OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. La empresa adjudicataria deberá:
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del contrato de suministro, existirán específicamente las siguientes obligaciones: - El contratista deberá contar con el personal preciso para atender sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en todo momento en material Laboral, Fiscal, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales, referidas al propio personal. - La adjudicataria asegurará la asistencia técnica, con atención inmediata de llamadas relacionadas con el funcionamiento de la máquina durante el periodo de garantía del equipo. - El contratista no puede hacer alteraciones, correcciones, omisiones o variaciones en los bienes o productos objeto del suministro contratado, salvo aprobación expresa del órgano de contratación. - La adjudicataria hará entrega de la documentación acreditativa de que la máquina cumple con la normativa española de homologación técnica. - Una vez adjudicado el contrato, será únicamente responsabilidad de la empresa adjudicataria, disponer de cuantas autorizaciones, permisos y licencias sean necesarias para el cumplimiento de la prestación, así como de las normas aplicables. - Confidencialidad y seguridad. Toda la información recogida derivada del presente contrato será de tipo confidencial y no podrá ser usada para ningún fin distinto del perseguido en el presente Xxxxxx. El Órgano de Contratación podrá divulgar la información facilitada por el licitador que éste no haya designado como confidencial. A tal fin, en la documentación aportada deberá señalarse expresamente la que tenga dicho carácter. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre protección de datos de carácter personal, y especialmente en lo indicado en su artículo 12. - Son de cuenta del contratista todos los gastos de entrega y transporte del suministro en el lugar previsto en la cláusula 1.2 del presente pliego. - El adjudicatario deberá designar un único interlocutor que actuará en coordinación con el responsable del contrato, que coordinará las entregas y gestionará los albaranes para facturación.
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Además de las obligaciones establecidas en la normativa vigente de aplicación, estará obligada a:
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA a) Relativas al SIDIF (Alta de Beneficiarios):
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. La adjudicataria deberá, en virtud de las obligaciones y responsabilidades citadas en la presente clausula, remitir dentro de los 15 días a Contenidos Públicos S.E. la siguiente documentación:
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Además de las restantes obligaciones que se deriven del presente Xxxxxx, la adjudicataria estará obligada a:
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA a) Capacitar a todo su personal que cumpla funciones en el establecimiento, en forma continua para la óptima ejecución de aquellas tareas que le fueran encomendadas.
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Sin perjuicio de lo establecido en las cláusulas particulares del presente pliego, será obligación de la adjudicataria:
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Será de cargo del adjudicatario el suministro del personal necesario y competente de acuerdo a los perfiles requeridos, debiendo hacerlos cumplir con las tareas que le han sido asignadas de acuerdo a los procedimientos, manuales, directivas , etc. impartidas por los representantes de la ANC. La empresa adjudicataria será la única y absoluta responsable de la actuación de su personal, siendo responsable por los daños que puedan sufrir los mismos, así como los daños ocasionados por éstos a los funcionarios o bienes de la Administración y a las personas o bienes de terceros ajenos la misma .
OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. 1. Relativas al SIDIF (Alta de Beneficiarios): En el caso de no estar inscripto, el oferente deberá tramitar su incorporación al Sistema Integrado de Información Financiera, - SIDIF – Resolución Nº 262/95 de la SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias, en el Departamento de Compras y Contrataciones de este Organismo sito en Xx. Xxxxxx 00, 00x Xxxx, X.X.X.X.