Registro a) Previo al acto de presentación de proposiciones, se deberá efectuar el registro de participantes, así como realizar revisiones preliminares a la documentación distinta a la proposición, tales como actas constitutivas y demás elementos requeridos en la convocatoria. No se podrá impedir el acceso a quién decida presentar su documentación y proposiciones en la fecha, hora y lugar establecido para la celebración del citado acto.
Registro. Usted no tiene que registrarse para ver los Sitios. Podrá visitar los Sitios, leer artículos y otros materiales, navegar por los productos, publicar comentarios y revisiones de productos y comprobar ofertas sin registrar una cuenta de usuario. También podrá ponerse en contacto con nosotros acerca de un vídeo, una foto, un archivo de audio particular u otra publicación sin tener una cuenta. Sin embargo, deberá registrar una cuenta para poder acceder a la funcionalidad completa de los Sitios, incluyendo pero no limitándose a la capacidad de comprar productos a través de los Sitios y hacerse miembro del Boardriders Club (de acuerdo con lo definido en la Sección 10 que se presenta a continuación). Para registrarse, deberá crear una cuenta de usuario, que le requerirá proporcionar su dirección de correo electrónico, dirección postal, sexo, fecha de nacimiento y seleccionar una contraseña. Cuando cree una cuenta de usuario, deberá proporcionar información de registro precisa, completa y actualizada. Sujeto a nuestras obligaciones de seguridad descritas en la Política de privacidad, usted será el único responsable de la actividad que se produzca en su cuenta, y deberá mantener una contraseña de cuenta segura. Excepto en el caso de incumplimiento de la seguridad de los datos debido a la Empresa, usted será totalmente responsable de cualquier fallo en la salvaguarda de su información y/o de permitir a otras personas acceder o utilizar los Sitios utilizando su perfil y/o cuenta, así como de todas las actividades que se pudieran realizar mediante su perfil y/o cuenta. No podrá vender ni transferir su perfil o cuenta ni parte alguna de los mismos. Deberá notificar a la Empresa inmediatamente de cualquier incumplimiento de la seguridad o del uso no autorizado de su cuenta de los que pudiera tener conocimiento. Cuando un incumplimiento de la seguridad de los datos pudiera tener como resultado un riesgo elevado para sus derechos y libertades, le comunicaremos dicho fallo en la seguridad de los datos a la mayor brevedad. La Empresa no se responsabilizará de ninguna pérdida causada por cualquier uso no autorizado de su cuenta causado por negligencia. La Empresa se reserva el derecho a denegar el registro o a rescindir, suspender o cancelar el acceso a una cuenta de usuario en cualquier momento a su total discreción. Si suspendiéramos o cancelásemos el acceso a su cuenta, podría impedírsele acceder a los Sitios (de forma temporal o permanente), a los datos de su cuenta y/o ...
Registro. Su representada cuenta con autorización para realizar el arrendamiento de referencia y lo acredita con su clave del Registro Federal de Contribuyentes .
Registro. La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36, 36-A, 36-B y 36-D de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, bajo el (los) registro (s) número CNSF-S0048-0691-2012 con fecha 28 de febrero de 2013.
Registro. Puede registrarse para obtener una cuenta en nuestro sitio web. Durante este proceso, es posible que se le pida que elija una contraseña. Usted es responsable de mantener la confidencialidad de las contraseñas y la información de la cuenta y se compromete a no compartir sus contraseñas, la información de la cuenta o el acceso seguro a nuestro sitio web o servicios con ninguna otra persona. No debe permitir que ninguna otra persona use su cuenta para acceder al sitio web porque usted es responsable de todas las actividades que ocurren a través del uso de sus contraseñas o cuentas. Xxxx notificarnos inmediatamente si tiene conocimiento de la divulgación de su contraseña. Después de la cancelación de la cuenta, usted no intentará registrar una nueva cuenta sin nuestro permiso.
