Instituto Mexicano del Seguro Social Dirección de Administración Unidad de Adquisiciones e Infraestructura Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División...
Convocatoria
Licitación Pública Nacional Electrónica
Núm. LA-019GYR019-E173-2017 |
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Instituto Mexicano del Seguro Social
Dirección de Administración
Unidad de Adquisiciones e Infraestructura
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios
Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos
División de Contratación de Activos y Logística
Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, 0x xxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000,
Delegación Xxxxxxxxxx, Ciudad de México
Convocatoria
Licitación Pública Nacional Electrónica
No. LA-019GYR019-E173-2017
“Contratación de los servicios de consultoría para la Oficina de Administración del Proyecto (PMO) en la Etapa de Implementación del Nuevo Modelo Operativo para la Transformación de la Administración Financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social (NMO TAF – IMSS).”
ÍNDICE
1.- Identificación de la licitación pública. 5
1.1 Datos de identificación. 5
1.2 Medio y carácter de la licitación: 5
1.3 Número de identificación de la licitación pública asignado por compranet. 6
1.4 Indicación de los ejercicios fiscales para la contratación. 6
1.6 Disponibilidad presupuestaria. 6
2. Objeto y alcance de la licitación pública. 7
2.1 Objeto de la contratación. 7
2.3 Las cantidades a contratar. 7
3.- Forma y términos que regirán los diversos actos de la licitación. 9
3.2.- Fecha, hora y lugar para los actos de la licitación. 9
3.3.- Junta de Aclaraciones. 9
3.4.- Presentación y apertura de proposiciones. 10
3.5.- Proposiciones conjuntas. 10
3.6.- Notificación de fallo y firma de contrato. 10
4.- Requisitos que los licitantes deben cumplir. 14
4.1.2.- Documentación legal-administrativa. 14
4.1.3.- Requisito Económico. 15
4.1.4.- Causales expresas de desechamiento. 15
5.- Criterios específicos conforme a los cuales se evaluarán las proposiciones. 17
5.1.- Evaluación de la propuesta técnica. 17
5.2.- Evaluación de la propuesta económica. 18
5.3.- Adjudicación de contrato. 19
6.- Relación de documentos que debe presentar el licitante. 20
7.1.- Operación de CompraNet. 20
8.- Formatos que facilitarán y agilizarán la presentación y recepción de las proposiciones. 21
9.- Información reservada y confidencial. 21
Anexo 1.- Anexo técnico, términos y condiciones. 22
4. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONSULTORA. 29
5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. 30
7. CONDICIONES TÉCNICAS DE ACEPTACIÓN DE ENTREGABLES 34
8. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES 37
Anexo 2.- Relación de entrega de documentación. 71
Anexo 4.- Nacionalidad mexicana. 73
Anexo 5.- Cumplimiento de normas. 74
Anexo 6.- Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP. 75
Anexo 7.- Declaración de integridad. 76
Anexo 8.- Estratificación de micro, pequeña o mediana empresa. (MIPYMES). 77
Anexo 9.- Interés en participar en la licitación pública y solicitar aclaraciones. 79
Anexo 9A.- Formato para solicitar respuestas a preguntas. 80
Anexo 10.- Solicitud de clasificación de información. 81
Anexo 11.- Propuesta económica. 82
Convocatoria
En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo señalado por los artículos 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 28 fracción I, 46 y relativos del RLAASSP y demás disposiciones aplicables en la materia, se convoca a las personas físicas x xxxxxxx de nacionalidad mexicana, cuya actividad comercial esté relacionada con los bienes a contratar descritos en el anexo técnico para participar en la licitación:
1.- Identificación de la licitación pública.
1.1 Datos de identificación.
Entidad contratante: |
Instituto Mexicano del Seguro Social.
Dirección de Administración. Unidad de Adquisiciones e Infraestructura. |
Área contratante: |
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios. Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos. División de de Contratación de Activos y Logística.
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Domicilio: |
Calle Durango Núm. 000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx
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Área requirente/técnica: |
Unidad de Operación Financiera / Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones, Coordinación de Presupuesto e Información Programática. |
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1.2 Medio y carácter de la licitación:
La presente licitación pública conforme al medio utilizado es electrónica. Por lo cual los licitantes deberán participar únicamente a través de CompraNet de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 Bis fracción II de la LAASSP y en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, denominado CompraNet”, publicado en DOF el 28 xx xxxxx de 2011.
El carácter del procedimiento de contratación es nacional.
1.3 Número de identificación de la licitación pública asignado por compranet.
LA-019GYR019-E173-2017
1.4 Indicación de los ejercicios fiscales para la contratación.
La presente contratación implicará 120 semanas a partir de la notificacion del fallo.
1.5 Idioma en que se deberán presentar las propuestas, los anexos legales, administrativos y técnicos, así como en su caso los folletos que se acompañen.
Las proposiciones deberán presentarse únicamente en idioma español.
Para llevar a cabo el procedimiento de contratación, el Instituto cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente, de conformidad con el dictamen de disponibilidad presupuestal No. 0000476924-2017.
2. Objeto y alcance de la licitación pública.
2.1 Objeto de la contratación.
Contar con el servicio de consultoría que mediante el funcionamiento de una Oficina de Administración del Proyecto coordine y dé seguimiento a la implementación del Nuevo Modelo Operativo, (NMO), resultado del proyecto “Transformación de la Administración Financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social” (TAF-IMSS), utilizando metodologías de implementación y gestión de proyectos, herramientas tecnológicas y las mejores prácticas internacionales en la materia. Lo anterior, con el fin último de que el Instituto cumpla con lo estipulado en la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y en los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). Asimismo, la PMO acompañará a las áreas del Instituto durante el proceso de modificación de la normatividad interna del Instituto relacionada con los procesos administrativo-financieros.
La descripción amplia y detallada del servicio a contratar se encuenta especificada en el Anexo 1 (Anexo técnico) de la Convocatoria.
2.2 Agrupación de claves.
La adjudicación del procedimiento de contratación se llevará mediante: Partida Única, que se describe a continuación:
Contratación de los servicios de consultoría para la Oficina de Administración del Proyecto (PMO) en la Etapa de Implementación del Nuevo Modelo Operativo para la Transformación de la Administración Financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social (NMO TAF-IMSS).
2.3 Las cantidades a contratar.
El contrato a celebrarse entre el Instituto y el proveedor será cerrado, los precios serán fijos y permanecerán durante la vigencia del contrato.
2.4.- Normas.
No aplica para el presente servicio.
2.5.- Forma de evaluación
La forma de evaluar será bajo el criterio de por puntos y porcentajes, como se detalla en el numeral 5.1.
2.6.- Cantidades
Partida Única
Un servicio.
El servicio será adjudicado por partida. Se requiere una sola fuente de prestación de servicios.
Se adjunta como Anexo 12 el modelo de contrato específico que será empleado para formalizar los derechos y obligaciones que se deriven de la licitación, a los cuales estará obligado el licitante que resulte adjudicado.
En caso de discrepancia entre el contenido del contrato y el de la Convocatoria, prevalecerá lo estipulado en ésta última.
3.- Forma y términos que regirán los diversos actos de la licitación.
3.1.- Reducción de plazos.
No aplica.
3.2.- Fecha, hora y lugar para los actos de la licitación.
Acto |
Fecha |
Hora |
Lugar |
Junta de Aclaraciones |
21 de septiembre de 2017 |
12:00 Hrs. |
CompraNet
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Presentación y Apertura de Proposiciones. |
3 de octubre de 2017 |
12:00 Hrs. |
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Acto de Notificación de Fallo. |
11 de octubre de 2017 |
12:00 Hrs. |
3.3.- Junta de Aclaraciones.
La junta de aclaraciones se llevará a cabo en términos de los artículos 33 Bis de la LAASSP, 45 y 46 del RLAASSP, por lo que los licitantes que manifiesten su interés en participar en la licitación pública deberán presentar un escrito, por si o en representación de un tercero, de acuerdo con el Anexo 9 que se adjunta para tal efecto, con el cual serán considerados licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración utilizando para tal caso el Anexo 9A de la de Convocatoria. En términos del penúltimo párrafo del artículo 45 del RLAASSP, con el objeto de agilizar la junta de aclaraciones se solicita a los licitantes remitir el Anexo 9A en formato Word editable o alguna otra versión electrónica que permita a la convocante su clasificación e integración por temas para facilitar su respuesta en la junta de aclaraciones. Es importante mencionar que los licitantes deberán enviar las solicitudes de aclaración, a través de CompraNet, en la sección “Mensajes Unidad Compradora/Licitantes” del “Procedimiento de Contratación”, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora programada para que se realice la junta de aclaraciones.
Los licitantes que deseen enviar solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona.
El plazo para enviar dichas solicitudes será a partir de la publicación de la convocatoria y hasta las 12:00 horas del 20 de septiembre de 2017.
La convocante procederá a enviar, a través de CompraNet las contestaciones a las solicitudes de aclaración recibidas.
3.4.- Presentación y apertura de proposiciones.
La presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo en términos de los artículos 34 y 35 de la LAASSP, 47, 48, 49 segundo párrafo y 50 del RLAASSP, para lo cual podrán hacer uso de los formatos previstos en el numeral 8. de la Convocatoria.
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión.
Sólo serán consideradas las proposiciones que se reciban por medio de CompraNet en respuesta al requerimiento técnico y económico. El licitante deberá firmar electrónicamente la proposición; para que se considere que la proposición se envió firmada, deberán descargarse los archivos PDF generados por CompraNet que contienen los datos capturados en la propuesta (PriceEnvelopeSummary y TechnicalEnvelopeSummary para la propuesta económica y técnica respectivamente), sólo esos archivos deberán firmarse utilizando el módulo de firma electrónica de documentos y cargarse en el área correspondiente.
Una vez alcanzada la fecha y hora de inicio del evento de apertura de proposiciones, el licitante no podrá enviar su proposición o modificación de la misma.
El Instituto tendrá como no presentada la proposición del licitante, cuando el archivo electrónico enviado a través de CompraNet no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la misma.
3.5.- Proposiciones conjuntas.
En el presente procedimiento no se aceptarán proposiciones conjuntas.
3.6.- Notificación de fallo y firma de contrato.
El fallo se emitirá de conformidad con el artículo 37 de la LAASSP y su contenido se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita, en el entendido de que este procedimiento sustituye a la notificación personal. Así también el fallo podrá ser consultado en el portal de compras del IMSS en el apartado “Transparencia” (http.//xxxxxxx.xxxx.xxx.xx/), o bien en el mural de comunicación ubicado en el piso 5 del inmueble ubicado en la xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Código Postal 06700, Ciudad de México, en donde se fijará copia de un ejemplar del acta por un término no menor de cinco días hábiles.
Con fundamento en el artículo 46 primer párrafo de la LAASSP, con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato en la fecha y términos señalados en la convocatoria.
El proveedor deberá firmar el contrato que se señala en el Anexo 12 de la convocatoria, a más tardar el 26 de octubre de 2017, en la División de Contratos, ubicada en la Calle Durango Núm. 000, xxxx 00, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. Para la firma del contrato deberá presentar los siguientes documentos:
Persona moral:
Acta constitutiva y, en su caso, sus respectivas modificaciones.
Poder notarial del representante legal que firmará el contrato.
Persona física:
Acta de nacimiento o carta de naturalización.
Para ambos:
Identificación oficial vigente y con fotografía del representante legal.
Cédula de Registro Federal de Contribuyentes.
Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a 3 meses.
En su caso, escrito de estratificación de empresa en términos del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Escrito en términos del artículo 50 y 60 de la LAASSP.
Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el SAT vigente a la firma del contrato, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social vigente a la firma del contrato emitida por el IMSS, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR publicado en el DOF el 27 de febrero de 2015.
Escrito bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un conflicto de interés. ( DOF 18-07-2016).
Constancia vigente de situación fiscal emitida por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) en los términos establecidos por las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 xx xxxxx del 2017.
En caso de que el licitante:
No se encuentre registrado ante este instituto o;
Cuente con Regsitro Patronal pero se encuentre dado de baja o;
No tenga personal que sea sujeto de aseguramiento obligatorio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 de la LSS.
No podrá obtener la citada Opinión, por lo cual dicho licitante podrá dar cumplimiento a tal requerimiento presentando lo siguiente:
Documento emitido por este Instituto (resultado de la consulta en el sistema para obtener la Opinión), en el que se haga constar que no se puede emitir la Opinión de cumplimiento, de conformidad con la Regla Quinta del Anexo único del ACDO.SAI.HCT.101214/281.P.DIR;
Escrito libre, bajo protesta de decir verdad, que no le hes posible obtener la multicitada Opinión, justificando el motivo y anexando el documento en el que conste que no se puede emitir la misma y
En el caso de que el licitante manifieste que presta sus servicios a través de trabajadores subcontratados con un tercero, deberá de presentar en tal caso, junto con la documentación citada en los dos párrafos anteriores , la Opinión de cumplimiento de obligaciones del subcontratante, desde luego, vigente y positiva (lo anterior en términos del artículo 15-A d ela LSS).
En caso de que el licitante forme parte de un grupo comercial y uno de los entes que forma parte del grupo se encarga de administrar la plantilla laboral de todas las empresas que lo conforman, será necesario que exhiba el documento que acredite la subcontratación para situarse en el supuesto del párrafo anterior.
Para los casos de contratos que se formalicen con personas físicas que presten sus servicios por sí mismos y por lo tanto no cuentan con un Registro Patronal ni tengan trabajadores registrados en el Instituto, el partícular deberá de manifestar mediante escrito libre, bajo protesta de decir verdad, que no le hes posible obtener la multicitada Opinión, justificando el motivo y anexando el documento (resultado de la solicitud de Opinión que le da el Sistema institucional) en el que conste que no se puede emitir la misma.
En el caso de aquellos patrones (proveedores o contratistas y sus subcontratados) que tengan más de un Registro Patronal ante el Instituto y alguno o más de uno de estos Registros no se encuentre al corriente en el cumplimiento de las multicitadas obligaciones, no se podrá considerar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de dichas obligaciomes, aun cuando el registro patronal que haya utilizado para el contrato que se trate si se encuentre al corriente en sus pagos, por lo que deberá regularizar todos sus Registros a efecto de poder obtener la Opinión positiva.
En caso de que el licitante cuente con trabajadores contratados bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios, deberá presentar el(los) contrato(s) con los que acredite el régimen de contratación, así como escrito libre en el que manifieste que no se encuentra obligado a inscribirse ante el IMSS debido a tal situación, por lo que no puede obtener la opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social.
En caso de que el licitante se encuentre inscrito en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de CompraNet, deberá remitir únicamente la documentación referida en el numeral 3.6.3, incisos: f), g), h), e i).
4.- Requisitos que los licitantes deben cumplir.
4.1.1.- Propuesta técnica
El licitante podrá hacer uso del Anexo 1 de la convocatoria y cubrir los requisitos que en éste se solicitan.
4.1.1.1.- El Licitante deberá presentar la documentación solicitada en el Anexo 1.- Anexo técnico.
4.1.2.- Documentación legal-administrativa.
Para lo cual el licitante podrá hacer uso de los siguientes documentos:
4.1.2.1.- Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, de acuerdo con el Anexo 3 de la convocatoria que se adjunta para tal efecto. Acompañándose de copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, credencial para votar ó cédula profesional), tratándose de personas físicas, y en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la propuesta.
4.1.2.2.- Escrito bajo protesta de decir verdad, que el licitante es de nacionalidad mexicana, de acuerdo con el Anexo 4 de la convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.1.2.3.- Escrito en el que manifieste que en caso de resultar adjudicado, los servicios propuestos cumplirán con las normas solicitadas en la convocatoria, de acuerdo con el Anexo 5 que se adjunta para tal efecto. NO APLICA.
4.1.2.4.- Escrito bajo protesta de decir verdad, que no se ubica en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la LAASSP, de acuerdo con el Anexo 6 de la convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.1.2.5.- Declaración de integridad, en la que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad que se abstendrán de adoptar conductas, por si o a través de interpósita persona, para que los servidores públicos del IMSS induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes, de acuerdo con el Anexo 7 de la convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.1.2.6.- En su caso, escrito bajo protesta de decir verdad que el licitante cuenta con estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, de acuerdo con el Anexo 8 de la convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.1.2.7.- Escrito libre en el que manifieste su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena al IMSS, en términos de lo dispuesto por el numeral 29 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet”.
4.1.2.8.- Firma electrónica del representante legal en el sistema CompraNet, establecida por la Secretaría de la Función Pública como medio de identificación electrónica, es decir, la firma electrónica avanzada que emite el SAT para el cumplimiento de obligaciones fiscales.
4.1.2.9.- Escrito de información reservada y confidencial, de acuerdo con el Anexo 10 de la convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.1.3.- Requisito Económico.
4.1.3.1.- Propuesta económica, para lo cual podrá hacer uso del Anexo 11 de la convocatoria.
4.1.4.- Causales expresas de desechamiento.
De conformidad con el artículo 29 fracción XV de la LAASSP, será causa de desechamiento:
4.1.4.1.- El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria contenidos en los puntos 4.1.1., 4.1.2. y 4.1.3. y sus numerales, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la proposición.
4.1.4.2.- Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro(s) elevar el costo de los servicios objeto de la Convocatoria, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitante.
4.1.4.3.- La falta de presentación de los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad, que se soliciten como requisito de participación en la convocatoria será motivo de desechamiento, por incumplir las disposiciones jurídicas que los establecen, conforme al artículo 39 penúltimo párrafo de la LAASSP.
4.1.4.4.- Que el licitante no cotice la totalidad del servicio requerido conforme a las condiciones y características solicitadas en la convocatoria.
4.1.4.5.- Que el licitante presente más de una propuesta para la misma partida.
4.1.4.6.- Cuando la proposición técnica o económica del licitante no cuente con la firma electrónica establecida por la Secretaría de la Función Pública, como medio de identificación electrónica del representante legal en el sistema CompraNet , es decir, firma electrónica avanzada que emite el SAT para el cumplimiento de obligaciones fiscales, o cuando dicha firma no sea válida. Se considerará que la firma electrónica de la proposición no es válida cuando CompraNet arroje en el Resultado de la verificación de firma electrónica de la proposición, el mesaje: “Archivo con Firma Digital No Valido”.
4.1.4.7.- En caso de que la propuesta del licitante supere el presupuesto autorizado.
4.1.4.8.- Que el licitante presente información o documentación falsa y/o alterada.
4.1.4.9.- Cuando se presenten proposiciones en participación conjunta.
4.1.4.10.- Que la propuesta técnica no alcance el mínimo de 67.5 puntos, de los 90 disponibles en la evaluación técnica.
5.- Criterios específicos conforme a los cuales se evaluarán las proposiciones.
5.1.- Evaluación de la propuesta técnica.
De conformidad con los artículos 36 y 36 Bis fracción I de la LAASSP, 52 del RLAASSP y el numeral Décimo de la Sección cuarta “Contratación de servicios y de servicios relacionados con obras” Capítulo II “De los lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanimos de puntos o porcentajes en los procedimientos de contratación” del Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, publicado en el DOF el 9 de septiembre de 2010, la evaluación de las proposiciones se realizará utilizando el criterio de puntos, a través del cual se contemplarán únicamente los requisitos, condiciones y especificaciones técnicas establecidos en el Anexo Número 1 (Uno) de la presente Convocatoria. Conforme a la metodología que se señala a continuación:
Rubros |
Valor |
||
A) |
Capacidad del Licitante |
40.50 |
puntos |
B) |
Experiencia y Especialidad del Licitante |
13.50 |
puntos |
C |
Propuesta de Trabajo |
27.00 |
puntos |
D) |
Cumplimiento de Contratos |
9.00 |
puntos |
TOTAL |
90.00 |
puntos |
La documentación que deberá presentar el licitante para acreditar los rubros a evaluar, se encuentra detallada en la sección: “EVALUACIÓN TÉCNICA”, contenida en el Anexo 1.
La propuesta técnica deberá contemplar los requisitos, condiciones y especificaciones técnicas establecidas en el Anexo 1.
La propuesta técnica que obtenga al menos 67.5 puntos de los 90 máximos, será considerada solvente. Las proposiciones técnicas que no obtengan al menos 67.5 puntos, serán desechadas y no serán tomadas en cuenta para su evaluación económica.
Se establece que el puntaje máximo que podrán obtener el o los licitantes en el presente requerimiento será de 100 puntos, de los cuales la propuesta técnica del licitante tendrá una ponderación máxima de 90 puntos.
La convocante realizará en primer término la evaluación de las propuestas técnicas y posteriormente la evaluación de las propuestas económicas.
La proposición técnica deberá contar con la firma electrónica, de acuerdo con los medios de identificación electrónica establecidos por la Secretaría de la Función Pública.
5.2.- Evaluación de la propuesta económica.
Solo las propuestas técnicas que resulten solventes por haber obtenido una puntuación igual o superior a 67.5 puntos, serán consideradas para realizar la evaluación de las proposiciones económicas.
La propuesta económica, deberá contener la cotización del servicio ofertado, indicando precio neto propuesto. Para la elaboración de la propuesta económica se adjunta el Anexo 11 el cual forma parte de la presente convocatoria.
En caso de que se detecte un error de cálculo en alguna propuesta, se podrá llevar a cabo su rectificación cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario.
En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número, prevalecerá la primera, asimismo, de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, estos podrán corregirse, en apego al artículo 55 del Reglamento de la LAASSP.
El servicio objeto de este procedimiento deberá cotizarse en pesos mexicanos sin incluir el IVA a 2 (dos) decimales, sin fórmulas y truncado, es decir sin redondear.
No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad de los servicios requeridos.
Se establece que el puntaje máximo que podrán obtener el o los licitantes en el presente requerimiento será de 100 puntos, de los cuales la propuesta económica del licitante tendrá una ponderación máxima de 10 puntos.
Para determinar la puntuación que corresponda a la propuesta económica de cada licitante, se aplicará la siguiente formula:
PPE = MPemb x 10 / MPi.
Dónde:
PPE = Puntuación que corresponde a la Propuesta Económica;
MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y
MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica;
Para calcular el resultado final de la puntuación que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula:
PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,…..,n
Dónde:
PTj = Puntuación Total de la proposición;
TPT = Total de Puntuación asignados a la propuesta Técnica;
PPE = Puntuación asignados a la Propuesta Económica, y
El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación, y
La proposición económica deberá contar con la firma electrónica, de acuerdo con los medios de identificación electrónica establecidos por la Secretaría de la Función Pública.
5.3.- Adjudicación de contrato.
La proposición solvente más conveniente para el Estado, será aquélla que reúna la mayor puntuación, cumplió los requisitos legales, su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación a la mínima exigida y la suma de ésta con la puntuación de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación de las proposiciones recibidas.
En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia en primer término a las Micro empresas, a continuación se considerará a las Pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores empresas nacionales, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que tenga el carácter de Mediana empresa.
De no actualizarse los supuestos de los párrafos anteriores, y en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación, o no haber empresas del sector antes señalado, y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, para efectos de adjudicación del primer lugar, se llevará a cabo el sorteo manual por insaculación previsto en los artículos 36 Bis de la LAASSP y 54 de su Reglamento.
6.- Relación de documentos que debe presentar el licitante.
En el Anexo 2 de la convocatoria se relacionan los documentos que debe presentar cada licitante.
De acuerdo con lo dispuesto en artículo 66 de la LAASSP, los licitantes podrán interponer inconformidad en las oficinas de la SFP ubicadas en Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, o ante el OIC en el IMSS ubicado en.
Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
Asimismo, se señala que tales inconformidades podrán presentarse mediante el sistema CompraNet en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Lo anterior, contra actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto del mencionado ordenamiento.
7.1.- Operación de CompraNet.
Para aclarar dudas con relación a la operación de CompraNet (Presentación de solicitudes de aclaración, envío y firma electrónica de proposiciones, consulta de actas y documentos publicados por la Unidad Compradora, etc.), los licitantes podrán dirigirse a la Secretaría de la Función Pública, ubicada en la Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México o al correo xxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o al Centro de Atención Telefónico (CAT): (0000) 0000-0000 de lunes a viernes de 9:00 AM a 6:00 PM (Ciudad de México).
8.- Formatos que facilitarán y agilizarán la presentación y recepción de las proposiciones.
Número |
Descripción |
|
Anexo 1 |
Anexo Técnico y Términos y Condiciones |
|
Anexo 2 |
Relación de entrega de documentación. |
|
Anexo 3 |
Acreditación legal y personalidad jurídica. |
|
Anexo 4 |
Escrito de nacionalidad. |
|
Anexo 5 |
Cumplimiento de Normas. |
|
Anexo 6 |
Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP. |
|
Anexo 7 |
Declaración de integridad. |
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Anexo 8 |
Estratificación de MIPYME. |
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Anexo 9 |
Solicitudes de aclaración. |
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Anexo 9A |
Formato para solicitar respuestas a preguntas. |
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Anexo 10 |
Solicitud de clasificación de información. |
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Anexo 11 |
Propuesta Económica. |
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Anexo 12 |
Modelo de contrato. |
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Anexo 13 |
Glosario. |
9.- Información reservada y confidencial.
Se hace del conocimiento del licitante, que en términos de lo dispuesto por los artículos 97, 98, 110 fracción XIII, 111 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, deberá indicar si en los documentos que proporcionan al IMSS se contiene información de carácter confidencial o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de éstos que la contengan, así como el fundamento por el cual considera que tengan ese carácter, para lo cual se anexa el formato Anexo 10.
Anexo 1.- Anexo técnico, términos y condiciones.
ANEXO TÉCNICO
OBJETIVO DEL DOCUMENTO
Establecer las especificaciones y condiciones técnicas para adquirir los servicios profesionales de una consultoría encargada de realizar las actividades de la Oficina de Administración del Proyecto (PMO, por sus siglas en inglés) que dará seguimiento a un Proyecto –a cargo de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico (DIDT)– cuyo objetivo es implementar el Nuevo Modelo Operativo TAF-IMSS (NMO TAF-IMSS en adelante), verificando que se cumpla con lo estipulado en la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y en los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). Asimismo, la PMO acompañará a las áreas del Instituto durante el proceso de adecuación de la normativa interna relacionada con los procesos administrativo-financieros para armonizarla con las disposiciones legales antes mencionadas.
Contar con el servicio de consultoría que mediante el funcionamiento de una Oficina de Administración del Proyecto coordine y dé seguimiento a la implementación del Nuevo Modelo Operativo (NMO), resultado del proyecto “Transformación de la Administración Financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social” (TAF-IMSS), utilizando metodologías de implementación y gestión de proyectos, herramientas tecnológicas y las mejores prácticas internacionales en la materia. Lo anterior, con el fin último de que el Instituto cumpla con lo estipulado en la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y en los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). Asimismo, la PMO acompañará a las áreas del Instituto durante el proceso de modificación de la normatividad interna relacionada con los procesos administrativo-financieros.
Será responsabilidad de la PMO realizar entre otras las siguientes actividades:
Coordinar desde las oficinas centrales del Instituto, en la Ciudad de México, las actividades de las unidades de negocio involucradas en el Proyecto relacionadas con la implementación del NMO TAF-IMSS.
Verificar que los recursos humanos, financieros y materiales destinados al proyecto se utilicen eficientemente.
Entregar una propuesta o programa de trabajo que permita realizar el seguimiento y gestión del proyecto, en la cual se incluirán los documentos, métricas, reportes, parámetros para monitorear el proyecto y generar información que sea utilizada por el “Gobierno del Proyecto. Vinculación de los Sistemas de Gestión Financiera y Administrativa en la Plataforma PeopleSoft 9.1” (en adelante el Gobierno del Proyecto) durante el proceso de toma de decisiones.
Elaborar un Plan de Trabajo Maestro que integre las actividades de la fábrica de software o proveedor contratado por la DIDT para el desarrollo de la plataforma tecnológica, así como las correspondientes a las diversas unidades de negocio involucradas; lo anterior, tomando como base la Propuesta de Implementación.
Ejecutar cabalmente las actividades de la PMO estipuladas en el Plan de Trabajo Maestro. Asimismo, deberá vigilar que las acciones de los otros involucrados en el Proyecto no produzcan sobrecostos y retrasos, ocasionados por la planeación deficiente de la utilización de los recursos, la carencia de mecanismos de control y de mitigación de riesgos y falta de retroalimentación y comunicación entre las diversas áreas del Instituto y la fábrica de software o proveedor contratado por la DIDT para el desarrollo de la plataforma tecnológica.
Asistir a las sesiones de los Comités y grupos de trabajo que integran el Gobierno del Proyecto (estructura organizacional para guiar y dirigir el proceso de implementación del NMO TAF-IMSS) e informar sobre los avances y el seguimiento del proyecto, de conformidad con los tiempos y formatos que para tales efectos se establezcan.
Sugerir estrategias y cambios a los componentes y participantes del proyecto para facilitar al IMSS la identificación y minimización de los impactos que puedan generarse por las desviaciones de la ruta crítica definida para el proyecto.
Elaborar una estrategia para la resolución de conflictos, que además promueva el trabajo en equipo.
Verificar que se realicen las modificaciones y/o actualizaciones a la normatividad interna del Instituto relacionada con los procesos administrativo-financieros, a fin de cumplir con lo estipulado en la LGCG y en los lineamientos emitidos por el CONAC.
Elaborar el documento de cierre del Proyecto.
En general, la PMO realizará todas las actividades que le permitan identificar a los actores involucrados en el proyecto, los avances y retrasos del mismo, así como los riesgos y acciones para mitigarlos. En otras palabras, la PMO llevará a cabo actividades que apoyen la ejecución del Proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS, de conformidad con lo establecido en la Propuesta de Implementación. La PMO también vigilará que el NMO TAF-IMSS implementado por la DIDT cumpla con la Propuesta de Implementación y con el NMO diseñado como resultado por el Proyecto TAF-IMSS, así como que los entregables documentales estén armonizados con la funcionalidad recibida y que los mismos se entreguen de conformidad con los planes de trabajo definidos.
Con base en lo anterior, la PMO elaborará informes en los cuales se presentará el avance de todas las actividades que integran al proyecto, con el objetivo de que los Comités y grupos de trabajo que constituyen el Gobierno del Proyecto controlen, monitoreen y decidan los cursos de acción para alcanzar el objetivo del proyecto.
ALCANCE
Para habilitar el NMO TAF-IMSS, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá implementar un proyecto informático que implica entre otras actividades la construcción de las interfaces y la realización de desarrollos de Hyperion Planning, las modificaciones y/o adecuaciones a los sistemas, así como a la plataforma tecnológica existente (PeopleSoft 9.1). Para ello, la DIDT emitió el siguiente Plan de Trabajo:
Fase |
Duración |
Análisis de Impacto y Diseño Detallado (Viajes y gastos, Cuentas por cobrar, Proyectos) |
30 semanas |
Construcción |
49 semanas |
Pruebas |
29 semanas |
Transferencia de Conocimiento |
13 semanas |
Implantación |
9 semanas |
Cierre del Proyecto |
17 semanas |
Con base en lo anterior, el Instituto requiere asesoría y apoyo durante las diferentes etapas del Plan de Trabajo y las demás actividades que para la correcta ejecución del proyecto se mencionan, a fin de concluir oportunamente el proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS, así como la adecuación de la normativa interna del Instituto relacionada con los procesos administrativos-financieros para armonizarla con la LGCG y el CONAC.
La implementación del NMO TAF-IMSS son las acciones que materializarán los elementos diseñados durante las fases previas del Proyecto TAF-IMSS. Por lo tanto, se establecieron las reglas que permitieron conformar una estructura organizacional que guía y dirige el proceso de implementación del NMO TAF-IMSS: Gobierno del Proyecto, que se integra por diversos comités y grupos de trabajo, entre los cuales destacan el Comité Directivo (órgano colegiado conformado por los Directores Normativos para la toma de decisiones sobre la implementación del NMO TAF-IMSS, que es presidido por la Directora de Finanzas) y el Comité Ejecutivo (integrado por la Unidad de Operación Financiera, Unidad de Administración, Unidad de Personal, Unidad de Adquisiciones e Infraestructura, la Unidad de Prestaciones Económicas y la Unidad de Fiscalización y Cobranza).
Por su parte, para garantizar el correcto funcionamiento del NMO TAF-IMSS y cumplir con lo estipulado en la LGCG y en los lineamientos emitidos por el CONAC, se contempla que la PMO realice entre otras actividades las siguientes: 1) dar seguimiento a las actividades definidas en la propuesta de implementación del NMO TAF-IMSS, a las relacionadas con las adecuaciones de la normatividad interna del Instituto relacionada con los procesos administrativo-financieros para armonizarla con lo estipulado en la LGCG y en los lineamientos emitidos por el CONAC, a las de cumplimiento de los entregables y a las de ajuste del programa de trabajo que se realicen durante todo el proyecto; 2) acompañar y apoyar a las áreas del Instituto que se encargarán del proceso de capacitación de los usuarios en el uso de la plataforma; 3) monitorear, evaluar y reportar continuamente el avance del programa de trabajo para la toma de decisiones.
Las fases y duración del Plan de Trabajo anteriormente descrito se podrán ajustar conforme avance el proyecto. Se considera importante aclarar que si durante la ejecución del plan de trabajo para la Implementación del NMO TAF-IMSS se presentara un desfase mayor o igual al 30%, el Instituto tendrá la facultad de terminar anticipadamente el contrato, quedando obligado únicamente a pagar el monto devengado por los entregables realizados hasta la fecha de esta notificación (incluido el Impuesto al Valor Agregado).
Por otra parte, si finalizada la vigencia del contrato, las actividades del proyecto no se hubiesen concluido, el Instituto tendrá la facultad de decidir si la empresa consultora continuará prestando los servicios como PMO para concluir con las actividades del Programa de Trabajo o en su caso dar por terminado el contrato, quedando obligado únicamente a pagar el monto devengado por los entregables realizados hasta la fecha de esta notificación (incluido el Impuesto al Valor Agregado).
En todos los casos la decisión será notificada a la empresa consultora que presta los servicios de PMO en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de la sesión del Comité Directivo en la cual se le tome la decisión.
Tomando como base la complejidad del proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS y la cantidad de actores involucrados, la empresa consultora que operará la PMO deberá comprobar una experiencia mínima de 3 años en el diseño, implementación y operación de Oficinas de Administración de Proyectos relacionados con la implementación y desarrollo de software financiero y contable en entidades y dependencias gubernamentales, así como en gobiernos estatales y municipales en al menos dos proyectos de este tipo, cuya duración sea igual o mayor a 12 meses, con al menos 3 áreas administrativas y 30 involucrados. Los consultores que sean asignados al Proyecto deberán comprobar que tienen conocimientos especializados en el uso de tecnología de la información (Peoplesoft 8.8 y 9.1, así como Hyperion Planning) sobre la adopción de la LGCG y certificaciones en temas claves para la administración de proyecto.
El proceso de operación de la PMO deberá considerar las siguientes etapas:
Diseño e integración de la PMO,
Operación de la PMO durante el desarrollo del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS
Evaluación de la PMO del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS.
En la primera etapa se diseñará la estructura organizacional, el marco de actuación de la PMO en el Proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS, se constituirá la oficina PMO, se elaborará el documento de “Análisis de requerimientos del NMO TAF-IMSS”. En ese entregable se revisarán los documentos que componen el NMO TAF-IMSS y la Propuesta de Implementación, para establecer la relación y determinar si existen diferencias entre lo diseñado en el NMO TAF-IMSS y lo que se implementará. El documento deberá contener un apartado en el que se analicen las implicaciones de los posibles desvíos y su repercusión en cuanto al cumplimiento de lo estipulado en la LGCG y en los lineamientos emitidos CONAC.
La segunda etapa del Proyecto (Operación de la PMO durante el desarrollo del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS) está dividida en los siguientes hitos:
Elaboración del Plan de Trabajo Maestro (incluye cronograma y diagrama xx Xxxxx).
Elaboración de la “Propuesta de la PMO para el seguimiento del Proyecto” (propuesta por la PMO y autorizada por parte del Instituto). Ese documento incluirá los distintos tipos de formatos para reportar los planes, reportes, métricas, parámetros y otros documentos, la periodicidad con las que se entregarán, los actores responsables de revisarlos y autorizarlos y los lugares en los cuales deberán entregarse para realizar una adecuada administración y seguimiento del proyecto. Esta propuesta al menos debe considerar lo siguiente:
Documento de control de alcance
Estructura de desglose de trabajo (WBS)
Matriz de comunicaciones
Matriz de riesgos, considerando los internos y los externos.
Plan de contingencia y respuesta a los riesgos.
Matriz RACI
Formato del documento del “Registro de Polémicas”.
Documento de objetivos, métricas e indicadores.
Control de cambios
Formato de carta de cierre de fases
Formato de carta de cierre de proyecto
Matriz de Requerimientos
Formato de seguimiento del proyecto (status)
Lo anterior, atendiendo a las mejores prácticas, las obligaciones normativas del Instituto, los elementos que componen el Proyecto (inicio, desarrollo, ejecución, seguimiento y cierre), así como los factores relacionados (tiempo, calidad, recursos humanos, riesgos, interesados, comunicación, etcétera). Se considera importante mencionar que las propuestas serán aprobadas por la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones y la Coordinación de Presupuesto e Información Programática.
Con base en los planes, reportes, documentos, métricas y parámetros aprobados por el Instituto (incluidos en la “Propuesta de la PMO para el seguimiento del Proyecto”), la PMO elaborará informes de avances del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS.
Los reportes servirán como insumo para elaborar los informes de avance que se presentarán al Gobierno del Proyecto, al término de cada etapa del Plan de Trabajo de la DIDT. Los reportes de avance del proyecto se establecen con base en el Plan de Trabajo de la DIDT y los tiempos para las actividades de la PMO conforme el cuadro que se presenta a continuación. Los datos contenidos en los reportes ordinarios servirán como base para conformar los reportes de avance de las actividades del proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS.
Tiempos establecidos para las actividades de la PMO, considerando el Programa de Trabajo de la DIDT
Administración del Proyecto |
Duración |
Diseño e integración de la PMO |
3 semanas |
Operación de la PMO durante el desarrollo del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS |
111 semanas |
Evaluación de la PMO del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS |
De entre todos los elementos que se acordarán entre la PMO y el Instituto para realizar el seguimiento al Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS, destaca el plan de trabajo maestro que servirá como base para monitorear, controlar y administrar al proyecto y a los elementos relacionados (tiempo, calidad, recursos humanos, riesgos, interesados, comunicación, etcétera) durante todas las fases.
Con respecto a los informes de avance, se clasificarán de la siguiente manera:
1) Ordinario.- son los insumos básicos para controlar y monitorear el avance del proyecto, así como decidir los cursos de acción para alcanzar en tiempo y forma el objetivo del proyecto. La emisión de estos reportes será frecuente (semanal, quincenal o mensual) y contendrán los avances de los siguientes documentos:
Documento de control de alcance.
Matriz de riesgos, considerando los internos y los externos.
Plan de contingencia y respuesta a los riesgos.
Formato del documento del Registro de Polémicas.
Documento de objetivos, métricas e indicadores.
Control de cambios (cuando aplique).
Formato de seguimiento del proyecto (status).
2) Cierre de fase.- se emitirán al final de cada una de las fases del Proyecto, de conformidad con la Propuesta de Implementación y del Plan de Trabajo de la DIDT y serán elaborados con base en los informes ordinarios.
Los reportes podrán ser utilizados por las instancias del Gobierno del Proyecto durante los procesos de toma de decisiones con la finalidad de cumplir con el objetivo. La diferencia entre ambos reportes será la periodicidad con la que se emitirán y el efecto para el pago. Por un lado, los ordinarios se emitirán con mayor frecuencia durante el desarrollo del proyecto (semanal, quincenal o mensual, según se acuerde) y los de cierre de fase únicamente al final de cada una de éstas. Por otra parte, los primeros no se pagarán cuando se emitan, se integrarán a los segundos y éstos tendrán un valor de 8% del valor total de contrato, cada uno.
A continuación se enlistan algunos ejemplos de las actividades que realizará la PMO durante la segunda etapa del proyecto:
Organizar, coordinar y asistir a las reuniones entre la DIDT y las áreas xxxxxx de los procesos que requieran participar y elaborar la bitácora correspondiente.
Elaborar minutas de las reuniones y gestionar las firmas correspondientes.
La PMO participará en los distintos órganos que integran el Gobierno del Proyecto, de conformidad con lo establecido en el documento que rige el funcionamiento de dicho cuerpo de gobierno. Asimismo, deberá proveer toda la información que se requiera para las sesiones, citando a manera de ejemplo sin que sea limitativo: avances, status de las actividades, retrasos, riesgos, problemáticas, etc., es decir todo aquello que facilite la toma decisiones de los integrantes; adicionalmente, deberá elaborar las bitácoras de dichas sesiones.
Seguimiento para el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en las reuniones, identificando riesgos por incumplimiento, prioridad, responsables, involucrados y todos aquellos elementos que se consideren relevantes para su atención;
Elaborar reportes semanales con el resultado de las gestiones, status de actividades, fases, elaboración de presentaciones de seguimiento, etcétera, los cuales deben permitir la identificación de asuntos relevantes, prioridad de atención, involucrados e impactos y considerar la documentación definida en el proceso anterior.
Supervisar el proceso de actualización de la normatividad interna.
Llevar a cabo las gestiones para el adecuado cierre del proyecto.
Acompañar y apoyar a las áreas del Instituto que se encargarán del proceso de capacitación de los usuarios en el uso de la plataforma.
Todas aquellas que sin estar listadas se consideren relevantes para garantizar la adecuada ejecución y cierre del proyecto, conforme a las mejores prácticas internacionales y que deberán de ser autorizadas por las Coordinaciones de Contabilidad y Trámite de Erogaciones y de Presupuesto e Información Programática, adscritas a la Unidad de Operación Financiera.
Finalmente, en la tercera fase del Cronograma para las actividades de la PMO (evaluación), se deberá integrar el “Informe Final de Desempeño” el cual explicará los objetivos alcanzados, el análisis de las desviaciones, el grado de cumplimiento de la LGCG y de los lineamientos emitidos por el CONAC. Con base en el grado de avance de la implementación del NMO, se presentará la retroalimentación a los diferentes involucrados de los resultados alcanzados.
Ese mismo documento incluirá dos anexos que pudieran integrarse al acervo de conocimientos del Instituto: lecciones aprendidas y la base de conocimiento. Ambas de conformidad con la definición/formato aprobado durante la etapa de integración y diseño de la PMO.
La Oficina de Administración del Proyecto (PMO) deberá actuar como coordinador, facilitador y supervisor para la implementación y puesta en operación del NMO TAF-IMSS. Asimismo, deberá generar directrices de tiempos, actividades y proveer asesoría a todos los involucrados en el proceso con respecto a las funciones directas de la PMO.
Para ello, la PMO deberá realizar acciones relacionadas principalmente con los siguientes aspectos:
Administración del Proyecto: Elaboración e integración de los planes de trabajo y coordinación de las actividades de todas las áreas involucradas en el Proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS; soporte documental y seguimiento a las actividades; participación en las sesiones de trabajo entre la DIDT, el proveedor de fábrica de software y las áreas del Instituto; evaluación de la optimización de los recursos empleados (humanos, materiales, financieros) ,con base en las mejores prácticas internacionales para evitar sobrecostos y desviaciones de la ruta crítica definida en el cronograma de trabajo; y, finalmente, la verificación de que el modelo que se implementará cumpla con la LGCG y los lineamientos emitidos por el CONAC.
Todo esto se documentará conforme a los formatos aprobados por las Coordinaciones de Contabilidad y Trámite de Erogaciones y de Presupuesto e Información Programática, adscritas a la Unidad de Operación Financiera y los tiempos de entrega señalados en este documento, que servirán como base para la evaluación del cumplimiento de la PMO y las gestiones de pago.
Informar oportunamente para el proceso de toma de decisiones: Elaborar reportes, de conformidad con la periodicidad señalada en este documento, que contengan los avances del plan de trabajo maestro, las métricas e indicadores de desempeño del proyecto, estatus de cumplimiento, entregables, problemáticas, riesgos, alternativas de solución, así como el planteamiento de posibles alternativas de actuación a situaciones que requieran la toma de decisiones de los miembros del Comité Directivo del Gobierno del Proyecto, presidido por la Directora de Finanzas.
Las actividades relacionadas con la elaboración de informes se evaluarán con la entrega de la documentación, previamente revisada y validada por las Coordinaciones de Contabilidad y Trámite de Erogaciones y de Presupuesto e Información Programática, adscritas a la Unidad de Operación Financiera, así como con las bitácoras o expedientes de los distintos Comités del “Gobierno del Proyecto”, donde se acredite que la información presentada soporta la toma de decisiones. Esos documentos serán un insumo básico para que la PMO realice el “Informe Final de Desempeño”, mismo que como se solicita más adelante deberá presentarse mensualmente a las áreas administradoras del contrato (Coordinaciones de Contabilidad y Trámite de Erogaciones y de Presupuesto e Información Programática).
Proceso de actualización de la normativa interna del Instituto: Verificar que la documentación que requiere ser actualizada, lo sea de acuerdo a los tiempos para ello establecidos.
Diseño e integración de la PMO. El proveedor de servicios deberá estudiar y comprender el alcance y las implicaciones del proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS, para que en la siguiente etapa del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS establezca el Plan de Trabajo Maestro y la Propuesta de la PMO para el Seguimiento del Proyecto, conforme lo que se establece en el presente documento.
Al cierre de esta etapa, la PMO entregará el informe “Análisis de requerimientos del NMO TAF-IMSS” en el cual se realizará el análisis de los documentos del NMO TAF-IMSS y los documentos de Diseño Detallado elaborados para la Implementación del NMO TAF-IMSS. Lo anterior, con el fin de establecer la relación y determinar si existen diferencias entre lo diseñado en el NMO TAF-IMSS y lo que se implementará. Semanas de la 1 a la 3 a partir del día siguiente de la fecha de la notificación del fallo.
Principales actividades de la PMO durante esta fase del Proyecto:
Obtener y analizar información que propicie el entendimiento de los procesos, sistemas y organización del Instituto para definir la estructura organizacional y funciones de la PMO.
Elaborar un informe del análisis realizado a los documentos del NMO TAF-IMSS y a los documentos de diseño detallo desarrollados para el proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS, a fin de identificar el grado de correspondencia entre lo diseñado y lo que se ejecutará, considerando las implicaciones para el cumplimiento de lo estipulado en la LGCG y en los Lineamientos emitidos por el CONAC.
Elaborar la propuesta de las plantillas para realizar el seguimiento del proyecto, identificando las diferentes fases en que se requerirán, periodicidad y los responsables de elaborarlos y autorizarlos.
Coordinar la sesión de instauración de la PMO y elaborar el acta de inicio correspondiente.
Acompañar y apoyar a las áreas del Instituto que se encargarán del proceso de capacitación de los usuarios en el uso de la plataforma
Requerimiento de información Preliminar:
Documentación actualizada de: Manual de Organización, Organigramas por área, Plantilla de personal por área (con descripciones de puestos).
Lineamientos y políticas de comunicación institucional del IMSS.
Directorio de contactos en sedes.
Documentación de procesos actuales (diagramas de flujo, procedimientos, políticas aplicables al proceso, dueños y responsables de ejecutar el proceso).
Operación de la PMO durante el desarrollo del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS. En esta fase, la PMO deberá elaborar el Plan de Trabajo Maestro, presentar para autorización del Instituto y entregar la “Propuesta de la PMO para el Seguimiento del Proyecto”, la cual incluirá los planes, reportes, métricas, parámetros, responsables, información, firmantes y documentos para realizar una adecuada administración y seguimiento del proyecto. Asimismo, la PMO elaborará reportes ordinarios de avance del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS –con base en los planes, reportes, documentos, métricas y parámetros aprobados por el Instituto–. Se considera importante mencionar que esos reportes servirán como insumo básico para elaborar los reportes de avance de las actividades que se entregarán al final de cada fase del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS, de conformidad con lo establecido en la Propuesta de Implementación y en el Plan de Trabajo de la DIDT. Asimismo, los informes servirán para que los Comités y grupos de trabajo que integran el Gobierno del Proyecto controlen, monitoreen y decidan los cursos de acción para alcanzar en tiempo y forma el objetivo del proyecto. Desde el inicio de la operación de la PMO y hasta el final del Proyecto se deberán de elaborar todos los reportes y seguimientos conforme la periodicidad establecida y atendiendo el contenido acordado de los mismos.
Durante esta fase se debe monitorear el grado de cumplimiento de la LGCG, el proceso de actualización de la normatividad interna. En este proceso también se consideran las actividades de organización, coordinación y/o asistencia a las reuniones entre la DIDT y las áreas xxxxxx de los procesos, así como la elaboración de la documentación que de ellas se derive. El Plan de Trabajo Maestro propuesto y aprobado en esta fase es el documento base para monitorear, controlar y administrar al proyecto y a los elementos relacionados (tiempo, calidad, recursos humanos, riesgos, interesados, comunicación, etcétera) a lo largo de todas las fases que lo integran, según la Propuesta de Implementación. Semanas de la 4 hasta la conclusión de la etapa de “cierre” de la de la implementación del NMO TAF-IMSS.
Principales actividades de la PMO durante el desarrollo del proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS son:
Organizar, coordinar y asistir a las reuniones entre la DIDT y las áreas xxxxxx de los procesos que requieran participar y elaborar la bitácora correspondiente.
Participar en los distintos órganos que conforman el Gobierno del Proyecto, de conformidad con lo establecido en el documento que rige el funcionamiento de dicho cuerpo de gobierno: “Gobierno del Proyecto. Vinculación de los Sistemas de Gestión Financiera y Administrativa en la Plataforma PeopleSoft 9.1”. Asimismo, deberá proveer toda la información que se requiera para las sesiones, citando a manera de ejemplo sin que sea limitativo avances, status de las actividades, retrasos, riesgos, problemáticas, es decir, todo aquello que facilite la toma decisiones de los integrantes; adicionalmente, deberá elaborar las minutas de dichas sesiones.
Seguimiento para el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en las reuniones, identificando riesgos por incumplimiento, prioridad, responsables, involucrados y todos aquellos elementos que se consideren relevantes para su atención.
Proporcionar información objetiva que permita al Comité Directivo determinar las acciones correspondientes para cumplir con la meta del proyecto.
Elaborar reportes con la periodicidad requerida y acordada con el resultado de las gestiones, status de actividades, fases, elaboración de presentaciones de seguimiento, etcétera, los cuales deben permitir la identificación de asuntos relevantes, prioridad de atención, involucrados e impactos y considerar la documentación definida en el proceso de diseño e integración de la PMO.
Acompañar, asesorar a las áreas del Instituto durante el proceso de adecuación de la normatividad interna del Instituto relacionada con los procesos administrativo-financiero para armonizarla con las disposiciones legales que se pretenden cumplir: LGCG y lineamientos del CONAC.
Acompañar y apoyar a las áreas del Instituto que se encargarán del proceso de capacitación de los usuarios en el uso de la plataforma.
Realizar las gestiones correspondientes para el cierre de cada una de las etapas del proyecto.
Evaluación de la PMO del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS. Una vez terminado la implementación del NMO TAF-IMSS, la PMO deberá entregar un “Informe Final de Desempeño” del proyecto, señalando el grado de cumplimiento de lo estipulado en la LGCG y en los lineamientos emitidos por el CONAC, así como las desviaciones en caso de que existan. De igual forma, se deben considerar la alineación con los objetivos de las diferentes fases de implementación, las mejoras alcanzadas y la propuesta de siguientes pasos.
El “Informe Final del Desempeño” considerará el proyecto de manera integral, es decir, desde la conceptualización del NMO TAF-IMSS, su implementación tecnológica, puesta en operación y hasta la adecuación de la normatividad interna del Instituto relacionada con los procesos administrativo-financieros. El documento definitivo del “Informe Final del Desempeño” se entregará al concluir el proyecto. Sin embargo, mensualmente, desde el inicio del proyecto se rendirán avances del documento, debiendo contener lo siguiente:
Presentación.
En este apartado se describirá el nombre y objetivo del Proyecto, periodo de vigencia que se documenta; ubicación geográfica; principales características técnicas; unidades administrativas participantes, así como nombre y firma del administrador del contrato y el líder del proyecto por parte de la empresa.
II. Fundamento legal y objetivo del contrato.
En este apartado se deberán señalar las causas o problemática general que motivó la conceptualización y ejecución del Proyecto.
IV. Marco normativo aplicable a las acciones realizadas durante la ejecución del Proyecto.
VI. Síntesis ejecutiva del proyecto.
Este apartado incluirá una breve descripción cronológica de las principales acciones realizadas desde el inicio del proyecto, hasta el cierre del mismo.
El objetivo de este apartado es integrar los documentos que permitan evaluar las principales acciones realizadas durante la ejecución y puesta en operación del proyecto. Se debe integrar, al menos lo siguiente:
Reportes ordinarios de los avances y de cierre de fase, situaciones problemáticas, estrategias de la puesta en marcha del proyecto, y acciones de acompañamiento de la gestión del cambio; administración y mitigación de los riesgos asociados al Proyecto, supervisión del proceso de actualización a la normativa interna y de capacitación a los usuarios en el uso de la plataforma tecnológica habilitada para el NMO TAF-IMSS.
En este apartado se integrarán los informes periódicos sobre los avances y situación del Proyecto, así como, las acciones realizadas para corregir o mejorar su ejecución. Lo anterior, con base en los reportes elaborados por la PMO durante la ejecución del Proyecto.
IX. Resultados y beneficios alcanzados.
En este apartado se precisará el cumplimiento de los objetivos y metas del Proyecto, los resultados obtenidos y los beneficios alcanzados.
X. Informe final de la ejecución del Proyecto.
En este apartado, el prestador de servicios describirá y presentará de manera cronológica las acciones conceptuales, legales, presupuestarias, administrativas, operativas y de seguimiento que se hayan realizado del proyecto, administración y mitigación de los riesgos asociados al Proyecto, supervisión del proceso de actualización a la normativa interna y de capacitación a los usuarios en el uso de la plataforma tecnológica habilitada para el NMO TAF-IMSS. En ese sentido, el informe deberá evaluar el grado de cumplimiento del Proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS en cuanto a la adopción de lo estipulado en la LGCG. Adicionalmente, el documento deberá contener las lecciones aprendidas y la base de conocimiento. Para éstos últimos, la entrega será por única vez al cierre del proyecto, conforme lo descrito en el apartado “Condiciones Técnicas de Aceptación de Entregables”.
PERFIL DEL PROVEEDOR
El equipo que integre la Oficina PMO deberá presentar conocimientos de los siguientes aspectos: 1) administración de proyectos, 2) implementación de sistemas informáticos, 3) PeopleSoft versiones 8.8, 9.1 y Hyperion Planning, 4) sobre la LGCG. En ese sentido, es indispensable, que el equipo de trabajo de la PMO se integre con al menos dos miembros que cuente con la certificación como PMP y uno al menos con certificación en PeopleSoft. Finalmente, es importante mencionar que debido a la naturaleza y magnitud del proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS, la empresa consultora que opere la PMO deberá acreditar experiencia en proyectos gubernamentales cuya duración sea igual o mayor a 12 meses, con al menos 3 áreas administrativas y 30 involucrados.
Las ventajas que representa un servicio de consultoría con esas características son:
Experiencia.- En gestión y dirección de Proyectos semejantes, así como, en la implementación de sistemas de la misma naturaleza y que sustente una mayor comprensión de la situación actual del Instituto y sus necesidades.
Objetividad.- Para realizar un análisis balanceado del Proyecto, sus riesgos potenciales y métricas fundamentales.
Conocimiento.- De las organizaciones como el IMSS, sus prácticas, programas y procedimientos, así como, de la metodología PMI correspondiente a la gestión de Proyectos.
Capacidad.- Para garantizar los recursos que permitan alcanzar el objetivo del Proyecto con calidad, eficiencia, eficacia y oportunidad.
Entregable |
Descripción |
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Acta de Inicio de Proyecto |
Documento donde se presentan los elementos más relevantes del proyecto al que se dará seguimiento, debe al menos considerar el alcance, el equipo del proyecto, los interesados, el cronograma de alto nivel, los principales entregables, los supuestos del proyecto y los riesgos identificados. Con el acta de inicio también se entregará una presentación en Power Point donde se describa la forma en que operará la PMO y los aspectos más relevantes del seguimiento del proyecto. |
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Análisis de Requerimientos del NMO TAF-IMSS. |
Documento en el que se reflejará el análisis comparativo del NMO TAF-IMSS y de la Propuesta de Implementación de la DIDT, para establecer la relación y determinar si existen diferencias entre lo diseñado en el NMO TAF-IMSS y lo que se implementará. El documento deberá contener un apartado en el que se analicen las implicaciones de los desvíos y su repercusión en cuanto al cumplimiento de lo estipulado en la LGCG y en los lineamientos emitidos CONAC. |
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Plan de Trabajo Maestro |
Considera todas fases, las actividades, hitos que serán necesarios ejecutar para la conclusión exitosa del proyecto. Se deberá incluir el cronograma y el diagrama xx Xxxxx. |
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Propuesta de la PMO para el Seguimiento del Proyecto. |
Deberá contener toda la información que permita la adecuada gestión del proyecto, considerando todos los planes que deben desarrollarse como son: plan de administración de tiempo, recursos humanos, riesgos, comunicaciones, cambios, interesados, etcétera. Este documento debe de contener la propuesta de formato, responsables, información, firmantes, etcétera, de los siguientes componentes: |
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Componentes de la propuesta de la PMO para el seguimiento del proyecto |
Documento de Control de Alcance |
Este documento detalla el alcance y la forma como el mismo se va a controlar, relacionándolo con los elementos de la WBS. |
Estructura de Desglose de Trabajo (WBS) |
Integrada por los paquetes de trabajo para alcanzar los objetivos del proyecto, se integra una vez con el análisis de los requerimientos y se actualiza conforme lo requiera el proyecto. |
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Matriz de Comunicaciones |
En esta matriz se deberá de establecer el flujo de información en el proyecto, identificando los involucrados, niveles de escalamiento, datos de contacto, autorizaciones y todo aquello que se requiera para que la información llegue a quien debe en el momento correcto. |
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Matriz de Riesgos, considerando los internos y los externos. |
Está conformada por los riesgos identificados tanto internos como externos. Deberá de evaluar la probabilidad y el impacto de los mismos. |
|
Considerando los riesgos de mayor relevancia se deberá de presentar un plan de contingencia y respuesta para su atención. |
||
Matriz RACI |
Matriz de asignación de responsabilidades, se deberán considerar las principales actividades el proyecto para su elaboración. |
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Registro de Polémicas |
Documento donde se recopilan las problemáticas presentadas y se supervisa la resolución de las mismas. |
|
Documento de objetivos, métricas e indicadores. |
Este documento debe presentar los objetivos del proyecto relacionados con sus métricas e indicadores de cumplimiento. |
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Control de Cambios |
Documento mediante el cual se documentan los cambios requeridos por el proyecto para su aprobación por el Gobierno del Proyecto. |
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Formato de Seguimiento del Proyecto (status) |
Documento que presentará el estatus del proyecto considerando todos aquellos aspectos relevantes tales como: avances, issues o problemas, comunicaciones, responsabilidades, riesgos, etc. |
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Matriz de requerimientos |
Documento donde se detallan los requerimientos y su relación con los entregables, se deberá de actualizar conforme avanza el proyecto para garantizar que se está cumpliendo con todo lo solicitado. |
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Carta de Cierre de Fases |
Documentará que las fases que integran el Plan de Trabajo de la DIDT se cerraron adecuadamente, detallando los entregables, pruebas y toda aquella información con la que se acredite el cierre de la fase correspondiente. |
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Reporte Ordinario de Avance |
Con base en los planes, reportes, documentos, métricas y parámetros aprobados por el Instituto (incluidos en la “Propuesta de la PMO para el seguimiento del Proyecto”), la PMO elaborará informes ordinarios de avances del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS, con periodicidad (semanal, quincenal o mensual). Estos reportes servirán como insumo básico para elaborar los informes de avance que se presentarán al Órgano de Gobierno del Proyecto, los diferentes Comités y al final de cada fase del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS. |
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Reporte del Avance de las Actividades del Proyecto. Etapa x del proyecto NMO TAF-IMSS |
Se emitirán al final de cada fase del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS, de conformidad con lo establecido en la Propuesta de Implementación y en el Plan de Trabajo de la DIDT y se elaborarán con base en los reportes que informan periódicamente sobre el avance de los planes, documentos, métricas y parámetros aprobados por el Instituto.
Estos informes deben contener todos los formatos acordados en el documento “Propuesta de la PMO para el seguimiento del proyecto”, con sus respectivos avances y explicación de variación o cambio. |
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Acta de cierre de proyecto |
Documentará el cierre del proyecto. |
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Informe final de desempeño |
Informe donde se señale la simetría alcanzada entre lo puesto en operación y el eje rector del proyecto NMO TAF-IMSS que consiste en el cumplimiento de lo estipulado en la LGCG y en los lineamientos emitidos por el CONAC, así como las desviaciones, en caso de que existan. De igual forma, se deben considerar la alineación con los objetivos de las diferentes fases de implementación, las mejoras alcanzadas y la propuesta de los siguientes pasos. El documento definitivo de este informe se entregará al concluir el proyecto. Sin embargo, mensualmente, desde el inicio del proyecto se proporcionarán avances del documento a las áreas administradoras del contrato para verificar el grado de progreso y el contenido. |
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Componentes adicionales del Informe Final de Desempeño |
Lecciones aprendidas |
Documentará el conocimiento adquirido durante la ejecución del proyecto, que servirá como base para otros proyectos en el instituto.
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Base de Conocimiento |
Considerando el conocimiento adquirido durante la ejecución del proyecto y las lecciones aprendidas descritas en el apartado anterior, se deberá integrar una base de conocimiento de fácil consulta sobre el proyecto y sus diferentes elementos. |
Etapa |
Entregable |
Frecuencia de emisión |
% de pago |
Plazo para Revisión |
Plazo para adecuación |
Diseño e integración de la PMO |
Acta de Inicio de Proyecto |
Única, deberá actualizarse si hay cambios al proyecto. La primera entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo. |
5 |
Hasta 7 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Análisis de Requerimientos del NMO TAF-IMSS
|
Única. La entrega se realizará dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo. |
10 |
Hasta 15 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 15 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
|
Subtotal |
|
15 |
|
|
Operación de la PMO durante el desarrollo del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS |
Plan de Trabajo Maestro |
Se debe tener un documento inicial, que se actualizará semanalmente durante la ejecución del proyecto. La primera entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de inicio de la etapa de Operación de la PMO durante el desarrollo del Proyecto de Implementación del Nuevo Modelo Operativo TAF-IMSS. |
10 |
Hasta 10 días hábiles posteriores a la entrega del documento. |
Hasta 10 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Propuesta de la PMO para el seguimiento del Proyecto:
|
Única, deberá actualizarse si hay cambios al proyecto. La primera entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de inicio de la etapa de Operación de la PMO durante el desarrollo del Proyecto de Implementación del Nuevo Modelo Operativo TAF-IMSS. |
15 |
Hasta 10 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 10 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
Reporte del avance de las actividades del Proyecto. Etapa 1 del proyecto NMO TAF-IMSS. (Análisis de Impacto y Diseño de Detallado) |
Al final de cada fase del Proyecto, según el plan de trabajo DIDT. La entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de término de la Etapa 1. |
8 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
Reporte del avance de las actividades del Proyecto. Etapa 2 del proyecto NMO TAF-IMSS. (Construcción) |
Al final de cada fase del Proyecto, según el plan de trabajo DIDT. La entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de término de la Etapa 2. |
8 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
Reporte del avance de las actividades del Proyecto. Etapa 3 del proyecto NMO TAF-IMSS (Transferencia de Conocimiento) |
Al final de cada fase del Proyecto, según el plan de trabajo DIDT. La entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de término de la Etapa 3. |
8 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
Reporte del avance de las actividades del Proyecto. Etapa 4 del proyecto NMO TAF-IMSS (Implantación) |
Al final de cada fase del Proyecto, según el plan de trabajo DIDT. La entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de término de la Etapa 4 |
8 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
Reporte del avance de las actividades del Proyecto. Etapa 5 del proyecto NMO TAF-IMSS. (Cierre del Proyecto) |
Al final de cada fase del Proyecto, según el plan de trabajo DIDT. La entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de término de la Etapa 5. |
8 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos
|
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos
|
|
|
Subtotal |
|
65 |
|
|
Evaluación de la PMO del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS |
Acta de cierre del proyecto |
5 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega del documento |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega del documento |
|
Informe final de desempeño
|
Único. La entrega se realizará dentro de los 20 días hábiles posteriores al inicio de la etapa de evaluación de la PMO del Proyecto de Implementación del Nuevo Modelo Operativo TAF-IMSS |
15 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega del documento
|
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos
|
|
|
Subtotal |
|
20 |
|
|
TOTAL |
100 |
|
|
APENDICE EVALUACIÓN
El proceso de evaluación detallado se encuentra establecido en el documento de Términos y Condiciones, pero se considera importante mencionar que el criterio de evaluación del presente procedimiento se realizará por “Puntos o porcentajes”.
El Instituto adjudicará el Contrato al Licitante que reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones, así como a aquel que tenga la mejor evaluación combinada en términos de los criterios de puntos señalados en el documento de “Términos y Condiciones”. Se elaborará un cuadro comparativo con los puntos obtenidos por los licitantes participantes, mismo que permitirá hacer un análisis comparativo.
Si derivado de la evaluación económica y técnica de las proposiciones, se desprende el empate en cuanto a puntos y porcentajes obtenidos por dos o más licitantes, se procederá de acuerdo a lo previsto en el artículo 36 Bis, segundo y tercer párrafo de la LAASSP.
De conformidad con el Artículo Décimo Primero, inciso C del ACUERDO por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, se consideran servicios especializados, los relativos a trabajos que requieran alta especialización y se relacionen con un determinado sector o área del conocimiento, para desarrollar soluciones o metodologías eficientes que permitan resolver problemas complejos y que pueden tener un alto impacto social o económico. La puntuación o unidades porcentuales que se podrán asignar en la evaluación de las proposiciones para la contratación de los servicios con estas características, será de hasta un máximo de 90 para la propuesta técnica y de 10 para la propuesta económica.
La Evaluación Técnica considerará los siguientes puntajes:
Rubros |
Valor |
||
A) |
Capacidad del Licitante |
40.50 |
puntos |
B) |
Experiencia y Especialidad del Licitante |
13.50 |
puntos |
C |
Propuesta de Trabajo |
27.00 |
puntos |
D) |
Cumplimiento de Contratos |
9.00 |
puntos |
TOTAL |
90.00 |
puntos |
Para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá excluir del precio ofertado por el licitante el impuesto al valor agregado y sólo se considerará el precio neto propuesto.
Para la asignación de la puntuación a las propuestas económicas, la convocante deberá obtener el promedio de las mismas, asignado el máximo de los 10 puntos a la propuesta económica más próxima al citado promedio y que se ubique por arriba de éste, asignando de manera proporcional la puntuación o unidades porcentuales a las demás propuestas económicas situadas por encima de dicho promedio, mediante una regla simple de tres. A las propuestas económicas que se encuentren por debajo del promedio señalado, no se les asignará puntuación o unidades porcentuales.
Para determinar la puntuación que corresponda a la propuesta económica de cada participante, se aplicará la siguiente formula:
PPE= MPemb x 10 /MPi
Dónde:
PPE: Puntuación que corresponden a la Propuesta Económica
MPemb: Monto de la propuesta económica más baja
MPi: Monto de la propuesta i-ésima propuesta económica
Resultado Final
Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula:
PTj= TPT + PPE Para toda j= 1, 2,…, n
Dónde:
PTj: Puntuación Total de la Proposición
TPT: Total de Puntuación asignada a la propuesta técnica
PPE: Puntuación asignada a la propuesta económica y
El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes, como resultado de la evaluación.
No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos del proceso, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposiciones.
Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. La falta de presentación de dichos documentos en la proposición, será motivo para desecharla, por incumplir las disposiciones jurídicas que los establecen.
No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad de los servicios requeridos.
OBJETIVO DEL PROYECTO
Establecer las especificaciones y condiciones técnicas para adquirir los servicios profesionales de una consultoría encargada de realizar las actividades de la Oficina de Administración del Proyecto (PMO, por sus siglas en inglés) que dará seguimiento a un Proyecto –a cargo de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico (DIDT)– cuyo objetivo es implementar el Nuevo Modelo Operativo TAF-IMSS (NMO TAF-IMSS en adelante), verificando que se cumpla con lo estipulado en la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y en los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). Asimismo, la PMO acompañará a las áreas del Instituto durante el proceso de adecuación de la normativa interna relacionada con los procesos administrativo-financieros para armonizarla con las disposiciones legales antes mencionadas.
“Contratación de los servicios de Consultoría para la Oficina de Administración del Proyecto (PMO) en la Etapa de Implementación del Nuevo Modelo Operativo para la Transformación de la Administración Financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social (NMO TAF-IMSS).
Contar con el servicio de consultoría que mediante el funcionamiento de una Oficina de Administración del Proyecto coordine y dé seguimiento a la implementación del Nuevo Modelo Operativo (NMO), resultado del proyecto “Transformación de la Administración Financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social” (TAF-IMSS), utilizando metodologías de implementación y gestión de proyectos, herramientas tecnológicas y las mejores prácticas internacionales en la materia. Lo anterior, con el fin último de que el Instituto cumpla con lo estipulado en la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y en los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). Asimismo, la PMO acompañará a las áreas del Instituto durante el proceso de modificación de la normatividad interna relacionada con los procesos administrativo-financieros.
Será responsabilidad de la PMO realizar entre otras las siguientes actividades:
Coordinar desde las oficinas centrales del Instituto, en la Ciudad de México, las actividades de las unidades de negocio involucradas en el Proyecto relacionadas con la implementación del NMO TAF-IMSS.
Verificar que los recursos humanos, financieros y materiales destinados al proyecto se utilicen eficientemente.
Entregar una propuesta o programa de trabajo que permita realizar el seguimiento y gestión del proyecto, en la cual se incluirán los documentos, métricas, reportes, parámetros para monitorear el proyecto y generar información que sea utilizada por el “Gobierno del Proyecto. Vinculación de los Sistemas de Gestión Financiera y Administrativa en la Plataforma PeopleSoft 9.1” (en adelante el Gobierno del Proyecto) durante el proceso de toma de decisiones.
Elaborar un Plan de Trabajo Maestro que integre las actividades de la fábrica de software o proveedor contratado por la DIDT para el desarrollo de la plataforma tecnológica, así como las correspondientes a las diversas unidades de negocio involucradas; lo anterior, tomando como base la Propuesta de Implementación.
Ejecutar cabalmente las actividades de la PMO estipuladas en el Plan de Trabajo Maestro. Asimismo, deberá vigilar que las acciones de los otros involucrados en el Proyecto no produzcan sobrecostos y retrasos, ocasionados por la planeación deficiente de la utilización de los recursos, la carencia de mecanismos de control y de mitigación de riesgos y falta de retroalimentación y comunicación entre las diversas áreas del Instituto y la fábrica de software o proveedor contratado por la DIDT para el desarrollo de la plataforma tecnológica.
Asistir a las sesiones de los Comités y grupos de trabajo que integran el Gobierno del Proyecto (estructura organizacional para guiar y dirigir el proceso de implementación del NMO TAF-IMSS) e informar sobre los avances y el seguimiento del proyecto, de conformidad con los tiempos y formatos que para tales efectos se establezcan.
Sugerir estrategias y cambios a los componentes y participantes del proyecto para facilitar al IMSS la identificación y minimización de los impactos que puedan generarse por las desviaciones de la ruta crítica definida para el proyecto.
Elaborar una estrategia para la resolución de conflictos, que además promueva el trabajo en equipo.
Verificar que se realicen las modificaciones y/o actualizaciones a la normatividad interna del Instituto relacionada con los procesos administrativo-financieros, a fin de cumplir con lo estipulado en la LGCG y en los lineamientos emitidos por el CONAC.
Elaborar el documento de cierre del Proyecto.
En general, la PMO realizará todas las actividades que le permitan identificar a los actores involucrados en el proyecto, los avances y retrasos del mismo, así como los riesgos y acciones para mitigarlos. En otras palabras, la PMO llevará a cabo actividades que apoyen la ejecución del Proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS, de conformidad con lo establecido en la Propuesta de Implementación. La PMO también vigilará que el NMO TAF-IMSS implementado por la DIDT cumpla con la Propuesta de Implementación y con el NMO diseñado como resultado por el Proyecto TAF-IMSS, así como que los entregables documentales estén armonizados con la funcionalidad recibida y que los mismos se entreguen de conformidad con los planes de trabajo definidos.
Con base en lo anterior, la PMO elaborará informes en los cuales se presentará el avance de todas las actividades que integran al proyecto, con el objetivo de que los Comités y grupos de trabajo que constituyen el Gobierno del Proyecto controlen, monitoreen y decidan los cursos de acción para alcanzar el objetivo del proyecto.
PROGRAMA DE ENTREGAS
Etapa |
Entregable |
Frecuencia de emisión |
% de pago |
Plazo para Revisión |
Plazo para adecuación |
Diseño e integración de la PMO |
Acta de Inicio de Proyecto. |
Única, deberá actualizarse si hay cambios al proyecto. La primera entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo. |
5 |
Hasta 7 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Análisis de Requerimientos del NMO TAF-IMSS
|
Única. La entrega se realizará dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo. |
10 |
Hasta 15 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 15 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
|
Subtotal |
|
15 |
|
|
Operación de la PMO durante el desarrollo del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS |
Plan de Trabajo Maestro |
Se debe tener un documento inicial, que se actualizará semanalmente durante la ejecución del proyecto. La primera entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de inicio de la etapa de Operación de la PMO durante el desarrollo del Proyecto de Implementación del Nuevo Modelo Operativo TAF-IMSS. |
10 |
Hasta 10 días hábiles posteriores a la entrega del documento. |
Hasta 10 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
Propuesta de la PMO para el seguimiento del Proyecto:
|
Única, deberá actualizarse si hay cambios al proyecto. La primera entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de inicio de la etapa de Operación de la PMO durante el desarrollo del Proyecto de Implementación del Nuevo Modelo Operativo TAF-IMSS. |
15 |
Hasta 10 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 10 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Reporte del avance de las actividades del Proyecto. Etapa 1 del proyecto NMO TAF-IMSS. (Análisis de Impacto y Diseño de Detallado) |
Al final de cada fase del Proyecto, según el plan de trabajo DIDT. La entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de término de la Etapa 1. |
8 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
Reporte del avance de las actividades del Proyecto. Etapa 2 del proyecto NMO TAF-IMSS. (Construcción) |
Al final de cada fase del Proyecto, según el plan de trabajo DIDT. La entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de término de la Etapa 2. |
8 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
Reporte del avance de las actividades del Proyecto. Etapa 3 del proyecto NMO TAF-IMSS (Transferencia de Conocimiento) |
Al final de cada fase del Proyecto, según el plan de trabajo DIDT. La entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de término de la Etapa 3. |
8 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
Reporte del avance de las actividades del Proyecto. Etapa 4 del proyecto NMO TAF-IMSS (Implantación) |
Al final de cada fase del Proyecto, según el plan de trabajo DIDT. La entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de término de la Etapa 4 |
8 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos |
|
Reporte del avance de las actividades del Proyecto. Etapa 5 del proyecto NMO TAF-IMSS. (Cierre del Proyecto) |
Al final de cada fase del Proyecto, según el plan de trabajo DIDT. La entrega se realizará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de término de la Etapa 5. |
8 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos
|
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos
|
|
|
Subtotal |
|
65 |
|
|
Evaluación de la PMO del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS |
Acta de cierre del proyecto |
5 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega del documento |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega del documento |
|
Informe final de desempeño
|
Único. La entrega se realizará dentro de los 20 días hábiles posteriores al inicio de la etapa de evaluación de la PMO del Proyecto de Implementación del Nuevo Modelo Operativo TAF-IMSS |
15 |
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega del documento
|
Hasta 5 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos
|
|
|
Subtotal |
|
20 |
|
|
TOTAL |
100 |
|
|
ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA
Por el alcance del proyecto, es fundamental que el licitante acredite experiencia mínima de 3 años en el diseño, implementación y operación de Oficinas de Administración de Proyectos (PMO) relacionados con la implementación y el desarrollo de software financiero y contable en entidades y dependencias en el Gobierno Federal y /o en Gobiernos Estatales y Municipales, así como en proyectos relacionados con el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), utilizando las mejores prácticas internacionales, demostrando como mínimo haber trabajado en dos proyectos con las características señaladas anteriormente, cuya duración sea igual o superior a 12 meses, con al menos 3 áreas administrativas y 30 involucrados.
El licitante acreditará su experiencia mediante la presentación de la documentación original y en copia simple que se cotejará para constatar su validez y legalidad. De todos los contratos mencionados anteriormente, se deberá presentar el acta de cierre del proyecto para comprobar que se concluyeron exitosamente; si es necesario, los documentos se presentarán en versiones públicas, protegiendo la información confidencial que corresponda.
Es fundamental acreditar la experiencia, educación y competencia para liderar y dirigir este tipo de proyectos. Por ende, es indispensable que el equipo de trabajo de la PMO se integre con al menos: un Coordinador General del Proyecto certificado como Project Management Professional (PMP, por sus siglas en inglés), otorgado por el Project Management Institute (PMI); un Administrador de Proyecto Senior certificado como Project Management Professional (PMP), otorgado por el Project Management Institute (PMI), cinco Administradores de Proyecto Junior con experiencia en administración de proyectos, implementación tecnológica en proyectos referentes a sistemas de planificación presupuestaria y en proyectos financieros y/o de armonización contable, finalmente, un consultor especializado certificado en la plataforma PeopleSoft con conocimiento en Hyperion Planning.
Debido a las características del proyecto, resulta relevante que la PMO demuestre tener personal altamente capaz para llevar a cabo la supervisión y seguimiento de la implementación del NMO TAF-IMSS. Por lo anterior, deberán presentar el certificado vigente como PMP, otorgado por PMI, para el Coordinador General de Proyecto, así como para el Administrador de Proyecto Senior, mientras que para los Administradores de Proyecto Junior, deberán demostrar sus conocimientos en PeopleSoft 8.8., 9.1 y Hyperion Planning o en cualquiera de las áreas arriba descritas. El licitante deberá presentar los documentos solicitados en original y en copia para su cotejo.
Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, se deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.
La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción del Instituto, con todas las obligaciones contractuales.
Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la Ley de Adquisiciones de Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP).
El pago se realizará mediante transferencia electrónica de fondos a través del esquema electrónico interbancario que el IMSS tenga en operación, a menos que el proveedor acredite en forma fehaciente la imposibilidad para ello, para lo cual se insertará en los contratos lo siguiente:
El proveedor aceptará que el IMSS le efectúe el pago a través de transferencia electrónica, para tal efecto proporcionará la cuenta número________ CLABE______ del Banco_______ Sucursal______ a nombre de (el proveedor)
El pago se depositará en la fecha programada de pago, si la cuenta bancaria del proveedor está contratada con BANAMEX, HSBC, BANORTE, SANTANDER o SCOTIABANK, sí la cuenta pertenece a un banco distinto a los mencionados, el IMSS realizará las instrucciones de pago en la fecha programada, y su aplicación se llevará a cabo el día hábil siguiente, de acuerdo con lo establecido por el CECOBAN.
El pago se realizará dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a aquél en que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” presente en la División de Trámite de Erogaciones, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 00, Xxxxxxx Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx de lunes a viernes con un horario de 9:00 a 13:00 horas, reproducción impresa del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que avale la prestación del servicio.
El costo de la prestación del servicio será pagado atendiendo a los porcentajes establecidos en el Programa de Entregas del presente documento, previo Visto Bueno del (los) Administrador(es) del contrato, mediante de acta de entrega recepción del servicio a satisfacción de “EL INSTITUTO” de los entregables que se establecen en el apartado “Entregables”.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” elaborará CFDI a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social, Registro Federal de Contribuyentes IMS-421231-I45, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, el cual deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en la Ley de la materia y en la que se indiquen los servicios prestados, número de proveedor, número de contrato y número de fianza.
La recepción de los mismos será a través del portal de servicios a proveedores y deberán ser proporcionados en su formato XML; la validez de los mismos será determinada durante la carga y únicamente los CFDI fiscalmente validados serán procedentes para el pago. El proveedor deberá proporcionar a las áreas financieras una representación impresa del CFDI que cumpla con las especificaciones normadas por el SAT, la representación impresa por sí misma no será sustento para el pago si no se hace la carga del XML del cual se originó o si la misma no es una representación fiel del XML origen.
En caso de que el proveedor presente su CFDI con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos de los artículos 89 y 90 del Reglamento de la LAASSP.
Los proveedores que entreguen servicios al IMSS, y que celebren contratos de cesión de derechos de cobro, deberán notificarlo al IMSS con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión, de igual forma los que celebren contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., institución de Banca de Desarrollo.
Las penas convencionales se encuentran normadas en los artículos 45 fracción XIX y 53 primer párrafo de la LAASSP y en los numerales 85 fracción V, 86 segundo párrafo, 95 y 96 primer párrafo de su Reglamento.
Se aplicarán penas convencionales por cada día de atraso en el inicio de las etapas descritas en el Anexo Técnico, de acuerdo al cronograma acordado con el Instituto, así como en el retraso en la entrega de los entregables o de las correcciones a los mismos, de acuerdo a los tiempos establecidos en este documento, por el equivalente al 2.5% (dos punto cinco por ciento) sobre el valor total de lo incumplido hasta por 4 días, sin incluir el impuesto al valor agregado. La suma de las penas convencionales no deberá exceder el importe de dicha garantía.
“EL INSTITUTO” descontará las cantidades que resulten de aplicar la pena convencional sobre los pagos que deba cubrir a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
Cuando los entregables o los documentos que los integran no estén completos y/o contengan deficiencias, se aplicara deducciones de 1% por cada uno de ellos hasta por el 20% del monto total del pago correspondiente. En caso de exceder el límite se considerará como no entregada la información y se iniciará el proceso de recisión correspondiente.
Entregable |
Descripción |
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Acta de Inicio de Proyecto |
Documento donde se presentan los elementos más relevantes del proyecto al que se dará seguimiento, debe al menos considerar el alcance, el equipo del proyecto, los interesados, el cronograma de alto nivel, los principales entregables, los supuestos del proyecto y los riesgos identificados.
Con el acta de inicio también se entregará una presentación en Power Point donde se describa la forma en que operará la PMO y los aspectos más relevantes del seguimiento del proyecto. |
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Análisis de Requerimientos del NMO TAF-IMSS. |
Documento en el que se reflejará el análisis comparativo del NMO TAF-IMSS y de la Propuesta de Implementación de la DIDT, para establecer la relación y determinar si existen diferencias entre lo diseñado en el NMO TAF-IMSS y lo que se implementará. El documento deberá contener un apartado en el que se analicen las implicaciones de los desvíos y su repercusión en cuanto al cumplimiento de lo estipulado en la LGCG y en los lineamientos emitidos CONAC. |
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Plan de Trabajo Maestro |
Considera todas fases, las actividades, hitos que serán necesarios ejecutar para la conclusión exitosa del proyecto. Se deberá incluir el cronograma y el diagrama xx Xxxxx. |
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Propuesta de la PMO para el Seguimiento del Proyecto. |
Deberá contener toda la información que permita la adecuada gestión del proyecto, considerando todos los planes que deben desarrollarse como son: plan de administración de tiempo, recursos humanos, riesgos, comunicaciones, cambios, interesados, etcétera. Este documento debe de contener la propuesta de formato, responsables, información, firmantes, etcétera, de los siguientes componentes: |
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Componentes de la propuesta de la PMO para el seguimiento del proyecto |
Documento de Control de Alcance |
Este documento detalla el alcance y la forma como el mismo se va a controlar, relacionándolo con los elementos de la WBS. |
Estructura de Desglose de Trabajo (WBS) |
Integrada por los paquetes de trabajo para alcanzar los objetivos del proyecto, se integra una vez con el análisis de los requerimientos y se actualiza conforme lo requiera el proyecto. |
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Matriz de Comunicaciones |
En esta matriz se deberá de establecer el flujo de información en el proyecto, identificando los involucrados, niveles de escalamiento, datos de contacto, autorizaciones y todo aquello que se requiera para que la información llegue a quien debe en el momento correcto. |
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Matriz de Riesgos, considerando los internos y los externos. |
Está conformada por los riesgos identificados tanto internos como externos. Deberá de evaluar la probabilidad y el impacto de los mismos. |
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Considerando los riesgos de mayor relevancia se deberá de presentar un plan de contingencia y respuesta para su atención. |
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Matriz RACI |
Matriz de asignación de responsabilidades, se deberán considerar las principales actividades el proyecto para su elaboración. |
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Registro de Polémicas |
Documento donde se recopilan las problemáticas presentadas y se supervisa la resolución de las mismas. |
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Documento de objetivos, métricas e indicadores. |
Este documento debe presentar los objetivos del proyecto relacionados con sus métricas e indicadores de cumplimiento. |
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Control de Cambios |
Documento mediante el cual se documentan los cambios requeridos por el proyecto para su aprobación por el Gobierno del Proyecto. |
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Formato de Seguimiento del Proyecto (status) |
Documento que presentará el estatus del proyecto considerando todos aquellos aspectos relevantes tales como: avances, issues o problemas, comunicaciones, responsabilidades, riesgos, etc. |
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Matriz de requerimientos |
Documento donde se detallan los requerimientos y su relación con los entregables, se deberá de actualizar conforme avanza el proyecto para garantizar que se está cumpliendo con todo lo solicitado. |
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Carta de Cierre de Fases |
Documentará que las fases que integran el Plan de Trabajo de la DIDT se cerraron adecuadamente, detallando los entregables, pruebas y toda aquella información con la que se acredite el cierre de la fase correspondiente. |
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Reporte Ordinario de Avance |
Con base en los planes, reportes, documentos, métricas y parámetros aprobados por el Instituto (incluidos en la “Propuesta de la PMO para el seguimiento del Proyecto”), la PMO elaborará informes ordinarios de avances del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS, con periodicidad (semanal, quincenal o mensual). Estos reportes servirán como insumo básico para elaborar los informes de avance que se presentarán al Órgano de Gobierno del Proyecto, los diferentes Comités y al final de cada fase del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS. |
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Reporte del Avance de las Actividades del Proyecto. Etapa x del proyecto NMO TAF-IMSS |
Se emitirán al final de cada fase del Proyecto de Implementación del NMO TAF-IMSS, de conformidad con lo establecido en la Propuesta de Implementación y en el Plan de Trabajo de la DIDT y se elaborarán con base en los reportes que informan periódicamente sobre el avance de los planes, documentos, métricas y parámetros aprobados por el Instituto.
Estos informes deben contener todos los formatos acordados en el documento “Propuesta de la PMO para el seguimiento del proyecto”, con sus respectivos avances y explicación de variación o cambio. |
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Acta de cierre de proyecto |
Documentará el cierre del proyecto. |
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Informe final de desempeño |
Informe donde se señale la simetría alcanzada entre lo puesto en operación y el eje rector del proyecto NMO TAF-IMSS que consiste en el cumplimiento de lo estipulado en la LGCG y en los lineamientos emitidos por el CONAC, así como las desviaciones, en caso de que existan. De igual forma, se deben considerar la alineación con los objetivos de las diferentes fases de implementación, las mejoras alcanzadas y la propuesta de los siguientes pasos. El documento definitivo de este informe se entregará al concluir el proyecto. Sin embargo, mensualmente, desde el inicio del proyecto se proporcionarán avances del documento a las áreas administradoras del contrato para verificar el grado de progreso y el contenido. |
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Componentes adicionales del Informe Final de Desempeño |
Lecciones aprendidas |
Documentará el conocimiento adquirido durante la ejecución del proyecto, que servirá como base para otros proyectos en el instituto.
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Base de Conocimiento |
Considerando el conocimiento adquirido durante la ejecución del proyecto y las lecciones aprendidas descritas en el apartado anterior, se deberá integrar una base de conocimiento de fácil consulta sobre el proyecto y sus diferentes elementos. |
Todos los documentos suministrados por “EL INSTITUTO” a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” en relación con el proyecto serán, según solicitud escrita de “EL INSTITUTO”, destruidos o devueltos a éste, por “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a mantener la más estricta confidencialidad sobre la información suministrada por “EL INSTITUTO”, o a la que tenga acceso, con motivo de la prestación de los servicios; sea o no confidencial o reservada es propiedad de este último por consiguiente, le está expresamente prohibido a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” transmitir, divulgar o comercializar total o parcialmente información confidencial o reservada y ésta será manejada por “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” con carácter estrictamente confidencial o reservada.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” adoptará precauciones razonables para proteger la información confidencial o reservada de “EL INSTITUTO”. Como mínimo, tales precauciones serán tan estrictas como las que cada una de las partes adopta para proteger su propia información confidencial o reservada. “EL INSTITUTO” comunicará la información confidencial o reservada a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” que este necesite conocer para realizar los servicios, tal comunicación se hará sujeta a las obligaciones de confidencialidad que se establezcan en el contrato. Por tal motivo, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” asume expresamente cualquier responsabilidad que se derive del incumplimiento por parte de sus respectivos empleados a las obligaciones de confidencialidad descritas en el contrato. Cuando la información confidencial o reservada ya no sea necesaria, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” la devolverá al IMSS o la destruirá si este así lo solicitara.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” notificará inmediatamente a “EL INSTITUTO” en caso de descubrir un uso, revelación o divulgación no autorizados de información confidencial o reservada, y cooperará con “EL INSTITUTO” en forma razonable para ayudarlo a retomar posesión e impedir usos no autorizados adicionales de su información confidencial o reservada.
El IMSS informará por escrito a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” cuando los códigos, documentos, consumibles y archivos deban tener carácter de confidencial, respetando en todo momento las disposiciones de la ley de transparencia y acceso a la información pública gubernamental.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” reconoce que los servicios objeto del presente proyecto son por encargo del “EL INSTITUTO”, consecuentemente reconoce que todos y cada uno de los documentos, reportes, medios magnéticos, estudios, estrategias, servicios y demás materiales entregables que se generen en la prestación de los servicios o como consecuencia de los mismos, pasarán a ser propiedad de “EL INSTITUTO”, quedando obligado “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” a entregarlos al término de la vigencia del contrato o en el momento que “EL INSTITUTO” lo requiera, salvo que exista impedimento en términos de las disposiciones legales aplicables.
Asimismo, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a no realizar a su nombre ni a favor de terceros, cualquier registro de obra, marca, derechos conexos, reserva de derechos, diseño industrial y, en general, cualquier derecho de propiedad intelectual, respecto de cualquiera de los productos o de sus elementos que se deriven de la prestación de los servicios.
12. MÉTODO DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
El criterio de evaluación del presente procedimiento es por “Puntos o porcentajes”
El Instituto adjudicará el Contrato al Licitante que reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones, así como a aquel que tenga la mejor evaluación combinada en términos de los criterios de puntos señalados en el presente numeral. Se elaborará un cuadro comparativo con los puntos obtenidos por los licitantes participantes, mismo que permitirá hacer un análisis comparativo.
Si derivado de la evaluación económica y técnica de las proposiciones, se desprende el empate en cuanto a puntos y porcentajes obtenidos por dos o más licitantes, se procederá de acuerdo a lo previsto en el artículo 36 Bis, segundo y tercer párrafo de la LAASSP.
De conformidad con el Artículo Décimo Primero, inciso C del ACUERDO por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, se consideran servicios especializados, los relativos a trabajos que requieran alta especialización y se relacionen con un determinado sector o área del conocimiento, para desarrollar soluciones o metodologías eficientes que permitan resolver problemas complejos y que pueden tener un alto impacto social o económico. La puntuación o unidades porcentuales que se podrán asignar en la evaluación de las proposiciones para la contratación de los servicios con estas características, será de hasta un máximo de 90 para la propuesta técnica y de 10 para la propuesta económica.
La determinación de quién es el licitante ganador, se llevará a cabo con base en el resultado de la evaluación técnica y de la tabla comparativa económica elaborada para tal efecto, de acuerdo a los puntos obtenidos. La puntuación o unidades porcentuales a obtener en la propuesta técnica para ser considerada solvente y por tanto no ser desechada, será de cuando menos 67.5 puntos, de los 90 máximos que se pueden obtener en su evaluación, conforme a lo siguiente:
EVALUACIÓN TÉCNICA
Esta evaluación representa un servicio especializado, conforme a los establecido en el artículo Décimo Primero, inciso c) del Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y de Obras Públicas y Servicios relacionados con la misma, emitido por la Secretaria de la Función Pública, publicado en el DOF de fecha 09 de septiembre de 2010, que estipula que los servicios especializados, son los relativos a trabajos que requieran alta especialización y se relacionen con un determinado sector o área del conocimiento, para desarrollar soluciones o metodologías eficientes que permitan resolver problemas complejos y que pueden tener un alto impacto social o económico.
La puntuación o unidades porcentuales que se podrán asignar en la evaluación de las proposiciones para la contratación de los servicios con estas características, será de hasta un máximo de 90 para la propuesta técnica y de 10 para la propuesta económica.
La puntuación o unidades porcentuales se atenderán de la siguiente manera:
Rubros |
Valor |
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A) |
Capacidad del Licitante |
40.50 |
puntos |
B) |
Experiencia y Especialidad del Licitante |
13.50 |
puntos |
C |
Propuesta de Trabajo |
27.00 |
puntos |
D) |
Cumplimiento de Contratos |
9.00 |
puntos |
TOTAL |
90.00 |
puntos |
A) Capacidad del Licitante (40.50 puntos)
Consiste en el número de recursos humanos que técnicamente estén aptos para prestar el servicio de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones, así como los recursos económicos y de equipamiento que requiere el licitante para prestar los servicios en el tiempo, condiciones y niveles de calidad requeridos por la convocante, así como determinar cualquier otro aspecto indispensable para que el licitante pueda cumplir con las obligaciones previstas en el contrato.
Subrubros:
a) Capacidad de recursos humanos (25.50 puntos)
b) Capacidad de recursos económicos y de equipamiento (12.00 puntos)
c) Participación de Discapacitados (1.50 puntos)
d) Políticas y prácticas de igualdad de género (1.50 puntos)
SUBRUBRO |
Puntos |
|
T:25.50 |
Para la obtención de puntos, el licitante deberá demostrar que su personal cuenta con la experiencia siguiente:
Para acreditar que tiene la experiencia y comprobar que cumple con el perfil antes descrito, se deberán presentar los documentos originales y en copia simple que constituyen el Currículum Vitae tales como: título profesional, cédula profesional, contratos, constancia, diplomas, certificados, documentación de proyectos exitosos, por mencionar algunos ejemplos. Se considera importante mencionar que los documentos se cotejarán para constatar su validez y legalidad.
Para acreditar que tiene la experiencia y comprobar que cumple con el perfil antes descrito, se deberán presentar los documentos originales y en copia simple que constituyen el Currículum Vitae tales como: título profesional, cédula profesional, contratos, constancia, diplomas, certificados, documentación de proyectos exitosos, por mencionar algunos ejemplos. Se considera importante mencionar que los documentos se cotejarán para constatar su validez y legalidad.
El Administrador de proyecto deberá concentrarse en la administración de la implementación tecnológica, por lo que la experiencia y los proyectos de los cuales se presentará información deberán corresponder a las actividades que tengan asignadas, destacando que deberá contar con experiencia en administración de proyectos de las herramientas tecnológicas de PeopleSoft 8.8, 9.1.y Hyperion Planning, en sistemas de planificación presupuestaria, en proyectos financieros y/o de armonización contable, para permitir el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
Para acreditar que tiene la experiencia y comprobar que cumple con el perfil antes descrito, se deberá presentar los documentos originales y en copia simple que constituyen el Currículum Vitae tales como: título profesional, cédula profesional, contratos, constancia, diplomas, certificados, documentación de proyectos exitosos, por mencionar algunos ejemplos. Se considera importante mencionar que los documentos se cotejarán para constatar su validez y legalidad.
De los perfiles presentados, todos los Administradores Junior deberán acreditar experiencia en proyectos de implementación de tecnología, y al menos uno deberá tener experiencia en el tema de actualización de normas, y en proyectos financieros y/o de armonización contable.
Para acreditar experiencia se deberá presentar Currículum Vitae, los contratos suscritos para la ejecución, así como documentación de los proyectos donde conste el rol con el que se desempeñaron, la duración de los mismos, los involucrados (por ejemplo, la matriz de comunicaciones) y la carta de cierre de todos los proyectos en la que se pueda verificar que la implementación fue exitosa; finalmente, se deberán entregar los datos de al menos tres contactos (nombres completos y números telefónicos) de organizaciones que puedan avalar su experiencia.
Se deberá presentar una carta bajo protesta de decir verdad para comprometerse a que se asignarán de tiempo completo a las actividades objeto de la contratación al Administrador del Proyecto Senior y a los 5 administradores del proyecto Junior.
En caso de acreditar que su personal cuenta con la experiencia solicitada se otorgará la máxima puntuación señalada, de lo contrario no se otorgará ninguna puntuación.
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10.20
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SUBRUBRO |
Puntos |
Para la obtención de puntos, el licitante deberá demostrar que su personal cuenta con los perfiles académicos siguientes:
En caso de acreditar que su personal cuenta con el perfil académico solicitado se otorgará la máxima puntuación señalada, de lo contrario no se otorgará ninguna puntuación. |
10.20
|
Para la obtención de puntos en este concepto, el licitante deberá demostrar que cuenta con al menos un Coordinador General de Proyecto, un Administrador de Proyecto Senior, cinco Administradores de Proyecto Junior, y un Consultor en TIC certificado en PeopleSoft 8.8, 9.1 y Hyperion Planning.
Para la obtención de puntos se deberá acreditar que el Coordinador General de Proyecto esté certificado como Project Management Professional (PMP), otorgado por el PMI, el Administrador de Proyecto Senior esté certificado como Project Management Professional (PMP), otorgado por el PMI y que el consultor TIC se encuentra certificado en PeopleSoft. En caso contrario, no se otorgará ninguna puntuación.
Es indispensable que los certificados estén vigentes al menos por un año posterior a la fecha del fallo.
Los certificados deberán presentarse en original y en copia simple, con el fin de ser cotejados.
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5.10
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SUBRUBRO |
Puntos |
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T: 12.00 |
Para la obtención de puntos, el licitante acreditará ingresos equivalentes al 20% del monto total de su oferta en los últimos tres ejercicios fiscales, mediante la última declaración fiscal anual de los ejercicios que corresponda y la última declaración fiscal provisional del Impuesto Sobre la Renta, presentadas ante la SHCP.
A los licitantes que acrediten ingresos equivalentes al 20% del monto total de su oferta en los últimos tres ejercicios fiscales, se les otorgará la máxima puntuación señalada; de lo contrario, no se otorgará puntuación.
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10.00
|
Para la obtención de puntos en este subrubro, el licitante deberá comprobar que cuenta con la infraestructura mínima para la prestación del servicio conforme a lo siguiente:
En caso de presentar la documentación descrita, se otorgará la máxima puntuación señalada; de lo contrario, no se otorgará puntuación.
|
2.00 |
Las empresas que cuenten con trabajadores con algún tipo de discapacidad, obtendrán hasta 1.50 puntos de este inciso. Para ello, las empresas deberán presentar constancia del IMSS que confirme el registro y/o alta del personal discapacitado, de conformidad con el artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP).
Al licitante que acredite tener mayor personal con discapacidad y que cumplan con lo establecido en el artículo 14 de la Ley, se le asignarán 1.50 puntos, al resto de los licitantes se les asignará puntuación de manera proporcional mediante una regla de tres simple.
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1.50 |
Para la obtención de puntos en este subrubro, los licitantes deberán acreditar que sus empresas han implementado políticas y prácticas de igualdad de género, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la LAASSP. Para acreditarlo deberán presentar la certificación en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación emitida por las autoridades y organismos facultados para tal efecto.
Los licitantes que estén certificados por la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación obtendrán 1.50 puntos de este inciso; en caso contrario, no se otorgará puntuación.
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1.50 |
B) Experiencia y Especialidad del Licitante (13.50 puntos)
En la experiencia se tomará en cuenta el tiempo en que el licitante ha prestado a cualquier otra persona servicios de la misma naturaleza de los que son objeto este procedimiento licitatorio.
En la especialidad se valorará si los servicios que ha venido prestando el licitante, corresponden a las características específicas y a condiciones similares a las requeridas por la convocante.
Subrubros:
Experiencia (6.75 puntos)
Especialidad (6.75 puntos)
SUBRUBRO |
Puntos |
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T: 6.75 |
Se otorgará un máximo de 6.75 puntos al licitante que acredite el mayor número de años de experiencia, como mínimo 3 años y máximo 10 años, que correspondan a trabajos de Oficina de Administración de Proyectos relacionados con la implementación y desarrollo de software financiero y contable en entidades y dependencias gubernamentales, utilizando PeopleSoft 8.8, 9.1 y Hyperion Planning para la adopción de la LGCG y que hayan sido adjudicados mediante Licitación Pública, Invitación a cuando menos tres o Adjudicación Directa acompañados de una relación con nombres de las personas autorizadas para dar referencias, domicilios y teléfonos para su comprobación.
Para demostrar los años de experiencia, el licitante deberá presentar copia y original (para cotejo) de mínimo 4 contratos, convenios o pedidos de proyectos con características semejantes a las que requiere el IMSS. Sólo se aceptarán contratos, convenios o pedidos que estén totalmente concluidos. Al licitante que acredite contar con la mayor experiencia mediante contratos se le asignará 6.75 puntos. Al resto de los licitantes, se les asignará puntuación de manera proporcional mediante una regla de tres simple.
No se asignará mayor puntuación en caso de que se demuestren más de 10 años de experiencia. En caso de que dos o más licitantes acrediten el mismo número de años de experiencia se otorgarán los mismos puntos. |
6.75 |
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T: 6.75 |
Se otorgará un máximo de 6.75 puntos al licitante que acredite la mayor especialidad, mediante la presentación de contratos, convenios o pedidos totalmente concluidos (en original y copia simple para su cotejo) que acrediten la prestación de servicios de Oficina de Administración de Proyectos relacionados con la implementación y desarrollo de software financiero y contable en entidades y dependencias gubernamentales (utilizando PeopleSoft 8.8, 9.1 y Hyperion Planning para la adopción de la LGCG y que hayan sido adjudicados mediante Licitación Pública, Invitación a cuando menos tres personas o Adjudicación Directa, acompañados de una relación con nombres de las personas autorizadas para dar referencias, domicilios y teléfonos para su comprobación (máximo acreditar 10 contratos, convenios o pedidos).
|
6.75
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Propuesta de Trabajo (27.00 puntos)
Consiste en evaluar conforme a los términos de referencia establecidos por la convocante, la metodología, el plan de trabajo y la organización propuesta por el licitante que permitan garantizar el cumplimiento del contrato.
Subrubros:
Metodología (15.00 puntos)
Plan de trabajo propuesto por el licitante (8.50 puntos)
Esquema estructural de la organización (3.50 puntos)
SUBRUBRO |
Puntos |
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T: 15.00 |
Documento en papel membretado y firmado autógrafamente, en el que se describa la metodología que utilizará para la prestación del servicio, debiendo contemplar la totalidad de lo solicitado en el Anexo Técnico y establecer cuál rol del grupo de trabajo será responsable de llevarlo a cabo.
Criterios para evaluar calidad: Mejor propuesta: Se otorgará la totalidad de la puntuación (15.00 puntos) a aquella metodología que además de cumplir con los aspectos solicitados, exponga clara y detalladamente las bondades de la implementación de su propuesta para el desarrollo del proyecto, proponga mejoras viables en herramientas de administración o gestión y de tiempos de las actividades inherentes a la Oficina de Administración del Proyecto.
Si el licitante no presenta la metodología o no contiene lo solicitado por la convocante, no se otorgará puntuación.
|
15.00
|
|
T: 8.50 |
Documento en papel membretado y firmado autógrafamente que debe incluir las actividades de alto nivel para el desarrollo del servicio, indicando la fecha de inicio y término, los hitos, responsables y entregables de cada una de las etapas, considerando todos los establecidos en el Anexo Técnico. Como parte del documento, el licitante deberá presentar la WBS que soporta el plan de trabajo entregado.
Criterios para evaluar calidad: Presentado: Se otorgarán 6.50 puntos al plan de trabajo que cumpla con las aspectos solicitados.
Mejor propuesta de plan de trabajo: Se otorgará la totalidad de la puntuación (8.50 puntos) a aquella propuesta que además de cumplir con los aspectos solicitados, incluya las actividades que traducen las ventajas de la metodología propuesta en el punto anterior. Todo lo anterior, bajo ninguna circunstancia deberá representar un costo adicional al presente servicio. Las propuestas de mejora que realicen los licitantes deberán estar perfectamente definidas e identificadas, sin que éstas contravengan o lesionen lo estipulado en el Anexo Técnico.
Si el licitante no presenta el plan de trabajo o no contiene lo solicitado en este subrubro, no se otorgará puntuación.
|
8.50 |
El licitante deberá presentar para la evaluación, la estructura de la organización (organigrama) de los recursos humanos con asignación de funciones suficientes para el cumplimiento de las obligaciones previstas para el servicio acompañando los manuales de procedimientos aprobados en su empresa para el desarrollo del servicio de todas y cada una de las actividades, y acompañado de los certificados obtenidos.
Si el licitante no presenta el esquema estructural de la organización acompañado de la documentación requerida, no se otorgará puntuación.
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3.50 |
D) Cumplimiento de contratos (9.00 puntos)
Se ocupa de medir el desempeño o cumplimiento que ha tenido el licitante en la prestación oportuna y adecuada de los servicios de la misma naturaleza objeto del procedimiento de contratación de que se trate, que hubieren sido contratados por alguna dependencia, entidad o cualquier otra persona en el plazo que determine la convocante, el cual no podrá ser superior a 10 años.
SUBRUBRO |
Puntos |
Se otorgarán 9.0 puntos al licitante que presente el mayor número de contratos, convenios o pedidos de servicios de Gestión de Proyectos (PMO), relacionados con la implementación y el desarrollo de software financiero y contable en entidades y dependencias en el Gobierno Federal y /o en Gobiernos Estatales y Municipales, así como en proyectos relacionados con el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), utilizando las mejores prácticas internacionales de 2007 a 2017, acompañados del documento en el que conste la cancelación de la garantía correspondiente al cumplimiento de los mismos mediante la constancia de la afianzadora que acredite haber liberado o cancelado la fianza respectiva. Los contratos cumplidos podrán ser los correspondientes a los presentados para acreditar el rubro de experiencia y especialidad del licitante, debiendo anexar una relación en la que cuantifique la cantidad de garantías canceladas que pretendan acreditar. Se otorgarán los puntos de la siguiente manera: 99.00 puntos al licitante que acredite el mayor número de cancelaciones de garantías de contratos, convenios o pedidos.
En caso de que dos o más licitantes acrediten el mismo número de cancelaciones de garantía, se otorgarán los mismos puntos. |
9.00 |
En caso de que la información contenida no cumpla con los requisitos solicitados, no será tomada en cuenta.
Para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá excluir del precio ofertado por el licitante el impuesto al valor agregado y sólo se considerará el precio neto propuesto.
Para la asignación de la puntuación a las propuestas económicas, la convocante deberá obtener el promedio de las mismas, asignado el máximo de los 10 puntos, a la propuesta económica más próxima al citado promedio y que se ubique por arriba de éste, asignando de manera proporcional la puntuación a las demás propuestas económicas situadas por encima de dicho promedio, mediante una regla simple de tres. A las propuestas económicas que se encuentren por debajo del promedio señalado, no se les asignará puntuación o unidades porcentuales.
Para determinar la puntuación que corresponda a la propuesta económica de cada participante, se aplicará la siguiente formula:
PPE= MPemb x 10 /MPi
Dónde:
PPE: Puntuación que corresponde a la Propuesta Económica
MPemb: Monto de la propuesta económica más baja
MPi: Monto de la propuesta i-ésima propuesta económica
Resultado Final
Para calcular el resultado final de la puntuación que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula:
PTj= TPT + PPE Para toda j= 1, 2, ……, n
Dónde:
PTj: Puntuación Total de la Proposición
TPT: Total de Puntuación asignada a la propuesta técnica
PPE: Puntuación asignada a la propuesta económica y
El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes, como resultado de la evaluación.
No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos del proceso, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposiciones.
Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. La falta de presentación de dichos documentos en la proposición, será motivo para desecharla, por incumplir las disposiciones jurídicas que los establecen.
No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad de los servicios requeridos.
Coordinador de Presupuesto e Información Programática.
Coordinador de Contabilidad y Trámite de Erogaciones.
El plazo previsto para la ejecución de los servicios es de 120 semanas, tomando en cuenta para el inicio el día de la notificación del fallo, considerando los tiempos del proceso de adjudicación y la cronología diseñada por la Dirección de Innovación de Desarrollo de Tecnológico (DIDT) para la coordinación y dirección de la implementación del NMO TAF-IMSS.
Dado que la implementación del NMO TAF-IMSS ya se encuentra en marcha, la PMO se incorporará a los trabajos que actualmente realiza la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico (DIDT) iniciados en noviembre de 2016, por lo que la contratación plurianual de esta consultoría responde a la necesidad de acompañar y dar seguimiento al plan de trabajo propuesto por la DIDT, a fin de que se efectúe en tiempo y forma, validando y asegurando que los desarrollos informáticos cumplan con el diseño del NMO TAF-IMSS, por lo que la duración de los trabajos que realizará la PMO se podrán ajustar conforme avance el proyecto.
Se considera importante aclarar que si durante la ejecución del plan de trabajo para la Implementación del NMO TAF-IMSS se presentara un desfase mayor o igual al 30%, el Instituto tendrá la facultad de terminar anticipadamente el contrato, quedando obligado únicamente a pagar el monto devengado por los entregables realizados hasta la fecha de esta notificación (incluido el Impuesto al Valor Agregado).
Por otra parte, si finalizada la vigencia del contrato, las actividades del proyecto no se hubiesen concluido, el Instituto tendrá la facultad de decidir si la empresa consultora continuará prestando los servicios como PMO para concluir con las actividades del Programa de Trabajo o en su caso dar por terminado el contrato, quedando obligado únicamente a pagar el monto devengado por los entregables realizados hasta la fecha de esta notificación (incluido el Impuesto al Valor Agregado).
En todos los casos la decisión será notificada a la empresa consultora que presta los servicios de PMO en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de la sesión del Comité Directivo en la cual se le tome la decisión.
La vigencia del servicio será a de 120 semanas contadas a partir de la fecha de la notificación del fallo.
16. ADMINISTRADORES DEL CONTRATO
Coordinador de Presupuesto e Información Programática.
Coordinador de Contabilidad y Trámite de Erogaciones.
“El INSTITUTO” no adquiere ni reconoce ninguna otra obligación que no sea derivada del contrato de adjudicación, por lo que el prestador de servicios no será considerado como trabajador del Instituto para los efectos legales, y en particular para obtenerlas prestaciones establecidas por ley y ordenamiento en la materia.
Anexo 2.- Relación de entrega de documentación.
Procedimiento |
LA-019GYR019-E[***]-2017 |
Fecha |
|
Razón Social y Dirección Completa |
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Teléfonos y Correo Electrónico |
|
Punto de referencia |
Documentación que contendrá la oferta a presentar |
Presenta |
|
Si |
No |
||
Requisitos |
|||
Anexo 1. |
4.1.1 Propuesta técnica, en la cual se contemplarán los requisitos, condiciones y especificaciones técnicas. |
|
|
Anexo 3. |
4.1.2.1. Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, acompañándose de copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, credencial para votar ó cédula profesional), tratándose de personas físicas, y en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la propuesta. |
|
|
Anexo 4. |
4.1.2.2. Escrito bajo protesta de decir verdad, que el licitante es de nacionalidad mexicana. |
|
|
Anexo 6. |
4.1.2.4. Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASP. |
|
|
Anexo 7. |
4.1.2.5. Declaración de integridad, en la que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad que se abstendrán de adoptar conductas, por si o a través de interpósita persona, para que los servidores públicos del IMSS induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes. |
|
|
Anexo 8. |
4.1.2.6. Escrito bajo protesta de decir verdad que el licitante cuenta con estratificación como micro, pequeña o mediana empresa. |
|
|
Escrito Compranet |
4.1.2.7. Escrito libre en el que manifieste su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena al IMSS, en términos de lo dispuesto por el numeral 29 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet”. |
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Anexo 10. |
Escrito para solicitar la clasificación de la información entregada por el licitante. |
|
|
Requisitos económicos |
|||
Anexo 11 |
4.1.3.1. La propuesta económica, deberá contener la cotización del servicio ofertado, conforme al Anexo 11. |
|
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Anexo 3.- Acreditación legal y personalidad jurídica del licitante para comprometerse y suscribir propuestas, y escrito de interés en participar en la licitación.
Ciudad de México, a _______ de _________________de 2017.
________ (Nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido verificados, así como que cuento con facultades suficientes para comprometer y suscribir las propuestas en el procedimiento de contratación nacional Núm. __________________, a nombre y representación de.__ (Persona Física o Moral) ___.
Datos Personas Xxxxxxx y Físicas.
Registro Federal de Contribuyentes. |
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Domicilio. |
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Calle y Número. |
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Colonia. |
Delegación o Municipio. |
Código Postal. |
Entidad Federativa. |
Teléfono Fijo. |
Teléfono Móvil. |
Correo Electrónico. |
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Apoderado Legal o Representante. (Nombre, Domicilio, Teléfonos y Correo Electrónico) |
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Documento para Acreditar Personalidad y Facultades. (Escritura Pública y Modificaciones, Fecha, y Datos xxx Xxxxxxx Público) |
Datos Personas Xxxxxxx.
Número de la Escritura Pública en la que consta su Acta Constitutiva. |
Fecha. |
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Nombre, Número y Domicilio xxx Xxxxxxx Público (ante el cual se dio fe de la misma). |
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Fecha y Datos de su Inscripción en el Registro Público de Comercio. |
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Descripción del Objeto Social. |
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Relación de Accionistas. |
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Apellido Paterno |
Apellido Materno |
Nombre(s) |
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Reformas al Acta Constitutiva que incidan con el objeto del procedimiento (Señalar Nombre, Número y Circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Público que las protocolizó, así como la Fecha y los datos de su Inscripción en el Registro Público de la Propiedad).
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Asimismo, manifiesto que los cambios o modificaciones que se realicen en cualquier momento a los datos o documentos contenidos en este documento y durante la vigencia del contrato que, en su caso, sea suscrito con el Instituto, deberán ser comunicados a éste, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se generen.
Anexo 4.- Nacionalidad mexicana.
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Unidad de Adquisiciones e Infraestructura
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios
Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos
División de Contratación de Activos y Logística
Presente
Ciudad de México, a ____ de _____________ de 2017
(__________Nombre________) en mi carácter de representante legal de la (__________nombre o razón social de la empresa________), y en términos de la documentación legal y administrativa de la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-019GYR019-E***-2017.
Manifiesto bajo protesta de decir verdad que soy de nacionalidad mexicana y, en el caso de resultar adjudicado los servicios que oferte y entregaré serán producidos en México y contarán con el porcentaje de contenido nacional requerido.
Lugar y fecha
_______________________________________________________________
(Nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante)
Anexo 5.- Cumplimiento de normas.
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Presente
Ciudad de México, a ____ de _____________ de ________
NO APLICA
(__________Nombre________) en mi carácter de representante legal de la (__________nombre o razón social de la empresa________), y en términos de la documentación legal y administrativa de la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-019GYR019-E***-2017.
Manifiesto bajo protesta de decir verdad que cumpliré con las normas oficiales mexicanas y con las normas mexicanas, según corresponda, y a falta de éstas, con las normas internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Lugar y fecha
_______________________________________________________________
(Nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante)
Anexo 6.- Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
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Presente
Ciudad de México,a ____ de _____________ de ________
__________Nombre ___________ en mi carácter de representante legal de la_ (Persona Física o Moral) _. Declaro bajo protesta de decir verdad lo siguiente.
Que el suscrito (Solo Personas Xxxxxxx. y las personas que forman parte de la sociedad y) de la propia empresa que represento, no se encuentra(n) en alguno de los supuestos señalados en los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, lo que manifiesto para los efectos correspondientes con relación al procedimiento de contratación de Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-019GYR019-E***-2017.
Protesto lo necesario
______________________________________________________
(Nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante)
*Nota. En caso de que el licitante sea persona física, adecuar el formato
Anexo 7.- Declaración de integridad.
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Presente
Ciudad de México, a ____ de _____________ de ________
(__________Nombre________) en mi carácter de representante legal de la (__________nombre o razón social de la empresa________), y en términos de la documentación legal y administrativa de la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-019GYR019-E***-2017.
Que mi representada se abstendrá por si misma o a través de interpósita persona, de adoptar conductas para que los servidores públicos del Instituto, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes.
Protesto lo necesario
______________________________________________________
(Nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante)
Anexo 8.- Estratificación de micro, pequeña o mediana empresa. (MIPYMES).
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Presente
Ciudad de México, a ____ de _____________ de ________
Me refiero al procedimiento de _________ (3) ________ Núm. ________ (4) _______ en el que mí representada, la empresa_________ (5) ________, participa a través de la presente propuesta.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes _________(6)________, y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de _________(7)________, con base en lo cual se estatifica como una empresa _________(8)________.
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
Protesto lo necesario
______________________________________________________
(Nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante)
Instructivo de llenado del formato de estratificación de micro, pequeña o mediana empresa. (MIPYMES)
Formato para que los licitantes manifiesten, bajo protesta de decir verdad, la estratificación que les corresponde como MIPYMES, de conformidad con el Acuerdo de Estratificación de las MIPYMES, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009.
Instructivo de llenado.
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.
Señalar la fecha de suscripción del documento.
Anotar el nombre de la convocante.
Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas).
Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.
Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.
Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión. Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x 10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%.
Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYMES disponible en la página http.//xxx.xxxxxxxxxxxxxxxXxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante.
Anexo 9.- Interés en participar en la licitación pública y solicitar aclaraciones.
Ciudad de México, a _______ de _________________de 2017
____(Nombre)_____ manifiesto bajo protesta de decir verdad, que se tiene interés en participar en la Licitación Pública Nacional Núm. ______________ y en su caso solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, por si o a nombre y representación de.__(Persona Física o Moral)__.
Datos Personas Xxxxxxx y Físicas.
Registro Federal de Contribuyentes. |
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Domicilio. |
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Calle y Número. |
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Colonia. |
Delegación o Municipio. |
Código Postal. |
Entidad Federativa. |
Teléfono Fijo. |
Teléfono Móvil. |
Correo Electrónico. |
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Apoderado Legal o Representante. (Nombre, Domicilio, Teléfonos y Correo Electrónico) |
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Documento para Acreditar Personalidad y Facultades. (Escritura Pública y Modificaciones, Fecha, y Datos xxx Xxxxxxx Público) |
Datos Personas Xxxxxxx.
Número de la Escritura Pública en la que consta su Acta Constitutiva. |
Fecha. |
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Nombre, Número y Domicilio xxx Xxxxxxx Público (ante el cual se dio fe de la misma). |
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Fecha y Datos de su Inscripción en el Registro Público de Comercio. |
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Descripción del Objeto Social. |
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Relación de Accionistas. |
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Apellido Paterno |
Apellido Materno |
Nombre(s) |
Reformas al Acta Constitutiva que incidan con el objeto del procedimiento (Señalar Nombre, Número y Circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Públicos que las protocolizó, así como la Fecha y los datos de su Inscripción en el Registro Público de la Propiedad) |
Protesto lo necesario
______________________________________________________
(Nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante)
Anexo 9A.- Formato para solicitar respuestas a preguntas.
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Presente
Licitación: |
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Fecha: |
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Nombre o Razón Social del licitante |
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Domicilio |
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R.F.C. |
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Teléfono |
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Correo Electrónico |
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1.- Numerales de la convocatoria
(1) Numeral de la convocatoria |
(2) No. de pregunta y/o aclaración |
(3) Pregunta y/o aclaración |
Respuesta IMSS |
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Nota. Este documento se podrá reproducir cuantas veces sea necesario.
A T E N T A M E N T E
Protesto lo necesario
______________________________________________________
(Nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante)
Anexo 10.- Solicitud de clasificación de información.
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Presente
___(Nombre)______, en mi carácter de _________________________, de la ___(Persona Moral)___, manifiesto por medio de la presente que los documentos contenidos en mi proposición y remitida a la convocante para el procedimiento de contratación número __-019GYR019-E__-2017, que contiene a su vez información de carácter Confidencial y Comercial Reservada con fundamento en los artículos 97, 98, 110 fracción XIII, 111 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
(El licitante deberá de señalar y fundamentar los numerales de su proposición administrativa-legal y/o técnica que considere información confidencial y/o comercial reservada.). Cabe señalar que de no clasificarse la información por parte del licitante en los términos señalados, la información presentada como parte de su proposición técnica – legal - económica tendrá tratamiento de información de carácter público.
___________________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal
Anexo 11.- Propuesta económica.
Licitacion pública nacional número LA-019GYR019-E***-2017:
P A R T I D A ÚNICA |
NOMBRE DEL SERVICIO |
Xxxxxx Xxxx Propuesto Sin IVA |
Servicios de consultoría para la Oficina de Administración del Proyecto (PMO) en la etapa de implementación del Nuevo Modelo Operativo para la Transformación de la Administración Financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social (NMO TAF – IMSS) |
$ XX.XX |
Los precios serán fijos durante la vigencia del contrato.
Nombre y firma del representante legal |
Anexo 12.- Modelo de contrato.
Contrato para la prestación del servicio de consultoría para la administración del proyecto (PMO) en la etapa de implementación del modelo operativo para la transformación de la administración financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social, que celebran por una parte el INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, que en lo sucesivo se denominará "EL INSTITUTO", representado en este acto por XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, en su carácter de Apoderado Legal, y por la otra parte, la empresa ___________________________, a quien en lo sucesivo se le denominará como "EL PROVEEDOR", representada por __________________ en su carácter de Apoderado Legal, y a quienes en forma conjunta se les denominará “LAS PARTES”, al tenor de las declaraciones y cláusulas siguientes:
D E C L A R A C I O N E S
I.- “EL INSTITUTO” declara, a través de su Apoderado legal, que:
I.1.- Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene a su cargo la organización y administración del Seguro Social, como un servicio público de carácter nacional, en términos de los artículos 4° y 5° de la Ley del Seguro Social.
I.2.- Está facultado para contratar los servicios necesarios, en términos de la legislación vigente, para la consecución de los fines para los que fue creado, de conformidad con el artículo 251 fracción IV de la Ley del Seguro Social.
I.3.- Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento jurídico en representación de "EL INSTITUTO", de acuerdo al poder que le fue conferido en la Escritura Pública número 81,503 de fecha 30 de octubre de 2015, otorgada ante la fe del Licenciado Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx, Notario Público número 7 del Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio 97-7-09112015-191844, y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron conferidas no le han sido revocadas, modificadas, ni restringidas en forma alguna.|
I.4.- ___________________, Titular de Coordinación de Presupuesto e Información Programática y ____________________ Titular de la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones de “EL INSTITUTO”, intervienen en la firma del presente instrumento jurídico como administradores de este contrato, responsables de dar seguimiento y verificar el cumplimiento de los derechos y obligaciones establecidos en el presente instrumento jurídico, conforme a lo dispuesto en el artículo 84 penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
I.5.- Para el cumplimiento de sus funciones y la realización de sus actividades requiere de la prestación del servicio de consultoría para la administración del proyecto (PMO) en la etapa de implementación del modelo operativo para la transformación de la administración financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social, solicitado por la _________________.
I.6.- Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, cuenta con los recursos disponibles suficientes, no comprometidos, en la partida presupuestal número de cuenta _____de conformidad con el Dictamen de Disponibilidad Presupuestal Previo, con número de folio __________ de fecha __de ______ de 201_, mismo que se agrega al presente contrato como Anexo 1 (uno).
I.7- El presente contrato fue adjudicado a “EL PROVEEDOR” mediante el procedimiento de ____________ número _________________ con fundamento en los artículos 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, _________________, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones legales aplicables en la materia.
I.8.- Con fecha __de _____ de 2017 la Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos, emitió el Acta de __________ del Procedimiento mencionado en la Declaración que antecede, adjudicando a "EL PROVEEDOR” el servicio que se detalla en el Anexo 3 (tres) del presente contrato.
I.9.- De conformidad con lo previsto en el artículo 81 fracción IV del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de discrepancia entre el contenido de la __________ y el presente instrumento jurídico, prevalecerá lo establecido en la __________ respectiva.
I.10.- Señala como domicilio para todos los efectos de este acto jurídico, el ubicado en la xxxxx xx Xxxxxxx xxxxxx 000 X.X., Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
II.-”EL PROVEEDOR”, declara a través de su apoderado legal, que:
II.1.- Es una Sociedad Mercantil debidamente constituida, de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en la Escritura Pública _____ de fecha __ de _______ de ____ otorgada ante la fe del Licenciado _________________, Notario Público número ___ de ___________; inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la misma Entidad, en el folio mercantil electrónico número _______.
II.2.- Se encuentra representada para la celebración de este contrato, por _______________, quien acredita su personalidad en términos de la Escritura Pública número _____ de fecha __ de _______ de ____ otorgada ante la fe del Licenciado _________________, Notario Público número ___ de ________________; inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la misma Entidad, en el folio mercantil electrónico número _______ y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron conferidas no le han sido revocadas, modificadas, ni restringidas en forma alguna.
II.3.- De acuerdo con sus estatutos, el objeto social consiste entre otras actividades, en _________________________________________________________________________________________________________________
II.4.- Cuenta con los registros siguientes:
Registro Federal de Contribuyentes: ____________.
Registro Patronal ante “EL INSTITUTO”: ______________.
II.5.- Cuenta con el documento correspondiente, vigente y expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), relativo a la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, conforme a lo dispuesto por la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2017 y de conformidad con el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, del cual presenta copia a “EL INSTITUTO” para efectos de la suscripción del presente contrato.
II.6.- Sus trabajadores se encuentran inscritos en el régimen obligatorio del Seguro Social, y al corriente en el pago de las cuotas obrero patronales a que haya lugar, conforme a lo dispuesto en la Ley del Seguro Social, cuyas constancias correspondientes debidamente emitidas por “EL INSTITUTO” exhibe para efectos de la suscripción del presente instrumento jurídico.
II.7.- Cuenta por sí o por conducto de quien subcontrate para el cumplimiento del objeto del presente contrato con el documento correspondiente, vigente, expedido por “EL INSTITUTO” relativo a la opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, conforme al Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR dictado por el H. Consejo Técnico de “EL INSTITUTO” en la sesión ordinaria celebrada el 10 de diciembre de 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015 y su modificación publicada en el mismo de fecha 3 xx xxxxx de 2015, el cual exhibe para efectos de la suscripción del presente instrumento jurídico.
En caso de incumplimiento en sus obligaciones en materia de seguridad social, solicita se apliquen los recursos derivados del presente contrato, contra los adeudos que, en su caso, tuviera a favor de “EL INSTITUTO”.
Asimismo, la subcontratante cuenta con la opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), vigente a la firma del presente contrato, en términos del último párrafo del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como las Reglas 2.1.31 y 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2017 publicada el 23 de diciembre de 2016 y sus actualizaciones. (EN EL CASO DE APLICAR DE ACUERDO AL MONTO Y SI CUENTA CON UNA EMPRESA SUBCONTRATANTE).
Nota: en caso de que “EL PROVEEDOR”: a) no se encuentre registrado ante “EL INSTITUTO” (aplicable para contratos a formalizar con personas físicas que presenten sus servicios por sí mismos) o; b) cuente con registro patronal pero se encuentre dado de baja o; c) no tenga personal que sea sujeto de aseguramiento obligatorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la LSS; no podrá obtener la citada opinión positiva, sin embargo podrá dar cumplimiento a tal requerimiento presentando lo siguiente:
Documento emitido por “EL INSTITUTO” (resultado de la consulta en el sistema institucional para obtener la opinión), en el que se haga constar que no puede emitir opinión de cumplimiento, de conformidad con la Regla Quinta del Anexo Único del ACDO.SA1.HCT.101214/281/281.P.DIR;
Escrito libre, bajo protesta de decir verdad, que no le es posible obtener la multicitada opinión, justificando el motivo y anexando el documento en el que conste que no se puede emitir la misma y;
En el caso de que el particular manifieste que presta sus servicios a través de trabajadores subcontratados con un tercero, deberá presentar, en tal caso, junto con la documentación citada en los dos numerales anteriores, la opinión de cumplimiento de obligaciones del subcontratante, desde luego, vigente y positiva (lo anterior en términos del artículo 15-A de la LSS)
En el caso de aquellos patrones (proveedores o contratistas y sus subcontratados) que tengan más de un registro patronal ante el Instituto y alguno o más de estos registros no se encuentre al corriente en el cumplimiento de las multicitadas obligaciones, no se podrá considerar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de dichas obligaciones, aun cuando el registro patronal que haya utilizado para el contrato de que se trate sí se encuentre al corriente en sus pagos, por lo que deberá regularizar todos sus registros a efecto de poder obtener la opinión positiva.
II.8.- Manifiesta bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En caso de que "EL PROVEEDOR" se encuentre en los supuestos señalados anteriormente, el contrato será nulo previa determinación de la autoridad competente de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
II.9.- Conforme a lo previsto en los artículos 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 107 de su Reglamento, “EL PROVEEDOR” en caso de auditorías, visitas o inspecciones que practique la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en “EL INSTITUTO” deberá proporcionar la información que en su momento se requiera, relativa al presente contrato.
II.10.- Reúne las condiciones de organización, experiencia, personal capacitado y demás recursos técnicos, humanos y económicos necesarios, así como con la capacidad legal suficiente para cumplir con las obligaciones que contrae por medio de este instrumento jurídico.
II.11.- Para efectos legales y de notificación relacionados con el presente contrato en términos de lo establecido en el artículo 49 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, señala como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos que deriven del presente contrato, el ubicado en calle _____, número ____, Colonia _____, Delegación ____________Código Postal _____, Ciudad de México, _______; teléfono ________; fax. __________; correo electrónico: ______________
Hechas las Declaraciones anteriores, “LAS PARTES” convienen en otorgar el presente contrato, de conformidad con las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “EL INSTITUTO” requiere contratar de “EL PROVEEDOR” y éste se obliga a prestar el servicio de consultoría para la administración del proyecto (PMO) en la etapa de implementación del modelo operativo para la transformación de la administración financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social, cuyas características, alcances y especificaciones se describen en los Anexos 2 (dos) y 3 (tres) del presente contrato.
SEGUNDA- IMPORTE DEL CONTRATO.- Como contraprestación por la efectiva y satisfactoria prestación de los servicios objeto del presente contrato “EL INSTITUTO” pagará a “EL PROVEEDOR” la cantidad de $_,__, (______ __/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), de conformidad con los precios unitarios establecidos en el Anexo 3 (tres), del presente instrumento jurídico.
“LAS PARTES” convienen que el presente contrato se celebra bajo la modalidad de precios fijos, de acuerdo a los precios unitarios pactados, por lo que el monto de los mismos no cambiará durante la vigencia del presente instrumento jurídico.
TERCERA.- FORMA DE PAGO.- El pago se realizará dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a aquél en que “EL PROVEEDOR” presente en la División de Trámite de Erogaciones, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 00, Xxxxxxx Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, de lunes a viernes con un horario de 9:00 a 13:00 horas, reproducción impresa del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que avale la prestación del servicio.
El costo de la prestación del servicio será pagado atendiendo a los porcentajes establecidos en el Programa de Entregas incluidos en el numeral 4 de los Términos y Condiciones que forman parte del Anexo 2 (dos) de este contrato, previo Visto Bueno del (los) administrador(es) del presente contrato, mediante de acta de entrega recepción del servicio a satisfacción de “EL INSTITUTO” de los entregables que se establecen en el cronograma de actividades respectivo.
“EL PROVEEDOR” elaborará CFDI a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social, Registro Federal de Contribuyentes IMS-421231-I45, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, el cual deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en la Ley de la materia y en la que se indiquen los servicios prestados, número de proveedor, número de contrato y número de fianza.
“EL PROVEEDOR” acepta que “EL INSTITUTO” le efectúe el pago a través de transferencia electrónica, obligándose para tal efecto a proporcionar en su oportunidad el número de cuenta, CLABE, Banco y Sucursal a nombre de “EL PROVEEDOR”.
El pago se depositará en la fecha programada para tal efecto, si la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR” está contratada con Banorte, S.A., BBVA Bancomer, S.A., HSBC, S.A. o Scotiabank Inverlat, S.A., o a través del esquema interbancario vía SPEI (Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios) si la cuenta pertenece a un banco distinto a los mencionados.
En apego a los Lineamientos para la Verificación del Cumplimiento de las Obligaciones en Materia de Seguridad Social de los Proveedores y Contratistas, “EL PROVEEDOR” deberá presentar una copia de la opinión (positiva y vigente) por cada trámite de pago, la cual puede ser consultada a través de la página electrónica xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx, en los términos requeridos por “EL INSTITUTO”.
“EL PROVEEDOR” deberá expedir sus facturas en el esquema de facturación electrónica CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet), la recepción de las mismas será a través del Portal de Servicios a proveedores, y deberán ser proporcionadas en su formato XML; la validez de las mismas será determinada durante la carga y únicamente las facturas fiscalmente validas serán procedentes para pago. “EL PROVEEDOR” deberá proporcionar a las áreas financieras una representación impresa de la misma que cumpla con las especificaciones normadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la representación impresa por sí misma no será sustento para pago si no se hace la carga del XML del cual se originó o si la misma no es una representación fiel del XML origen.
“EL PROVEEDOR” se obliga a no cancelar ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) los comprobantes fiscales digitales a favor de “EL INSTITUTO” previamente validados en el Portal de Servicios a Proveedores, salvo justificación y comunicación por parte del mismo a la administradora del presente contrato para su autorización expresa, debiendo este informar al Área de Trámite de Erogaciones de dicha justificación y reposición del comprobante fiscal digital en su caso.
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente su (CFDI) o factura con errores o deficiencias, conforme a lo previsto en los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL INSTITUTO” dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la recepción de la misma, indicará por escrito a “EL PROVEEDOR” las deficiencias o errores que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “EL PROVEEDOR” presente las correcciones no se computará dentro del plazo estipulado para el pago.
“EL PROVEEDOR” para efectos de transferir los derechos de cobro deberá contar con el consentimiento de “EL INSTITUTO” para lo cual deberá notificarlo por escrito a “EL INSTITUTO” con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión. El mismo procedimiento aplicará en caso de que “EL PROVEEDOR” celebre contrato de Cesión de Derechos de Cobro a través de factoraje financiero conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo.
En caso de que “EL PROVEEDOR” reciba pagos en exceso, deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL INSTITUTO”.
El pago de los servicios quedará condicionado al descuento que “EL INSTITUTO” efectuará a “EL PROVEEDOR” por concepto de deducciones y penas convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido por el artículo 95 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CUARTA.- PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a prestar a “EL INSTITUTO” el servicio que se menciona en la Cláusula Primera del presente instrumento jurídico, conforme a lo señalado en los Anexos 2 (dos) y 3 (tres) y de acuerdo a lo siguiente:
PLAZO.- La prestación del servicio de 88 (ochenta y ocho) semanas contadas a partir de la fecha de la notificación del fallo.
LUGAR.- El servicio objeto de este contrato se realizará __________________________ de acuerdo a lo establecido en el Anexo __ (___) de este contrato.
CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a prestar los servicios que se menciona en la Cláusula Primera del presente instrumento jurídico, cuyas características, alcances, especificaciones, entregables y demás condiciones se encuentran establecidas en el Anexo Técnico y Términos y Condiciones, mismos que se agregan al Anexo 2 (dos) del presente contrato.
PROGRAMAS DE ENTREGA.- Cada uno de los entregables derivados de la prestación de los servicios objeto de este contrato serán entregados a por “EL PROVEEDOR” a “EL INSTITUTO” de acuerdo a lo establecido en los numerales 4 y 11 de los Términos y Condiciones que forman parte del Anexo 2 (dos) de este contrato.
Será responsabilidad de “EL PROVEEDOR” realizar entre otras las siguientes actividades:
Coordinar las actividades de las unidades de negocio involucradas (35 Delegaciones, 25 Unidades Médicas de Alta Especialidad y las Áreas Normativas de todas las Direcciones de Nivel Central), durante las distintas etapas del Proyecto de implementación del Nuevo Modelo Operativo TAF (NMO TAF-IMSS).
Verificar que los recursos humanos, financieros y materiales destinados al proyecto se utilicen eficientemente.
Entregar una propuesta que permita el seguimiento y gestión del proyecto, en la cual se incluirán los documentos, métricas, reportes, parámetros para monitorear al proyecto y generar información que sea utilizada por el “Gobierno del Proyecto. Vinculación de los Sistemas de Gestión Financiera y Administrativa en la Plataforma PeopleSoft 9.1” (en adelante el Gobierno del Proyecto) en el proceso de toma de decisiones para alcanzar el objetivo.
Elaborar un Plan de Trabajo Maestro que integre las actividades de la fábrica de software o proveedor contratado por la DIDT para el desarrollo de la plataforma tecnológica, así como las correspondientes a las diversas unidades de negocio involucradas; lo anterior, tomando como base la Propuesta de Implementación.
Ejecutar cabalmente las actividades de la PMO estipuladas en el Plan de Trabajo Maestro. Asimismo, deberá vigilar que las acciones de los otros involucrados en el Proyecto no produzcan sobrecostos y retrasos, ocasionados por la planeación deficiente de la utilización de los recursos, la carencia de mecanismos de control y de mitigación de riesgos y falta de retroalimentación y comunicación entre las diversas áreas del Instituto y la fábrica de software (proveedor contratado por la DIDT para el desarrollo de la plataforma tecnológica).
Asistir a las sesiones de los Comités y grupos de trabajo que integran el Gobierno del Proyecto (estructura organizacional para guiar y dirigir el proceso de instrumentación del NMO) e informar sobre los avances y el seguimiento del proyecto, de conformidad con los tiempos y formatos que para tales efectos se establezcan.
Minimizar los impactos que puedan generarse por las desviaciones de la ruta crítica definida para el proyecto.
Elaborar una estrategia para la resolución de conflictos, que además promueva el trabajo en equipo.
Verificar que se realicen las modificaciones y/o actualizaciones a la normatividad interna del Instituto, para cumplir con lo estipulado en la LGCG y en los lineamientos emitidos por el CONAC.
Elaborar el documento de cierre del Proyecto.
En general, realizará todas las actividades que le permita identificar a los actores involucrados en el proyecto, los avances y retrasos del mismo, así como los riesgos y acciones para mitigarlos. En otras palabras, ejecutará actividades que apoyen la ejecución del Proyecto de implementación del NMO TAF-IMSS, de conformidad con lo establecido en la Propuesta de Implementación. “EL PROVEEDOR” también vigilará que el NMO TAF-IMSS implementado por la DIDT cumpla la Propuesta de Implementación y con el NMO TAF-IMSS, así como que los entregables documentales estén armonizados con la funcionalidad recibida y que los mismos se entreguen de conformidad con los planes de trabajo definidos. Con base en lo anterior, elaborará informes en los cuales se presentará el avance de todas las actividades que integran al proyecto, con el objetivo de que los Comités y grupos de trabajo que integran el Gobierno del Proyecto controlen, monitoreen y decidan los cursos de acción para alcanzar el objetivo del proyecto.
Cabe resaltar que mientras no se cumpla con las condiciones de la prestación del servicio establecidas, “EL INSTITUTO” no dará por aceptado el servicio objeto de este requerimiento.
QUINTA.- VIGENCIA.- “LAS PARTES” convienen que la vigencia del presente contrato es de 88 (ochenta y ocho) semanas, tomando en cuenta para el inicio el día de la notificación del fallo.
SEXTA.- TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE COBRO. “EL PROVEEDOR” se obliga a no transferir o ceder por ningún título, en forma total o parcial, a favor de cualquier otra persona física o moral, sus derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato; a excepción de los derechos de cobro, debiendo en este caso, solicitar por escrito el consentimiento de “EL INSTITUTO” a través de la administradora del presente contrato para tal efecto.
“EL PROVEEDOR”, deberá presentar la solicitud correspondiente dentro de los 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, a la que deberá adjuntar una copia de los contra-recibos cuyo importe transfiere, y demás documentos sustantivos de dicha transferencia, lo cual será necesario para efectuar el pago correspondiente.
Si con motivo de la transferencia de los derechos de cobro solicitada por “EL PROVEEDOR” se origina un retraso en el pago, no procederá el pago de los gastos financieros a que hace referencia el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SÉPTIMA.- RESPONSABILIDAD.- “EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, llegue a causar a “EL INSTITUTO” y/o a terceros, con motivo de las obligaciones pactadas en este instrumento jurídico, o deficiencias presentadas de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
OCTAVA.- CONTRIBUCIONES.- Los impuestos y/o derechos que procedan con motivo del servicio objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR” conforme a la legislación aplicable en la materia.
“EL INSTITUTO” sólo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) de acuerdo a lo establecido en las disposiciones fiscales vigentes en la materia.
“EL PROVEEDOR” en su caso, cumplirá con la inscripción de sus trabajadores en el régimen obligatorio del Seguro Social, así como con el pago de las cuotas obrero-patronales a que haya lugar, conforme a lo dispuesto en la Ley del Seguro Social. “EL INSTITUTO” a través del Área fiscalizadora competente podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de dicha obligación.
Si “EL PROVEEDOR” tuviera cuentas líquidas y exigibles a su cargo por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en el artículo 40 B de la Ley del Seguro Social, acepta que “EL INSTITUTO” las compense con el o los pagos que tenga que hacerle por concepto de contraprestación que le corresponda percibir con motivo del presente instrumento jurídico.
NOVENA.- PATENTES Y/O MARCAS.- “EL PROVEEDOR” se obliga para con “EL INSTITUTO”, a responder por los daños y/o perjuicios que pudiera causar a “EL INSTITUTO” y/o a terceros, si con motivo de la prestación de los servicios se violan derechos de autor, de patentes y/o marcas u otro derecho reservado a nivel Nacional o Internacional.
Por lo anterior, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción a la Ley Federal del Derecho de Autor, ni a la Ley de la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTO" por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de éste será la de dar aviso en el domicilio previsto en este instrumento jurídico a "EL PROVEEDOR", para que éste lleve a cabo las acciones necesarias que garanticen la liberación de "EL INSTITUTO" de cualquier controversia o responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o administrativa que, en su caso, se ocasione.
Lo anterior de conformidad a lo establecido en el artículo 45 fracción XX de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma de este instrumento jurídico, en términos del artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, una garantía de cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada en los términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas a favor del “Instituto Mexicano del Seguro Social”, por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) sobre el importe máximo que se indica en la Cláusula Segunda del presente contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), en Moneda Nacional.
"EL PROVEEDOR" queda obligado a entregar a "EL INSTITUTO" la póliza de fianza antes señalada, en la División de Contratos, ubicada en la Xxxxx xx Xxxxxxx xxxxxx 000 00x xxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000 Xxxxxx xx Xxxxxx, apegándose al formato que para tal efecto se entregará en la referida División.
Dicha póliza de garantía de cumplimiento del contrato se liberará de forma inmediata a “EL PROVEEDOR” una vez que “EL INSTITUTO” le otorgue autorización por escrito, para que éste pueda solicitar a la afianzadora correspondiente la cancelación de la fianza, autorización que se entregará a "EL PROVEEDOR" siempre que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas por virtud del presente contrato; para lo cual deberá presentar mediante escrito la solicitud de liberación de la fianza en la División de Contratos, misma que llevará a cabo el procedimiento para su liberación y entrega.
La administradora de este contrato solicitará en un término no mayor a 30 (treinta) días naturales posteriores a la verificación del cumplimiento o terminación de vigencia de este instrumento jurídico, la cancelación de la garantía de cumplimiento al área contratante.
