFORMACIÓN BASADO EN CRM PARA APOYAR LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LAS MIPYME COLOMBIANAS
SICT-17
Febrero de 2018
INDICE
1 CAPITULO I - CONDICIONES GENERALES 5
1.1 INFORMACIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD CONTRATANTE 5
1.2.2 JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN 7
1.3.1 CONFLICTO DE INTERESES 9
1.3.2 NATURALEZA DE LA INVITACIÓN A PROPONER. 9
1.3.3 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 9
1.3.5 COSTOS Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA 9
1.3.6 IMPUESTOS Y DEDUCCIONES 9
1.3.7 NO MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA Y ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA INVITACIÓN 10
1.4.1 DEFINICIONES JURIDICAS 10
1.4.2 DEFINICIONES TÉCNICAS 12
2 CAPITULO II - CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 15
2.1 OBJETO DE LA INVITACIÓN 15
2.3 ALCANCE TÉCNICO DEL OBJETO 16
2.4.1 ETAPA 1: ESPECIFICACIÓN 17
2.4.2 ETAPA 2: PERSONALIZACIÓN, VALIDACIÓN, ESTABILIZACIÓN, PRUEBAS, ENTREGA LISTO PARA EL SERVICIO 18
2.4.3 ETAPA 3: IMPLEMENTACIÓN 19
2.4.4 ETAPA 4: EXPLOTACIÓN (INCLUYE MANTEN IMIENTO Y SOPORTE) 19
2.5 DIAGRAMA DE COMPONENTES DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN 20
2.5.1 MÓDULO DE DIAGNÓSTICO EMPRESARIAL 20
2.5.2 MÓDULO SISTEMA DE INFORMACIÓN BASADO EN CRM 21
2.6 REQUERIMIENTOS GENERALES DE LA SOLUCION 22
3 CAPITULO III - CONDICIONES DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN 23
3.2 MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS DE INVITACIÓN 23
3.3 ASPECTOS RELACIONADOS CON LA PARTICIPACIÓN Y EL CIERRE 23
3.3.1 QUIENES PUEDEN PARTICIPAR 23
3.3.2 REQUISITOS PARA TODOS LOS PARTICIPANTES 25
3.3.3 Requisitos para los Consorcios o Uniones Temporales, 25
3.3.4 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA INVITACIÓN 26
3.3.7 Cierre de la Invitación 28
3.4 ENTREGA Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS 28
3.4.1 Presentación y Entrega de la Propuesta 28
3.4.2 Apertura de Propuestas 31
3.4.4 Propuestas Condicionales o Plurales 31
4 CAPITULO IV - REQUISITOS DE LA OFERTA O PROPUESTA 31
LA PROPUESTA QUE SE PRESENTE DEBE CUMPLIR CON LO SIGUIENTE 31
4.1 REQUISITOS HABILITANTES 31
4.1.1 REQUISITOS habilitantes DE CARÁCTER JURÍDICO 31
4.2 DOCUMENTOS DE CARÁCTER FINANCIERO 35
4.2.1 ESTADOS FINANCIEROS BÁSICOS 36
4.2.2 Notas a los estados financieros 36
4.2.3 Dictamen debidamente firmado por el revisor fiscal 36
4.2.4 Certificado de antecedentes disciplinarios del Revisor Fiscal 36
4.2.6 Extranjeros sin domicilio o con sucursal en Colombia 37
4.2.7 Criterios Financieros Habilitantes ¡Error! Marcador no definido.
4.2.8 Verificación financiera de propuestas conjuntas 39
4.3 REQUISITOS DE CARÁCTER TÉCNICO HABILITANTE 40
4.3.2 Mínimo Equipo Ejecutor Requerido 41
5 CAPITULO VI -CRITERIOS DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 45
5.1 VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS HABILITANTES Y OTROS ASPECTOS 45
5.1.1 Verificación de los requisitos jurídicos establecidos como habilitantes 46
5.1.2 Verificación de documentos y capacidad financiera definidos como habilitantes 46
5.1.3 Verificación de los requisitos técnicos habilitantes 46
5.1.4 Solicitudes de aclaración o complementación y subsanabilidad 47
5.1.6 Declaratoria desierta 48
5.2 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 48
5.2.1 FACTORES Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN DE PROPUESTAS 48
5.2.2 EXPERIENCIA PROPONENTE – EXP: (10 PUNTOS) 49
5.2.3 EXPERIENCIA DEL EQUIPO EJECUTOR DEL PROYECTO - EEP: (10 PUNTOS)50
5.2.4 REQUERIMIENTOS FUNCIONALES Y TÉCNICOS – RFT- : (30 PUNTOS) 51
5.2.5 VALOR AGREGADO – VAG-: (10 PUNTOS) 52
5.2.6 PROPUESTA ECONÓMICA – EEC -: (20 PUNTOS) 52
5.2.7 SUSTENTACIÓN DE LA PROPUESTA – STP- (20 Puntos) 53
6 CAPITULO VI- CONDICIONES DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO 55
6.5 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA 57
6.9 CONFIDENCIALIDAD, PROPIEDAD Y RESERVA 60
6.11 DERECHOS PATRIMONIALES 62
6.13 DIFUSIÓN, TRANSFERENCIA Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS 63
6.14 RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT: 63
6.15 ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN. 65
FORMATO INSCRIPCION DE PROVEEDOR - FTGAD24 SEÑOR PROVEEDOR: SI PERTENECE AL RÉGIMEN COMÚN FAVOR DILIGENCIAR EL FORMULARIO EN SU TOTALIDAD 66
SI PERTENECE AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO FAVOR DILIGENCIAR LOS CAMPOS SOMBREADOS COMO MÍNIMO 66
SI EL CONTRATO SUPERA EL VALOR DE 500 SMMLV, FAVOR DILIGENCIAR FORMATO FTGRI23 O FTGRI24 CON SUS ANEXOS 66
1 CAPITULO I - CONDICIONES GENERALES
1.1 INFORMACIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
La entidad contratante es la Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. –FIDUCOLDEX con NIT. 800.178.148.8, sociedad de servicios financieros de economía mixta indirecta, constituida mediante Escritura Pública No. 1497 del 31 de octubre de 1992 otorgada en la Notaría Cuarta (4ª.) xx Xxxxxxxxx (Bolívar), autorizada para funcionar mediante la Resolución número 4.535 de noviembre 3 de 1.992 expedida por la hoy Superintendencia Financiera de Colombia, actuando como vocera del Fideicomiso Unidad de Gestión de Crecimiento Empresarial, en adelante INNPULSA COLOMBIA y en tal calidad, compromete única y exclusivamente el patrimonio del citado Fideicomiso.
1.2 ANTECEDENTES
1.2.1 INNPULSA COLOMBIA
El artículo 13 de la Ley 1753 de 2015 (Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018) estableció en relación con La Unidad de Desarrollo e Innovación (Art. 46 Ley 1450 de 2011) y con el Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Art. 44 ley 1450 de 2011) lo siguiente:
Artículo 13º. Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y la Unidad de Desarrollo e Innovación: Unifíquese en un sólo patrimonio autónomo el Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y Unidad de Desarrollo e Innovación, creados por la Ley 590 de 2000 y 1450 de 2011. Este patrimonio autónomo, se regirá por normas de derecho privado, y será administrado por el Banco de Comercio Exterior S.A. (Bancoldex), de acuerdo con los lineamientos que fije el Gobierno Nacional a través de la Política pública que para el efecto defina el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
En cumplimiento del mencionado artículo, entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. – Bancoldex, se celebró el Convenio Interadministrativo No. 375 de del 15 de julio de 2015, para dar cumplimiento a los artículos 11 y 13 de la Ley 1753 de 2015, creándose la Unidad de Gestión de Crecimiento Empresarial, (en adelante, INNPULSA COLOMBIA).
En ese sentido, el objetivo principal de INNPULSA COLOMBIA, es estimular los sectores productivos del país y lograr que más innovadores y empresarios incursionen en procesos de alto impacto con énfasis en innovación. INNPULSA COLOMBIA estimulará la alianza entre sector
público, sector privado y la academia como eje fundamental para desarrollar la innovación en el marco de una estrategia nacional de innovación.
Adicionalmente, INNPULSA COLOMBIA promueve la innovación como instrumento para el desarrollo y la competitividad, y para ello se enfoca en la innovación empresarial y el emprendimiento que genere alto impacto en términos de crecimiento, prosperidad y empleo de calidad.
El 15 de julio de 2015, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Bancóldex suscriben el Convenio Marco Interadministrativo N° 375, a través del cual, entre otros, se instrumenta la unificación del Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, y de la Unidad de Desarrollo e Innovación, y se establece el espectro de funcionamiento y administración del patrimonio autónomo denominado “Unidad de Gestión de Crecimiento de Desarrollo Empresarial” (en adelante INNPULSA COLOMBIA).
El artículo 126 de la Ley 1815 del 7 de diciembre de 2016 por medio de la cual “se decreta el Presupuesto xx Xxxxxx y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000”, xxxxxxxxxx que “Los patrimonios autónomos cuya administración haya sido asignada por ley al Banco de Comercio de Colombia S.A. – Bancóldex, podrán administrarse directamente por este o a través de sus filiales”.
De conformidad con la autorización legal impartida y por definición de Política por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, ese Ministerio, Bancóldex y la Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. FIDUCOLDEX S.A. celebraron el 24 xx xxxxx de 2017, con efectos a partir del 1° xx xxxxx del mismo año, el acuerdo de cesión de posición contractual, cuyo objeto consiste en: “EL CEDENTE, por medio del presente documento cede integral e irrevocablemente y a título gratuito y sin modificación alguna a favor de LA CESIONARIA, su posición contractual dentro del Convenio Marco Interadministrativo número 375, celebrado el día 15 de julio de 2015 con EL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, el cual fue celebrado para dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 11 y 13 de la ley 1753 de 2015, por medio de la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 denominado “Todos por un Nuevo País (…)”.
Una vez celebrado el contrato de cesión de posición contractual, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. FIDUCOLDEX S.A. celebraron el contrato xx xxxxxxx mercantil de administración número 006-2017 cuyo objeto es la administración del patrimonio autónomo INNPULSA COLOMBIA por parte de XXXXXXXXXX, quien actúa como vocera del mismo.
Por su parte, el artículo 4º de la ley 1341 de 2009, establece que el Estado intervendrá en el sector de tecnologías de la información y las comunicaciones, para lograr fines como promover el desarrollo de contenidos y aplicaciones, la prestación de servicios que usen TIC y la masificación de Gobierno en Línea e incentivar y promover el desarrollo de la industria de tecnologías de la información y las comunicaciones para contribuir al crecimiento económico, la competitividad, la generación de empleo y las exportaciones.
En este sentido y con la finalidad de contribuir con la iniciativa del Estado de intervenir en el sector de tecnologías de la información y las comunicaciones, EL FONDO TIC e INNpulsa (hoy Unidad de Gestión de Crecimiento Empresarial) celebraron los convenios Interadministrativos No. 494 de 2011 y 865 de 2013, que tienen por objeto aunar recursos y capacidades de orden técnico, tecnológico, administrativo y financiero por parte EL FONDO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES – FONTIC y LA UNIDAD, para la ejecución de convocatorias regionales y sectoriales que, en el marco de la iniciativa MiPyME Digital a través de la generación de competencias y capacidades en TIC así como el monitoreo y difusión de las mismas, lleven a incrementar el uso y apropiación de aplicaciones y contenidos digitales así como la masificación de TIC en las MiPyME colombianas.
En el marco de los citados convenios se realiza la presente convocatoria, que surge con el objeto de apoyar instrumentos que permiten incrementar el uso y apropiación de aplicaciones y contenidos digitales así como la masificación de TIC en las MiPyME colombianas1.
1.2.2 JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El más reciente estudio de caracterización de la relación entre las TIC y las MiPyME, adelantado por iNNpulsa y MinTIC en 2016, en el marco de los convenios. 494 de 2011 y 865 de 2013, estableció niveles de apropiación de TIC en estas empresas, e identificó de manera cualitativa y cuantitativa xxxxxx xx xxxxxxx y asimetrías de información, que impiden que las MiPyME apropien TIC, encontrando que son cuatro las principales barreras:
a) La falta de conocimiento sobre las tecnologías.
b) La falta de acompañamiento a las empresas, durante y después de la implementación de soluciones TIC.
c) El alto costo percibido de las soluciones TI.
d) La falta de alineación entre la oferta y la demanda, que deriva en soluciones inadecuadamente dimensionadas o mal especificadas a la luz de las necesidades de las empresas.
Dichos resultados son coherentes con el diagnóstico adelantado en la Política de Desarrollo Productivo PDP – CONPES 3866, donde se identifica:
“El 45% de las empresas innovadoras y potencialmente innovadoras perciben como un obstáculo para la innovación la escasa información sobre tecnología disponible. Este porcentaje aumenta al 53% cuando se trata de empresas no innovadoras. Una razón por la cual las empresas no hacen uso del conocimiento o no adoptan tecnologías existentes es el bajo nivel de desarrollo xxx xxxxxxx de empresas dedicadas a la interconexión entre quienes tienen conocimientos y quienes los demandan. Lo anterior refleja fallas de coordinación para el desarrollo xxx xxxxxxx de servicios de desarrollo empresarial (SDE), que a su vez están relacionadas con problemas de información”
1 Encuesta de caracterización de las MIPyME colombianas y su relación con la tecnología de la información y las comunicaciones ver xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/000/xxxxxxxx-0000_xxxxxxxxxxx.xxx
Para responder de manera integral a esta situación y bajo el entendido de que se trata de un conjunto de dificultades a las que sólo es posible hallar una solución efectiva, resolviendo de manera articulada todas sus causas, iNNpulsa y MinTIC diseñaron la estrategia MiPyME Vive Digital de MinTIC, que se desarrolla entre 2017 y 2018 en diferentes ámbitos, y que dentro de sus componentes contempla generar:
1. El acompañamiento de las empresas en sus procesos de apropiación de soluciones TIC, a través de los denominados Centros TIC de Desarrollo Empresarial.
2. La capacitación requerida por las MiPyME para transformar sus procesos e implementar soluciones TIC que los optimicen.
3. La apropiación de soluciones TIC que sistematicen los procesos transformados.
Para el correcto funcionamiento de un sistema que genera las soluciones descritas anteriormente, es preciso contar con un sistema de información que permita a los Centros TIC de Desarrollo Empresarial gestionar sus actividades y documentar los resultados obtenidos con la estrategia de transformación digital de las MiPyME atendidas por los mismos.
La ausencia de un sistema de información como el que se pretende contratar, generaría dificultades tan severas e importantes que comprometerían el desarrollo de la estrategia de transformación digital e impedirían asegurar la efectividad en el logro de los resultados y consecuentemente, el buen uso de los recursos invertidos.
1.3 RÉGIMEN APLICABLE
Por disposición de los artículos 11 y 13 de la Ley 1753 de 2015, por medio de la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 denominado “Todos por un Nuevo País”, el régimen aplicable para los actos y contratos celebrados por la Unidad, que se regulan por el Manual de Contratación, es exclusivamente el derecho privado.
De acuerdo con lo anterior, las principales normas que rigen la contratación de La Unidad, están contenidas en el Código Civil y en el Código de Comercio. Lo anterior sin perjuicio de la naturaleza jurídica y la legislación aplicable a los otros contratantes.
En relación con FIDUCÓLDEX, debe señalarse que, dada su naturaleza de sociedad de servicios financieros de economía mixta indirecta del orden nacional, no está sujeta al Estatuto General de la Administración Pública contenido en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, y se rige por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a la actividad financiera que desarrolla, es decir a lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, al Código de Comercio y al Código Civil. Especialmente, deberán cumplirse las disposiciones que se encuentran relacionadas en el Código del Buen Gobierno Corporativo de FIDUCOLDEX.
1.3.1 CONFLICTO DE INTERESES.
Antes de presentar su propuesta, el interesado deberá verificar que no se encuentre incurso dentro de las políticas de conflicto de intereses previstas en el Código de Buen Gobierno Corporativo de FIDUCOLDEX que se encuentra en la página de Internet xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx.
1.3.2 NATURALEZA DE LA INVITACIÓN A PROPONER.
Este documento contiene exclusivamente una Invitación a presentar ofertas a INNPULSA y en ningún caso podrá considerarse como una oferta o propuesta de contrato formulada por INNPULSA.
INNPULSA decidirá si acepta una propuesta según las reglas generales contenidas en el Código de Comercio, INNPULSA no estará obligada a contratar con ninguno de los proponentes que presenten propuestas en virtud de estos términos de referencia.
1.3.3 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
La información que conozcan en virtud del presente proceso se destinará única y exclusivamente para la presentación de la propuesta.
1.3.4 NEGOCIACIÓN
Si lo considera conveniente, FIDUCOLDEX - INNPULSA podrá realizar una etapa de negociación con los proponentes que hayan cumplido los requisitos mínimos exigidos en la presente invitación, empezando con el proponente que cumpliendo todos los requisitos habilitantes haya obtenido la mayor calificación de conformidad a lo establecido en el Manual de Contratación del fideicomiso, con el fin de obtener las condiciones más favorables para INNPULSA.
