PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SUMINISTRO, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO Y CON PLURALIDAD DE CRITERIOS, PARA LA ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE UN PROYECTOR DIGITAL PARA LA SALA DONIBANE ARETOA DE OROZKO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SUMINISTRO, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO Y CON PLURALIDAD DE CRITERIOS, PARA LA ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE UN PROYECTOR DIGITAL PARA LA SALA DONIBANE ARETOA DE OROZKO
I. CONTENIDO DEL CONTRATO 1.- Objeto del contrato.
El contrato que en base al presente pliego se realice, tendrá por objeto la adquisición e instalación de un equipo de proyección de cine digital de última generación adaptado a las peculiaridades y equipamiento actual de la sala Donibane Aretoa de Orozko, homologado y que cumpla los estándares DCI/SMPTE, incluyendo el transporte y montaje de conformidad con las especificaciones del anexo.
Código CPV-08: 38652000-0 (Proyectores).
2. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato.
El presente pliego se confecciona para proceder al equipamiento de la sala Donibane Aretoa de Orozko a fin de poder mantener una programación cinematográfica en el municipio cambiando el sistema de proyección e incluyendo entre sus instalaciones un proyector digital adecuado.
3. Plazo de ejecución.
El plazo total de entrega del suministro objeto del presente contrato así como de su instalación y puesta a punto en la sala Donibane Aretoa será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la formalización del mismo.
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimación previa por parte del Ayuntamiento.
El suministro deberá entregarse e instalarse en la sala Donibane Aretoa de Orozko,
4. Presupuesto base de licitación.
El presupuesto del contrato será de 35.537,19 euros más 7.462,81 euros, correspondientes al IVA, presupuesto que podrá ser mejorado por los licitadores. En el precio se entenderán comprendidos todos los gastos, incluso los de transporte, entrega, e instalación del suministro.
Todos los equipos propuestos deberán contar con las licencias correspondientes y estarán exentos de royalties y costes adicionales a los de la oferta realizada.
Las proposiciones que se presenten superando el presupuesto base de licitación serán desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación definitiva, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación.
5. Anualidades en que se distribuye.
El pago de las cantidades correspondientes al presupuesto del contrato se abonará en una sola anualidad correspondiente al año 2015
6. Aplicación presupuestaria.
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso.
La aportación del Ayuntamiento se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 4517 62301 “Digitalización Donibane Aretoa”
7. Forma de pago
El pago del precio del suministro se realizará contra entrega, instalación y recepción del mismo y previa presentación de la correspondiente factura.
8. Revisión de Precios:
En el presente contrato no procederá la revisión de precios.
9. Garantías exigibles.
- Provisional: No se exige.
- Definitiva: El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por la cuantía, equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA. El plazo para la constitución de la citada garantía será el que se señale en la notificación de la adjudicación y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La acreditación de su constitución podrá realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplirse este requisito por causas imputables al licitador, la adjudicación a su favor no surtirá efecto.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
10.- Ejecución del contrato.
Los bienes deberán ser entregados en el tiempo y lugar fijados en el presente pliego, de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. No obstante, el Ayuntamiento, durante la ejecución del contrato, se reserva la facultad de fijar otro lugar distinto al pactado.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega al Ayuntamiento, salvo que éste hubiese incurrido en xxxx al recibirlos.
La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control del Ayuntamiento, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, el Ayuntamiento podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
11.- Obligaciones laborales del contratista.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
12.- Responsabilidad del contratista por los daños causados a terceros durante la ejecución del contrato.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
13.- Modificaciones del contrato.
La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 107 del TRLCSP y siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.
14.- Recepción del suministro y plazo de garantía
En el plazo máximo de un mes desde que se efectúe la entrega del suministro, se producirá el acto formal y positivo de recepción del mismo.
Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente y se darán instrucciones al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro de acuerdo con lo pactado. Cuando no se realice la subsanación o sustitución, la Administración los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado.
Asimismo, se establece un plazo de DOS AÑOS, ampliable por el contratista, a contar desde la fecha de recepción formal, que se fija como garantía a los efectos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
El Ayuntamiento, durante el plazo de garantía, tendrá derecho a la reposición o reparación, si ello fuera suficiente, de los bienes suministrados que presenten vicios o defectos.
15.- Penalidades al contratista por incumplimiento
A. Incumplimiento de los plazos de ejecución del contrato
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de penalidades en la proporción de 0,20 euros diarios por cada
1.000 del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
B. Incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato.
C. Cumplimiento defectuoso
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación, el Ayuntamiento podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato
.
D. Incumplimiento de compromisos de solvencia
En caso de incumplimiento de la obligación de adscribir los medios materiales o personales señalados por el contratista en su oferta, en virtud de lo dispuesto en la cláusula 18, la Administración podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato.
