Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASISTENTE ADMINISTRATIVO A LA DIRECCIÓN DEL PROYECTO “APOYO A LA GESTIÓN INTEGRADA DE FRONTERAS Y DE LA MIGRACIÓN EN MARRUECOS”
Nº de Expediente: AT-0620-19
Título: SERVICIO DE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA A LA DIRECCIÓN DEL PROYECTO
“APOYO A LA GESTIÓN INTEGRADA DE FRONTERAS Y DE LA MIGRACIÓN EN MARRUECOS”
Procedimiento: ABIERTO (NO X.X.X.X.)
Tramitación: ORDINARIA
1. ENTIDAD CONTRATANTE.
2. ANTECEDENTES.
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN
II. ELEMENTOS DEL CONTRATO
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
4. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
5. OBJETO DEL CONTRATO
6. PLAZO DE EJECUCIÓN.
7. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO.
8. PRECIO DEL CONTRATO
9. EXISTENCIA DE CRÉDITO.
10. XXXXX XX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX.
00. GARANTÍA FINANCIERA.
11.1- Garantía Provisional.
11.2- Garantía Definitiva.
11.3- Conceptos respecto a los que responde la Garantía. 11.4- Modalidades de Garantía Aceptadas.
12. PUBLICIDAD.
III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
13. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
14. MESA DE CONTRATACIÓN.
15. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 15.1- Plazo.
15.2- Lugar de presentación de propuestas. 15.3- Formato de las Propuestas
15.4- Idioma.
15.5- Aceptación Incondicionada y supuestos de exclusión.
16. LISTADO DE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENAR EN CADA SOBRE.
16.1- Contenido del Sobre nº 1: Documentación Administrativa.
16.2- Contenido del Sobre nº 2: Documentación referida a los Criterios Ponderables mediante Juicios de Valor.
16.3- Contenido del Sobre nº 3: Documentación referida a los Criterios Ponderables mediante Fórmulas.
17. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA 17.1- Aptitud y Capacidad.
17.3- Uniones Temporales de Empresas (UTE). 17.4- Grupos de Empresas.
17.5.- Obligaciones en materia de igualdad y de integración de personas con discapacidad. 17.6- Requisitos aplicables a Licitadores No Españoles.
17.7.- Documento Europeo Único de Contratación (DEUC).
18. CRITERIOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, TÉCNICA Y PROFESIONAL.
18.1 - Solvencia Económica o Financiera. 18.2- Solvencia Técnica o Profesional.
18.3- Comprobación de la fiabilidad y vigencia de las declaraciones responsables.
18.4- Supuestos en los que el licitador recurra a la solvencia y Medios de Otras Empresas.
19. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERABLES MEDIANTE JUICIOS DE VALOR.
20. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
21. APRECIACIÓN DE BAJAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS.
22. CRITERIOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL.
23. SELECCIÓN DE LA OFERTA
23.1- Apertura de los sobres nº 1 contenedores de la Documentación Administrativa.
23.2- Apertura de los sobres contenedores de la documentación referida a las propuestas valorables mediante la aplicación de fórmulas.
23.3- Clasificación de las ofertas por orden decreciente y propuesta de adjudicación del contrato.
24. REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN AL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA.
24.1- Personalidad jurídica y capacidad de obrar. 24.2- Representación.
24.3- Uniones Temporales de Empresarios.
24.4- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. 24.5- Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
24.6- Garantía Definitiva.
24.7- Verificación de la documentación aportada.
25. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN.
IV.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
26. RESPONSABLE DEL CONTRATO.
27. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
28. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA.
29. OBLIGACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL CONTRATISTA.
30. REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DEL CONTRATISTA.
31. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 31.1- Confidencialidad.
31.2 Tratamiento de datos de carácter personal.
32. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
33. FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO.
34. PENALIZACIONES DE APLICACIÓN. 34.1- Definición
34.2- Imposición de Penalizaciones.
34.3- Incumplimientos objeto de penalización.
35. PLAZO DE GARANTÍA.
36. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
37. CESIÓN DEL CONTRATO.
38. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.
39. SUBCONTRATACIÓN.
40. PROPIEDAD INTELECTUAL.
40.1- Definición de los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial. 40.2- Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de FIIAPP.
40.3- Cesión de Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial a FIIAPP: desarrollos o trabajos específicos para FIIAPP.
40.4- Cesión de Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial a FIIAPP: software comercial.
41. EFECTOS Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
42. IMPUGNACIONES Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. 42.1-Vía Administrativa.
42.2- Vía Jurisdiccional.
V.- ANEXOS
▪ ANEXO I - MODELO DE AVAL.
▪ ANEXO II - MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN.
▪ ANEXO III- DECLARACIÓN DE CAPACIDAD Y DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL.
▪ ANEXO IV - DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS.
▪ ANEXO V- DECLARACIÓN SOBRE PERTENENCIA DEL LICITADOR A UN GRUPO DE EMPRESA
▪ ANEXO VI - DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE INTEGRACIÓN DE LA SOLVENCIA POR MEDIOS EXTERNOS.
▪ XXXXX XXX - DECLARACIÓN RESPONSABLE PERSONAS JURÍDICAS.
▪ ANEXO VIII- DECLARACIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA SOCIAL.
▪ ANEXO IX- DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN DE JUZGADOS Y TRIBUNALES ESPAÑOLES POR PARTE DE LICITADORES EXTRANJEROS.
▪ ANEXO X- PROPUESTA DE CRITERIOS PONDERABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
I. INTRODUCCIÓN
1. ENTIDAD CONTRATANTE.
1.1- La Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas
F.S.P. (en adelante, FIIAPP) es una fundación del Sector Público Estatal del sistema de la cooperación española. Su fin fundacional es la mejora del marco institucional y el funcionamiento de los sistemas públicos en los países en los que trabaja. Promueve, orienta y gestiona la participación de Administraciones Públicas y sus organismos en programas y proyectos de cooperación e intercambio de experiencias, impulsando de esta forma su internacionalización y contribuyendo al incremento del papel de España en el mundo y su posicionamiento global.
1.2- FIIAPP es una entidad sin ánimo de lucro que se rige, en sus procedimientos de contratación, por los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, y de asegurar, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta de mejor calidad precio.
1.3- Conforme a lo dispuesto en el artículo 3.3.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), FIIAPP es un Poder Adjudicador no Administración Pública (PANAP).
2. ANTECEDENTES.
La Fundación, a través del Fondo Fiduciario para África, firmó con la Comisión Europea, un contrato para el proyecto “Apoyo a la gestión integrada de fronteras y de la migración en Marruecos” que tiene como objetivo “Contribuir a la mitigación de las vulnerabilidades ligadas a la migración irregular y a la lucha contra la misma, a través del fortalecimiento de las capacidades operativas e institucionales para la vigilancia de las fronteras. Incluyendo mecanismos de coordinación y cooperación nacional, regional y transfronteriza.”
II. ELEMENTOS DEL CONTRATO
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
El órgano de Contratación de la Fundación, en función del Valor Estimado del contrato, será:
a) La Secretaría General para expedientes de contratación de un importe inferior o igual a 100.000€.
b) La Dirección General para expedientes de contratación de un importe superior a 100.000€.
4. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
4.1- El Contrato que se suscriba se califica como de SERVICIOS y tendrá carácter PRIVADO, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 26 de la LCSP.
4.2- Tendrá consideración de Documentación Contractual:
a) El Pliego de Condiciones Particulares (en adelante, PCP).
b) El Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante, PPT).
c) El Contrato.
d) La oferta presentada por el licitador que resulte adjudicatario de la presente licitación.
e) La Orden de Inicio.
4.3- En caso de discordancia entre alguno de los documentos integrantes de la documentación contractual, tendrán prevalencia los documentos en el orden establecido en el apartado anterior.
4.4- El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, del resto de documentos contractuales, y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución de lo pactado, no exime al adjudicatario de la obligación de cumplirlas.
4.5- En ningún caso ni circunstancia, este contrato supondrá la existencia de relación laboral entre la Fundación contratante y el personal que el licitador adjudicatario adscriba o contrate para la ejecución del mismo, por lo que en modo alguno le serán de aplicación a la Fundación las disposiciones de Derecho Laboral en relación con el citado personal.
4.6- Las licitaciones de la FIIAPP se regirán por el Título I del Libro III de la LCSP.
4.7- No obstante, en aquellos contratos Sujetos a Regulación Armonizada, la Preparación y Adjudicación se regirán por las normas establecidas en las Secciones 1. ª y 2.ª del Capítulo I del Título I del Libro II de la LCSP.
4.8- Los Efectos y Extinción se regirán por normas de Derecho Privado. No obstante lo anterior, le será aplicable lo dispuesto en los siguientes artículos de la LCSP:
a) 201 sobre obligaciones en materia medioambiental, social o laboral.
b) 202 sobre condiciones especiales de ejecución.
c) 203 a 205 sobre supuestos de modificación del contrato.
d) 214 a 217 sobre cesión y subcontratación.
e) 218 a 228 sobre racionalización técnica de la contratación.
f) 198.4º, 210.4º y 243.1º sobre condiciones de pago.
4.9- También serán de aplicación la normativa, recomendaciones y circulares, relacionados con el objeto de la prestación en lo que no esté modificado por el presente pliego, el pliego de prescripciones
técnicas y los restantes documentos de carácter contractual, así como lo dispuesto en la normativa sectorial vigente en cada momento.
5. OBJETO DEL CONTRATO
5.1- Este contrato tiene por objeto la prestación de los servicios de Asistencia administrativa a la Dirección del Proyecto “Apoyo a la gestión integrada de fronteras y de la migración en Marruecos”
5.2- La prestación de dichos servicios se realizará en los términos establecidos en el PPT que complementa a este PCP, y en el que se detalla el dimensionamiento del contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta.
5.3- La Codificación correspondiente al Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) es la siguiente: 98000000-3
5.4- No se admite la presentación de Variantes al objeto de licitación, sin perjuicio de las prescripciones u observaciones que señale, establezca, imponga o permita el PCP.