1.3.5 COSTOS Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA
Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y elaboración de su propuesta, así como los que indirectamente se causen con ocasión de su presentación y eventual suscripción del contrato, como pólizas, fotocopias, etc.
1.3.6 IMPUESTOS Y DEDUCCIONES
Al formular la propuesta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, durante el presente proceso y la ejecución del contrato que eventualmente se llegare a suscribir.
1.3.7 NO MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA Y ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA INVITACIÓN
Una vez presentada la propuesta en los términos indicados en esta Invitación y vencida la fecha y hora de cierre de la Invitación, la propuesta no se podrá modificar, ni se podrá adjuntar ningún tipo de información adicional, a menos que lo haya requerido expresamente de oficio INNPULSA. La presentación de la propuesta implica que el proponente acepta todas las condiciones y obligaciones establecidas en estos Términos de Referencia.
El proponente utilizará y diligenciará la totalidad de los formatos que se suministren, sin modificar su tenor literal y/o su sentido.
1.4 DEFINICIONES
Donde quiera que, en los documentos de la presente Invitación y del contrato que se suscriba con ocasión de la misma, se encuentren los siguientes términos, tendrán el significado que se asigna a continuación:
1.4.1 DEFINICIONES JURIDICAS
ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA: Es la decisión en virtud de la cual se determina la propuesta que se selecciona y la autorización del respectivo contrato.
CÓMPUTO DE TÉRMINOS: Para efectos de la presente Invitación, se aclara que los términos expresados en días y horas se computarán desde la hora en que inicia el término y vencerán el último segundo de la hora inmediatamente anterior a la fecha y hora fijada para la respectiva actuación.
Cuando la prórroga de los términos conlleve fracciones de día, se tendrá en cuenta que éstas se contarán a partir del segundo siguiente al vencimiento del respectivo término y que cada día calendario conlleva 9 horas hábiles, entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m.
CONTRATISTA: Será la persona con quien FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA, celebre el contrato autorizado para ejecutar las actividades o prestar el servicio que se requiere para la consecución de la finalidad de la presente Invitación. El contratista deberá acoger en su integridad las decisiones que adopte FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA. Ni el contratista ni las personas contratadas por él, adquirirán vínculo laboral alguno con FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA y/o con la Fiduciaria.
CONTRATO: Es el instrumento legal autorizado, suscrito y aceptado por FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA y el Contratista, para ejecutar el objeto y obligaciones allí contenidas, el cual será ley para las partes.
DÍA CORRIENTE O DÍA CALENDARIO: Es cualquier día del calendario, entendido como el espacio de tiempo de 24 horas, sin tener en cuenta si se trata de un día hábil o inhábil
DÍA HÁBIL: Es cualquier día comprendido entre el lunes y el viernes de cada semana entre las 8:00
a.m. y las 5:00 p.m., excluyendo de éstos los días festivos determinados por ley en la República de Colombia. En el evento en que la fecha en que finalice un plazo establecido en esta Invitación resulte ser un sábado x xxxxxxx u otro día inhábil, el último día de tal período o la fecha correspondiente, se trasladará al día hábil siguiente.
DISCREPANCIA: Diferencia entre la información, manifestación o documentos presentados en la propuesta y los requerimientos contenidos en la presente Invitación, verificados por el respectivo evaluador.
DOCUMENTO IDÓNEO: El documento expedido por instituciones autorizadas de conformidad con la legislación colombiana para impartir educación formal o el equivalente en otros Países o a través del cual se acredita una situación particular.
FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. FIDUCOLDEX.: Es la entidad
contratante, en el entendido que para el presente acto el Fideicomiso INNPULSA COLOMBIA se hablará indistintamente de FIDUCOLDEX o INNPULSA COLOMBIA
INVITACIÓN: Es la convocatoria a personas determinadas o no, a participar con una propuesta con miras a aceptar aquella que resulte más favorable, e inclusive si ninguna resulta serlo, no aceptar la(s) propuesta(s) presentada(s); En todo caso quien formula esta Invitación puede aceptar o no la(s) propuesta(s) presentada(s), y en el evento de no ser aceptada(s), no habrá lugar a reclamo o indemnización alguna para quienes presenten propuestas. FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA no estará obligada a contratar con ninguno de los proponentes que presenten propuestas en virtud de esta invitación a proponer. La presente Invitación es ley para las partes.
Este documento contiene exclusivamente una invitación a presentar ofertas a FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA y en ningún caso podrá considerarse como una oferta o propuesta de contrato formulada por FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA.
PROPONENTE: Es la persona jurídica que, en forma individual, presenta dentro de la oportunidad señalada para el efecto, una propuesta u oferta.
PROPUESTA: Es el ofrecimiento u oferta formulada por el Proponente en respuesta a la Invitación.
TÉRMINOS DE REFERENCIA: Son los documentos que contienen y conforman las disposiciones de obligatorio cumplimiento para los proponentes, para el contratista y para FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA. Vencida la oportunidad para la modificación o la aclaración de dichos documentos, los mismos serán aplicables tal y como fueron expedidos.
1.4.2 DEFINICIONES TÉCNICAS
ASISTENCIA TECNICA: Atención individual y personalizada, que los CTDE prestarán a los usuarios finales (MIPYME), que comprende la realización de actividades de asesoría, acompañamiento y entrenamiento de estas empresas para el desarrollo de su negocio.
CENTRO TIC DE DESARROLLO EMPRESARIAL2 (CTDE): Son espacios físicos o digitales en los cuales se prestarán servicios de asistencia técnica empresarial individual y confidencial, que promueven la mejora de la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas colombianas, a través de:
1. El diagnóstico de los principales procesos de la empresa y de su desempeño.
2. El diseño de un plan de mejora o de “cierre de brechas” orientado a la transformación digital de sus procesos.
3. La estandarización de procesos críticos de negocio.
4. El acompañamiento de las MiPyME en la apropiación de soluciones TIC que digitalizan los procesos estandarizados.
5. El monitoreo y documentación del desempeño de las empresas atendidas
COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL: Es la capacidad de una empresa de mantener ventajas comparativas y competitivas que le permitan tener una participación importante en el mercado. Se pierde competitividad cuando se asumen altos costos de producción, altos precios en los insumos y los salarios, y la relación calidad- costo del producto que produce la empresa está en desventaja con respecto a los productos de sus competidores.
EMPRESAS ATENDIDAS: Alude a las empresas que reciben servicios de diagnóstico empresarial para la transformación de sus procesos por parte de los CENTROS TIC DE DESARROLLO EMPRESARIAL y obtienen un plan para la mejora o transformación digital de sus procesos.
EMPRESAS TRANSFORMADAS: Alude a las empresas que reciben servicios de diagnóstico empresarial, rediseño de procesos, capacitación, implementación de soluciones TIC y monitoreo del desempeño empresarial por parte de los CENTROS TIC DE DESARROLLO EMPRESARIAL.
IMPACTO ECONÓMICO: para efectos de la presente invitación son los cambios obtenidos como resultado de la transformación digital de las MiPyME, expresadas en términos de costos, cantidad de insumos, resultados de las ventas, la cuota participación en el mercado y el acceso a capital, entre otros.
INDICADOR: Representan una unidad de medida que permite evaluar el desempeño de una intervención frente a sus metas, objetivos y responsabilidades. Los indicadores detectan y prevén desviaciones en el logro de los objetivos.
2 Para la presente convocatoria el Centro TIC de Desarrollo Empresarial se denominará “Centro” o “CTDE”.
MiPyME: Micro, pequeña y mediana empresas3, entendidas como toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana, que responda a los siguientes parámetros: “1. Mediana Empresa:
a) Planta de personal entre cincuenta y uno (51) y doscientos (200) trabajadores;
b) Activos totales por valor entre cinco mil uno (5.001) y quince mil (15.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
2. Pequeña Empresa:
a) Planta de personal entre once (11) y cincuenta (50) trabajadores;
b) Activos totales por valor entre quinientos uno (501) y menos de cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
3. Microempresa:
a) Planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores;
b) Activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Parágrafo 1°. Para la clasificación de aquellas micro, pequeñas y medianas empresas que presenten combinaciones de parámetros de planta de personal y activos totales diferentes a los indicados, el factor determinante para dicho efecto, será el de activos totales…”.
METODOLOGÍA DE INTERVENCIÓN DE LOS CENTROS (CTDE): son métodos y técnicas aplicables por los CTDE durante la intervención con sus MIPYME usuarias finales.
METODOLOGÍA INTERVENCIÓN DE LOS OPERADORES: son métodos y técnicas aplicables por los operadores durante la intervención con sus CTDE, para efectos de la trasferencia metodológica y el aseguramiento de las metas de los CTDE.
MODELO DE MADUREZ DIGITAL: Es un esquema organizado de procesos de negocio a los que se han asociado soluciones TIC e indicadores de desempeño, el cual permite identificar el nivel de digitalización de los procesos, las capacidades instaladas y las debilidades en las MiPyME usuarias
3 De conformidad con el artículo 2º de la Ley 590 de 2000 la cual establece: “Definiciones. Para todos los efectos, se entiende por micro, pequeña y mediana empresa, toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana, que responda a los siguientes parámetros:
1. Mediana Empresa: a) Planta de personal entre cincuenta y uno (51) y doscientos (200) trabajadores; b) Activos totales por valor entre cinco mil uno (5.001) y quince mil (15.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
2. Pequeña Empresa: a) Planta de personal entre once (11) y cincuenta (50) trabajadores; b) Activos totales por valor entre quinientos uno (501) y menos de cinco mil (5.001) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
3. Microempresa: a) Planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores; b) Activos totales por valor inferior a quinientos uno (501) salarios mínimos mensuales legales vigentes.”
finales de los CTDE para, a partir de ello, establecer procesos de digitalización y mejora continua que deriven en un incremento del desempeño empresarial.
MONITOREO: Es el proceso sistemático de recolectar, analizar y utilizar información para hacer seguimiento al progreso del proceso de transferencia en los centros, coadyuvando la consecución de los objetivos y metas definidos para los CTDE
Las actividades de monitoreo deberán estar enfocados a los procesos en lo que respecta a cómo, cuándo y dónde tienen lugar las actividades, quién las ejecuta y a cuántas personas o entidades beneficia, para lo cual el proponente deberá presentar una metodología.
NUBE DE SOLUCIONES TIC: La nube de soluciones es un concepto creado para gestionar los servicios de implementación y soporte de usuarios finales de las aplicaciones informáticas con las que se transformarán los procesos críticos de negocio en las MiPyME atendidas por los CTDE, a saber: a) Un ERP que atenderá las actividades de administración y gestión empresarial, y b) Un CRM, que atenderá las actividades de relacionamiento con los clientes y el mercado
OPERADOR: Es la entidad responsable de desarrollar el modelo de madurez digital y hacer la transferencia de la metodología para la transformación digital de las MiPyME, a los Centros TIC de Desarrollo Empresarial CTDE.
PROCESO CRITICO DE NEGOCIO: Se han identificado como procesos críticos de negocio en las MiPyME a) Las actividades de administración empresarial, las cuales pretenden ser atendidas con la estandarización de sus procesos y la implementación de soluciones informáticas ERP y b) Las actividades de relacionamiento con los clientes y el mercado, las cuales pretende ser atendidas con la estandarización de sus procesos y la implementación de soluciones informáticas CRM
PRODUCTIVIDAD: Es la relación entre la cantidad de productos o servicios obtenida por un sistema productivo y los recursos que debieron ser utilizados para obtenerlos.
SERVICIOS DE DESARROLLO EMPRESARIAL: Corresponde a las acciones que realizan un Centro TIC de Desarrollo Empresarial o una Unidad de Desarrollo Empresarial para que las MiPyME usuarias finales diagnostiquen, estandaricen y digitalicen sus procesos mediante la apropiación de una solución informática, con el fin de generar mejoras medibles en la productividad y el crecimiento de la empresa.
SISTEMA DE INFORMACIÓN, PARA APOYAR LA TRANSFORMACIÓN DE LAS MIPYME
COLOMBIANAS: Es una aplicación informática que suministrará el proveedor seleccionado, cuyo acceso será otorgado por INNPULSA, para que los CTDE y las UDE documenten en ella todas las actividades llevadas a cabo con las MiPyME usuarias finales y registrar el impacto económico producido en las mismas.
El uso del Sistema de información es de carácter obligatorio para todos los CTDE apoyados por XxxXXX y INNPULSA.
SOLUCIONES TIC: Son soluciones ERP y CRM en la nube, que se implementan en las MiPyME usuarias finales de los CTDE para estandarizar sus procesos y mejorar la productividad de los mismos.
TRANSFORMACIÓN DIGITAL: Es el cambio inducido en las empresas por la estandarización y utilización de soluciones informáticas en sus procesos de negocio, con el objetivo central de incrementar la productividad.
TRANSFERENCIA DEL MODELO DE MADUREZ DIGITAL: Para efectos de esta convocatoria se define como el proceso en el que el operador desarrolla en los CTDE las habilidades, conocimientos, métodos y capacidades para usar las herramientas, asociadas al Modelo de Madurez Digital, que les permitirán a los Centros TIC de Desarrollo Empresarial atender la transformación digital de sus MiPyME usuarias finales.
UNIDAD DE DESARROLLO EMPRESARIAL “UDE”: Son los programas orientados al desarrollo de actividades de fortalecimiento empresarial tales como capacitación, asistencia técnica y consultoría, entre otras, que son adelantadas actualmente por entidades como Gremios, Cámaras de Comercio y Universidades, en pro del mejoramiento de las empresas.
2 CAPITULO II - CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1 OBJETO DE LA INVITACIÓN
Contratar un prestador de servicios que implemente la personalización, implementación, capacitación, soporte y mantenimiento, de un sistema de información basado en CRM para apoyar la transformación digital de las MiPyME colombianas
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Personalizar los servicios de apoyo a las MiPyME y la atención de sus dificultades, en lo que atañe al proceso de transformación digital: Para ello se espera ofrecer como herramienta para mejorar la eficiencia operativa de los CTDE o las UDE, una solución tipo CRM con tableros de control base de datos y sistema de reportes que permita a los Centros alcanzar mayores niveles de efectividad en la atención de las empresas.
2. Documentar el desarrollo empresarial de las MiPyME: A través de la transformación digital de los procesos de las MiPyME se busca incrementar la productividad empresarial gracias al uso de soluciones informáticas que resuelvan dificultades productivas de las empresas originadas en la deficiente gestión de sus procesos. INNPULSA requiere documentar en una única base de datos, las actividades llevadas a cabo con las MiPyME y los resultados obtenidos por las mismas, para lo cual precisa disponer de un sistema de
información para el monitoreo de los CTDE o las UDE y del efecto logrado en el desempeño de las MiPyME atendidas por estos.
3. Generar un sistema de información sobre el desempeño de las MiPyME: Que a través de una única fuente de información sirva a INNPULSA como fuente de información de la realidad de las MiPyME en cuanto a su desempeño económico y le permita contar con un insumo basado en la analítica de datos para la formulación y desarrollo de sus políticas y programas de promoción del desarrollo empresarial.
2.3 ALCANCE TÉCNICO DEL OBJETO:
El sistema de información debe ser una solución en la nube, accesible desde cualquier lugar, por: Los CTDE, las UDE, los Operadores de los CTDE, INNPULSA, el MinCIT, y por los entes de control y aliados que se determine.
La siguiente lista resume los servicios solicitados:
1. Personalización del Sistema de información según la propuesta ofertada.
2. Configuración del Sistema de información, según funcionalidades requeridas en estos Términos de Referencia.
3. Desarrollo de funciones específicas, las cuales no están contempladas en estos Términos de Referencia, u originadas en futuros requerimientos, para cumplir con funcionalidades requeridas por la operación de los CTDE y las UDE, 4tales como:
a) Sistema de diagnóstico del estado actual de las empresas
b) Reportes del sistema de información
c) Tableros de control
4. Integración y/o interoperabilidad del Sistema de información con otros sistemas de información.
5. Carga inicial de datos maestros del Sistema de información.
6. Capacitación a usuarios y administrador del Sistema de información.
7. Soporte in-situ en la puesta en marcha.
8. Infraestructura y soporte para explotación del Sistema de Información obtenido, lo cual incluye:
a) Toda la plataforma tecnológica de hardware y software requerida para operar en la nube.
b) Soporte a usuarios.
c) Mantenimiento del Sistema de información, de tipo:
a. Correctivo,
b. Normativo y
c. Evolutivo.
4 Estos desarrollos adicionales serán objeto de negociación entre las partes, en el momento que surja la necesidad, para lo cual se tendrán en cuenta los precios xx xxxxxxx. En todo caso corresponderán a elementos que no se hayan contemplado inicialmente en los términos.