16.- Causas de resolución del contrato
Constituyen causas de resolución del contrato suministro las establecidas en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
17.- Prerrogativas de la Administración
Corresponden al Ayuntamiento las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
18.- Procedimiento de adjudicación
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por procedimiento negociado, de conformidad con lo previsto en los artículos 169 a 178 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por tratarse del supuesto contemplado en el artículo 173 apartado f de la misma.
La negociación con los participantes podrá versar sobre cualquier aspecto económico, técnico y/o logístico referido estrictamente al objeto del contrato con arreglo a los criterios de adjudicación que se señalan en la cláusula 21 de estas Bases.
19.- Aptitud para contratar
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la letra e) de la cláusula 20.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
20.- Presentación de las proposiciones y negociación con los participantes
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en la Secretaría municipal de esta Administración, de 9:00 h. a 14:00 horas, todos los días hábiles de lunes a viernes durante el plazo de presentación de proposiciones indicado en el escrito de invitación.
Dichas proposiciones se presentarán en el mismo lugar y horario indicados y constarán de TRES sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente.
El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación:
Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento negociado, de la contratación de un proyector Digital para la sala Donibane Aretoa de Orozko". Su contenido será el siguiente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante.
Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado
correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador, por los medios establecidos en los artículos 75 y 77. del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- La solvencia económica y financiera deberá acreditarse por cualquiera de los medios siguientes:
1) Declaraciones apropiadas de entidades financieras que recojan la solvencia y cumplimiento de obligaciones y compromisos de pago de la empresa y no existencia de reclamación alguna en su contra
2) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, que al menos cubra una cuantía de 60.000,00 euros por el seguro de riesgos profesionales.
3) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
4) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la empresa. Si se opta por este medio, deberá acreditarse que el importe de la facturación que las empresas han gestionado durante los tres últimos años es al menos de 150.000,00 euros. La solvencia técnica y profesional se acreditará por cualquiera de los siguientes medios.
1) Relación de los principales suministros o servicios o realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos.
Los servicios o suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o a falta de éste certificado, mediante una declaración del empresario.
2) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa, y en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, especialmente de la instalación del proyector.
La acreditación de la solvencia se complementará, además, con los medios materiales o personales que los licitadores especifiquen en sus ofertas, cuya adscripción al contrato tendrá carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el art. 64.2 del TRLCSP, su incumplimiento podrá ser considerado causa de resolución del mismo a los efectos señalados en el art. 223.f).
f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
h) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP.
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y e) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. También se podrá presentar dicha documentación en fotocopia simple, pero en este caso, el adjudicatario del contrato, previo a la formalización del mismo,
deberá acreditar la autenticidad de tales fotocopias mediante la aportación de los correspondientes originales.
Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Criterio de adjudicación número 1 (Mejoras) NO evaluable mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento negociado, de la contratación de un proyector Digital para la sala Donibane Aretoa de Orozko". Su contenido será el siguiente:
- Mejoras propuestas: Documento pormenorizado sobre la descripción y valoración de las mejoras que propone el licitador de conformidad con lo establecido en la cláusula 21.1ª y a su xxxxx, es decir sin coste para la Administración.
Sobre número 3: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 3: Criterios de adjudicación números 2, 3, 4 y 5 (compromiso de mantenimiento postventa, oferta económica, plazo de garantía y reducción del plazo de entrega) evaluables mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento negociado, de la contratación de un proyector Digital para la sala Donibane Aretoa de Orozko". Su contenido será el siguiente:
i) Proposición económica y oferta ajustada al modelo establecido en el Anexo I. Acompañándose además en hoja aparte, una relación detallada de los precios unitarios de cada uno de los componentes o partes de que consta la instalación.
j) Documentos relativos a los criterios de valoración, distintos del precio, que deban evaluarse bien mediante la aplicación de una fórmula o que dependan de un juicio de valor. En particular deberán incluirse los siguientes:
- Plazo de Entrega.
- Mantenimiento postventa.
- Plazo de Garantía con una relación detallada de la garantía o garantía de los equipos propuestos.
21. Criterios para la adjudicación del contrato.
Los criterios para la adjudicación de este contrato serán los siguientes:
1º.- Proposición de Mejoras.- En este apartado se valorarán las mejoras propuestas por el licitador que guarden relación directa con el objeto de la presente contratación, debidamente cuantificadas y valoradas económicamente, hasta un máximo de 45 puntos.
Dichas mejoras deberán ser precisadas con descripción clara y concisa de calidades y demás elementos necesarios para su identificación y cuantificación
y deberán tener relación directa con el objeto del presente contrato, pasando a formar parte del equipamiento la sala Donibane Aretoa de Orozko
Se considerarán mejoras todas las actuaciones y equipos destinados a la mejora del sonido o cualquier otra condicion de la sala, los aumentos de la calidad del material ofertado, entendiéndose por más calidad especialmente mayores prestaciones del proyector digital ofertado, mejores materiales, mayor durabilidad, siempre teniendo en cuenta las dimensiones requeridas.