Registro. 1. El contrato deberá ser registrado por el trabajador autónomo económicamente dependiente en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su firma, comunicando al cliente dicho registro en el plazo de cinco días hábiles siguientes al mismo. Transcurrido el plazo de quince días hábiles desde la firma del contrato sin que se haya producido la comunicación de registro del contrato por el trabajador autónomo económicamente dependiente, será el cliente quien deberá registrar el contrato en el Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo xx xxxx días hábiles siguientes. El registro, se efectuará en el Servicio Público de Empleo Estatal, organismo del que dependerá el registro con carácter informativo de contratos para la realización de la actividad económica o profesional del trabajador autónomo económicamente dependiente.
Registro. El Acreditado se obliga a presentar la solicitud de inscripción del presente Contrato de Crédito ante el Registro Público Único y/o en el registro que lo sustituya o complemente de conformidad con la normatividad aplicable, en un plazo no mayor a 30 (treinta) días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha de firma del presente, de conformidad con los artículos 30 fracción IV y 53 de la Ley de Disciplina Financiera; y 268, 273, 274 y 275 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a que el Acreditado haya presentado la solicitud de inscripción ante el Registro Público Único, deberá entregar al Acreedor copia del comprobante de ingreso que para dichos efectos le sea proporcionado. Asimismo, el Acreditado se obliga a entregar al Acreedor dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a que haya quedado inscrito el Contrato de Crédito en el Registro Público Único, copia simple de la constancia de inscripción en dicho registro.
Registro. El Estado Contratante en cuyo territorio fuera firma- do el presente Convenio lo someterá para su registro al Secretariado de las Naciones Unidas, en los términos del artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas, de- biendo, igualmente, notificar al otro Estado Contratante de la finalización de este procedimiento e indicarle el número de registro asignado. Hecho en la ciudad de Santiago de Chile, a los 9 días de noviembre de 2007, en dos ejemplares originales, en idioma español y portugués, siendo ambos igualmente auténticos. INFORME independientes, incluyendo los regímenes de afiliación voluntaria del sistema previsional del sistema xx xxxx- ridad social, en lo que se refiere a las contingencias de Las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Previsión y Seguridad Social, al considerar el proyecto xx xxx en revisión por el que se aprueba el Convenio de Seguridad Social entre la República Ar- gentina y la República Portuguesa, suscrito en Santiago –República de Chile–, el día 9 de noviembre de 2007, cuyo dictamen acompaña este informe, y que se somete a la sanción definitiva de esta Honorable Cámara, han aceptado el espíritu de la sanción del Honorable Sena- do, así como el de su antecedente, el mensaje del Poder Ejecutivo, y acuerdan que resulta innecesario agregar otros conceptos a los expuestos en ellos. Buenos Aires, 16 julio de 2009. Tengo el agrado de dirigirme a vuestra honorabilidad con el objeto de someter a su consideración un proyecto xx xxx tendiente a aprobar el Convenio de Seguridad Social entre la República Argentina y la República Portuguesa, suscrito en Santiago –República de Chile–, el 9 de noviembre de 2007. El presente Xxxxxxxx tiene como propósito el adecuar el desarrollo alcanzado en cada uno de los Estados en materia de segundad social en beneficio de sus nacionales. El presente Xxxxxxxx se aplicará con respecto a la República Argentina a la legislación relativa a las prestaciones contributivas del sistema de seguridad social en lo que se refiere a los regímenes de vejez, in- validez y muerte basados en el sistema de reparto, cuya administración se encuentre a cargo de organismos nacionales, provinciales, municipales o profesionales; al régimen de prestaciones médico asistenciales (obras sociales); al régimen de riesgos del trabajo y al régimen de asignaciones familiares. Con respecto a la República Portuguesa, será aplica- ble a la legislación relativa a los regímenes de seguri- dad social concernientes a la generalidad d...
Registro. “En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 22 de Enero de 2016, con el número PPAQ-S0048-0061-2015”.
Registro. Nervión mantiene y actualiza regularmente un registro de las clases de actividades reguladas realizadas por o por cuenta de la Sociedad en los que han surgido conflicto de interés o, para aquellos servicios o actividades en curso, en que pueda surgir. En el registro quedará constancia de manera clara, no manipulable y numerada correlativamente de la siguiente información: