PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Nº 25.503.051/GCABA-DGADCYP/2019 LICITACIÓN PÚBLICA N° 401-1317-LPU19
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ÍNDICE
1.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN
2.- OBJETO
3.- FACULTADES DEL ORGANISMO CONTRATANTE
4.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
5.- GARANTÍAS
5.1.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
5.2.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
5.3.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL DICTÁMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS- PREADJUDICACIÓN
5.4.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
5.5.- ENTREGA DE LAS GARANTÍAS
6.- DEL PROCEDIMIENTO
6.1.- ANUNCIOS
6.2.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
6.3.- PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR
6.3.1- REQUISITOS RELATIVOS AL OFERENTE
6.4.- VISITA
6.5.- COTIZACIÓN
6.6.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
6.7.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
6.8.- OBLIGACIONES DEL OFERENTE
6.9.- REFERENCIA A MARCAS
6.10.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS-PREADJUDICACIÓN
6.11.- DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
6.12.- ADJUDICACIÓN
6.13.- PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
7.- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA
8.- LUGAR Y PLAZO DE CUMPLIMIENTO
8.1.- ACTA DE INICIO
8.2.- ACTA DE RECEPCIÓN: FINALIZACIÓN DE TRABAJOS Y CAPACITACIÓN
9.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
9.1.- SEGUROS
10.- TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATO
11.- PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES
12.- CAUSALES DE RESCISIÓN
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13.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
14.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL-ORDEN DE PRELACIÓN
15.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
16.- XXXXX XXXXXXXXXX
ANEXO I - CRONOGRAMA DE VISITAS
ANEXO II - MODELO ESTRUCTURADE COSTOS
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1.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN
El presente llamado a Licitación Pública se convoca bajo el Régimen de Compras y Contrataciones vigente, en los términos establecidos por el Artículo 31, primer párrafo del Artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017), el Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19 modificado por Xxxxxxx Xx 000-XXXXX/00 y se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) al amparo de lo establecido en el Artículo 85 - Informatización de las contrataciones- de la Ley de Compras y Contrataciones y su Decreto Reglamentario. La contratación se rige por la normativa citada, por las disposiciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición N° 1274- DGCYC/17), las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
2.- OBJETO
El objeto de la presente contratación es la “Provisión, y colocación de membranas impermeabilizantes para los CeSACs Nros. 10, 12, 15, 16, 27 y 43 dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Las características y especificaciones técnicas del objeto de la presente Licitación Pública, se encuentran detalladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
3.- FACULTADES DEL ORGANISMO CONTRATANTE
El Organismo contratante hace reserva de ejercer la facultad contemplada en el Artículo 119-Facultades del organismo contratante- inciso I) de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017).
4.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA.
Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio
Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, a los efectos de la presente licitación el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000 Xxxx 0x, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Una vez perfeccionado el contrato el GCABA constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxxxxxx Nº 313 Piso 10º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Dirección General Recursos Físicos en Salud).
Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en el Artículo 85 del Anexo I Decreto N° 168-GCABA/19 reglamentario de la Ley N° 2095 (texto consolidado Ley N° 6017). Conforme el Artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y
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los interesados, oferentes y adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del BAC.
Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en la calle Uruguay Nº 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.
5. GARANTÍAS
5.1.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
De conformidad con lo prescripto por el Artículo 101.- Constitución de garantías - de la Ley N° 2095 (Texto consolidado por ley Nº 6017) y el Artículo 17 apartado 17.1 inc. d) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, el monto a depositar en concepto de garantía de impugnación será equivalente al dos coma cinco por ciento (2,5%) del monto estimado de la contratación.
La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo a través de depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, y el artículo 102.- Formas - inciso a) y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017) y su Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19.
El depósito deberá efectuarse en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será integrado a los impugnantes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
5.2.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 17 apartado 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 17 apartado 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, artículo 102.- Formas - y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017) y su Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19.
