Contract
Convenio entre la Agencia Valenciana de la Innovación y la Fundación de la Comunitat Valenciana Ciudad Politécnica de la Innovación para impulsar la transferencia de conocimiento y tecnología entre Universidad- Empresa, y apoyar el emprendimiento innovador
En la fecha de la firma electrónica certificada
Reunidos
De una parte, D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, en calidad de vicepresidente ejecutivo de la Agencia Valenciana de la Innovación, NIF Q0300865C, en adelante AVI, actuando en nombre y representación de dicha institución y de conformidad con las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 14.1.k) de la Ley 1/2017, de 1 de febrero, de la Generalitat, por la que se crea la AVI, (DOGV 08.02.2017), y autorizada la firma de este convenio por Acuerdo del Consell de fecha 7 de julio de 2023 de acuerdo con lo establecido en el artículo 160.1.b) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, y el artículo 12.6.b) del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el cual se regulan los convenios que subscriba la Generalitat y su registro.
De otra parte, D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, en calidad de director-gerente de la Fundación de la Comunitat Valenciana Ciudad Politécnica de la Innovación, con NIF número G97987390, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Valenciana con el número 488 (V) en fecha 30 de julio de 2008, actuando en nombre y representación de dicha entidad, en virtud de los poderes que tiene conferidos mediante escritura pública de fecha 29 de julio de 2022, ante el notario de València Xx. Xxxxxx X. Xxxx Xxxxxxxx, con el número de protocolo 1689.
Ambas Partes, en la representación que ejercen, se reconocen mutua capacidad legal para obligarse y convenir en los términos de este convenio y
Exponen
I.- Que la AVI es una entidad de derecho público de la Generalitat, de las previstas por el artículo
155.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, facultada para ejercer potestades administrativas y realizar actividades prestacionales y de fomento destinadas al desarrollo de las políticas públicas que la administración de la Generalitat aplique para el fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación.
El objeto general de la AVI es la mejora del modelo productivo valenciano mediante el desarrollo de su capacidad innovadora para la consecución de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Para ello, la Agencia diseñará y coordinará la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana, y promoverá el fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación en su conjunto, impulsando la generación, difusión, intercambio y explotación de conocimiento.
Para la consecución de estos objetivos, tal como establece el artículo 6 de la Ley 1/2017, de 1 de febrero de creación de la AVI, entre sus funciones se establece la suscripción de convenios con entidades que desarrollen actividades innovadoras.
II. Que el artículo 22.2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 168.1. A) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, prevén la concesión directa de las subvenciones nominativas recogidas en la ley de presupuestos.
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Que, en el presupuesto de la AVI para el presente ejercicio, aprobado por Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, existe una línea presupuestaria de ayuda por concesión directa para impulsar la transferencia de conocimiento y tecnología entre Universidad- Empresa, y apoyar el emprendimiento innovador con código S0648000 y título “Parques Científicos de la Comunitat Valenciana. Fomento del emprendimiento innovador” por un importe de 1.750.000,00 euros.
Esta línea de subvención está recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Agencia Valenciana de la Innovación para el periodo 2023-2025, aprobado por resolución de 6 de febrero de 2023 de la consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, como parte integrante del Plan estratégico de subvenciones de la Conselleria (DOGV 8.2.2023).
III. Que en la relación de personas beneficiarias de la ayuda prevista en la línea nominativa indicada anteriormente se encuentra la Fundación de la Comunitat Valenciana Ciudad Politécnica de la Innovación, en adelante Fundación CPI, con un importe de ayuda de 350.000,00 euros.
IV. Que la Fundación CPI está constituida por la Universitat Politècnica de València como una fundación de carácter científico, tecnológico y de promoción del desarrollo económico, sin ánimo de lucro, bajo la tutela del protectorado que ejerce la Generalitat Valenciana.
La Fundación CPI tiene la condición de medio propio de la Universitat Politècnica de València y puede asumir encargos de gestión para la realización de actas de cualquier naturaleza en relación con materias de carácter científico, tecnológico y de fomento de la investigación y el emprendimiento, y también de transferencia de conocimiento que contribuyan a la consecución de las finalidades propias de la Universitat Politècnica de València.
El objeto o la finalidad principal de la Fundación es la realización, de manera directa o concertada, de actuaciones de apoyo a la investigación aplicada y a la transferencia de conocimiento y tecnología en la Ciudad Politécnica de la Innovación, y entre esta y el entorno empresarial, y viceversa, destacando, prioritariamente, las tareas de promoción, orientación, gestión y financiación de la investigación y de sus infraestructuras, la difusión y la explotación de sus capacidades y sus resultados, y también la promoción de la innovación empresarial, la atracción de recursos y la gestión de las relaciones con empresas e instituciones.
V. Que la Fundación CPI declara:
- que cumple las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y las concordantes incluidas en el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- que no está incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- que no está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda al beneficiario ilegal e incompatible con el mercado interior, ni está en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión, de 17 xx xxxxx de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L 187 de 26.06.2014).
- que, para el ejercicio de su actividad, dispone de las autorizaciones administrativas preceptivas inscritas en los registros públicos pertinentes, y cumple con cualesquiera otros requisitos exigidos por las disposiciones aplicables.
- que no tiene solicitada ni concedida ninguna otra ayuda de las distintas administraciones públicas o de otros entes públicos o privados para la misma finalidad.
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- que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ni es sujeto deudor por resolución de procedencia de reintegro, así como otorga su consentimiento para que la AVI obtenga de forma directa la acreditación sobre el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Conselleria competente en materia de Hacienda o Tributos.
Estas declaraciones implican el compromiso de mantener el cumplimiento de lo declarado durante el periodo de tiempo vinculado a la duración del convenio, derecho de cobro incluido, comprometiéndose a declarar las posibles alteraciones de las circunstancias recogidas en esta declaración en el momento en el que éstas se produzcan.
Por todo ello, las partes, de común acuerdo, declaran su voluntad de suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
Cláusula
Primera. Objeto
El objeto del presente convenio es formalizar la concesión y el establecimiento de sus bases reguladoras, referidas a la subvención nominativa prevista en la Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, con cargo al presupuesto de la AVI, línea nominativa S0648000, dotada con un importe de trescientos cincuenta mil (350.000) euros, de la que es beneficiaria la Fundación CPI.
Dicha subvención irá destinada a la ejecución del proyecto consistente en impulsar la transferencia de conocimiento y tecnología entre Universidad- Empresa, y apoyar el emprendimiento innovador.
Segunda. Actuaciones y requisitos del proyecto
Las actuaciones que se llevarán a cabo por parte de la Fundación CPI para la ejecución del proyecto y que serán objeto de financiación por la AVI, siempre que se ajuste a su correcta realización y justificación en los términos recogidos en este convenio, son las que aparecen detalladas en el anexo técnico, donde se exponen las actividades que se tienen que desarrollar, así como los costes necesarios para la ejecución del proyecto.
Las iniciativas a desarrollar promoverán la transferencia de conocimiento y tecnología entre Universidad-Empresa, es decir, la conversión del conocimiento en innovaciones aprovechables por las empresas, y realizará las acciones necesarias para que se facilite esta transferencia, a través del apoyo al emprendimiento innovador y el apoyo a la I+D independiente y la mejora del impacto de las acciones de difusión de los resultados obtenidos a través de estas iniciativas.
De conformidad con lo establecido en la cláusula décimo tercera, las actividades realizadas al amparo del presente convenio deberán tener la consideración de actividades no económicas. Así mismo, las innovaciones desarrolladas se difundirán ampliamente por la entidad beneficiaria, de forma no discriminatoria y no exclusiva, y los beneficios generados por la transferencia de resultados deberán volverse a invertir en actividades no económicas de la Fundación CPI.
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Tercera. Obligaciones de la AVI
La AVI financiará el 100 por ciento de los gastos subvencionables del proyecto mediante la aportación a la Fundación CPI de trescientos cincuenta mil (350.000) euros con cargo a la dotación prevista en la línea S0648000 de su presupuesto para el ejercicio 2023. La aplicación económica es la 21.00131 correspondiente a la orgánica de la AVI (sección 21, entidad 00131) y el subconcepto económico de esta línea es el 781, vinculado, por tanto, al capítulo 7 de gasto.
Cuarta. Obligaciones de Fundación CPI
Sin perjuicio de la concreción de las obligaciones contenidas en el resto de cláusulas de este convenio, la entidad beneficiaria de esta subvención deberá sujetarse, asimismo, a las siguientes obligaciones, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones. A este respecto, debe cumplirse con lo dispuesto en el anexo de este convenio.
b) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. A este respecto, debe cumplirse con lo dispuesto en la cláusula sexta de este convenio.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. A este respecto, debe cumplirse con lo dispuesto en la cláusula décimo primera de este convenio.
d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. A este respecto, debe cumplirse con lo dispuesto en la cláusula novena de este convenio.
Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Acreditar con anterioridad a la firma de este documento, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como antes del pago, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula séptima de este convenio.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos faciliten el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. A este respecto, debe cumplirse con lo dispuesto en la cláusula sexta de este convenio.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. A este respecto, debe cumplirse con lo dispuesto en la cláusula sexta de este convenio.
h) Adoptar las medidas de difusión contenidas en la cláusula décimo quinta de este convenio.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, conforme prevé la cláusula décimo segunda de este convenio.
Quinta. Gastos subvencionables y periodo elegible
Al amparo de este convenio, el periodo de elegibilidad de los gastos subvencionables del proyecto será el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023
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Serán subvencionables los siguientes gastos, siempre que estén directamente relacionados con el proyecto y se imputen dentro del período elegible del mismo:
a) Gastos de personal, tanto existente como de nueva creación, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto. Los gastos de personal podrán referirse a doctores o doctoras, personas tituladas universitarias y personal técnico y auxiliar.
No se consideran gastos subvencionables de personal los siguientes:
• Las horas extraordinarias, los pagos por beneficios en el caso de que su período de devengo no se encuentre dentro del plazo de ejecución del proyecto, los pagos en especie; las vacaciones no efectuadas; las indemnizaciones por suspensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contrato; las percepciones por matrimonio.
• Los complementos o pluses salariales (antigüedad, conocimientos especiales, complementos de lugar, complementos en función del resultado de la empresa, complementos de cuantía y cantidad) no serán subvencionables, excepto que se encuentren contemplados en el convenio colectivo, en el contrato de la persona o en la normativa reguladora de la Fundación CPI.
b) Gastos de contratos de investigación y desarrollo con centros tecnológicos u organismos de investigación destinados de manera exclusiva al proyecto.
c) Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia xx xxxxxxx externas en condiciones de plena competencia.
d) Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto. No se consideran gastos subvencionables aquellos consistentes en soporte de gestión para la presentación de la solicitud de ayuda o para la justificación de la ejecución del proyecto.
e) Gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecución del proyecto, puesto que dicha propiedad corresponderá a la entidad subvencionada.
f) Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
g) Gastos de inversión en equipamiento científico y demás material inventariable, necesario para el desarrollo de las actividades. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
h) Gastos de publicación y difusión en ámbitos empresariales de los resultados directamente relacionados con el proyecto.
i) Gastos de servicios externos de consultoría destinados a garantizar la transferencia y aplicabilidad a las empresas de los resultados del proyecto.
j) Gastos derivados de actividades de formación del personal propio de la entidad solicitante vinculado con las actividades del proyecto imprescindibles para la ejecución del proyecto.
k) Gastos de hospedaje y transporte del personal propio de la entidad solicitante vinculado con las actividades del proyecto. Respecto a los gastos de transporte, únicamente serán elegibles los gastos de desplazamiento en medios públicos de transporte interurbano. Los gastos que se imputen estarán limitados por los importes establecidos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios y sus respectivas modificaciones. Para los gastos realizados en el extranjero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del citado Decreto 24/1997, de 11 de febrero, se aplicarán los límites fijados en el Real Decreto 462/2002, de 24 xx xxxx, sobre indemnizaciones por razón del servicio o, en su defecto, la normativa que la sustituya o complemente, considerándose clasificado como regla general de Grupo 2 el personal de la entidad beneficiaria, salvo que se ajuste expresamente por razón de su puesto o cargo a otro de los Grupos regulados en el anexo I de este Real Decreto.
l) Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto.
m) En su caso, los tributos abonados efectivamente por la entidad beneficiaria. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta, lo que deberá acreditarse fehacientemente.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, las actividades de industrialización, investigación, desarrollo e innovación y de formación de capital humano, tendrán la consideración de operaciones de capital teniendo en cuenta su impacto plurianual y
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su vinculación a la reactivación económica.