No obstante lo anterior, y toda vez que el monto del presente contrato es menor a 900 (novecientos) xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la Ciudad de México, "EL PROVEEDOR" podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, en favor de "EL INSTITUTO" siendo necesario considerar lo siguiente:
El cheque debe expedirse a nombre del "Instituto Mexicano del Seguro Social".
Dicho cheque deber ser resguardado, a título de garantía, por "EL INSTITUTO" en la División de Contratos.
El cheque será devuelto a solicitud, por escrito de "EL PROVEEDOR" el segundo día hábil posterior a que "EL INSTITUTO" constate el cumplimiento del presente instrumento, previa validación del área usuaria.
DÉCIMA PRIMERA.- EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO.- “EL INSTITUTO”, llevará a cabo la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato en los casos siguientes:
a) Se rescinda administrativamente el presente contrato.
b) Durante su vigencia se detecten deficiencias, fallas o calidad inferior del servicio prestado, en comparación con lo ofertado.
c) Cuando en el supuesto de que se realicen modificaciones al contrato, no entregue “EL PROVEEDOR” en el plazo pactado, el endoso o la nueva garantía, que ampare el porcentaje establecido para garantizar el cumplimiento del presente instrumento, establecido en la Cláusula Décima.
d) Por cualquier otro incumplimiento de las obligaciones contraídas en este contrato.
De conformidad con el artículo 81 fracción II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la aplicación de la garantía de cumplimiento se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada.
DÉCIMA SEGUNDA.- PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO EN LA PRESTACION DEL SERVICIO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se aplicarán penas convencionales por cada día de atraso en el inicio de las tres fases descritas en el anexo técnico que forma parte del Anexo 2 (dos) de este contrato, de acuerdo al cronograma acordado con “EL INSTITUTO”, así como en el retraso en la entrega de los entregables o de las correcciones a los mismos, de acuerdo a los tiempos establecidos en contrato, por el equivalente al 2.5% (dos punto cinco por ciento) sobre el valor total de lo incumplido, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
La pena convencional por atraso, se calculará por cada día de incumplimiento hasta un máximo de 4 (cuatro) días naturales de acuerdo con el porcentaje de penalización establecido, aplicado al valor de los servicios prestados con atraso y de manera proporcional al importe de la garantía de cumplimiento que corresponda. La suma de las penas convencionales no deberá exceder el importe de dicha garantía
La administradora del presente contrato será el responsable de determinar, calcular y notificar a “EL PROVEEDOR” las penas convencionales, así como vigilar el registro o captura y validar en el sistema PREI Millenium, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la conclusión del incumplimiento, la aplicación de las penas convencionales, objeto del presente instrumento jurídico, y comunicar los incumplimientos.
“EL INSTITUTO” descontará las cantidades que resulten de aplicar la pena convencional, sobre los pagos que deba cubrir a “EL PROVEEDOR”. Por lo tanto “EL PROVEEDOR” autoriza a descontar las cantidades que resulten de aplicar las sanciones señaladas en párrafos anteriores, sobre los pagos que a éste deba cubrirle “EL INSTITUTO” durante el periodo en que incurra y/o se mantenga en incumplimiento con motivo de la prestación de los servicios.
Para autorizar el pago de los servicios, previamente “EL PROVEEDOR” tiene que haber cubierto las penas convencionales aplicadas conforme a lo dispuesto en el presente contrato. La administradora del presente contrato, será el responsable de verificar que se cumpla con esta obligación, dentro de 5 (cinco) días hábiles siguientes a la conclusión del incumplimiento.
DÉCIMA TERCERA.- DEDUCCIONES.- En términos del artículo 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento, por motivo de incumplimientos parciales de las obligaciones o prestaciones deficientes de los servicios se aplicarán a “EL PROVEEDOR” deducciones cuando los entregables o los documentos que los integran no estén completos y/o contengan deficiencias, se aplicara deducciones de 1% (uno por ciento) por cada uno de ellos hasta por el 10% (diez por ciento) del monto total del pago correspondiente. En caso de exceder el límite se considerará como no entregada la información y se iniciará el proceso de recisión correspondiente.
“EL PROVEEDOR” a su vez, autoriza a “EL INSTITUTO” a descontar las cantidades que resulten de aplicar las deductivas en comento, sobre los pagos que deba cubrir.
Los administradores del presente contrato serán los responsables de efectuar el cálculo, aplicación y seguimiento de las deducciones por la prestación deficiente de los servicios.
Dichas deductivas se calcularán hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación sin que cada concepto de deducción exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total de este contrato.
DÉCIMA CUARTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- De conformidad con lo establecido en el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 102 de su Reglamento, “EL INSTITUTO” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el servicio objeto del presente contrato, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a “EL INSTITUTO” o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al presente instrumento jurídico, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública.
La terminación anticipada del presente contrato se sustentará mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma. Los gastos no recuperables por la terminación anticipada serán pagados siempre que éstos sean razonables, estén comprobados y se relacionen directamente con el presente instrumento jurídico.
DÉCIMA QUINTA.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.- En caso fortuito o fuerza mayor, bajo su responsabilidad, “EL INSTITUTO” podrá suspender la prestación del servicio en términos del artículo 55 Bis, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente prestados.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “EL INSTITUTO” se pagarán previa solicitud de “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables de conformidad con el artículo 102 fracción II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para lo cual deberá presentar su solicitud a “EL INSTITUTO” para su revisión y validación, una relación pormenorizada de los gastos, los cuales deberán estar debidamente justificados, sean razonables, se relacionen directamente con el objeto del contrato y a entera satisfacción de la administradora del mismo.
DÉCIMA SEXTA.- CAUSALES DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- “EL INSTITUTO” podrá rescindir administrativamente este contrato sin más responsabilidad para el mismo y sin necesidad de resolución judicial, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en cualquiera de las causales que de manera enunciativa más no limitativa se señalan a continuación:
Cuando no entregue la garantía de cumplimiento del contrato, dentro del término de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del mismo.
Cuando el proveedor incurra en falta de veracidad total o parcial respecto a la información proporcionada para la celebración del contrato.
Cuando se incumpla, total o parcialmente, con cualesquiera de las obligaciones establecidas en el contrato y sus anexos.
Cuando se compruebe que “EL PROVEEDOR” haya prestado el servicio con alcances o características distintas a las pactadas en esta contratación.
Cuando se transmitan total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones a que se refiere el presente anexo, con excepción de los derechos de cobro, previa autorización de “EL INSTITUTO”.
Si la autoridad competente declara el concurso mercantil o cualquier situación análoga o equivalente que afecte el patrimonio de “EL PROVEEDOR”.
Cuando de manera reiterativa y constante, “EL PROVEEDOR”, sea sancionado por parte de “EL INSTITUTO” con penalizaciones o deducciones sobre el mismo concepto de los servicios que proporciona a “EL INSTITUTO” y con ello se afecten los intereses de “EL INSTITUTO”.
En el supuesto de que la Comisión Federal de Competencia, de acuerdo a sus facultades, notifique a “EL INSTITUTO” la sanción impuesta a “EL PROVEEDOR”, con motivo de la colusión de precios en que hubiese incurrido durante el procedimiento en contravención a lo dispuesto en los artículos 9, de la Ley Federal de Competencia Económica y 34, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Cuando las sanciones por penalizaciones superen el monto de la fianza.
Cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo, de conformidad con el procedimiento previsto en el Artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Si “EL PROVEEDOR” no permite a “EL INSTITUTO” la administración y verificación a que se refiere la Cláusula correspondiente de este contrato.
DÉCIMA SÉPTIMA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- “EL INSTITUTO”, en términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, podrá rescindir administrativamente el presente contrato en cualquier momento, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo, de conformidad con el procedimiento siguiente:
Si “EL INSTITUTO” considera que “EL PROVEEDOR” ha incurrido en alguna de las causales de rescisión que se consignan en la Cláusula que antecede, lo hará saber a “EL PROVEEDOR” de forma indubitable por escrito, a efecto de que éste exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes, en un término de 5 (cinco) días hábiles, a partir de la notificación de la comunicación de referencia.
Transcurrido el término a que se refiere el inciso anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer.
La determinación de dar o no por rescindido administrativamente el presente contrato, deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada por escrito a “EL PROVEEDOR” dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, al vencimiento del plazo señalado en el inciso a) de esta Cláusula.
En el supuesto de que se rescinda este contrato, "EL INSTITUTO" no aplicarán las penas convencionales y/o deducciones, ni su contabilización para hacer efectiva la garantía de cumplimiento de este instrumento jurídico.
En caso de que “EL INSTITUTO” determine dar por rescindido el presente contrato, se deberá formular y notificar un finiquito dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión, de conformidad con el artículo 99 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en el que se hagan constar los pagos que, en su caso, deba efectuar “EL INSTITUTO”, por concepto de la prestación de los servicios por “EL PROVEEDOR” hasta el momento en que se determine la rescisión administrativa.
Iniciado un procedimiento de conciliación “EL INSTITUTO”, bajo su responsabilidad podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido este contrato, "EL PROVEEDOR" presta los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efectos, previa aceptación y verificación de "EL INSTITUTO" por escrito, de que continúa vigente la necesidad de contar con los servicios y aplicando, en su caso, las penas convencionales y/o deducciones correspondientes.
"EL INSTITUTO" podrá determinar no dar por rescindido este contrato, cuando durante el procedimiento advierta que dicha rescisión pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, "EL INSTITUTO" elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
De no darse por rescindido este contrato, "EL INSTITUTO" establecerá, de conformidad con "EL PROVEEDOR" un nuevo plazo para el cumplimiento de aquellas obligaciones que se hubiesen dejado de cumplir, a efecto de que "EL PROVEEDOR" subsane el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento de rescisión. Lo anterior, se llevará a cabo a través de un convenio modificatorio en el que se atenderá a las condiciones previstas en los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA OCTAVA.- PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN.- En cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, “EL PROVEEDOR” o “EL INSTITUTO” podrán presentar ante el Órgano Interno de Control en “EL INSTITUTO” solicitud de conciliación por desavenencias, derivadas del presente instrumento jurídico, conforme a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
La solicitud se presentará mediante escrito, el cual contendrá los requisitos contenidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además hará referencia al número de contrato, al servidor público encargado de su administración, objeto, vigencia y el monto del contrato, señalando, en su caso, sobre la existencia de convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de los instrumentos consensuales debidamente suscritos.
DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.- “EL PROVEEDOR” reconoce que los servicios objeto del presente proyecto son por encargo de “EL INSTITUTO”, consecuentemente reconoce que todos y cada uno de los documentos, reportes, medios magnéticos, estudios, estrategias, servicios y demás materiales entregables que se generen en la prestación de los servicios o como consecuencia de los mismos, pasarán a ser propiedad de “EL INSTITUTO”, quedando obligado “EL PROVEEDOR” a entregarlos al término de la vigencia de este contrato o en el momento que “EL INSTITUTO” lo requiera, salvo que exista impedimento en términos de las disposiciones legales aplicables.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” se obliga a no realizar a su nombre ni a favor de terceros, cualquier registro de obra, marca, derechos conexos, reserva de derechos, diseño industrial y, en general, cualquier derecho de propiedad intelectual, respecto de cualquiera de los productos o de sus elementos que se deriven de la prestación de los servicios.
VIGÉSIMA.- CONFIDENCIALIDAD.- Todos los documentos suministrados por “EL INSTITUTO” a “EL PROVEEDOR” en relación con el proyecto serán, según solicitud escrita de “EL INSTITUTO”, destruidos o devueltos a éste, por “EL PROVEEDOR”.
“EL PROVEEDOR” se obliga a mantener la más estricta confidencialidad sobre la información suministrada por “EL INSTITUTO”, o a la que tenga acceso, con motivo de la prestación de los servicios; sea o no confidencial o reservada es propiedad de este último por consiguiente, le está expresamente prohibido a “EL PROVEEDOR” transmitir, divulgar o comercializar total o parcialmente información confidencial o reservada y ésta será manejada por “EL PROVEEDOR” con carácter estrictamente confidencial o reservada.
“EL PROVEEDOR” adoptará precauciones razonables para proteger la información confidencial o reservada de “EL INSTITUTO”. Como mínimo, tales precauciones serán tan estrictas como las que cada una de las partes adopta para proteger su propia información confidencial o reservada. “EL INSTITUTO” comunicará la información confidencial o reservada a “EL PROVEEDOR” que este necesite conocer para realizar los servicios, tal comunicación se hará sujeta a las obligaciones de confidencialidad que se establezcan en este contrato. Por tal motivo, “EL PROVEEDOR” asume expresamente cualquier responsabilidad que se derive del incumplimiento por parte de sus respectivos empleados a las obligaciones de confidencialidad descritas en este contrato. Cuando la información confidencial o reservada ya no sea necesaria, “EL PROVEEDOR” la devolverá a “EL INSTITUTO” o la destruirá si este así lo solicitara.
“EL PROVEEDOR” notificará inmediatamente a “EL INSTITUTO” en caso de descubrir un uso, revelación o divulgación no autorizados de información confidencial o reservada, y cooperará con “EL INSTITUTO” en forma razonable para ayudarlo a retomar posesión e impedir usos no autorizados adicionales de su información confidencial o reservada.
“EL INSTITUTO” informará por escrito a “EL PROVEEDOR” cuando los códigos, documentos, consumibles y archivos deban tener carácter de confidencial, respetando en todo momento las disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
VIGÉSIMA PRIMERA.- RELACIÓN LABORAL.- “LAS PARTES” convienen en que “EL INSTITUTO”, no adquiere ninguna obligación de carácter laboral para con “EL PROVEEDOR”, ni para con los trabajadores que el mismo contrate para la realización del objeto del presente instrumento jurídico, toda vez que dicho personal depende exclusivamente de “EL PROVEEDOR”.
Por lo anterior, no se le considerará a “EL INSTITUTO” como patrón, ni aún substituto, y “EL PROVEEDOR”, expresamente lo exime de cualquier responsabilidad de carácter civil, fiscal, de seguridad social, laboral o de otra especie, que en su caso pudiera llegar a generarse.
“EL PROVEEDOR” se obliga a liberar a “EL INSTITUTO” de cualquier reclamación de índole laboral o de seguridad social que sea presentada por parte de sus trabajadores, ante las autoridades competentes.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES.- De conformidad con lo establecido en los artículos 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 91 de su Reglamento, “EL INSTITUTO” podrá celebrar por escrito Convenio Modificatorio, al presente contrato dentro de la vigencia del mismo. Para tal efecto, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar, en su caso, la modificación de la garantía, en términos del artículo 103 fracción II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
PRÓRROGAS.- Asimismo se podrán acordar prórrogas al plazo de entrega originalmente pactado por caso fortuito, fuerza mayor o por causas atribuibles a “EL INSTITUTO”, lo cual deberá estar debidamente acreditado en el expediente de contratación respectivo. “EL PROVEEDOR” puede solicitar la modificación del plazo originalmente pactado cuando se actualicen y se acrediten los supuestos de caso fortuito o de fuerza mayor.
Cualquier modificación a los derechos y obligaciones estipuladas por “LAS PARTES” en el presente contrato, deberá formalizarse mediante convenio y por escrito, mismo que será suscrito por los servidores públicos que lo hayan hecho en el contrato, quienes los sustituyan o estén facultados para ello.
VIGÉSIMA TERCERA.- ADMINISTRACIÓN Y VERIFICACIÓN.- Será responsabilidad de los servidores públicos indicados en el apartado de declaraciones de “EL INSTITUTO”, administrar y verificar el cumplimiento del presente contrato, de conformidad con lo establecido en el penúltimo y último párrafo del artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En el caso de que se lleve a cabo un relevo institucional temporal o permanente con dicho servidor público de “EL INSTITUTO” tendrá carácter de ADMINISTRADOR DEL CONTRATO la persona que sustituya al servidor público en el cargo o aquella que designe el área requirente.
VIGÉSIMA CUARTA.- RELACIÓN DE ANEXOS.- Los anexos que se relacionan a continuación son rubricados de conformidad y forman parte integrante del presente contrato.
Anexo 1 (uno) “Dictamen de Disponibilidad Presupuestal Previo”
Anexo 2 (dos) “Anexo Técnico, Términos y Condiciones Generales”
Anexo 3 (tres) “Propuesta Técnica y Económica y Acta de Fallo”
VIGÉSIMA QUINTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE.- “LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para el cumplimiento del presente contrato, a todas y cada una de las cláusulas del mismo, así como a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y supletoriamente al Código Civil Federal, a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, al Código Federal de Procedimientos Civiles y demás ordenamientos aplicables en la materia.
VIGÉSIMA SEXTA.- JURISDICCIÓN.- Para la interpretación y cumplimiento de este instrumento jurídico, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero presente o futuro que por razón de su domicilio les pudiera corresponder.
Previa lectura y debidamente enteradas “LAS PARTES” del contenido, alcance y fuerza legal del presente contrato, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe, ni otros vicios de la voluntad, lo firman y ratifican en todas sus partes, por sextuplicado, en la Ciudad de México, el día ------------------ quedando un ejemplar en poder de “EL PROVEEDOR” y los restantes en poder de “EL INSTITUTO”.
“EL INSTITUTO” INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
|
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“EL PROVEEDOR”
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XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX Apoderado Legal |
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____________________ Apoderado Legal |
ADMINISTRADORES DEL CONTRATO
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_______________________ Titular de Coordinación de Presupuesto e Información Programática |
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____________________ Titular de la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones |
EML / UEAC
Anexo 13.- Glosario.
Para efectos de ésta convocatoria, se entenderá por:
Administrador del contrato.- Servidor(es) público(s) en quien recae la responsabilidad de dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato.
ALSC.- Administración Local de Servicios al Contribuyente.
Área contratante.- La facultada en la dependencia o entidad para realizar procedimientos de contratación a efecto de adquirir o arrendar bienes o contratar la prestación de servicios que requiera la dependencia o entidad de que se trate;
Área requirente.- La que en la dependencia o entidad, solicite o requiera formalmente la adquisición o arrendamiento de bienes o la prestación de servicios, o bien aquella que los utilizará;
Área técnica.- La responsable de elaborar las especificaciones técnicas que se deberán incluir en el procedimiento de contratación, de responder las preguntas que sobre estos aspectos técnicos realicen los licitantes; así como de coadyuvar en la evaluación de las proposiciones.
CABCS.- Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios.
CECOBAN.- Centro de Compensación Bancaria.
CDMX.- Ciudad de México.
COMPlRANET.- El Sistema Electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas con dirección electrónica en Internet: http//xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Contrato.- Documento a través del cual se formalizan los derechos y obligaciones derivados del Fallo del procedimiento de contratación de la adquisición o la prestación de los servicios.
DOF.- Diario Oficial de la Federación.
EMA (Entidad Mexicana de Acreditación).- Entidad de gestión privada en nuestro país, que tiene como objetivo acreditar a los Organismos de la Evaluación de la Conformidad que son los laboratorios de ensayo, laboratorios de calibración, laboratorios clínicos, unidades de verificación (organismos de inspección) y organismos de certificación.
IMSS o Instituto.- Instituto Mexicano del Seguro Social.
INFONAVIT.- Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Investigación xx xxxxxxx.- La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.
IVA.- Impuesto al Valor Agregado.
LAASSP.- Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Licitante.- La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública o bien de invitación a cuando menos tres personas.
LPN.- Licitación Pública Nacional.
Medio de Identificación Electrónica.- Conjunto de datos electrónicos asociados con documentos que son utilizados para reconocer a su autor, y que legitiman el consentimiento de éste para obligarlo a las manifestaciones que en él se contienen, de conformidad con el artículo 27 de la LAASSP.
Medios remotos de comunicación electrónica.- Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares.
MIPYMES.- Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa;
Normas.- Las Normas Oficiales Mexicanas, las Normas Mexicanas, según proceda, y a falta de éstas, con las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso, las normas de referencia o especificaciones a que se refiere el artículo 67 de la Ley citada.
OIC.- Órgano Interno de Control en el IMSS.
Partida o concepto.- La división o desglose de los bienes a adquirir y/o arrendar o de los servicios a contratar, contenidos en un procedimiento de contratación o en un contrato, para diferenciarlos unos de otros, clasificarlos o agruparlos.
POBALINES.- Las políticas, bases y lineamientos a que se refieren el párrafo sexto del artículo 1 de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Proveedor.- La persona que celebre contratos de adquisiciones, arrendamientos o servicios.
Reglamento.- Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Resolución miscelánea.- Publicación anual en el DOF que agrupa disposiciones de carácter general, aplicables a impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto a los relacionados con el comercio exterior.
RFC.-- Registro Federal de Contribuyentes.
SAT.- El Servicio de Administración Tributaria.
SFP.- Secretaría de la Función Pública.
Sobre cerrado.- Cualquier medio que contenga la proposición del licitante, cuyo contenido solo puede ser conocido en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en términos de la Ley.
SSA.- Secretaría de Salud.
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