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 18 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 103 de la Ley Nº
2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017), no resulta necesario presentar garantía de mantenimiento de oferta, cuando el importe de la oferta no supere las CIEN MIL (100.000) Unidades de Compra (Valor de la Unidad de Compra $ 20,00 – LEY N° 6068 Artículo 27 inc. b).
Esta garantía deberá ser identificada e individualizada con la oferta ingresada por BAC. Asimismo, el documento mediante el cual se formaliza la garantía (póliza, cheque certificado u otro documento según la forma de constitución en formato impreso) deberá ser entregado físicamente dentro del plazo de 24 horas contado a partir de la fecha límite para la recepción de la oferta, bajo apercibimiento de descarte de la misma, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 106 de la Ley N° 2095 (Texto Consolidado Ley N° 6017) y el articulo 17.1 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el domicilio y horario fijados en el punto 5.5
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del presente pliego. Dicho plazo se computa en horas, es decir desde la hora fijada para la recepción de la oferta venciendo, en consecuencia, a la misma hora del día hábil siguiente a la fecha fijada para la apertura de ofertas.
5.3.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS – PREADJUDICACIÓN
A tenor de lo establecido en el Artículo 17 apartado 17.1 inciso f) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, la suma a depositar en concepto de garantía de impugnación a la preadjudicación de las ofertas, se fija en u n tres por ciento (3%) del monto total de la oferta preadjudicada por la que se presenta impugnación.
En el supuesto de que no existiese un preadjudicatario, el monto de la garantía de impugnación al dictamen, será del tres por ciento (3%) en base al monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.
La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo mediante depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y el artículo 102.- Formas - inciso a) y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017) y su Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19.
A tal efecto el depósito deberá efectuarse en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
LA DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA CONSTITUCION DE LA GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE DE FORMA PREVIA A FORMALIZAR LA IMPUGNACIÓN MEDIANTE LOS RESPECTIVOS FORMULARIOS DEL BAC.
5.4.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Dicha garantía deberá constituirse conforme lo establecido en el artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, artículo 102.- Formas - y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017) y su Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19.
La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta una vez vencida la garantía técnica, a entera satisfacción del organismo contratante, en conformidad con lo establecida en el artículo 115 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19.
5.5.- ENTREGA DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se constituyan en la presente contratación deberán ser entregadas en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud, sita en Xxxxxx Xxxxxxxxxx 313 piso 4º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de 9 a 16 horas.
Las pólizas emitidas por compañías aseguradoras deberán tener la firma de quien la suscribe certificada por escribano público.
6- DEL PROCEDIMIENTO
6.1.- ANUNCIOS
El llamado a Licitación Pública se anunciará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de dos (2) días, con una antelación no menor a cuatro (4) días de la fecha de apertura.
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Se cursarán invitaciones a Proveedores inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). Las invitaciones se cursarán de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Anexo I del Decreto N° 168-GCABA/19.
Asimismo, se cursarán las comunicaciones establecidas en el artículo 95 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19.
6.2.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
Sólo tiene derecho a formular consultas el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, conforme lo establecido en el Artículo 85 del Anexo I Decreto Nº 168-GCABA/19.
Las consultas deberán realizarse mediante BAC hasta TRES (3) DÍAS previos a la fecha establecida para la apertura de ofertas.
Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la licitación electrónica, serán notificadas a cada uno de los participantes de conformidad con lo previsto en el Artículo 85 “Comunicaciones Electrónicas” del Anexo I Decreto Nº 168-GCABA/19.
6.3.- PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR
Podrán participar en la presente licitación pública las personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse, que reúnan las condiciones que se exigen en la normativa vigente en función del objeto de la contratación y que no se encontraren comprendidas en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en la normativa aplicable, de conformidad con lo establecido en los artículos 97 –Personas habilitadas para contratar-y 98 –Personas no habilitadas- de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017) y su reglamentación.
Los interesados deberán aceptar los términos de la Declaración Jurada según lo dispuesto en el Artículo 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a través de los formularios disponibles en BAC.