Dichas mejoras deberán valorarse económicamente por el licitador, sin perjuicio de la valoración, que de acuerdo con las descripciones técnicas aportadas, pudiera realizar posteriormente la mesa de contratación, que valorará las mismas de conformidad con los precios vigentes xx xxxxxxx y su criterio profesional. En la valoración económica de dichas mejoras se entenderán incluidos todos los gastos generales, beneficio industrial e IVA, así como cualesquiera otros gastos o impuestos; para lo cual se detallarán pormenorizadamente todos los conceptos del gasto (precio, G.G., B.I. e IVA).
El órgano de contratación podrá no tomar en consideración las mejoras ofertadas que a su juicio no supongan beneficios efectivos para el objeto del contrato, sus instalaciones y/o el servicio al que se pretende su destino, de forma motivada.
2º.- Compromiso de Mantenimiento postventa del Equipamiento: En este apartado se valorará el servicio de mantenimiento del equipamiento suministrado, valorándose hasta un total máximo de 22 puntos, cuando el servicio de postventa de la suministradora en respuesta al aviso de cualquier eventualidad producida con respecto a dicho equipamiento, se produzca según el cuadro siguiente:
- Respuesta y subsanación de deficiencias en 12 horas desde el aviso: Hasta 22 puntos
- Respuesta y subsanación de deficiencias en 24 horas desde el aviso: Hasta 15 puntos
- Respuesta y subsanación de deficiencias en 48 horas desde el aviso: Hasta 10 puntos
- Respuesta y subsanación de deficiencias en 72 horas desde el aviso: Hasta 5 puntos
- Superior a 3 días (72 horas): 0 puntos
En dicho periodo de respuesta al aviso producido, se entenderán incluidos los servicios correspondientes a la reparación del artículo o a su sustitución por otro de idénticas características sin ningún coste para esta Administración (dietas, transporte, etc.)
La duración de dicho compromiso de mantenimiento postventa del equipamiento se entiende que se extenderá durante el plazo de garantía establecido por el licitador de conformidad con el plazo propuesto por el mismo en el apartado siguiente.
3º.- Oferta Económica: Este apartado se valorará hasta 25 puntos. Valoración económica de la propuesta y su correcta justificación, valorándose 40 puntos la oferta más ventajosa, puntuándose proporcionalmente y de forma decreciente a las sucesivas ofertas superiores mediante la siguiente fórmula: Oferta que se valora – Oferta más ventajosa x 25 / Oferta más ventajosa = Diferencial
25 – Diferencial= Puntos que recibe la oferta que se valora.
4º.- Plazo de Garantía:
Se valorarán las posibles ofertas que las empresas licitadoras realicen para en relación con plazo de garantía, hasta un máximo de 5 puntos, según la siguiente fórmula:
Nº. Meses Puntos
2 años o menos 0 puntos
3 años 2 puntos
4 años 4 puntos
5 años o más 5 puntos
5º.- Reducción del Plazo de Entrega o suministro:
En el presente apartado se valorará con 0,5 puntos por cada día que se reduzca el plazo de entrega e instalación de lo señalado en el pliego y hasta un máximo de 3 puntos.
RESUMEN DE PUNTUACIÓN:
1º.- Proposición de Mejoras 45 puntos
2º.- Mantenimiento postventa 22 puntos
3º.- Oferta Económica 25 puntos
4º.- Plazo de Garantía 5 puntos
5º.- Reducción del plazo 3 puntos
TOTAL 100 puntos
No obstante, el órgano contratante se reserva la facultad de declarar desierto el concurso.
22.- Adjudicación, formalización y gastos
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, se abrirán los sobres que las contienen, se examinará la documentación aportada, pudiendo concederse un plazo para subsanar los posibles errores u omisiones observados en la
misma y, admitida finalmente la referida documentación, se abrirá, en su caso, la fase de negociación de ofertas en base a los aspectos económicos, técnicos y/o logísticos referidos al objeto del contrato.
Terminada la negociación, los participantes que hayan cambiado de postura como consecuencia de aquélla, deberán remitir su oferta final para que se proceda a la identificación y selección de la oferta económicamente más ventajosa, elevándose el expediente al órgano de contratación para llevar a cabo la adjudicación del contrato, en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del mismo.
La adjudicación se realizará condicionada a que el adjudicatario lleve a cabo las actuaciones que se le especificarán en la notificación al efecto, además de la formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el plazo que se señale en la notificación de la adjudicación, que no podrá exceder de 15 días hábiles, el adjudicatario deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Presentar la documentación justificativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorizar al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello. No será necesaria la presentación de esta documentación si las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
b) Presentar la documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que, en su caso, se hubiese comprometido a adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 18, letra e) de este pliego.
c) Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva, en su caso.
d) Presentar los originales de los documentos que, en su caso, hubiese aportado en fotocopia simple en el sobre que configura la proposición.
e) Presentar otros documentos exigidos en el presente pliego que no hayan sido aportados, en su caso.
f) Comparecer en esta Administración para formalizar el contrato en documento administrativo.
