Contract
PLIEGO DE PRESCTRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN LOS AYUNTAMIENTOS DE CAMBADOS Y XXXXXXXXXX DE AROSA, PERTENECIENTES A LA MANCOMUNIDAD DEL SALNÉS (PONTEVEDRA).
3 OBJETO GLOBAL DEL CONTRATO 9
6 PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO 13
7 PLAN DE IMPLANTACIÓN DEL SERVICIO 13
8 CARACTERISTICAS DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESÍDUOS URBANOS 13
8.1 OBJETO DE LA PRESTACIÓN 13
8.2 MARCO JURÍDICO PARTICULAR DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESÍDUOS URBANOS 14
8.6 CLASIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS DE RECOGIDAS 19
8.6.1 RECOGIDA ORDINARIA DE RESÍDUOS URBANOS 19
8.6.4 OTRAS RECOGIDAS SELECTIVAS 23
8.7 NORMAS ADICIONALES RELATIVAS A LAS RECOGIDAS 23
8.8 MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y REPOSICIÓN DE LOS CONTENEDORES 24
8.8.3 CONSERVACIÓN, SUSTITUCIÓN, STOCK 26
8.9 MEDIOS REQUERIDOS PARA EL SERVICIO 27
9 SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA 28
9.1 OBJETIVOS DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA 28
9.2 AMBITO DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA 28
9.3 CANTIDAD Y FRACCIONES A RECOGER PARA LA RECOGIDA DOMICILIARIA 30
10 SERVICIOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS A PRODUCTORES SINGULARES 37
10.2 ÁMBITO DEL SERVICIO DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES 37
10.3 USUARIOS DE LA RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES 37
10.4 FRACCIONES DE RESIDUOS A RECOGER A PRODUCTORES SINGULARES 38
10.5 SISTEMAS DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES 38
10.6 RECIPIENTES PARA RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES 38
10.7 SUMINISTRO DE CONTENEDORES DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES 38
10.7.1 ROTULACION DE CONTENEDORES DE PRODUCTORES SINGULARES 39
10.7.2 MANTENIMIENTO, REPOSICION, STOCK 39
10.8 NÚMERO Y CARACTERISTICAS DE LOS VEHÍCULOS DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES 39
10.9 FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES 40
10.10 LIMPIEZA DE CONTENEDORES DESTINADOS A PRODUCTORES SINGULARES 40
10.11 RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO RESPECTO A LA RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES 40
11 DESTINO DE LOS RESIDUOS PROCEDENTES DE LA RECOGIDAS SELECTIVAS 41
12 ASPECTOS GENERALES DEL SERVICIO 42
12.1 ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO 42
12.3 SUBROGACION DE LOS ACTUALES CONTRATOS 43
12.4 DETERMINACION DEL PERSONAL NECESARIO PARA EL SERVICIO 44
12.5 IMAGEN E IDENTIFICACION 44
12.6 RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO 44
12.8 PLAN DE INVERSIONES MEDIOS MATERIALES Y CONTENEDORES 45
12.9 MEDIOS TÉCNICOS Y MATERIALES 46
12.10 SISTEMA ELECTRÓNICO DE IDENTIFICACIÓN AUTOMÁTICA DE CONTENEDORES 48
12.11 ADAPTACIÓN FUTURA DE LAS RUTAS REPETITIVAS 49
12.13 INSTALACIONES Y COMUNICACIONES 49
12.14 ATENCIÓN CIUDADANA Y SENSIBILIZACION 50
12.15 TRABAJOS EXTRAORDINARIOS 50
12.16 MODIFICACIÓN DEL SERVICIO 51
12.17 INSPECCIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO 52
13 GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN. 53
13.1 CONSIDERACIONES GENERALES 53
13.2.1 INFORMACIÓN CARTOGRÁFICA 53
13.2.2 INFORMACIÓN DEL SERVICIO PRESTADO: INFORME MENSUAL DEL SERVICIO 55
13.2.3 PROGRAMA ANUAL DE SERVICIOS 56
13.2.4 INFORMACIÓN GENÉRICA DEL SERVICIO 58
13.3 SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 58
13.4 COMUNICACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN AMBIENTAL 59
13.5 CAMPAÑA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL 59
14 ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD 60
14.1 APLICACIÓN DE INDICADORES DE CALIDAD. 60
14.2 ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD 60
14.3 DETERMINACIÓN DE LOS ÍNDICES DE CALIDAD DEL SERVICIO 61
14.3.1 IQ1. SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y LIMPIEZA DE CONTENEDORES 61
14.3.2 IQ2. SERVICIO DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES 65
14.3.3 IQ3. SERVICIO DE RECOGIDA DE VOLUMINOSOS 66
14.3.4 INCENTIVO POR RENDIMIENTO 68
14.4 INFORMACIÓN RELATIVA A LAS TONELADAS RECOGIDAS Y DEPOSITADAS EN LA PLANTA DE TRANSFERENCIA DE SOGAMA 69
15 SISTEMA DE REMUNERACIÓN DEL ADJUDICATARIO 69
15.1 DETERMINACIÓN DE LA RETRIBUCIÓN 70
15.1.1 RETRIBUCIÓN DEL ADJUDICATARIO 70
16.2 VALORACION DE LA PROPUESTA DE LA FUTURA RECOGIDA DE FRACCION ORGÁNICA (bioresiduo) 71
16.3 CAMPAÑA DE CONCIENCIACION 72
17 PRECIOS Y PRESUPUESTOS. A INCLUIR EN EL SOBRE C 72
17.1 PRECIOS UNITARIOS DE PERSONAL 72
17.2 PRECIOS UNITARIOS DE MATERIALES 72
17.3 PLAN DE INVERSIONES O DE PUESTA A DISPOSICIÓN 72
17.4 PRESUPUESTOS PARCIALES 72
17.5 DESCOMPOSICIÓN DE PRECIOS 73
17.7 ESTUDIO ECONOMICO FINANCIERO DE LA XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX 00
18 CONTENIDO Y FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS 74
18.2 RELACIÓN DE CONTENIDOS Y ESTRUCTURA DE LA MEMORIA TECNICA (SOBRE B) 76
18.2.2 CONTENIDOS Y ESTRUCTURA DE LA MEMORIA TECNICA (SOBRE B) 76
18.3 ESTRUCTURA Y CONTENIDOS DE LOS CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE FORMULAS (SOBRE C) 80
18.3.1 OFERTA ECONÓMICA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 80
18.3.2 DOTACION CAMPAÑA DE CONCIENCIACION 81
18.3.3 PROPUESTA ECONÓMICA PARA LA VALORACION DE LA RECOGIDA DE LA FRACCION ORGÁNICA O BIORESIDUO 81
19.1 ANEXO I SOBRE C. PROPOSICIÓN ECONÓMICA 84
19.2 ANEXO II SOBE C.PROPOSICIÓN ECONÓMICA 85
19.3 ANEXO III SOBRE B RESUMEN DE SERVICIOS 86
19.4 ANEXO IV SOBRE B RESUMEN DE MAQUINARIA Y MEDIOS MATERIALES 87
19.5 ANEXO V SOBRE B RESUMEN DE CONTENEDORES 88
19.6 ANEXO VI SOBRE B PRODUCTORES SINGULARES 88
19.7 ANEXO VII SOBRE B RESUMEN FRECUENCIAS POR TEMPORADAS. RECOGIDA DOMICILIARIA. 89
19.8 ANEXO VIII SOBRE B RESUMEN FRECUENCIAS POR TEMPORADAS. RECOGIDA PRODUCTORES SINGULARES 90
19.9 ANEXO IX. ORDENANZAS FISCALES 91
19.10 ANEXO X. LISTADO DE PERSONAL OBJETO DE SUBROGACIÓN 92
19.11 ANEXO XI. CONVENIO COLECTIVO 93
Sentar una base reguladora de los diversos aspectos técnicos, organizativos y económicos fundamentales del Servicio de prestación de Recogida de Resíduos Urbanos (RU en adelante), en los ayuntamientos de Cambados y Xxxxxxxx de Arousa (que forman parte de la Mancomunidad del Salnes), de la manera mas eficiente y sostenible.
Servir de base técnica de referencia para la elaboración de la Oferta de Prestación del Servicio (en adelante OPS).
Especificar los diversos aspectos técnicos relativos al procedimiento y forma de adjudicación del servicio al que se refiere.
Definir las bases para poder regular cualquier aspecto no explícitamente detallado en el presente documento y que durante el período de vigencia del contrato pudiera ser necesario.
La Mancomunidad del Salnes, acordó aprobar la gestión indirecta, mediante concesión administrativa, de los Servicios Públicos de recogida y transporte de residuos urbanos, de los municipios de Cambados y Xxxxxxxx de Arousa.
Anunciado el correspondiente concurso reglamentario, la Mancomunidad del Salnes, en sesión ordinaria celebrada el 20 xx xxxxx de 2001, adjudico a la mercantil CELTA PRIX S.L. el contrato de concesión de los mencionados servicios.
Con fecha 30 xx xxxxx de 2001 se formaliza el contrato administrativo correspondiente con efectos 1 xx xxxx de 2001, siendo sus cláusulas más importantes:
• Plazo: 15 años (finaliza el 27 xx xxxxx de 2016).
• Canon Inicial: 473.533,22€ (Precios del contrato IVA incluido).
• Remuneración del contratista.
Facturación mensual a cada uno de los Concellos en base a criterios de reparto establecidos por la Mamcomunidad.
• Revisión de Precios.
Anual y mediante formula contemplada en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Transcurridos cinco (5) años, la Junta de la Mancomunidad del Salnes, en sesión celebrada con fecha 14 de diciembre de 2006, acuerda la incorporación del Xxxxxxxx xx Xxxx en el contrato para la gestión del servicio público de recogida de residuos por un precio de 116.532,86 € anuales.
Desde el momento de la adjudicación de este servicio en el año 2001 el Contrato de Recogida de Residuos Urbanos, se ha venido desarrollando en la más absoluta normalidad, sin que en momento alguno se haya interrumpido.
Desde la adjudicación hasta la fecha, han transcurrido quince años, habiendo experimentado los Municipos mancomunados una importante evolución, no tanto en cuanto al tamaño de la población, como a la creciente demanda existente en la misma, relativa a la introducción de mejoras consideradas en su
momento como necesarias, tanto en el tipo como en la composición de los servicios que se venían y se vienen prestando, lo que llevó aparejada la inclusión de determinados ajustes y modificaciones del contrato.
Así mismo la transformación y la evolución de la realidad, en la que los municipios de Cambados, Xxxxxxxx de Arousa y posteriormente Xxxx, se encuentran inmersos y a la que no desearon ni desean permanecer ajenos, impusieron la introducción de determinadas mejoras y variaciones de las prestaciones objeto del Contrato, citadas en el apartado de “Antecedentes”. El Gobierno de la Mancomunidad pretendió alcanzar los siguientes objetivos que se detallan de forma esquemática:
• Ampliar el alcance de los servicios originales por circunstancias sobrevenidas no contempladas en el Pliego de Condiciones.
• Mecanizar todos los procesos que sean posibles.
• Dar soluciones a problemas concretos de determinadas zonas x xxxxxxx.
• Necesidad de adaptarse a la normativa vigente y futura en materia de Medio Ambiente.
Razones económico-financieras, de oportunidad de inversión y mejora, previstas en el Pliego de cláusulas administrativas particulares que sirvió de base para la adjudicación contemplan el mantenimiento del equilibrio económico financiero de la concesión, mediante la justificación y justa compensación del mayor coste de las modificaciones introducidas en el servicio por la Mancomunidad. Consumandose bajo este marco normativo la ampliación de 2006 (incorporación del Xxxxxxxx xx Xxxx) a la que hemos hecho referencia.
Finalizado el actual Contrato, la Mancomunidad del Salnes, y los Ayuntamientos de Cambados, Xxxxxxxx de Arosa, titulares de los servicios objeto de la presente licitación, optan, en una acción tendente a garantizar la continuidad de las prestaciones a la que se obliga por entre otros, los artículos 25 y siguientes de la Ley de Bases de Régimen Local, por iniciar un expediente de contratación por un periodo máximo de cinco (5) años. Se contemplan 4 años de duración determinada con 1 año de posible prórroga.
Este documento, servirá en consecuencia, de base para la licitación y posterior contratación de los servicios relacionados en el objeto del mismo, por el indicado periodo máximo de CINCO (5) años.
Así y bajo una perspectiva de dificultad económica generalizada para los municipios, se hace preciso realizar un esfuerzo conjunto entre administración y empresas privadas para la implantación y prestación de servicios públicos con mayores ratios de eficiencia y productividad; es decir con la mayor calidad posible y al menor coste posible para la ciudadanía.
El presente Pliego de condiciones técnicas (PPT en adelante), y por primera vez en la Mancomunidad del Salnes y los ayuntamientos de Cambados, Xxxxxxxx de Arousa, pretenden establecer una base coherente para la definición de la prestación conjunta del servicio de recogida urbanos domiciliara y productores singulares, fracción resto y fracciones selectivas de envases y papel cartón.
Abundando sobre este particular, y teniendo en consideración los preceptos establecidos en la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de Estado de 26 de febrero de 2014 sobre Contratación Pública, el órgano de contratación estudió las posibilidades de facilitar la participación de las PYME. A tal efecto, se analizó la posibilidad de dividir el contrato en lotes, de forma que esta división pudiera corresponder mejor a la capacidad de las PYME (capacidad cuantitativa). Ahora bien, sin dejar de gozar de la libertad de decidir de forma autónoma y básandose en razones tales como hacer el contrato excesivamente dificil y oneroso desde el punto de vista técnico, así como la imposibilidad de coordinar a
los diferentes contratistas para los diversos lotes (recogida domiciliaria fracción resto y selectivas, recogida a productores singulares fracción resto y selectivas) hechos que podrían conllevar gravemente el riesgo de socavar la ejecución del contrato; ha decidido en consecuencia NO proceder a la división en lotes del contrato.
Por otra parte, este pliego establece unos objetivos, o parámetros mínimos claros (por ejemplo en cuanto a frecuencias de recogidas de resíduos) dejando a los licitadores cierta libertad en sus ofertas para que propongan qué modelo organizativo, tecnológico o de gestión logra la mayor eficacia y menor coste económico para las arcas de la Mancomunidad y los Ayuntamientos de Cambados y Xxxxxxxx de Arousa
De este modo se establece una separación clara de papeles entre adjudicatario y administración en donde la gestión del Servicio recae estrictamente sobre la contrata adjudicataria, y la Mancomunidad/Ayuntamientos, vela por el cumplimiento de los objetivos y condiciones establecidas en el pliego. O dicho de otro modo, la administración marca QUÉ hay que hacer; y los licitadores a través de sus ofertas nos explican CÓMO.
Añadir, que este margen para planificar y gestionar las tareas del Servicio trasladan el preceptivo requisito legal de “riesgo y xxxxxxx, en virtud del cual el empresario asume tanto los rendimientos de la actividad y las consecuencias beneficiosas derivadas de un menor coste de la obra o del servicio (xxxxxxx) como los perjuicios y la pérdidas producidas por el mayor coste de la gestión empresarial (riesgo)” al adjudicatario, por la prestación del Servicio Público. A menudo, equivocadamente, los ayuntamientos y mancomunidades asumen problemas del adjudicatario en una relación contractual difusa, donde se confunden las responsabilidades, derechos y obligaciones de cada una de las partes.
No obstante lo dicho, el pliego propone (aunque no con carácter vinculante, sino orientativo) los medios mínimos materiales y humanos que se estiman necesarios para la normal prestación de los Servicios, y que derivan de nuestra actual experiencia; no así las frecuencias mínimas de los tratamientos propuestos que tienen carácter de obligatorio y excluyente caso de no respetarse. Pese a todo, esto no impide, como se argumentaba, que los licitadores presenten otras fórmulas, pero, haciendo hincapié en que deberán justificar debidamente aquellas que propongan medios significativamente menores, so pena de recibir una mala valoración o exclusión en el concurso.