Sexta. Justificación de las actuaciones
La Fundación CPI deberá presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto con fecha límite del 5 de febrero de 2024. Los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2023, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posterioridad a la citada fecha límite anterior, se presentarán como máximo el 3 xx xxxxx de 2024.
La justificación se realizará mediante el sistema de cuenta justificativa con aportación de informe de persona o entidad auditora de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas previsto en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
La cuenta justificativa contendrá la siguiente documentación:
1. Una memoria técnica justificativa con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Se deberá incluir de forma detallada información sobre el desarrollo y el grado de cumplimiento del proyecto, así como, en su caso las desviaciones producidas y sus causas. Se incluirán los siguientes puntos:
- Objeto y finalidad del proyecto y actuaciones relacionadas.
- Contenido y alcance de los resultados del proyecto.
- Plan de trabajo, con referencia expresa a cada una de las actuaciones del proyecto.
- Descripción detallada de los conceptos de gasto justificados, con referencia a su vinculación a las actuaciones del proyecto.
- Cambios producidos en las diferentes partidas del presupuesto con indicación de los motivos de cambio.
2. Una memoria económica justificativa de los gastos y pagos efectuados, que incluirá.
2.1 Relación detallada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación de la persona o entidad acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. En su caso, relación de las cantidades inicialmente presupuestadas y las desviaciones acaecidas.
2.2 Las facturas, nóminas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior, y los documentos acreditativos del pago.
La documentación acreditativa del pago a que hace referencia el párrafo anterior, podrá ser sustituida por una certificación de la persona que asuma la representación legal de la entidad de que los gastos e inversiones de la actividad han sido pagadas en su totalidad y de que la documentación original acreditativa del pago realizado se encuentra en las dependencias de la misma, sin perjuicio de que la persona o entidad auditora para la elaboración de su informe deba comprobar la existencia de los documentos acreditativos del pago de conformidad con la Orden EHA/1434/2007 citada en el punto 2.5.
El gasto de las cuotas de Seguridad Social correspondientes a 2023, pero que deban ser presentadas con posterioridad a la fecha límite de presentación, se acreditará a dicha fecha límite que es la del 5 de febrero de 2024, para poder efectuar su pago, mediante una certificación emitida por representante legal de la Fundación CPI, excepcionándose para este tipo de gasto y siendo suficiente la certificación citada, haciendo uso de la excepción habilitada por el artículo
31.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Lo dispuesto en el anterior párrafo, se entiende sin perjuicio de que la Fundación CPI deberá aportar justificación del pago efectivo de esas cuotas a ingresar a la Seguridad Social una vez éste se haya efectuado, como máximo el 3 xx xxxxx de 2024, incurriéndose en caso contrario, en
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causa de reintegro de conformidad con lo establecido en el artículo 37.1.c de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. De la correcta recepción y justificación de dicho pago deberá incorporarse diligencia en el expediente que se tramite de la ayuda.
Serán subvencionables los gastos incurridos en la realización del proyecto siempre que la fecha del justificante de gasto se encuentre comprendida en el periodo de ejecución del mismo indicado en la cláusula quinta.
Los documentos de pago emitidos por la entidad beneficiaria pueden tener fecha de vencimiento posterior al periodo de ejecución del proyecto que se justifica, siempre que dicha fecha esté comprendida dentro del plazo concedido para presentar la documentación justificativa indicada en el primer párrafo de esta cláusula.
En todo caso, no se admitirán los pagos en efectivo.
En la ejecución de los proyectos se deberá mantener además un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones relacionadas con el proyecto, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional, que permita identificar las transacciones relacionadas, de la toma de razón contable de la ayuda concedida, de los gastos e inversiones del proyecto, de la salida de fondos para el pago de dichos gastos e inversiones y de la recepción de los bienes financiados.
2.3 Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor en la normativa básica de contratación del sector público vigente se estará a lo establecido en los procedimientos en ella establecidos y, en especial, la disposición adicional 54ª de la Ley 9/17, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere dichas cuantías se indicará el tipo y denominación del contrato administrativo, código del expediente de contratación, la descripción del procedimiento seguido (abierto, restringido, negociado con o sin publicidad, o el que corresponda) y la forma de adjudicación (único criterio precio o varios criterios). Se acompañará de copia completa del expediente del procedimiento de contratación seguido.
No obstante, dicha copia completa del expediente de contratación, podrá ser sustituida por una certificación de la persona que asuma la representación legal de la entidad de que se ha cumplido el procedimiento legalmente previsto para esta entidad en la normativa de contratación del sector público.
2.4 Certificación de no haber recibido otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada.
2.5 Informe realizado por persona física o jurídica auditora de cuentas inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas en el que detallará las comprobaciones realizadas y hará constar todos aquellos hechos o excepciones que pudieran suponer un incumplimiento por parte de las entidades beneficiarias de la normativa aplicable o de las condiciones impuestas para la percepción de la subvención. La persona auditora de cuentas que lleve a cabo la revisión de la cuenta justificativa se ajustará a lo dispuesto en la Orden EHA/1434/2007, de 17 xx xxxx, por la que se aprueba la norma de actuación de la persona física o jurídica auditora de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del sector público estatal, previstos en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La entidad beneficiaria estará obligada a poner a disposición de la auditoría cuantos libros, registros y documentos le sean solicitados para efectuar la revisión, así como a conservarlos al objeto de las actuaciones de comprobación y control previstas en la legislación vigente. En su caso, deberá confeccionar y facilitarle la declaración que contenga una relación detallada de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación de su importe, procedencia y aplicación.
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2.6 Justificación gráfica de la actuación objeto de la ayuda que acredite que la misma se ha realizado de conformidad con las especificaciones y condiciones establecidas en este convenio y que responda a las facturas referidas en el apartado 2.2.
2.7 Acreditación del cumplimiento de las normas de transparencia, suministro de información y datos abiertos exigidas en la cláusula décimo quinta.
2.8 En relación con los gastos de servicios externos, deberá presentarse la siguiente justificación documental acreditativa:
Copia de los informes, estudios o memorias resultantes de los trabajos llevados a cabo por el proveedor externo. En caso de que los trabajos no se concreten en un informe que justifique el gasto, deberá presentarse documentación equivalente que demuestre la prestación del servicio (como, por ejemplo, actas de reuniones, informe del proveedor con el detalle de las actuaciones realizadas, los resultados de ensayos y pruebas de laboratorio, la tipología de las tareas de ingeniería y diseño realizadas, publicaciones, material divulgativo de promoción y difusión, etc.).
La forma de justificación deberá realizarse a través de los medios disponibles en la página web de la AVI xxxx://xxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx/, con firma y registro electrónico. El órgano concedente podrá elaborar instrucciones de justificación aclaratorias, que desarrollen lo establecido en el presente convenio. Dichas instrucciones serán remitidas por la AVI a la Fundación CPI.
La Fundación CPI deberá mantener a disposición de la AVI y de las autoridades de gestión, certificación y auditoría, todos los documentos justificativos relacionados con los gastos y pagos objeto de la ayuda durante un periodo de cinco años.
En el supuesto de adquisición de bienes inventariables les será de aplicación lo establecido en los apartados 4 y 5 del artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. El periodo durante el cual la Fundación CPI debe destinar los bienes adquiridos al fin concreto de la subvención será de cinco años para los bienes inscribibles en registro público y de dos años para bienes no inscribibles en dicho registro.
La AVI se reserva el derecho de solicitar toda la documentación adicional que se considere precisa en relación con la justificación de los gastos.
La justificación de los gastos de personal se basará en un sistema de control que recoja, para cada persona empleada imputado a las actuaciones objeto de subvención, las tareas desarrolladas y las horas dedicadas a las actividades objeto del convenio.
Séptima. Pago de la ayuda, anticipos y garantías
El pago de la ayuda se realizará una vez cumplido lo establecido en la cláusula sexta de este convenio.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá anticiparse el pago de la ayuda de acuerdo con las condiciones establecidas en el artículo 171 la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones y con lo previsto en el artículo 44.13 letra b) de la Ley 9/2022 de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, el cual establece que podrá librarse hasta el 100% de su importe una vez concedida, estando exento de la obligación de prestar garantía de acuerdo con el artículo 44.18 letra o), de la citada Ley 9/2022.
No podrá realizarse el pago o anticipo de la ayuda en tanto que no se haya verificado que la Fundación CPI se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
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Octava. Comisión de seguimiento
En el marco del objeto del presente convenio, se constituirá una comisión de seguimiento formada por cuatro miembros, dos personas designadas por la AVI, siendo una de ellas la persona que ocupe su Secretaría General, que asumirá la presidencia de la Comisión, sin perjuicio de su delegación, o en su caso suplencia, y quien además nombrará a la otra persona en representación de la AVI y, por otra parte, dos personas designadas por la Fundación CPI.
La secretaría será ejercida por uno de los representantes de la Fundación CPI. Por invitación de la presidencia, la comisión podrá estar asistida por personas expertas, con voz, pero sin voto, que tengan un perfil profesional o competencia técnica acorde con la materia objeto de la ayuda, a propuesta de las partes.
Son funciones de la comisión las siguientes:
-Supervisar la ejecución del convenio, así como adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actividades convenidas, incluyendo al efecto la solución, en primera instancia, de las controversias de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio suscrito.
-Informar a las partes de los retrasos e incidencias que se puedan presentar durante la ejecución del convenio.
En el ejercicio de la potestad genérica contemplada en la primera de las funciones relacionadas, le corresponderá a esta Comisión, entre otras que asimismo pudiera adoptar:
- Proponer alteraciones en la distribución de los gastos subvencionables entre las distintas actuaciones del proyecto, según se establece en la cláusula décima.
- Acordar los comunicados y notas de prensa a emitir conjuntamente o por cada una de las partes.
Para el cumplimiento de sus funciones, la comisión se reunirá cuatrimestralmente, y al menos una vez, en sesión ordinaria y cuantas veces lo solicite alguna de las partes en sesión extraordinaria. Se considera constituida la comisión cuando estén representadas todas las partes y estén presentes las personas que asuman la presidencia y la secretaría.
El órgano de la AVI al que se destinarán las actas de la comisión de seguimiento será la Subdirección General de Programas de Innovación.
Respecto al régimen de funcionamiento de la comisión de seguimiento se estará lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
A efectos de la adopción de acuerdos, la presidencia dirimirá con su voto en caso de empates.
En la designación de las personas representantes de esta comisión, se procurará por ambas partes la presencia equilibrada de hombres y mujeres.
En ningún caso la pertenencia a esta comisión deberá interpretarse como una creación de vínculo laboral o empresarial alguno entre las partes.
De forma expresa se hace constar que las funciones de este órgano de seguimiento no pueden suponer un detrimento o minoración de las prerrogativas que atribuye la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones a la AVI como ente concedente de la subvención.