III.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
23.- Naturaleza y régimen jurídico del contrato
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente pliego y el resto de la documentación técnica que lo acompaña. En todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que xx xx xxxxxx xx XXXxx 0/0000; y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
24.- Protección de datos de carácter personal
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
25.- Jurisdicción competente
Las cuestiones controvertidas que puedan derivarse del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por los artículos 40 a 49 del TRLCSP, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En.............................., a.............de..............................de 20........
ANEXO I.
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA A QUE SE AJUSTARAN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITADORES
D............................................................................................................................
.......
con domicilio en .......................CP....................., D.N.I.
nº...................................., teléfono e-
mail............................................................................... en plena posesión de su
capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de................................................................................................
con domicilio en....................................CP ,
teléfono.................., y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o jurídica) nº........................................), recibida la invitación para participar en la contratación por procedimiento negociado de SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PROYECTOR DIGITAL EN SALA DONIBANE ARETOA DE OROZKO
declaro:
1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio de.................................................
€, más. €, correspondientes al 21 % de I.V.A, debiendo
entenderse comprendidos en el precio base referido todos los gastos, incluso los de transporte e instalación.
2º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
4º) De conformidad con los criterios de adjudicación xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas previstos en la Cláusula 21ª, la Empresa ……………………….
Se compromete a la ejecución de los siguientes apartados que se entenderán incluidos en el precio de su oferta:
a) Reducir el plazo de entrega e instalación previsto en el pliego en
días.
b) Compromiso de Mantenimiento de postventa del Equipamiento, según lo establecido en el pliego de cláusulas, con respuesta al aviso de
horas.
c) Plazo de Garantía del suministro años.
Anexo II
PROGAMA DE NECESIDADES
Las necesidades a satisfacer mediante el contrato consisten en poder mantener una programación cinematográfica en el municipio cambiando el sistema de proyección de la Sala Donibane Aretoa de Orozko, dotando a ésta sala de un equipo de proyección digital de última generación adaptado a las peculiaridades de la sala y al equipamiento actual.
Concretamente, el objeto del contrato es la instalación y puesta a punto de un equipo de proyección digital de última generación adaptado a las peculiaridades de la sala y al equipamiento actual.
MATERIAL DE PROYECCIÓN DIGITAL
La empresa adjudicataria deberá suministrar, instalar y poner en marcha un equipo de proyección digital con las siguientes características mínimas:
1 - Proyector profesional para cine digital de primera marca que cumpla la norma DCI y debidamente homologado, de 3 chips DLP de 0,69”, con resolución de 2K (2048 x 1080 pixels), con un minimo de potencia lumínica de 4000 lúmenes y preferiblemente con linterna para lámparas dual UHP de 400W minimo, rectificador y lámparas UHP correspondientes.
1 – Objetivo/óptica tipo zoom adaptado a la distancia y tamaño de la pantalla existente en la sala.
1 – Extractor de aire externo con adaptador y caudal adecuado para el proyector.
1 – Servidor de cine digital de primera marca, que soporte contenidos decodificados en formato JPEG 2000 y MPEG-2, con resolución de salida de 2K o 4K progresivo. Procesamiento de audio de 16 canales por medio de 8 salidas AES/EBU balanceadas digitales.
1 - Dispositivo de almacenamiento externo, discos duros profesionales de primera marca, a 7200 rpm y con la capacidad correspondiente y necesaria.
1 – Ordenador con teclado y ratón para el control del proyector, con su sistema operativo y su soporte incluidos.
1 - Conversor para dotar al sistema de proyección de al menos una entrada de HDMI y otra de vídeo compuesto.
1 – Convertidor de audio digital a audio analógico para su conexión al equipo de la sala.
MONTAJE Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL MATERIAL
Además del suministro de equipos la empresa adjudicataria asumirá los siguientes compromisos:
• Transporte, instalación, montaje y conexionado en el lugar de la sala que corresponda.
• Ajustes de todos los parametros y formatos de imagen y sonido de todos los equipos, tanto de cine ( DCI) como de entradas auxiliares (Blu-Ray, etc).
• Instalación y coste de todo tipo cableado y pequeño material necesario para conexionado de todos los equipos y todo el sistema de la sala.
• Garantizar los equipos instalados por al menos dos años.
• Se instruirá al personal técnico designado en el manejo y funcionamiento de los equipos adquiridos con al menos 4 horas de formación.
• Asistencia del personal técnico en la proyección inaugural.