9. Usuarios: El sistema de información objeto de esta invitación deberá apoyar la gestión de:
a) 18 centros TIC de Desarrollo Empresarial. (Se estima un promedio de 5 usuarios por CTDE)
b) 2 operadores que harán la transferencia metodológica y el seguimiento a los CTDE. (Se estima un promedio de 2 usuarios por cada Operador)
c) Interventoría de los CTDE y demás entes de control (Se estima un promedio de 5 usuarios)
d) INNPULSA (Se estima un promedio de 15 usuarios)
e) El Ministerio de Comercio Industria y Turismo “MinCIT”. (Se estima un promedio de 3 usuarios)
f) El Ministerio de las Tecnologías de Información y Comunicaciones “MinTIC”. (Se estima un promedio de 3 usuarios)
g) Las Unidades de Desarrollo Empresarial interesadas. (Se estima un total inicial de 90 usuarios)
A partir de lo anterior, se estima inicialmente un total de 210 usuarios con perfiles diferenciados como se describe en el numeral 2.5.2, de los cuales el 50% podrían ser usuarios concurrentes.
En cualquier caso, el contratista deberá garantizar que el número de usuarios pueda ser mayor, hasta en un 100% a la cantidad antes descrita.
2.4 DESARROLLO DEL OBJETO
Para garantizar la adecuada implementación del Sistema de Información, se divide el proyecto en las siguientes etapas:
2.4.1 ETAPA 1: ESPECIFICACIÓN
Corresponde a la etapa en que se determinan de manera detallada las funcionalidades del sistema de información, los campos de información, reportes y demás aspectos claves para la operación de los CTDE y las UDE.
2.4.1.1 ENTREGABLES DE LA ETAPA 1
Son entregables de la etapa 1 los siguientes:
1. Especificación del sistema de información
2. Descripción del sistema de información
3. Requisitos de datos
4. Requisitos de Usuarios
5. Restricciones
6. Requisitos de hardware
7. Elementos de visualización, navegación y arquitectura que sean necesarios para validación o pruebas de concepto
8. Descripción y forma de cálculo de los indicadores a medir en las empresas
2.4.1.2 DURACIÓN DE LA ETAPA 1
Esta etapa tiene una duración máxima de Un (1) mes
2.4.2 ETAPA 2: PERSONALIZACIÓN, VALIDACIÓN, ESTABILIZACIÓN, PRUEBAS, ENTREGA LISTO PARA EL SERVICIO
Corresponde a las actividades que permiten a INNPULSA contar con el sistema de información en plenas condiciones de funcionalidad.
2.4.2.1 ENTREGABLES DE LA ETAPA 2
Son entregables de la etapa 2 los siguientes:
1. Ambientes de desarrollo:
a) Ambiente de desarrollo, sobre el cual trabaja el proveedor
b) Ambiente de pruebas sobre el cual se corren las pruebas iNNpulsa después de estar probado por el proveedor.
2. Descripción detallada del sistema de información, que contendrá:
a) Programas, módulos reutilizables y objetos.
b) Bases de datos.
c) Transacciones
d) Diccionario de datos
e) Procedimientos
f) Carga del sistema y tiempos de respuesta
g) Interfaces, tanto humanas como de máquinas.
3. Pruebas:
a) Plan de pruebas del sistema de información.
b) Informe de los resultados de las pruebas.
c) Descripción de las pruebas, el resultado esperado, resultado obtenido y acciones a tomar para corregir las desviaciones.
d) Resultados de las pruebas a la documentación.
2.4.2.2 DURACIÓN DE LA ETAPA 2
Esta etapa tiene una duración máxima de dos (2) meses
2.4.3 ETAPA 3: IMPLEMENTACIÓN
Corresponde a las actividades que permiten a los Usuarios contar con el sistema de información en las condiciones de operación, que lo habilitan como “Listo para el Servicio”, tales como: cuentas de usuario creadas, usuarios capacitados, sistemas de soporte en plenas capacidades operativas etc.
2.4.3.1 ENTREGABLES DE LA ETAPA 3
Son entregables de la etapa 3 los siguientes:
1. Ambiente de producción:
a) Implementación de toda la infraestructura en la nube necesaria para puesta en producción de la plataforma.
b) Plan de contingencia y disponibilidad de la plataforma
2. Implementación:
a) Planes detallados de contingencias de explotación, caídas del sistema y recuperación.
b) Plan de revisión post-instalación.
c) Informe de la instalación.
d) Carta de aceptación del sistema de información, emitida por INNPULSA.
2.4.3.2 DURACIÓN DE LA ETAPA 3
Esta etapa tiene una duración máxima de un (1) mes
2.4.4 ETAPA 4: EXPLOTACIÓN (INCLUYE MANTEN IMIENTO Y SOPORTE)
Los servicios de soporte corresponden a aquellas actividades diseñadas para garantizar la permanente operación y actualización del sistema de información.
Los proponentes deberán presentar una estrategia de soporte que garantice la operación del sistema de información y que diferencie los posibles niveles de incidencia, desde el nivel puramente funcional, hasta el nivel técnico
2.4.4.1 ENTREGABLES DE LA ETAPA 4
1. Niveles de servicio:
a) Establecer los niveles de servicio dependiendo de la prioridad de la falla o el error.
b) En ningún caso se podrá estar por debajo de una disponibilidad del 99.8% año, y una atención a incidencias urgentes menor o igual a 2 horas
2. Mantenimiento:
a) Listado xx xxxxxx detectadas en el sistema de información.
b) Listado de mejoras solicitadas por los CTDE y demás usuarios.
c) Trazabilidad detallada de los cambios realizados en el sistema.
d) Actas de las revisiones regulares del sistema y aceptación de los niveles de soporte.
2.4.4.2 DURACIÓN DE LA ETAPA 4
Los servicios de esta etapa deberán prestarse durante la operación de los CTDE por tiempo de doce
(12) meses.
2.5 DIAGRAMA DE COMPONENTES DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN
El Sistema de información objeto de esta invitación debe corresponder de manera general con la siguiente arquitectura:5
Figura 1. Diagrama de componentes del Sistema de Información
2.5.1 MÓDULO DE DIAGNÓSTICO EMPRESARIAL
El primer paso en la transformación digital de las empresas es la identificación del estado actual de sus principales procesos de negocio, su nivel de digitalización y el conocimiento inicial tanto de los procesos propiamente dichos, como de las soluciones tecnológicas disponibles para digitalizarlos. La identificación de este estado inicial es importante pues permite a los CTDE establecer la línea de base de las empresas que pretender atender.
Para hacer más eficiente el levantamiento y documentación de la línea de base, se requiere desarrollar una herramienta de diagnóstico web, que le permita a las empresas responder un cuestionario estructurado de preguntas, procesar las respuestas, establecer el estado actual en relación con el Modelo de Madurez Digital, documentar este estado inicial en el Sistema de Información y diseñar un plan para la transformación digital de las MiPyME.
5 Lo anterior acorde con la Estrategia, Hoja xx Xxxx y Arquitectura BI, planteado por INNpulsa
El diagnóstico recopilará información cualitativa y cuantitativa de las empresas. Con esta información, aplicando metodologías y algoritmos de cálculo se establecerán niveles de madurez digital por empresa.
Parte de la información del diagnóstico y algunas de las variables deberán ser trasladadas al sistema tipo CRM para la creación de una cuenta de cliente y para el seguimiento histórico y evolutivo de indicadores de resultado de las empresas.
2.5.2 MÓDULO SISTEMA DE INFORMACIÓN BASADO EN CRM
El Sistema de información debe disponer de un módulo tipo CRM que permita implementar la lógica funcional general que se muestra en la siguiente gráfica:
Figura 2. Estructura funcional del Sistema de Información basado en CRM
2.6 REQUERIMIENTOS GENERALES DE LA SOLUCION
1. Respecto a la personalización del Sistema de información, el proponente deberá incluir las siguientes definiciones a realizar en conjunto con INNPULSA:
a. Workflow de los casos según el modelo de operación para la transformación digital de las empresas.
b. Alertas de apoyo para el mejoramiento de la gestión de casos
c. Semáforos para representar situaciones a revisar
d. Herramienta para la explotación de la información del sistema, tipo Business Intelligence.
e. Tableros de Control o reportes de apoyo a la gestión de los CTDE, las UDE, los Operadores, INNPULSA, el PTP y entes de control
f. Maestros de datos que sustentarán la aplicación, clasificación de casos, etc.
g. Árbol de roles y perfiles
h. Encuesta de satisfacción o evaluación de atención de las MiPyME
i. Otros necesarios para el servicio de personalización.
2. El proveedor debe garantizar que su oferta incluye:
a. La parametrización del sistema,
b. Desarrollo de funcionalidades que no cumple nativamente el sistema base, empleado para la construcción del sistema objeto de esta invitación
c. Integración y/o interoperabilidad del sistema con los actuales sistemas
d. La carga masiva de datos, si los hubiere
e. El desarrollo de software complementario para el diagnóstico inicial de las empresas atendidas por los CTDE
3. La empresa contratada deberá interactuar con los Operadores, INNPULSA y PTP, para desarrollar todos los requerimientos de interoperabilidad o integración que se requieran.
2.7 PRESUPUESTO
INNPULSA cuenta con un presupuesto total para atender la presente invitación de MIL MILLONES DE PESOS ($1.000.000.000), incluidos todos los gravámenes e impuestos a que haya lugar.
2.8 DURACIÓN
La duración del contrato que se suscriba (Implementación, puesta en funcionamiento y explotación del Sistema de Información), será hasta por el término de DIECISEIS (16) meses, contados a partir de la legalización del contrato.
3 CAPITULO III - CONDICIONES DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
3.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO
DESCRIPCIÓN | FECHA | LUGAR |
Publicación Términos de referencia | Febrero 05 de 2018 | |
Solicitud de aclaraciones y/o observaciones | Desde el 05 hasta el 12 de febrero de 2018 | |
Respuestas a preguntas y/o aclaraciones | Febrero 19 de 2018 | |
Cierre de la Invitación y entrega de propuestas. | Marzo 01 de 2018 | Xxxxx 00 Xx. 00x-00, xxxx 0x Xxxxxx X.X. |
Fecha máxima de recepción de propuestas remitidas mediante servicio de correo postal x xxxxxxxx | Xxxxx 05 de 2018 | Xxxxx 00 Xx. 00x-00, xxxx 0x Xxxxxx X.X. |
Publicación de la adjudicación | Marzo 21 de 2018 |
3.2 MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS DE INVITACIÓN
Toda modificación a los Términos de Referencia se hará mediante ADENDAS enumeradas, las cuales formarán parte integral de los mismos y serán publicadas en la página web de xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
3.3 ASPECTOS RELACIONADOS CON LA PARTICIPACIÓN Y EL CIERRE DEL PROCESO
3.3.1 QUIENES PUEDEN PARTICIPAR
(a) Individualmente, por personas jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia, que se encuentren debidamente constituidas, previamente a la fecha de apertura de la Invitación Abierta, y su objeto social debe guardar relación directa con la actividad a contratar.
(b) Conjuntamente mediante Consorcio o Unión Temporal, en cuyo caso deberá estar conformada por personas jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia, debidamente constituidas, previamente a la fecha de presentación de la propuesta, y el objeto social de cada integrante de la Consorcio o Unión Temporal debe guardar relación con la actividad a contratar. Así mismo deberá nombrar un único Representante Legal, quien será el contacto permanente con INNPULSA COLOMBIA.
Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en Consorcio o Unión Temporal. En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas y no las personas que lo conforman individualmente consideradas.
3.3.1.1 CONSORCIOS
Podrá formularse una propuesta por dos o más personas en forma conjunta, bajo la modalidad de consorcio, para la adjudicación, celebración y ejecución del contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, en cuyo caso las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta afectarán a todos los miembros del consorcio.
Los proponentes que oferten bajo esta modalidad de asociación deberán designar la persona que los represente para todos los efectos legales e indicar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio, así como sus responsabilidades. Xxxxxx integrante de un consorcio que presente propuesta podrá formar parte de otro u otros que participen en el proceso de selección, ni formular propuesta independiente.
De igual manera, deberán señalar los términos, extensión y grado de su participación en la propuesta y en su ejecución. Dichos términos no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de INNPULSA.
3.3.1.2 UNIONES TEMPORALES
Podrá formularse una oferta conjunta por dos o más personas, bajo la modalidad de unión temporal, para la adjudicación, celebración y ejecución del contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato en caso de resultar adjudicatarios, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal.
Los proponentes que oferten bajo esta modalidad de asociación deberán designar a la persona que los represente para todos los efectos legales e indicar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros, así como sus responsabilidades. De igual manera, deberán señalar los términos, extensión y grado de su participación en la propuesta y en su ejecución. Dichos términos no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de INNPULSA.
Xxxxxx integrante de la unión temporal que presente propuesta podrá formar parte de otro u otros que participen en la licitación, ni formular propuesta independiente.
3.3.1.3 VIGENCIA DE LAS SOCIEDADES Y ASOCIACIONES
Las personas jurídicas deben tener una duración mínima igual al plazo del contrato y tres (3) años más.
La duración del consorcio o la unión temporal, así como las de sus sociedades integrantes, no podrá ser inferior al plazo del contrato y tres (3) años más.
3.3.1.4 PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS
Las personas jurídicas extranjeras, deberán tener sucursal en Colombia y su objeto social debe guardar relación con la actividad a contratar.
3.3.2 REQUISITOS PARA TODOS LOS PARTICIPANTES
Para aplicar a la presente convocatoria, los proponentes deberán seguir todos los lineamientos, consideraciones y demás especificaciones establecidas en estos términos de referencia. Los proponentes que pretendan presentar sus propuestas deberán cumplir específicamente con los siguientes requisitos, los cuales se consideran requisitos habilitantes:
1) Tener como mínimo dos (2) años de constitución a la fecha de presentación de la propuesta
2) Demostrar que la vigencia de su constitución no sea inferior a 3 años después de ejecutado el contrato
3) Demostrar que su objeto social comprender el de la presente invitación
4) Registrar experiencia en el mercado TI local colombiano
5) Que la solución base ofrecida para la construcción del sistema de información ya esté operando en el mercado colombiano
6) Tener infraestructura de soporte de usuario final, en español, con cobertura nacional.
7) No encontrarse en proceso de liquidación.
8) Cumplir con toda la documentación requerida en esta convocatoria.
9) Contar con capacidad técnica y administrativa para ejecutar la propuesta. y con recursos humanos idóneos para la ejecución de las actividades descritas en el numeral 2.4 DESARROLLO DEL OBJETO, y la atención de un número mínimo de 18 CTDE y/o mínimo 210 usuarios aproximadamente, durante la etapa 4.
3.3.3 REQUISITOS PARA LOS CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES,
Si la oferta es presentada por un Consorcio o una Unión Temporal, además de los requisitos exigidos para todos los proponentes, los consorcios y uniones temporales deberán:
1) En la carta de presentación de la propuesta, indicar el nombre del consorcio o unión temporal y además el nombre de los integrantes del mismo.
2) Presentar (en original) el documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal en el cual deberá cumplirse lo siguiente:
a. Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. Si se trata de Unión Temporal, sus miembros deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de INNPULSA.
b. Identificación de cada uno de los integrantes, nombre, razón social, tipo y No. de documento de identificación.
c. Designar la persona, que para todos los efectos representará el consorcio o la unión temporal. Si al representante legal del Consorcio o Unión se le imponen limitaciones y este las excede, la propuesta será RECHAZADA.
d. Señalar que la duración del Consorcio o Unión Temporal no será inferior a la del plazo de ejecución y liquidación del contrato y tres (3) años más.
3) Los miembros de uniones temporales o consorcios deberán acreditar que dentro de su objeto social se encuentre comprendida la actividad que se comprometen a desarrollar en el acuerdo de conformación correspondiente.
4) Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unión temporal y sus respectivas responsabilidades.
5) No ser responsable fiscal ni encontrarse incurso en un conflicto de interés de acuerdo a lo establecido en el Código de Buen Gobierno de FIDUCOLDEX para contratar.
3.3.4 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA INVITACIÓN
El participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones, especificaciones, formularios, anexos, Adendas y documentos aclaratorios que hagan parte de esta Invitación, todo lo cual constituye la fuente de información para la elaboración de la propuesta.
Todos los documentos de la invitación se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos.
Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en esta invitación, serán de su exclusiva responsabilidad. Por lo tanto, INNPULSA COLOMBIA no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, interpretaciones equivocadas u otros hechos en que incurra el proponente que le sean desfavorables y que puedan incidir en la elaboración de su propuesta.
El hecho que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo las cuales será ejecutado el objeto de la presente invitación, no se considerará como fundamento válido de futuras reclamaciones.
El proponente declara que ha recibido toda la información necesaria para elaborar su propuesta y que asume las consecuencias negativas que puedan seguirse de no haber solicitado información complementaria a INNPULSA COLOMBIA en las oportunidades señaladas en esta invitación. Esta declaración se entiende hecha por el solo hecho de presentar la respectiva propuesta.