En otro orden de cosas, el presente pliego también exige compromisos con la calidad y satisfacción del cliente/ciudadano. Para ello, por primera vez se establece un procedimiento de evaluación continua que, a través de distintos parámetros, busca, primero establecer un procedimiento de supervisión sistemático para los inspectores municipales u órgano de control delegado; segundo, detectar cualquier desviación sobre los resultados esperados y exigidos en el pliego; y tercero, traducir la “no calidad” en un índice o nota que suponga automáticamente una merma en los pagos mensuales.
De este modo, se pone rápidamente límite o freno a conductas menos diligentes, sin esperar a la tramitación de expedientes sancionadores, que se reservan a los supuestos más graves.
Bajo este marco de libertad organizativa (y al igual que ya se hace en otros servicios o concesiones públicas (mantenimiento de redes viarias, transporte público, etc) el pliego establece que los medios materiales que se adscriban al servicio, no se financiarán mediante las habituales fórmulas de amortizaciones durante la vida del contrato, sino que se abonarán en régimen de alquiler o por su uso por horas/jornadas efectivas. La contrata titular de los mismos es liberada, lógicamente, de la reversión de estos medios al final del contrato. Esto permitirá al adjudicatario primero, tener un mayor nivel de responsabilización y cuidado sobre sus propios medios; segundo, mayores economías en las ofertas ya
que al final del contrato el contratista dispondrá de unos bienes que podrá valorizar; y tercero, un mayor dinamismo en cuanto a la gestión comercial de sus recursos, al no impedir la prestación de servicios a terceros, siempre y cuando sean compatibles con los cometidos principales del contrato.
No obstante, con muchos de estos nuevos enfoques se pretende poco a poco abrir posibilidades para los contratistas (en lugar de limitar), para que sin comprometer el servicio, se permitan posibles nuevas fórmulas que haga a las empresas más rentables, más innovadoras, y por lo tanto mejores para el conjunto de la sociedad.
Añadir algunos otros aspectos, que aunque puntuales, resultan claves del presente pliego, e identifican las modificaciones mas importantes en relación al pasado:
• Recogida selectiva y valorización de residuos. La progresiva implantación de contenedores de recogida selectiva y el creciente volumen de recogida, certifica hoy ya el cambio de hábitos que ha tenido lugar en la mayoría de hogares. Es por esto, que cada vez en un mayor número de municipios, dichas recogidas se realizan sin coste alguno para el ciudadano; es decir que los ingresos por la venta de residuos específicos a los gestores autorizados pueden compensar los gastos producidos en dicha recogida. La Mancomunidad y los ayuntamientos que la conforman, Cambados y Xxxxxxxx de Arousa, ceden los flujos de la cantidad recibida por ECOEMBES con la que se financiará la recogida de dichos residuos. Y esta es la premisa de la que parte el presente pliego: el adjudicatario estará obligado a realizar estas recogidas actuales o futuras sin contraprestación económica alguna y con la periodicidad mínima definida en el presente PPT y suficiente como para evitar los desbordamientos en los contenedores. Es decir que los gastos en su recogida y transporte se verán retribuidos al contratista por un input, los ingresos producidos en la valorización de los residuos derivados de la cesión de flujos por parte de la entidad adjudicadora y los ayuntamientos que la conforman.
• Frecuencias variables de recogida y libertad en la implantación de contenedores. Si bien el pliego parte de la situación actual (frecuencias mínimas definidas en el presente documento), el contratista puede plantear justificadamente todos aquellos cambios que considere convenientes, en aras de una mayor eficiencia y economía del servicio. En el presente PPT se plantean posibles variaciones de frecuencias de recogida, (en consideración, entre otros, a la estacionalidad, volumen a instalar, sistemas de control de llenado,etc.) en las zonas de la periferia urbana, e incluso la redefinición de rutas de recogida de contenedores, si se respetan los ratios orientativos de dotación (poblacional y territorial). Todo esto con el fin de trasladar al contribuyente las posibles economías que se deriven de una gestión más eficiente de estos Servicios. Abundar que deberán respetarse en todo caso, las frecuencias mínimas establecidas en el presente documento para las recogidas de las distintas fracciones.
3 OBJETO GLOBAL DEL CONTRATO
El objeto global del contrato es la prestación del servicio público de recogida de fracción resto, recogidas selectivas y transporte hasta el punto de tratamiento (planta de transferencia) de todo tipo de resíduos urbanos (RU en adelante), fracción general y selectivas, con criterios de sostenibilidad y eficiencia.
El ámbito de actuación alcanza los municipios de Cambados y Xxxxxxxx de Arousa, y comprenderá todos los núcleos habitados, las zonas turísticas, comerciales e industriales y aquellas zonas de población dispersa que conforman parroquias y pedanías, así como las playas y litoral adyacente a las mismas de ambos municipios.
Básicamente, el ámbito de los servicios de recogida de residuos, recogidas selectivas, y recogida de voluminosos, así como la sectorización de estos en zonas de actuación, se detallan a seguir.
PROVINCIA | CONCELLO | PARROQUIA |
Pontevedra | Cambados | CAMBADOS (SANTA MARIÑA) |
Pontevedra | Cambados | Castrelo |
Pontevedra | Cambados | Corvillón |
Pontevedra | Cambados | Oubiña |
Pontevedra | Cambados | Xxxxxxxx |
Pontevedra | Xxxxxxxx | Xxxxxx |
Pontevedra | Xxxxxxxx | Baión |
Pontevedra | Vilanova | Caleiro |
Pontevedra | Xxxxxxxx | Xxxxx |
Pontevedra | Vilanova | Tremoedo |
Pontevedra | Vilanova | Xxxxxxxx de Arousa |
El contratista tendrá que adaptarse a los futuros cambios urbanísticos de los dos municipios, tanto dentro del ámbito de actuación como fuera, y tendrá que incorporarlos al servicio cuando la Mancomunidad o los Ayuntamientos de Cambados y/x Xxxxxxxx de Arousa lo soliciten. En estos casos, si se considera necesario, la Mancomunidad/Ayuntamientos tramitarán la ampliación de contrato basada en el estudio técnico y económico que la empresa contratista tendrá que presentar para estas nuevas zonas, de acuerdo con los precios unitarios y partidas económicas aceptados en el contrato inicial . Este estudio tendrá que ser aprobado expresamente por parte de la Mancomunidad/Ayuntamientos
Asímismo los licitadores indicaran en su proposición económica, la valoración estimada de una futura recogida de fracción orgánica o bioresiduo en los ayuntamientos de Cambados y Xxxxxxxx de Arosa. Dicha valoración tendrá incidencia en los criterios de valoración, tal como se indica en el apartado correspondiente xxx Xxxxxx de Condiciones Administrativas Particulares.
• Se prestará por el contratista adjudicatario onerosamente, por la contraprestación económica establecida, a su xxxxx, riesgo y xxxxxxx y ajustado en todo momento a:
✓ La normativa y legislación de obligado cumplimiento vigente en cada momento durante el período de aplicación del contrato.
✓ Las prescripciones de aplicación directa contenidas en los documentos contractuales que rigen ésta contratación.
✓ Las condiciones de la oferta aceptadas.
✓ Las órdenes que para atender situaciones extraordinarias o imprevistas, dicte la Mancomunidad, por sí o a través de sus Servicios Técnicos (en adelante SSTT).
• Así mismo se ajustará a las instrucciones que, en interpretación de lo anterior, podrán ser dictadas por los SSTT nombrados por la Mancomunidad/Ayuntamientos, con las facultades de controlar e inspeccionar el cumplimiento del contrato, y concretamente:
✓ Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás disposiciones establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.
✓ Exigir y comprobar la existencia de medios y organización necesaria para la prestación del Servicio.
✓ Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del Servicio.
✓ Proponer las modificaciones que convenga introducir.
✓ Conformar las facturas/certificaciones de la labor realizada para su liquidación.
✓ Tramitar las incidencias que surjan.
✓ Facilitar al adjudicatario toda la información municipal que en relación con el contrato pueda servirle para desempeñar mejor sus tareas.
• Para ello, el adjudicatario facilitará mensualmente a los servicios técnicos designados por los Ayuntamientos/Mancomunidad, receptores del servicio, documentación detallada de las tareas que se tenga previsto realizar, las efectivamente realizadas y las incidencias surgidas tal y como se establece a lo largo del presente documento.
• Las previsiones se presentaran con un mes de antelación y las efectivamente realizadas en el informe mensual de ejecución (en los cinco siguientes días a la finalización del mes). Las incidencias ocurridas deberán ser comunicadas inmediatamente a los responsables municipales del Servicio.
• El contratista adjudicatario es responsable ante terceros por el normal o anormal desarrollo de la prestación. Así mismo, asumirá el importe de todos los derechos, tasas, impuestos y tributos que pudieran gravar las actividades y medios afectos al servicio, quedando exenta la Mancomunidad/Ayuntamientos de cualquier responsabilidad al respecto.
• El contratista adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones legales y laborales sobre trabajo y Seguridad Social, en especial en lo referente a prevención de riesgos laborales. Se deberá justificar antes del inicio del contrato, la existencia de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales según la legislación vigente, así como la forma de gestión prevista del servicio de prevención.
• El contratista adjudicatario deberá disponer de los elementos auxiliares, de señalización, utillaje, medios materiales e incluso la formación del personal especializado necesario para la adecuada prestación del servicio.
• El adjudicatario deberá disponer desde el mismo momento del inicio efectivo de la prestación, de una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil por importe de hasta 800.000,00 € (equivalente aproximada a una anualidad del contrato) por siniestro, daños a terceros, incluidos personal y bienes de la Mancomunidad/Ayuntamientos, que pudieran derivarse de la ejecución de las tareas del servicio.
• El adjudicatario estará obligado a facilitar cuanta información le solicite los SSTT de los
Ayuntamientos receptores del servicio en forma y plazo que le sean comunicados.
El tipo de licitación del concurso se fija la cantidad global anual de 789.483,08 €/año IVA incluido, admitiéndose proposiciones a la baja sobre el citado precio. Por lo tanto, las ofertas económicas no podrán superar el tipo máximo fijado.
Los Ayuntamientos de Cambados y Xxxxxxxx de Arousa, cederán los derechos de cobro de los créditos del SIG de ECOEMBES a la empresa que resulte adjudicataria, no recibiendo esta, importe alguno por parte de los citados Ayuntamientos o Mancomunidad por la ejecución de los trabajos que resulten de las recogidas selectivas. En consecuencia el tipo de licitaión fijado NO CONTEMPLA los ingresos derivados de las recogidas selectivas.
Se considera como fórmula de pago respecto de las recogidas selectivas, la inculida en el Convenio entre la Xunta de Galicia ECOEMBES. El texto del citado convenio se encuentra disponible en la página web
xxxx://xxxxx.xxxxx.xxxxx.xx/xxxxxxxxx?x_x_xxxxxxxxx_xxxxxxx_xxxxxxx_XXXXXXXX_xX00&x_x_xxxxxxxxxx 0&p_p_state=normal&p_p_col_id=column- 2&p_p_col_count=1&_ipecos_opencms_portlet_INSTANCE_wA39_content=%2Fopencms%2FPortal- Web%2FContidos_Sirga%2FConvenio%2Fconvenio_0001.html
En consecuencia los ingresos derivados del convenio actual y futuras renovaciones al que están adheridos los ayuntamientos de Cambados y Xxxxxxxx de Arousa, y los que en el futuro puedan adherirse al servicio de entre los que conforman la Mancomunidad del Salnés, con las limitaciones establecidas en el PCAP, generados por la delegación de la facturación en la empresa que resulte adjudicataria, supondrán una fuente de ingresos adicional de los licitadores, toda vez que de los Ayuntamientos receptores del servicio tan solo percibirán el importe correspondiente a 1/12 de la baja practicada sobre el tipo de licitación, en consideración a la fórmula de pago definida en el PCAP.
Los licitadores tendrán que especificar, en la memoria económica, (sobre C), el detalle de precios unitarios para cada uno de los servicios y tratamientos a ofertar. En concreto, se detallaran los precios unitarios del personal y de la maquinaria así como de cada servicio en general, en unidades de euros por jornada o similar.
Cualquier ampliación o reducción del servicio que se pueda acometer a lo largo del contrato, así como servicios extraordinarios que se puedan requerir, se valorará de acuerdo con los precios unitarios mencionados.
La inclusión de dichos precios unitarios en el sobre B correspondiente a la memoria técnica, será objeto de exclusión del licitador.
6 PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de CUATRO (4) AÑOS, contados a partir de la fecha del comienzo de la prestación de los servicios a la que se podrá añadir una prórroga de UN (1) AÑO
La fecha de inicio se determinará por los SSTT de los ayuntamientos receptores del servicio, tras la firma del contrato, suscribiéndose Acta de Inicio del Servicio por los SSTT de los ayuntamientos y Mancomunidad y por el representante de la empresa adjudicataria.
La fecha de implantación definitiva de los servicios objeto de contratación será de 30 días posteriores a la fecha de inicio del servicio. La implantación definitiva implicará la implementación de los servicios con todos y cada uno de los recursos previstos en la oferta presentada.
El adjudicatario podrá iniciar el servicio con los recursos procedentes del anterior contrato u otros que considere oportunos. El proceso de implementación de los nuevos equipos se llevará a cabo atendiendo al Plan de Implantación del Servicio. En este sentido los licitadores adjuntarán en sus ofertas, un compromiso de entrega de un Plan de Implantación del Servicio.
7 PLAN DE IMPLANTACIÓN DEL SERVICIO
El Plan de Implantación del Servicio se entregará en un plazo no superior a las 4 semanas a partir de la firma del contrato e incluirá, como mínimo, los siguientes aspectos:
• Calendario de retirada de contenedores antiguos (y elementos complementarios) y sustitución de los mismos por contenedores nuevos, especificando sobre plano el orden en el que se producirán las sucesivas sustituciones.
• Calendario de entrada en servicio de los nuevos vehículos de recogida de residuos, recogidas selectivas y recogidas de muebles y voluminosos.
• Previsión de incidencias y propuesta de gestión de las mismas.
• Calendario de ubicación en instalaciones definitivas
• Propuesta definitiva de equipamiento del personal.
• Calendario de ejecución y contenido de la campaña de comunicación inicial.
• Calendario de implementación de sistema de control de pesado en contenedores y seguimiento de flotas.
• Calendario de implementación del sistema de control volumétrico.
8 CARACTERISTICAS DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESÍDUOS URBANOS
Este servicio consiste en la recogida y carga en vehículos especiales y transporte a planta de tratamiento, recuperación o planta de transferencia, en función del tipo o la clasificación de la fracción, de todos los resíduos de este término municipal. En el supuesto que nos ocupa, el destino final de los residuos será la Planta de Transferencia de Ribadumia.
Los resíduos son los regulados La Ley de Resíduos de la Comunidad Gallega, y los contemplados por regulación estatal en la ley 22/2011 de 28 de julio de resíduos y suelos contaminados o la norma que esté en vigor durante la vigencia del contrato y siendo básicamente los siguientes:
• Los generados por todos los domicilios particulares, comercios, oficinas, polígonos industriales, y servicios.
• Todos aquellos que no tengan la clasificación de peligrosos, y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares y actividades. Tendrán esta consideración entre otros, los siguientes:
✓ Los residuos del grupo I y II, generados en las actividades sanitarias y hospitales según lo regulado en la normativa correspondiente de la CCAA de Galicia por el que se aprobó el Reglamento Regulador de Gestión de Residuos Sanitarios.
✓ Animales domésticos muertos en vía pública, así como muebles y enseres.
✓ Residuos procedentes de trabajos de jardinería.
✓ Residuos menores de escombros.
• También se incluirán aquellos residuos procedentes de las actividades industriales, asimilables a aquellos del apartado a).
Quedan excluidos del servicio:
• Aquellos no considerados urbanos, como son los residuos peligrosos e inertes procedentes de derribos, escombros o similares, salvo que éstos últimos estén depositados en algún espacio público y no pueda averiguarse el responsable de ello, en cuyo caso serán retirados por el adjudicatario siempre que el volumen a retirar sea inferior a 1m3.
• Los residuos industriales propiamente dichos.