Novena. Incompatibilidad con otras ayudas
La subvención que se regula en este convenio es incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la ejecución de las actividades financiadas, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
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Décima. Alteración de los gastos subvencionables previstos en el presupuesto del anexo técnico
A petición de la Fundación CPI y previo informe favorable de la comisión de seguimiento prevista en el convenio, la AVI podrá autorizar, mediante la correspondiente resolución de la persona titular de la vicepresidencia ejecutiva de la AVI, variaciones superiores al 20 por ciento entre los importes asignados a cada uno de los gastos subvencionables recogidos en el anexo técnico, pudiendo añadirse a tal efecto alguno de los tipos de gastos elegibles establecidos en la cláusula quinta y no fijados en el citado anexo, siempre y cuando estas variaciones no supongan un incremento del importe de la subvención total prevista, ni se altere el objeto del proyecto.
El plazo máximo para efectuar la solicitud de modificación será el 29 de noviembre de 2023.
Se autorizan, sin necesidad de solicitarlo ni de resolución expresa, alteraciones en la distribución de los gastos subvencionables que figuren en el anexo técnico que supongan variaciones, para cada coste subvencionable, de máximo el 20 por ciento del importe indicado en el citado anexo, pudiendo asimismo añadirse a tal efecto alguno de los tipos de gastos elegibles establecidos en la cláusula quinta y no fijados en dicho anexo, cuyo gasto inicialmente previsto es, por tanto, de 0 (cero) euros. En este caso el importe subvencionable del nuevo coste será, como máximo, igual al 10% del total del presupuesto del proyecto indicado en el anexo.
En caso de alteraciones en la distribución de los gastos subvencionables indicadas en el párrafo anterior, las minoraciones de los gastos subvencionables con ejecución inferior a la prevista se compensarán con los incrementos de los que hayan tenido una ejecución superior, siempre que no se altere el importe total de la ayuda ni el objeto previsto en el proyecto.
Las compensaciones indicadas en esta cláusula deberán detallarse y justificarse en la memoria técnica prevista en la cláusula sexta.
Décimo primera. Actuaciones de comprobación y control
La AVI comprobará la adecuada justificación de la subvención, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión.
La comprobación administrativa de la documentación aportada para la justificación de la ayuda, así como de la efectiva realización material de la actividad y cumplimiento de la finalidad de la misma, se llevará a cabo en los términos establecidos en el plan general de control que deberá ser aprobado por el órgano concedente con carácter previo a su ejecución, según lo establecido en el artículo 169 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.
El plan general de control de subvenciones será publicado en el portal de transparencia de la AVI en la dirección xxxxx://xxxxxxx.xx/xx//xxxxxx/xxxxxxxxxx_xxxxxxxx_x_xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx/
La Fundación CPI estará sometida a las actuaciones de comprobación, verificación y control a efectuar por la AVI, así como por los órganos competentes de la Generalitat, de la Administración General del Estado, y a lo establecido en la normativa relativa a la gestión de las ayudas y a cualquier otra normativa aplicable.
Décimo segunda. Minoración, revocación y reintegro
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando el cumplimiento por la entidad beneficiaria se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por esta una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, se procederá a minorar o en su caso reintegrar la cantidad correspondiente. Para ello, se tendrán en cuenta las instrucciones dictadas por el vicepresidente ejecutivo de la AVI donde se recogen los criterios de minoración proporcional que resulten aplicables, las cuáles están recogidas en el siguiente enlace: xxxxx://xxxxxxx.xx/xx- content/uploads/2021/11/211122_instrucciones_minoracion_nominativas.pdf
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En el caso de que se produzca un incumplimiento total o parcial pero que no se aproxime de forma significativa al cumplimiento total en la forma recogida en el párrafo anterior, así como en el caso de la obtención concurrente de otras ayudas y subvenciones para la ejecución de las actuaciones previstas en este convenio, procederá la revocación total de la ayuda, y en su caso la tramitación del oportuno reintegro, previa audiencia a la persona interesada.
A efectos de entender conseguida la aproximación de modo significativo al cumplimiento total, citada en los dos párrafos anteriores, es requisito imprescindible que el gasto mínimo que las entidades beneficiarias tienen que haber realizado y justificado correctamente, sea al menos de un 50% del gasto considerado subvencionable en la pertinente resolución de concesión, excepto en los casos en que el beneficiario justifique adecuadamente que el menor gasto en la ejecución del proyecto no afecta a los resultados obtenidos y a la correcta realización de la finalidad de la ayuda.
La obligación de reintegro será independiente de las sanciones que, en su caso, resulten exigibles, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.1 de la Ley 38/2003.
Todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el cual, prevé causas de reintegro que serán aplicables al presente convenio, siendo de igual modo de aplicación lo fijado en el artículo 172 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
En caso de tener que proceder a la devolución de dinero recibido, sin perjuicio de la tramitación del procedimiento de reintegro por la entidad concedente, la persona perceptora puede proceder antes de este a efectuar por iniciativa propia la devolución voluntaria, conforme a lo previsto en el artículo 90 del Reglamento que desarrolla la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio.
La devolución voluntaria se realizará por medio de transferencia bancaria previa comunicación de dicho extremo por parte de la persona beneficiaria a la Agencia Valenciana de la Innovación que proporcionará los datos necesarios para hacerla efectiva.
Décimo tercera. Compatibilidad con la normativa europea sobre ayudas públicas
De acuerdo con el artículo 7.4 del Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.1.9 de la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, (DOUE 2016/C 262/01) no se aplicará lo establecido en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, por lo tanto, no tendrán la consideración de ayudas estatales, las ayudas previstas en este convenio ya que se otorgan a una entidad sin ánimo de lucro la cual, en el marco de las actuaciones recogidas en este convenio,no ofrece bienes y servicios en un mercado.
Su objetivo consiste en llevar a cabo acciones al servicio del interés general público, fundamentalmente actuaciones de difusión de conocimiento, las cuales constituyen servicios de carácter universal e indiscriminado a los que tendrán acceso todas las empresas, centros de formación, organismos de apoyo y cualesquiera otras entidades.
En todo caso, la entidad queda obligada a destinar la ayuda recibida a usos relacionados exclusivamente con actividades no económicas, quedando excluidas del objeto de la subvención la prestación de servicios realizados por cuenta de empresas y cualesquiera otras actividades de naturaleza económica que impliquen la oferta de bienes o servicios en el mercado o que supongan una ventaja para una determinada empresa.
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Décimo cuarta. Subcontratación
No cabe la subcontratación.
Décimo quinta. Transparencia, suministro de información y datos abiertos
Las partes entienden que la divulgación pública del presente convenio es un elemento esencial del mismo, por ello, en todo lo referente a la comunicación externa del programa, la AVI y la Fundación CPI deberán estar en coordinación en todo momento.
Durante la ejecución del convenio la Fundación CPI informará del apoyo financiero obtenido de la AVI, al menos, a través de su página web, y colocando un cartel con información, de un tamaño mínimo A3, en un lugar visible para el público.
Una vez finalizada la operación la Fundación CPI:
a) Llevará a cabo una breve descripción del proyecto en su página web con sus objetivos y resultados y con mención del apoyo financiero de la AVI.
b) Colocará una placa o cartel permanente de tamaño significativo en un lugar visible para la ciudadanía cuando la operación consista en la compra de un objeto físico, en la financiación de una nueva infraestructura o en trabajos de construcción.
Los materiales de difusión de los resultados de la actuación evitarán cualquier imagen discriminatoria de la mujer, fomentando la igualdad y la pluralidad de roles. Así mismo, se deberá evitar el uso de un lenguaje sexista.
Asimismo, deberán cumplirse por ambas Partes sus obligaciones en materia de Transparencia, fijadas, tanto en la normativa básica estatal: Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, como en la normativa autonómica: Ley 1/2022, de 13 xx xxxxx, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana,
Décimo sexta. Comunicaciones electrónicas
La presentación de documentación por parte de Fundación CPI, relativa a cualquier trámite correspondiente al presente convenio, se realizará utilizando los medios electrónicos establecidos por la AVI a través de la plataforma de aportación de documentación sita en el enlace siguiente, indicando el número de expediente INNCON/2023/6, xxxxx://xxx.xxx.xx/xx/xxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx?xx_xxxxx00000&xxxxxxxxxxx
Asimismo, las comunicaciones que la AVI realice a la Fundación CPI serán a través de la Carpeta ciudadana del Punto de acceso general de la Generalitat Valenciana en la dirección web xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxxxxxx/xxxxxx.xxxx?xxxxxxxxx y se dirigirán a Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, cuya dirección electrónica es xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx.
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Décimo séptima. Independencia
La formalización del presente convenio no implica la existencia de asociación o creación de ningún tipo de entidad conjunta de colaboración, de tal forma que ninguna de las partes podrá obligar y vincular a la otra en virtud de este convenio y permanecerán independientes entre sí, sin que medie relación alguna de representación o agencia.
La suscripción de este convenio no supone relación laboral o de cualquier otro tipo entre las personas profesionales que vayan a desarrollar las actividades y la AVI, sin que se le pueda exigir tampoco responsabilidad alguna, directa ni subsidiaria, por actos o hechos acontecidos en el desarrollo de actividades.
Décimo octava. Protección de datos de carácter personal
1. La gestión de la presente subvención comporta el tratamiento de datos de carácter personal, por lo tanto, son aplicable las medidas y garantías reguladas en la normativa en materia de protección de datos, especialmente el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
2. En cumplimiento de lo que se dispone en el artículo 13 del citado reglamento, la información en materia de protección de datos es la siguiente:
a) Tiene la condición de responsable del tratamiento la Agencia Valenciana de la Innovación.
b) La finalidad para el tratamiento de datos personales será la gestión de la subvención concedida.
c) Las bases de legitimación general aplicables al tratamiento de datos serán las reguladas en el arte. 6.1 c) y e) del Reglamento general de protección de datos (el interés público y la obligación legal) en relación con las normas específicas que regulan este procedimiento.
d) Los datos se comunicarán a los siguientes destinatarios/xxxxx o categorías de destinatarios/xxxxx:
- La base de datos nacional de subvenciones y la intervención (que corresponda); todo esto, en cumplimiento de obligaciones legales exigibles al responsable.
- Así mismo, se publicarán las subvenciones concedidas en el portal de transparencia con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios.
e) El responsable podrá efectuar, en el ejercicio de sus competencias, las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos declarados por la persona interesada y que abren en poder de las administraciones públicas.
f) Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir la finalidad para la cual se recaban y para determinar las posibles responsabilidades que se puedan derivar de esta finalidad y del tratamiento de los datos y en conformidad con la normativa de archivos y documentación. Sin embargo, los datos personales podrán conservarse durante periodos más largos siempre que se tratan exclusivamente con fines de archivo en interés público, hasta de investigación científica o histórica o hasta estadísticos, sin perjuicio de la aplicación de las medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de proteger los derechos y libertades de la persona interesada. En todo caso, la información que se publique en el portal de transparencia estará disponible en este durante el año de concesión y el año siguiente; pasado ese plazo los datos dejarán de ser públicas en el referido portal.
g) La persona interesada tiene derecho a solicitar el acceso, rectificación y supresión de sus datos de carácter personal, así como solicitar la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, de manera presencial o telemática, en conformidad con lo previsto en el siguiente enlace: xxxx.xxx.xx/xx/xxxx00000
h) Sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o acción judicial, si la persona interesada considera vulnerado su derecho a la protección de datos puede reclamar ante la Delegación de Protección de Datos de manera presencial o telemática, en conformidad con lo previsto en el siguiente enlace: xxxx.xxx.xx/xx/xxxx00000; esto, sin perjuicio de la posibilidad de reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
i) De igual forma, puede contactar para el ejercicio de sus derechos con la AVI a través del correo electrónico: xxxx@xxx.xxx.xx o por medio de correo ordinario, así como personalmente en los
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centros de trabajo de esta entidad (Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, 00 – 00000 Xxxxxxxx) o (Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx, 0 – 00000 Xxxxxxxx).