5.5- No se establece la contratación de prestaciones Opcionales al objeto de licitación.
5.6- No se establecen Modificaciones Previstas en Pliegos al objeto de la presente licitación.
6. PLAZO DE EJECUCIÓN.
6.1- El plazo de vigencia del contrato es de 27 meses, a contar desde la correspondiente la Firma del Contrato emitida por la Fundación, estando previsto dicho comienzo para la fecha del 1 de enero de 2020
6.2- Está prevista una Prórroga de una duración de 9 meses, que será acordada por la Fundación y resultará obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca con al menos dos (2) meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
7. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO.
7.1- El VALOR ESTIMADO del Contrato, asciende a Sesenta y dos mil quinientos cinco euros (62.505 €) IVA no incluido (21 % 13.126€).
7.2- El PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN asciende a Cuarenta y nueve mil cinco euros (49.005 €) IVA incluido (21 %, 8.505€).
7.3- El presupuesto anterior podrá ser mejorado por los licitadores en sus propuestas.
7.4- Las proposiciones que se presenten superando el mencionado Presupuesto Base de Licitación serán rechazadas automáticamente y quedarán excluidas de la licitación.
7.5- El PRESUPUESTO de la posible PRÓRROGA asciende a Dieciséis mil tres cientos treinta y cinco euros (16.335 €), IVA incluido (IVA: 21 %, 2.835 €).
8. PRECIO DEL CONTRATO
8.1- El Sistema de Precios rector de la presente licitación es el de Precios a Tanto Alzado
8.2- El Precio del Contrato será el que resulte de la adjudicación, de acuerdo con el importe ofertado por el contratista en su proposición económica, según el correspondiente modelo establecido en este pliego a tal efecto.
8.3- La cantidad indicada como presupuesto de licitación constituye el importe máximo que el contratista podrá facturar durante la vigencia del contrato, teniendo en cuenta que no existe obligación contractual de alcanzar dicha cantidad, por lo que el contratista no tendrá derecho a reclamación de ningún tipo, si finalmente lo contratado durante la vigencia del contrato no alcanza dicho importe máximo.
8.4- En el Precio del contrato se considerarán incluidos todos los tributos, a excepción del IVA, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos, materiales y cualesquiera otros que se originen para el contratista, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en los pliegos rectores de la presente licitación.
8.5- Del precio del Contrato se excluye únicamente el IVA, que será repercutido en cada una de las facturas correspondientes al Contrato.
8.6- Aquellos Contratistas a los que, por aplicación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido, les sea de aplicación las exenciones previstas para dicho impuesto, deberán justificar documentalmente encontrarse en esta situación. Esta justificación, deberá acompañar a la oferta económica.
8.7- No obstante, la Fundación valorará en todo caso las ofertas presentadas por los licitadores, con exclusión del IVA.
8.8- No procederá la Revisión de Precios del contrato resultante de la presente licitación.
9. EXISTENCIA DE CRÉDITO.
Se han cumplido los trámites precisos para asegurar la existencia de crédito suficiente para atender las obligaciones económicas que para la Fundación se deriven del contrato al que se refiere el presente Xxxxxx.
10. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
10.1- El lugar de prestación de los servicios objeto del contrato será:
— La oficina del Proyecto situada en Rabat, Marruecos.
10.3- No será admitida ninguna reclamación fundamentada en el desconocimiento de las condiciones de los servicios a realizar.
11. GARANTÍA FINANCIERA.
11.1- Garantía Provisional.
No se requiere la presentación de garantía provisional.
11.2- Garantía Definitiva.
No aplica.
12. PUBLICIDAD.
12.1- La información relativa al presente expediente de contratación que vaya a ser publicada a través del Perfil de Contratante de la Fundación en la Plataforma de Contratación del Sector Público podrá ser consultada en la siguiente dirección electrónica: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
12.2- Asimismo, se podrá consultar la información publicada en la web institucional de la Fundación, en la siguiente dirección: xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx
III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
13. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
13.1- Teniendo en cuenta la naturaleza de la Fundación, integrada en el Sector Público Estatal, resulta aplicable a la presente adjudicación, dado su Valor Estimado, el Procedimiento ABIERTO (NO X.X.X.X)
13.2- La tramitación de la presente licitación será: ORDINARIA
14. MESA DE CONTRATACIÓN.
14.1- Para la adjudicación del Contrato, se constituirá Mesa de Contratación, que contará con la siguiente composición:
— Presidencia: X. Xxxxx Xxxx-Xxxxxx, que ocupa el cargo de Director de Asesoría Jurídica.
— Vocales:
▪ Vocal Jurídico: Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx, que ocupa el cargo de Técnico Jurídico.
▪ Vocal Económico: Xx. Xxxxx Xxxxxxxxxx, que ocupa el cargo de Gestor Económico.
▪ Vocal Técnico: Xx. Xxxx Xxxxxxxxx, que ocupa el cargo de Responsable de Equipo.
— Secretaría: Xx. Xxxxxxxx xx Xxxxxx, que ocupa el cargo de Técnico Jurídico
15. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
15.1- Plazo.
Para participar en la presente licitación, el licitador deberá presentar la oferta, conforme a las estipulaciones del presente pliego, antes de las 12:00 HORAS DEL 10 DE DICIEMBRE DE 2019
15.2- Lugar de presentación de propuestas.
15.2.1- Para participar en la presente licitación, el proponente deberá presentar la oferta que propone, en DOS sobres cerrados, en el Registro de la FIIAPP F.S.P., xxxx en X/ Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx 00- 0x xxxxxx xx Xxxxxx.
15.2.2- Los sobres irán destinados a la Asesoría Jurídica y se en los mismos se indicará de forma legible:
a) La licitación a la que se concurre.
b) El número de referencia.
c) Número y denominación de cada sobre, según se indica a continuación:
— Sobre 1: Documentación Administrativa.
— Sobre 2: Documentación relativa a los criterios de adjudicación objetivos valorados mediante la aplicación de fórmulas.
d) Denominación de la empresa.
e) Nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace.
f) Los datos de la persona a contactar con la empresa.
g) Firma del proponente en el exterior de cada sobre.
15.2.4- Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la oferta caso de ser recibida en FIIAPP con posterioridad a la finalización del plazo señalado en el anuncio.
15.2.5- Los sobres se presentarán cerrados, de forma que se garantice el secreto de su contenido y, en ellos deberá constar la firma original de los Licitadores o de la persona que los represente. La presentación de sobres abiertos implicará la exclusión de la propuesta.
15.2.6- En cada uno de los sobres los licitadores deberán presentar DOS COPIAS IDÉNTICAS
de su contenido:
▪ Una en formato papel.
▪ Otra en soporte digital: CD-ROM o pendrive.
15.2.7- La inclusión de documentación en un sobre o en un soporte digital, que corresponda a otro
sobre o soporte digital, determinará la exclusión de la propuesta.
15.2.8- Para los supuestos en que los licitadores solicitaran información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria, la misma será facilitada en el plazo de seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de solicitudes de participación o de proposiciones, siempre que la solicitud haya sido realizada al menos 12 días antes del vencimiento del plazo de recepción correspondiente.
15.2.9- Cuando la información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria no haya podido ser facilitada en los plazos indicados, así como cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta in situ de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de las proposiciones se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.
15.3- Formato de las Propuestas
15.3.1- Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
15.3.2- No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Fundación estime fundamental para la oferta, o que, cuando sean exigibles, no concreten los medios personales o materiales a adscribir a la ejecución del Contrato.
15.4- Idioma.
15.4.1- Las ofertas deberán presentarse en español, aunque la Fundación, también acepta documentación en inglés o francés.
15.4.2- No obstante, la Fundación se reserva el derecho a solicitar al licitador la traducción oficial al español de la documentación presentada en un idioma distinto al español, corriendo el licitador con los gastos de traducción.
15.5- Aceptación Incondicionada y supuestos de exclusión.
15.5.1- La presentación de la oferta supone la aceptación incondicionada por el licitador del contenido, en su totalidad, de los Pliegos rectores de la presente licitación (así como la documentación complementaria a los mismos), sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la Mesa y al Órgano de Contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.
15.5.2- La introducción de reservas al clausulado de los Pliegos rectores de la presente licitación, podrá suponer la exclusión del procedimiento.
15.5.3- La falta de presentación de los documentos relacionados podrá determinar la no apertura del resto de sobres y la exclusión del licitador.
15.5.4- La inclusión en un sobre de documentación que deba aportarse en otro supondrá automáticamente el rechazo de la proposición, siempre que no se garantice el secreto de las ofertas.
15.5.5- La Fundación podrá pedir aclaraciones o justificaciones documentales de los datos aportados por el Licitador.
16. LISTADO DE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN CADA SOBRE.
16.1- Contenido del Sobre nº 1: Documentación Administrativa.
16.1.1- Todos los licitadores deberán presentar, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 17
del presente pliego, la siguiente Documentación Administrativa:
a) Declaración de Capacidad y de encontrarse al corriente del cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social, conforme al Anexo III.
b) Declaración de compromiso de constitución en unión temporal de empresas – UTE, (en su caso), conforme al Anexo IV.
c) Declaración de Pertenencia, o no, de licitador a un Grupo de Empresas conforme al
Anexo V.
d) Declaración de Personas Jurídicas en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales, conforme al Anexo VII.
e) Declaración sobre Cumplimiento de Normativa Social, conforme al Anexo VIII.
f) Las personas físicas, cuando resulten adjudicatarias (no el licitador) deberán presentar
el certificado de residencia fiscal, este será requisito sine qua non para que las facturas sean abonadas.
16.1.2- Todos los licitadores deberán presentar la siguiente Documentación sobre Solvencia Económica y Financiera, así como Técnica o Profesional, conforme se establece en la Cláusula 18 del Presente Pliego:
a) Declaración del Volumen anual de Negocios.
b) Certificación Bancaria
c) Curriculum Vitae en formato Europe Pass de los Medios Personales a adscribir a la contratación.
d) Declaración de Adscripción de Medios Personales.
e) Declaración de compromiso de integración de la solvencia por medios externos, en su caso, conforme al Anexo VI.