La prestación de este servicio incluye el mantenimiento, lavado, desinfección y en su caso reposición de contenedores y las tareas necesarias para la correcta prestación. A modo de listado no exhaustivo se incluyen las tareas de servicios técnicos, administrativos, gestión de almacenes y talleres, control y vigilancia de recursos materiales y humanos, etc.
8.2 MARCO JURÍDICO PARTICULAR DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESÍDUOS URBANOS.
Los licitadores deberán tener en cuenta, en el momento de elaborar sus proyectos de organización de los servicios de recogida y transporte de resíduos urbanos, toda la normativa que se encuentre vigente y aplicable en materia de protección ambiental y resíduos, y que sin carácter exhaustivo se pasa a relacionar:
• Normativa Europea.
• Normativa del Estado miembro.
• Normativa de la CCAA.
• Normativa de proximidad, Ordenanzas Locales.
La empresa adjudicataria, estará obligada a cumplir las exigencias de la legislación que afecte a los condicionantes técnicos de los procesos y materiales emplealdos en el contrato objeto de la presente licitación, de la legislación sobre protección del medioambiente, contaminación acústica, contaminación atmosférica, y protección de suelos y del resto de normas jurídicas que resulten de aplicación a las prestaciones objeto de licitación. En el marco de la regulación municipal deberá estarse a las respectivas
normas de proximidad u Ordenanzas Locales de los Ayuntamientos que conforman la Mancomunidad, y de cualquier otras que resulten aprobadas con posterioridad.
El ámbito territorial del contrato lo constituyen los ayuntamientos de Cambados y Xxxxxxxx de Arousa.
• El Ayuntamiento de Cambados tiene una superficie de 23,44 km2 con una población de 13.977 habitantes que se agrupan en el casco urbano, Castrelo, Corvillón, Oubiña y Vilariño.
• El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de Arousa con una superficie de 35,84 km2 aporta una población de 10.406 habitantes que de distribuyen entre el casco urbano y las parroquias de Caleriro, András, Baión, Deiro y Tremoedo.
Es de reseñar la importante población flotante de algunos municipios consecuencia de la estacionalidad y la alta productividad de sus mercados vitivinicolas.
Los servicios que recoge el presente contrato se extenderán a la totalidad de los dos términos municipales señalados así como al Poligóno Insustrial de O Salnes. Los términos Municipales certifican una extensión de 59,28 km2.
A título meramente orientativo se indica a seguir el censo de población y viviendas de los municipios que conforman la Mancomunidad del Salnes.
PC
CENSO DE POBLACIÓN Y VIVIENDAS AYUNTAMIENTOS DE CAMBADOS Y XXXXXXXX DE AROUSA | |||||||||||
Pontevedra | |||||||||||
AYUNTAMIENTO | POBLACION | 1 Total viviendas (2+3) | 2 Total viviendas familiares (2.1+2.2) | 2.1 Total viviendas principales (2.11+2.12) | 2.11 Viviendas principales convencionales | 2.12 Alojamientos | 2.2 Total viviendas no principales (2.21+2.22) | 2.21 Viviendas secundarias | 2.22 Viviendas vacias | 3 Total viviendas colectivas | Habitantes x Vivienda |
36006 Cambados | 13.977 | 6.794 | 6.793 | 5.044 | 5.044 | 0 | 1.749 | 341 | 1.408 | 1 | 1,972 |
36061 Xxxxxxxx de Arousa | 10.406 | 4.858 | 4.855 | 3.524 | 3.524 | 0 | 1.331 | 854 | 477 | 3 | 2,153 |
TOTALIZACIONES | 28.383 | 13.826 | 13.820 | 10.294 | 10.294 | 0 | 3.526 | 1.471 | 2.055 | 5 | 2,095 |
16
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PARROQUIA | Población | % S T | Producción Hb/Día | Producción Tn/año | Producción Tn/Día |
CAMBADOS (SANTA MARIÑA) | 6.162,00 | 22,1% | 1,25 | 2.811,41 | 7,70 |
CASTRELO (SANTA XXXX) | 2.267,00 | 8,1% | 1,25 | 1.034,32 | 2,83 |
CORVILLÓN (SAN XXXXXX) | 2.165,00 | 7,8% | 1,25 | 987,78 | 2,71 |
XXXXXX (SAN XXXXXXX) | 483,00 | 1,7% | 1,25 | 220,37 | 0,60 |
XXXXXXXX (XXXXX XXXXXX) | 2.308,00 | 8,3% | 1,25 | 1.053,03 | 2,89 |
XXXXXX (SAN XXXXXXXX) | 511,00 | 1,8% | 1,30 | 242,47 | 0,66 |
BAIÓN (SAN XXXX) | 1.524,00 | 5,5% | 1,30 | 723,14 | 1,98 |
CALEIRO (SANTA XXXXX) | 3.070,00 | 11,0% | 1,30 | 1.456,72 | 3,99 |
XXXXX (SAN XXXXXX) | 1.844,00 | 6,6% | 1,30 | 874,98 | 2,40 |
TREMOEDO (XXXXX XXXXXX) | 992,00 | 3,6% | 1,30 | 470,70 | 1,29 |
XXXXXXXX DE AROUSA (SAN XXXXXX) | 2.392,00 | 8,6% | 1,30 | 1.135,00 | 3,11 |
Establecida la zonificación inicial, abierta a modificación según el proyecto de prestación del servicio de cada licitador siempre y cuando se justifique técnica y económicamente de forma suficiente, se someterá a la aprobación de los SSTT de los Ayuntamientos/Mancomunidad.
La distribución de los contenedores para resíduos respetará la situación reflejada en el estado actual. En el caso de proponer nuevas ubicaciones, se respetarán orientativamente los parámetros de distribución territorial y poblacional. Cualquier cambio de ubicación, originado por criterios de la adjudicataria o a requerimiento de la Mancomunidad/Ayuntamientos, no tendrá costo alguno para la Mancomunidad
/Ayuntamientos.
La estacionalidad de la población en los distintos municipios obliga a adecuar todos y cada uno de los servicios y tratamientos a la temporada del año en que se ejecuten. En este sentido, se establecen las siguientes temporadas, que deberán ser consideradas en el diseño de los servicios por su especial relevancia:
Temporada Duración | Jornadas | |
Baja (TB) | 1 noviembre – 31 marzo | 151 (más días bisiestos) |
Media (TM) | 1 abril – 31 mayo + 1 octubre – 31 octubre | 92 |
Alta (TA) | 1 xx xxxxx – 30 septiembre | 122 (incluye TAE) |
1 de julio – 31 agosto | 62 |
8.5 FRECUENCIAS Y HORARIOS.
La recogida de los resíduos urbanos, recogidas selectivas y el servicio ordinario, podrá efectuarse en horario nocturno o diurno, a criterio y propuesta de licitador, manteniendo las frecuencias mínimas que se reglamentan a seguir
Se recomienda, no obstante, el servicio diurno, en horario de mañana, en zonas de extrarradio y de escaso tráfico rodado. Toda propuesta de xxxxxxx deberá estar justificada suficientemente en el proyecto técnico a presentar por los licitadores.
Las frecuencias de recogida de RU mínimas exigidas serán las siguientes:
TRATAMIENTO | FRECUENCIA | ||
TB | TM | TA y TEA | |
RECOGIDA FRACCIÓN RESTO CASCOS URBANOS XXXXXXXX Y CAMBADOS DOMICILIARIA | 4/7 | 5/7 | 6/7 |
RECOGIDA FRACCION RESTO PARROQUIAS Y PEDANÍAS DOMICILIARIA | 2/7 | 2/7 | 3/7 |
RECOGIDA FRACCIÓN RESTO PRODUCTORES SINGULARES | 6/7 | 6/7 | 6/7 |
RECOGIDA FRACCION ENVASES DOMICILIARIA | 1/7 | 1/7 | 2/7 |
RECOGIDA FRACCIÓN ENVASES PRODUCTORES SINGULARES | 2/7 | 3/7 | 4/7 |
RECOGIDA FRACCIÓN PAPEL CARTÓN CONTENERIZADA DOMICILIARIA | 1/7 | 1/7 | 2/7 |
TRATAMIENTO | FRECUENCIA | ||
TB | TM | TA y TEA | |
RECOGIDA PAPEL CARTÓN PUERTA A PUERTA | A PROPUESTA DEL LICITADOR | ||
RECOGIDA PAPEL CARTÓN PRODUCTORES SINGULARES | 2/7 | 3/7 | 4/7 |
RECOGIDA DE VOLUMINOSOS | 1/7 | 1/7 | 2/7 |
RECOGIDA DE MERCADOS Y MERCADILLOS | DÍAS DE CELEBRACIÓN |
Las frecuencias definidas para cada uno de los tratamientos tendrán la consideración de MÍNIMAS pudiendo los licitadores en sus proyectos, ampliar sobre las mismas.
8.6.1 RECOGIDA ORDINARIA DE RESÍDUOS URBANOS.
8.6 CLASIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS DE RECOGIDAS
El adjudicatario estará obligado a recoger los resíduos urbanos de los términos municipales de Cambados y Xxxxxxxx de Arousa, en la totalidad de las zonas y recorridos que conforman cada uno de ellos, garantizando el cumplimiento de las frecuencias mínimas exigidas en este Pliego.
Actualmente se dispone de Planta de Transferencia para los resíduos urbanos, ubicada en Ribadumia.
La recogida se realizará a través de contenedores normalizados, en los lugares que el licitador determine en su proyecto (sujeto a aprobación final por la Mancomunidad/Ayuntamientos), teniendo en cuenta que sus ubicaciones podrán modificarse, así como su cuantía, a lo largo de la ejecución contrato, siendo obligación del contratista la recogida de los mismos sin cargo alguno a la Mancomunidad siempre y cuando su número no varíe más de un 10% respecto a lo propuesto en su oferta.
El adjudicatario deberá proceder a la recogida de los resíduos existentes en el interior de los contenedores, así como aquellos que queden esparcidos alrededor de los mismos, además de mantener una correcta limpieza de las áreas de aportación (ubicaciones)
Igualmente en el caso de que accidentalmente (intervención de animales, actos de vandalismo, o falta de sensibilización ciudadana) quedaran resíduos a lo largo del recorrido, se deberán dejar las calles y caminos a su paso perfectamente libres de los mismos.
En el caso de actividades de servicios u otras, que generen gran volumen de resíduos (hospitales, centros de salud, grandes superficies comerciales, hoteles, residencias, escuelas etc.) en definitiva los denominados productores singulares, los SSTT de los Ayuntamientos/Mancomunidad podrán determinar que la recogida de sus contenedores sea en el interior de sus recintos, sin cargo adicional alguno a la Mancomunidad/Ayuntamientos .
La Mancomunidad/Ayuntamientos a su discreción, podrá ordenar variaciones sobre los recorridos que no supongan una alteración del 15% de la longitud total de éstos, siempre que las condiciones de las vías hagan posible el paso. Dichas variaciones no podrán ser objeto de contraprestación alguna por parte de la Mancomunidad/Ayuntamientos a la contrata, ni de reducción del precio. En caso de que por la envergadura de la modificación las variaciones de recorrido se situasen por encima del 15% y fuese necesario considerar una modificación efectiva de los medios y servicios, deberá tramitarse la correspondiente modificación del servicio con los precios que equilibren adecuadamente la nueva situación. Esta situación operará en ambos sentidos.
El adjudicatario tiene libertad en todo momento, para proponer itinerarios y ubicaciones de los contenedores alternativos, a su riesgo y xxxxxxx, y siempre y cuando respeten los parámetros de reparto territorial mínimos. Estas alternativas serán aprobadas por la Mancomunidad, previamente a su puesta en servicio.
Se entiende por servicios especiales, todos aquellos cuya prestación no se desarrolle de manera sistemática, o que necesite un servicio ajeno al ordinario, durante unas horas o frecuencias determinadas. El cumplimiento de las siguientes recogidas será obligatorio por parte del adjudicatario, con las siguientes consideraciones:
• Recogida de los mercados municipales. La recogida será diaria, excepto domingos y festivos, de todos los residuos generados en los mercados municipales y se realizará inmediatamente después del cierre de las instalaciones. Se emplearán contenedores destinados al efecto, en el interior de dicho edificio o recinto con acceso directo al exterior. Estos contenedores deberán encontrarse en perfecto estado de uso y limpieza, para lo que deberán ser lavados todos los días. Una vez implantado el servicio, todas aquellas variaciones o mejoras que se demuestren necesarias para el correcto desarrollo del servicio, correrán a cargo del adjudicatario.
• Recogida de animales muertos en la vía pública. En cuanto sea detectado la presencia de animales muertos en la vía pública, bien por personal de la contrata, bien por la propia Mancomunidad o bien a través de denuncia de los ciudadanos, el adjudicatario procederá a su retirada inmediata en el plazo más breve posible, sin superar éste las 24 horas. Si se produjese derramamiento de líquidos orgánicos, se procederá a la limpieza y desinfección del lugar.
• Recogida de enseres, muebles y voluminosos. El servicio será una vez por semana preferentemente en horario diurno; (o nocturno siempre que los solicite el adjudicatario y justificadamente sea autorizado). El adjudicatario deberá implantar un servicio especial provisto de un vehículo adecuado para este tipo de recogida. La planificación de este servicio será tal que estos residuos no estén más de 24 horas en la vía pública (cascos urbanos de Cambados, Vilanova), 48 horas en zonas urbanas periféricas (urbanizaciones) y 72 horas en extrarradio y parroquias. El adjudicatario deberá habilitar un teléfono de atención ciudadana en el que se tome parte de la naturaleza y volumen del mismo, y se le informe del lugar de depósito (ecoparque; o dirección junto al contenedor más próximo) y fecha y hora preferente de depósito de acuerdo a la planificación y volumen de trabajo de esta recogida especial. La fecha de la recogida no podrá ser superior a los 3 días siguientes a la de la solicitud, de modo que el tiempo en el que el residuo permanece en la vía pública sea mínimo. Será también responsabilidad del adjudicatario, recoger objetos voluminosos depositados sin previo aviso del ciudadano, y en particular, aquellos objetos dejados a pie de contenedores. Para ello, cada vehículo de recogida, así como los operarios de limpieza, deberán comunicar al gestor de la contrata, lo más tarde al final del turno, su presencia, para su inmediata inclusión en la planificación de recogida.
• Recogida de residuos en actividades temporales o provisionales e itinerantes (circos, ferias, fiestas gastronómicas y similares). El contratista deberá disponer de los contenedores necesarios junto al emplazamiento de dichas actividades y recoger los residuos que se produzcan al menos una vez al día, y durante la permanencia temporal de la actividad. Siempre con el criterio que los SSTT de los Ayuntamientos/Mancomunidad determinen para que la recogida de estos residuos se realice en las mejores condiciones.
Las recogidas selectivas de los resíduos tienen por objeto minimizar el resíduo con destino a planta, y su aprovechamiento (reutilización, reciclado, y valorización). Dada la posible gestión de dichos resíduos y valorización, el contratista realizará dichas recogidas con los condicionantes expresados.
Los aumentos de tonelajes, o aumentos de puntos de recogida en las recogidas selectivas no podrán ser objeto de revisión o modificación del contrato, dado que el balance de costos/ingresos por estas tareas se encontrarán incluidos dentro del precio ofertado por el adjudicatario y siendo éste el destinatario de los flujos de recogidas selectivas (cesión de flujos prevista en el contenido normativo del presente documento)
Como regla general, las recogidas selectivas se realizarán con la frecuencia definida en el presente documento, de forma que no se desborden los elementos de contención que se coloquen. En ningún caso se permitirá al gestor la mezcla de los resíduos ordinarios con el resto de fracciones de selectiva, o entre sí. Además se garantizará el % sobre áreas de aportación que define el presente documento (60%)
De acuerdo con el Plan de Residuos de la Comunidad, se irá acomodando, tanto los distintos tipos de recogida contenerizada, como el posterior tratamiento del resíduo, a las exigencias y objetivos legales que se impongan, en los plazos previstos.
La gestión indirecta (subcontratación del servicio) no exime al contratista de sus obligaciones, debiendo remediar con sus propios medios cualquier incidencia que se presentase.