Para más información, puede acceder al siguiente enlace xxxxx://xxxxxxx.xx/xxxx-xxxxx o consultar el Registro de Actividades de Tratamiento del presente procedimiento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxxxxx.xx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxx/
3. Cuando la entidad beneficiaria tenga que aportar a la AVI documentos que incluyan datos de carácter personal de terceras personas para la justificación de las ayudas, junto a la justificación de las ayudas, la entidad beneficiaria tendrá que aportar la siguiente declaración responsable:
“He informado las personas de las cuales aporto datos o documentación en este procedimiento de:
- La comunicación de estos datos a la Administración para su tratamiento en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con los fines del procedimiento.
- La posibilidad que la Administración realice consultas relacionadas con sus datos para comprobar, entre otras cuestiones, su veracidad.
- Del derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento u oposición que lo asisten en relación con el tratamiento de sus datos personales.
Así mismo, declaro que en caso de que esta consulta requiera por ley autorización de la persona los datos de la cual se consultarán, dispongo de esta autorización, que estará disponible a requerimiento de la Administración en cualquier momento”.
4. Con la firma de este convenio, la entidad beneficiaria otorga su consentimiento para recibir información sobre otras actuaciones de la AVI, así como para que esta pueda ceder sus datos a otros agentes del Sistema Valenciano de Innovación para actuaciones relacionadas con dicho Sistema.
Décimo novena. Registro
El presente convenio será objeto de inscripción en el registro de convenios de la Generalitat, tal y como establece el Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que regula los convenios que suscriba la Generalitat y su registro.
La Fundación CPI presta su consentimiento expreso para incluir y hacer públicos los datos relevantes del convenio que se regulan en dicho decreto.
Vigésima. Legislación aplicable
a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
b) Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
c) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
d) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
e) Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que regula los convenios que suscriba la Generalitat y su registro.
f) Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, Ley 1/2022, de 13 xx xxxxx, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana,
g) Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO C 262/1 de 19.7.2016).
h) Orden EHA/1434/2007, de 17 xx xxxx, por la que se aprueba la norma de actuación de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones en el ámbito del sector público estatal.
i) Cualquier otra normativa que sea directamente de aplicación.
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Vigésimo primera. Eficacia y plazo de vigencia
El presente convenio producirá efectos desde el día en el que esté firmado por las dos partes, y su duración se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2023 sin perjuicio de que el periodo elegible de los gastos subvencionables sea desde el 1 de enero de 2023, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula quinta, y que la justificación pueda realizarse dentro del plazo establecido en la cláusula sexta.
Vigésimo segunda. Causas de resolución del convenio
Este convenio podrá resolverse por las siguientes causas:
a) El acuerdo unánime de las partes firmantes.
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de las partes firmantes, así como cualesquiera incumplimientos de la normativa en materia de subvenciones públicas.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otra normativa de aplicación.
En caso de extinción del convenio por finalización anticipada de este antes de su terminación convencional, deberán concluirse las actuaciones en curso de ejecución, realizándose la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento.
Vigésimo tercera. Jurisdicción
La jurisdicción a la que ambas partes someterán las cuestiones litigiosas que puedan surgir respecto del convenio es la contencioso-administrativa.
Y para que conste a los efectos oportunos, y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio con firma electrónica certificada.
Vicepresidente Ejecutivo
de la Agencia Valenciana de la Innovación
Firmat per Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx el 12/07/2023 13:03:55
Director-Gerente Fundación CPI
XXXX XXXXXXX|
Firmado digitalmente por XXXX XXXXXXX|
CAPELLA|
XXXXXXXXX
XXXXXXX|XXXXXXXXX Xxxxx: 2023.07.11
18:51:18 +02'00'
D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
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ANEXO TÉCNICO
1. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y DE COORDINACIÓN DE DESARROLLO DE LAS AC- TUACIONES PREVISTAS
1.1. ACTIVIDADES INDIVIDUALES
Las acciones ejecutadas con carácter individual por la Ciudad Politécnica de la Innovación contarán con una estructura organizativa dirigida por el director del parque científico y un técnico responsable de cada una de las actividades. De manera transversal se ejecutarán las actividades de difusión y comunicación.
Estructura organizativa para realización de las acciones individuales
Coordinación
Director CPI
Responsable
Técnico Actividad 1
Técnico Actividad 2
Equipo
Equipo Técnico
Comunicación
Equipo Técnico
Comunicación
1.2. ACTIVIDADES CONJUNTAS
El equipo de trabajo estará constituido por el personal técnico de los cinco parques científicos de la Comunitat Valenciana bajo la dirección general del parque que ostenta la presidencia, con su director como responsable, y la supervisión técnica de las direcciones de cada parque individual.
Cada actuación conjunta será liderada técnicamente por un parque y desarrollada por el personal técnico del parque con la colaboración del personal técnico del resto de parques que definirán un responsable local.
Parques líderes de cada una de las iniciativas conjuntas
El responsable local de cada parque impulsará las actividades a desarrollar localmente y ejecutará las tareas de coordinación con el parque líder de la actuación.
Estructura organizativa para realización de las acciones conjuntas
Actividad Coordinador | |
INNOTRANSFER | Ciudad Politécnica de la Innovación |
PETI | Parc Científic Universitat de València |
PREMIOS REPCV | Parc Científic Universitat de València |
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Dirección
Directores rePCV
Coordinación
Parque 1 líder ACTIVIDAD CONJUNTA
Responsable local
Parque 2
Parque 3
Parque 4
Parque 5
Equipo
Equipo
técnico
Equipo
técnico
Equipo
técnico
Equipo
técnico
2. ACTUACIONES DE INNOVACIÓN
Al igual que en el ejercicio de 2022, la dinámica de trabajo de la FCPI en 2023, en el marco de la ayuda nominativa de la AVI, incluye dos tipos de actuaciones:
Actuaciones individuales: diseñadas en desarrollo de su mandato y enfoque estratégico como
entidad de gestión del Parque Científico de la UPV,
Actuaciones conjuntas: consecuencia de la estrategia de actuación de la rePCV, y a ejecutar
de forma coordinada con el resto de entidades de gestión de los parques científicos de la rePCV.
Tanto unas como otras se articulan en torno a dos líneas estratégicas:
• Impulso de la transferencia de conocimiento y tecnología entre Universidad-Empresa.
• Apoyo al emprendimiento innovador.
Las líneas de actuación y sus acciones se orientan a estimular la contribución del conocimiento en el desarrollo socioeconómico de nuestro entorno (Figura 1). En ambas líneas se incidirá en aprovechar la capacidad de actuación en el territorio de los parques científicos a través de la explotación de la presencia distribuida de los parques y sus universidades promotoras.
Actividades de la Red de Parques Científicos Valencianos de impulso a la innovación.
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En este sentido, la FCPI abordará en el marco del presente Convenio 5 proyectos que se sintetizan en la siguiente matriz lógica y se describen posteriormente:
Proyectos a desarrollar por la Fundación CPI en el marco del Convenio AVI 2023
Actuaciones individuales | Actuaciones conjuntas | |
Impulso de la transferencia de conocimiento | • TRANSFERBOOST | • INNOTRANSFER • PICEI |
Apoyo al emprendimiento innovador | • TECH2BUSINESS | • PREMIOS rePCV |
2.1. ACTUACIONES INDIVIDUALES
2.1.1. Actuaciones individuales de Impulso de la transferencia de conocimiento y tecno- logía entre Universidad-Empresa
Proyecto 1: TRANSFERBOOST
Esta actuación se concibe como un proyecto de impulso de la transferencia de conocimiento y la tecnología entre Universidad y Empresa en el ámbito de actuación de la Ciudad Politécnica de la Innovación. Su orientación buscará incidir en las áreas estratégicas identificadas por la AVI y apoyarse en el sistema valenciano de innovación, en particular institutos tecnológicos y empresas.
a. Oportunidad
Reforzar la capacidad de desarrollar soluciones innovadoras basadas en conocimiento por parte de la industria valenciana, apoyándose en las capacidades de universidad y centros tecnológicos mediante:
• La detección oportunidades y estímulo de proyectos de innovación conjuntos; La difusión orienta a proyectos de resultados de investigación y de oportunidades de financiación, con especial énfasis en las de la AVI y el refuerzo de las herramientas disponibles a nivel nacional y europeo.
• La conexión de los agentes del sistema valenciano de innovación con las capacidades de la UPV para contribuir al desarrollo socioeconómico del territorio mediante la innovación basada en conocimiento.
Por otra parte, desde el Parque Científico de la UPV se plantea la posibilidad de participar como entidad observadora en la actividad piloto “Smart Park” iniciada por el Parc Científic de la Universitat de València. La principal oportunidad de esta iniciativa radica en considerar al propio Parque como un living-lab en el que evaluar, no sólo innovaciones tecnológicas sino también las barreras sociales para la implantación de estas en los entornos urbanos. Del mismo modo el proyecto pretende ser un escaparate para que las pymes y start-ups valencianas puedan mostrar sus productos y servicios más innovadores, así como obtener feed-back de las principales limitaciones para su correcta implantación.
Por último, la Ciudad Politécnica de la Innovación, se plantea ofrecer la posibilidad de ofrecer una “Ciudad Politécnica de la Innovación virtual” y lanzar acciones de difusión digital del ecosistema innovador y capacidades tecnológicas del parque científico de la UPV mediante iniciativas como la de un tour virtual a las capacidades y tecnologías de la CPI.
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Justificación
La transferencia de resultados de investigación requiere de tecnologías con un TRL adecuado para que puedan pasar al nivel de comercialización. Para ello es necesario superar el llamado “xxxxx de la muerte” asociado al intervalo entre que una tecnología ha sido desarrollada y su completa industrialización y comercialización. Para favorecer el proceso de transferencia de los resultados de las universidades es necesario identificar tecnologías con gran potencialidad, identificar el nivel de TRL y establecer estrategias que permitan una correcta transferencia al mercado y/o implantación en la administración. En este proceso, una adecuada selección y aprovechamiento de los programas de I+D+i, especialmente aquellos dedicados a la innovación, es esencial para superar el mencionado xxxxx de la muerte. También ser capaces de detectar oportunidades para la innovación desde una perspectiva de las necesidades de la sociedad (acciones de carácter PULL), bien sea a través de oportunidades identificadas (AVI, organizaciones empresariales, empresas, agentes sociales, administración), bien a través de las estrategias públicas de apoyo a la innovación explicitadas por las herramientas de financiación, a todos los niveles.
La investigación de financiación en convocatorias públicas o de carácter interno es generadora de tecnología e invenciones que, empaquetadas como propiedad industrial e intelectual (IPR), pueden ser transferidas a las empresas (acciones de carácter PUSH). Es frecuente que estén en fases muy tempranas o sean muy disruptivas para las empresas y se requiere un esfuerzo importante para encontrar un licenciatario dispuesto a incorporarlas. Cada vez es más frecuente que las empresas prefieran adquirir esas tecnologías cuando estén validadas en el mercado y ello requiere la creación de una nueva compañía, que es lo que terminará siendo adquirido.
Por tanto, son dos las opciones para transferir la IPR: acción comercial hacia potenciales clientes y creación de una spin-off. En el primer caso, se cuenta, a su vez, con dos estrategias para llegar a potenciales licenciatarios: difusión amplia y prospects seleccionados. En el segundo, hay un esfuerzo particular de “venture building” que permita el arranque y desarrollo inicial de la empresa, pues las tecnologías generadas en la universidad suelen venir acompañadas de perfiles técnicos, pero no emprendedores.
