PLIEGO DE CONDICIONES QUE HA DE REGIR EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA SEÑALIZACIÓN URBANA Y LA INSTALACIÓN DE SOPORTES PARA PUBLICIDAD EN EL MUNICIPIO DE LA RODA (ALBACETE).
Sello de tiempo:
PLIEGO DE CONDICIONES QUE HA DE REGIR EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA SEÑALIZACIÓN URBANA Y LA INSTALACIÓN DE SOPORTES PARA PUBLICIDAD EN EL MUNICIPIO DE LA XXXX (ALBACETE).
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
CLÁUSULA 1ª.- OBJETO:
El presente pliego tiene por objeto establecer las condiciones que permitan seleccionar al adjudicatario del contrato administrativo especial para el suministro, la instalación, el mantenimiento y la limpieza de los elementos que permitan señalizar y facilitar la localización de los inmuebles y servicios públicos de interés general ubicados en nuestro término municipal.
El número de postes y vallas mínimos a instalar serán los que se reflejan en el siguiente cuadro:
Postes de señalización vertical (mínimo 20):
Ubicación | Nº de Cajones con publicidad institucional | Nº de Cajones con publicidad privada |
Mártires nº 36 esquina con Puerta de Granada | 2 | 1 |
Xxxxx x Xxxxx (esquina Xxxxxxxx xx Xxxxxx) | 2 | |
Castelar con Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx | 0 | 0 |
Xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx (Frente campo deportes) | 1 | |
Avenida Castilla-La Mancha (frente colegio e instituto) | 4 | 1 |
Avenida Castilla la Mancha (frente ferial) | 1 | |
Avenida Xxxxx Xxxxx (Rotonda frente Stn. Tren) | 1 | 2 |
Avenida Xxxx Xxxxxx y Xxxxxxxx (final Pº Estación) | 4 | |
Mártires (frente taller Renault) | 1 | |
Xxxxxx xx Xxxxxx, 51 | 2 | 2 |
General Xxxxxx (Frente Hotel Xxxxxxx) | 1 | 2 |
Mártires, 2 | 4 | 3 |
Xxxxxxx Xxxxxxx, 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxx Xxxxxxx, 124 | 1 | 1 |
Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, 000 | 0 | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, 138 | 4 | 2 |
Xxxxxxx Xxxxxxx, 000 | 0 | 0 |
Xxxxxxx Xxxxxxx, 210 | 3 | |
2 Unidades a determinar la ubicación con la Concejalía de Urbanismo | 1 | 1 |
TOTAL | 35 | 28 |
Vallas peatonales (mínimo 10):
Ubicación | Nº xx xxxxxx a instalar |
Mártires nº 36 esquina con Puerta de Granada | 4 |
Xxxxxxx Xxxxxxx, 000 | 2 |
Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, 000 | 3 |
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
1 Unidad a determinar la ubicación con la Concejalía de Urbanismo | 1 |
Mupis (mínimo 2):
Ubicación | Número |
Mártires, 5 | 1 |
1 Unidad a determinar la ubicación con la Concejalía de Urbanismo | 1 |
La señalización y la publicidad irán en soportes diferentes (aunque puedan compartir el mismo poste) siendo de un diseño similar para que la publicidad se integre en el entorno y se reduzca el impacto visual de la misma.
La implantación de los postes de señalización vertical, deberá estar completada dentro del plazo de un mes desde la formalización del contrato. Una vez terminada la instalación y previo informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales, se levantará acta al respecto.
Será de la exclusiva competencia del beneficiario que resulte seleccionado, la contratación y gestión de la publicidad que haya de figurar en los elementos autorizados.
La actividad o servicios objeto del presente contrato están comprendidos en el código CPV nª 34942100-3 “Postes de Señalización”.
Necesidad y conveniencia de la contratación:
A los efectos exigidos en el artículo 22 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la ausencia de medios materiales y personales en el Ayuntamiento de La Xxxx, para la prestación de este servicio y la necesidad de disponer de una adecuada señalización de los edificios e instituciones municipales que permita su localización y para la debida información para todos los vecinos, en general, y para los visitantes foráneos, en particular, hacen necesaria la contratación de este servicio.
CLÁUSULA 2ª.- NATURALEZA JURÍDICA Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:
El presente contrato tendrá naturaleza de contrato administrativo especial prevista en el artículo 19.1.b del RDL 3/2011, por estar vinculado al giro o tráfico específico de la Administración contratante por satisfacer de forma directa la necesidad de señalizar y facilitar la localización de los inmuebles y servicios públicos de interés general ubicados en nuestro término municipal.
De conformidad con la duración prevista en la cláusula 7ª y la atribución de competencias establecida en la Disposición Adicional Segunda, apartado 2º, del RDL 3/2011, la competencia para la aprobación del expediente y la adjudicación del contrato corresponde al Pleno del Ayuntamiento.
CLÁUSULA 3ª.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION:
De conformidad con lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la adjudicación del contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto, con varios criterios de adjudicación.
CLÁUSULA 4ª.- CANON Y TIPO DE LICITACIÓN:
El canon que satisfará anualmente al Ayuntamiento de La Xxxx el concesionario, será el ofrecido por el licitador en su oferta, como resultado de su estudio económico. Dicho canon que operará como tipo de licitación en ningún caso será inferior a 2.000 €
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
Sello de tiempo:
anuales, mejorables al alza, conforme a los criterios de selección previstos en la cláusula 5ª.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
El canon anual ofrecido por el contratista se actualizará automáticamente en función de las variaciones que experimente el IPC interanual, con carácter acumulativo.
Con independencia de dicho canon, se podrá ampliar y/u ofrecerse otras prestaciones para mejorarlo y completarlo. Estas mejoras deberán quedar valoradas económicamente.
El canon correspondiente a la primera anualidad se ingresará dentro de los quince días siguientes a la formalización del contrato, el resto de anualidades se abonarán dentro de los quince días siguientes al cumplimiento de cada anualidad y sin necesidad de requerimiento alguno por parte del Ayuntamiento.
CLÁUSULA 5ª.- CRITERIOS DE SELECCIÓN:
La valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa para la adjudicación del contrato se realizará tomando como base los siguientes criterios objetivos (a cuantificar mediante fórmula) y subjetivos (a valorar mediante juicio de valor):
5.1.- Criterios Objetivos (a cuantificar mediante fórmula):
1. Valoración de la mejora del canon concesional: Máximo 30 puntos.
Se asignará la máxima puntuación a la mejor oferta realizada sobre el canon o tipo de licitación de la cláusula 4ª, utilizando la siguiente fórmula para los demás:
30 x Oa/Om (siendo Oa la oferta a valorar y Om la oferta mayor).
2. Por cada poste o valla a instalar sobre el número mínimo de cada categoría previsto en la cláusula 1ª (postes mínimo 20 y vallas mínimo 10): 5 puntos por cada elemento.
3. Por cada mupi a instalar sobre el número mínimo previsto en la cláusula 1ª (mupis mínimos 2): 10 puntos por cada elemento.
4. Propuesta más económica en los precios a cobrar por publicidad privada (máximo 10 puntos):
• Por unidad de cajetín en Poste de señalización: 4 puntos.
• Por Valla publicitaria: 3 puntos.
• Por Mupi: 3 puntos.
5.2.- Criterios Subjetivos (a cuantificar mediante juicio de valor):
1. Diseño y funcionalidad de los elementos propuestos. Hasta 20 puntos. Se valorará:
a) La estética del diseño y la facilidad de integración en el entorno urbanístico.
b) Las mejores soluciones técnicas que tiendan a ampliar la funcionalidad de los elementos, con la ocupación mínima de la vía pública.
c) Las innovaciones técnicas propuestas que permitan mejorar el servicio de información municipal, desarrollar nuevos servicios de uso y de interés público.
2. Plan de conservación, mantenimiento y limpieza de los elementos ofertados. Hasta 10 puntos.
a) Los servicios de reparación y sustitución de los elementos deteriorados.
b) El plan de limpieza, conservación e inspección de todo el mobiliario y frecuencia de limpieza.
c) La dotación de medios humanos y materiales que utilizará el contratista.
En caso de empate entre dos o más ofertas, éste se dirimirá de la siguiente forma:
1. Se tendrá en cuenta el criterio de la mejora ofrecida en el canon concesional.
2. Si persiste el empate se tendrá en cuenta el criterio del número de elementos de
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
instalación ofrecidas.
3. Si persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo público en presencia de los autores de las ofertas empatadas, siendo convocados al efecto.
CLÁUSULA 6ª.- CAPACIDAD CONTRACTUAL, REPRESENTACIÓN Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES:
Podrán tomar parte en el procedimiento, para su selección como contratista, cualesquiera personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, siempre que reúnan las siguientes condiciones de capacidad:
Tener, en Derecho, plena capacidad jurídica y de obrar.
Acreditar las siguientes condiciones de solvencia:
Ser personas jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, o personas físicas con alta en el epígrafe correspondiente en el I.A.E.
Disponer de una organización con elementos personales, técnicos y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
No encontrarse comprendidas en ninguno de los supuestos de prohibición enumerados en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La participación en el procedimiento supone que el licitador acepta en su integridad las condiciones establecidas en el presente pliego.
La capacidad de obrar de las personas físicas se acreditará con la presentación del DNI o documento acreditativo de su personalidad y la de las personas jurídicas con la escritura de constitución o, en su caso, de modificación debidamente inscritas en el Censo de Entidades Jurídicas del Ministerio de Hacienda o en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
Los licitadores que concurriesen en representación de una sociedad, deberán justificar documentalmente que están facultados para ello mediante los poderes bastantes y documentos acreditativos de la personalidad, que se acompañarán a la proposición.
Las empresas extranjeras presentarán los documentos acreditativos de las condiciones a que se refiere el apartado anterior, con las peculiaridades, modificaciones y ampliaciones que derivan de lo establecido en la normativa vigente.
El contrato se otorgará a una sola persona o entidad, si bien podrá ser concertado con dos o más personas o entidades, constituidas a efecto de este contrato en Unión Temporal de Empresarios. Los empresarios integrantes quedarán obligados solidariamente respecto al Ayuntamiento, cuyos derechos frente a la misma serán, en todo caso, indivisibles. Cada uno de los empresarios que compongan la agrupación, en caso de adjudicarse, acreditarán su capacidad y solvencia y deberá nombrar un representante único de la agrupación, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato. Las ofertas económicas que formulen estas agrupaciones deberán indicar nombres y circunstancias de los empresarios que las formen y la participación de cada uno de ellos en la agrupación así como la firma de todos los empresarios. La formalización de la unión es escritura pública no será necesaria hasta que no se haya efectuado la adjudicación a su favor.
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
CLÁUSULA 7ª.- PLAZO DE DURACIÓN:
El plazo de este contrato será de 10 años, contados a partir de la fecha de formalización del contrato. Este plazo tendrá carácter improrrogable, por lo que una vez cumplido el mismo, cesará el uso por parte del adjudicatario de todos los elementos que lo integran, que pasarán a ser de propiedad municipal, con las condiciones que se establecen en la cláusula 19ª del presente Pliego de Condiciones.
CLÁUSULA 8ª.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: LUGAR, PLAZO, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN:
8.1.- Lugar y Plazo de Presentación:
Los Sobres A-B-C conteniendo la documentación exigida en el presente pliego se presentarán en el Registro Especial de Licitaciones de la Secretaría General del Ayuntamiento en horario de atención al público (9:00 a 14:00 horas) durante el plazo de QUINCE DÍAS, desde la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento (xxx.xxxxxx.xx).
También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano de contratación, por fax, télex o telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación y/o escrito de invitación remitido por la Alcaldía.
No obstante, transcurridos 5 días desde la terminación del plazo de presentación no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
8.2.- Formalidades:
Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados denominados A, B y C, y en cada uno de los cuales se hará constar el contenido, en la forma que se indica a continuación y el nombre del licitador.
A) Sobre A: Denominado “Documentación Administrativa”, expresará la inscripción: “Documentación administrativa o general para tomar parte en el procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de La Xxxx para contratar la Señalización Urbana y la instalación de soportes para publicidad en el municipio de La Xxxx (Albacete)”, y contendrá la siguiente documentación
1. Justificante de alta o compromiso de alta en el IAE y en el régimen de autónomos de la Seguridad Social debidamente firmado, según el modelo del Anexo II (en caso de no figurar ya de alta en dichos registros).
2. Documento acreditativo de haber depositado la garantía provisional por el importe que figura en la cláusula 13ª del presente pliego.
3. Declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa conforme al modelo del Anexo I del presente pliego, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración que sustituirá a la presentación inicial de la documentación que se relaciona a continuación. La acreditación de la documentación sólo se exigirá a la empresa/persona propuesta como adjudicataria conforme a lo determinado en la cláusula 12ª del presente pliego. En todo caso el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
La documentación sustituida, en este momento, por dicha declaración responsable será la siguiente:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, o de escritura de constitución o modificación de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica y fotocopia del C.I.F. de la empresa y copia del
D.N.I de su representante legal.
b) Los que acrediten la representación legal o voluntaria del firmante de la proposición y copia de su DNI, así como poder bastante o suficiente cuando se actúe por representación.
c) Declaración expresa responsable de reunir todos los requisitos y condiciones de capacidad exigidos en el presente pliego y en la normativa aplicable y de no encontrarse incurso en ninguno de los supuesto de prohibición para contratar previstos en el art. 60 del RDL 3/2011.
d) Documentos acreditativos de alta en el epígrafe correspondiente del I.A.E. y en el régimen de autónomos de la Seguridad Social.
e) Declaración expresa responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con el Ayuntamiento de La Xxxx y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
En el supuesto de resultar adjudicatario, deberá presentar los documentos acreditativos (certificados u otros documentos fehacientes) del cumplimiento de las expresadas obligaciones en los términos y forma a que se refieren los arts. 13, 14 y 15 del Real Decreto 1.0981/2001 por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha en que se le notifique la Resolución de clasificación a favor de la oferta más ventajosa, no pudiendo realizarse la adjudicación sin que haya presentado estos documentos.
f) Documento o documentos acreditativos de las condiciones de solvencia:
• Documento acreditativo de que la finalidad o actividad de la persona física o jurídica tiene relación directa con el objeto del contrato. Para las personas jurídicas el documento ha de consistir en sus estatutos o reglas fundacionales, debidamente inscritos en el registro público correspondiente. Para las personas físicas, alta en el epígrafe correspondiente del IAE.
• La solvencia económica y financiera se acreditará por uno de los medios establecidos en el art. 64.1 del TRLCSP.
• La solvencia técnica, mediante una relación de las principales concesiones o contratos otorgados por administraciones públicas en los últimos tres años y que acreditarán con los correspondientes certificados o documentos emitidos por cada entidad. Deberá presentar un mínimo de tres contratos en los últimos tres años.
Las empresas extranjeras presentarán los documentos acreditativos de las condiciones a que se refiere el apartado anterior, con las peculiaridades, modificaciones y ampliaciones que derivan de lo establecido en la normativa vigente.
Los Sobres A y B a que se refieren este apartado y el siguiente, deberán expresar, en todo caso, su contenido y el nombre del licitador, y deberán ser firmados por su representante.
Cada ofertante no podrá presentar más que una proposición.
Tampoco podrán las empresas formular ofertas en unión temporal con otros si lo han hecho individualmente o en otra unión temporal.
La contravención de las prohibiciones señaladas en la presente cláusula dará
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
lugar a la desestimación o rechazo de todas las proposiciones presentadas por la empresa de que se trate.
B) Sobre B: Denominado “Criterios Subjetivos”, expresará la inscripción: “Propuesta técnica a valorar mediante juicio de valor en el procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de La Xxxx para contratar la Señalización Urbana y la instalación de soportes para publicidad en el municipio de La Xxxx (Albacete)”, y que deberá adaptarse a los parámetros y características previstos en la cláusula 5.2 de este pliego para su valoración conforme a dicho criterio subjetivo.
C) Sobre C: Denominado “Proposición económica”, expresará la inscripción: “Proposición económica para tomar parte en el procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de La Xxxx para contratar la Señalización Urbana y la instalación de soportes para publicidad en el municipio de La Xxxx (Albacete)”, y deberá contener la proposición económica conforme al modelo previsto en la cláusula final.
A efectos de acreditar y obtener puntuación en el criterio 5.1.2 deberá aportarse un proyecto con un estudio personalizado de ubicaciones de los postes de señalización y los elementos de publicidad, con indicación de su número y características (vallas peatonales, postes de señalización, mapas, mupis, etc.) y la Documentación técnica en la que queden reflejadas las características de los soportes, con especial referencia al número, ubicación y características de los espacios reservados para publicidad institucional del Ayuntamiento.
8.3.- Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas.
A los efectos previstos en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aquellas personas que estén obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración, deberán facilitar una dirección de correo electrónico y disponer de certificado digital de los legalmente previstos a fin de poder recibir notificaciones y comunicaciones electrónicas relacionadas con la presente licitación.
Los siguientes son los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente usando certificado digital:
• Personas jurídicas.
• Entidades sin personalidad jurídica.
• Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y las actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo estarán incluidos los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles.
• Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
• Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
CLÁUSULA 9ª.- PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN Y PERFIL DEL CONTRATANTE:
Por tratarse de procedimiento abierto y de conformidad con lo previsto en el artículo 142.1 del RDL 3/2011 el anuncio de licitación será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete por plazo de 15 días naturales, durante los cuales los interesados podrán presentar las proposiciones. Igualmente este anuncio será publicado
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de La Xxxx, en su página web institucional xxx.xxxxxx.xx.
La adjudicación y formalización del contrato también se publicará en el BOP de Albacete y en el perfil del contratante del Ayuntamiento de La Xxxx.
CLÁUSULA 10ª.- MESA DE CONTRATACIÓN:
Para la calificación y comprobación de la documentación aportada por los interesados, el órgano de contratación estará asistido por la Mesa de Contratación, que será el órgano competente para formular la propuesta de adjudicación.
La Mesa de Contratación estará integrada del siguiente modo:
Presidente, que será el Presidente de la Corporación o miembro de ésta en quien delegue.
Vocales:
- La Concejala Delegada de Urbanismo o Concejal en quien delegue.
- Un Concejal por cada uno de los tres grupos políticos con representación en este Ayuntamiento.
- Un miembro del Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento (Arquitecto Superior o Técnico).
- El Subinspector-Jefe de la Policía Local o funcionario en quien delegue.
- La Secretaria General de la Corporación.
- El Interventor de Fondos de la Corporación.
Secretario, que será un administrativo adscrito al servicio de Secretaría o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto.
Para la válida constitución de la Mesa de Contratación deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, y en todo caso, el Presidente, el Secretario y los dos Vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y el control económico-financiero del órgano de contratación.
Los acuerdos de la Mesa requerirán mayoría simple de los asistentes. En caso de empate, se decidirá por voto de calidad del Presidente. De los acuerdos de la Mesa se levantará acta de la que dará fe el Secretario de la misma.
CLÁUSULA 11ª.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, PROPUESTA DE ADJUDICACION Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN:
La Mesa de Contratación en acto no público a celebrar el 5º día hábil siguiente de concluir el plazo para la presentación de proposiciones, a las 12:30 horas y en el salón de sesiones, procederá a la apertura del Sobre A y calificación de la documentación general presentada por los licitadores. Si la Mesa de Contratación observara defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a 3 días para que el licitador lo subsane.
La Mesa de Contratación en acto no público a celebrar el 5º día hábil siguiente al de apertura de la documentación general del Sobre A, a las 12:30 horas y en el salón de sesiones, la Mesa procederá a la apertura y valoración del criterio subjetivo a cuantificar mediante juicio de valor del Sobre B, conforme a los parámetros valorables previstos en la cláusula 5.2
Por último, la Mesa de Contratación en acto público a celebrar el 5º día hábil siguiente al de apertura del Sobre B del criterio subjetivo, a las 12:30 horas y en el salón de sesiones, dará cuenta del resultado de la apertura del Sobre A indicando las ofertas admitidas y las excluidas (y causas de exclusión en su caso). A continuación, se dará cuenta, también en acto público, de la valoración del Sobre B (criterio subjetivo) de las ofertas que hayan sido declaradas admitidas, invitando a los asistentes a formular las
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
observaciones que estimen pertinentes y que se recogerán en el acta. Seguidamente se procederá a la apertura del Sobre C conteniendo las proposiciones económicas y se dará lectura públicamente de las ofertas económicas realizadas por cada uno de los licitadores. En este momento se dará por concluido el acto público.
Para finalizar y en acto no público, la Mesa procederá a la valoración de las ofertas económicas conforme a los criterios objetivos de la cláusula 5.1 y clasificará por orden decreciente de puntuación total según la suma obtenida en la valoración de los criterios establecidos en la cláusula 5ª y formulará al órgano de contratación la correspondiente propuesta de clasificación con indicación de la oferta más ventajosa.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación justificativa prevista en la cláusula 8.2 (del Sobre A en caso de haber presentado la declaración responsable sustitutiva):
• Certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (con la hacienda estatal y con la municipal del Ayuntamiento de La Xxxx), así como de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
• Alta o último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
• Documentos acreditativos de alta en el epígrafe correspondiente del I.A.E. (en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato) y en el régimen de autónomos de la Seguridad Social.
• Documentación justificativa de la solvencia económica y financiera, así como de la técnica o profesional.
• Justificante de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo establecido en la cláusula 13ª del presente pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y no se efectuará la adjudicación a su favor, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La notificación de la resolución de clasificación y de la adjudicación se realizará por medios electrónicos. Para ello los licitadores deberán facilitar una dirección de correo electrónico en el que practicar las notificaciones y/o comunicaciones y deberán disponer de certificado digital para poder acceder al contenido de la notificación. Dichas notificaciones se practicarán con los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CLÁUSULA 12ª.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO:
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato en la primera sesión plenaria que se celebre desde la recepción de la documentación por el autor de la oferta mejor clasificada.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación del contrato se acordará en resolución motivada, en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones. Se notificará electrónicamente a los licitadores y se publicará en el B.O.P. de Albacete y en el Perfil del Contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
a) En relación a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, la exposición resumida de las razones por las que no se haya admitido su oferta.
b) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinante para que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
CLÁUSULA 13ª.- GARANTÍAS:
De conformidad con lo previsto en el art. 103.2 del RDL 3/2011 se establece la obligación de constituir garantía provisional por importe de 600,00 €, equivalentes al 3% del importe del canon (2.000 €) previsto como precio del contrato o tipo de licitación y por la duración de 10 años prevista en la cláusula 4ª.
Igualmente el autor de la oferta clasificada como más ventajosa estará obligado a formalizar en arcas municipales una garantía definitiva por cuantía equivalente al 5% del importe de la adjudicación considerando el período de duración de 10 años.
Dichas garantías podrán constituirse por cualquiera de las formas previstas en el art. 96 y 97 del Texto Refundido de la Ley de de Contratos del Sector Público.
La falta de constitución de la garantía provisional determinará la exclusión de la oferta. Por su parte, la falta de constitución de la garantía definitiva en el plazo correspondiente, por causa imputable al adjudicatario, impedirá adoptar acuerdo de adjudicación y la formalización del contrato.
CLÁUSULA 14ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
El contrato se formalizará en documento administrativo, que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el adjudicatario podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los 15 días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al adjudicatario de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin la previa formalización del mismo. La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante de este
Ayuntamiento.
CLÁUSULA 15ª.- CONDICIONES PARA LA UBICACIÓN DE LOS SOPORTES:
El contratista estará obligado a la realización de todas las tareas y obras necesarias para la instalación de todos los soportes.
La implantación de cualquier tipo de soporte deberá ser informada favorablemente por los servicios técnicos, previa solicitud del concesionario, acompañada de documento técnico descriptivo de las tareas a ejecutar por el mismo.
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
Dicho documento deberá velar por las siguientes condiciones materiales de implantación de los soportes:
1. Perfecta reposición de pavimentos afectados.
2. Adecuadas condiciones de seguridad y salud durante la ejecución de los trabajos.
3. Perfectas condiciones de limpieza una vez concluidos los trabajos de implantación. Criterios de implantación de soportes publicitarios:
En todo caso, en la solicitud que el concesionario realice sobre los emplazamientos de los soportes publicitarios deberá tener en cuenta, entre otros, los siguientes criterios mínimos:
1. No afección a ningún elemento urbano preexistente (mobiliario urbano, arbolado, señalización vertical, edificaciones etc).
2. No obstaculizar ni suponer ningún peligro al tráfico rodado ni al peatonal.
3. No sobrecargar un determinado punto con anexo de información publicitaria.
4. Preservar sin publicidad determinadas edificaciones públicas o privadas, instituciones, lugares públicos singulares como plazas o parques, etc., así como cualquier otro que reúna alguna circunstancia de especial interés público o colectivo.
En caso de no informar favorablemente la situación de los soportes publicitarios, los servicios técnicos realizarán propuestas de emplazamientos alternativos lo más próximos posibles a la solicitud. Dicha imposibilidad no podrá dar lugar reclamación económica alguna por parte del concesionario ante el Ayuntamiento de La Xxxx.
CLÁUSULA 16ª.- CONDICIONES DE EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO:
El contratista mantendrá todos los soportes en perfecto estado de limpieza y servicio, debiendo reparar o sustituirlos, en el menor plazo posible y sin que precise requerimiento de los servicios técnicos, cualquier parte que se encuentre dañada, independientemente de cuál hubiera sido la causa del desperfecto (accidente, vandalismo, envejecimiento natural, inclemencias meteorológicas, etc.) y sin contraprestación alguna por parte del Ayuntamiento de La Xxxx, al llevar a cabo la reposición.
El contenido y los precios de utilización comercial para publicidad son los que libremente establezca el concesionario, debiendo ajustarse a la propuesta realizada por el licitador de conformidad con la cláusula 5º apartado 5.4 del presente pliego, sin más limitación que las establecidas con carácter general en leyes y normativa.
CLÁUSULA 17ª.- MODIFICACIÓN DE LA UBICACIÓN:
Los servicios técnicos podrán ordenar la retirada o modificación de un soporte cuando por circunstancias sobrevenidas, prime alguna razón de interés público por encima del uso publicitario. En este caso los servicios técnicos realizarán propuestas sobre emplazamientos alternativos lo más próximos posibles a la solicitud.
Dicha orden no podrá suponer indemnización alguna al concesionario, salvo que se justifique alteración significativa del equilibrio económico procesal.
CLÁUSULA 18ª.- MODIFICACIÓN DEL NÚMERO DE SOPORTES:
Aumento del número de soportes publicitarios.
En el caso de que el concesionario quiera aumentar el número de localizaciones se deberá presentar propuesta técnico-económica, para su informe por parte de los servicios técnicos siempre y cuando se aumenten en la misma cantidad los soportes de información con la correspondiente revisión del canon concesional y siendo, en todo caso, discrecional la autorización del Ayuntamiento.
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
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Sello de tiempo:
CLÁUSULA 19ª.- DERECHOS Y DEBERES DEL ADJUDICATARIO:
a) Usar el dominio público asignado de modo privativo para ejercer la actividad para la que está autorizado y ser mantenido en ese uso y disfrute.
b) Prestar el servicio de acuerdo con lo dispuesto en la concesión, incluso en el caso de que las circunstancias sobrevenidas e imprevisibles ocasionaran una subversión en la economía de la concesión y sin más interrupciones que las que se producirían si la gestión se prestara de forma directa. No obstante, el adjudicatario tendrá derecho a obtener del Ayuntamiento los auxilios de la autoridad pública necesarios en orden del funcionamiento del servicio.
c) Ejecutar las obras e instalaciones previstas en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la fecha de formalización del contrato. Transcurrido dicho plazo sin haber efectuado las obras e instalaciones previstas podrá entenderse caducado su derecho con pérdida de la garantía definitiva depositada.
d) Mantener en buen estado la porción del dominio público ocupado, así como los elementos instalados en la vía pública, de su limpieza, mantenimiento y conservación, reemplazando los postes deteriorados por otros, así como, al cambio de ubicaciones, rotulaciones y flechas indicativas cuando cambie el recurso señalizado. Cualquier modificación, traslado o avería de servicios que puedan producirse al instalar el mobiliario, serán de la exclusiva responsabilidad y cargo de la adjudicataria, la cual deberá reponerlos a su normal funcionamiento.
e) Obligación de ejercer la concesión directamente por el adjudicatario, con la prohibición de disponer de la misma, traspasarla, arrendarla, o realizar cualquier otra forma de cesión a terceros. En el supuesto de que pretenda su transmisión a terceros se requerirá la previa autorización expresa municipal, debiendo el adquirente, cesionario o arrendatario cumplir todos los requisitos exigidos al adjudicatario original. No podrán constituirse cargas, gravámenes, garantías o cualquier otro acto de disposición de derechos sobre la presente concesión demanial sin expreso consentimiento municipal, a cuyo efecto será nulo cualquier negocio jurídico que pudiera efectuarse sobre el presente contrato sin previa autorización municipal, debiendo autorizar la Corporación cualquier subrogación en los derechos del concesionario así como cumplir el titular o adquirente de dichos derechos todos los requisitos exigidos al concesionario original.
f) En su caso, serán de cuenta del adjudicatario los gastos derivados de la contratación así como los consumos de energía eléctrica, o cualquier otro que sea necesario para el funcionamiento de los elementos que se instalen.
g) Permitir al Ayuntamiento el ejercicio de su facultad de inspeccionar en todo momento los bienes e instalaciones objeto del contrato.
h) El adjudicatario podrá aportar toda clase de modificaciones a los carteles de publicidad para asegurar la comercialización constante, adaptarlas a las exigencias de la nueva clientela, las evoluciones técnicas y jurídicas, solicitando previa autorización municipal.
i) La explotación publicitaria comportará el derecho del concesionario a percibir retribución económica por parte de los anunciantes derivada de la explotación. El precio de dicha retribución será comunicado a la Administración Municipal y deberá atenerse a la oferta realizada.
CLÁUSULA 20ª.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO:
Por su parte el Ayuntamiento queda obligado a mantener al adjudicatario en el uso y disfrute del derecho concedido durante el plazo de duración del contrato, a gestionar
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
las autorizaciones pertinentes cuando el terreno donde se ubiquen los postes pertenezca a otra administración, y a la autorización de la retirada de la señalización y publicidad existente que no cuente con autorización municipal.
CLÁUSULA 21ª.- GASTOS:
Desde el momento de la adjudicación definitiva corren por cuenta del adjudicatario los gastos a que se refieren las normas de contratación local (importe de los anuncios, etc.) y los demás que, siendo legítimos, tengan relación con el procedimiento y con el contrato desde la iniciación hasta la formalización.
CLÁUSULA 22ª.- REVERSIÓN:
Al término del plazo del contrato, todos los elementos instalados objeto de este contrato pasarán a propiedad del Excmo. Ayuntamiento de La Xxxx. Estos deberán encontrarse en buen estado de conservación, a cuyo efecto, y como mínimo dos meses antes de finalizar el plazo de concesión, el Ayuntamiento designará los técnicos encargados de inspeccionar el estado en que se encuentren, ordenando, a la vista de los resultados de la inspección técnica, la ejecución de los trabajos de reparación y reposición que se estimasen necesarios para mantenerlos en las condiciones idóneas. Las obras y trabajos de reparación o reposición que deban efectuarse serán de cuenta del adjudicatario.
Por otra parte el adjudicatario vendrá obligado a abandonar y dejar libres y vacíos, a disposición de la Administración, dentro de plazo, los bienes de utilización y a reconocer la potestad de aquélla para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento.
CLÁUSULA 23ª.- RESCATE:
La Corporación Municipal se reserva el derecho a dejar sin efecto el contrato antes del vencimiento, si lo justificasen circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante indemnización al adjudicatario de los daños que se hubieren causado, o sin ella cuando no procediese.
CLÁUSULA 24ª.- PENALIZACIONES:
Al objeto de determinar las penalizaciones correspondientes, los incumplimientos se clasificarán en leves, graves y muy graves. De conformidad con el artículo 212 del TRLCSP la comisión de cualesquiera de las infracciones señaladas a continuación, serán penalizadas con las siguientes sanciones:
Serán incumplimientos leves:
1. Cualquier incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario.
2. La falta de diligencia en el cumplimiento de las instrucciones emanadas por parte la Alcaldía en el ejercicio de su facultad de policía del servicio.
3. El no sometimiento a la inspección de los Servicios Técnicos Municipales.
Las infracciones leves serán penalizadas por importe comprendido entre el 3% y el 5% del presupuesto total del contrato o “Amonestación por escrito”, a juicio del órgano de contratación.
Serán incumplimientos graves:
1. La reiteración por tres veces, por parte del adjudicatario en actos que den lugar a sanciones leves.
2. La actuación del adjudicatario que dé lugar a la depreciación del dominio público o de los elementos instalados.
3. El ejercicio de una actividad sobre el dominio público que no sea la que tiene por objeto la concesión.
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
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Sello de tiempo:
Las infracciones graves serán sancionadas por importe comprendido entre el 5,1% y el 7% del presupuesto total del contrato, a juicio del órgano de contratación. Con independencia de que, cuando se produjesen daños al dominio público o a las instalaciones, y no sean como consecuencia de casos fortuitos o de fuerza mayor, la administración podrá imponer la indemnización de los mismos.
Tendrán el carácter de incumplimientos muy graves:
1. La reiteración por tres veces en incumplimientos graves.
2. La actuación del adjudicatario que cause grave daño al dominio público o de los elementos instalados.
3. El no ejercicio o suspensión de la actividad por el adjudicatario en las condiciones previstas en el presente pliego de condiciones por período superior a seis meses.
Las infracciones muy graves serán sancionadas por importe comprendido entre el 7,1% y el 10% del presupuesto total del contrato, a juicio del órgano de contratación. En caso de reincidencia o reiteración podrá ser declarada la extinción del contrato y la incautación de la fianza definitiva en concepto de indemnización por daños y perjuicios.
A efectos de determinar el importe de las sanciones se considerará como presupuesto del contrato el precio de adjudicación por los diez años de duración del mismo.
La imposición de penalidades requerirá siempre la previa audiencia al contratista.
CLÁUSULA 25ª.- FINALIZACIÓN DEL CONTRATO:
El contrato se extinguirá por alguna de las causas establecidas en el art. 223 del TRLCSP o en el art. 100 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
CLÁUSULA 26ª.- RÉGIMEN JURÍDICO:
En lo no previsto en este Pliego de Condiciones se estará a lo dispuesto en el RDL 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el R.D. 1.098/2001 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos, la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, el Reglamento de Bienes de las Corporaciones locales, y en aquellos preceptos que sean de aplicación general o de carácter básico contenidos en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Texto Refundido de Régimen Local, siendo de aplicación supletoria las disposiciones vigentes de derecho privado.
CLÁUSULA 27ª.- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA:
Don mayor de edad, vecino de
, con domicilio en , titular
del D.N.I. nº en nombre propio (o en representación de
, vecino de , con domicilio en
, conforme acredito con poder bastante), enterado del procedimiento abierto convocado para la adjudicación del contrato administrativo especial para la señalización urbana y la instalación de soportes para publicidad en el municipio de La Xxxx, manifiesta:
Primero: Que solicita participar en el procedimiento de contratación convocado.
Segundo: Que acepta recibir las notificaciones de los acuerdos que le afecten por medios telemáticos de que disponga el Ayuntamiento. A estos efectos se hace constar que el fax, teléfono y correo electrónico de la empresa proponente son los siguientes:
- Fax nº: .
- Teléfono nº .
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
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Sello de tiempo:
- Correo electrónico: .
Tercero: Que se compromete a realizarlo con sujeción al pliego de condiciones económico-administrativas con arreglo a la siguiente oferta económica de conformidad con los criterios objetivos a cuantificar mediante fórmula establecidos en la cláusula 5.1:
1. (Criterio 5.1.1.) Ofrece a la prestación del servicio por un canon o precio anual a favor del Ayuntamiento de €/año, lo que supone un incremento sobre el canon/tipo de licitación de €.
2. (Criterio 5.1.2.) Ofrece el suministro e instalación de Postes y Vallas (indicar el número en su caso) sobre el número mínimo de cada categoría previsto en la cláusula 1ª.
3. (Criterio 5.1.3.) Ofrece el suministro e instalación de Mupi/s (indicar el número, en su caso) sobre el número mínimo previsto en la cláusula 1ª.
4. (Criterio 5.1.4.) Ofrece los siguientes precios máximos a cobrar por publicidad privada:
• Precio máximo a cobrar por cada unidad de cajetín en Poste de señalización:
€.
• Precio máximo a cobrar por cada Valla publicitaria: €.
• Precio máximo a cobrar por cada Mupi: €.
(Lugar, fecha y firma)
*******
La Xxxx, Mayo 2017
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
Sello de tiempo:
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Xx
con D.N.I. nª
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
en nombre de la empresa en su calidad de con N.I.F. y domicilio en
de la localidad provincia de , designa como medio preferente para recibir notificaciones relacionadas con el presente contrato la notificación electrónica, determina el número de teléfono móvil y la dirección de correo
electrónico relacionados con ella y declara responsablemente:
a efectos de recibir avisos
Que ni en la empresa que represento, ni en sus representantes, concurre ninguna de las circunstancias recogidas como prohibiciones para contratar con la Administración del artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Que la empresa a la que represento se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que la mencionada empresa cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración en la fecha de terminación del plazo de presentaci ón de proposiciones y que se compromete a aportar la documentación justificativa de tal extremo en caso de ser propuesta como adjudicataria del presente contrato según lo determinado en el Pliego de Cláusulas Administrativas que sirve de base a la licitación.
En a de de 201
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
Sello de tiempo:
ANEXO II
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
DOCUMENTO DE COMPROMISO DE ALTA EN EL I.A.E. Y
EN EL RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
D. con D.N.I. domicilio _ de provincia de :
Enterado del procedimiento de licitación convocado por el Ayuntamiento de La Xxxx para la adjudicación del contrato administrativo especial para la señalización urbana y la instalación de soportes para publicidad en el municipio de La Xxxx, en caso de resultar adjudicatario de dicho contrato ME COMPROMETO a aportar los documentos justificativos de alta en el epígrafe del I.A.E. correspondiente a la actividad objeto del contrato y el alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social.
La Xxxx de de 201 EL LICITADOR
Fdo.:
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
ANEXO III
CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS A INSTALAR
1. POSTE DE SEÑALIZACIÓN VERTICAL.
Se indica un modelo básico, pudiéndose ofertar un modelo superior al mismo. DIMENSIONES Y CAPACIDAD:
Poste estructural tubular ondulado de medidas aproximadas 114mm. Distancia del suelo al primer cajón 2250 mm.
Grosor del perfil de los cajones 175 mm aprox. Cajones estándar 1500 x 300, 1600 x 350, aprox.
Capacidad máxima de 6 cajones 1500x300 y 5 de 1600x350.
COLOR: Cajones anodizados en plata mate u oro. RAL del poste a elegir por técnico municipal.
RECUBRIMIENTO: Pintura en polvo epoxi de dos componentes poliéster pintado al horno. TORNILLERIA: Acero inoxidable.
FIJACIÓN: Implantación directa Mediante placas de anclaje y medias conchas en fundición xx xxxxx dúctil.
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.
FECHA Y HORA LOCAL 26/06/2017 8:01:02 FECHA Y HORA UTC 26/06/2017 6:01:02
Sello de tiempo:
2. MUPI.
Se indica un modelo básico, pudiéndose ofertar un modelo superior al mismo. DIMENSIONES: 1322x2616x131 aprox.
Área de impresión: 1150x1750.
COLOR: Cualquier color, incluso diferenciando color entre puertas, esquineras y cuerpo. RECUBRIMIENTO (Pintura): Estructura cincada incluso galvanizado por inmersión en caliente. Perfil de aluminio lacado con pintura en polvo epoxi pintado al horno.
TORNILLERIA: Acero inoxidable inviolable.
FIJACIÓN: Mediante placa de anclaje con pernos cimentada.
ACRISTALAMIENTO Y APERTURA: Vidrio templado y serigrafiado de 6 mm. Apertura mediante muelles neumáticos y cerradura con llave.
3. VALLA PUBLICITARIA.
Las vallas publicitarias estarán fijada al terreno mediante cimentación de hormigón en masa HM20/P/40/IIA, capaz de soportar el impacto de vientos conforme a la normativa vigente de las CTE – SE AE, los tubos serán antisalinos galvanizados en caliente de 4,50 con tapas de pvc antiagua. Los paneles tendrán unas medidas aproximadas de 2000 x 1000 x 0,8 galvanizados de 166 mm aprox., para garantizar la rigidez del conjunto. Tanto los módulos como los paneles, accesorios y tornillería estarán plenamente garantizados contra la corrosión y cumplirán todas las normativas ISO.
Expediente (SEGEX 853K) y (SECA 2017000006) aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 29-5-2017.