LOS OFERENTES DEBEN MANTENER ACTUALIZADA LA DOCUMENTACIÓN EN EL RIUPP Y ENCONTRARSE INSCRIPTOS EN EL RUBRO Y CLASE CORRESPONDIENTES AL RENGLÓN OFERTADO.
6.3.1- REQUISITOS RELATIVOS AL OFERENTE
La empresa oferente deberá acreditar idoneidad técnica para la realización de trabajos similares a los descriptos en el Pliego de Especificaciones Técnicas. La empresa deberá contar con un representante técnico profesional matriculado, que tenga las incumbencias de los trabajos que se van a realizar, para lo cual deberá presentar la documentación que lo acredite.
6.4.- VISITA
Se deberá realizar Visita/s técnica/s al/os efector/es destinatario/s en los que se efectuaran los trabajos objeto de la contratación y que estuvieren interesados en cotizar conforme el Anexo I -Cronograma de Visitas- del presente Xxxxxx, a los efectos de constatar las características y el alcance cualitativo y cuantitativo de los trabajos a efectuar, de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Se extenderá certificado de visita, debidamente suscripto por la Dirección General Recursos Físicos en Salud para ser presentado junto con la oferta, y será suficiente prueba de que el
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mismo conoce las características y condiciones de los lugares donde se efectuarán los trabajos.
El certificado será provisto por la Dirección General Recursos Físicos en Salud.
La movilidad entre los distintos efectores estará a cargo exclusivo de los interesados.
6.5.- COTIZACIÓN
Deberá completar la oferta económica a través de los formularios disponibles en el sistema BAC,
Deberá contemplarse lo establecido en el Artículo 10 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, por lo cual debe incluirse el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) en el precio cotizado. La moneda de cotización será el peso (moneda de curso legal en la República Argentina).
Deberá ingresarse en el BAC como anexo adjunto el presupuesto desagregado conforme se detalla a continuación:
1) Deberá individualizarse el valor unitario (por unidad de medida) en cada renglón cotizado y el monto total por cada renglón por el cual se formula oferta.
2) Deberá indicarse el monto total de la oferta por el valor de la totalidad de los renglones cotizados.
El monto de la oferta deberá expresarse en letras y números.
Podrá presentarse cotización por uno, varios o la totalidad de los renglones que integran la licitación.
Los renglones que se licitan en el presente procedimiento son los siguientes:
RENGLÓN | CANTIDAD | EFECTOR | DESCRIPCIÓN | RIUPP | |
RUBRO | CLASE | ||||
1 | 1 | CeSAC N° 10 | SERVICIO DE COLOCACIÓN DE MEMBRANA ASFÁLTICA | Construcción | SERVICIO de Contratación de Obras en General, Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales |
2 | 1 | CeSAC N° 12 | SERVICIO DE COLOCACIÓN DE MEMBRANA ASFÁLTICA | Construcción | SERVICIO de Contratación de Obras en General, Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales |
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3 | 1 | CeSAC N° 15 | SERVICIO DE COLOCACIÓN DE MEMBRANA ASFÁLTICA | Construcción | SERVICIO de Contratación de Obras en General, Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales |
4 | 1 | CeSAC N° 16 | SERVICIO DE COLOCACIÓN DE MEMBRANA ASFÁLTICA | Construcción | SERVICIO de Contratación de Obras en General, Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales |
5 | 1 | CeSAC N° 27 | SERVICIO DE COLOCACIÓN DE MEMBRANA ASFÁLTICA | Construcción | SERVICIO de Contratación de Obras en General, Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales |
6 | 1 | CeSAC N° 43 | SERVICIO DE COLOCACIÓN DE MEMBRANA ASFÁLTICA | Construcción | SERVICIO de Contratación de Obras en General, Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales |
SE DEJA CONSTANCIA QUE, EN CASO DE DIFERIR LOS VALORES CONSIGNADOS, ENTRE EL PRESUPUESTO DOCUMENTO ANEXO Y EL CARGADO EN EL BAC, SE ESTARÁ A LOS VALORES INGRESADOS EN LA GRILLA DEL BAC.