Los equipos de transferencia de tecnología de la UPV cubren las tareas esenciales que permiten proteger la propiedad intelectual e industrial nueva y acumulada, la articulación de los aspectos legales de la transferencia y generación de spin-off y un nivel limitado de acción comercial. El fortalecimiento de la acción comercial es posible si se dispone de financiación adicional que permita contar con servicios externos.Por otro lado, en cuanto a la iniciativa Smart Park, se plantea que la Ciudad Politécnica de la Innovación participe como entidad observadora en las actividades llevadas a cabo en el resto de parques científicos alineadas con los Comités Estratégicos de Innovación Especializados (CEIE) en materia de Hábitat Sostenible, Automoción y Movilidad Sostenible, y Digitalización, con el objetivo de intercambiar información y resultados, así como explorar la implantación de alguna de estas pruebas piloto en el propio parque.
Por último, con el fin de acompañar la transformación digital del parque se prevé el desarrollo en varias fases de un tour virtual al parque, a sus institutos y grupos de investigación mostrando capacidades, para la atracción de inversores y empresas potencialmente colaboradoras y agentes de innovación del ámbito nacional e internacional a través de internet.
b. Contenido y alcance. Actividades
Se realizarán acciones de identificación de conocimiento UPV según TRL con el objeto de elevar su TRL y dinamizar su valorización a través de la captación de fondos para I+D+i y la transferencia de la tecnología.
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Para ello, se trabajará con los grupos de investigación con objeto de identificar aquellas tecnologías con mayor potencial e impacto esperado. Se realizará un análisis crítico del nivel de TRL y se identificarán las convocatorias más adecuadas y los consorcios necesarios incluyendo Universidades, Centros tecnológicos, empresas y usuarios finales. Para ello, se pondrá especial hincapié en las áreas prioritarias identificadas por los CEIEs de la AVI.
La efectiva transferencia de dichos resultados al tejido empresarial innovador y por tanto a la economía real será estimulada a través de dos rutas de actuación:
• Tech Pull: acciones de conexión de las capacidades UPV con demandas tecnológicas y retos de innovación de las empresas e instituciones del entorno y que pueden ser impulsadas por instrumentos de financiación tanto por parte de la AVI en sus líneas prioritarias como por instrumentos y herramientas disponibles en el entorno, tanto nacional como europeo. Se incluyen las necesidades y retos de la administración pública, que se ins- trumentan a través de procesos de compra pública de innovación. Atendiendo al interés de las partes, alguna de estas acciones se podrá derivar a INNOTRANSFER.
• Tech Push: acciones con origen en las capacidades y los resultados de investigación de la Universitat Politècnica de València y que requieren aumento de su TRL para ser de interés para las empresas. También pueden ser impulsadas por financiación pública de AVI o de otros niveles de la administración.
• Ambas actividades contribuirán también a aportar valor en el marco conceptual de la actividad TECH2BUSINESS, Apoyo al Emprendimiento Innovador, de la línea nominativa. Tanto acciones originadas desde la tecnología (push) como originadas desde el mercado (pull) pueden culminar en actividades de apoyo a la creación de nuevas empresas tecnológicas innovadoras.
Las actividades, que se describen a continuación, serán desarrolladas de manera paralela e interconectada, pues confluyen en la configuración de proyectos de innovación con impacto real en la economía. Se conciben como tareas bajo epígrafes diferentes por razones conceptuales y de ejecución por parte del equipo técnico implicado, pero serán desarrolladas en absoluta coordinación.
Tech Pull, conexión con oportunidades de innovación del entorno
• T1.1. Identificación de empresas y sus necesidades.
• T1.2. Vigilancia de necesidades de demanda temprana de la administración.
• T1.3. Identificación de capacidades en los grupos UPV de interés para las necesidades de las empresas.T1.4. Puesta en contacto y asesoramiento en la articulación de la relación y en la búsqueda de financiación.
• T1.5. Soporte en la preparación de propuestas.
• T1.6. Participación como entidad observadora en la iniciativa Smart Xxxx.Xxxx Push:
• T2.1. Elaboración de flyers comerciales (ofertas tecnológicas) de las tecnologías patentadas en UPV a elaborar por consultores de innovación especializados en diversos sectores. Se espera generar unos 25 flyers.
• T2.2. Difusión amplia de tecnologías UPV a través del Banco de Patentes GVA (ya apoyado desde Conselleria de Economía), del boletín UPV Innova, dirigido al entorno innovador de la UPV, y de IN-PART, un servicio internacional de comunicación de oportunidades tecnológicas a directivos de compañías líderes y que utilizan las principales universidades del mundo.
• T2.3. Difusión selectiva de tecnologías UPV mediante agentes comerciales que identifican potenciales empresas licenciatarias y facilitan contactos entre las mismas y los investigadores, y los conducen hasta la entrada en la negociación de la transferencia. Seestima que podrían abordarse 5 tecnologías con cargo al proyecto.
• T.2.4. Difusión virtual del conocimiento y capacidades tecnológicas UPV para inversores
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y empresas nacionales e internacionales.
c. Novedad e impacto de las innovaciones a desarrollar
La acción permitirá favorecer la traslación al mercado de tecnologías que de otra forma no superarían el llamado “xxxxx de la muerte” ayudando de esta forma a superar la llamada paradoja europea por la cual el potencial de investigación no se traslada en potencial de innovación en el tejido empresarial o en mejora de los procesos de la administración haciendo uso de nuevas tecnologías.
El impacto esperado no se circunscribe sin embargo al tejido empresarial puesto que muchas de las tecnologías identificadas supondrán así mismos beneficios sociales al generar productos y soluciones tecnológicas a retos sociales conectados con los retos industriales definidos por CEIEs de la AVI.
La novedad de esta acción reside en la adopción de un papel más comercial y proactivo en la transferencia de tecnología, y haciendo uso de una mayor diversidad de recursos externos (consultores de innovación y venture builders) y colaboraciones con otros actores del Sistema Valenciano de Innovación.
El impacto de este tipo de acciones se consigue en la medida en que se mantengan en el tiempo y generen confianza y trabajo en equipo en los actores implicados. Si ello se logra, se puede disponer de un sistema de innovación mucho más articulado y con capacidad de escalamiento para producir más transferencia tecnológica y mayor tejido innovador.
d. Trasnferboost - Cronograma
Anualidad 1 | ||||||||||||
Actividad | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 |
Tarea | ||||||||||||
A1. Acción tech pull | ||||||||||||
T1.1. Identificación de necesidades de empresas | ||||||||||||
T1.2. Vigilancia de CPI | ||||||||||||
T1.3. Identificación de capacidades en grupos UPV | ||||||||||||
T1.4. Puesta en contacto | ||||||||||||
T1.5. Acompañamiento en preparación de propuestas | ||||||||||||
T1.6. Participación en Smart Park | ||||||||||||
A2. Acción tech push | ||||||||||||
T2.1. Elaboración flyers comerciales | ||||||||||||
T2.2. Difusión IN_PART y Banco de Patentes GVA | ||||||||||||
T2.3. Búsqueda selectiva de licenciatarios potenciales | ||||||||||||
T2.4. Difusión virtual de tecnologías y capacidades CPI |
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2.1.2. Actuaciones individuales de Xxxxx al emprendimiento innovador
Proyecto 2: TECH2BUSINESS
a. Oportunidad
Las acciones planteadas en TECH2BUSINESS responden a la oportunidad de generar una mayor contribución al desarrollo económico de la Comunitat Valenciana mediante el fomento de la transferencia vía la creación de nuevas empresas innovadoras. Existe un repositorio de resultados de investigación susceptibles de tener explotación comercial que no llegan al mercado por medio de la licencia de patentes, entre otros motivos, porque no existe esta cultura en las empresas valencianas o españolas, en general. Hay tecnología y resultados con potencial que no están siendo explotados y que podrían ser activados a través de nuevo tejido empresarial. Para ello es necesario estimular estos proyectos y reforzar aquellos elementos que se han demostrado más débiles.
Este proyecto está íntimamente ligado a los procesos de transferencia vía comercialización de tecnología (patentes o software) y de proyectos de I+D+i con la industria. Muchas de las actividades de prospección comercial de tecnología existente concluyen que la mejor vía para su explotación (con la consiguiente contribución al desarrollo económico) pasa por constituir nuevas empresas. A este respecto, la UPV ha puesto en marcha el programa SPIN UPV para convertir tecnologías generadas en la UPV en proyectos empresariales que puedan constituirse como empresas spin-off. El programa consta de acciones de identificación de tecnologías y promotores, formación empresarial de éstos, reclutamiento de potenciales CEOs para las empresas, nucleación de equipos promotores y financiación de prueba de concepto y prospección xx xxxxxxx.
b. Justificación
La transferencia de tecnología mediante nuevo tejido empresarial es una herramienta internacionalmente contrastada por las economías más dinámicas e innovadoras. Muchas de las actividades de fomento de la relación universidad-empresa comparten un núcleo común de know-how: identificación de tecnologías con potencial, valoración comercial, validación xx xxxxxxx. Se persigue estimular exclusivamente iniciativas construidas sobre resultados de investigación propiedad de la UPV para generar proyectos de innovación, empleando nuevas empresas como herramienta. No se abordarán iniciativas genéricas de emprendimiento en el ámbito universitario. Se abordarán proyectos basados en tecnologías de vanguardia o deep-tech.
c. Contenido y alcance. Actividades
En particular se trabajará en la dinamización de proyectos de creación de spin-off a partir de tecnologías registradas en dos entornos específicos que a la fecha de esta propuesta ya se encuentran bien definidos: Ámbito de Salud, mediante la iniciativa VLC INNOSALUD en colaboración con todas las universidades valencianas, los Institutos de Investigación Sanitaria valencianos y FISA-BIO. Se espera propiciar 3 proyectos de spin-off.
• Ámbito de genérico UPV, mediante la iniciativa SPIN-UPV que se construye sobre el piloto ejecutado en 2020 SPIN-TEAM (en colaboración con el Instituto de Telecomunicación y Aplicaciones Multimedia de la UPV). Se espera propiciar 5 proyectos de spin-off.
La acción de dinamización consiste en:
• Selección de (20-30) potenciales equipos promotores autores de IPR
• Evento kick-off de motivación y arranque:
o Charla de casos de spin-off UPV
o Presentación de ProCEOs y equipos promotores
• Formación sobre spin-off:
o Aspectos normativos y societarios en spin-offs.
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o Valorización y Validación. De los resultados de I+D a la innovación.
o Modelo de negocio, Metodología Lean CANVAS y Plan de negocio.
o Financiación pública y privada.
• Búsqueda de potenciales CEOs (proCEOs) de la spin-off y soporte a su incorporación. Se trata de vincular personas senior con perfil CEO a los promotres UPV mediante su elaboración conjunta de un plan de negocio. Esta búsqueda se realiza en el entorno de relaciones de la iniciativa UPV Innovación y en escuelas de negocios.
• Convocatoria de financiación con una línea de financiación para la elaboración del plan de negocio y una línea de financiación para el desarrollo técnico, con tres cierres al año.
• Elaboración del Plan de Negocio liderado por el ProCEO.
• Búsqueda de inversores para la spin-off, bien mediante presentaciones individuales o mediante la celebración de un Investors’ Day.
Fuera de la focalización en los dos ámbitos mencionados, se continuará el apoyo a la creación de spin-off en todas las áreas de la UPV, incorporando a las actividades que se venían realizando, acciones de búsqueda e incorporación de perfiles de desarrollo de negocio al equipo técnico promotor y propiciando acceso a capital público y privado.
d. Novedad e impacto de las innovaciones a desarrollar
Las actividades planteadas son novedosas al explotar oportunidades de transferencia de tecnología que combinan promotores y tecnologías de diferentes agentes del sistema valenciano de innovación. También por el enfoque proactivo en el impulso de las oportunidades de generación de impacto real en la economía al dotar a los proyectos de transferencia vía spin-off de elementos en los que observamos carencias desde nuestra experiencia en este ámbito. Perseguimos activar iniciativas latentes que no llegarían a materializarse por falta xx xxxxxxx empresarial especializado en gestión. Pensamos que una clave para conseguir aportar valor a la economía valenciana pasa por incrementar nuestra capacidad de llevar resultados de investigación al mercado. Este proyecto pretende contribuir a ese objetivo.
e. Tech2Business - Cronograma
Anualidad 1 | ||||||||||||
Actividad | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 |
Tarea | ||||||||||||
A1. Dinamización de spin-off VLC INNOSALUD | ||||||||||||
Identificación proyectos potenciales | ||||||||||||
Formación empresarial | ||||||||||||
Vinculación de venture builder en elaboración plan de negocio | ||||||||||||
Búsqueda inversores | ||||||||||||
A2. Dinamización de spin-off SPIN-UPV | ||||||||||||
Identificación proyectos potenciales | ||||||||||||
Formación empresarial | ||||||||||||
Vinculación de ProCEO y elaboración plan de negocio | ||||||||||||
Búsqueda y presentación inversores |
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2.2. ACTUACIONES CONJUNTAS
2.2.1. Actuaciones conjuntas de Impulso de la transferencia de conocimiento y tecnología entre Universidad-Empresa
Proyecto 3: INNOTRANSFER
a. Antecedentes y Oportunidad
Innotransfer es una iniciativa multisectorial de innovación abierta que realizan, de manera conjunta y desde 2019, los cinco Parques Científicos de la Comunidad Valenciana en el ámbito de colaboración de la Red de Parques Científicos de la Comunidad Valenciana.
En el primer ejercicio, Innotransfer se ejecutó con un enfoque estratégico basado en encuentros puntuales orientados a sensibilizar a los participantes (empresas e investigadores) sobre el valor de la colaboración, los mecanismos para articularla y los apoyos públicos disponibles para hacerlo, facilitando, además un primer foro de relación entre ellos.
En el ejercicio de 2020 se quiso ir más lejos, y se rediseñó esta iniciativa para avanzar en la cadena de valor de estas colaboraciones, pasando de la sensibilización al fomento activo de la relación a través de una dinámica de Retos/Soluciones sobre la cual canalizar la comunicación y el descubrimiento entre las partes. El enfoque metodológico, la coordinación ejecutiva y la estrategia ha sido coordinada por el equipo técnico de la Fundación Ciudad Politécnica de la Innovación.
Este nuevo diseño incluyó un alineamiento con la visión, los objetivos y la estrategia de actuación de la Agencia Valenciana de Innovación, a fin de maximizar su impacto en el ecosistema valenciano de innovación, sumándose, de esta manera, a los esfuerzos liderados desde la AVI. Este alineamiento se ha seguido manteniendo en ediciones posteriores de Innotransfer en los siguientes aspectos:
Búsqueda de impacto sobre la globalidad del sistema valenciano de innovación.
• Captación de retos y problemáticas procedentes del tejido productivo de la Comunitat Valenciana y que necesiten ser resueltas mediante una colaboración en I+D+i.
• Ampliación del funcionamiento de la iniciativa a todo el ejercicio, facilitando así la continuidad en la captación de Retos y Soluciones durante todo el año.
• Al igual que en ejercicios anteriores, se ha seguido contando como proveedores de Soluciones a la totalidad de actores del ecosistema valenciano de innovación, con un particular énfasis en el fomento de la participación de REDIT y sus Institutos Tecnológicos, y también de los institutos del CSIC en la CV y de los centros de investigación de la GVA.
• Igualmente, también se ha seguido invitando, como proveedores de soluciones, a las empresas tecnológicas y startups de la CV, aprovechando, con este fin, el entorno pre- ferente de relación con este tipo de empresas que constituyen los Parques Científicos de la CV.
Alineamiento con la estrategia sectorial de la AVI.
• Concentración del ejercicio en torno a las Áreas prioritarias de trabajo de la AVI cubiertas por sus Comités Estratégicos de Innovación Especializados (CEIEs).
• Realización de eventos centrados en las siguientes prioridades de la AVI: Agroalimentación; Compra Pública de Innovación (CPI); Economía Circular; Descarbonización; Hábitat Sostenible; Movilidad, Transporte e Infraestructuras; Salud y Tecnologías Habilitadoras.
Alineamiento con la estrategia de la AVI de articulación del sistema, reforzando los agentes de innovación de las empresas, asociaciones y centros de investigación.
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• Activación del diálogo, del lado de la demanda de soluciones a los Retos del tejido productivo, desde las asociaciones empresariales sectoriales de la CV.
• Activación del diálogo, del lado de la oferta de soluciones, desde los agentes intermedios del sistema, buscando la participación activa de las OTRIs de las Universidades, REDIT, Institutos de REDIT, CSIC, Institutos del CSIC, y otros centros públicos de investigación participantes.
• Continuación en el uso del título “Manager Innotransfer” para denominar a los agentes de innovación que participan en la iniciativa, añadiendo el logo “Innoagent AVI” en la web a aquellos agentes financiados por la agencia.
A diferencia de ediciones anteriores, la evolución positiva de la pandemia de la COVID-19 durante 2022 ha permitido recuperar progresivamente la presencialidad en la mayoría de las actividades llevadas a cabo. De este modo, los eventos temáticos han tenido lugar preferentemente en un formato híbrido, ofreciendo la posibilidad de asistir a los mismos de manera presencial u online. Asimismo, cabe destacar que la presencialidad en los eventos ha permitido traer de vuelta la interacción personal y favorecer el networking entre los distintos actores del ecosistema valenciano de innovación.
Por otro lado, durante el año 2022 se ha dado continuidad a la estrategia de actuación que ya se inició en mayo de 2021, ampliando la captación de Retos a todas las prioridades de la AVI y dando cabida únicamente a aquellos que tuvieran un origen empresarial.
Innotransfer se ha ejecutado en todas sus Áreas de Trabajo según el enfoque previsto y ha rendido los siguientes resultados generales:
Objetivo de impacto sobre la globalidad del ecosistema valenciano de innovación; entidades participantes como proveedores de Retos/Propuestas de Solución
Área de Trabajo / Actor | Totales | Total Actores Innotransfer 2022 |
Total actores | 60 | |
Asociaciones | 32 | CEV, INNOVALL, QUIMACOVA, VALMETAL, STARTUP VALENCIA, FEDACOVA, COOPERATIVES AGRO- ALIMENTÀRIES, ATEVAL, ASECAM, MIV, GVSIG, LA UNIÓ, QUIMELTIA, AVECAL, AVRE, AEFA, ELCHE PARQUE EMPRESARIAL, AEECC, AVEP, CONFECOMERÇ, P.I.LAS ATALAYAS, BIOVAL, CEIV, INNOMETALIA, CEDELCO, CLÚSTER DE INNOVACIÓN AGROALIMENTARIA CV, XXXX XXXXXXXXX, CEEI VALÈNCIA, AVA-ASAJA, MANCOMUNITAT XXXX XXX XXXXX, CLÚSTER INNOVACIÓN ENVASE Y EMBALAJE, AECTA |
Universidades | 5 | UA, UJI, UMH, UPV, UV |
REDIT | 8 | REDIT, AIDIMME, AIJU, AIMPLAS, AITEX, IBV, ITC, ITE |
CSIC | 5 | CSIC VALENCIA, IATA, I2SYSBIO, IFIC, ITQ |
Investigación Sanitaria | 5 | FISABIO, IIS LA FE, INCLIVA, ISABIAL, FUNDACIÓN HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO VALÈNCIA |
Otros | 5 | LAS NAVES, AYUNTAMIENTO ALCOI, BIGBAN, INNDROMEDA, VALGRAI |
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Objetivo de impulso del descubrimiento y relación entre empresas y centros de investigación en la Comunidad Valenciana a través de una dinámica de Retos/Soluciones; KPI principales del ejercicio 2022. Comparativa respecto a 2021
KPIs 2022 | Totales |
Retos recibidos | 49 |
Soluciones presentadas | 129 |
Reuniones específicas entre partes interesadas | 65 |
Colaboraciones | 4 |
Managers participantes | 95 |
Personal Parques Científicos | 26 |
KPIs mayo – diciembre 2021 | Totales |
Retos recibidos | 25 |
Soluciones presentadas | 68 |
Reuniones específicas entre partes interesadas | 31 |
Managers participantes | 79 |
Personal Parques Científicos | 20 |
Durante 2022 se ha producido una evolución favorable de los principales indicadores respecto a la edición de 2021, tal y como se puede observar en las tablas anteriores. Cabe destacar que el número de Retos, Soluciones y Reuniones llevadas a cabo se han duplicado respecto al ejercicio anterior. Varios son los motivos que pueden achacarse a este incremento:
• Funcionamiento continuo de la iniciativa durante todo el año 2022, a diferencia de ejercicios anteriores.
• Mayor implicación de determinadas asociaciones empresariales, las cuales han podido comprobar la utilidad de la iniciativa para sus empresas asociadas.
• Mayor involucración de consultoras de innovación, a las que se les ofreció que utilizaran la herramienta para lanzar Retos de sus empresas cliente.
• Utilización de la plataforma para potenciar el matching entre entidades para presentarse en colaboración a acciones de Compra Pública de Innovación (CPI).
A pesar de la mejora de los indicadores, se siguen detectando ciertos problemas de resolución compleja:
• Dificultad existente a la hora de identificar los retos empresariales, por parte de las asociaciones empresariales y Parques Científicos.
• Reticencias por parte de las empresas a compartir de manera pública sus problemas.
• Necesidad de generar confianza en la plataforma, ya que las empresas no identifican el valor añadido que les puede aportar participar en la iniciativa.
• Necesidad de maduración para que los retos presentados se traduzcan finalmente en colaboraciones. Se requiere tiempo para que los managers conozcan la iniciativa, hagan uso de la misma y se genere confianza entre las diferentes entidades desde que se facilita el primer contacto hasta que se favorece una colaboración.
• Dificultad a la hora de realizar seguimiento para conocer qué retos se trasladan finalmente en un proyecto de I+D+i colaborativo. Aunque se están dando pasos para
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poder automatizar este seguimiento, es posible que no seamos conscientes de alguna colaboración si el manager correspondiente no informa de ello.
• Necesidad de integrar de mejor manera a las OTRIs de universidades y otras entidades para poder mejorar su capacidad de respuesta a los Retos presentados en la iniciativa.
b. Justificación de la necesidad
La justificación de la iniciativa Innotransfer se fundamente, al igual que en ejercicios anteriores, en la necesidad, señalada por los CEIE de la AVI, de desarrollar herramientas y acciones que impulsen las relaciones entre los actores del ecosistema de innovación, como los diálogos tecnológicos ciencia-empresa, los concursos para start-ups que exploten soluciones, las ayudas a proyectos colaborativos, las acciones de difusión... En definitiva, acciones que estimulen la conexión real entre conocimiento y retos para conseguir que las soluciones identificadas puedan desarrollarse. El objetivo de Innotransfer es contribuir a estimular la interacción entre los agentes proveedores de las soluciones y las empresas que pueden requerirlas para mejorar su productos y procesos, o para llevar nuevos productos y servicios al mercado.
c. Contenido y alcance; enfoque estratégico
En 2023, Innotransfer se ejecutará manteniendo su misión, y ajustando sus actuaciones sobre los siguientes ejes estratégicos:
Concentración y refuerzo de las dinámicas colaborativas en modo presencial y online
• Fortalecimiento de las herramientas específicas de colaboración y gestión. Construcción a partir de la experiencia de ejercicios anteriores.