16.1.3- Los Todos los licitadores NO Españoles, deberán presentar:
a) Declaración de Sometimiento a la jurisdicción de Juzgados y Tribunales Españoles por parte de licitadores extranjeros, conforme al Anexo IX.
16.1.4- Los licitadores NO Españoles, NO pertenecientes a la Unión Europea, o al Espacio Económico Europeo, deberán presentar alternativamente:
a) Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del Contrato.
b) Informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 68 LCSP.
16.2- Contenido del Sobre: Documentación referida a los Criterios Ponderables mediante Juicios de Valor.
No aplica.
16.3- Contenido del Sobre nº 2: Documentación referida a los Criterios Ponderables mediante Fórmulas.
16.3.1- Se incluirá en este sobre la Siguiente Información Referida a los criterios objetivos Ponderables Mediante Fórmulas de acuerdo con lo establido en la Cláusula 20 del presente pliego:
a) Oferta económica. Deberá ser presentada conforme al Anexo X del presente pliego.
b) Oferta respecto al resto de criterios de adjudicación ponderables mediante fórmulas
conforme al Anexo X del presente pliego.
16.3.2- Asimismo, el licitador deberá incluir cualesquiera otros documentos que, en su caso, se indiquen expresamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas y que permitan verificar que la oferta cumple con las especificaciones técnicas requeridas, pero que no van a ser objeto de valoración.
17. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
17.1- Aptitud y Capacidad.
17.1.1- Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas y extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidos en alguna de las circunstancias que señala el artículo 71 de la LCSP, y que cuenten con solvencia económica o financiera y técnica o profesional.
17.1.2- Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del Contrato.
17.1.3- Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
17.1.4- Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 67, 68 y 69 de la LCSP, respectivamente.
17.1.5- Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren en el presente pliego, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
17.1.6- En los contratos de Cooperación Delegada, antes de la formalización de cualquier contrato, la FIIAPP F.S.P. accederá a la Base de Datos Central de Exclusiones de la UE para confirmar la elegibilidad del contratista, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento (CE, Euratom) nº 1302/2008 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2008, relativo a la Base de Datos Central de Exclusión (DO L 344 de 20.12.2008 p. 12).
17.3- Uniones Temporales de Empresas (UTE).
17.3.1- En aquellos supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará una declaración responsable por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en estos casos en el formulario del documento europeo único de contratación (DEUC).
17.3.2- Además de dicha declaración, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán presentar otra declaración, conforme al modelo del Anexo IV del presente Xxxxxx, en la que se:
• Identificará el porcentaje de la participación en la UTE de cada una de las entidades que la integrarán.
• Designará al que será el representante o apoderado único de la UTE.
• Asumirá el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, en caso de ser adjudicatarios del Contrato.
17.3.3- A este respecto se señala que los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y que el representante o apoderado deberá contar con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, y ello sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
17.4- Grupos de Empresas.
17.4.1- Los licitadores que formen parte de un Grupo de Empresa deberán adjuntar una declaración en que así se indique conforme al modelo del Anexo V del presente Pliego, especificando, en su caso, las empresas que forman parte del grupo y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, con el fin de que el Órgano de Contratación pueda contar con dicha información en la valoración de las ofertas económicas. Para la consideración del grupo de empresa se estará a lo establecido en el artículo 42 del Código de Comercio.
17.4.2- La omisión de esta declaración, o la no correspondencia de la misma con la realidad, dará lugar a la exclusión de la licitación de las empresas del grupo, una vez constatada esta circunstancia por el Órgano de Contratación.
17.4.3- También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.
17.5.- Obligaciones en materia de igualdad y de integración de personas con discapacidad.
El licitador, cuando legalmente resulte aplicable, deberá proporcionar la información correspondiente respecto a las obligaciones en materia de igualdad y de integración de personas con discapacidad, que resultan de aplicación a su empresa, de acuerdo con las exigencias de la:
a) Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
b) El artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social.
17.6- Requisitos aplicables a Licitadores No Españoles.
Los empresarios extranjeros deberán presentar además de la documentación señalada anteriormente, la documentación específica que a continuación se detalla:
a) Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
b) Los licitadores de Estados que no sean miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán aportar:
1. Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del Contrato.
2. Informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 68 LCSP.
18. CRITERIOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, TÉCNICA Y PROFESIONAL.
18.1 - Solvencia Económica o Financiera.
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse mediante uno de los siguientes medios de acreditación (opcional para el licitador):
18.1.1- Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales.
Se requerirá que el licitador presente una declaración que acredite que si la oferta presentada es la mejor en relación calidad precio suscribirá un Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 49.505 €
Medio de acreditación: La póliza deberá ser entregada a la FIIAPP antes de la adjudicación del presente contrato por el licitador con la mejor oferta en relación calidad precio.
18.1.2- Patrimonio neto
Medio de acreditación: Certificación bancaria. Se requerirá que el licitador presente una certificación emitida por su banco en la que se declare su adecuado comportamiento en el tráfico mercantil.
18.2- Solvencia Técnica o Profesional.
La solvencia técnica y profesional del licitador es la establecida en el punto 3.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
18.2.1- Compromiso de adscripción de Medios Personales
El licitador deberá comprometerse a adscribir al proyecto y tener en servicio, al menos, los medios humanos con el perfil requerido en el Punto 3.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
18.2.2- Mantenimiento de los Medios Personales y / o Materiales adscritos.
18.2.3.1- Los medios personales y / o materiales presentados formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la adjudicataria durante todo el tiempo de prestación de este servicio.
18.2.3.2- Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a Fundación. Su incumplimiento podrá ser causa de resolución del Contrato o de imposición de Penalizaciones. En caso de sustitución, deberá aportarse un perfil, al menos, con las mismas características ofrecidas en la presente licitación.
18.2.3.3- La valoración de este compromiso de adscripción de medios personales y / o materiales operará a todos los efectos como criterio de solvencia de las empresas y será, por ello, criterio de selección de las mismas, de forma que los licitadores que no justifiquen de la forma indicada esta adscripción quedarán excluidos, aun cuando cumplan con los restantes requisitos de solvencia también exigidos en este Pliego.
18.3- Comprobación de la fiabilidad y vigencia de las declaraciones responsables.
18.3.1- El Órgano o la Mesa de Contratación podrán pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato.
18.3.2- El licitador deberá presentar la documentación requerida en un plazo máximo de tres días hábiles a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento.
18.4- Supuestos en los que el licitador recurra a la solvencia y Medios de Otras Empresas.
Cada una de esas empresas también deberá presentar una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos, con arreglo al Anexo VI
19. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERABLES MEDIANTE JUICIOS DE VALOR.
No aplica
20. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
20.1- Los Criterios Ponderables Mediante Fórmulas tienen una ponderación máxima de 100 puntos, distribuidos conforme se expone en la siguiente tabla.
CRITERIOS PONDERABLES MEDIANTE FÓRMULAS | ||
Nº | DESCRIPCIÓN | PUNTOS |
Criterio 1 | Oferta Económica MENSUAL (máximo 1.500 €) | 20 |
Criterio 2 | Experiencia en gestión administrativa y logística/ organización de eventos (visitas de estudio, reuniones de alto nivel), de al menos 6 meses en proyectos de cooperación internacional y/o comercio internacional ➢ Documentación a aportar: CV y/o certificado de empresa ✓ De 6 meses a 1 año: 5 puntos ✓ de 1 a 3 años: 15 puntos ✓ Más de 3 años: 30 puntos | 30 |
Criterio 3 | Experiencia laboral en organizaciones españolas sector público/privado/ o tercer sector mínima de 6 meses ➢ Documentación a aportar: CV y/o certificado de empresa ✓ De 6 meses a 1 año: 5 puntos ✓ de 1 a 3 años: 15 puntos ✓ Más de 3 años: 25 puntos | 25 |
Criterio 4 | Experiencia en operaciones logísticas de envíos internacionales y recepción de suministros. Incluyendo gestiones relativas al desaduanaje de los envíos. ➢ Documentación a aportar: CV y/o certificado de empresa 0,50 puntos por mes | 10 |
Criterio 5 | Experiencia en traducción y/o interpretación del idioma español – francés – español Documentación a aportar: CV y/o certificado de empresa 0,50 puntos por mes | 5 |
Criterio 6 | Experiencia en contabilidad y auditoría ➢ Documentación a aportar: CV y/o certificado de empresa 0,50 puntos por mes | 5 |
Criterio 7 | Conocimientos xx xxxxxx ➢ Documentación a aportar: CV y/o certificado de idioma y/o certificado de estudios realizados en el idioma inglés ➢ 0,50 puntos por mes | 5 |
20.2.- Criterio 1: Oferta Económica (mensual) -> Máximo de 20 puntos.
20.2.1-La Proposición Económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo X del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Fundación estime fundamental para considerar la oferta.
20.2.2-En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
20.2.3- A todos los efectos se entenderá que las ofertas de los licitadores no comprenden el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
20.2.4- Cualquier oferta que supere el presupuesto de licitación se rechazará de plano y quedará excluida de la licitación.
20.2.5- Se asignará la máxima puntuación a la propuesta más baja entre las admitidas, y el resto se distribuirá de forma inversamente proporcional (Regla de Tres Simple Inversa). Las cifras se expresarán con dos decimales.