El contratista estará obligado a acreditar mensualmente las cantidades de resíduos selectivos recogidos y facilitar toda la información respecto a los ingresos por valorización obtenidos (a titulo informativo para los SSTT de los Ayuntamientos).
Las siguientes recogidas selectivas forman parte de los residuos valorizables, cuyos flujos económicos, los Ayuntamientos/Mancomunidad ceden al contratista al formar parte de su retribución junto con el precio del contrato.
• Recogida de papel-cartón
La Mancomunidad del Salnes/Ayuntamientos tienen implantada una recogida selectiva de papel-cartón en los municipios de Cambadosy Xxxxxxxx, encontrandose adheridos al Convenio Marco suscrito por la Junta de Galicia y Ecoembalajes España S.A. e incorporándose al sistema de gestión referente a dicho tipo de resíduo. El sistema de recogida se efectúa a través de contenedores azules de capacidad para 3 m³ de carga superior.
El adjudicatario estará obligado a la gestión (recogida con la periodicidad definida, transporte y destino según obligaciones legales) directa o indirecta, sin coste alguno para la Mancomunidad, del papel-cartón depositado en los contenedores específicos implantados y en aquellos que se implanten en un futuro, de modo que se eviten el desbordamiento del contenedor. El recuperador del resíduo deberá estar adherido al Convenio Marco referido.
El actual sistema de recogida, doble gancho carga superior, puede ser modificado por los licitadores en sus proyectos, carga trasera, lateral, etc., manteniendo en todo caso las frecuencias establecidas como mínimas en el presente documento y la compatibilidad con los medios propuestos.
Del mismo modo, el adjudicatario podrá efectuar el servicio de recogida de papel-cartón a los comercios, (recogida puerta a puerta) en las zonas urbanas de mayor implantación comercial, o donde considere oportuno, siempre destinado a la mejora de los flujos. Señalar al respecto que la recogida de papel cartón a productores singulares deberá ejecutarse mediante sistema específico de carga trasera.
• Recogida xx xxxxxx.
No forma parte del perímetro del contrato por ejecutarla en la actualidad por otra mercantil para ECOVIDRIO
• Recogida de envases y residuos de envases.
La Mancomunidad/Ayuntamientos tienen implantada una recogida selectiva de envases en los municipios, y así, se encuentra adherido al Convenio Marco suscrito por la Junta de Galicia y Ecoembalajes España S.A., incorporándose al sistema integrado de gestión, referente a dicho tipo de resíduo. El sistema de recogida se efectúa en la actualidad a través de contenedores amarillos de 800 y
1.000 lts de capacidad ubicados generalmente en la vía pública.
El adjudicatario estará obligado a la gestión (recogida con la periodicidad definida, transporte y destino según obligaciones legales) directa o indirecta, de los resíduos de envases depositados en los contenedores específicos actualmente ubicados y en aquellos que se implanten progresivamente en el futuro, así como a evitar los desbordamientos posibles en los contenedores dispuestos al efecto. Al igual que se ha destacado para la recogida de la fracción papel cartón, los licitadores deberán prever en sus proyectos un sistema de recogida de fracción envases para productores singulares, de acuerdo a las especificaciones que se recogen en el presente documento.
• Recogida de pilas.
El adjudicatario estará obligado a la recogida de pilas en los lugares que la Mancomunidad
/Ayuntamientos establezcan (no más de 80 puntos en total: comercios, colegios y edificios de organismos públicos, etc.), y con la frecuencia necesaria para el buen funcionamiento del servicio. Estos resíduos deberán ser entregados por el adjudicatario, a gestor autorizado.
El adjudicatario colocará un distintivo conforme a las directrices municipales, en aquellos establecimientos o edificios dotados de contenedores específicos, que permitan identificarse y localizarse como lugares de depósito, a fin de que el ciudadano tenga conocimiento de ello. El adjudicatario facilitará un número de teléfono en rótulo sobre contenedor para proceder al aviso de la necesidad de su vaciado, que deberá efectuarse en un plazo de 48 h.
El adjudicatario deberá disponer de los elementos y medios para el almacenaje necesario y adecuado al tipo de resíduo de que se trate, hasta la entrega a la empresa que realice la gestión del mismo.
8.6.4 OTRAS RECOGIDAS SELECTIVAS
Si durante la duración del contrato se introdujeran nuevas recogidas selectivas por iniciativa de la Mancomunidad/Ayuntamientos o por obligación normativa, el adjudicatario estará obligado a aportar los medios necesarios materiales y humanos para la prestación de dichos servicios. En términos generales, la implantación progresiva de dichas recogidas se realizará por aplicación del precio definido por el licitador en su proposición económica tal y como se define en el correspondiente capítulo del presente documento “Valoración de la propuesta de recogida de fracción orgánica (bioresiduo).
8.7 NORMAS ADICIONALES RELATIVAS A LAS RECOGIDAS
• Respeto a las normas de seguridad vial, señalización de equipos y operarios, de seguridad e higiene, contaminación ambiental aplicable a vehículos y personas (emisiones a la atmósfera y ruido).
• Cuidado en el trato con ciudadanos implicados directamente o indirectamente en las operaciones.
• Comunicación y registro por parte de cada equipo, de las anomalías observadas en la ruta, para su comunicación al final del turno, o a su empresa, especialmente si se refieren a:
✓ Desbordamientos.
✓ Deficiencias de contenedores (estado funcional, señalización, ubicaciones, limpieza, etc.).
✓ Presencia de voluminosos u otro tipo de residuos previstos en el pliego (selectivas, podas, etc.).
✓ Cualquier incidencia que deba resolverse para la mejora del servicio o realizarse en las condiciones impuestas en este pliego.
• El adjudicatario deberá transportar todos los residuos urbanos a la planta de transferencia inmediatamente, sin que puedan ser depositados en ningún otro lugar ni permanecer en los vehículos de recogida al final de la jornada.
• Los objetos de valor que el adjudicatario o sus empleados pudiesen encontrar entre los residuos, deberán ser depositados de inmediato en las oficinas de cada ayuntamiento o de la Mancomunidad.
• El Adjudicatario de los servicios objeto de la presente licitación, se compromete a su vez en consideración a las informaciones recogidas en los Capíutulos 13, 12.10 y los medios materiales que implemente para ello; a facilitar con periodicidad mensual y a mes vencido, en los 5 primeros días del mes siguiente, los datos de las toneladas de residuos recogidas en cada uno de los Ayuntamientos. Esta información deberá garantizar que la SOCIEDADE GALEGA DE MEDIO AMBIENTE (SOGAMA), esté en condiciones de facturar a los Ayuntamientos las cantiades correspondientes al canon de tratamiento al precio estipulado y en función de las toneladas recogidas y vertidas
• El adjudicatario deberá proporcionar con la frecuencia mensual, a la Mancomunidad
/Ayuntamientos copia de todos los tickets de control de pesaje de los residuos depositados en la planta de transferencia (a incluir en el informe mensual), u otros lugares donde se depositen, así como toda aquella información documental que los servicios técnicos de la Mancomunidad/Ayuntamientos requieran, y con la frecuencia que se determinen, para el control del servicio. Aleatoriamente los SSTT de los Ayuntamientos/Mancomunidad realizarán pesajes de contraste, para el seguimiento de la explotación de la contrato. Dichos pesajes se encargarán
a entidades independientes. El coste de dichos pesajes serán abonado directamente por la Mancomunidad/Ayuntamientos a entidades independientes de control y descontado posteriormente de las certificaciones mensuales que se expidan, por un importe máximo de
2.000 €/año. En el caso de no agotar dicho importe, se podrá descontar en cualquiera de las certificaciones ordinarias de las siguientes anualidades.
• Ademas de a la Mancomunidad, y en los primeros 5 días de cada mes, el adjudicatario deberá facilitar a la Sociedad Galega de Medioambiente (SOGAMA) los datos de pesadas correspondientes a cada municipio de forma individual, con el fin de que dicha Sociedad pueda realizar la facturación de los residuos depositados, a cada Ayuntamiento de forma independiente. En el caso de que en algún més no se cumpla esta premisa, o se cumpla con retraso, SOGAMA facturara a cada Ayuntamiento en base a los datos del mes anterior, regularizándose en la medida en que se disponga de los datos reales.
8.8 MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y REPOSICIÓN DE LOS CONTENEDORES
Todos los contenedores deberán encontrarse en perfecto estado de operatividad y ornato. Todos llevarán identificación mediante rótulos sobre normas de uso e incluirán teléfonos de atención al cliente para partes de incidencias y códigos de identificación.
En el caso que la oferta del licitador planteara recogidas con otros tipo de sistemas (carga lateral p. ej.) diferentes a los actuales, los contenedores municipales (de carga trasera) deberán ser adaptados para el servicio de recogida de productores singulares, o en su defecto, almacenados bajo su tutela y responsabilidad del mismo, que se devolverán en las mismas condiciones de operatividad, limpieza y situación en la vía pública al final del contrato.
La limpieza (lavado y desinfección) de todos los contenedores de resíduos urbanos ubicados en el término municipal se realizará mecanizada, y con vehículo lava contenedores (salvo aquellos que por su configuración y diseño no sea posible, en cuyo caso se realizará manualmente).
La periodicidad de los contenedores se especifica en la tabla anexa. Excepcionalmente se establece una frecuencia de limpieza diaria y mecanizada para los contenedores de los mercados (preferentemente en centrales).
Para aquellos contenedores propios para el depósito de recogidas selectivas (papel-cartón, envases), el contratista deberá mantener los contenedores en buen estado de limpieza e higiene, para lo que deberá aportar en su oferta, programación de mantenimiento al efecto.
Cuando por vandalismo se afecte a la apariencia u ornato del contenedor el contratista vendrá obligado a sustituirlo y/o limpiarlo en el plazo máximo de 24 horas desde su comunicación.
El adjudicatario tiene como obligación dentro de sus tareas el mantenimiento y limpieza de los contenedores de resíduos urbanos (incluidos los propios de las recogidas selectivas) ya emplazados en el término municipal, y procedentes de la anterior contrata, así como los nuevos que se vayan emplazando progresivamente desde el inicio del servicio, debiendo mantenerlos en óptimas condiciones de uso, limpieza e higiene.
Al igual que tras su vaciado, los contenedores deben dejarse con la tapa cerrada y frenados tras su limpieza.
FRACCIÓN RESTO | ||
Estación | Nº de lavados | |
Verano | 1-3 lavados cada 2 semanas | |
Resto del año | 1-3 lavados cada 2 semanas | |
ENVASES LIEGEROS | ||
Sistema | Tipología | Nº de lavados año |
Carga superior iglú | Urbana | 7-9 |
Semiurbana | 6-8 | |
Rural | 4-6 | |
Carga trasera | Urbana | 8-10 |
Semiurbana | 6-8 | |
Rural | 4-6 | |
Carga lateral | Urbana | 8-10 |
Semiurbana | 7-9 | |
Rural | 4-6 |
PAPEL CARTÓN | ||
Sistema | Tipología | Nº de lavados año |
Carga superior | Urbana | 3-5 |
Semiurbana | 2-4 | |
Rural | 1-3 | |
Carga trasera | Urbana | 3-5 |
Semiurbana | 2-4 | |
Rural | 1-3 | |
Carga lateral | Urbana | 3-5 |
Semiurbana | 2-4 | |
Rural | 1-3 |
8.8.3 CONSERVACIÓN, SUSTITUCIÓN, STOCK
Las labores de mantenimiento, conservación y reparación de todos los contenedores se realizarán de forma continúa, debiendo el adjudicatario disponer de personal y medios para la sustitución o reparación de los elementos dañados en los contenedores, sin cargo adicional alguno.
En el caso que cualquier circunstancia (accidente, vandalismo, robo, etc.) afectara a un contenedor, el contratista deberá sustituirlo y/o repararlo a su cargo, en el plazo de 48 horas desde el momento en el que se tenga conocimiento del incidente, sin perjuicio de las demandas o indemnizaciones que pueda interponer ante terceros para resarcirse del coste de reposición, una vez identificados los causantes, en su caso.
En el caso de que el contenedor hubiera llegado al final de su vida útil, el contratista deberá reponerlo por otro perfectamente operativo, según las instrucciones recibidas por los SSTT de los Ayuntamientos destinatarios del servicio.
Para ello el contratista deberá acreditar la disponibilidad anual permanente del 5% del inventario municipal de contenedores en sus dependencias para atender cualquier problema que pueda surgir.
Los SSTT de los Ayuntamientos beneficiairos del servicio, podrán modificar con carácter excepcional las condiciones de mantenimiento de algún contenedor en zonas rurales o extrarradio.
El licitador deberá mantener en buen estado de uso y funcionamiento, aquellas instalaciones fijas, que alberguen contenedores soterrados, tanto los existentes, como los que se instalen durante la ejecución del contrato. En su oferta deberá proponer con todo detalle, un plan de mantenimiento anual de dichas instalaciones, debiendo reflejarse de forma visible, las partidas económicas imputables directamente a dicho servicio, en el correspondiente estudio económico.
8.9 MEDIOS REQUERIDOS PARA EL SERVICIO.
El adjudicatario deberá disponer de los medios humanos suficientes para la ejecución del servicio en óptimas condiciones y los requisitos requeridos con carácter general en el presente documento. Incluirá un responsable específico con dedicación exclusiva para este contrato.
El adjudicatairo deberá proceder a la subrogación del personal que, en consideración a la vigente normativa, reuna las condiciones para ello, tal y como se desarrolla en el capítulo correspondiente del presente documento.
Con carácter general y con las condiciones expresadas en el PPT, el personal adscrito al servicio será el necesario para la correcta ejecución y control propio de la prestación, siendo éste inicial y orientativamente como mínimo el que conforma el listado de subrogación anexo al PPT
El adjudicatario deberá disponer de los medios técnicos o materiales suficientes para la ejecución del servicio en óptimas condiciones y con los requisitos requeridos con carácter general en el presente PPT.
Con carácter orientativo, no imperativo, el adjudicatario deberá disponer del siguiente parque de maquinaria para la correcta prestación del Servicio:
• Vehículos Recolectores-compactadores, en número suficiente para cubrir la recogida de todos los RU previstos en este pliego con prensa de alta compactación, normas anti emisiones contaminantes, Euro 4 mínimo toda vez que no se exige la aportación de vehículos de nueva adquisición. Deberán incorporarse aquellos sistemas de seguridad obligatorios por normativa de la CEE. El contratista velará especialmente por la normativa de seguridad y salud de estos vehículos y por la desinfección de la caja de compresión.
• Vehículos recolectores de selectiva con gancho (de ser el sistema propuesto), carga trasera o lateral en número suficiente para cubrir la recogida de todos los contenedores expuestos cuya recogida resulte compatible con los sistemas propuestos por los licitadores.
• Vehículos con caja abierta en número suficiente para enseres u otros residuos.
• Lava contenedores en número suficiente para cubrir los objetivos marcados en el pliego.
• Vehículos para el personal encargado y supervisor.
Medios informáticos y de comunicación necesarios para la gestión integral de la información y su compatibilidad con los sistemas de información de la Mancomunidad/Ayuntamientos
En general, los licitadores propondrán la adscripción al servicio de cuantos medios materiales sean precisos para cumplir sin excepción, los objetivos de este pliego, pudiendo la Mancomunidad solicitar cualquier documentación pertinente al respecto (seguros, revisiones ITV, contratos de alquiler y/o mantenimiento, pólizas, características, etc.)
El adjudicatario deberá suscribir los contratos oportunos para todos los suministros (luz, agua, gas, teléfono, etc.) y satisfacer todos los gastos generados en las instalaciones dedicadas al servicio. De igual modo estará obligado a iniciar los expedientes, satisfacer los gastos asociados y en general cumplir cuanta normativa sea de obligado cumplimiento para la obtención de autorizaciones, licencias de actividad, vados, etc.