Continuación y construcción sobre las dinámicas y resultados de Innotransfer 2022
• Fidelización de los actores movilizados.
• Explotación de los retos y propuestas de solución levantados y de los diálogos iniciados.
• Continuación del alineamiento de la iniciativa en torno a las Áreas prioritarias de trabajo de la AVI cubiertas por sus Comités Estratégicos de Innovación Especializados (CEIEs).
Refuerzo de la comunicación
• Ampliación de la cobertura y alcance de la difusión de la iniciativa en más medios de comunicación, haciendo más hincapié en medios digitales.
• Contratación de agencia de comunicación para la gestión de RRSS y otras acciones de comunicación.
Continuación del modelo continuo
• Distribución de eventos de dinamización y acciones colectivas con los managers durante todo el año.
• Mantener abierta de forma permanente la herramienta online de visualización y recepción de retos y propuestas de solución, y de solicitud de comunicación con los actores que las promueven.
Expansión y fortalecimiento de la red de colaboradores
• Continuidad en la estrategia de llegada a las empresas a través de las asociaciones empresariales y en el apoyo a la actuación de la Red de Gestores de Innovación de la AVI en las Asociaciones.
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• Como complemento, interacción directa con las empresas por parte de los parques; fundamentalmente en aquellos sectores que no tienen una dinámica asociativa sólida, y construyendo sobre los resultados de la encuesta sobre empresas innovadoras (PICEI)elaborada por la rePCV en 2022.
• Continuidad en la apertura de la plataforma a otras entidades que tengan especial interés en dinamización hacia la innovación empresarial, como pueden ser consultoras o ayuntamientos de la Comunitat Valenciana.
• Fomento de la interacción entre los managers a través de las reuniones bimestrales (Follow-Up Meetings) online y presenciales.
d. Descripción de las actividades a desarrollar. Tareas previstas
Concentración y refuerzo de las dinámicas colaborativas en modo online.
• Mantenimiento de la herramienta web (actualización de plugins, seguridad, herramienta para el envío de emails, etc.) que permita continuar ejecutando la iniciativa como hasta la fecha, tras la mejora de la misma que se llevó a cabo durante el ejercicio pasado.
Fortalecimiento y ampliación de la Red
• Desarrollo de acciones colectivas destinadas a los managers de las entidades participantes. Se propone: 1) llevar a cabo reuniones bimestrales online (Follow-Up Meetings) con los managers para hacer seguimiento de los indicadores actualizados de la iniciativa y compartir experiencias sobre el uso de la plataforma entre los participantes, y 2) organizar un par de estas reuniones en diferentes institutos tecnológicos de REDIT, inclu- yendo una visita a los mismos destinada a los managers.
• Aproximación a nuevas entidades para que participen en la iniciativa proponiendo Retos y Soluciones.
Acciones de dinamización y fomento del diálogo
• Realización de acciones de dinamización temáticas a lo largo del año para tener impacto mediático y activar la recogida de Retos y Propuestas de Solución. Dos tipos de eventos:
1) basados en la generación de Retos trabajados con una asociación empresarial o empresas de un sector concreto, y 2) basados en la muestra de capacidades presentadas por los investigadores para un sector concreto. Estas acciones se llevarán a cabo preferentemente de manera híbrida (presencial y online).
Comunicación y promoción de la iniciativa
• Cobertura de las actividades realizadas a través de noticias y publicaciones en contenidos en canales digitales propios Innotransfer y de los parques científicos. Promoción de campañas digitales para generación de marca y difusión de eventos. Promoción y difusión a medios de comunicación y materiales de marca. Coordinación y dirección estratégica de los canales de Innotransfer, supervisando a la agencia de comunicación para gestión de RRSS propias de Innotransfer y cobertura online social media del evento.
e. Resultados esperados
Continuidad y refuerzo de las dinámicas colaborativas en modo online.
• Mantenimiento de la herramienta informática.
Fortalecimiento y ampliación de la Red
• Realización de, como mínimo, 5 reuniones bimestrales (Follow-Up Meetings), destinadas a los managers de las entidades participantes.
Acciones de dinamización y fomento del diálogo
• Realización de, como mínimo, 10 eventos temáticos a lo largo del año (2 por Parque).
• Identificación de 50 retos y 120 propuestas de solución; realización de 60 reuniones entre
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investigadores y empresas o asociaciones empresariales, cierre de 10 proyectos.
f. Entregables
• Aplicación informática actualizada.
• Eventos temáticos de dinamización.
• Informe de seguimiento.
• Folletos y otros materiales de comunicación, promoción y merchandising.
g. Innotransfer - Cronograma
2023 | ||||||||||||
Actividad | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 |
Tarea | ||||||||||||
Mantenimiento de la herramienta web | ||||||||||||
Fortalecimiento y ampliación de la Red | ||||||||||||
Desarrollo de acciones colectivas bimestrales con managers | ||||||||||||
Aproximación a nuevas entidades | ||||||||||||
Acciones de dinamización y fomento de diálogo | ||||||||||||
Organización, difusión y ejecución de los eventos | ||||||||||||
Xxxxx xx Xxxxx/Propuestas de Solución | ||||||||||||
Reuniones de presentación entre matchs | ||||||||||||
Seguimiento de la relación | ||||||||||||
Comunicación y promoción | ||||||||||||
Cobertura, difusión y promoción digital y en medios. | ||||||||||||
Agencia de comunicación (gestión de RRSS propias de Innotransfer y cobertura social media de eventos) | ||||||||||||
Difusión de resultados | ||||||||||||
Obtención resultados. Conclusiones. Publicación |
Proyecto 4: INNOMAP. PROGRAMA DE EXPOSICIÓN DE TRANSFERENCIA DE INNOVACIÓN (PETI)
a. Oportunidad
El objetivo del PROGRAMA DE EXPOSICIÓN DE TRANSFERENCIA DE INNOVACIÓN (PETI)
es difundir los resultados de la cuarta edición del PROGRAMA DE CARACTERIZACIÓN DE EMPRESAS INNOVADORAS PARA IMPULSAR SU PROYECCIÓN (PICEI), que ha sido
desarrollado en su cuarta edición consecutiva (2022) por las entidades gestoras de los cinco Parques Científicos de la Comunitat Valenciana, bajo la coordinación de la Fundació Parc Científic Universitat de València, y que ha contado con financiación de la Agencia Valenciana de la Innovación (AVI) y la participación de 938 sobre 5.000 empresas innovadoras de la Comunitat Valenciana (autónomos excluidos) que pertenecen a sectores de actividad potencialmente innovadores: Industria, Construcción y Servicios (servicios de información, actividades profesionales, científicas y técnicas, actividades administrativas y servicios auxiliares y actividades sanitarias y artísticas) que cuentan con un empleado o más y en referencia al resultado económico de 2021. En concreto, algunas de las conclusiones de esta cuarta edición del Programa han sido; El 40,6% centra sus actividades en el sector Servicios (actividades profesionales, científicas y técnicas 23,7%, sanitarias 10,3% y de información y comunicaciones 4,3%). El 31,9% pertenece al sector de la Construcción, mientras que el 27,5% restante al de la Industria, manufacturera principalmente (25,2%). Por lo que hace referencia al tamaño de estas empresas según el número de empleados, el 86,1% se pueden considerar microempresas, ya
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que tienen menos de 10 trabajadores, concretamente un 76,8% tiene de 1 a 5 empleados y un 9,3% de 6 a 9 empleados. En cuanto a la cifra de negocio se refiere, el 67,9% declaró en el ejercicio 2021 una cifra no superior a los 500.000 €, concretamente un 28,3% factura menos de
100.000 € y un 39,6% entre 100.00 y 500.000 €. Un 10% de las empresas informan de una facturación entre 500.000 a 1.000.000 €. Una facturación superior al millón de euros es señalada por el 11,4% de las empresas. Solo el 8,1% declara formar parte de un grupo de empresas (nacional mayoritariamente 6,9%) y un 18,4% afirma haber realizado ventas y/o prestaciones de servicios a otros países durante el pasado año 2021. En cuanto a su ubicación, la mitad de las empresas (50,4%) se sitúa en la provincia de Valencia, mientras que el 37,8% lo está en la de Alicante y el 11,8% restante en la xx Xxxxxxxxx. Por lo que respecta a la antigüedad, el 34,1% inició su actividad en los últimos 10 años, mientras que el 30,2% lo hizo en el periodo comprendido entre los años 2001 y 2010. La Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) es la forma jurídica más extendida, ya que 7 de cada 10 empresas (71,0%) tienen esa personalidad jurídica.
b. Justificación de la necesidad
El Programa PICEI pretende dimensionar y explicar la influencia e impacto de las empresas intensivas en innovación y conocimiento en el desarrollo económico autonómico y la aportación en términos económicos y de empleo al tejido empresarial de la Comunitat Valenciana. Además, el informe resultante del Programa permite la identificación, caracterización y comparación de empresas de base tecnológica, perfil científico o carácter innovador vs no innovador de la Comunitat Valenciana. El informe resultante ofrece información valiosa sobre los resultados de las diferentes áreas y sectores empresariales representados, por lo que resulta de utilidad darlo a conocer, a través de este Programa PETI, en los 5 parques científicos de la Comunitat Valenciana en presentaciones específicas para el sector económico, industrial y de servicios, a lo largo del segundo trimestre de 2023.
c. Novedad e impacto de las innovaciones a desarrollar
Esta actuación ha permitido caracterizar la población empresarial innovadora de la Comunitat Valenciana y mejorar su visibilidad y proyección, así como generar sinergias entre ellas, que pueden dar lugar a nuevas relaciones de cooperación, consorcios empresariales o proyectos en colaboración.
d. Contenido y alcance
Favorecer el conocimiento, la visibilidad, el crecimiento, la consolidación y la proyección del conjunto de empresas innovadoras de la Comunitat Valenciana mediante la celebración de 5 jornadas informativas (una en cada parque científico), a lo largo del segundo trimestre de 2023, dirigidas a la sociedad y en la que se expongan las conclusiones del tratamiento estadístico avanzado realizado para elaborar el informe público (impreso y en formato pdf y cuadro de mando interactivo) que incluye los principales resultados y magnitudes de actividad y rendimiento de las empresas innovadoras de la Comunitat Valenciana, con el objetivo de poner en valor (de forma agregada, nunca particular) sus capacidades, hitos, dimensión, estructura, tecnologías, etc. Las conclusiones de este Programa se pueden ampliar al conjunto de la economía valenciana dada la gran diversidad poblacional conseguida; 938 empresas participantes sobre un universo aproximado de 5.000 empresas innovadoras.
e. Hitos y entregables
Los hitos del Programa PETI son los siguientes:
• Definición del contenido de cada jornada informativa con las entidades correspondientes (GFK EMER AD HOC RESEARCH, S.L., APUNTE ASESORES Y CONSULTORES, S.L.L., REPCV y AGENCIA VALENCIANA DE INNOVACIÓN).
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• Celebración de las 5 jornadas informativas en cada parque científico.
f. Descripción de las actividades a desarrollar. Tareas previstas
• Contactos y reuniones con directores y técnicos de los 5 Parques Científicos de la rePCV y entidades relacionadas para la ejecución.
• Definición del contenido de las 5 jornadas de presentación de los resultados de la cuarta edición del Programa PICEI 2022.