El proponente deberá elaborar la propuesta de acuerdo con lo establecido en estos términos y anexar la documentación exigida.
3.3.5 PRÓRROGA
Cuando lo estime conveniente INNPULSA COLOMBIA, el plazo de entrega de las propuestas de la presente Invitación podrá prorrogarse antes de su vencimiento. En este caso dicha prórroga se comunicará a través de la página web de INNPULSA COLOMBIA informándose la modificación del calendario de la invitación mediante Adenda.
En el evento en que los términos se cumplan en un día no hábil, se trasladará al día hábil siguiente.
3.3.6 CORRESPONDENCIA
Toda la correspondencia que se genere con ocasión de la presente Invitación, incluida la presentación de la propuesta, deberá ser entregada directamente en la siguiente dirección: Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. Fiducoldex, Xxxxx 00 # 00 A 24 Piso 6° Torre B Edificio Museo del Parque de Bogotá D.C.
La correspondencia relacionada con preguntas, observaciones y las respuestas cuando así se autorice, deberá ser remitida simultáneamente a los siguientes correos electrónicos:
• xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx (dirigido a la Unidad de Gestión de Crecimiento Empresarial, indicando en el asunto el nombre y número de la convocatoria), con copia a xxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx.
Las solicitudes de aclaraciones que formule FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA a los proponentes, se efectuarán a través de los correos electrónicos suministrados por el proponente en su propuesta, por lo que se recomienda anotar en forma clara y legible esta información.
Cualquier comunicación que envíen los posibles proponentes, deberán dirigirla de la siguiente manera:
Señores:
FIDUCOLDEX S.A.
Xxxxx 00 # 00 X 00 Xxxx 0x Xxxxx X Xxxxxx X.X., Xxxxxxxx INVITACIÓN No:
OBJETO:
PROPONENTE:
3.3.7 CIERRE DE LA INVITACIÓN
El día de cierre de la presente Invitación, se recibirán las propuestas hasta las 11:00 a.m. Se debe tener en cuenta que la hora señalada corresponde a la que contenga el sistema de radicación de Fiducoldex ubicada en la Calle 28 No. 13 A - 24 Piso 6° Torre B Edificio Museo del Parque de Bogotá D.C., y es responsabilidad del proponente llegar con la suficiente antelación para la radicación de su propuesta en tiempo.
3.4 ENTREGA Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS
3.4.1 PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá estar firmada por el representante legal de la persona jurídica o por la persona designada para representarlo en el caso de consorcio o unión temporal, o por su apoderado debidamente facultado, evento en el cual se debe anexar el original del poder donde se especifique que se otorga poder para presentar la propuesta y ser presentada en original y dos (2) copias fieles y exactas en CDs no regrabables (CD-R, DVD-R), de la documentación presentada en físico con todos los documentos que la componen junto con su propuesta técnica y económica, incluyendo todos los archivos y anexos.
De igual manera deberá entregarse en sobre aparte o cuaderno separado el FTGAD29 (FORMATO INSCRIPCIÓN DE PROVEEDOR) ANEXO II Y FTGRI23 (FTGRI23 FORMULARIO DE CONOCIMIENTO PERSONA JURIDICA-CONTRATACION DERIVADA) ANEXO III teniendo
especial cuidado de incluir todos los anexos que indica el formulario.
La propuesta debe presentarse y radicarse dentro del término previsto en el cronograma antes mencionado y en el siguiente horario: desde las 9:00 a.m. hasta las 4:00 pm, salvo el día de cierre de la presente Invitación, en el que se recibirán y radicarán las propuestas hasta las 11:00 a.m.
La propuesta física debe estar precedida del índice o tabla de contenido donde se especifique los números de página donde se encuentra la información y los documentos requeridos en los términos de esta Invitación Abierta. Igualmente deberá, presentarse íntegramente foliada por hoja, desde el primer folio incluidas las hojas en blanco y legajada en el mismo orden en que se solicita, en sobres separados, cerrados y rotulados en los términos indicados anteriormente.
Los rótulos deberán señalar, respectivamente, y además lo siguiente: ORIGINAL, y en cuaderno separado FORMULARIO FTGAD29 Y FTGRI23.
PROPONENTE: - dirección Teléfono .
NOTA: LOS FORMULARIO FTGAD29 Y FTGRI23 DEBERÁN PRESENTARSE EN ORIGINAL EN SOBRE O CUADERNO SEPARADO DE LA PROPUESTA ORIGINAL.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá aportar el documento aquí exigido FTGAD29 y FTGRI23 debidamente diligenciados, adjuntando los documentos requeridos en el mismo (Formato IV) y (Formato III) respectivamente y deberán diligenciar y presentar un formulario por la forma asociativa propuesta con sus anexos.
NOTA 1: Para proceder con la adjudicación, el proponente debe cumplir con la Etapa de Conocimiento de no Cliente, allegando la información y documentos conforme lo establece este numeral y el instructivo Anexo V y los requerimientos que le sean realizados, so pena que su propuesta sea rechazada. El proponente debe cumplir con este requisito. De no allegarse la información requerida y/o no cumplir con las políticas de conocimiento de no cliente, su propuesta no podrá ser adjudicada.
NOTA 2: FORMULARIO CONOCIMIENTO PERSONA JURÍDICA NO CLIENTE FTGRI23 Los
proponentes, entendidos como las personas jurídicas y las personas naturales que la integran, serán objeto de verificación en las listas internacionales vinculantes para Colombia, de conformidad con las Circulares expedidas por la Superintendencia Financiera y el Manual SARLAFT de FIDUCOLDEX
– INNPULSA COLOMBIA.
El Representante Legal del proponente persona jurídica, y de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, deben diligenciar, firmar y colocar huella al Formato, y adjuntar además los documentos que allí se relacionan, tal como se establece en el Instructivo Anexo III.
NOTA 3: PROCESO DE CONOCIMIENTO DE PERSONA JURÍDICA, CONSORCIO Y/O UNIÓN
TEMPORAL: Toda la información y documentos que a continuación se señalan deberán ser leídos y examinados cuidadosamente por los proponentes o posibles partes contractuales, con el fin evitar omisiones de información y errores en su diligenciamiento y presentación ante la entidad Fiduciaria como vocera del Fideicomiso INNPULSA COLOMBIA.
NOTA 4. POLÍTICAS DE VINCULACIÓN
Fundaciones u organizaciones sin ánimo de lucro
Para la vinculación de este tipo de terceros sean clientes, contrapartes, proveedores o en los procesos de contratación derivada, adicional al proceso de solicitud de vinculación deberán anexar una certificación firmada por Representante Legal y/o Revisor Fiscal en la que indique cuáles son sus protocolos de debida diligencia para la prevención del riesgo de LA/FT en la canalización u origen de los recursos o en el caso que aplique deberán certificar que cuenta con un sistema implementado de gestión de prevención de riesgo xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo”.
Si se presentare alguna diferencia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el texto del original.
Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la acompañan deberá ser confirmada o validada con la firma del proponente.
No se aceptan propuestas enviadas por correo electrónico, fax o cualquier otro medio, ni las que sean radicadas con posterioridad a la hora de la fecha de cierre.
DEL PROCESO de estos términos de invitación.
Sobre el particular, se precisa que Fiducoldex actuando como vocera del P.A. INNPulsa, no se hace responsable por la pérdida o deterioro de la documentación remitida a través de servicio de correo postal o courrier.
La propuesta deberá tener una validez mínima de tres (3) meses contados a partir de la presentación de la misma.
Se recomienda a los proponentes llegar con anticipación al edificio, teniendo en cuenta que para el acceso al mismo se debe cumplir con controles de seguridad y que la Fiduciaria se encuentra ubicada en el piso 6, lugar donde se recibirán las propuestas. Las propuestas que se radiquen una vez vencido el plazo señalado en la presente Invitación, serán devueltas sin abrir.
Para los efectos de este proceso se advierte a los proponentes que la fecha y hora válida, es la que tenga el número de radicación impreso de la correspondencia de FIDUCOLDEX.
Cualquier información adicional que el proponente considere necesario presentar, debe incluirla o adjuntarla a la Propuesta que entregue de acuerdo con las fechas establecidas para el cierre de convocatoria.
Una vez radicada la Propuesta en la oficina de correspondencia y cerrada la invitación y entrega de propuestas, ésta no se podrá modificar, ni se podrá adjuntar ningún tipo de información adicional, a menos que lo haya requerido expresamente de oficio FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA. La presentación de la Propuesta implica que el proponente acepta todas las condiciones y obligaciones establecidas en los Términos de Referencia.
Corresponde a todo Proponente efectuar los estudios y verificaciones que considere necesarios para la formulación de la Propuesta, incluyendo sin limitarse, a los estudios técnicos, contables, tributarios,
entre otros; asumiendo todos los gastos, costos, impuestos y riesgos que ello implique, que no serán reembolsados en ningún caso y bajo ningún concepto.
La presentación de una Propuesta implicará que el Proponente realizó los estudios, análisis y valoraciones pertinentes para prepararla y, por lo mismo, no se reconocerá sobrecosto alguno derivado de deficiencias en ellos.
3.4.2 APERTURA DE PROPUESTAS
De la apertura de las propuestas, se levantará un Acta suscrita por los funcionarios de FIDUCOLDEX
- INNPULSA COLOMBIA que participen en ella, donde se consignará los nombres de los proponentes, los retiros de propuestas si los hubiere, los aspectos que permitan identificar las propuestas, tales como valor de la propuesta económica, nombre del proponente, del representante legal, garantía de seriedad, entre otros.
3.4.3 PROPUESTAS PARCIALES
No se aceptarán propuestas parciales para esta Invitación.
3.4.4 PROPUESTAS CONDICIONALES O PLURALES
No podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en la presente Invitación. En caso de que la propuesta formule condiciones diferentes a las establecidas, se tendrán por no escritas.
Sólo se tendrán en cuenta las variables técnicas indicadas en la presente invitación para la evaluación de las ofertas. Sin embargo, si se ofrecen otras ventajas técnicas del bien y/o servicio y se suscribe contrato con el proponente respectivo, éste quedará obligado a cumplir con TODO lo ofrecido. Estos ofrecimientos adicionales no supondrán una modificación o alteración a los parámetros esenciales establecidos en la Invitación a proponer, principalmente, a los factores de ponderación y escogencia.
4 CAPITULO IV - REQUISITOS DE LA OFERTA O PROPUESTA
La propuesta que se presente debe cumplir con lo siguiente:
4.1 REQUISITOS HABILITANTES
4.1.1 REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO
Los requisitos que se mencionan en este numeral son verificables y como tal se constituyen en un requisito habilitante, y por tanto obligatorio, para la participación en este proceso de contratación.
4.1.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Diligenciar el Anexo No. I (DIRIGIDA A XXXX XXXXXX XXXXXXXX, GERENTE GENERAL DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE CRECIMIENTO EMPRESARIAL) - INNPULSA COLOMBIA
La propuesta deberá presentarse de acuerdo con el modelo de carta suministrado en esta Invitación (Anexo Nº I). Ésta deberá ser firmada por el Representante Legal de la persona jurídica, o por el representante legal del Consorcio o Unión Temporal. La suscripción de la carta de presentación de la propuesta hará presumir la aceptación, legalidad y conocimiento de todos los documentos de la Invitación.
La suscripción de la carta de presentación de la propuesta hará presumir la aceptación, legalidad y conocimiento de todos los documentos de la Invitación.
4.1.1.2 CERTIFICACIÓN DEL PAGO DE PARAFISCALES Y APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
El proponente, como persona jurídica nacional o sucursal de sociedad extranjera, Consorcio o Unión Temporal ,deberá presentar una certificación, en original, expedida por el Revisor Fiscal, de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o cuando éste exista de acuerdo con los estatutos sociales, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje.
Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su propuesta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados hacia atrás a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
La información presentada se entiende suministrada bajo la gravedad del juramento respecto de su fidelidad y veracidad.
INNPULSA COLOMBIA verificará únicamente la acreditación del respectivo pago a la fecha de presentación de la propuesta, sin perjuicio de los efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas en las normas vigentes.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
4.1.1.3 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL.
Las personas jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio principal o del domicilio de la sucursal de la sociedad extranjera, según el caso y como mínimo (5) años de constitución a la fecha de presentación de la propuesta.
El certificado deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Fecha de expedición no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del plazo de la presente Invitación.
b) El objeto social principal de la sociedad deberá relacionarse directamente con el objeto del contrato.
c) La duración de la sociedad, consorcio o unión temporal contada a partir de la fecha de cierre del plazo de la presente Invitación Abierta, no será inferior al plazo establecido para el contrato y tres (3) años más.
d) Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para presentar la propuesta o contraer obligaciones en nombre de la misma, de acuerdo con lo previsto en el Certificado de Existencia y Representación Legal, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano competente.
e) Para el caso de Uniones Temporales, cada integrante de las mismas, deberá comprobar su existencia, representación y capacidad, en la forma prevista en el presente numeral, incluidas las facultades y capacidad para constituir el Consorcio o Unión Temporal, así como para la celebración y ejecución del contrato a través de la forma de asociación escogida.
El documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal, deberá contener los siguientes requisitos mínimos:
a) Indicar que se trata de un Consorcio o Unión Temporal.
b) Sus miembros deberán señalar la extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en su ejecución, la cual no podrá ser modificada sin el consentimiento previo y escrito de INNPULSA COLOMBIA. No obstante, independiente de la participación y de la modalidad de contrato que se adopte, para este proceso, no se aplicará la regulación de las Uniones Temporales contenida en la Ley 80 de 1993, por tanto, las personas que integren un Consorcio o Unión Temporal, a la luz de esta invitación abierta, serán solidariamente responsables en el cumplimiento de las obligaciones del eventual contrato que llegue a celebrarse.
c) El término de duración del Consorcio o Unión Temporal, el cual debe corresponder al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
d) La designación de un representante único que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del Consorcio o Unión Temporal, quien será el contacto permanente para los asuntos derivados del contrato que resulte del presente proceso de invitación. Igualmente
deberá designar un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
En ningún caso podrá haber cesión del Contrato entre quienes integren el Consorcio o Unión Temporal.
4.1.1.4 COPIA DEL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT)
Este certificado es expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales. En él ha de consignarse claramente el NIT del proponente y su inscripción en el Régimen Común y estar actualizado de conformidad con la normatividad vigente.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá aportar el documento aquí exigido, en caso de ser adjudicado el contrato deberá presentar el RUT del Consorcio o Unión Temporal a la suscripción del contrato
4.1.1.5 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Todo proponente deberá garantizar la seriedad de su propuesta, con la suscripción, en Formato para Particulares, de una póliza expedida por una Compañía Aseguradora debidamente aprobada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, por un valor equivalente al diez (10%) del valor de la propuesta y con una vigencia igual a tres (3) meses, contados a partir de la fecha y hora de cierre de la Invitación. Con la propuesta se debe anexar la póliza y el recibo de pago de la prima correspondiente.
En caso de prórroga de la fecha para la selección del contratista, esta garantía deberá prorrogarse por parte del proponente a partir de la nueva fecha, cuando la vigencia anteriormente señalada, no sea suficiente para cubrir el periodo de selección del contratista.
El beneficiario será FIDUCOLDEX obrando como vocera de INNPULSA COLOMBIA con NIT 000.000.000–5, el afianzado será el proponente.
La póliza deberá tomarse con el nombre o razón social del proponente que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera.
En caso de que la garantía de seriedad de la propuesta sea expedida sin el lleno de los requerimientos de estos términos de referencia, este hecho será subsanable y el proponente deberá remitir las correcciones del caso en el término que le fije INNPULSA COLOMBIA, lo cual será solicitado por escrito.
La póliza de seriedad correspondiente a las propuestas que no sean adjudicadas podrá ser devuelta a solicitud del interesado a más tardar dentro de los treinta (30) días calendario siguiente a la fecha de adjudicación del contrato producto de la presente invitación.
INNPULSA COLOMBIA hará efectiva la garantía de Seriedad de la Oferta quedando el valor asegurado a su favor por incumplimiento del deber de reserva de la información establecida en el numeral 4.1.1.5 - Garantía de seriedad de la propuesta de este documento, hasta la concurrencia del porcentaje allí indicado y, por la totalidad xxx xxxxxx de la garantía, en los siguientes casos:
a) Cuando un proponente solicite el retiro de su propuesta después de la fecha de cierre del plazo de la presente invitación, salvo en los casos de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.
b) Cuando el proponente favorecido con la adjudicación no procediere a cumplir con los requisitos para el perfeccionamiento y ejecución del contrato dentro del término señalado para que se suscriba el respectivo contrato.
Sin embargo, es de tener en cuenta que la ejecución de la garantía de seriedad de la propuesta no constituye una tasación anticipada de perjuicios; por lo que INNPULSA COLOMBIA podrá perseguir en cualquier momento el reconocimiento de los perjuicios no cubiertos por el valor de dicha garantía, mediante las acciones legales conducentes.