9.1 OBJETIVOS DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA
9 SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA
Proporcionar un servicio de recogida de residuos domiciliarios mediante contenedores en la vía pública y su transporte a las instalaciones de transferencia, en particular a la Planta de Transferencia de Ribadumia
Aumentar la cantidad y calidad de las fracciones de residuos recogidas de forma selectiva. Se pretende que, como mínimo, el 60% de áreas de aportación dispongan de recogida selectiva. De este modo se persigue facilitar la separación a los usuarios y aumentar así las cantidades de residuos recogidas selectivamente en origen, garantizando en todo caso, los ratios mínimos de contenedores por habitante establecidos en el sistema de remuneración de ECOEMBES (habitante/litro) y las condiciones preceptuadas en el presente documento respeto del porcentaje sobre áreas de aportación
Homogeneizar los tipos de contenedores y minimizar el impacto visual sobre la vía pública. Se pretende una homogeneización de las formas y sistemas de recogida de los contenedores, que permita una mayor integración de las areas de aportación en el entorno, que disminuya en la en todo lo posible la ocupación de la vía pública y que maximice, al mismo tiempo, el volumen de contenerización disponible.
9.2 AMBITO DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA
El ámbito del servicio de recogida domiciliaria comprende las funciones de recogida y transporte de los residuos generados en los domicilios, separados en fracciones y dentro del ámbito territorial descrito al efecto, a la Planta de Transferencia. El servicio también incluirá la limpieza de los contenedores destinados a la recogida domiciliaria con las frecuencias y modalidades descritas en el presente documento.
PROVINCIA | CONCELLO | PARROQUIA |
Pontevedra | Cambados | CAMBADOS (SANTA MARIÑA) |
Pontevedra | Cambados | Castrelo |
Pontevedra | Cambados | Corvillón |
Pontevedra | Cambados | Xxxxxx |
PROVINCIA | CONCELLO | PARROQUIA |
Pontevedra | Cambados | Xxxxxxxx |
Pontevedra | Xxxxxxxx | Xxxxxx |
Pontevedra | Xxxxxxxx | Baión |
Pontevedra | Xxxxxxxx | Caleiro |
Pontevedra | Xxxxxxxx | Xxxxx |
Pontevedra | Xxxxxxxx | Tremoedo |
Pontevedra | Vilanova | Xxxxxxxx de Arousa |
En en cuanto a los residuos, se recogerán los de origen domiciliario, pero también los generados por los locales comerciales asimilables a los domiciliarios de aquellos comercios o actividades profesionales que no sean destinatarios del servicio de recogida a productores singulares.
9.3 CANTIDAD Y FRACCIONES A RECOGER PARA LA RECOGIDA DOMICILIARIA
El total de residuos municipales, recogidos de las diferentes fracciones durante el periodo 2013-2016 es el que se detalla a seguir:
ENTRADAS BOLSA NEGRA EN INSTALACIÓNS DE SOGAMA (t)
ANO 2014 (t) | XXXXXXXX | CAMBADOS |
ene-14 | 357,68 | 489,12 |
feb-14 | 313,30 | 418,74 |
mar-14 | 370,46 | 481,30 |
abr-14 | 379,88 | 468,50 |
may-14 | 378,08 | 502,32 |
jun-14 | 404,66 | 513,22 |
jul-14 | 480,16 | 580,62 |
ago-14 | 513,84 | 649,98 |
sep-14 | 441,28 | 567,30 |
oct-14 | 411,26 | 538,44 |
nov-14 | 354,90 | 491,92 |
dic-14 | 356,86 | 480,78 |
4.762,36 6.182,24
ANO 2015 (t) | XXXXXXXX | CAMBADOS |
ene-15 | 343,74 | 469,14 |
feb-15 | 304,22 | 429,22 |
mar-15 | 376,48 | 491,22 |
abr-15 | 395,02 | 501,32 |
may-15 | 396,86 | 514,12 |
jun-15 | 402,20 | 519,10 |
jul-15 | 456,84 | 589,12 |
ago-15 | 490,56 | 648,06 |
sep-15 | 410,64 | 536,56 |
oct-15 | 386,74 | 529,64 |
nov-15 | 356,88 | 481,32 |
dic-15 | 350,38 | 497,88 |
4.670,56 | 6.206,70 |
ANO 2016 (t) | XXXXXXXX | CAMBADOS |
ene-16 | 354,84 | 492,16 |
feb-16 | 333,94 | 455,00 |
mar-16 | 366,94 | 488,94 |
abr-16 | 371,02 | 498,48 |
may-16 | 393,96 | 493,50 |
jun-16 | 403,62 | 522,34 |
jul-16 | 473,22 | 553,48 |
ago-16 | 495,80 | 665,02 |
sep-16 | 412,02 | 545,72 |
oct-16 | 400,12 | 534,04 |
nov-16 | 364,74 | 488,16 |
dic-16 | 362,78 | 509,66 |
4.733,00 | 6.246,50 |
ENTRADAS BOLSA AMARELA EN INSTALACIÓNS DE SOGAMA (t)
ANO 2014 (t) | XXXXXXXX | CAMBADOS |
ene-14 | 15,50 | 20,60 |
feb-14 | 12,72 | 15,92 |
mar-14 | 10,76 | 13,94 |
abr-14 | 16,26 | 18,24 |
may-14 | 11,54 | 14,98 |
jun-14 | 11,18 | 14,42 |
jul-14 | 16,90 | 18,38 |
ago-14 | 13,80 | 16,18 |
sep-14 | 12,76 | 16,38 |
oct-14 | 14,40 | 19,58 |
nov-14 | 11,08 | 15,46 |
dic-14 | 13,96 | 14,96 |
160,86 199,04
ANO 2015 (t) | XXXXXXXX | CAMBADOS |
ene-15 | 11,98 | 13,58 |
feb-15 | 12,24 | 13,20 |
mar-15 | 14,00 | 12,90 |
abr-15 | 12,82 | 16,74 |
may-15 | 12,36 | 14,94 |
jun-15 | 11,72 | 13,34 |
jul-15 | 15,30 | 20,98 |
ago-15 | 13,90 | 18,74 |
sep-15 | 17,20 | 14,60 |
oct-15 | 13,22 | 18,46 |
nov-15 | 11,48 | 13,50 |
dic-15 | 16,70 | 18,28 |
162,92 | 189,26 |
ANO 2016 (t) | XXXXXXXX | CAMBADOS |
ene-16 | 14,38 | 14,42 |
feb-16 | 14,64 | 13,26 |
mar-16 | 18,66 | 17,64 |
abr-16 | 13,12 | 14,30 |
may-16 | 13,64 | 13,46 |
jun-16 | 15,90 | 18,82 |
jul-16 | 13,20 | 13,04 |
ago-16 | 17,46 | 14,86 |
sep-16 | 12,66 | 18,40 |
oct-16 | 12,32 | 14,68 |
nov-16 | 15,00 | 13,10 |
dic-16 | 12,26 | 15,04 |
173,24 | 181,02 |
Como consecuencia de los objetivos antes mencionados y del modelo de separación en origen de los residuos domiciliarios, se realizará una recogida diferenciada para las siguientes fracciones:
• Rechazo (o fracción resto).
• Papel y cartón.
• Envases ligeros.
El sistema de recogida será el propuesto por el licitador en su proyecto, elegido de entre los existentes en el mercado. Entre estos, señalar los sistemas mediante vehículos mono operadores de carga lateral automatizada y operada desde cabina, mono operador de carga bilateral, o tradicional de carga trasera. Se recomienda que la recogida a productores singulares se cimente sobre una solución de carga trasera, dadas las dificultades que presentan algunos de los núcleos urbanos.
Se implanta un modelo de recogida cimentado en el objetivo de qué al menos el 60% de las áreas de aportación de superficie dispongan de contenedores de fracción resto, papel-cartón, envases ligeros, formando islas ecológicas compactas ubicadas en lugares de fácil acceso y de máxima afluencia ciudadana.
El adjudicatario tendrá que instalar, como mínimo, el mismo número de puntos o áreas de aportación de recogida de residuos que los actuales siguiendo los siguientes criterios:
• El número de contenedores de fracción resto instalados por cada punto será aquel que iguale o aumente el volumen de recogida instalado de aquel punto.
• En cuanto a la recogida selectiva, se garantizará que, como mínimo, el 60% de los puntos dispongan de contenedores de recogida selectiva. Habrá que tener en cuenta que el número de contenedores instalados por cada punto para cada fracción será aquel que iguale o aumente el volumen de recogida instalado de aquel punto.
El adjudicatario y la Mancomunidad/Ayuntamientos decidirán la ubicación final de cada punto de contenedores teniendo en cuenta las necesidades de la zona y las variaciones que haya podido haber en la distribución y número de contenedores. La Mancomunidad/Ayuntamientos podrá variar el número de contenedores por razones de capacidad instalada no suficiente, distancias mínimas a recorrer por la ciudadanía o por razones de alta ocupación del espacio viario y de impacto paisajístico. Cuando esta variación sea inferior al 10%, siempre que se produzca en la fase de implantación del servicio, el adjudicatario asumirá la totalidad de los gastos derivados. En caso contrario, el gasto irá a cargo de la Mancomunidad/Ayuntamientos
En ningún caso los cambios de ubicación de contenedores representarán coste alguno para la Mancomunidad/Ayuntamientos y correrán a cargo del adjudicatario.
El adjudicatario garantizará, en aquellos sectores donde no se preste el servicio de recogida a productores singulares, que cerca de estos, habrá contenedores públicos de recogida selectiva y fracción resto.
El adjudictario, siempre que sea necesario, tendrá que habilitar el espacio para la instalación de contenedores mediante adecuación del pavimento o la obtención de las correspondientes autorizaciones
y/o permisos. Señalar al respecto, el deficiente estado actual de las áreas de aportación en las zonas rurales de los municipios que conforman la Mancomunidad y son objeto de la presente licitación Cambados, Xxxxxxxx de Arousa.
En cuanto a la distribución de los contenedores de las diferentes fracciones de residuos en las islas ecológicas, esta se realizará de forma que los contenedores de Resto se ubiquen en un extremo y los de selectiva en medio, pero siempre respetando el mismo orden de colocación.
Los licitadores podrán ofrecer en su proyecto de servicio todas aquellas opciones encaminadas a aumentar la capacidad de contenerización de la recogida selectiva.
10 SERVICIOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS A PRODUCTORES SINGULARES.
Los objetivos del servicio de recogida de residuos a productores singulares son los siguientes:
• Disponer de un servicio específico de recogida para los productores singulares de residuos.
• Aumentar la recogida selectiva de fracciones con un bajo porcentaje de impropios.
• Conocer la producción de residuos de todas las actividades económicas.
10.2 ÁMBITO DEL SERVICIO DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES
El servicio de recogida a productores singulares comprende la recogida y el transporte de los residuos generados por las actividades comerciales, de servicios e industriales, asimilables a residuos municipales, diferenciados por fracciones y dentro dentro del ámbito territorial descrito. El servicio no incluye el lavado ni el mantenimiento de los contenedores destinados a la recogida a productores singulares que tengan consideración de privados.
Como norma general, se considera productor singular aquellos establecimientos que generan más de 200-250 litros/día de volumen de residuos. Aún así, el cartón comercial será susceptible de ofrecerse en modalidad de puerta a puerta a pequeños productores.
10.3 USUARIOS DE LA RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES
El adjudicatario tendrá que prestar un servicio de recogida de residuos puerta a puerta para los productores singulares (y pequeños productores de papel-cartón) de los núcleos o cascos de Cambados y Xxxxxxxx de Arousa, aplicando para ello las correspondientes Ordenanzas Fiscales de ambos ayuntamientos y adhiriendo al sistema a aquellas actividades comerciales comprendidas dentro de los epígrafes o grupos III, IV, V, VI y VII
Para la realización de este servicio, el adjudicatario deberá contemplar la estacionalidad como elelemento determinante a la hora de diseñar sus rutas y horarios. Y deberá dotarse de la flexibilidad necesaria para hacer frente a la inclusión de nuevos productores singulares y la baja de otros.
El resto de actividades comerciales u hosteleras no incluidas en la relación de productores singulares, utilizarán el servicio de recogida domiciliaria con el correspondiente sistema de separación de fracciones y depósito de residuos en contenedores a la calle.
La Mancomunidad/Ayuntamientos podrá ampliar actividades y empresas sujetas a la recogida a productores singulares puerta a puerta a lo largo de la duración del contrato.
10.4 FRACCIONES DE RESIDUOS A RECOGER A PRODUCTORES SINGULARES
Como consecuencia de los objetivos generales de recogida selectiva y del modelo de separación en origen del residuos se realizará un recogida diferenciada por las siguientes fracciones, en consideración a la naturaleza de los productores singulares.
• Fracción resto.
• Papel y cartón.
• Envases ligeros.
10.5 SISTEMAS DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES
Los sistemas y tecnologías previstos para la recogida a productores singulares serán los siguientes:
• Sistema de carga posterior (CP) con peones de refuerzo, apto para recoger contenedores de entre 120 y 1.100 litros tipos DIN, jaulas metálicas o fajos de cartón plegado (para las fracciones resto, papel-cartón y envases ligeros).
• Sistema de carga lateral único, o combinado con carga trasera en aquellas zonas de dificl acceso a vehículos de carga lateral.
Para la recogida de resto, papel-cartón, envases ligeros se contará con peón de refuerzo por cada vehículo de carga posterior.
El PPT no cierra la posibilidad a que los licitadores diseñen en sus proyectos un sistema de recogida a productores singulares cimentado sobre vehículos mono operadores o bicompartimentados teniendo en cuenta las consideraciones del presente PPT respecto de la contenerización, uso y destino de los contenedores actualmente en uso, etc.
10.6 RECIPIENTES PARA RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES
En general, el adjudicatario recogerá los contenedores que los productores singulares hayan depositado en la vía pública o que almacenen en sus instalaciones siempre que estas resulten accesibles desde la vía pública.
Los contenedores serán de uso exclusivo de las actividades comerciales adscritas al servicio, y serán identificados convenientemente.
10.7 SUMINISTRO DE CONTENEDORES DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES
Los contenedores públicos del anterior contrato se utilizarán, con carácter general, (los licitadores podrán recoger en sus proyectos la aportación de contenedores de nueva adquisición) para realizar la recogida a productores singulares. El adjudicatario tendrá que retirar los contenedores de la vía pública, de acuerdo con el Plan de Implantación del Servicio y ponerlos a disposición de los productores singulares relacionados. En concreto, el adjudicatario se obliga a:
• Retirar y almacenar los contenedores del anterior contrato de recogida domiciliaria de fracción resto, papel-cartón, envases ligeros
• Separar y limpiar aquellos que puedan ser aprovechables para el servicio de productores singulares (carga posterior de fracción resto, envases, papel cartón).
• Limpiar y rotular los contenedores y ponerlos a disposición de los productores singulares.
En todo caso, el adjudicatario queda obligado a entregar los contenedores en buen estado de mantenimiento y en las condiciones y plazos que establezca la Mancomunidad/Ayuntamientos, para que los usuarios adscritos a la relación de productores singulares puedan hacer uso de ellos.
La diferencia entre los contenedores necesarios para la realización del servicio y los disponibles, procedentes del anterior contrato recogida domiciliaria, será la que el adjudicatario tendrá que almacenar a sus instalaciones a fin y efecto de disponer de stock.
Los contenedores tendrán que estar debidamente rotulados e identificados para que los operarios puedan distinguir tanto la propiedad como la fracción de residuos que contienen. La rotulación irá a cargo del adjudicatario y el diseño de esta se tendrá que consensuar la Mancomunidad/Ayuntamientos.
10.7.1 ROTULACION DE CONTENEDORES DE PRODUCTORES SINGULARES
El diseño y producción de la rotulación de los contenedores de productores singulares irá a cargo del adjudicatario, de acuerdo con los criterios que previamente habrá establecido la Mancomunidad
/Ayuntamientos.
El adjudicatario tendrá que diseñar y poner a disposición de los productores singulares, pegatinas de grandes dimensiones que permitan identificar el establecimiento propietario de los contenedores y la fracción de residuos para la cual se destina el contenedor. Así mismo, tendrá que colocar las pegatinas en los contenedores que se puedan entregar a productores singulares reutilizados del anterior contrato. El diseño de las pegatinas tendrá que seguir el código de colores de las fracciones de recogida selectiva.
Estas pegatinas se pondrán a disposición de los productores singulares existente o nuevos durante la duración del contrato, para los contenedores que tengan instalados al inicio del contrato o los que puedan instalar durante la duración del mismo. Esta rotulación se realizará sin cargo para el productor singular.