• Celebración de las 5 jornadas y su correspondiente difusión.
g. Resultados esperados
El resultado esperado como consecuencia de las 5 jornadas informativas del Programa PICEI 2022 es lograr impresiones o impactos sobre aproximadamente 500 personas (100 por cada jornada) relacionadas con el ámbito de la innovación empresarial en la Comunitat Valenciana.
h. PETI - Cronograma
ACTIVIDADES/FASES PETI 2023 | MESES | |||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | |
Contactos y reuniones con directores y técnicos de los 5 Parques Científicos de la rePCV y entidades relacionadas para la ejecución. | ||||||||||||
Definición del contenido de las 5 jornadas de presentación de los resultados de la cuarta edición del Programa PICEI 2022. | ||||||||||||
Celebración de las 5 jornadas y su correspondiente difusión. |
2.2.2. Actuaciones conjuntas de Apoyo al emprendimiento innovador Proyecto 5: V FORO PREMIOS rePCV 2023
a. Oportunidad del proyecto
Los Parques Científicos son elementos de conexión entre el entorno empresarial y las universidades y por su naturaleza de agentes del ecosistema de innovación del territorio, proporcionan apoyo tanto a emprendedores como a empresas innovadoras y de base tecnológica.
Un incentivo que contribuye la puesta en marcha de iniciativas empresariales innovadoras y que además permite la consolidación de las empresas que están en proceso de crecimiento son los premios que se conceden desde la rePCV en función de un conjunto de hitos conseguidos a lo largo del ciclo de vida de los modelos de negocio de las empresas.
El proyecto “V Premios REPCV” pretende poner en valor el esfuerzo que realizan los emprendedores y promotores de aventuras empresariales innovadoras y de base tecnológica para conseguir un nicho en el mercado con sus innovaciones.
El proyecto “V Premios REPCV” enmarcado en la acción 2.1 TECH2BUSINESS de la Línea de Actuación Apoyo al Emprendimiento Innovador, y presentado como proyecto común en el que participarán los cinco parques científicos de la Comunitat Valenciana y miembros de la REPCV (Red de Parques Cientificos de la Comunitat Valenciana), tiene como objetivo:
• Contribuir al desarrollo y a la consolidación de las empresas creadas y desarrolladas con el apoyo de los cinco parques científicos valencianos, así como aquellas empresas exitosas en abordar retos AVI.
• Apoyar y potenciar el espíritu emprendedor en el ámbito de los cinco parques
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científicos valencianos.
• Impulsar y fortalecer las relaciones Universidad-Empresa.
El objeto específico de esta convocatoria es premiar y reconocer la actividad de las iniciativas emprendedoras y empresariales atendiendo a su crecimiento, carácter innovador, estrategia empresarial y aportación al entorno.
Esta actividad será coordinada por el equipo del Parc Científic de la Universitat de València y participarán el resto de parques científicos valencianos. Es una acción ejecutada conjuntamente y en coordinación.
b. Justificación de la necesidad
Desde la Red de Parques Científicos Valencianos consideramos necesario realizar este tipo de iniciativas ya que fomentan, por un lado, el espíritu emprendedor del entorno y, por otro lado, contribuye al desarrollo y la consolidación de las iniciativas empresariales surgidas en el ecosistema de los cinco parques científico valencianos. Además, con esta actividad se da visibilidad al esfuerzo realizado tanto por los emprendedores como por los agentes de emprendimiento e innovación valencianos.
c. Contenido, alcance y actividades
Las actividades a desarrollar en el proyecto son las siguientes:
1. Revisión de las bases de los IV Premios de las rePCV a partir de las establecidas en la tercera edición y las lecciones aprendidas del proceso.
2. Coordinación con ecosistemas de innovación de la Comunitat Valenciana (REDIT, CEEI, Asociaciones empresariales) para invitar al mayor número de empresas en sus diferentes ciclos de vida y ámbitos de actuación.
3. Apertura del período de solicitudes. Comunicación de la convocatoria.
4. Evaluación de candidaturas.
5. Celebración acto de entrega de Premios. Difusión de los valores de las empresas ganadoras y “Elevator Pitch”.
Como bases de esta edición, se establecen 3 categorías de premios:
1. Premio a la spin-off.
2. Premio a la start-up.
3. Premio a la colaboración empresa – universidad.
Se concederá un premio y hasta un máximo de dos accésits por categoría. Los premios tendrán carácter honorífico.
El régimen de concesión de estos premios se llevará a cabo conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad, coherencia y no discriminación. La propuesta de concesión de los premios competerá a un jurado constituido por el director o gerente (o persona en quien delegue) de cada uno de los cinco parques científicos valencianos, actuará como xxxxxxxxxx xxx xxxxxx el representante del parque científico que en ese momento ostente la secretaría de la Red de Parques Científicos Valencianos (en adelanterePCV).
El proceso de evaluación constará de dos etapas:
• Valoración de las candidaturas en las diferentes categorías en base a la documentación presentada.
• Elevator Pitch (3’) por candidato en el que presentará la iniciativa de forma concisa frente al grupo de jueces.
El jurado podrá contar con el apoyo y asesoramiento de expertos en cada una de las categorías de los premios. El jurado levantará acta de lo actuado, siendo rubricada por todos sus miembros y gozará de publicidad, a los efectos de garantizar la presentación de posibles reclamaciones
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que serán presentadas en el plazo de cinco días desde su publicación, debiendo estar resueltas en los cinco días siguientes.
Los premiados se darán a conocer mediante la publicación en la página web de la rePCV cuya dirección es xxx.xxxxx.xxx, valorando la posibilidad de crear una landing page para optimizar su difusión. La entrega formal de los premios se celebrará en un acto público, en fecha y lugar a determinar por la rePCV.
I) PREMIO A LA SPIN-OFF
Dirigido a las empresas, promovidas por PDI, doctores o estudiantes de doctorado, creadas a partir de la explotación de resultados de investigación y que tengan la consideración de spin- off por cualquiera de las universidades públicas valencianas. Estas empresas deberán estar ubicadas o vinculadas con cualquiera de los parques científicos valencianos.
Criterios de evaluación:
1.- Innovación, diferenciación y originalidad. 2.- Creación de puestos de trabajo
3.- Potencial de crecimiento y consolidación 4.- Potencial internacional
5.- Colaboración con la universidad
6.- No haber obtenido el premio en anteriores ediciones.
7.- El jurado podrá declarar el premio desierto si lo estimara oportuno.
Presentación de candidaturas:
El plazo de presentación será desde la fecha de publicación en la web de la rePCV hasta [por determinar por la rePCV].
Las candidaturas se presentarán por correo electrónico, el envío se realizará a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx. En el asunto se hará constar “V edición de los premios rePCV. Spin-off”
II) PREMIO A LA START-UP
Dirigido a las empresas innovadoras, promovidas por alumnos o antiguos alumnos de cualquiera de las universidades públicas valencianas, así como startups que hayan tenido éxito enproyectos financiados por la Agencia Valenciana de la Innovación.
Criterios de evaluación:
1.- Innovación, diferenciación y originalidad. 2.- Creación de puestos de trabajo
3.- Potencial de crecimiento y consolidación 4.- Potencial internacional
5.- Colaboración con la universidad
6.- No haber obtenido el premio en anteriores ediciones.
7.- El jurado podrá declarar el premio desierto si lo estimara oportuno.
Presentación de candidaturas:
El plazo de presentación será desde la fecha de publicación en la web de la rePCV hasta [por determinar por la rePCV].
Las candidaturas se presentarán por correo electrónico, el envío se realizará a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx. En el asunto se hará constar “V edición de los premios rePCV. Start-up”
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III) PREMIO A LA COLABORACIÓN EMPRESA – UNIVERSIDAD
Dirigido a la empresa que participe con cualquiera de las universidades públicas valencianas en programas y/o proyectos de I+D cuyos resultados hayan contribuido a establecer una relación estrecha y continuada de colaboración, así como al desarrollo de la economía valenciana.
Criterios de evaluación:
1.- Número de contratos de investigación y cuantía con cualquiera de las universidades públicas valencianas durante los tres años anteriores a la concesión del premio.
2.- Beneficios de esa colaboración para las universidades públicas valencianas y para la sociedad en su conjunto.
3.- No haber obtenido el premio en anteriores ediciones.
4.- El jurado podrá declarar el premio desierto si lo estimara oportuno.
Presentación de candidaturas:
El plazo de presentación será desde la fecha de publicación en la web de la rePCV hasta [por determinar por la rePCV].
Las candidaturas se presentarán por correo electrónico, el envío se realizará a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx. En el asunto se hará constar “V edición de los premios rePCV. Colaboración empresa-universidad”.
d. Novedad e impacto de las innovaciones a desarrollar
Los parques científicos somos conscientes que es necesario establecer medidas que permitan aumentar y potenciar la competitividad empresarial, sin embargo, esto no se puede realizar de forma eficaz si no se dispone de un conocimiento preciso de las necesidades y de la realidad de las mismas.
Además, deben establecerse mecanismos para crear redes de cooperación entre empresas afines, que les permitan, en un mundo más globalizado -donde las grandes corporaciones cada vez tienen un mayor poder- ofrecer una oferta de valor lo suficientemente competitiva para lograr un lugar destacado en el mercado.
Las empresas alojadas en los cinco parques científicos de la Comunidad Valenciana, en los CEEIS y las empresas vinculadas a los Institutos Tecnológicos, además de otras empresas innovadoras (PYMES INNOVADORAS) tienen un impacto sustancial y creciente en el desarrollo económico de nuestra región.
Esta actuación permitirá, además, incrementar y mejorar la visibilidad y proyección de las empresas participantes, así como la posibilidad de generar sinergias entre ellas, que podrían dar lugar a nuevas relaciones de cooperación, consorcios empresariales o proyectos en colaboración.
e. Comunicación de los resultados
La rePCV se compromete a mantener la confidencialidad de las candidaturas presentadas durante todo el proceso.
La aceptación de las presentes bases conlleva la autorización expresa para la realización de actividades de publicidad y difusión con fines informativos relacionadas únicamente con la convocatoria. La rePCV, podrá hacer difusión y publicidad de las iniciativas presentadas y de las que hayan sido galardonadas.
Los derechos de los contenidos presentados pertenecen a su autor y no a los organizadores de la convocatoria.
Los mecanismos utilizados para la difusión de los resultados son: página web, Redes sociales
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(Facebook, Twitter, LinkedIn), notas de prensa para medios locales o medios especializados, artículos en Congresos derivados de las metodologías utilizadas y los resultados obtenidos, así como documentos multimedia (vídeos) que facilitan la difusión del conocimiento transferido entre grupos de investigación y las empresas participantes en el proyecto.
f. V FORO PREMIOS rePCV 2023 - Cronograma
ACTIVIDADES V Foro Premios rePCV 2023 | MESES | |||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | |
Coordinación y Seguimiento. | ||||||||||||
Coordinación con ecosistemas de innovación. | ||||||||||||
Apertura del periodo de solicitudes y comunicación de la convocatoria. | ||||||||||||
Cierre de la convocatoria. | ||||||||||||
Evaluación y selección de las empresas ganadoras. | ||||||||||||
Acto de entrega de premios (por determinar entre los parques de la rePCV). |
3. PRESUPUESTO
Presupuesto general del proyecto
GASTO SUBVENCIONABLE | Total |
Gasto de personal | 235.000 |
Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica | 74.350 |
Gastos de publicación y difusión en ámbitos empresariales de los resultados del proyecto | 34.400 |
Gastos de hospedaje y transporte público interurbano del personal propio de la entidad | 3.750 |
Gasto informe de auditoría | 2.500 |
TOTAL | 350.000 |
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