SE DEJA CONSTANCIA QUE EL PRECIO ESTIMADO DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN FIJADO EN LA SOLICITUD DE GASTO SE REFERENCIA A LOS PRECIOS XX XXXXXXX DEL MES XX XXXXX DE 2019.
Asimismo, el oferente deberá presentar junto con la oferta la estructura real de costos que respalda el precio del renglón ofertado, de conformidad con el Anexo II del presente pliego “Modelo Estructura de Costos”. De ella debe surgir:
a) el detalle de los costos directos e indirectos que la componen,
b) la incidencia impositiva y la utilidad prevista:
c) el precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos.
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Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente.
Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato (Artículo 5° de la Ley N° 2809, Texto consolidado por Ley Nº 6017)
Asimismo, el oferente deberá presentar, junto con la oferta económica, la planilla de cotización y estructura de costos que respalda la oferta con cada uno de los ítems que la componen, en formato EXCEL.
6.6.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentado con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
TODA la documentación anexada por BAC que componga la oferta debe tener consignado el nombre de la empresa oferente.
La apertura de ofertas se efectuará a través del BAC, liberándose las ofertas el día establecido para la fecha y hora límite de recepción de ofertas, en el acto administrativo de convocatoria y en el cronograma registrado en el Portal de Compras xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados. El sistema asegura certeza en la hora y fecha de la apertura.
Conforme lo establecido en el artículo 85 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 168- GCABA/19, en el caso de producirse una interrupción general del Sistema BAC, debidamente comprobada y verificada por el Órgano Rector, a través de la Dirección General de Unidad Informática de Administración Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas o la que en un futuro la reemplace, que afecte el normal desenvolvimiento de los procesos en la fecha y hora de apertura establecida, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente a la misma hora.
6.7.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un plazo de CUARENTA (40) DIAS a contar de la fecha límite para la recepción de ofertas. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial (artículo 104 Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19.
El desistimiento de la Oferta antes del plazo señalado o de su prórroga aceptada por el Oferente, causará la pérdida del importe de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
6.8. OBLIGACIONES DEL OFERENTE
El Oferente deberá presentar junto con la oferta:
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a) Aceptación de las condiciones de la Declaración Jurada para contratar, de conformidad con lo establecido en el Artículo 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y los términos del Anexo I -Declaración Jurada de Aptitud para contratar -.
b) Autorización de acreditación de pagos xxx Xxxxxx del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuenta bancaria. (Anexo II xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales);
c) Garantía de Mantenimiento de Oferta;
d) Certificado de Visita Técnica;
e) Presentar documentación a fin de acreditar los requisitos exigidos en el punto 6.3.1.
– REQUISITOS RELATIVOS AL OFERENTE del presente Xxxxxx;
f) La planilla de cotización y estructura de costos que respalda la oferta con cada uno de los ítems que la componen, en formato EXCEL, conforme se establece en el punto 6.5 del presente pliego.
g) Xxxx la documentación requerida en los pliegos que rigen la contratación.
6.9.- REFERENCIA A MARCAS
Toda referencia a alguna marca determinada que hubiere en los pliegos de la contratación es solo a fines de indicar calidad requerida, pudiendo ofertarse otras marcas de igual o superior calidad a las individualizadas en la documentación que rige.
6.10.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS - PREADJUDICACIÓN
Las ofertas se evaluarán teniendo en cuenta los antecedentes de los oferentes que acrediten su capacidad técnica, el cumplimiento de la normativa exigida y de las especificaciones técnicas, las ofertas económicas presentadas y los demás aspectos formales contenidos en las propuestas, conforme lo establecido en el artículo 108.- Funciones de la Comisión de Evaluación - de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017), y el Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19.
Sin perjuicio de las prerrogativas contempladas en los Artículos 22 y 25 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, la CEO podrá aceptar o rechazar todas y cada una de las ofertas, cuando no resultaren convenientes y sin que ello genere derecho a percibir indemnizaciones por parte de los oferentes.