10.7.2 MANTENIMIENTO, REPOSICION, STOCK.
El lavado y cuidado de los contenedores será responsabilidad de los titulares de los establecimientos. Aun así el adjudicatario tendrá que poder suministrar contenedores a demanda de los productores singulares, mientras haya en stock, en aquellos casos de rotura, desperfectos etc.
El adjudicatario se encargará de elaborar y entregar anualmente en la Mancomunidad/Ayuntamientos un inventario de contenedores de recogida a productores singulares el cual tendrá que mantener permanentemente actualizado con indicación del número y tipo de contenedor, el nombre y la dirección del establecimiento.
Los contenedores destinados a la recogida de fracciones a productores singulares, irán dotados igualmente de tags y sensores de llenado tal y como se establece en el capítulo correspondiente del presente documento.
10.8 NÚMERO Y CARACTERISTICAS DE LOS VEHÍCULOS DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES
El adjudicatario tendrá que aportar los vehículos que sean necesarios para la recogida de los residuos a productores singulares, de acuerdo con los sistemas descritos en este capítulo. Los vehículos deberán
cumplir las especificaciones recogidas en el capítulo correspondiente del presente documento, estar homologados y cumplir con toda la normativa vingente y aplicable. Se recomienda el siguiente tipo de vehículo.
• Vehículos de carga posterior para fracción resto, envases ligeros y papel cartón.
No será descartada en nigún momento la utilización de vehículo de carga lateral, suficientemente justificada
El número de vehículos que se proponga tendrá que garantizar la recogida de los contenedores instalados con las frecuencias mínimas exigidas en el presente PPT. Los vehículos tendrán que disponer de caja compactadora para las fracciones de resto, papel y cartón y envases.
10.9 FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES
La frecuencia del servicio, en lo que se refiere a la recogida de los contenedores, tendrá que ser, como mínimo, la que se establece en la siguiente tabla:
FRECUENCIA DEL SERVICIO (DÍAS/SEMANA) | |||
Fracción | Baja | Media | Alta |
Fracción Resto | 6 | 6 | 6 |
Papel Cartón | 2 | 3 | 4 |
Envases | 2 | 3 | 4 |
10.10 LIMPIEZA DE CONTENEDORES DESTINADOS A PRODUCTORES SINGULARES
La limpieza de los contenedores de uso exclusivo irá a cargo de sus usuarios, salvo que los licitadores propongan en sus proyectos un servicio xx xxxxxx de contenedores, que en consecuencia resultará debidamente valorado.
10.11 RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO RESPECTO A LA RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES
Además de las que se derivan de los puntos anteriores, las responsabilitats específicas del adjudicatario respecto a la recogida a productores singulares serán las siguientes:
• Seguimiento del cumplimiento de las condiciones de entrega de los residuos por parte del productor singular. El contratista tendrá que comunicar a la Mancomunidad/Ayuntamientos los errores y/o incumplimientos detectados.
• Mantenimiento de un registro actualizado en el que se recoja: establecimientos en servicio, contenedores instalados, contenedores en stock, Tm recogidas de cada fracción, etc. El contratista tendrá que informar a la Mancomunidad/Ayuntamientos sobre las nuevas actividades
comerciales susceptibles de ser incorporadas al servicio así como de aquellas actividades clausuradas.
• Transmisión de la información del servicio realizado (levantadas, toneladas recogidas, etc.) con periodicidad mensual, siguiendo los requerimientos en materia de información previstos en el presente documento.
• Transmisión y actualización de la información sobre los itinerarios y asignación de contenedores siempre que se produzca algún cambio, o cuando la Mancomunidad lo solicite. Esta información deberá ser transmitida informáticamente, siguiendo los requerimientos en materia de información previstos en el presente PPT.
11 DESTINO DE LOS RESIDUOS PROCEDENTES DE LA RECOGIDAS SELECTIVAS
En el caso de los residuos de papel y cartón, además de percibir el pago por tonelada de residuo de envase gestionado, sufragado por Ecoembalajes España, S.A. en CENTRO DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS PLANTA RIBADUMIA (SOGAMA). El adjudicatario dispondrá también del valor de venta del papel y cartón recogido. Dicha venta será efectuada por el adjudicatario a su cuenta y riesgo. Así, se autoriza al adjudicatario a la venta de todos aquellos residuos recuperados de papel cartón procedente de la recogida selectiva.
Para garantizar el tratamiento adecuado del papel y cartón, el adjudicatario está obligado a entregar el papel-cartón a un gestor autorizado (centros de clasificación o de reciclado de papel debidamente autorizados), conforme a la legislación vigente, de forma que se asegure el reciclado y/o recuperación de los residuos de papel-cartón, todo ello con la conformidad de la Mancomunidad/Ayuntamientos
El adjudicatario estará obligado a informar con carácter mensual del volumen de residuos recuperados, los precios de venta y empresas a las que se le vende, a presentar los albaranes de entrega en los que figuren entre otros datos, los kilogramos entregados y la fecha, como asimismo de cualquier incidencia en el servicio.
El recuperador deberá ser propuesto por la empresa adjudicataria y autorizado por ECOEMBES, de conformidad con lo establecido en el Convenio firmado entre la Mancomunidad y los Ayuntamientos que la conforman Cambados y Xxxxxxxx de Arousa o Junta de Galicia en su defecto y ECOEMBES y previa presentación de la siguiente documentación:
✓ Licencia de apertura.
✓ Alta en el epígrafe 622 IAE.
✓ Memoria detallada de su actividad.
✓ Autorización de la Junta de Galicia Gestor de ese tipo de residuos.
Los ingresos procedentes de la entrega papel-cartón quedarán a disposición del contratista.
Una vez recogidos los residuos de envases de los contenedores específicos deberán ser entregados en:
CENTRO DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS PLANTA DE RIBADUMIA (SOGAMA)
Por cada entrega de residuos de papel-cartón y envases ligeros, el adjudicatario recabará de la correspondiente Planta justificante acreditativo de los kilogramos entregados. Dichos justificantes deberán remitirse a la Mancomunidad o en su defecto a los Ayuntamientos que la conforman Cambados, Xxxxxxxx de Arousa, junto con el informe mensual descrito en el apartado de documentación necesaria.
12.1 ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO
12 ASPECTOS GENERALES DEL SERVICIO
El contratista podrá gestionar y planificar libremente el Servicio siempre y cuando cumpla todos los requisitos expresados en el presente PPT , en los compromisos adquiridos a traves de su proyecto técnico, y en las mejoras sin contraprestación económica, si las hubiera reflejadas en su oferta.
Cualquier cambio, accidental, temporal o permanente en la organización de los servicios por parte del contratista deberá ser comunicado y justificado a los SSTT de la Mancomunidad/Ayuntamientos y recibir previamente la conformidad por parte de los mismos.
El contratista gestionará libremente a su riesgo y xxxxxxx el personal dependiente del Servicio con las siguientes condiciones generales:
• Todo el personal, tanto directo como indirecto, empleado por el contratista, deberá estar capacitado y ser suficiente para desempeñar correctamente todos requerimientos del Servicio establecidos en este Pliego, en la oferta del adjudicatario y en la vigente legislación; en especial en lo referente a la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales
• El contratista deberá disponer de personal encargado de las labores de control y vigilancia, que asegure la correcta ejecución del servicio, y con competencia completa de autoridad y profesionalidad para corregir las deficiencias advertidas y/o hacer cumplir las órdenes que se cursen a través de los SSTT de la Mancomunidad.
• El contratista designará a un Director del Servicio, jefe de servicio, o responsable último en plaza, independientemente de su denominación, con experiencia y formación contrastable y suficiente en la gestión de este tipo de contratos. Además, el adjudicatario deberá garantizar su comunicación (teléfono móvil, fijo, correo electrónico, domicilio, etc.) con los SSTT de los Ayutamientos las 24 horas del día, todos los días de prestación de servicio, para la comunicación y resolución de cualquier incidencia que se pueda producir.
• El adjudicatario presentará, con anterioridad al inicio de la prestación del Servicio, un organigrama funcional que incluya una relación detallada de todo el personal que adscriba al servicio. Como mínimo, contendrá sus datos de identificación, categoría laboral, funciones encomendadas y en su caso zona a la que han sido asignados inicialmente con delimitación de la misma. Cualquier cambio o incidencia en el personal adscrito al servicio deberá ser comunicada con carácter previo, a los SSTT de la Mancomunidad/Ayuntamientos, o inmediatamente después, si no hubiese sido posible la comunicación previa.
• Los medios humanos adscritos al servicio se entenderán en condiciones plenamente operativas, no pudiendo justificarse demoras, retrasos o interrupciones en la ejecución del mismo si no son estrictamente necesarios para la actividad a realizar. (por ejemplo: se excluyen los tiempos por traslados desde la nave o parque central de servicios, del cómputo como jornada efectiva de trabajo).
• En caso de absentismo del personal y de cara a evitar la merma del servicio por este concepto, el contratista viene obligado a comunicar inmediatamente toda incidencia producida a los SSTT y a efectuar las sustituciones pertinentes con carácter inmediato. Podrá realizar contratos de sustitución con carácter temporal o prolongar el horario del resto de medios disponibles, al objeto de que el servicio quede garantizado.
• Todo el personal deberá ser instruido para que su trabajo, sin afectar a la eficacia, cause las menores molestias a los ciudadanos. En caso de falta de aseo, decoro o uniformidad en el vestido, así como en el caso de descortesía o falta de respecto al público, se hará responsable al contratista, sin perjuicio de las responsabilidades personales que pudieran derivarse de su comportamiento.
• La empresa adjudicataria implantará un sistema de control de presencia diario (fichaje) que deberá ser accesible en todo momento, para el personal inspector de la Mancomunidad
/Ayuntamientos. De este sistema de control se obtendrán los datos que servirán de base para verificar el cumplimiento del indicador de calidad relativo al personal.
• El personal irá en todo momento provisto de uniforme adecuado a las tareas a realizar, estación y condiciones climatológicas, y provisto de los equipos complementarios de seguridad y salubridad necesarios. El citado uniforme incluirá indicativo del Servicio y Mancomunidad/Ayuntamientos, debiendo ser aprobado previamente por los SSTT.
• El contratista deberá garantizar la subrogación del personal en consideración a la vigente normativa, como se prescribe en el capítulo correspondiente del PPT y PCAP.
La Mancomunidad y los Ayuntamientos que la conforman, no tendrán ninguna relación jurídica, laboral, ni de cualquier otra índole con el personal del adjudicatario, ni durante la vigencia del contrato, ni al término del mismo, siendo por cuenta del contratista todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión de este contrato. El personal adscrito al servicio será el necesario para la correcta ejecución y control propio de la prestación, siendo éste inicial y orientativamente como mínimo el que nazca de la obligación de subrogación paccionadamente impuesta por el vigente convenio colectivo.
12.3 SUBROGACION DE LOS ACTUALES CONTRATOS
El contratista deberá gestionar el servicio en su conjunto, con el personal que considere necesario para ello. En el momento de inicio de la prestación, el adjudicatario trasladará a la Mancomunidad del Salnes/Ayuntamientos, la relación de personas que adscriba al servicio, además de una relación nominal de todo el personal de la empresa que pueda realizar tareas o funciones para los servicios objeto de este contrato y que no se considere adscrito en exclusiva al mismo (personal indirecto)
A efectos informativos en el ANEXO correspondiente se incluyen los datos del personal que actualmente prestan servicios relacionados con el contrato objeto de esta licitación.
En materia de subrogación de personal se estará a lo dispuesto en la legislación laboral vigente. A título informativo señalar los diferentes niveles de exigibilidad en esta materia:
• Nivel paccionado colectivamente (CC Sectorial):
✓ Obligatorio para el empresario, opera por la fuerza normativa del convenio colectivo (no está sometido a aceptación del trabajador).
✓ Presupuestos, cumplir TODOS y cada uno de los requisitos formales exigidos en cada convenio colectivo para que opere la sucesión.
✓ Se aplicará el régimen garantista del artículo 44 del TRET.
• Nivel recogido en el Pliego de Condiciones: PCAP
✓ Cumplir todos y cada uno de los requisitos previstos en el pliego
✓ No necesita cesión contractual
✓ No necesita transmisión de elementos Patrimoniales
✓ Convenios de aplicación: Convenios de Centro de Trabajo (1).
12.4 DETERMINACION DEL PERSONAL NECESARIO PARA EL SERVICIO
Los cambios en los servicios de recogida que pudieran derivarse de la implementación de sistemas distintos de los actuales, así como las diferencias de organización entre el contrato actual y el futuro, provocarán divergencias entre los requerimientos de los puestos de trabajo actuales y futuros. La empresa contratista, en este caso, deberá realizar los ajustes necesarios y la adecuación de los puestos de trabajo a las necesidades de servicio solicitado. Todo ello, asumiendo lo indicado en el apartado anterior, respecto de la subrogación.
Los licitadores describiran en su oferta la plantilla para cada servicio. La cantidad total de recursos humanos que se propongan. Incluirá las reservas de personal de sustitución por bajas, vacaciones, absentismo, etc. (Plantilla equivalente). Así mismo, se detallaran las jornadas asignadas a cada puesto de trabajo y las funciones del personal propuesto para la realización de los servicios y tratamientos objeto de la presente licitación.
Persiguiendo garantizar al máximo el principio de igualdad, entre otros, principio rector de la contratación pública, se establece un mínimo de absentismo del 3% para la determinación de las plantillas equivalentes ofertadas por los licitadores en sus proyectos.
12.5 IMAGEN E IDENTIFICACION
El adjudicatario será responsable de que todo el personal fijo, o eventual, adscrito a los servicios objeto de contratación, vaya perfectamente uniformado y en óptimas condiciones de aseo y decoro. El tipo de uniforme será distinto en invierno que en verano, dando cumplimiento estricto a la legislación vigente en materia de seguridad y salud laboral. El uniforme e identificación deberán ser aprobados por los SSTT de de los Ayuntamientos receptores del servicio.
Todo el personal adscrito al servicio, deberá llevar en lugar visible una tarjeta de identidad plastificada en la que figure al menos el nombre, la foto y el puesto de trabajo. Dicha tarjeta se ajustará al modelo establecido por los SSTT de los Ayuntamientos y/o de la Mancomunidad.
El adjudicatario se responsabilizará de que el personal afecto al servicio no permanezca uniformado fuera de su horario laboral. La cantidad y calidad del vestuario para el personal, se regirá en todo momento por lo acordado en los distintos convenios colectivos de aplicación, no siendo en ningún caso inferior a dos uniformes anuales uno de invierno y otro xx xxxxxx.
Cada licitador deberá presentar en su proyecto una relación detallada de las prendas de vestuario asi como del material auxiliar que va a utilizar cada operario con expresión del coste anual de los mismos.
12.6 RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO.
La empresa adjudicataria se responsabilizará de las faltas de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario, así como de la descortesía o mal trato que el personal observe con los ciudadanos. Será el responsable de la producción de excesivos ruidos durante la prestación de los servicios o en el tránsito a su puesto de
trabajo. Procederán con el máximo cuidado durante la ejecución de los trabajos evitando la utilización de bocinas, silbidos, voces, golpes, etc.
Se garantizará un cumplimiento estricto de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre sobre Prevención de Riesgos Laborales, y en relación a la Seguridad e Higiene en el Trabajo, protección, información, etc.
La empresa que resulte adjudicataria deberá aportar copia de la evaluación de riesgos laborales realizada, así como la justificación de haber aplicado todas las medidas propuestas en la misma. Asi mismo, deberá entregar a la Mancomunidad del Salnes la relación mensual de accidentes habidos en la contrata y partes internos de investigación de los mismos.
La empresa que resulte adjudicataria estará obligada a implantar en materia de formación, las medidas necesarias para incrementar la eficacia en la prestación del servicio y la profesionalidad de los trabajadores a su cargo, especialmente en lo que se refiere a los aspectos siguientes:
• Formación en la buena práctica de las tareas y utilización de los recursos asignados.