20.3.- Criterio 2: Experiencia en gestión administrativa y logística/ organización de eventos (visitas de estudio, reuniones de alto nivel), de al menos 6 meses en proyectos de cooperación internacional y/o comercio internacional Máximo 30 puntos
20.4- Criterio 3: Experiencia laboral en organizaciones españolas sector público/privado/ o tercer sector mínima de 6 meses Máximo 25 puntos
20.5- Criterio 4: Experiencia en operaciones logísticas de envíos internacionales y recepción de suministros. Incluyendo gestiones relativas al desaduanaje de los envíos. Máximo 10 puntos
20.6- Criterio 5: Experiencia en contabilidad y auditoría. Máximo 5 puntos
20.5- Criterio 6: Experiencia en traducción y/o interpretación del idioma español – francés –español. Máximo 5 puntos
20.5- Criterio 7: Conocimientos xx xxxxxx. Máximo 5 puntos
21. APRECIACIÓN DE BAJAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS.
21.1- Respecto al precio total ofertado por el licitador, se considerarán, en principio, anormales o desproporcionadas las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
a) Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
b) Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
c) Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
d) Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
21.2- Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, se tomará únicamente la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.
21.3- Cuando se presenten distintas proposiciones por sociedades en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que las integran, se aplicarán respecto de la valoración de la oferta económica las mismas reglas establecidas en el apartado anterior.
21.4- Si una oferta económica resulta incursa en presunción de anormalidad, se recabará la información necesaria para que el Órgano de Contratación pueda estar en disposición de determinar si efectivamente la oferta resulta anormalmente baja en relación con la prestación, y por ello debe ser
rechazada o, si por el contrario, la citada oferta no resulta anormalmente baja, y por ello debe ser tomada en consideración para adjudicar el contrato.
21.5- Para ello, se le solicitará al licitador, por escrito, las precisiones que considere oportunas sobre la composición de la citada oferta económica y sus justificaciones. El licitador dispondrá de un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde la fecha en que reciba la solicitud, para presentar sus justificaciones también por escrito.
21.6- Si, transcurrido este plazo, no se hubieran recibido dichas justificaciones, la Mesa de Contratación lo pondrá en conocimiento del Órgano de Contratación y se considerará que la proposición no podrá ser cumplida y, por tanto, la empresa que la haya realizado quedará excluida del procedimiento de selección.
21.7- Si, por el contrario, se recibieran en plazo las citadas justificaciones, se remitirá al Órgano de Contratación la documentación correspondiente para que éste pueda decidir, o bien la aceptación de la oferta, contando con ella a todos los efectos para resolver lo que proceda en relación con la adjudicación del contrato, o bien, el rechazo de dicha oferta.
21.8- Si considerando la justificación efectuada por el licitador, se estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, se acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa, que se estime puede ser cumplida a satisfacción de la Fundación.
22. CRITERIOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL.
22.1- Para el caso de que se produzca un empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación, el mismo se resolverá mediante la aplicación sucesiva de los siguientes criterios sociales en el orden en que aparecen expuestos, y tomándose como referencia temporal para la aplicación de los mismos, el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas:
a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
b) Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
22.2- A efectos de aplicación de estos criterios los licitadores deberán acreditarlos, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social y cualquier otro documento admitido en Derecho que acredite los criterios sociales anteriormente referidos.
22.3- La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo.
23. SELECCIÓN DE LA OFERTA
23.1- Apertura de los sobres nº 1 contenedores de la Documentación Administrativa.
23.1.1- Finalizado el plazo de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación se reunirá para calificar los documentos presentados en el Sobre 1 de los licitadores que hayan sido recibidos en tiempo y forma.
23.1.2- Si la Mesa de Contratación concluyese que la documentación examinada es correcta y suficiente para acreditar el cumplimiento de los requisitos previos, acordará la admisión de todos los licitadores en el procedimiento.
23.1.3- Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación examinada, acordará conceder a los licitadores que la hubiesen presentado u omitido un plazo de TRES DÍAS HÁBILES para que aporten la documentación necesaria para subsanar el defecto o la omisión detectada.
23.1.4- Una vez transcurrido el plazo concedido, la Mesa de Contratación procederá a examinar la documentación aportada en esa fase de subsanación y acordará la admisión o exclusión de los licitadores.
23.1.5- Si acordase excluir a alguna empresa, el acuerdo incluirá las razones de la exclusión.
23.2- Apertura de los sobres contenedores de la documentación referida a las propuestas valorables mediante la aplicación de fórmulas.
23.2.1- Una vez adoptado el acuerdo sobre admisión definitiva de los licitadores, se reunirá la Mesa de Contratación y se procederá a la apertura de sus sobres contenedores de la documentación referida a los criterios ponderales mediante fórmulas, el día 16 XX XXXXXXXXX XX 0000 X XXX 02:30 HORAS.
23.2.2- La Mesa de Contratación comprobará si las ofertas se ajustan a lo establecido en Pliegos y, de ser así, procederá a su valoración.
23.2.3- Si estuviese prevista la apreciación de ofertas anormalmente bajas o desproporcionadas, y alguna de las empresas incurriese en dicha presunción, la Mesa de Contratación procederá del modo indicado en la Cláusula 21.
23.2.4- Si otorgada la valoración a las empresas, se produjese un empate de puntos entre dos o más de ellas, la Mesa de Contratación aplicará los criterios de desempate establecidos en la Cláusula 22.
23.3- Clasificación de las ofertas por orden decreciente y propuesta de adjudicación del contrato.
23.3.1- La Mesa de Contratación clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al Órgano de Contratación.
23.3.2- Para realizar la citada clasificación se atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego, pudiéndose solicitar para ello cuantos informes técnicos se estime pertinentes.
23.3.3- Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo.
23.3.4- Si en el ejercicio de sus funciones, la Mesa de Contratación o el Órgano de Contratación tuvieran indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación, los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato, a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o, en su caso, a la autoridad de competencia autonómica correspondiente.
23.3.5- La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Fundación.
23.3.6- El Órgano de Contratación motivará su decisión cuando no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa.
24. REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN AL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA.
Una vez aceptada la propuesta de la Mesa por el Órgano de Contratación, se requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta considerando los criterios de adjudicación fijados, para que, dentro xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquel en que se hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación, EN FORMATO PAPEL Y DIGITAL:
24.1- Personalidad jurídica y capacidad de obrar.
24.1.1- La personalidad jurídica y capacidad se acreditará mediante:
a) Escritura o documento de constitución: Para el caso de empresarios españoles que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, o los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal (NIF).
b) Documento Nacional de Identidad: Para los empresarios individuales españoles será obligatoria la presentación de una copia, así como el número patronal o de inscripción en la Seguridad Social.
c) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
24.1.2- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, Informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa.
24.1.3- Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de
Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asumibles a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente.
24.2- Representación.
La representación se acreditará mediante:
a) Poder general mediante escritura pública: si el empresario fuera persona jurídica acreditará su poder de representación, el cual deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para esta licitación no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar copia de su Documento Nacional de Identidad.
b) Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán Poder de representación que acredite el carácter con que actúan, así como copia de su Documento Nacional de Identidad.
24.3- Uniones Temporales de Empresarios.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión, una vez efectuada la adjudicación del contrato a su favor. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
24.4- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
24.4.1- Los licitadores podrán acreditar indistintamente su solvencia mediante los requisitos específicos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se relacionan en el presente pliego.
24.4.2- Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán presentar, la documentación acreditativa de su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en la forma establecida en los artículos 87 y 90 de la LCSP, y por los medios previstos por el órgano de contratación en el presente pliego.
24.4.3- A estos efectos, los certificados de inscripción expedidos por los órganos competentes de la llevanza de las listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea referidos a empresarios establecidos en el Estado miembro que expide el certificado, constituirán una presunción de aptitud con respecto a los requisitos de selección cualitativa que en ellos figuren.
24.4.4- Igual valor presuntivo surtirán, respecto de los extremos en ellos certificados, las certificaciones emitidas por organismos de certificación competentes que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario.
24.4.5- Los documentos a que se refiere el apartado anterior deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenida.
24.5- Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
El cumplimiento con las obligaciones Tributarias y de Seguridad Social se acreditará mediante:
a) Cuando se ejerzan actividades sujetas al IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS: Alta en el epígrafe correspondiente, referida al ejercicio corriente, o último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto y, en su caso, declaración responsable de encontrarse exento.
b) Certificación positiva, expedida por la AGENCIA ESTATAL TRIBUTARIA, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
c) Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la SEGURIDAD SOCIAL, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
24.6- Garantía Definitiva.
No aplica
24.7- Verificación de la documentación aportada.
24.7.1- La Comisión de contratación verificará que el propuesto como adjudicatario acredita documentalmente el cumplimiento de todos los requisitos de participación exigidos.
24.7.2- De no cumplimentarse adecuadamente la presentación de toda la documentación indicada dentro del plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, y a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
24.7.3- En este supuesto, la decisión del órgano de contratación deberá ser motivada y notificada a los licitadores, y al tratarse de un acto de trámite cualificado, deberán señalarse los recursos y el régimen jurídico indicado que correspondan.
24.7.4- No obstante lo anterior, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de capacidad, habilitación, solvencia económica y financiera del empresario, por lo que el adjudicatario estará exento de presentar la documentación acreditativa de las circunstancias que consten en el mismo. A estos efectos acompañará una declaración, firmada por el representante legal de la empresa, sobre la no alteración de los datos que constan en el mismo.
25. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN.
25.1- El órgano de contratación adjudicará el Contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refiere el apartado anterior.
25.2- La resolución de adjudicación deberá ser motivada y será notificada directamente al adjudicatario y a los restantes licitadores, debiendo publicarse en el perfil de contratante en el plazo de quince (15) días.
25.3- La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita a las personas interesadas en el procedimiento interponer, en su caso, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
25.4- En la notificación se indicará el plazo en el que debe procederse a la formalización del Contrato.
25.5- No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible, de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
25.6- El Órgano de Contratación podrá, siempre antes de proceder a la formalización, decidir no adjudicar o celebrar el contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
25.7- El contrato se perfecciona con su formalización en el correspondiente documento contractual y, en su caso, en escritura pública, si así lo estima conveniente al menos una de las partes, siendo a cargo y de cuenta del que lo exija todos los gastos derivados del otorgamiento de la misma. La parte que la obtenga se compromete a facilitar a la otra una copia autorizada de la correspondiente escritura.