Teniendo en cuenta la particularidad y especificidad del objeto de la contratación, a tenor de lo establecido en el artículo 108 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 207-GCABA/19, se fija en diez (10) días, el plazo en el cual la Comisión de Evaluación de Ofertas deberá emitir su dictamen de preadjudicación.
6.11.- DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir a los oferentes en forma previa a la emisión del dictamen, aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e información contenida en la misma, en el plazo que se fijará al efecto de acuerdo a la complejidad de la información solicitada.
Asimismo, podrá requerir que se subsanen las deficiencias insustanciales de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 207- GCABA/19.
En tal sentido podrá solicitarse a los oferentes documentación faltante, en tanto su integración con posterioridad al Acto de Apertura de Ofertas no afecte el Principio de Igualdad entre los oferentes, y que la omisión de dicha documentación no fuera prevista en
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los pliegos como causal de descarte.
6.12.- ADJUDICACIÓN
Vencido el plazo de impugnación a la preadjudicación, el GCABA resolverá mediante acto administrativo en forma fundada la adjudicación. Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación.
Los recursos contra la adjudicación, tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal, de conformidad con lo prescripto por la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Se deja constancia que en el pliego del Sistema Buenos Aires Compras se consigna como tipo de adjudicación de la presente contratación “parcial” por renglón y “parcial” por cantidad de renglón, por razones operativas de dicho sistema, a fin de permitir la adjudicación por una cantidad menor, en caso de ejercerse la prerrogativa otorgada por el artículo 108 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19.
6.13.- PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación se notificará al/los adjudicatario/s y a todos los oferentes a través del BAC y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de un (1) día conforme lo establecido en la normativa vigente.
7.- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA
La empresa adjudicataria deberá:
a) Presentar la Garantía de cumplimiento de contrato.
b) Efectuar la provisión e instalación de los materiales y equipos necesarios y requeridos en cumplimiento del objeto de la presente Contratación, de conformidad con las previsiones del presente Pliego y sus Anexos, con sujeción al Pliego de Especificaciones Técnicas y la oferta adjudicada.
c) El/los Adjudicatario/s deberá/n presentar libros para asentar las comunicaciones y observaciones que resulten corresponder entre la empresa adjudicataria y la Dirección General de Recursos Físicos en Salud.
d) Cumplir con todas las demás obligaciones establecidas en el presente pliego, el
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
e) Cumplir con la garantía en conformidad con lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
8.- LUGAR Y PLAZO DE CUMPLIMIENTO
Lugar de Cumplimiento: La provisión y colocación de las membranas objeto de la presente licitación deberán ejecutarse en los CeSACs destinatarios, especificados en el punto 6.5 del presente pliego.
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Plazo de Cumplimiento: El plazo de cumplimiento del objeto de la contratación es de CIENTO VEINTE (120) DÍAS CORRIDOS, contados a partir de la firma del Acta de Inicio.
Se deja constancia que en el Sistema Buenos Aires Compras cuando se consigna en 120 días corridos el plazo de duración del contrato se refiere al plazo cumplimiento, sin perjuicio de que la relación contractual se extiende hasta el cumplimiento del plazo de la garantía conforme lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Quedan a cargo de la Adjudicataria los gastos xx xxxxx, materiales y depósitos necesarios a los efectos de dar cumplimiento con el objeto de la Contratación.
8.1.- ACTA DE INICIO:
A los efectos del inicio de la prestación se labrará un Acta de Inicio dentro de los treinta (30) días hábiles de perfeccionado el contrato, la cual será firmada por la Directora General de Recursos Físicos en Salud y el representante técnico de la adjudicataria.
8.2.- ACTA DE RECEPCIÓN: FINALIZACIÓN DE TRABAJOS
Una vez que los trabajos se encuentren terminados conforme las especificaciones obrantes en los pliegos que rigen la contratación, se realizará la Recepción de dichos trabajos mediante la suscripción de un Acta de Recepción entre la titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, Inspección Técnica de la Dirección General Recursos Físicos en Salud –DGRFISS- y el Representante Técnico y el Representante Legal de la Adjudicataria.