• Formación en relación con la calidad: medio ambiental, de relaciones con el ciudadano y del servicio.
• Formación específica en las conductas a adoptar en situaciones objeto del servicio.
• Formación específica en cuanto a Seguridad y Salud Laboral.
Los licitadores tendrán que prever en sus proyectos la necesidad de prestar unos servicios comunes para todo el contrato, para la necesaria coordinación y garantía de buen funcionamiento de todos los servicios. Serán considerados los siguientes medios personales y materiales como asociados a medios comunes:
• Técnico
• Encargado.
• Personal de administración y servicios comunes.
• Personal de mantenimiento y entretenimiento de medios materiales y maquinaria.
• Instalaciones.
• Vehículos adecuados para la realización de trabajos y desplazamientos del personal indirecto.
12.8 PLAN DE INVERSIONES MEDIOS MATERIALES Y CONTENEDORES.
Las empresas licitadoras incluiran en su oferta el plan de inversiones, para aquellos elementos de nueva adquisición, así como de todos los medios materiales comprometidos y necesarios durante el plazo del contrato (5), computándose las posibles prórrogas a efectos de periodos de laminación de la inversión. En consecuencia, si el licitador opta por incorporar activo de nueva adquisición, así lo indicará en su proyecto, con mención expresa del coste de compra, amortización anual y financiación en periódos equivalentes a la vida útil del bien. Si por el contrario aporta activo propio, con las limitaciones contenidas en el presente documento, indicará coste histórico, amortización acumulada, y valor neto contable a fecha de licitación; de forma que la laminación propuesta y los periodos ya amortizados (amortización acumulada) NO superen en ningún caso la vida útil del bien (10 años).
Con independencia de los escenarios relativos a las amortizaciones utilizados por los licitadores, la NO reversión del activo, NO dará lugar en momento alguno, a ningún tipo de compensación o indemnización por parte de la Administración contratante.
Los contenedores destinados a la recogida de residuos en cualquiera de sus fracciones deberá ser de NUEVA ADQUISICIÓN, salvo lo indicado al respecto para los productores singulares, en el supuesto de que el licitador opte por un sistema de recogida que resulte no compatible con el apuntado en el presente documento, deberá proceder a la incorporación de contenedores que garantice la compatibilidad con el sistema de recogida propuesto.
Los licitadores tendrán en cuenta en sus proyectos, que en atención a la naturaleza del contrato, no se prevé la introducción o incorporación de vehículos o maquinaira durante el plazo de ejecución del mismo. En consecuencia, el material aportado por los licitadores deberá resultar bastante y suficiente para la correcta ejecución del los tratamientos (incluidos los elementos destinados a reserva), operando a riesgo y xxxxxxx del contratista cualquier circunstancia.
Todo el material de prestación de servicios que no resulte de nueva adquisición deberá incorporarse al contrato en el instante mismo de su inicio. En caso de optar por la puesta a disposción de equipos de nueva adquisición, el plazo de incorporación no deberá ser superior a 4 meses desde la fecha de la firma del contrato. Durante ese periodo transitorio, el adjudicatario deberá garantizar, mediante la aportación de sus propios medios, la viabilidad y continuidad de la ejecución de los tratamientos previstos en su proyecto y en el presente PPT.
Bajo el marco de libertad organizativa, el PPT establece que los medios materiales que se adscriban al servicio, no se financiaran mediante las habituales fórmulas de amortizaciones durante el horizonte del contrato, sino que se abonarán en régimen de alquiler o por su uso por horas/jornadas efectivas. La contrata titular de los mismos es LIBERADA lógicamente de la reversión de estos medios a la finalización del contrato, en consideración a la propia naturaleza y régimen jurídico del mismo (al amparo del artículo 10 del TRLCSP) y al propio sistema de remuneración. Esto permitirá al adjudicatario, primero, tener un mayor nivel de responsabilización y cuidado sobre los propios medios. Segundo, mayores economías en las ofertas, y tercero, una mayor dinamismo en cuanto a la gestión comercial de sus recursos, al no impedirse la prestación de servicios a terceros, siempre y cuando resulten compatibles con los cometidos principales del contrato objeto de licitación en la Mancomunidad del Salnés.
12.9 MEDIOS TÉCNICOS Y MATERIALES
El contratista gestionará libremente a su riesgo y xxxxxxx la disponibilidad de los medios técnicos (vehículos, maquinaria, etc.) pertinentes para el correcto desempeño del servicio, con eficiencia y sostenibilidad, de acuerdo a este Pliego y a las siguientes condiciones generales:
• Todos los medios materiales, tanto directos como indirectos, de su propiedad, empleados por el contratista, deberán encontrarse perfectamente operativos durante el contrato y ser, en su número, suficientes para cumplir correctamente con todos los requisitos, funciones y frecuencias establecidos en este Pliego y de acuerdo a la oferta del adjudicatario. Todas las tareas de su mantenimiento (preventivas o curativas) incluido daños por vandalismo, formarán parte de las obligaciones del contratista.
• La maquinaria propuesta para cada uno de los servicios podrá ser en régimen de alquiler o similar, o propiedad de la adjudicataria. Con una antigüedad no mayor a 4 años o 10.430 horas de uso (salvo autorización expresa de los SSTT, o utilización del parque de maquinaria
proveniente de la actual contrata o de la propia Mancomunidad). Señalar al respecto, que nos encontrarnos ante un contrato de Servicios, en cuyo caso, el activo NO está sujeto a REVERSIÓN
• El adjudicatario presentará en su oferta de prestación del Servicio y en todo caso con anterioridad al inicio de la prestación, una relación detallada de la maquinaria y vehículos que pretenda adscribir al servicio, con indicación de características básicas, matrículas y fechas de matriculación o adquisición. Así mismo, el licitador detallará los vehículos y medios materiales destinados a reserva, que eviten en toda medida el colapso del servicio y que en ningún caso deberán cumplir con los requerimientos de antigüedad u horas máximas de uso exigidos para los vehículos adscritos como principales.
• Los SSTT de los Ayuntamientos destinatarios del servico y/o la Mancomunidad se reservan la potestad, justificadamente, de no aceptar alguno de los medios materiales por presentar un funcionamiento defectuoso o molesto para la ciudadanía o no cumplir con la normativa en vigor.
• Los medios materiales adscritos al servicio se entenderán en condiciones plenamente operativas, no pudiendo justificar demoras, retrasos o interrupciones en la planificación de trabajos, si no son estrictamente necesarias para el cometido o actividad desempeñada (se excluyen por ejemplo traslados desde la central. Sin embargo, sí se aceptaría y computaría como jornada efectiva de trabajo, el tiempo empleado en vaciados de tolvas.
• Cualquier incidencia que impida el normal funcionamiento de la maquinaria y demás medios materiales, será solventada con carácter inmediato (y en todo caso en un plazo inferior a las 3 horas) debiendo suplirse dicho medio por otro de prestaciones similares o superiores, o excepcionalmente mediante cambio o prolongación de los horarios de prestación, en el resto de medios. Toda incidencia relevante de la maquinaria que impida su normal funcionamiento deberá ser puesta en conocimiento de los SSTT de los Ayuntamientos receptores o inspección del servicio, con la mayor brevedad posible, señalando en dicha comunicación las medidas adoptadas.
• El contratista acreditará (mediante relación anual de maquinaria, con indicación de características básicas, matrículas y fechas de matriculación o adquisición) la disponibilidad de los suficientes medios de reserva para atender labores de mantenimiento preventivo o cualquier incidencia que se pudiere presentar durante el Servicio ordinario.
• Los vehículos y maquinaria adscritos al servicio exhibirán en lugar bien visible el escudo, rótulo indicativo de la Mancomunidad o cualquier otra imagen que la Mancomunidad decida. Todos los vehículos deberán tener el mismo color y preferiblemente blanco. La imagen corporativa deberá ser aprobada por la Mancomunidad..
• El contratista podrá disponer y gestionar libremente para otros usos u otros servicios a terceros de los medios materiales adscritos a la contrato de la Mancomunidad. Deberá comunicar previamente a los SSTT de los Ayuntamientos destinatarios del servicio y a la propia Mancomunidad dichos usos y certificar el no menoscabo, ni riesgo o merma del Servicio en la Mancomunidad. Sólo en caso de riesgo para la correcta prestación del servicio en la Mancomunidad se podrían prohibir dichos usos. En ningún caso se permitirá el uso de vehículos adscritos al servicio de la Mancomunidad en servicios a terceros, manteniendo la imagen, logotipo, rotulación que los identifique como maquinaria adscrita a los servicios de recogida de residuos de la Mancomunidad do Salnés.
• Todos los vehículos deberán mantenerse en adecuado estado de seguridad, limpieza, decoro y uso durante todo el período de la prestación.
• Todos los vehículos dispondrán de contadores precintables de horas y kilómetros, tanto de funcionamiento general (en marcha o en ruta) como de trabajo, además de otros sistemas de seguimiento y localización definidos en el presente documento. Cada uno de los vehículos dedicados al servicio deberá estar dotado de elementos de comunicación.
• Se contempla a su vez la instalación en vehículos y contenedores de un sistema de control volumétrico de llenado (ver capítulo correspondiente) y pesado (para todos los contenedores), además de la incorporación de un sistema de seguimiento GPS. Dispositivo de posicionamiento geográfico capaz de recibir y emitir información. Este dispositivo deberá ser instalado en todos los vehículos y maquinaria, sin posibilidad de modificación y manipulación. Dispondrá de un software asociado que permita el control y seguimiento de los recorridos de todos los vehículos y equipos en servicio sobre cartografía. Así mismo, el adjudicatario instalará a su cargo, los terminales, software o claves necesarias de recepción y monitorización en las oficinas de los servicios técnicos de la Mancomunidad.
12.10 SISTEMA ELECTRÓNICO DE IDENTIFICACIÓN AUTOMÁTICA DE CONTENEDORES.
Al adjudicatario deberá implantar un sistema electrónico de identificación automática de contenedores considerando en su estudio económico los costes necesarios para ello, y entre otros, los derivados de las siguientes actuaciones:
• Prever la instalación de “trasponders” o etiquetas de identificación por radiofrecuencia a todos los contenedores (domiciliaria y productores singulares) y vehículos del servicio recogida de residuos en cada una de sus fracciones.
El adjudicatario tendrá que garantizar que se cumplen los siguientes requerimientos:
✓ Las etiquetas para entornos agresivos tendrán que estar encapsuladas y se insertarán en un lugar oculto del contenedor.
✓ Las etiquetas no podrán estar encriptadas para permitir la lectura a otros agentes de los servicios de limpieza y recogida de residuos.
✓ El adjudicatario suministrará a la Mancomunidad, los terminales de mano lectores adecuados que se requieran, para poder realizar tareas de identificación y de inspección.
Los licitadores tendrán que detallar en sus ofertas un plan de mantenimiento y reposición de etiquetas y podrán ofertar sistemas de identificación de contenedores análogos al descrito siempre y cuando justifiquen su idoneidad.
• Equipamiento de electrónica a bordo de los vehículos.
Como mínimo todos los vehículos de recogida domiciliaria, así como los vehículos xx xxxxxx de contenedores incluirán el siguiente equipamiento:
✓ Sistema de localización (posicionamiento geográfico) y gestión de flotas.
✓ Sistema de identificación de contenedores.
✓ Detectores de levantada y pesaje del contenedor.
✓ Transmisión de datos y grabación de datos a una tarjeta de memoria.
Los vehículos del servicio de productores singulares tendrán que disponer de sistema de localización y gestión de flotas, detectores de levantada y pesada del contenedor y transmisión de datos.
• Certificación en integridad y seguridad de datos
En el servicio de recogida de residuos es necesario que el sistema electrónico embarcado de identificación automática de contenedores disfrute de un grado elevado de confianza técnica y garantice que los datos no pueden ser manipuladas.
El licitador aportará a su oferta el Informe de Certificación acreditativo del sistema electrónico de identificación que propone.
12.11 ADAPTACIÓN FUTURA DE LAS RUTAS REPETITIVAS.
El adjudicatario tendrá que hacerse cargo de la adquisición, instalación y gestión (mantenimiento, sustitución, reparación, etc.) de un mínimo de 50 sensores de llenado (control volumétrico) de contenedores para la recogida domiciliaria, así como de los dispositivos necesarios para la obtención, almacenamiento y visualización de datos.
En un principio estos sensores se instalarán en contenedores de la fracción resto que se ubiquen en zonas rurales (parroquias y pedanías) o bien alejadas del recorrido principal de las rutas de recogida. El adjudicatario irá modificando la ubicación de los sensores a lo largo de la ejecución del contrato de acuerdo con el criterio que establezcan los servicios técnicos de los Ayuntamientos recepores y la Mancomunidad.
El objetivo será el de obtener datos de llenado de contenedores que permitan tomar decisiones relativas a la optimización de frecuencias de recogida y rutas repetitivas. Estos datos se podrán visualizar y consultar on line desde las dependencias de la Mancomunidad.
En caso de que los servicios técnicos de los Ayuntamientos destinatarios del servicio y/o la Mancomunidad detecten la posibilidad de reducir las frecuencias de recogida, alteración o modificación de itinerario o ruta, en cualquier momento del contrato, el adjudicatario estará obligado a ejecutar la reducción o variación de servicio correspondiente. Esta reducción se compensará mediante el incremento de cualquier otro servicio de recogida que lo requiera, y de acuerdo con los SSTT de los Ayuntamientos destinatarios y/o la Mancomunidad. La base de cálculo para la compensación de servicios, de ser el caso, será la que determinen los precios unitarios y las jornadas de trabajo correspondientes. Todo ello en la busqueda de la máxima eficiencia y satisfacción del usuario del servicio.
La empresa adjudicataria podrá subcontratar alguno, o parte de algún servicio descrito en el presente Xxxxxx, siempre que no contravenga lo dispuesto en la ley de contratos del sector público. En cualquier caso la Mancomunidad, deberá autorizar previamente dichas subcontrataciones y los licitadores especificaran en sus ofertas la intención al respecto y el alcance detallado en su propuesta. Un ejemplo de posible subcontratación podría ser el lavado de contenedores.
12.13 INSTALACIONES Y COMUNICACIONES
El contratista deberá acreditar la disponibilidad de unas dependencias adecuadas y suficientes donde albergar, entre otros, la oficina de administración, el almacén, aparcamiento de vehículos, lavadero, vestuarios para el personal, etc. para la prestación del Servicio en la Mancomunidad del Salnes o en
cualquiera de los municipios que conforman la Mancomunidad (Cambados, Vilanova) a no más de 15 kms. (*) del Polígono de O Salnes.
(*) Señalar que los traslados desde la central hasta las zonas y rutas programadas no comportarán como efectivos a los efectos de su control municipal y horas abonables por el servicio.
El adjudicatario deberá disponer de un sistema de comunicaciones directo y adecuado, para la prestación propia del servicio y su conexión con el servicio de inspección de la Mancomunidad/Ayuntamientos, al que deberá suministrar los medios adecuados para ello p. ej. (teléfono móvil, instalación del software necesario). La comunicación entre la Mancomunidad/Ayuntamientos y el adjudicatario, vía teléfono, deberá estar garantizada las 24 horas del día, debiendo la empresa disponer siempre de persona/s localizadas para este fin.
El adjudicatario se compromete a poner los medios necesarios para que en todo momento pueda garantizarse la comunicación con los SSTT a través de intranet o WEB no publica, que recoja los aspectos más relevantes de la gestión del Servicio, las incidencias, las peticiones y órdenes de los SSTT y las respuestas de la contrata, así como permitiur el intercambio de ficheros de información. Dicha intranet deberá tener distintos perfiles de acceso (administrador, parcial, lectura, escritura, etc.) y capacidad para mantener el histórico de comunicaciones y órdenes según las indicaciones que en cada momento establezcan de los SSTT de los Ayuntamientos destinatarios del servicio y de la Mancomunidad.
12.14 ATENCIÓN CIUDADANA Y SENSIBILIZACION
El adjudicatario buscará facilitar la comunicación e información a la ciudadanía de cualquier cuestión relacionada con el Servicio que redunde en un mejor funcionamiento del mismo. Para ello dispondrá de varios canales: teléfono de atención ciudadano, portal web, sms de incidencias y partes, etc.