25.8- Si se tratara de una Unión Temporal de Empresas su representante deberá presentar ante el órgano de contratación la escritura pública de su constitución, NIF asignado y nombramiento de representante con poder suficiente.
25.9- En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
25.10- Si el presente contrato fuera susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran QUINCE (15) DÍAS HÁBILES desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores.
25.11- Trascurrido el plazo anterior, y siempre que no se haya interpuesto recurso con la consiguiente suspensión del acto de adjudicación, o si interpuesto el órgano competente para su resolución hubiera levantado la suspensión, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario, para que formalice el Contrato, en un plazo de cinco (5) días naturales, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento.
25.12- Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el Contrato dentro del plazo indicado, se le exigirá el importe del tres (3) por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalización, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de la aplicación de la prohibición de contratar prevista en el artículo 71.2 de la LCSP.
25.13- En este caso, el Contrato se adjudicará al siguiente licitador, por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en la cláusula 24 del presente pliego, y otorgándole para ello el plazo xx xxxx (10) días hábiles indicado en la misma cláusula.
25.14- No podrá procederse a la ejecución del contrato, con carácter previo a su formalización.
25.15- Finalmente se procederá a publicar la formalización y el Contraten un plazo no superior a quince días desde su perfeccionamiento
IV.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
26. RESPONSABLE DEL CONTRATO.
26.1- La Fundación designa como Responsable del Contrato a Xx. Xxxxxxxx Xxxx, que ocupa el cargo de Técnico Coordinador del Proyecto
26.2- Al responsable del contrato le corresponde, supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que el órgano de contratación le atribuya.
26.3- Además, son funciones del Responsable del Contrato:
a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.
b) Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la prestación de los servicios en cada una de sus fases.
c) Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del contrato.
d) Proponer las modificaciones que convenga introducir para el buen desarrollo de los servicios.
e) Expedir, en su caso, las certificaciones parciales correspondientes a los servicios realizados según los plazos de ejecución y abono que se hayan acordado.
f) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo de los servicios.
g) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los servicios y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos, letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en la ejecución del servicio.
26.4- El Contratista está obligado a poner en conocimiento del Responsable del Contrato cualquier anomalía técnica que observara en los documentos contractuales o en la información facilitada, de forma que lo contratado sirva perfectamente al fin buscado.
26.5- El Contratista designará un “Representante a Efectos de Comunicaciones y
Notificaciones”, que realizará las labores de interlocución con el Responsable del Contrato, respecto a todos los asuntos dimanantes del contrato.
27. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
27.1- La ejecución del Contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del Contratista. Se considerará por tanto que una vez adjudicado el contrato, cualquier tipo de variación dentro de los trabajos y no prevista en la oferta será a cargo del contratista puesto que el mismo está obligado, durante el estudio de la oferta, a la verificación de todos aquellos extremos esenciales para el perfecto cumplimiento de la prestación a la que se compromete.
27.2- El Contratista deberá ejecutar las prestaciones contractuales en el tiempo y lugar fijado con estricta sujeción a las cláusulas del presente Pliego, al Pliego de Prescripciones Técnicas que sirve de base al mismo, al contrato, y a las órdenes e instrucciones que en interpretación de estos diera la Fundación.
27.3- El Contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del Contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Fundación, esta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes.
28. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA.
28.1- La responsabilidad del Contratista obliga al mismo a indemnizar a la Fundación por los daños y perjuicios que ésta sufra como consecuencia de un incumplimiento contractual imputable a aquél, siempre que exista un nexo causal entre su acción u omisión o el hecho que le sea imputable, y el daño o perjuicio causado y hasta el límite cuantitativo del precio total del Contrato.
28.2- El Contratista será responsable directa e indirectamente de los trabajos realizados por sus empleados, colaboradores y subcontratistas, ejecutará el Contrato a su riesgo y xxxxxxx, y estará obligado a indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del Contrato, excepto en el supuesto de que los daños sean ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Fundación.
28-3- Cualquier actuación u omisión atribuible al Contratista que comporte sanciones de cualquier tipo y que no correspondan a ejecución de instrucciones u órdenes de la Fundación, serán asumidas por el mismo, sin que la Fundación por su parte asuma responsabilidad alguna.
28.4- El Contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del Contrato, con el capital mínimo asegurado exigido en la normativa aplicable. La citada póliza deberá mantenerse en vigor durante el período que dure la prestación del trabajo. La Fundación podrá exigir la presentación de la copia y/u original de la póliza en cualquier momento durante la vigencia del Contrato.
28.5- El Contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Fundación ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.
28.6- La Fundación tendrá la facultad en todo momento de solicitar al Contratista la sustitución de cualquier miembro del equipo de trabajo, si a su juicio éste no estuviese cumpliendo con sus obligaciones perjudicando la buena marcha del Contrato. En tal caso la Fundación lo notificará por escrito, estando obligado el Contratista a proponer un candidato para reemplazar a dicha persona por
otra con el perfil, cualificación y experiencia adecuados al puesto en cuestión, en el plazo de 5 días naturales desde la notificación.
28.7- El Contratista queda obligado a aportar los equipos técnicos y material, así como los medios auxiliares y humanos; todo ello en número y grado preciso para la realización del objeto de contrato a satisfacción y en los mismos términos que se hubiesen ofertado, debiendo responder de los riesgos de siniestro del material, personal y equipos implicados en la operación así como de los daños a terceros, siendo suyo el riesgo y xxxxxxx de la ejecución del contrato.
28.8- Asimismo deberá responder de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Fundación o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del Contrato, debiendo mantener indemne a la Fundación de los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la formulación de reclamaciones.
28.9- En cualquier caso, el Contratista indemnizará a la Fundación de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este Pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
28.10- Corresponderá y será de cargo del Contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para la realización del Contrato, así como la indemnización de los daños que se causen tanto a la Fundación como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del Contrato, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Fundación.
28.11- Durante la ejecución del Contrato el Contratista deberá respetar en todo momento la legislación medioambiental, poniendo especial cuidado en la gestión de los residuos que se generen en el lugar de la entrega.
28.12- Si para el desarrollo de los trabajos contratados, el Contratista debiera asistir a reuniones, visitar instalaciones u organismos o asumir la representación de la Fundación, siempre por encargo de ésta, frente a terceros, pondrá especial cuidado en las relaciones y actuará en todo momento cumpliendo las instrucciones recibidas de la misma.
28.13- El personal que la empresa adjudicataria deba contratar para atender sus obligaciones dependerá exclusivamente de esta, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano contratante.
28.19- El Contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación.
28.20- Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el Contratista está obligado a suministrar a la Fundación, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma así como en aquellas normas que se pudiesen dictar en este sentido.
29. OBLIGACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL CONTRATISTA.
29.1- El Contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del Contrato.
29.2- En cumplimiento de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, y de la Normativa vigente en Seguridad y Salud, el Contratista deberá tener realizada la evaluación de riesgos de acuerdo a las actividades a las que se dedica, tener planificada la prevención de riesgos en su empresa, haber formado e informado a sus trabajadores y haber adoptado las medidas necesarias encaminadas a evitar los riesgos derivados de sus actividades propias.
29.3- Asimismo, si fuese necesario, antes del inicio de los trabajos el Contratista deberá presentar la acreditación del modelo de organización de la Prevención de Riesgos Laborales en las especialidades de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología y Vigilancia de la Salud.
29.4- Antes de dar comienzo el servicio, la Fundación, o a la que esta designe, podrá requerir al adjudicatario la presentación de:
- Fotocopia de los documentos de cotización en la Seguridad Social (TC1, TC2, TA2) convenientemente sellados sus trabajadores (mensualmente).
- Certificado de la empresa acreditando que sus trabajadores han sido sometidos a controles de salud y son aptos para los puestos de trabajo que desempeñan.
- Certificado de la empresa acreditando la formación en materia preventiva, impartida a sus trabajadores (especificando contenido, fecha, nombre de los trabajadores) y la información sobre los riesgos y medidas preventivas de cada puesto de trabajo.
- Certificado de la empresa acreditando que ha entregado a sus trabajadores los equipos de protección personal necesarios (especificando nombre, clase de equipo y fecha).
- Nombramiento de un trabajador designado para encargarse de los temas de seguridad y salud.
- Autorización de uso de la maquinaria, por el personal cualificado que se indique.
- Evaluación de riesgos y medidas preventivas de la actividad que desarrolla.
- Cualquier otra documentación requerida por la Fundación.
29.5- El responsable de prevención de riesgos de la empresa adjudicataria asistirá a cuantas reuniones de Seguridad y Salud se les convoque durante la vigencia del Contrato, ejecutando las acciones correctivas, informativas o de inspección que procedan.
30. REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DEL CONTRATISTA.
30.1- Sin perjuicio de la obligación de subrogación que imponer la normativa sectorial, corresponde exclusivamente al Contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos (en los casos en los que se establezcan los requisitos específicos de titulación y experiencia), formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del Contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la Fundación del cumplimiento de aquellos requisitos.
30.2- El Contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a la Fundación.
30.3- El Contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del Contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
30.4- El Contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del Contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del Contrato.
30.5- El Contratista ejecutará el Contrato, dada su naturaleza, en las instalaciones objeto de este Contrato. En este caso, el personal del Contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos y salvo supuestos en los que sea necesario, no podrá acceder a los servicios reservados a los empleados, como correo electrónico. Corresponde también al Contratista velar por el cumplimiento de esta obligación.
30.6- El Contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable (según las características del servicio pueden establecerse distintos sistemas de organización en este punto), integrado en su propia plantilla, tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor del Contratista frente a la Fundación, canalizando la comunicación entre la empresa Contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al Contrato, de un lado, y la Fundación, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del Contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del Contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del Contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa Contratista con la Fundación efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a la Fundación acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del Contrato.
31. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
31.1- Confidencialidad.
31.1.1- El adjudicatario queda obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del Contrato, y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
Asimismo, queda obligado a garantizar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada.
31.1.2- Todos los servicios realizados para el buen fin del presente Contrato tendrán carácter confidencial, no pudiendo el contratista utilizar para sí ni proporcionar a terceros o divulgar dato o información alguna de la prestación contratada, sin autorización expresa de la Fundación, estando, por tanto, obligado a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado, tanto de la información y documentación recibida de la Fundación, como de los resultados obtenidos del trabajo realizado.
31.1.3- El contratista velará especialmente porque sus empleados no accedan, almacenen ni utilicen en modo alguno los datos de carácter personal de los empleados de la Fundación y de los posibles terceros con los que esta se relacione, a los que puedan tener conocimiento en la prestación del servicio objeto del presente Xxxxxx.
31.2 Tratamiento de datos de carácter personal.
31.2.1- Ambas partes se comprometen al cumplimiento de lo establecido en la normativa aplicable de protección de datos de carácter personal: Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas y Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales.
31.2.2- El Contratista y la Fundación se comprometen, en cuanto a los datos de carácter personal facilitados mutuamente para la ejecución del presente Contrato, a utilizarlos con la única finalidad de gestionar la relación surgida y facilitar el desarrollo del objeto del presente Contrato, no pudiéndose emplear los mismos para un fin distinto de aquél para el que fueron proporcionados. El incumplimiento de lo estipulado en este apartado, dará lugar a la responsabilidad correspondiente de la parte incumplidora, incluyendo la sanción a la que su actuación pudiese dar lugar.
31.2.3- Por lo que se refiere a los datos de carácter personal que, los licitadores en general y el Contratista en particular, proporcionen a la Fundación, y con arreglo a lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos, se informa que:
— El responsable de los ficheros es la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, cuyos contactos a efectos de notificaciones son los siguientes:
▪ Dirección: X/ Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx 00- 0x xxxxxx, XX 00.000 xx Xxxxxx
▪ Teléfono: 000.000.000
▪ Fax: x00 000.000.000.
▪ Correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxx.xx.
— Los datos personales que nos proporciona son necesarios para la ejecución del presente contrato, serán conservados durante toda su vigencia, y posteriormente para el cumplimiento de obligaciones legales y con fines estadísticos.
— Se podrán ejercitar los derechos de revocación del consentimiento previamente prestado,
acceso, rectificación, supresión (olvido), oposición, bloqueo, limitación del tratamiento y portabilidad de los datos personales, mediante cualquier tipo de comunicación y por cualquiera de los medios arriba indicados (carta, mail, teléfono o fax).
32. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
Tendrán la consideración de condiciones especiales de ejecución, y se considerarán esenciales para el cumplimiento del objeto, el cumplimiento de las siguientes obligaciones de carácter medioambiental:
— Será obligatorio la utilización de papel reciclado en la remisión en formato físico de toda la documentación que se genere en la ejecución del contrato derivado de la presente licitación: facturas, informes etc.
33. FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO.
33.1- El Contratista tiene derecho al abono del precio convenido, con arreglo a las condiciones establecidas en los documentos rectores de la presente licitación, correspondiente a los servicios efectivamente realizados y formalmente recibidos por la Fundación. En cada factura se desglosarán los servicios realizados a lo largo de cada mes natural por la empresa adjudicataria, desglosando las mediciones efectuadas a lo largo de ese mes, y multiplicadas por los precios unitarios ofertados.
33.2- La factura deberá hacer referencia a los albaranes de los servicios efectuados, y que habrán sido entregados al responsable del contrato de la Fundación.
33.3- El pago se efectuarán mensualmente, previa presentación de la factura por duplicado ejemplar, FIIAPP proveerá un modelo de factura que el prestatario/a de los servicios deberá cumplimentar debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se presente para el cobro, y su abono se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que designe el Contratista, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de expedición de las facturas, siempre que sean recibidas en la Fundación en los 7 primeros días del mes siguiente al de fecha de emisión, de lo contrario, el cómputo se realizará a partir del primer día del mes en que sea recibida la factura en la Fundación.
33.4- En todo caso, los pagos efectuados por la Fundación al Contratista estarán sujetos al cumplimiento por parte del Contratista de la totalidad de sus obligaciones derivadas del Contrato.
34. PENALIZACIONES DE APLICACIÓN.
34.1- Definición
El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el PCP y en el PPT facultará a la Fundación para imponer al adjudicatario del contrato las penalizaciones establecidas en la presente cláusula, sin perjuicio de la obligación de resarcimiento de los daños y perjuicios que a la Fundación se le pudieran ocasionar.
34.2- Imposición de Penalizaciones.
1- La imposición de penalizaciones, que podrán ser acumulativas, no requerirá de otro trámite preceptivo que el de la audiencia al contratista.
2- El importe de las penalizaciones se deducirá de los pagos mensuales y, en su caso, de la garantía.
3- Cuando se hagan efectivas sobre la garantía, el contratista vendrá obligado a completar la misma, dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la penalización.
4- El importe de las penalizaciones no excluye la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Fundación originados por los incumplimientos del contratista.
5- Asimismo, el régimen de penalizaciones a que se refiere la presente cláusula se aplicará por la Fundación independientemente de que los hechos que den lugar a su imposición puedan ser causa de resolución del Contrato. En este supuesto, la Fundación iniciará el procedimiento de resolución del contrato por incumplimiento imputable al contratista, de acuerdo con lo establecido según la normativa legal vigente.
6- Cuando se produzca alguno de los incumplimientos relacionados con la ejecución del contrato, el Responsable del Contrato deberá remitir informe de valoración y elevará propuesta de imposición de penalidad, en su caso, al órgano de contratación.
7- Si la cifra de Penalizaciones, individuales y/o acumuladas alcanzase un diez por ciento (10 %) del importe total del contrato, el órgano de contratación podrá resolver el contrato por causa imputable al Contratista.
34.3- Incumplimientos objeto de penalización.
1- Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el Contrato dentro del plazo indicado en el presente pliego, la Fundación podrá imponer al adjudicatario una penalización consistente en el tres (3) por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalización, que se hará efectivo, en primer lugar contra la garantía definitiva si se hubiera constituido, sin perjuicio de la aplicación de la prohibición de contratar prevista en el artículo 71.2 de la LCSP.
35. PLAZO DE GARANTÍA.
35.1- Dada la naturaleza del Contrato no procede plazo de garantía, ya que la responsabilidad del Contratista finaliza con la terminación del Contrato.
35.2- En virtud de lo anterior, una vez finalizado el Contrato, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución de aquélla.
36. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
36.1- Toda modificación del Contrato precisará la correspondiente regularización contractual. Dicho documento contractual deberá ser suscrito por ambas partes en duplicado ejemplar.
36.2- En todo caso, los supuestos de modificación del Contrato se regirán por lo dispuesto en los artículos 203 a 207 de la LCSP.
37. CESIÓN DEL CONTRATO.
37.1- Los derechos y obligaciones dimanantes del presente Contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 214.2 LCSP, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado.
37.2- Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2, letra b) del artículo 214 LCSP, no podrá autorizarse la cesión a un tercero cuando ésta suponga una alteración sustancial de las características del contratista si estas constituyen un elemento esencial del Contrato.
38. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.
38.1- La Fundación podrá suspender total o parcialmente y con carácter provisional o definitivo la ejecución de los trabajos, sin más derecho para el contratista que reclamar el importe de los servicios efectivamente realizados hasta ese momento o aquellos gastos en los que haya incurrido y acredite oportunamente.
38.2- Si se acordase la suspensión se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél, dando audiencia al contratista.
39. SUBCONTRATACIÓN
39.1- Las actividades objeto de este contrato deberán ser ejecutadas directamente por la empresa adjudicataria. Con carácter excepcional, la FIIAPP F.S.P. podrá autorizar la subcontratación de personal o tareas vinculadas al objeto del contrato por empresa distinta a la adjudicataria, en los términos previstos por los artículos 215 y 216 de la LCSP. La aceptación deberá ser expresa. Será requisito imprescindible que la empresa subcontratista esté al corriente de las obligaciones de pago fiscales y de Seguridad Social.
39.2- La empresa adjudicataria será responsable ante FIIAPP F.S.P. por la actuación de la empresa subcontratada en todos los ámbitos, incluyendo la calidad del servicio, plazo de entrega, finalización, obligaciones con relación al tratamiento de datos e información, así como el cumplimiento por la empresa subcontratada de sus obligaciones sociales y fiscales.
40. PROPIEDAD INTELECTUAL.
40.1- Definición de los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial.
A los efectos del presente Pliego “Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial” son
a) Todos los derechos reconocidos por la legislación de propiedad intelectual (derechos de autor, derechos afines y sui generis, u otros).
b) Todos los derechos reconocidos por la legislación de propiedad industrial (patentes, marcas, modelos de utilidad, modelos y dibujos industriales y cualesquiera otros derechos).
c) Todos los derechos reconocidos al propietario de un know-how o secreto empresarial.
40.2- Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de FIIAPP.
40.2.1- Todos los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de FIIAPP, incluidos aquellos sobre los materiales, documentos, hardware y software de FIIAPP, así como las marcas, nombres comerciales, logotipos, símbolos o cualquier otro signo distintivo de FIIAPP que aparezcan en cualquier material relacionado con la ejecución de los trabajos objeto del presente Pliego y, en su caso, el contrato que las partes suscriban, o en cualquier otro documento facilitado por FIIAPP al adjudicatario, con independencia de que estén o no registrados, pertenecen a FIIAPP.
40.2.2- El contratista no podrá usar los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de FIIAPP salvo en los casos en los que sea estrictamente necesario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato objeto del presente Pliego y, en su caso, el contrato que las partes suscriban, y limitado temporalmente al periodo de vigencia de este.
40.2.3- A estos efectos, FIIAPP concede al adjudicatario una licencia de uso no exclusiva e intransferible de todos aquellos materiales sobre los que aquélla ostente Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial a los que el adjudicatario deba acceder durante la ejecución del contrato. Dicha licencia se concede únicamente respecto de los derechos necesarios a los exclusivos fines indicados y durante la vigencia del contrato, quedando expresamente revocada a su terminación. Dicha licencia de uso no conlleva la cesión de ningún otro derecho a favor del adjudicatario.