A partir de la fecha de suscripción del Acta mencionada, comienza a regir el plazo de Garantía de los trabajos (Prevista en el Pliego de Especificaciones Técnicas).
El Acta de Recepción se labrará en forma independiente por cada uno de los renglones una vez finalizados los trabajos en el respectivo CeSAC, quedando habilitado el adjudicatario a iniciar las gestiones de pago una vez emitido el respectivo Parte de Recepción Definitiva
El pago se realizará por cada renglón una vez suscrita el Acta de Recepción.
9.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
Todo el personal afectado por el adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones contractuales carecerá de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, cumplimiento de las leyes laborales, cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
Queda debidamente aclarado y entendido que el Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario.
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El adjudicatario implementará las medidas de seguridad que sean necesarias, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios.
De igual modo, el adjudicatario será responsable por los daños derivados de las fallas en los equipos objeto de la presente.
9.1.- SEGUROS GENERALIDADES:
En el presente se detallan las coberturas de seguros a requerir para el ingreso y
permanencia de terceros ajenos, sean proveedores y/o contratistas que desarrollen tareas o presten servicios en ubicaciones pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) tanto sean estas en propiedad o en uso, así como las características mínimas de admisibilidad de las mismas.
El adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios deberá acreditar los contratos de seguros que se detallan y su vigencia durante todo el período contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y los comprobantes de pago de las mismas.
Cada vez que el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios modifique las condiciones de póliza o cambie de compañía aseguradora, o cada vez que el GCABA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas contratadas.
La contratación de los seguros que aquí se requieren es independiente de aquellos otros que deba poseer el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios a fin de cubrir los posibles daños o pérdidas que afecten a sus bienes o los de sus empleados, sean los mismos o no de carácter obligatorio.
Quedará a criterio del GCABA conforme a las actividades a realizar por terceros, la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios, los cuales deberán acreditar el endoso correspondiente a tales cambios.
DE LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS:
Las compañías aseguradoras con las cuales el adjudicatario/prestador o proveedor contrate las coberturas establecidas en este Anexo, deben ser de reconocida solvencia, radicadas en la C.A.B.A. o que posean filial administrativa local y autorizadas a tal fin por la Superintendencia de Seguros de la Nación para emitir contratos en los riesgos a cubrir.
El GCABA se reserva el derecho de solicitar a su solo juicio, el cambio de compañía aseguradora, si la contratada no alcanza con los indicadores generales, patrimoniales y de gestión en atención al riesgo asumido en el contrato de seguro.
DE LAS COBERTURAS DE SEGURO EN PARTICULAR:
Las coberturas que el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios ha de acreditar aun cuando disponga de otros, son los que se detallan a continuación:
1) Seguros Laborales.
2) Seguro de Accidentes Personales. (En caso de corresponder)
3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.
En los apartados siguientes se detallan las condiciones mínimas de los contratos de seguro, los mismos deben cumplir con todos los requerimientos establecidos en las Leyes vigentes
para cada caso en particular. PLIEG-2019-25687714-GCABA-DGADCYP
1) Seguros Laborales
Seguro de Riesgos del Trabajo, cobertura de ART.
El adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios en cumplimiento de la legislación vigente, debe acreditar un seguro que cubra a la totalidad del personal que afecte al servicio contratado, el cual será suscrito con una “Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART)”.
No se podrá afectar personal alguno cualquiera sea su índole, hasta que el mismo no cuente con su correspondiente cobertura por riesgo de accidentes de trabajo.
Se deberán presentar al GCABA, los certificados de cobertura de los trabajadores amparados, en los cuales estará incluido el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición, de subrogación ó de regreso contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el Art. N° 39 ap. 5 de la Ley N° 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del permisionario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales. (En caso de corresponder)
En el caso que el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios, contrate a personal y/o prestadores de servicio que no esté alcanzado por La Ley de Contrato de Trabajo, es decir, quienes no revistan el carácter de relación de dependencia con el mismo; se deberá contar con una póliza de seguros xxx xxxx Accidentes Personales con las siguientes características:
Alcance de la Cobertura: Se deberá amparar a la totalidad del personal afectado durante la jornada laboral incluyendo cobertura in-itinere.