4.1.1.6 FOTOCOPIA LEGIBLE DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA
Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía al 150% del Representante Legal de la sociedad, del Consorcio o Unión Temporal, o apoderado debidamente facultado y de los representantes legales de las sociedades que conforman el Consorcio o la Unión Temporal.
Cualquier información adicional que el proponente considere necesario presentar, debe incluirla o adjuntarla a la Propuesta que entregue de acuerdo con las fechas establecidas para el cierre de convocatoria. Una vez radicada la Propuesta en la oficina de correspondencia y cerrada la invitación y entrega de propuestas, ésta no se podrá modificar, ni se podrá adjuntar ningún tipo de información adicional, a menos que lo haya requerido expresamente de oficio INNPULSA COLOMBIA.
4.2 DOCUMENTOS DE CARÁCTER FINANCIERO
Los documentos que se mencionan en este numeral son verificables y como tales se constituyen en un requisito habilitante para la participación en este proceso de selección.
Los interesados en presentar propuesta deberán allegar la siguiente documentación. En este punto la calificación es de CUMPLE o NO CUMPLE.
El proponente, o cada una de las personas jurídicas que conforman el consorcio o la unión temporal deberán presentar los siguientes documentos:
4.2.1 ESTADOS FINANCIEROS
Los estados financieros a 31 de diciembre de 2016, comparativos con el año 2015, que se mencionan a continuación, deberán ser presentados debidamente firmados por el Representante Legal, el Contador,y por el Revisor Fiscal cuando el proponente esté obligado a tenerlo:
a) Estado de la Situación Financiera
b) Estado de Resultados Integral
El Representante Legal y el Revisor Fiscal, si es del caso, que firmen los Estados Financieros Referenciados, deben figurar en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, que se acompaña con la propuesta.
En el caso que el Representante Legal y/o Revisor Fiscal designado en el Certificado de Existencia y Representación Legal actualizado a la fecha no siga siendo el mismo que firma los Estados Financieros, debe presentarse adicionalmente el Certificado de Existencia y Representación legal vigente a la fecha de firma de los Estados Financieros presentados.
4.2.2 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Notas comparativas a los Estados Financieros con corte a 31 de diciembre del año 2016 comparativo con el año 2015, especificando que acoge la política contable de presentación de estados financieros atendiendo la Ley 1314 de 2009, sus decretos complementarios y reglamentos
4.2.3 DICTAMEN DEBIDAMENTE FIRMADO POR EL REVISOR FISCAL
Se debe presentar dictamen debidamente fechado (fecha de expedición) y firmado, sobre los estados financieros solicitados anteriormente. Este requisito aplica para aquellos proponentes que estén obligados a tener Revisor Fiscal.
4.2.4 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS JUNTA CENTRAL DE CONTADORES DEL CONTADOR Y REVISOR FISCAL.
Se debe presentar Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores del Contador y del Revisor Fiscal, con vigencia no superior a tres (3) meses a la fecha de cierre de recepción de propuestas de la presente Invitación Privada, sin sanciones de ninguna clase.
4.2.5 TARJETA PROFESIONAL DEL CONTADOR Y DEL REVISOR FISCAL
Se debe presentar copia de la tarjeta profesional del Contador y del Revisor Fiscal, (si aplica), que firman los Estados Financieros y el Dictamen de Revisor Fiscal.
4.2.6 EXTRANJEROS SIN DOMICILIO O CON SUCURSAL EN COLOMBIA
4.2.6.1 ESTADOS FINANCIEROS BÁSICOS
Estados financieros consolidados de la matriz (Balance General y Estado de Resultados) con corte a 31 de diciembre del año 2016 comparativo con el año 2015, expresado en la moneda nacional de Colombia y en español, firmados por el Representante Legal, Xxxxxxxx y el Revisor Fiscal de la casa matriz cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de revisoría fiscal, de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen.
Los proponentes extranjeros en caso de no requerir las firmas de Representante Legal, Contador y/o el Revisor Fiscal de la casa matriz, deben presentar certificación firmada por el Representante Legal de la casa matriz que así lo avale.
4.2.6.2 NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Notas a los Estados Financieros con corte a 31 de diciembre del año 2016 comparativo con el año 2015, especificando que acoge la política contable de presentación de estados financieros atendiendo las Normas Internacionales de Información Financiera.
En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme a la normatividad aplicable en su país de origen, debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale.
4.2.6.3 DICTAMEN DEBIDAMENTE FIRMADO POR EL REVISOR FISCAL
Dictamen del revisor fiscal a los Estados Financieros con corte a 31 de diciembre del año 2016 comparativo con el año 2015.
En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen, debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale.
El representante legal y el revisor fiscal, si es del caso, que firmen los estados financieros, deben figurar como tales en el certificado de existencia y representación legal del proponente o documento equivalente.
En caso de que el proponente sea un Consorcio o Unión Temporal cada integrante debe presentar los Estados Financieros de forma individual.
Igualmente, en el evento que el proponente o uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal que conformen el proponente, no cuente con vigencia de constitución mayor a un año, deberá aportar para la verificación, los Estados Financieros con corte al mes anterior a la fecha de cierre de
propuestas, con las respectivas notas a los estados financieros y dictamen del revisor fiscal, si es del caso.
4.2.6.4 TARJETA PROFESIONAL
El proponente debe anexar copia de la tarjeta profesional del Contador Público y del Revisor Fiscal, este último en caso de requerirse, que suscriben y dictaminan los Estados Financieros.
Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen, debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale.
En cualquier caso, la tarjeta profesional del contador y/o revisor fiscal – si aplica – debe corresponder a la de quienes firman los estados financieros.
4.2.6.5 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
El proponente debe anexar copia de los certificados de antecedentes de la Junta Central de Contadores para el Contador Público y Revisor Fiscal, este último en caso de requerirse. Dicho documento deberá tener fecha de expedición no mayor a tres (3) meses, tomando como punto de referencia la fecha de cierre de propuestas.
Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen, debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale.
En cualquier caso, el certificado de antecedentes de la Junta Central de Contadores del contador y/o revisor fiscal – si aplica – debe corresponder al de quienes firman los estados financieros.
Una vez verificado el cumplimiento de la información contenida en este numeral, en relación a los documentos financieros habilitantes, se procede a evaluar la capacidad financiera.
4.2.7 EVALUCIÓN DE INDICADORES FINANCIEROS
Verificado el cumplimiento de los documentos de carácter financiero, las propuestas habilitadas serán sometidas a un procedimiento de evaluación cuantitativa y se realizará de conformidad con los indicadores financieros, que serán calculados con base en la información suministrada
El proponente que cumpla con el criterio mínimo de los siguientes indicadores, será habilitado financieramente (CUMPLE o NO CUMPLE).
4.2.7.1 RAZÓN DE LIQUIDEZ:
La razón de liquidez se calcula con base en la siguiente fórmula:
ó =
Activo Corriente Pasivo Corriente
Para la habilitación el proponente debe obtener un porcentaje igual o superior a uno (1.0)
4.2.7.2 NIVEL DE ENDEUDAMIENTO:
El nivel de endeudamiento se calcula con base en la siguiente fórmula:
=
Pasivo total Activo Total
Para la habilitación el proponente debe obtener un porcentaje menor o igual al setenta por ciento (70%).
4.2.7.3 CAPITAL DE TRABAJO:
El capital de trabajo se calcula con base en la siguiente fórmula:
Capital de Trabajo= Activo Corriente – Pasivo Corriente
Para la habilitación el proponente debe obtener un valor mayor o igual al 30% del presupuesto de la convocatoria
4.2.8 VERIFICACIÓN FINANCIERA DE PROPUESTAS CONJUNTAS
Para determinar la capacidad financiera de las Uniones Temporales o de los Consorcios se determinarán separadamente los indicadores financieros de los integrantes.
Los índices obtenidos se multiplicarán por el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o Consorcio. Este resultado se sumará para consolidar el total de los índices de la Unión Temporal o Consorcio.
4.3 REQUISITOS DE CARÁCTER TÉCNICO HABILITANTE
Los requisitos que se mencionan en este numeral son verificables y como tal se constituyen en un requisito habilitante, y por tanto obligatorio, para la participación en este proceso de selección.
En caso de que el proponente no cumpla con los requisitos mínimos establecidos en el presente numeral, la propuesta no será evaluada.
Todos los proponentes deberán cumplir con los siguientes criterios que se constituyen en requisitos habilitantes para la participación en este proceso de selección:
4.3.1 EXPERIENCIA
1. Experiencia específica: El proponente deberá presentar mínimo cuatro (4) certificaciones de contratos ejecutados, durante los últimos dos (2) años previos al cierre del presente proceso.
Estas certificaciones deben acreditar experiencia en la implementación de los servicios de personalización, implementación, capacitación, soporte y mantenimiento, de un sistema de información basado en CRM S.
Las certificaciones deberán ser expedidas por la persona o entidad contratante y deberán contener como mínimo la siguiente información:
Nombre de la persona o entidad contratante. | |
Vigencia del contrato: fecha de inicio y de finalización (día-mes año). | |
Valor del contrato. | |
Valor ejecutado a la fecha (en caso de presentar contrato en ejecución). | |
Datos del contacto: nombre, cargo y teléfono de la persona de contacto. | |
Nivel y satisfacción de cumplimiento del contrato |
La certificación del contrato ejecutado puede ser remplazada por la copia del contrato, siempre y cuando también se anexe la respectiva acta de recibo y/o acta de liquidación, debidamente suscrita por la entidad contratante, que en conjunto cumplan con los contenidos y requisitos establecidos anteriormente, de lo contrario no será tenida en cuenta.
El acta de liquidación debidamente suscrita por las partes servirá para acreditar la experiencia del proponente, siempre que en ella conste la información de nombre del contratante, objeto, vigencia y valor del contrato.
Respecto de los contratos en ejecución, es indispensable que se xxxxxxx certificación debidamente suscrita por la entidad contratante, y el grado de cumplimiento; de otra forma, el respectivo contrato no será tenido en cuenta como experiencia del proponente.
Cuando el proponente acredite experiencia obtenida en consorcios o uniones temporales, se tomará la experiencia en proporción a su participación en dicho consorcio o unión temporal, en valor equivalente al porcentaje de participación del proponente respecto del valor total del contrato. En este caso se debe anexar adicionalmente el documento de constitución del consorcio o unión temporal para determinar su participación en la ejecución del contrato aportado.
Si la certificación está liquidada en dólares (USD), se procederá a su conversión a pesos colombianos (COP), tomando como base la TRM (tasa representativa xxx xxxxxxx) reportada por el Banco de la República a la fecha de terminación del respectivo contrato, y si el contrato está en ejecución, la de la fecha de la certificación.
Todas las certificaciones expedidas en el exterior deben venir traducidas al idioma español y debidamente apostilladas o legalizadas.
4.3.2 MÍNIMO EQUIPO EJECUTOR REQUERIDO:
El proponente deberá presentar con su propuesta un equipo mínimo a cargo del proyecto, el cual es considerado como requisito habilitante. Este equipo debe estar compuesto como mínimo de la siguiente manera:
a) Un (1) Gerente de Proyecto. Profesional en Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Electrónica o Administración que debe contar con una experiencia específica mínima, de tres (3) años, previos al cierre de la presente invitación, en la implementación de sistemas de información o soluciones informáticas de Gestión, preferiblemente con certificación vigente en gerencia de proyectos PMP.
b) Un (1) Coordinador técnico. Profesional en Ingeniería de Sistemas que debe contar con una experiencia específica mínima, de dos (2) años, previos al cierre de la presente invitación, en la implementación de sistemas de información o soluciones informáticas en la nube.
c) Un (1) Ingeniero de Desarrollo. Profesional en Ingeniería de Sistemas que debe contar con una experiencia específica mínima, de dos (2) años, previos al cierre de la presente invitación, en el desarrollo o construcción de software.
d) Un (1) documentador Con experiencia en documentación de por lo menos dos proyectos de desarrollo o implementación de plataformas informáticas
En el evento en que el proponente aporte un equipo mayor al mínimo exigido, deberá indicar cuáles de los perfiles entregados son considerados como parte del equipo mínimo habilitante y cuales son considerados como parte del resto del equipo.
El proponente deberá presentar con su propuesta las hojas de vida y los soportes de experiencia específica y formación académica y matrícula profesional, cuando corresponda de acuerdo a la respectiva profesión, del equipo mínimo a cargo del proyecto.
En el evento de ser titulados en el exterior, debe acreditar la homologación del título en Colombia.
En el evento en que el proponente aporte un equipo mayor al mínimo exigido, deberá indicar cuáles de los perfiles entregados son considerados como parte del equipo mínimo habilitante y cuales son considerados como parte del resto del equipo.
4.3.3 BROCHURE:
El proponente deberá anexar un resumen ejecutivo de la empresa y su portafolio de productos y servicios.
4.3.4 PROPUESTA TECNICA
El proponente deberá presentar en la propuesta técnica, documento en el que desarrolle la implementación de la solución propuesta, siguiendo en estricto orden los siguientes criterios:
1. Descripción de la solución: El proponente deberá describir detalladamente la solución propuesta a nivel funcional y técnico. Teniendo en cuenta las características manejadas por la herramienta ofrecida.
2. Metodología de trabajo: El proponente deberá especificar la metodología para el desarrollo del proyecto (PMP, SCRUM, entre otros), relacionando las actividades dentro de cada fase, construcción, pruebas, implementación, integración, protocolos de cargue de datos, etc.
3. Equipo Ejecutor Ofrecido: Además del equipo mínimo requerido en el numeral 4.3.2- Mínimo Equipo Ejecutor Requerido:, el proponente deberá presentar el equipo de trabajo con que planea desarrollar cada una de las fases del proyecto.
El equipo ejecutor adicional al mínimo requerido, aportado por el proponente al desarrollo del proyecto, es considerado como uno de los factores de calificación.
4. Cronograma de Trabajo: El proponente debe presentar las actividades a ejecutar en cada una de las fases del proyecto, identificando entregables, plan de pago y secuencia prevista
para alcanzar el objeto de la solución requerida, identificando: Actividades, fecha de inicio, fecha de terminación, hitos, ruta crítica y el número de funcionarios de INNPULSA que se requieren.
La secuencia y duración de cada una de las actividades debe estar discriminada en días y la implementación de la solución no debe ser superior a 4 meses.
NOTA: Si la propuesta llegara a ser seleccionada, al momento de la firma del acta de inicio, se deberá entregar a INNPULSA el cronograma detallado y ajustado, el plan de proyecto teniendo en cuenta las duraciones presentadas inicialmente.
5. Descripción del soporte: El proponente debe describir los esquemas de soporte disponible después de su implementación, Se requiere un soporte diferenciado por niveles de incidencia, el cual debe estar a cargo de profesionales capacitados y por el tiempo de vigencia del contrato y durante la etapa de explotación.
6. Licenciamiento: Tipo de licencias empleadas para la solución. El proponente debe indicar el esquema de licenciamiento de la solución y el esquema de renovación.
NOTA: Se aclara que la propiedad intelectual e industrial del sistema de información base para la construcción del sistema de información objeto de esta invitación, será del proponente, pero la propiedad intelectual e industrial del sistema de información propiamente dicho, desarrollado en virtud del contrato que se suscriba, será de INNPULSA.
7. Entregables: El proponente deberá señalar los entregables, la descripción detallada de los documentos que soportarán los mismos y el formato en que los entregará. El idioma de los mismos será en español.
8. Documentos: Adicional a los entregables definidos en el numeral previo, el proyecto deberá incluir como mínimo los siguientes: Plan de trabajo, Mapa de Riesgos, Plan de Comunicaciones, Actas de Reunión (De cada reunión el proponente seleccionado levantará actas que entregará a INNPULSA), informes de Gestión, Diseño y arquitectura de la Solución, Diagrama de los procesos a implementar, Plan de implementación, manuales de usuario y administración.
4.3.5 RECURSOS APORTADOS
4.1. VALOR AGREGADO
La propuesta deberá especificar el valor agregado. Se consideran valores agregados los siguientes:
a) Licenciamiento adicional por un periodo de seis (6) meses sin costo adicional.
b) 500 horas/hombre de desarrollo de software.
c) Soporte sobre los procesos desarrollados una vez vencida la garantía, por un periodo adicional de seis (6) meses sin costo adicional.
d) Soporte de usuarios del sistema de información por un periodo de seis (6) meses o más sin costo adicional.
e) Capacitación de usuarios del sistema de información por un periodo de seis (6) meses o más sin costo adicional.
4.4 OFERTA ECONÓMICA
El proponente deberá entregar con la propuesta, el ANEXO X en el que presenta su propuesta económica.
El proponente se obliga para con FIDUCOLDEX – INNPULSA, a sostener el precio de la propuesta durante el término de ejecución del contrato que se suscriba y a realizar todos los servicios necesarios para la adecuada ejecución del objeto a contratar.