40.2.4- A la finalización de la ejecución del contrato objeto del presente Xxxxxx, el contratista no podrá retener bajo ningún concepto ningún material sobre el que FIIAPP tenga Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial, debiendo ser todos ellos devueltos a FIIAPP. A tal efecto, el adjudicatario deberá borrar cualquier copia de cualquier soporte que la contenga y certificar a FIIAPP, si así lo pidiera, dicho borrado y no conservación de copias, quedando tanto estas como los originales únicamente en posesión de FIIAPP.
40.3- Cesión de Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial a FIIAPP: desarrollos o trabajos específicos para FIIAPP.
40.3.1- A efectos de esta cláusula se entenderá por “Materiales” cada uno de los trabajos elaborados o desarrollados específicamente para FIIAPP (incluyendo, en su caso, el código objeto y el código fuente) en cumplimiento de las obligaciones objeto de los presentes Pliegos y, en su caso, el contrato que las partes suscriban.
40.3.2- Todos los derechos sobre los Materiales y derivados de los Materiales, incluidos los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial, corresponderán a FIIAPP a título originario o, si esto no fuera legalmente posible, por cesión del adjudicatario.
40.3.3- La cesión regulada en el párrafo anterior incluye sin limitación los derechos de reproducción (total o parcial), distribución, comunicación pública (incluida su modalidad de puesta a disposición), y
transformación (traducción, adaptación, arreglo, entre otros) para su explotación por cualquier medio, soporte o formato y a través de cualquier sistema, procedimiento o modalidad de transmisión, comunicación o distribución, ya sea gratuito o de pago, utilizando los Materiales solos o conjuntamente con otros, así como el derecho a solicitar a nombre de FIIAPP los registros de los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial que FIIAPP decida. Para ello, el adjudicatario estará a disposición de FIIAPP para firmar los documentos que XXXXXX considere necesarios para asegurar sus derechos.
40.3.3- La cesión a favor de XXXXXX se entiende concedida en exclusiva, para todo el mundo, por todo el tiempo de duración de los derechos y comprende la facultad de ceder los derechos a terceros. El adjudicatario garantiza que ni la cesión aquí regulada ni el uso por FIIAPP de los Materiales en la forma que aquí se permite infringirá derechos de terceros
40.4- Cesión de Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial a FIIAPP: software comercial.
40.4.1- El contratista otorgará a FIIAPP las licencias del software objeto de suministro especificadas en las Prescripciones Técnicas (“Software”), con carácter no exclusivo, intransferible (salvo en los supuestos de fusión, escisión, segregación, reorganización societaria o cesión, a perpetuidad hasta su paso a dominio público y sin limitación territorial alguna y con el alcance suficiente a fin de que FIIAPP, bien directamente o bien a través de los terceros que en su caso subcontrate o en los que externalice sus sistemas, equipos y aplicaciones, pueda utilizar el Software suministrado conforme a su finalidad propuesta en cuanto usuario legítimo del mismo.
40.4.2- El contratista asimismo acepta expresamente la cesión de los derechos de propiedad intelectual a FIIAPP en relación con toda la documentación técnica, de usuario y en general toda la realizada o aportada al amparo del presente Xxxxxx con el mismo alcance que el señalado en el párrafo anterior respecto del Software.
41. EFECTOS Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
41.1- Los efectos y extinción del Contrato se regirán por normas de derecho privado. No obstante lo anterior, le será aplicable lo dispuesto en el artículo 319 de la LCSP.
41.2- El Contrato se extinguirá por su cumplimiento o por su resolución. El Contrato se entenderá cumplido, a satisfacción de la Fundación, con la realización de la totalidad de las prestaciones objeto del contrato, en las condiciones estipuladas. A su vez, serán causas de resolución las establecidas con carácter general por el Derecho privado.
41.3- La resolución del Contrato por causas imputables al Contratista implicará la liquidación de las actuaciones por parte de la Fundación, que se obtendrá partiendo del importe de las actuaciones realizadas. A esta liquidación se le deducirán, las penalizaciones, así como las indemnizaciones que por daños y perjuicios hubiese lugar. La indemnización se hará efectiva sobre la garantía, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del Contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
41.4- Serán causas específicas de resolución del Contrato, las siguientes:
— La muerte o incapacidad sobrevenida del Contratista individual o la extinción o transformación de la personalidad jurídica de la Sociedad Contratista.
— El incumplimiento de las obligaciones de las partes, de acuerdo con los términos establecidos en este Pliego.
— El desistimiento unilateral de la Fundación, cuando por razones de urgencia, necesidades imprevisibles o previstas inevitables al momento de otorgarse el contrato, requiriesen la ejecución del mismo en condiciones técnicas o de plazo distintas a las pactadas y el contratista no pudiera ejecutarlas de acuerdo con las nuevas condiciones.
— El mutuo acuerdo de las partes.
— La imposibilidad física o legal de realizar el objeto del contrato.
— La falta de prestación por el contratista de la garantía definitiva.
— La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
— El incumplimiento de lo dispuesto en referencia a la subcontratación.
— El incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello.
— Razones de urgencia y/o imprevisibles.
— Incumplimiento de la obligación de guardar sigilo, respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato.
— Incurrir el Contratista, durante la vigencia del Contrato en alguna de las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 71 del LCSP, pérdida sobrevenida de la habilitación empresarial o profesional requerida para la ejecución del Contrato.
— La comisión de incumplimientos específicos cuando la cuantía de penalidades suponga un 10 % del importe de adjudicación.
— El incumplimiento de las siguientes obligaciones contractuales consideradas como esenciales para el desarrollo adecuado del servicio: obligaciones de estar al corriente de las cotizaciones devengadas a la seguridad social por sus trabajadores o salariales básicas relacionadas con el personal que presta los servicios objeto del contrato.
— Cualquier otra causa de resolución que se establezca expresamente en la documentación contractual.
42. IMPUGNACIONES Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
42.1-Vía Administrativa.
42.1.1- Recurso Ordinario.
De acuerdo con el artículo 44.6 de la LCSP, los actos que se dicten en este procedimiento de adjudicación se podrán impugnar en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas ante la Secretaría de Estado e Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe como órgano al que está adscrito la Fundación, en el plazo de un mes.
42.1.2- Recurso Especial en Materia de Contratación.
42.1.2.1- Conforme a lo establecido en el artículo 44.2 de la LCSP, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo las siguientes actuaciones:
a) Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la licitación.
b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de personas candidatas o licitadoras, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean
excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149 de la LCSP.
c) Los acuerdos de adjudicación.
d) Las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación.
42.1.2.2- El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles, computados en las formas previstas en el artículo 50 de la LCSP. No obstante si el recurso se funda en alguna de las causas de nulidad del artículo 39.2.c), d), e) o f) el plazo será de treinta días o seis meses, según los casos.
42.1.2.3- Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante el recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios.
42.1.2.4- La interposición del recurso especial en materia de contratación tendrá carácter potestativo, será gratuito para los recurrentes y su tramitación se ajustará a lo dispuesto en los artículos 44 a 59 de la LCSP.
42.1.2.5- Contra la resolución del recurso solo cabrá la interposición de recurso contencioso- administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Sin perjuicio de la interposición del recurso contencioso-administrativo, la resolución del recurso especial en materia de contratación será directamente ejecutiva.
42.2- Vía Jurisdiccional.
42.2.1- El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será competente para resolver las cuestiones relativas a la preparación, adjudicación y modificaciones contractuales en los términos establecidos en el artículo 27.1.c) de la LCSP.
42.2.1- El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción, salvo lo relativo a la modificación de los contratos que se regirá por lo dispuesto en los términos antes indicados, siendo competentes los Juzgados y Tribunales de Madrid capital con renuncia expresa de las partes a su propio fuero, caso de ser distinto.
ANEXO I MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía
recíproca), NIF……………………, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en
…………………, en la calle/plaza/avenida…………………………………, CP………………, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados) ,
………………………………………………………con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA
A la empresa (nombre y apellidos o razón social del avalado)……
…………………………………, con NIF , , ante la Fundación Internacional y para
Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público y en el Pliego de Condiciones Particulares que ha regido la licitación y para responder de las obligaciones derivadas del Contrato que tiene por objeto …………………………………, por importe de (en letra y en números) EUROS.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en la
LCSP.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Fundación.
El presente aval estará en vigor hasta que la Fundación, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
..…..………………………….(Xxxxx y fecha)
.…….………(Razón social de la entidad)
....……………(Firma de los apoderados)
ANEXO II
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número…………………………..
La entidad aseguradora , en adelante “el asegurador”, con NIF y con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la localidad de , calle nº y CP , debidamente representado por el apoderado/a D./Xx -
, con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento
ASEGURA
a , con NIF , en concepto de tomador de seguro, ante la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, en adelante “el asegurado”, hasta el importe de
(en cifra y letra)
Euros, en los términos y condiciones establecidos en la LCSP, normativa de desarrollo y pliego de condiciones particulares por la que se rige el Contrato que tiene por objeto
, en concepto de garantía definitiva, para responder de las obligaciones, penalizaciones y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en
la LCSP.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el Contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Fundación, en los términos establecidos en la LCSP.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la LCSP y legislación complementaria.
En………………………., a……………………de……………….de………..
Firma:
Asegurador
ANEXO III
(SOBRE 1)
DECLARACIÓN DE CAPACIDAD Y DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL
D./X.x , mayor de edad y con DNI/NIE nº , en nombre propio o en representación de la empresa , con domicilio social en
, y NIF nº en calidad de , interesado en la licitación convocada por la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Publicas para la contratación de
, bajo su personal responsabilidad, y a los efectos previstos en el artículo 140.1 c) de la Xxx 0/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx.
DECLARA
▪ Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella.