Sumas mínimas a Asegurar:
Muerte: $ 400.000 (Pesos cuatrocientos Mil).
Invalidez Total y/ó parcial permanente por accidente: $ 400.000 (Pesos cuatrocientos Mil). Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): $ 15.000 (Pesos Quince Mil).
La citada póliza deberá incluir el siguiente texto:
“Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/o empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el Adjudicatario/Contratista, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo.”
3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.
El adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros. Suma Asegurada Mínima:
La misma será por un monto mínimo de $ 1.000.000 (Pesos Un Millón).
Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y /o explosión, descargas eléctricas. PLIEG-2019-25687714-GCABA-DGADCYP
B) Daños por caída de objetos, carteles y/o letreros
C) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.
D) Grúas, Guinches, autoelevadores (de corresponder).
E) Bienes bajo cuidado, custodia y control.
F) Carga y descarga de bienes fuera del local del asegurado.
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.
10.-TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATO
El contrato sólo puede ser transferido y/o cedido por el adjudicatario con la previa autorización fundada de la autoridad competente. En caso contrario, el contrato se dará por rescindido en los términos dispuestos en el artículo 134 de la Ley N° 2095 (Texto consolidado por ley Nº 6017). El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato.
11.- PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES
Los contratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento del contrato; b) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales; y, c) Rescisión del contrato por su culpa; de conformidad con lo establecido en el Capítulo XII de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017) y su Decreto Reglamentario.
Teniendo en cuenta que los trabajos a realizar en cada uno de los renglones contemplan un todo indivisible, en caso de incumplimiento de los trabajos establecidos en el Pliego de Especificaciones Técnicas, se tomará el monto total del renglón sobre el cual se hubiere incurrido en incumplimiento como base de cálculo para la aplicación de las penalidades, sin perjuicio del grado de avance de los trabajos y demás obligaciones inherentes a dicha unidad.
Asimismo, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, podrán ser pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo XIII de la citada normativa.
El GCABA podrá dictar el acto administrativo que decida la aplicación de penalidades y/o sanciones por incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato; aun cuando al tiempo de su materialización el contrato se encontrara extinguido y/o rescindido.
12.- CAUSALES DE RESCISIÓN
El GCABA podrá rescindir unilateralmente el contrato por culpa del adjudicatario en los supuestos previstos en la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017) y demás supuestos contemplados en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Sin perjuicio de ello, serán causales de rescisión:
a) La quiebra o concurso preventivo de la adjudicataria. En este último supuesto, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones, el GCABA resolverá sobre la continuidad contractual si hubiere prestaciones contractuales pendientes de ejecución;
b) Cuando el adjudicatario incurra en fraude o negligencia en cuanto a las obligaciones estipuladas en el contrato;
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c) Cuando en la oferta se hubiere incurrido en inexactitudes, que hayan sido determinantes para la adjudicación;
Teniendo en cuenta que la rescisión es un modo anormal de finalización del contrato, el adjudicatario será pasible de los daños y perjuicios que su incumplimiento le cause a la Administración.
13.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
En el caso de que se produjera la extinción del contrato por cualquier causa, ello producirá la extinción de todos los contratos accesorios celebrados en el marco de la presente licitación.
El contrato se extingue por el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de conformidad con las previsiones de la documentación contractual.
Asimismo, el contrato quedará extinguido: a) por mutuo acuerdo entre las partes; b) modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del GCABA; c) por caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos por el adjudicatario; d) Toda otra causal de revocación o rescisión del contrato con o sin culpa del proveedor prevista en la Ley N° 2095 (Texto consolidado por ley Nº 6017) y su decreto reglamentario y en el presente Pliego.