El proponente declara que para la fijación de los precios de la propuesta tuvo en cuenta todos los requisitos estipulados en los Términos de Referencia y sus Adendas y consideró también todos los gastos en que incurrirá para cumplir con el objeto y alcance de esta Invitación.
Será de cuenta del proponente el pago de los salarios de los empleados que necesite para prestar el servicio a contratar, incluidos el pago de impuestos, tasas y contribuciones de carácter nacional o municipal, los sueldos, prestaciones sociales, parafiscales, etc. de sus empleados, las primas de pólizas de seguros y costos de las garantías; del impuesto de timbre y de todos los gastos que implique el perfeccionamiento del contrato.
Así mismo, todos los gastos que demanden la preparación y ejecución de los servicios a que se refiere el contrato, serán por cuenta del proponente.
El proponente responderá por los errores u omisiones en que incurra al indicar el valor de su oferta, debiendo asumir los mayores costos o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones.
Cuando se presenten divergencias entre el valor expresado en números y en letras, prevalecerá la cantidad expresada en letras.
Los proponentes responderán legal y jurídicamente cuando formulen propuestas en las cuales se fijen condiciones económicas y de contratación artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación del contrato.
El proponente deberá asumir todos los costos y los gastos resultantes de la preparación y presentación de la propuesta y en ningún caso, cualquiera sea el resultado, estos serán reembolsados por FIDUCOLDEX - INNPULSA.
NOTA: Los servicios que INNPULSA requiera contratar y no se encuentren dentro de los servicios mencionados en los presentes términos de referencia, las condiciones del servicio incluyendo la tarifa estarán sujetas a negociación.
La oferta económica para el cumplimiento del objeto contractual se mantendrá vigente durante el término de duración del contrato que se suscriba producto del presente proceso de selección. Los precios de cada casilla deben ser presentados en pesos colombianos, sin anotar centavos.
INNPULSA revisará las operaciones aritméticas de la propuesta económica y en caso de error serán corregidas de la siguiente manera:
1. Si existe diferencia entre la suma de los valores unitarios y el valor total, prevalecerá la suma de los valores unitarios presentados por el proponente y el valor total será corregido por INNPULSA.
2. Los valores corregidos se tendrán en cuenta en la evaluación de las propuestas, en la adjudicación y suscripción del contrato, por lo que los errores u omisiones en que se incurra en la propuesta económica serán de la exclusiva responsabilidad del proponente, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones.
Los proponentes responderán legal y jurídicamente cuando formulen propuestas en las cuales se fijen condiciones económicas y de contratación artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación del contrato.
Los precios ofertados no serán objeto de reajustes durante la vigencia del contrato.
5 CAPITULO VI -CRITERIOS DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
5.1 VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS HABILITANTES Y OTROS ASPECTOS
FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos jurídicos, financieros y técnicos que se hayan previsto como habilitantes en estos Términos de Referencia.
Las propuestas que resulten hábiles para la adjudicación serán comparadas objetivamente mediante la asignación de puntajes, de acuerdo con los factores de ponderación previstos en esta Invitación.
Para que la propuesta pueda ser objeto de asignación de puntajes, el proponente no debe encontrarse reportado en las listas internacionales vinculantes para Colombia, de conformidad con la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia Financiera y el Manual SARLAFT de FIDUCOLDEX.
Si alguno de los documentos solicitados en la presente invitación consta en los archivos de FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA debe indicarlo expresamente en su propuesta señalando todos los datos necesarios para ubicarlo. FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA verificará que el documento que consta en archivos cumpla con los requisitos indicados en esta Invitación, y de no cumplirlos, se entenderá que el documento no fue aportado en la propuesta.
5.1.1 VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS JURÍDICOS ESTABLECIDOS COMO HABILITANTES
La evaluación jurídica no otorgará puntaje alguno. Se trata del análisis que debe realizar FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA para determinar si la propuesta se ajusta a los requerimientos jurídicos de la presente Invitación. Si del análisis de los documentos de la propuesta se establece que se cumplen tales requerimientos, la misma podrá ser objeto de evaluación financiera. En caso contrario será rechazada como no habilitada.
5.1.2 VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y CAPACIDAD FINANCIERA DEFINIDOS COMO HABILITANTES.
La revisión de los documentos presentados para verificación de la capacidad financiera del proponente no otorgará puntaje alguno, cuya omisión origina el rechazo de la propuesta por inhabilidad de la misma.
Para que la propuesta pueda ser objeto de estudio financiero, el proponente debe haber presentado los estados financieros de carácter habilitantes requeridos en esta Invitación, según se mencionaron anteriormente, con el lleno de todos y cada uno de los requisitos exigidos en los mismos.
Para determinar la capacidad financiera de las Uniones Temporales o de los Consorcios se determinarán separadamente los indicadores financieros de los integrantes.
Los índices obtenidos se multiplicarán por el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o Consorcio. Este resultado se sumará para consolidar el total de los índices de la Unión Temporal o Consorcio.
5.1.3 VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS TÉCNICOS HABILITANTES
Se efectuará un análisis técnico del contenido de las propuestas calificadas como habilitadas desde el punto de vista jurídico y financiero, con el fin de verificar si cumple con las especificaciones técnicas requeridas en esta Invitación, como habilitantes.
La verificación de estos requisitos no otorgará puntaje sobre la propuesta técnica presentada.
5.1.4 SOLICITUDES DE ACLARACIÓN O COMPLEMENTACIÓN Y SUBSANABILIDAD
De considerarlo necesario, FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA podrá solicitar aclaraciones o complementaciones a la propuesta, respecto de cualquiera de los requisitos mínimos habilitantes y demás documentación de la misma, ya sea porque no encuentra claridad en algún tema o para subsanarla. En la solicitud concederá un plazo para las respuestas y si fuere necesario podrá aplazarse la adjudicación, previa información a todos los proponentes. En ningún caso la aclaración o complementación podrá dar lugar a modificar el alcance inicial de la propuesta, mejorarla, ni acreditar requisitos o condiciones adquiridas con posterioridad al cierre del proceso de selección.
Igualmente podrá solicitar aclaraciones en aspectos de la propuesta económica, pero únicamente para la corrección de errores de trascripción, numéricos, matemáticos o formales. En ningún caso la aclaración podrá dar lugar a modificar el alcance inicial de la propuesta, mejorarla, ni acreditar requisitos o condiciones adquiridas con posterioridad al cierre del proceso de selección.
En caso que el proponente no presente la aclaración o complementación en el plazo establecido,
INNPULSA COLOMBIA podrá descartar su propuesta y no tenerla en cuenta para ser evaluada.
5.1.5 CAUSALES DE RECHAZO
En los siguientes eventos las propuestas no se evaluarán y serán rechazadas:
1. Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente en el mismo proceso de selección. Solo se aceptará la última propuesta presentada en orden cronológico.
2. Cuando FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA corrobore que la información suministrada por el proponente en alguno de los documentos no es veraz.
3. Cuando en la propuesta presentada no incluya todos los bienes y/o servicios requeridos en los Términos de Referencia.
4. Cuando el proponente no aporte los documentos exigidos en los presentes Términos de Referencia, salvo que se trate de aquellos que pueden requerirse.
En este evento, podrá ser rechazada la propuesta cuando habiendo sido requerido el proponente para aclaraciones o presentación de documentos faltantes por FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA, no los xxxxxxx en debida forma y en el término previsto por éste.
5. Cuando el proponente haya tratado de intervenir, influenciar o informarse indebidamente dentro del presente proceso de contratación, o cuando se presente la propuesta por un medio diferente al previsto en este documento.
6. Cuando el proponente se encuentre reportado en alguna de las listas internacionales vinculantes para Colombia relacionado con el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo.
7. Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de conflicto de intereses establecidas en el Código de Buen Gobierno de FIDUCOLDEX.
8. Cuando fueren descubiertos convenios previos entre los proponentes relacionados con el objeto de la presente Invitación. Se entienden como tales los convenios tendientes a colocar
a otros proponentes en condiciones de inferioridad o a limitar o restringir los derechos y prerrogativas de FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA.
9. Cuando sea detectada cualquier causal de disolución o liquidación.
10. Si durante el análisis de las propuestas se encuentra que en ésta se incluyen condiciones diferentes a las establecidas en los términos de esta Invitación.
11. En los demás casos expresamente establecidos en esta Invitación.
12. Si en la propuesta económica se deja alguna casilla en blanco, se entenderá que no cotizó por lo tanto será rechazada.
13. Por no presentarse a sustentar la propuesta de manera presencial de conformidad a lo establecido en el numeral 5.2 de estos términos de invitación.
5.1.6 DECLARATORIA DESIERTA
La declaratoria de desierta de la presente invitación procederá en cualquiera de los siguientes eventos:
1. No se presenten propuestas.
2. Ninguno de los proponentes cumpla los requisitos habilitantes.
3. Ninguno de los proponentes que han cumplido los requisitos habilitantes, presenten propuesta económica dentro de los parámetros de la invitación.
4. Cuando las propuestas presentadas sean rechazadas conforme a lo indicado en estos Términos.
5. Cuando las propuestas presentadas sean inconvenientes a los intereses de INNPULSA COLOMBIA.
La declaratoria de desierta se comunicará a través de la página web de INNPULSA, xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx con lo cual se entenderán notificados todos los interesados en la presente Invitación Abierta.
No obstante, FIDUCOLDEX - INNPULSA COLOMBIA no está obligada a contratar con ninguno de los proponentes que presenten propuestas en virtud de esta invitación a proponer.
5.2 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
5.2.1 FACTORES Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas que hayan sido declaradas hábiles por el cumplimiento de los requisitos jurídicos, financieros y técnicos previstos como habilitantes en estos Términos de Referencia, serán evaluadas, así:
EVALUACIÓN TÉCNICA | ||
CRITERIO DE EVALUACIÓN | ID DEL CRITERIO | PUNTAJE |
Experiencia Proponente | EXP | 10 |
Experiencia del Equipo ejecutor del Proyecto | EEP | 10 |
Requerimientos Funcionales y Técnicos | RFT | 30 |
Valores Agregados | VAG | 10 |
EVALUACIÓN ECONOMICA | ||
CRITERIO DE EVALUACIÓN | ID DEL CRITERIO | PUNTAJE |
Evaluación Económica | EEC | 20 |
SUSTENTACIÓN DE LA PROPUESTA | ||
Sustentación de la Propuesta | STP | 20 |
TOTAL | 100 |
NOTA: Solo pasarán a evaluación económica las propuestas que obtengan al menos 42 puntos en la evaluación técnica
La calificación total obtenida por la propuesta será la sumatoria de los criterios de evaluación técnica, como se muestra en la siguiente fórmula:
ó ó ∶ + + + + +
Cada uno de los criterios, se evaluará como se describe a continuación:
5.2.2 EXPERIENCIA PROPONENTE – EXP: (10 PUNTOS)
La experiencia del proponente se determina a partir del número de plataformas informáticas, basadas en CRM, similares a las descritas en estos términos de referencia, cada una con cuantía igual o superior a CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($100.000.000), incluido IVA, que hayan sido implementadas por el proponente durante los últimos dos (2) años, contados hacia atrás a la fecha de presentación de la propuesta.
Para establecer la calificación de este criterio, se empleará la siguiente fórmula:
No de soluciones Implementadas en Colombia en los Dos últimos años | Puntaje Otorgado |
Entre 4 y 7 | 6 |
Entre 8 y 11 | 7 |
Entre 12 y 15 | 8 |
Entre 16 y 19 | 9 |
20 o mas | 10 |
Esta experiencia se acreditará mediante certificados o contratos o actas de liquidación de cada una de las implementaciones a ser calificadas, las cuales deben presentarse conforme con lo establecido en el numeral 4.3.1 de los presentes términos de invitación.
5.2.3 EXPERIENCIA DEL EQUIPO EJECUTOR DEL PROYECTO - EEP: (10 PUNTOS)
La experiencia del equipo ejecutor del proyecto se calcula como la suma de la experiencia del Gerente del proyecto (EGP) y la experiencia del equipo ejecutor calificable (ETP)Para ello, se empleará la siguiente fórmula:
= +
5.2.3.1 LA EXPERIENCIA DEL GERENTE DE PROYECTO - EGP: (5 PUNTOS)
La experiencia del Gerente de Proyecto se calificará así:
Al Gerente de Proyecto propuesto que, acredite mayor experiencia (medida en meses) en el gerenciamiento de proyectos similares culminados a satisfacción, dentro de los tres años previos al cierre del presente proceso, se le otorgarán 3 puntos.
A los demás gerentes de proyecto, se les asignará el puntaje proporcionalmente con el de mayor experiencia. Para ello, se empleará la siguiente fórmula:
=
ó
∗ 2
A los Gerentes de proyecto que acrediten más de cinco (5) años de experiencia y menos xx xxxx
(10) años de experiencia, se les otorgarán dos (2) puntos adicionales
A los Gerentes de proyecto que acrediten más xx xxxx (10) años, se les otorgarán tres (3) puntos adicionales.
FIDUCOLDEX – INNPULSA se reservan el derecho de verificar la información presentada, si ésta no se pudiera verificar en su contenido, aun con la entrega de documentos subsanables, la misma no será tenida en cuenta.
5.2.3.2 LA EXPERIENCIA DEL EQUIPO TÉCNICO DEL PROYECTO - ETP: (5 PUNTOS)
La experiencia del resto del equipo técnico requerido para desarrollo del Proyecto se calificará así:
Se sumará la experiencia (en meses) del equipo ejecutor señalado como calificable por cada Proponente, es decir aquellos más allá del equipo mínimo habilitante, y a aquel con la mayor experiencia acumulada, se le asignarán 3 puntos.
A los demás se les asignará el puntaje proporcionalmente en relación con el de mayor experiencia. Para ello, se empleará la siguiente fórmula:
=
é ó
∗ 2
é ( )
A los Equipos Técnicos de proyecto que acrediten más de cinco (5) años de experiencia y menos xx xxxx (10) años de experiencia, se les otorgará dos) (2) puntos adicionales
A los Equipos Técnicos de proyecto que acrediten más xx xxxx (10) años, se les otorgarán tres (3) puntos adicionales.
Esta experiencia se acreditará mediante certificados o contratos y acta de liquidación adicionales a los mínimos requeridos como requisito habilitante.
La experiencia se acreditará mediante certificados o contratos y acta de liquidación adicionales a los mínimos requeridos.
FIDUCOLDEX – INNPULSA se reservan el derecho de verificar la información presentada, si ésta no se pudiera verificar en su contenido, aun con la entrega de documentos subsanables, la misma no será tenida en cuenta
5.2.4 REQUERIMIENTOS FUNCIONALES Y TÉCNICOS – RFT- : (30 PUNTOS)
Este criterio está relacionado con las capacidades técnicas de la solución y que generen valor a las necesidades específicas de INNPULSA. Se evaluarán los ítems especificados en el .
Para efectos de la calificación de este criterio, los proponentes deberán responder el , indicando si la solución que propone cumple o no cumple con cada uno de los criterios. Para establecer el puntaje se procederá de la siguiente manera:
1. En cada solución informática propuesta, se sumarán los criterios definidos como IMPORTANTE que hayan sido marcados como SI CUMPLE y se establecerá un subtotal denominado IMP.
2. En cada solución informática propuesta, se sumarán los criterios definidos como DESEABLE que hayan sido marcados como SI CUMPLE y se establecerá un subtotal denominado DES.
3. Se ponderarán los anteriores subtotales de la siguiente manera:
a. Al subtotal IMP se le asigna un peso del 70%
b. Al subtotal DES se le asigna un peso del 30%
4. Se calculará el índice de cumplimiento técnico ICT mediante la suma ponderada de los subtotales IMP y DES, como lo expresa la siguiente fórmula:
= ∗ 0.7 + ∗ 0.3
Al proponente con un mayor Índice de Cumplimiento Técnico (ICT), se le otorgará el máximo puntaje de 40 puntos, a los demás se les asignará el puntaje proporcionalmente. Para ello, se empleará la siguiente fórmula:
=
ó
∗ 30
5.2.5 VALOR AGREGADO – VAG-: (10 PUNTOS)
Se consideran valores agregados los siguientes:
a) Licenciamiento adicional por un periodo de seis (6) meses sin costo adicional
b) 500 o más Horas/hombre de desarrollo de software.
c) Soporte sobre los procesos desarrollados una vez vencida la garantía, por un periodo adicional de seis (6) meses sin costo adicional
d) Soporte de usuarios del sistema de información por un periodo de seis (6) meses o más sin costo adicional
e) Capacitación de usuarios del sistema de información por un periodo de seis (6) meses o más sin costo adicional
A cada uno de los valores agregados se le otorgarán 2 puntos. Para establecer el puntaje total de este indicador se sumarán los puntos obtenidos por cada ítem de valor agregado aportado por el proponente, de acuerdo con la siguiente fórmula:
5
= ∑ ó ∗ 2,5
=1
5.2.6 PROPUESTA ECONÓMICA – EEC -: (20 PUNTOS)
INNPULSA evaluará la propuesta económica, otorgando el máximo puntaje, 20 puntos, a la propuesta más económica y las demás se calificarán proporcionalmente con base en la siguiente fórmula:
EEC = () + ó ()
En la que:
Puntos por Costo Inicial = PCI =
Costo Inicial de la Propuesta más económica Costo Inicial de la propuesta en evaluación
∗ 10
Puntos por Renovación = PCI =
Costo de renovación de la Propuesta más económica Costo de Renovación de la propuesta en evaluación
∗ 10
5.2.7 SUSTENTACIÓN DE LA PROPUESTA – STP- (20 PUNTOS)
Todos los proponentes que hayan superado la evaluación técnica, deberán hacer una sustentación presencial de su propuesta, en lugar, fecha y hora que les será comunicada oportunamente, ante un panel de evaluación conformado por expertos del sector TI y un delegado del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT).
Esta evaluación se orientará a verificar, a través de una demostración práctica de la plataforma base empleada por el proponente para construir el Sistema de Información objeto de este proceso, los aspectos funcionales y de usabilidad que permiten adquirir una idea objetiva sobre su real capacidad para atender las necesidades de La Unidad.
5.3 DESEMPATE
Cuando entre dos o más propuestas se presente un empate en la calificación total obtenida, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de desempate en su orden:
1. El mayor puntaje obtenido en experiencia del gerente del proyecto,
2. En caso de persistir el empate se tomará como criterio de desempate, el mayor puntaje obtenido en el costo de la propuesta.
3. En caso de persistir el empate se tomará como criterio la empresa de mayor experiencia.
5.4 PROCESO DE VINCULACIÓN
Previo a la adjudicación del contrato, FIDUCOLDEX S.A. como vocera del patrimonio autónomo INNPULSA procederá a realizar el proceso vinculación iniciando con el proponente que habiendo cumplido con todos los requisitos habilitantes haya obtenido el mayor puntaje en el proceso de evaluación para así determinar si es procedente adjudicar el contrato. En este proceso de vinculación
se revisará y verificará la información y documentación presentada a través de los formatos de
INSCRIPCIÓN DE PROVEEDOR FTGAD24 - (ANEXO IV) y FORMULARIO SOLICITUD DE
VINCULACIÓN PERSONA JURÍDICA FTGRI23 (ANEXO III), los cuales deberán presentarse en la forma indicada en el numeral 3.4.1 de estos términos y acompañado de los documentos allí exigidos.
NOTA 1: FORMULARIO SOLICITUD DE VINCULACIÓN PERSONA JURÍDICA FTGRI23 Los
proponentes, entendidos como las personas jurídicas y las personas naturales que la integran, serán objeto de verificación en las listas internacionales vinculantes para Colombia, de conformidad con las Circulares expedidas por la Superintendencia Financiera y el Manual SARLAFT de FIDUCOLDEX
– INNPULSA COLOMBIA.
NOTA 2. POLÍTICAS DE VINCULACIÓN DE FUNDACIONES Y/O ORGANIZACIONES SIN ANIMO
DE LUCRO. Para la vinculación de este tipo de terceros sean clientes, contrapartes, proveedores o en los procesos de contratación derivada, adicional al proceso de solicitud de vinculación deberán anexar una certificación firmada por Representante Legal y/o Revisor Fiscal en la que indique cuáles son sus protocolos de debida diligencia para la prevención del riesgo de LA/FT en la canalización u origen de los recursos o en el caso que aplique deberán certificar que cuenta con un sistema implementado de gestión de prevención de riesgo xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo”.
Cualquier información adicional que el proponente considere necesario presentar, debe incluirla o adjuntarla a la Propuesta que entregue de acuerdo con las fechas establecidas para el cierre de convocatoria. Una vez radicada la Propuesta en la oficina de correspondencia y cerrada la invitación y entrega de propuestas, ésta no se podrá modificar, ni se podrá adjuntar ningún tipo de información adicional, a menos que lo haya requerido expresamente de oficio INNPULSA COLOMBIA.
4.4. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
INNPULSA COLOMBIA, previos los estudios correspondientes y el análisis comparativo de las propuestas, basado en los aspectos jurídicos, financieros, técnicos y económicos, adjudicará el contrato que se derive de esta invitación, al proponente que obtenga el mayor puntaje y cuya propuesta se ajuste a las necesidades de INNPULSA COLOMBIA para cumplir el objeto de la presente selección, de conformidad con lo señalado en los Términos de Referencia y que haya superado con concepto favorable el proceso de vinculación establecido en el numeral 5.4.
En caso que aquel que haya obtenido el mayor puntaje por alguna circunstancia no tenga concepto favorable de vinculación se podrá adjudicar al segundo que tenga el mayor puntaje siempre que cumpla con todos los requisitos de carácter habilitante.
No obstante lo anterior, INNPULSA COLOMBIA se reserva el derecho de adjudicar o no, la presente invitación o en su defecto, declararla desierta si no cumple con las necesidades del mismo, sin que esto genere obligación a indemnización alguna a favor de los proponentes que participen en el proceso.
La presente invitación y los documentos que se produzcan en desarrollo de la misma por INNPULSA COLOMBIA, no implican la realización de una propuesta, ni le crea obligación de contratar con quienes presenten Propuesta.
La adjudicación del contrato será comunicada al/los proponente(s), a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx Sin perjuicio de lo anterior, INNPULSA COLOMBIA podrá abstenerse de suscribir el contrato, sin que tal hecho de lugar a indemnización alguna a favor del proponente seleccionado, quien con la presentación de la propuesta, acepta las condiciones incluidas en los presentes Términos de Referencia.
Publicada la adjudicación en la página web antes mencionada, el/los proponente(s) favorecido(s) deberá(n) suscribir y perfeccionar el contrato en la fecha que le sea requerido por INNPULSA COLOMBIA.
INNPULSA COLOMBIA se reserva la facultad de suscribir el/los contrato(s) que ha(n) sido adjudicado(s).
4.5. INCUMPLIMIENTO EN EL PERFECCIONAMIENTO Y/O SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Si el adjudicatario no suscribe y perfecciona el contrato dentro del término requerido, FIDUCOLDEX podrá adjudicar el contrato al proponente que obtuvo el segundo lugar en calificación, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable, sin menoscabo de las acciones legales a que haya lugar.
4.6. Eximentes de Responsabilidad
Cuando los proponentes no cumplan con los requisitos para contratar o no reúnan las condiciones exigidas, es entendido que no adquieren ningún derecho y INNPULSA COLOMBIA no asume ninguna responsabilidad.
6 CAPITULO VI- CONDICIONES DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
6.1 OBJETO DEL CONTRATO
La Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. FIDUCOLDEX, sociedad de servicios financieros de economía mixta indirecta obrando como vocera del Fideicomiso INNPULSA COLOMBIA está interesada en recibir propuestas contratar los servicios de personalización, implementación, capacitación, soporte y mantenimiento, de un Sistema de Información basado en CRM para apoyar la transformación digital de las Mipyme colombianas
6.2 ALCANCE DEL OBJETO
6.3 VALOR Y FORMA DE PAGO
INNPULSA COLOMBIA realizará los pagos al proponente seleccionado de la siguiente manera, previa verificación aprobación y entrega de los entregables de cada etapa asociada al pago correspondiente
6.3.1 PRIMER PAGO:
Un primer pago, por valor del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, al terminar la etapa 1 del proyecto
6.3.2 SEGUNDO PAGO:
Un segundo pago, por valor del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, al terminar la etapa 3 del proyecto
6.3.3 TERCER PAGO:
Un tercer pago, por valor del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, al terminar el cuarto mes de la etapa 4 del proyecto.
6.3.4 CUARTO PAGO:
Un cuarto pago, por valor del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, al terminar el octavo mes de la etapa 4 del proyecto.
6.3.5 QUINTO PAGO:
Un quinto pago, por valor del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, al terminar el décimo segundo mes de la etapa 4 del proyecto
NOTA: Para realizar cualquier pago, el proponente deberá contar con el respectivo visto bueno del supervisor del Contrato y allegar la documentación requerida por el proceso de facturación.
6.4 DURACIÓN
La duración del contrato que se suscriba (implementación, puesta en funcionamiento y explotación del sistema de información), será hasta por el término de dieciséis (16) meses, contados a partir de
la suscripción del acta de inicio, previa firma del contrato y de la constitución de las pólizas requeridas.
6.5 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
Dentro de las obligaciones a cargo del Contratista, además de las que se establezcan en virtud del proceso de selección (Términos y Propuesta), estarán las de:
• Ejecutar en forma eficiente y oportuna el objeto del contrato de conformidad con los términos contenidos en él y en la propuesta presentada.
• Seguir las instrucciones que le indique INNPULSA, en procura del efectivo desarrollo del contrato.
• Dar las garantías ofrecidas a INNPULSA
• Contar con la estructura organizacional, humana y tecnológica necesaria para responder oportunamente a los requerimientos de INNPULSA.
• Cumplir con los requerimientos de INNPULSA en condiciones de calidad y oportunidad.
• Guardar absoluta reserva sobre los documentos e información a la que tenga acceso para la ejecución del presente Contrato.
• Xxxxxxx responsable y adecuadamente la imagen y la institucionalidad de INNPULSA
• Mantener afiliados al sistema de seguridad social integral a todos sus empleados, pudiendo ser requerido en cualquier tiempo por INNPULSA para que aporte las planillas que certifiquen los pagos. Al momento de suscribirse el contrato, el contratista deberá aportar certificación de su representante legal o revisor fiscal donde conste que se han realizado debidamente los aportes al Sistema de Seguridad Social y Parafiscales.
• Cumplir los procesos y procedimientos establecidos por INNPULSA, para la presentación de facturas y demás trámites requeridos para el efecto.
• Abstenerse de utilizar las marcas INNPULSA COLOMBIA, FIDUCOLDEX, MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO “MINCIT”, MINISTERIO DE LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES”MINTIC”, en actividades o productos diferentes del objeto del contrato.
• Constituir las pólizas requeridas en el contrato
• Las demás obligaciones que contribuyan a garantizar el cabal cumplimiento, ejecución y finalización del contrato.
6.6 PÓLIZAS
El Proponente favorecido con la adjudicación del contrato constituirá, a favor de FIDUCOLDEX como vocera de INNPULSA COLOMBIA en una compañía de seguros legalmente establecida en el país, en formato de cumplimiento para particulares, las siguientes garantías:
Póliza de Cumplimiento entre Particulares:
a. Cumplimiento: por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato incluido IVA, con una vigencia igual a su plazo y cuatro (4) meses más
b. Calidad de los servicios y bienes: por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato incluido IVA, con una vigencia igual a su plazo y cuatro (4) meses más.
c. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones: por el equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato incluido IVA, con una vigencia igual a su plazo y tres (3) años más.
Nota 1: La póliza deberá entregarse con el recibo de pago de la prima o su equivalente, así como con las condiciones generales de la misma. INNPULSA COLOMBIA aprobará las pólizas si las encuentra ajustadas a lo especificado, en caso contrario, requerirá al CONTRATISTA para que dentro del plazo que INNPULSA COLOMBIA le señale, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias.
Nota 2: La territorialidad de la cobertura de todas las garantías debe ser nacional de conformidad con el objeto del contrato.
6.7 MULTAS
INNPULSA COLOMBIA aplicará al CONTRATISTA multas diarias de 0,1% del valor total del contrato, hasta cumplir un porcentaje máximo del 15% en los siguientes eventos:
a) Por el retardo o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del
CONTRATISTA estipuladas en el contrato, dentro del plazo previsto para cada una de ellas.
b) Por el cumplimiento imperfecto de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA.
c) Por no acatar las instrucciones de INNPULSA COLOMBIA en la ejecución del objeto contratado.
d) Por cada día de incumplimiento en el pago de las obligaciones laborales que tenga frente a los empleados o dependientes que destine a la ejecución de las prestaciones a su cargo.
e) Por incumplimiento en el término para liquidar el contrato o por no allegar los documentos requeridos para tal fin, cuando se requiera suscribir acta de liquidación.
f) La multa se aplicará siempre que la causa que le da origen no haya sido subsanada dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de su ocurrencia por parte de INNPULSA COLOMBIA al CONTRATISTA.
Se aplicará una multa diaria hasta que el CONTRATISTA cese la conducta que dio origen a la multa, sin perjuicio de que INNPULSA COLOMBIA pueda dar por terminado el contrato por incumplimiento grave del CONTRATISTA.
El CONTRATISTA acepta que INNPULSA COLOMBIA descuente el valor de las multas consagradas en la presente cláusula de las sumas que le adeude a el CONTRATISTA, en virtud del contrato que se suscriba o de cualquier otro que se haya suscrito entre las mismas partes o por cualquier otro concepto, sin necesidad de requerimiento alguno, judicial o extrajudicial, cuando la multa o sanción contractual no sea pagada dentro del mes siguiente a la fecha en que INNPULSA COLOMBIA le notificó por escrito su causación y valor. El pago de las multas aquí pactadas no indemniza los perjuicios sufridos por INNPULSA COLOMBIA ni limita en nada las posibilidades de reclamación de esta última por los daños padecidos.
Para la terminación del contrato por incumplimiento del CONTRATISTA o para la exigencia de la cláusula penal, no será necesario que INNPULSA COLOMBIA imponga previamente multas al CONTRATISTA.
El procedimiento para la imposición de cualquier multa o sanción contractual, en caso de surtirse, será informado oportunamente al CONTRATISTA, y respetando el debido proceso y el derecho de defensa.
6.8 CLÁUSULA PENAL
Salvo que se trate de causas atribuibles exclusivamente a INNPULSA COLOMBIA, el CONTRATISTA pagará a INNPULSA COLOMBIA, sin necesidad de previo requerimiento, por la inejecución total o parcial de las obligaciones a su cargo, contraídas en virtud del contrato, una suma equivalente al 20% del valor total del mismo.
La presente cláusula penal no tiene el carácter de estimación anticipada de perjuicios, ni su pago extinguirá las obligaciones contraídas por el CONTRATISTA en virtud del contrato. En consecuencia, la estipulación y el pago de la pena dejan a salvo el derecho de INNPULSA COLOMBIA de exigir acumulativamente con ella el cumplimiento o la resolución del contrato, en ambos casos con indemnización de perjuicios.
El CONTRATISTA manifiesta y acepta que INNPULSA COLOMBIA compense el valor correspondiente que eventualmente resulte de la pena estipulada con las deudas que existan a su favor y que estén a cargo de INNPULSA COLOMBIA, ya sea en virtud del contrato o de cualquier otro que se haya suscrito entre las mismas partes o por cualquier otro concepto.
El procedimiento para la imposición de cualquier multa o sanción contractual, en caso de surtirse, será informado oportunamente al CONTRATISTA, respetando el debido proceso y el derecho de defensa.
6.9 CONFIDENCIALIDAD, PROPIEDAD Y RESERVA:
Los estudios, análisis, informes, textos, documentos, aplicaciones, bases de datos, software, hardware, marcas, enseñas, nombres comerciales, modelos y dibujos industriales, patentes, Know How, secretos industriales, invenciones, descubrimientos, y demás información considerada como propiedad intelectual protegida, a la cual el CONTRATISTA tenga acceso en virtud del desarrollo del objeto de este contrato, serán de propiedad exclusiva de INNPULSA COLOMBIA, o de su creador, si INNPULSA COLOMBIA no lo es.
INNPULSA COLOMBIA entregará o coordinará la entrega al CONTRATISTA de toda la información necesaria para que éste realice las actividades objeto del contrato. El CONTRATISTA y sus dependientes se abstendrán de divulgar, publicar o comunicar a terceros, información, documentos o fotografías, relacionados con las actividades de INNPULSA COLOMBIA, asociados o clientes, que conozcan en virtud de la ejecución del contrato o por cualquier otra causa.
Para estos efectos, las partes convienen que todas informaciones referentes a INNPULSA COLOMBIA, sus asociados o clientes, que reciban el CONTRATISTA y/o sus dependientes se consideran importantes y confidenciales y divulgarla o transmitirla puede lesionar los intereses de INNPULSA COLOMBIA o su reputación. El CONTRATISTA y sus dependientes se abstendrán igualmente de utilizar cualquier información procedente de INNPULSA COLOMBIA para cualquier fin diferente a la ejecución del contrato.
El CONTRATISTA se obliga especialmente a guardar absoluta reserva de los documentos e información que le suministre INNPULSA COLOMBIA y del desarrollo de las actividades propias del contrato y los resultados de su gestión.
El CONTRATISTA se obliga a devolver a INNPULSA COLOMBIA cualquier otra información, documento o elemento que le haya sido entregado, una vez cese o culminen los servicios que se pactan, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la terminación, o a destruirlas en caso de que INNPULSA COLOMBIA así lo solicite.
El CONTRATISTA impartirá instrucciones a sus empleados, funcionarios, contratistas, etc. sobre el manejo de la información de acuerdo con las estipulaciones del contrato. En todo caso, el CONTRATISTA responderá por cualquier violación al deber de confidencialidad o por cualquier revelación de la información, realizada directa o indirectamente por sus empleados, dependientes, personas que actúen por su cuenta o quienes la hayan obtenido directa o indirectamente del CONTRATISTA.
El CONTRATISTA indemnizará integralmente todos los perjuicios que sean causados a INNPULSA COLOMBIA, sus asociados o clientes, por la divulgación, uso indebido o no autorizado, aprovechamiento, etc. de la información confidencial o por cualquier conducta violatoria sobre la misma información, sea originada directamente por el CONTRATISTA, por cualquier persona que actúe en nombre de él o que haya obtenido la información del CONTRATISTA directa o indirectamente, o por cualquier otra causa imputable al CONTRATISTA.
La vigencia de las obligaciones de confidencialidad asumidas en el contrato será igual a la del este y se mantendrán con posterioridad a su terminación. Para todos los efectos legales la información entregada por INNPULSA COLOMBIA al CONTRATISTA se califica como un secreto empresarial.
Las restricciones respecto de la confidencialidad de la información no se aplicarán a la información:
1. Que sea recibida legalmente de otra fuente, libre de cualquier restricción y sin violación de la ley y/o del contrato.
2. Que esté disponible generalmente al público, sin violación de este documento por el CONTRATISTA.
3. Que sea divulgada por el CONTRATISTA para cumplir con un requerimiento legal de una autoridad competente, siempre y cuando informe de tal hecho a INNPULSA COLOMBIA antes de la divulgación de la información, con una antelación de cinco (5) días hábiles, de tal forma que INNPULSA COLOMBIA tenga la oportunidad de defenderla, limitarla o protegerla, y siempre y cuando el CONTRATISTA divulgue solamente aquella información que sea legalmente requerida.
4. Que INNPULSA COLOMBIA informe al CONTRATISTA por escrito que la información está libre de tales restricciones.
El incumplimiento de esta obligación dará lugar al pago por parte del CONTRATISTA a INNPULSA COLOMBIA de una suma equivalente al 1% del valor del contrato a título de multa, sin perjuicio de las acciones que se inicien por los daños e indemnizaciones a favor de INNPULSA COLOMBIA o de los terceros que resulten afectados.
6.10 PROPIEDAD INTELECTUAL
Las obras, diseños, fotografías, informes, análisis, estudios y cualquier otra obra que sea ejecutada y producida por el CONTRATISTA para INNPULSA COLOMBIA, en virtud del contrato de prestación de servicios, sin importar el medio de almacenamiento en el que se encuentre contenida, serán de propiedad exclusiva de INNPULSA COLOMBIA. Y MINTIC
Por lo tanto, todos los derechos patrimoniales sobre las obras quedan en cabeza de INNPULSA COLOMBIA, Y XXXXXX quienes podrán hacer uso de ellas en la forma en que lo considere más conveniente para sus intereses, sin perjuicio de los derechos xxxxxxx a que haya lugar, especialmente aquellos definidos en los literales a. y b. del artículo 30 de la Ley 23 de 1982 o aquellos que reconozca la normatividad vigente en la materia.
INNPULSA COLOMBIA y MINTIC, si lo consideran conveniente podrán, en los términos de la ley 44 de 1993, registrar las obras de su propiedad, que adquiera en virtud de la ejecución del presente contrato, en el Registro Nacional de Derecho de Autor.
En todo caso, el CONTRATISTA deberá avisar oportunamente a INNPULSA COLOMBIA y MINTIC
cuando crea, según las normas legales vigentes, que en alguna de las actividades que realizará en
virtud del presente contrato, pueda estar implicado algún tipo de derecho de autor, para que se tomen las medidas necesarias con el fin de evitar cualquier tipo de reclamación en contra de INNPULSA COLOMBIA y MINTIC, el CONTRATISTA deberá obtener las autorizaciones requeridas y dar cumplimiento a las normas vigentes sobre derechos de autor y propiedad intelectual y responderá frente a INNPULSA COLOMBIA y MINTIC y frente a terceros por cualquier reclamación que se presente por la utilización de tales trabajos u obras sin las autorizaciones respectivas.
Con la presentación de una propuesta a la presente convocatoria, el proponente renuncia a favor de INNPULSA y del MinCIT a cualquier derecho de propiedad, uso, goce, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación sobre el objeto de la contratación y los documentos y productos que resulten del desarrollo del objeto de la presente invitación, especialmente respecto de la información que de forma consolidada se genere con destino a INNPULSA, renuncia que se entenderá otorgada por el Proponente mediante su participación en la presente convocatoria y que operará respecto de aquella información que no sea de propiedad de las empresas que participen en el programa.
Las metodologías, modelos, know-how implícitos y explícitos desarrollados antes de la presente convocatoria continuarán siendo propiedad del Proponente.
Toda la información que repose en la solución, así como la que se genere fruto de su procesamiento, es propiedad de INNPULSA.
6.11 DERECHOS PATRIMONIALES
Se entiende que en virtud del presente Contrato y de acuerdo con lo establecido en la cláusula anterior, los derechos patrimoniales de la personalización del sistema de información, para apoyar la transformación de las Mipyme colombianas y el derecho al uso de la de la herramienta que se genere con base en la información suministrada, corresponde en su totalidad a INNPULSA y al MinCIT sin limitaciones de tiempo y territorio.
En consecuencia, el CONTRATISTA acepta y entiende que INNPULSA y el MinCIT adquieren el derecho a la reproducción en todas sus modalidades, así como los derechos de transformación, adaptación, comunicación, distribución y en general, cualquier tipo de explotación que de la obra se pueda realizar por cualquier medio conocido, incluyendo publicación electrónica.
6.12 INDEMNIDAD
El CONTRATISTA se obliga a proteger, indemnizar, mantener indemne y libre de toda responsabilidad a INNPULSA COLOMBIA por cualquier perjuicio o daño, que INNPULSA COLOMBIA y FIDUCOLDEX como vocera del fideicomiso, puedan sufrir con ocasión de cualquier acto del CONTRATISTA, sus proveedores, su respectivo personal, cualquier persona dependiente o comisionada por éste, en relación con la ejecución de este contrato.
6.13 DIFUSIÓN, TRANSFERENCIA Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS
La difusión y transferencia de los resultados se realizará de acuerdo con lo establecido por INNPULSA Y MINTIC. No obstante, INNPULSA y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo MinCIT, podrán difundir libremente y sin limitaciones de ningún tipo, haciendo mención de la autoría cuando corresponda, toda información no confidencial o reservada acerca del proyecto que recibiera a través de los informes.
Así mismo INNPULSA y el y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo MinCIT podrán, sin mencionar el nombre del Proponente, dar a conocer cualquier dato relacionado con el proyecto con el fin de publicar información estadística en general.
Para los efectos de resguardar información confidencial de propiedad del Proponente, éste deberá informar oportunamente a INNPULSA y MinCIT la obtención de un resultado apropiable dentro del proyecto.
El Proponente autoriza desde la presentación de la propuesta a INNPULSA y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo MinCIT, la utilización y distribución de material audiovisual relativo al proyecto para actividades de difusión.
Durante la ejecución del proyecto el Proponente se obligará a lo siguiente:
1. Apoyar y participar activamente en los eventos que realicen INNPULSA y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo MinCIT, para promocionar los resultados intermedios y finales del proyecto.
2. Realizar difusión de acuerdo con lo establecido en los programas de trabajo y de acuerdo con lo requerido por INNPULSA y MinCIT
3. En toda actividad pública que se efectúe para difundir el proyecto, ya sea a su término o durante su ejecución, así como también en medios escritos o audiovisuales, deberá señalar expresamente que el proyecto es apoyado por él y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo MinCIT e INNPULSA.
4. Remitir información de encuestas, informes u otra información sobre los resultados intermedios o finales cuando sean solicitados por INNPULSA o el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo MinCIT.
6.14 RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT:
El CONTRATISTA declara que a la fecha de suscripción del presente Contrato, conoce lo dispuesto en el numeral 5) del capítulo X de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades y declara que de encontrarse en alguno de los supuestos de que tratan los literales A) al H) del mencionado numeral 5) y particularmente en el literal G) esto es, que el valor de sus ingresos totales a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, sean iguales o superiores a Ciento Sesenta Mil (160.000) salarios mínimos mensuales, ha realizado el análisis de su exposición al riesgo
de LA/FT y ha establecido su propio sistema de autogestión de este riesgo, de conformidad con lo previsto en el numeral 4° de la citada Circular Básica Jurídica.
En caso de no encontrarse en los supuestos de que trata el numeral 5) el CONTRATISTA declara que ha tenido en cuenta la recomendación prevista en el último párrafo del numeral 6° de la citada Circular.
De esta manera, el CONTRATISTA responderá a FIDUCOLDEX como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo INNPULSA COLOMBIA, indemnizándole por cualquier multa o perjuicio que se le cause originado en el incumplimiento de los compromisos antes expresados.
El CONTRATISTA manifiesta que se conoce el Sistema de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo de FIDUCOLDEX (denominado SARLAFT), como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo INNPULSA COLOMBIA, cuyas políticas se encuentran publicadas en la página web de FIDUCOLDEX, y a las modificaciones que allí se incorporen.
En consecuencia, cuando se presente cualquiera de las causales que se enumeran a continuación, FIDUCOLDEX como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo INNPULSA COLOMBIA, mediante comunicación motivada dirigida al CONTRATISTA a su última dirección registrada, estará facultada para dar por terminado y liquidar unilateralmente el presente contrato, procediendo de igual forma a dar por vencidas todas las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, por la sola ocurrencia de la respectiva causal. Así mismo, estará facultada para suspender todos o algunos de los pagos si a ello hay lugar.
Las causales que podrán generar la terminación y/o liquidación del presente contrato serán:
a) Reporte o coincidencia en la lista de Consejo de Seguridad de Naciones Unidas ONU y la denominada lista OFAC de cualquiera de las partes, sus administradores o socios, o empresas vinculadas en cualquiera de los eventos de los artículos 26, 27 y 28 de la Ley 222 de 1995, o las normas legales que determinen reglas sobre vinculación económica;
b) Denuncias o pliegos de cargos penales, fiscales, o disciplinarios, sobre incumplimientos o violaciones de normas relacionadas con el Lavado de Activos o Financiación al Terrorismo contra cualquiera de los mencionados en el literal anterior; y/o con fallo o sentencia en firme debidamente ejecutoriada.
c) Se encuentre vinculado en una investigación penal con formulación de acusación.
d) Cuando existan factores de exposición al riesgo tales como: referencias negativas, ausencia de documentación, o la existencia de alertas definidas en los anexos del Manual SARLAFT; y
e) La presentación de dos o más de las alertas enumeradas en los anexos del Manual o políticas SARLAFT, en relación con las personas enumeradas en los literales anteriores.
PARÁGRAFO PRIMERO: FIDUCOLDEX ejercerá estas facultades de acuerdo con su manual y políticas de riesgos, estas últimas se encuentran publicadas en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, lo cual es aceptado por el CONTRATISTA. La decisión sobre el ejercicio de estas facultades deberá ser dada a conocer al CONTRATISTA mediante comunicación motivada dirigida a su última dirección registrada, para efectos de publicidad.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El CONTRATISTA declara que sus recursos no provienen de ninguna actividad ilícita contemplada en el Código Penal Colombiano o en cualquier otra norma que lo modifique o adicione. Por otro lado, declara que ni él, ni sus gestores, accionistas, representantes o directivos, se encuentran incluidos dentro de alguna de las listas de personas sospechosas por lavado de activos y Financiación del Terrorismo o vínculos con el narcotráfico y terrorismo.
6.15 ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN.
El CONTRATISTA se obliga a actualizar por lo menos una vez al año, la información requerida por FIDUCOLDEX como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo INNPULSA COLOMBIA, para el cumplimiento de las disposiciones del Sistema de Administración de Riesgo xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT, así como suministrar los soportes documentales necesarios para confirmar los datos. No obstante lo anterior, el CONTRATISTA autoriza expresamente a FIDUCOLDEX como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo INNPULSA COLOMBIA, mediante la suscripción del presente contrato, para que ésta contrate con terceros locales o extranjeros, servicios relacionados con el procesamiento de datos para su utilización en servicios de atención telefónica para la actualización de información u otras de naturaleza similar, garantizando en todo caso, la confidencialidad de la información que le asiste y a la que está obligada la FIDUCOLDEX como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo INNPULSA COLOMBIA.
PARÁGRAFO: En todo caso, EL CONTRATISTA se obliga a informar por escrito a FIDUCOLDEX como vocera de INNPULSA COLOMBIA cualquier cambio o modificación de los datos que haya suministrado referente a su composición social y Representación Legal en cualquiera de sus órganos o demás actos que sean sujetos a registro ante la Cámara de Comercio, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia del respectivo hecho.
ANEXO IV
FORMATO INSCRIPCION DE PROVEEDOR - FTGAD24
SEÑOR PROVEEDOR: SI PERTENECE AL RÉGIMEN COMÚN FAVOR DILIGENCIAR EL FORMULARIO EN SU TOTALIDAD
SI PERTENECE AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO FAVOR DILIGENCIAR LOS CAMPOS SOMBREADOS COMO MÍNIMO.
SI EL CONTRATO SUPERA EL VALOR DE 500 SMMLV, FAVOR DILIGENCIAR FORMATO FTGRI23 O FTGRI24 CON SUS ANEXOS
N
N
Razón social:
Ciudad: Departamento: Dirección:
Web Site: Correo electrónico:
TIPO DE PRODUCTO O SERVICIO QUE OFRECE LA EMPRESA
NIT:
Teléfonos: Fax: A.A.
AREA/DEPARTAMENTO QUE TRAMITA SU INSCRIPCIÓN
PERSONAS CONTACTO DE LA EMPRESA
Nombre Cargo Teléfono E-mail
Tipo de Negocio
Fabricant
Distrib or Im
tador
encia de Viajes
Prestación Servicios
e
uid
Código Actividad Económica
(CIUU):
Régimen de IVA:
cad
Común Simplifi o
Declarante SI N
Forma de Pago
Ag
por
e
Chequ Abono en Cuenta
O
Diligencie estos campos si eligió abono en cuenta
Banco Número de Cuenta Sucursal
Tipo de cuenta
e
s
Ahorro Corrient
O
Gran Contribuyente SI
Resolución No.
Fecha:
Impuesto de Industria y Comercio ICA
SI
O
Exento
mo
No. Resolución: Fecha: Impuesto xx Xxxxx
AutorretenedorSI NO
No. Resolución:
Fecha:
Sin Áni
de Lucro
Exento
Nombre Representante Legal:
Cargo:
Teléfono
Fax:
Atribuciones | Limitaciones | |||
REFERENCIAS COMERCIALES | ||||
Entidad | Contacto | Tipo de Producto | Teléfono | Dirección |
Espacio para diligenciar por FIDUCOLDEX | ||||
Revisión CENTINELA | Responsable: | Fecha revisión: | ||
DOCUMENTOS REQUERIDOS | ||||
6.15.1.1.1.1 Régimen Común • Formato de inscripción del proveedor. • Certificado de existencia y representación legal con vigencia no superior a tres (3) meses, expedida por la cámara de comercio o por la entidad competente. • Fotocopia del certificado del Régimen Único Tributario RUT actualizado. • Fotocopia de la cédula del Representante Legal. • Si el contrato supera el valor de 500 SMMLV, favor diligenciar formato FTGRI23 con anexos. • Si diligencia la forma de pago como abono a cuenta anexar certificación de la cuenta bancaria emitida por la entidad financiera en donde tiene suscrita cuenta bancaria. | 6.15.1.1.1.2 Régimen Simplificado • Formato de inscripción del proveedor. • Fotocopia del certificado del Régimen Único Tributario RUT actualizado. • Fotocopia de la cédula de la persona natural. • Si el contrato supera el valor de 500 SMMLV, favor diligenciar formato FTGRI24 con anexos. • Si diligencia la forma de pago como abono a cuenta anexar certificación de la cuenta bancaria emitida por la entidad financiera en donde tiene suscrita cuenta bancaria. |
6.15.1.1.1.3 Responsabilidad Social Empresarial
• Certificación del Representante Legal o Revisor Fiscal, de estar al día en los aportes al Sistema de Seguridad Social y parafiscales en los últimos seis (6) meses
• Copia de la Certificación ISO 9001 (Si Aplica)
• Declaración del Representante Legal en relación a si:
.1.4 Si □ No □
Realiza reporte de sostenibilidad bajo alguna metodología.
Si □ No □ Cuenta con políticas o buenas prácticas ambientales
Si □ No □ Cuenta con políticas o buenas prácticas laborales (No contrata menores de edad ni trabajo
forzoso)