OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para la correcta prestación de los servicios la entidad que resulte adjudicataria deberá dar debido cumplimiento a las siguientes obligaciones:
1. Llevar a cabo las prestaciones objeto del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientos, experiencia y recursos.
2. Comunicar a las EC’s toda la información de que disponga, cuando sea necesaria para la buena gestión de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendado, así como, en particular, la relativa a la solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecución.
3. Desarrollar su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas de EITB y/o Sociedades del Grupo, siempre que no afecten a su independencia.
4. Recibir en nombre del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros como consecuencia de las operaciones promovidas.
5. Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato.
6. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover y, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB.
7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta.
8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos: Evolución mensual de la facturación. Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados. Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe.
9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria...
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Además de las obligaciones establecidas en la normativa vigente de aplicación, estará obligada a:
a. Especificar, a solicitud de la entidad contratante, las personas concretas que ejecutarán las prestaciones así como comunicar cualquier sustitución o modificación de aquellas personas y acreditar que su situación laboral se ajusta a derecho.
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. 1. Relativas al SIDIF (Alta de Beneficiarios): En el caso de no estar inscripto, el oferente deberá tramitar su incorporación al Sistema Integrado de Información Financiera, - SIDIF – Resolución Nº 262/95 de la SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias, en el Departamento de Compras y Contrataciones de este Organismo sito en Xx. Xxxxxx 00, 00x Xxxx, X.X.X.X.
2. La obligación de cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a reembolso o resarcimiento alguno, la totalidad de las normas administrativas, comerciales, laborales, impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole - tanto nacionales, provinciales o municipales- que le resulten inherentes como consecuencia de la actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad con relación a su personal. El Organismo Contratante podrá, a su solo juicio y en cualquier oportunidad, requerir la documentación que acredite dicho cumplimiento.
3. La obligación de resarcir en forma integral los daños que sus incumplimientos ocasionen al Organismo Contratante.
4. Cumplir con el plazo de entrega de los bienes dentro del término previsto en el Artículo 17 del presente. Podrá solicitar una extensión del plazo de cumplimiento de la prestación cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades de la jurisdicción o entidad contratante admitan la satisfacción de la prestación fuera de término.(Art. 119º del Reglamento aprobado por Decreto 893/2012)
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA a) Relativas al SIDIF (Alta de Beneficiarios):
b) La obligación de cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a reembolso o resarcimiento alguno, la totalidad de las normas administrativas, comerciales, laborales, impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole - tanto nacionales, provinciales o municipales- que le resulten inherentes como consecuencia de la actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad con relación a su personal. El Organismo Contratante podrá, a su solo juicio y en cualquier oportunidad, requerir la documentación que acredite dicho cumplimiento.
c) La obligación de resarcir en forma integral los daños que sus incumplimientos ocasionen al Organismo Contratante.
d) Cumplir con el plazo de entrega del servicio dentro del término previsto en el Artículo 25 del presente. Podrá solicitar una extensión del plazo de cumplimiento de la prestación cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades de la jurisdicción o entidad contratante admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. (Art. 93º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/16)
e) Realizar todas las acciones que garanticen la vigencia del seguro contratado durante la prestación del servicio, realizando en tiempo y forma, las comunicaciones necesarias a tal efecto, y las denuncias de los siniestros que pudieran ocurrir en término, conforme a la obligación asumida al firmarse el Contrato.
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. La empresa adjudicataria deberá:
a) Presentar la Garantía de cumplimiento de contrato.
b) Efectuar las obligaciones que constituyen el objeto de la contratación efectuando la totalidad de las tareas necesarias y exigidas para dar cumplimiento completo al mismo de conformidad con las previsiones del presente Xxxxxx, junto con la oferta realizada.
c) Cumplir con todas las demás obligaciones establecidas en el presente pliego, en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales
d) Presentar las pólizas de seguros requeridos.
e) Cumplimentar con el cronograma de trabajo propuesto.
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. La empresa adjudicataria deberá:
a) Presentar la Garantía de cumplimiento de contrato.
b) Efectuar la prestación objeto de la presente Contratación, de conformidad con las previsiones del presente Xxxxxx, con sujeción al Pliego de Especificaciones Técnicas, y la oferta adjudicada.
c) Brindar capacitación de conformidad con lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
d) Proveer el Libro de Comunicaciones y los Informes Técnicos en la forma y períodos indicados en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
e) Xxxxxxx como representante técnico a un profesional matriculado y personal técnico que quedará afectado a la presente contratación, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA a) Capacitar a todo su personal que cumpla funciones en el establecimiento, en forma continua para la óptima ejecución de aquellas tareas que le fueran encomendadas.
b) Presentar al momento de la licitación todo lo relativo a la metodología de trabajo, a los efectos de su aprobación por la Autoridad de Aplicación. IF-2018-12491533- -DGRGIEG IF-2018-28244145- -DGRGIEG
c) Relevar el equipamiento que, de ser necesario, será reemplazado por su estado, vida útil o ineficiencia, el cual será notificado por un informe que deberá contemplar costos, tiempo ejecución y beneficios del cambio, lo cual será registrado y asentado como preexistencia de la instalación. La metodología de trabajo deberá contar con la aprobación de la Autoridad de Aplicación.
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. El contratista realizarila prestación objeto del contrato con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato y en este Pliego, astcғomo las mejoras ofertadas en su propuesta, observando fielmente lo establecido en las Prescripciones Técnicas, astcғomo las instrucciones que le diere la Dirección Técnica designada por Ferias Jaén, S.A.
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. La empresa adjudicataria deberá:
a) Presentar la Garantía de cumplimiento de contrato.
b) Efectuar la prestación de los servicios objeto de la presente Contratación, de conformidad con las previsiones del presente Xxxxxx, con sujeción al Pliego de Especificaciones Técnicas, sus Anexos y la oferta adjudicada.
c) Cumplir con todas las demás obligaciones establecidas en el presente pliego, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos.
d) Cumplir con la garantía técnica en conformidad con lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
e) Cumplir con la garantía de Calidad y Vigencia en conformidad con lo establecido en el Artículo 30 del presente Xxxxxx.
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Es de exclusiva responsabilidad de la Adjudicataria, todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados con la entrega de los materiales, como asimismo, el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de las leyes laborales, quedando establecido que la misma debe contar con un seguro a su cargo de acuerdo al siguiente detalle: Accidentes de trabajo de acuerdo con la legislación aplicable y en la forma más amplia permitida por las reglamentaciones y cualquier otro seguro requerido por leyes de beneficios para empleados o cualquier otra reglamentación aplicable donde el trabajo debe ser realizado. Todos estos seguros deben ser por montos suficientes para proteger a la Adjudicataria de responsabilidad por lesiones, enfermedades o incapacidades de cualquier clase, sean totales o parciales, permanentes o temporales, de los empleados o dependientes, incluyendo reclamación o indemnización que pudiera resultar en virtud de las reglamentaciones o leyes en vigencia.