14.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN
Los siguientes instrumentos constituyen la documentación contractual, y en caso de divergencia se establece el orden de prelación detallado a continuación:
a) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus circulares, si las hubiere;
b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares si las hubiere;
c) El Pliego de Especificaciones Técnicas y sus circulares si las hubiere;
d) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;
e) El Acto Administrativo aprobatorio de la Adjudicación;
f) Orden de Compra.
Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro xxx xxxxxxxx y finalidad del objeto de la Licitación.
15.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
El régimen de redeterminación de precios de la presente contratación se rige por la Ley N° 2809 (Texto consolidado por Ley N° 6017) y su reglamentación.
ESTRUCTURA DE COSTOS ESTIMADA PARA LA REDETERMINACIONES DE PRECIOS | ||
RUBROS | INCIDENCIA (%) | FUENTE DE INFORMACION |
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MANO DE OBRA | 36% | ÍNDICE DE EVOLUCIÓN DEL COSTO SALARIAL DE LA ACTIVIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN DGEYC - GCBA |
MEMBRANAS | 40% | DECRETO 1295/2002 Art. 15 Inc. w) MEMBRANA IMPERMEABILIZANTE – INDEC. |
COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES | 11% | ÍNDICES DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) – 7.2.1. – Productos refinados del petróleo (23) - INDEC |
GASTOS GENERALES | 13% | ÍNDICES DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) 7.2.1.- Nivel General – INDEC. |
TOTAL | 100% |
16.- XXXXX XXXXXXXXXX
De conformidad con lo dispuesto en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobadas por Decreto Nº 3-GCABA/19, la autorización y el compromiso de gastos quedan subordinados al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos anuales.
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ANEXO I CRONOGRAMA DE VISITAS
EFECTOR | DIRECCIÓN | DÍA | HORARIO |
XxXXX Xx 00 | Xxxxxxx Xxxxxxx 0000 | 22/08/2019 | 12:00 hs |
XxXXX Xx 00 | Xxxxxxxx Xxxxx 470 | 10:00 hs | |
XxXXX Xx 00 | Xxxxxxx Xxxx 0000 | 23/08/2019 | 10:00 hs |
XxXXX Xx 00 | Xxxxxxxx 0000 | 12:00 hs | |
XxXXX Xx 00 | Xx. Xxxxxxxx 0000 | 26/08/2019 | 10:00 hs |
XxXXX Xx 00 | Xxxxx 0000 | 12:00 hs |
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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2019 – Añ o de l 25° an i ve rs ari o de l re con oci m i e n to de l a au ton om í a de l a C i u dad de B u e n os Ai re s
ANEXO II
MODELO ESTRUCTURA DE COSTOS
ESTRUCTURA DE COSTOS
RENGLÓN N°
% INCIDENCIA | ÍNDICES P/ REDET. DE PRECIOS | |||
COSTOS DIRECTOS | FUENTE | CÓDIGO | ||
MANO DE OBRA (INCLUYE CARGAS SOCIALES) | $ | |||
MATERIALES | $ | |||
EQUIPOS | $ | |||
SUBTOTAL COSTOS DIRECTOS | $ | |||
COSTOS INDIRECTOS | ||||
GASTOS GENERALES | $ | |||
GASTOS ADMINISTRATIVOS | $ | |||
GASTOS FINANCIEROS | $ | |||
SUBTOTAL COSTOS INDIRECTOS | $ |
BENEFICIO | $ |
IMPUESTOS | $ |
PRECIO UNITARIO | $ | 100% |
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G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2019-25687714-GCABA-DGADCYP
Buenos Aires,
Viernes 16 xx Xxxxxx de 2019
Referencia: Pliego de Bases y Condiciones Particulares - PROCESO N° 401-1317-LPU19 - EE. N° 25.503.051/GCABA-DGADCYP/2019
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Date: 2019.08.16 14:11:48 -03'00'
Xxxxxx Xxxxxxx Director General
D.G. ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO MINISTERIO DE SALUD
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales
DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2019.08.16 14:11:49 -03'00'