▪ Que cuenta con la correspondiente clasificación, en su caso, o que cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos, en las condiciones que establezca el pliego de conformidad
▪ No incurrir mi representada en causa de prohibición para contratar con el sector público conforme a lo previsto en el artículo 71.1 de la LCSP.
▪ Hallarme al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de comprometerme a aportar la justificación acreditativa de tal requisito antes de la formalización del contrato conforme a lo previsto en el Pliego de Condiciones Generales por el que se rige la contratación, de resultar mí representada adjudicataria.
En,…............................, a…..... de de ……
(Lugar, fecha y firma del licitador)
Fdo:
ANEXO IV (SOBRE 1)
DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS
D./X.x , mayor de edad y con DNI/NIE nº , en nombre propio o en representación de la empresa , con domicilio social en
, y NIF nº en calidad de , bajo su personal responsabilidad.
D./X.x , mayor de edad y con DNI/NIE nº , en nombre propio o en representación de la empresa , con domicilio social en
, y NIF nº en calidad de , bajo su personal responsabilidad.
Se comprometen a constituir una unión temporal de empresarias y/o empresarios, de conformidad con lo establecido en la LCSP, a efectos de participar en la licitación para la contratación del expediente
.
En el caso de resultar adjudicatarias se comprometen a formalizar en escritura pública la citada unión.
La participación en la unión temporal, de cada miembro es la que sigue:
XX%.
XX%.
Como persona representante de la citada unión se nombra a
Fecha
Firmas de cada miembro de la UTE
ANEXO V (SOBRE 1)
DECLARACIÓN SOBRE PERTENENCIA DEL LICITADOR A UN GRUPO DE EMPRESAS
D./X.x , mayor de edad y con DNI/NIE nº , en nombre propio o en representación de la empresa , con domicilio social en
, y NIF nº en calidad de , bajo su personal responsabilidad.
D./X.x , mayor de edad y con DNI/NIE nº , en nombre propio o en representación de la empresa , con domicilio social en
, y NIF nº en calidad de , bajo su personal responsabilidad
DECLARA
Que en relación con los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio (señalar lo que corresponda):
La licitadora no pertenece a ningún grupo de empresas y por tanto no se encuentra en ninguno de los supuestos del mencionado artículo.
A la presente licitación NO concurre ninguna otra empresa vinculada a la declarante.
A la presente licitación SÍ concurren otras empresas vinculada a la declarante, que son las siguientes:
Firmado por: Empresa Licitadora (razón social): Representante de la empresa: NIF de la empresa:
Fecha:
ANEXO VI (SOBRE 1)
DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE INTEGRACIÓN DE LA SOLVENCIA POR MEDIOS EXTERNOS
D./X.x , mayor de edad y con DNI/NIE nº , en nombre propio o en representación de la empresa , con domicilio social en
, y NIF nº en calidad de , interesado en la licitación convocada por la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Publica para la contratación de
, bajo su personal responsabilidad,
DECLARA
Que la empresa a la que represento pretende integrar la solvencia por medios externos para satisfacer los criterios de selección contemplados en el presente Xxxxxx.
▪ Identidad de los operadores económicos, medios o capacidades específicas (o clasificación, si procede), de cada uno, a las que se recurre:…………
▪ Si algún operador económico está incursa en alguna prohibición de contratar del artículo 71 de la LCSP, indíquelo a continuación:
Fecha y firma
ANEXO VII (SOBRE 1)
DECLARACIÓN RESPONSABLE PERSONAS JURÍDICAS
D./Xx. , mayor de edad y con DNI/NIE nº ,en calidad de
(apoderado, directora general, administrador único…) de la empresa
, con N.I.F. , y con domicilio a efectos de notificaciones en
, nº , CP , de la localidad de , a los efectos de dar cumplimiento a lo previsto en la normativa vigente de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo,
X X X X X X X X X
0 – Que los datos consignados en la documentación aportada para cumplir con la obligación de identificación formal establecida en el artículo 4 del Reglamento de la Ley 10/2010 son veraces, estando toda la información aportada vigente:
SI
NO
2 – Que la estructura de propiedad o control de la sociedad a la que representa es la siguiente:
No existe ningún socio / accionista con una participación superior al 25%.
Que la relación de los socios / accionistas con una participación superior al 25% es la siguiente:
NOMBRE COMPLETO DEL SOCIO O ACCIONISTA | PF / PJ | IDENTIFICACION | NACIONALIDAD | PARTICIPACIÓN (%) |
PF: persona física / PJ: persona jurídica
3 – Que las personas físicas que en último término poseen o controlan, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25% del capital o de los derechos de voto de la persona jurídica a la que represento, o que a través de acuerdos o disposiciones estatutarias o por otros medios ejercen el control, directo o indirecto, de la gestión de la persona jurídica, son:
No existe ninguna persona o personas físicas que en último término posea o controle, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25 % del capital o de los derechos de voto de la mercantil a la que represento, o que por otros medios ejerza el control, directo o indirecto, de la gestión de dicha mercantil.1
Los siguientes:
NOMBRE COMPLETO DEL TITULAR REAL | IDENTIFICACION | NACIONALIDAD | CONTROL (%) |
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4 - Que actúan como administradores, miembros del Patronato (para fundaciones) o miembros de la Junta Directiva (para asociaciones):
NOMBRE ADMINISTRADOR | PF / PJ | IDENTIFICACION | NACIONALIDAD |
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En el caso de que alguno de los administradores, patronos o miembros de la junta directiva anteriormente mencionados sea una persona jurídica, indicar el nombre de la persona física nombrada por el administrador persona jurídica:
SOCIEDAD | NOMBRE ADMINISTRADOR | IDENTIFICACION | NACIONALIDAD |
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Y para que conste, y a los efectos requeridos, se expide la presente.
En (…), a (…) de (….) de (…)
ANEXO VIII (SOBRE 1)
DECLARACIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA SOCIAL
D./X.x , mayor de edad y con DNI/NIE nº , en nombre propio o en representación de la empresa , con domicilio social en
, y NIF nº en calidad de , interesado en la licitación convocada por la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Publica para la contratación de
, bajo su personal responsabilidad,
DECLARA
A) Que la empresa a la que representa: (Marque la casilla que corresponda)
emplea a más de 250 trabajadores y cumple con lo establecido en el apartado 2 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad.
emplea a 250 o menos trabajadores y en aplicación del convenio colectivo aplicable, cumple con lo establecido en el apartado 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad.
en aplicación del apartado 5 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la empresa no está obligada a la elaboración e implantación del plan de igualdad.
B) Que a los efectos de lo dispuesto en el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, el número total de trabajadores en la empresa es de , por lo que:
La empresa no está sujeta a la obligación de contar con un 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener empleados a menos de 50 trabajadores.
La empresa está sujeta a la obligación de contar, al menos, con un 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener empleados a 50 o más trabajadores, siendo el número particular de trabajadores con discapacidad en la empresa de .
La empresa está sujeta a la obligación de contar, al menos, con un 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener empleados a 50 o más trabajadores, no obstante está exenta de esta obligación, cumpliendo con la de adoptar las medidas alternativas procedentes de conformidad con los establecido en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. En este supuesto deberá presentarse como documentación adjunta a esta declaración lo siguiente:
• Copia de la declaración de excepcionalidad y
• Declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas.
Fecha y firma
ANEXO IX (SOBRE 1)
DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN DE JUZGADOS Y TRIBUNALES ESPAÑOLES POR PARTE DE LICITADORES EXTRANJEROS
D./X.x , mayor de edad y con DNI/NIE nº , en nombre propio o en representación de la empresa , con domicilio social en
, y NIF nº en calidad de , interesado en la licitación convocada por la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Publica para la contratación de
, bajo su personal responsabilidad,
DECLARA
Que se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir de la presente licitación y, de resultar adjudicatario de la licitación, que puedan derivarse del contrato resultante de la misma, renunciando en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Que, además de lo anterior, la empresa a la que representa, perteneciente a un Estado que no es miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, aportará, de resultar adjudicatario de la licitación, la siguiente documentación:
▪ Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del Contrato.
▪ Informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 68 de la LCSP.
Fecha y firma
ANEXO X.
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACÓN DE FÓRMULAS (SOBRE Nº 2)
A. PROPOSICIÓN ECONÓMICA MENSUAL (MÁXIMO 1.500 €)
D./Xx mayor de edad, vecino de. y con
D.N.I. nº............................. en nombre propio o en representación de la Empresa
.............................................................................., con domicilio social en
.............................................., y NIF nº al objeto de participar en la licitación que tiene por
objeto
, y que ha sido convocado por la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, manifiesta lo siguiente:
Se compromete a ejecutar la prestación a la que concursa con sujeción a los requisitos y condiciones exigidas por el precio de:
Precio €
…% Impuestos …………………€ Total €
(indicar desagregado precio e impuestos)
B. OTROS CRITERIOS TÉCNICOS AUTOMÁTICOS (Máximo 80 puntos)
CRITERIOS TÉCNICOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA | OFERTA DECLARADA POR EL LICITADOR (*) |
Experiencia en gestión administrativa y logística/ organización de eventos (visitas de estudio, reuniones de alto nivel), de al menos 6 meses en proyectos de cooperación internacional y/o comercio internacional | |
Experiencia laboral en organizaciones españolas sector público/privado/ o tercer sector mínima de 6 meses | |
Experiencia en operaciones logísticas de envíos internacionales y recepción de suministros. Incluyendo gestiones relativas al desaduanaje de los envíos. | |
Experiencia en traducción y/o interpretación del idioma español – francés – español |
Experiencia en contabilidad y auditoría | |
Conocimientos xx xxxxxx ➢ |
En..............................., a........de..........de (Xxxxx, fecha y firma del licitador)
Fdo:
(*) El licitador incluirá en la columna de la derecha las declaraciones a que hace referencia el apartado expresando con claridad cuál es la oferta para que sea valorada de modo automático. En caso de no ofertar un determinado aspecto deberá incluir en el apartado correspondiente de la columna de la derecha la expresión “NO SE OFERTA”.