12.15 TRABAJOS EXTRAORDINARIOS
Con carácter excepcional, la Mancomunidad/Ayuntamientos podrán disponer la prestación de trabajos extraordinarios, directamente vinculados al objeto principal del Servicio, teniendo el carácter de obligatorios para el adjudicatario, siempre y cuando se trate de ampliación del Servicio de algunos de los objetos no contemplados en el PPT y/o la oferta de prestación de servicios (OPS).
La prestación incluirá no sólo la aportación de mano de obra, con el nivel de especialización que se precise o requiera, sino también la de los medios materiales, utillaje, elementos y suministros necesarios, especialmente los de seguridad y salud.
No será objeto de abono de servicios extraordinarios cuando se utilicen o desplacen medios o recursos adscritos al servicio ordinario, y se exima por tanto al contratista del cumplimiento de las tareas asociados a dichos medios, en la planificación presentada.
Para este fin el contratista deberá contemplar en su estudio de costes (se admiten mejoras en licitación) el equivalente a 12.000 € (*) destinados a este tipo de trabajos extraordinarios y no previstos en el dimensionamiento del servicio propuesto.
En el caso que esta cantidad sea superada (y salvo los casos de causa de fuerza mayor o emergencia) cualquier trabajo extraordinario deberá ser aprobados previamente con la tramitación administrativa y consignación presupuestaria que corresponda en función de su importe.
(*) Cuya valoración ser hará por aplicación de los precios unitarios del PPT o por aplicación de los costes unitarios presentados en la oferta calculados sobre los precios unitarios del estudio económico de la OPS, aplicándoles la baja (ver epígrafe anterior), el beneficio industrial previsto del 4% y el IVA vigente, siendo los gastos generales repercutibles de 0%, por entender que los trabajos extraordinarios no implican la necesidad de mayores medios estructurales o costes fijos.
12.16 MODIFICACIÓN DEL SERVICIO
No tendrá la consideración de modificación de servicio con derecho económico, cuando la organización prevista por el adjudicatario en su oferta resultara insuficiente para conseguir los objetivos o niveles de calidad adecuados, y como consecuencia, hubiera de efectuarse alguna restructuración de los servicios y/o ampliación de medios. El costo de estos deberá ser soportado por el adjudicatario, tanto al efectuarse dichas modificaciones, como en los años sucesivos de vigencia del contrato.
Umbrales de no revisión: Tampoco procederá compensación económica alguna al contratista cuando sea necesario realizar ajustes o ampliaciones del servicio dentro de los siguientes intervalos o umbrales. Dentro de estos, el contratista deberá asumir el mismo nivel de prestación y calidad del Servicio que el requerido en el PPT. El contratista para ello deberá proponer los cambios suficientes de medios para que se igualen (o al menos no empeoren) los requerimientos mínimos de este Pliego y/o de la oferta aprobada. Dichos cambios deberán ser aprobados previamente por los SSTT.
• Cuando por la incorporación de nuevas zonas de recogida RU no impliquen incremento superior al 10 % del número de contenedores (en RU).
• Incrementos en las rutas de los recorridos en menos de un 15%
• Cuando los incrementos del tonelaje de recogida de la fracción general de residuos urbanos (excluidos residuos de escombros) no supere el 15% del tonelaje sobre los últimos 12 meses previos al comienzo del contrato.
• Cuando los incrementos del tonelaje de recogida de la fracción de envases de selectiva no supere el 25% del tonelaje sobre los últimos 12 meses previos al comienzo del contrato.
• Cuando por nuevas fracciones de recogidas selectivas no supongan incrementos en peso del 1
% sobre el total de recogidas selectivas.
Modificación con reconocimiento de gasto: En el supuesto que dichos umbrales sean superados procederá la modificación del contrato a partir del los niveles señalados anteriormente.
En el caso de que la modificación determinara una disminución del precio del servicio, el adjudicatario estará obligado a aceptar la baja del precio que resultase.
En el caso de que las modificaciones supusieran un incremento del coste del Servicio, está no podrá superar el 20% del precio de adjudicación, aislada o conjuntamente; supuesto bajo el cual la ampliación del servicio será objeto de licitación independiente.
El adjudicatario deberá efectuar las ampliaciones y reducciones del Servicio que se le soliciten, dentro de lo previsto en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Bajo estos supuestos (modificaciones con reconocimiento de gastos) los gastos que se repercutan, incorporarán el concepto de gastos generales del 3% (la mitad que los contemplados en el estudio económico) y el mismo beneficio industrial contemplado en la oferta (del 4%).
12.17 INSPECCIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO
La vigilancia e inspección se llevará a cabo por los SSTT de los Ayuntamientos/Mancomunidad de manera continua y mensualmente a través de un sistema de control de calidad de las labores descritas en el presente pliego. Dichas tareas deberán ser complementarias a las que efectúe con carácter autónomo el propio contratista, de acuerdo a su oferta.
Los inspectores y dirección de los SSTT de los Ayuntamientos y Mancomunidad podrán tener acceso a toda la información vinculada al Servicio y especialmente a los medios humanos y materiales empleados, referidos al cumplimiento de los requerimientos expresados en este Pliego en cualquier momento, así como al resto de información considerada de interés
La inspección evaluará la calidad a través de un índice de calidad global (ICG) que se obtendrá de la ponderación parcial de varios parámetros en relación al los medios humanos y materiales efectivamente prestados, la producción (o los resultados y calidad obtenida en el Servicio), y la satisfacción ciudadana (encuestas y prontitud en la resolución de incidencias y partes), tal y como se recoge en los procedimientos descritos en el apartado correspondiente del presente PPT
El procedimiento de inspección que los SSTT determinen deberá tender a la valoración más idónea de dicha calidad, sobre todo en lo que respecta a la medición de resultados, buscando que sea lo más cuantitativa y objetiva posible (sin que esto impida la presencia de indicadores cualitativos). El sistema de inspección deberá ser ajustado a realidad, operativo en sus procedimientos de evaluación y representativo del servicio prestado.
La calificación obtenida servirá para realizar la correspondiente certificación de calidad, cuya obtención será requisito previo para la facturación mensual en cada uno de los objetos principales de este pliego (RU). Así pues, según el índice obtenido, se podrá aplicar una corrección a la facturación mensual.
La aplicación de los índices de calidad será independiente de los descuentos aplicados automáticamente por servicios no desempeñados correctamente y/o por la aplicación de sanciones o penalidades si procedieran.
Los SSTT de los Ayuntamientos/Mancomunidad buscaran que el procedimiento para la obtención de los ICGs sea de mutuo acuerdo con el contratista. Por lo que todas las modificaciones durante la vigencia del contrato en los procedimientos de evaluación de la calidad deberán ser comunicadas y previamente aceptadas por el este. Por todo lo anterior, durante los 3 primeros meses del Servicio se fijará y calibrará el método de inspección al objeto de verificar su idoneidad y la aceptación oficial y completa por parte del adjudicatario.
Durante ese periodo, el contratista podrá formular las alegaciones que estime pertinentes en el período de audiencia que se otorgará por plazo mínimo de cinco días hábiles. En caso de disconformidad con las modificaciones propuestas por los SSTTde los Ayuntamientos y la anuencia de la Mancomunidad, a la vista de las mismas y del informe que emita la Dirección del Servicio, se acordará formal y motivadamente la Mancomunidad y los Ayuntamientos que la conforman, o en su caso el órgano de Control Delegado, el procedimiento para la obtención de los ICGs. En caso de persistir la desconformidad del contratista, queda a salvo su derecho a interponer los recursos pertinentes.
El procedimiento, indicadores, método, etc., se desarrolla en el apartado correspondiente al aseguramiento de la calidad, desarrollado en el presente PPT.
13 GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN.
En este capítulo se concretan los aspectos que el adjudicatario tendrá que cumplir en materia de información y de comunicación durante el contrato de servicios y un golpe realizada la adjudicación del servicio.
13.1 CONSIDERACIONES GENERALES
El adjudicatario tendrá que entregar a la Mancomunidad y Ayuntamientos receptores de los servicios la tipología de información con el apoyo y con la frecuencia de actualización que se describe en este capítulo, entendiendo que esta relación no es exhaustiva y que podrá ser ampliada y modificada en el futuro por la Mancomunidad sin que este suponga una contraprestación adicional.
Al mismo tiempo, se podrá ampliar y modificar la tipología de información, el formato, la frecuencia de actualización y el apoyo de la información, en función de nuevos requerimientos y de la consolidación de datos obtenidos en un sistema único de gestión del servicio.
El adjudicatario tendrá que dotar a la Mancomunidad y a los Ayuntamientos, de acuerdo con la información solicitada por los servicios técnicos de estos, de los correspondientes tratamientos informáticos, programas y claves de acceso necesarios para disponer de la información del contrato.
La carencia de presentación de la información, en tiempo y forma exigidos, puede suponer la imposición de sanciones de acuerdo con lo que determine el pliegue de cláusulas administrativas que regula este contrato.
La información que se presente a la Mancomunidad y Ayuntamientos deberá facilitarse con formatos homogéneos, pactados previamente con los servicios técnicos municipales, no aceptándose la información sin procedimiento normalizado, desordenada y sin el formato preestablecido.
La información que el adjudicatario tendrá que facilitar a la Mancomunidad/Ayuntamientos hace referencia, principalmente, a las siguientes categorías:
• Información cartográfica: programación de servicios y seguimiento de equipos.
• Información de servicios prestados: informe mensual del servicio.
• Programa anual de servicios.
• Información general del servicio.
Además de esta información, previamente al inicio del contrato el adjudicatario presentará el Plan de implantación del servicio con los condicionantes que se establecen en el presente documento.
13.2.1 INFORMACIÓN CARTOGRÁFICA
La nueva contratación implicará la implementación, por parte del adjudicatario, de las herramientas y tecnologías GIS adecuadas para un correcto seguimiento de la ejecución de los servicios por parte de los técnicos municipales y/o terceras personas en quienes la Mancomunidad pueda delegar la supervisión del servicio. Estas herramientas se pondrán al servicio de los técnicos municipales, sin limitaciones, de forma que permitan realizar el seguimiento en tiempo real de los servicios de recogida domiciliaria, recogida a productores singulares, así como la elaboración de informes periódicos.
La información de tipo cartográfico que el adjudicatario facilitará a la Mancomunidad/Ayuntamientos hará referencia a la programación de los servicios, al seguimiento de equipos y a los servicios prestados, y de forma obligatoria cumplirá los siguientes requisitos:
✓ Será consultable en tiempo real y on-line desde las terminales de los servicios técnicos de la Mancomunidad. Los SSTT podrán ordenar la impresión de la cartografía al adjudicatario en formato A3 cuando lo consideren oportuno, un máximo de 2 veces el año, sin que esto le represente coste adicional alguno.
✓ Será consultable en tiempo real y on-line desde terminales externas a la Mancomunidad, en previsión que este subcontrate un servicio de seguimiento o auditoría del servicio a una empresa externa.
✓ Se integrará en un sistema de información geográfica, propuesto, financiado e implementado por parte del adjudicatario, a su riesgo.
✓ Se estructurará en capas, de forma que los servicios técnicos municipales las puedan superponer a su criterio.
✓ Las capas de información cartográfica serán compatibles o exportables a formato multiarxiu Shapefile (shp) y Keyhole Markup Language (kml y kmz), para que los técnicos puedan realizar los análisis pertinentes, en caso necesario.
✓ Tendrá que estar permanentemente actualizada por parte del adjudicatario. Siempre que se produzcan modificaciones en la programación de los servicios, el adjudicatario tendrá que actualizar la información cartográfica correspondiente y comunicarlo a la Mancomunidad.
✓ Cada temporada del año tendrá asociada su propia cartografía.
El adjudicatario tendrá que garantizar la adquisición de todos los medios y recursos necesarios, como por ejemplo el software de información geográfica y/o las licencias necesarias para el uso del sistema de información geográfica desde las oficinas de la Mancomunidad/Ayuntamientos o terceros. El uso incluirá la visualización, el tratamiento y la impresión de la información gráfica y alfanumérica (tablas asociadas a las capas de información) por parte de los técnicos municipales, en caso de que sea necesario.
13.2.1.1 INFORMACIÓN CARTOGRÁFICA RELATIVA A LA PROGRAMACIÓN DE SERVICIOS.
El sistema informático que proporcionará el adjudicatario hará posible que los técnicos puedan tener la opción de visualizar la siguiente información cartográfica de forma conjunta con la que se detalla al epígrafe correspondiente.
Contenido de la cartografía relativa a los servicios de recogida domiciliaria y a productores singulares.
✓ Capas de itinerarios de recogida. Deberá ser posible visualizar en un solo plano todos los itinerarios de la misma fracción y servicio. Para cada equipo se tendrá que establecer una numeración y las frecuencias con las que actúa sobre el territorio.
✓ Capas de los itinerarios de todos los equipos de recogida de residuos, en los cuales se indique, como mínimo, la identificación del equipo y la tipología de recogida (domiciliaria, productores singulares, voluminosos) y las fracciones a recoger, los días de actuación, la frecuencia, el itinerario que sigue el equipo (una capa por cada uno de los itinerarios a realizar durante la jornada de trabajo con indicación de la hora y la localización del inicio y el fin del servicio).
✓ Capa de ubicación de contenedores de recogida domiciliaria, con indicación de los datos identificativas de los contenedores (tipos, volumen, código identificativo).
✓ Capa de ubicación de contenedores de recogida a productores singulares, con indicación de los datos identificativos de los contenedores (tipos, volumen, código identificativo) y los datos relativos a los establecimientos comerciales a los cual están asignados los contenedores.
13.2.1.2 INFORMACIÓN CARTOGRÁFICA RELATIVA AL SEGUIMIENTO DE EQUIPOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
Tal y cómo se ha detallado, todos los vehículos y maquinaria adscritos al contrato, con excepción de los vehículos ligeros, tendrán que ir equipados con sistema de posicionamiento de flotas.
La Mancomunidad/Ayuntamientos o la persona en quién este delegue las funciones de control del servicio, tendrá que disponer en tiempo real de toda la información en lo referente al seguimiento de los equipos que realizan el servicio. En este sentido el contratista tendrá que proporcionar la información cartográfica para que sea posible como mínimo:
✓ Consultar en tiempo real la localización de los equipos que prestan el servicio y su velocidad de desplazamiento, así como los horarios de paso por cualquier punto de la ruta. Disponer de datos históricos de al menos 1 año.
✓ Consultar en tiempo real la relación de contenedores vaciados durante la jornada de trabajo, así como las pendientes de vaciar. Disponer de datos históricos de al menos 1 año.
✓ Consultar en tiempo real la relación de contenedores limpiados durante la jornada de trabajo, así como las pendientes de limpiar. Disponer de datos históricos de al menos 1 año.
✓ Consultar en tiempo real el nivel de rellenado de los contenedores que dispongan de sensores de llenado, y disponer de datos históricos de los niveles de rellenado de al menos 1 año.
✓ Consultar los puntos de recogida de residuos voluminosos, por fechas, con históricos de hasta 1 año como mínimo.
✓ Disponer de la información asociada al equipo que presta el servicio (matrícula, sistema de posicionamiento e identificación, vehículo, composición, capacidad, etc.).
✓ Disponer de la información relativa a los pesos de los residuos recogidos por cada vehículo y/o ruta ejecutada, con históricos de hasta 1 año como mínimo.
Esta información se podrá utilizar para dar respuesta a posibles reclamaciones ciudadanas, para conocer de qué equipos se dispone, así como para realizar el control sobre la ejecución del servicio. Así mismo toda esta información debe ser susceptible de ser discriminada para cada uno de los Ayuntamientos que componen la Mancomunidad para la propia gestión administrativa interna de cada uno de ellos en caso de que lo requieran.
13.2.2 INFORMACIÓN DEL SERVICIO PRESTADO: INFORME MENSUAL DEL SERVICIO
En relación al servicio realmente ejecutado, además de la información de tipo cartográfico comentada en los epígrafes precedentes, mensualmente el adjudicatario elaborará y entregará en la
Mancomunidad/Ayuntamientos u órgano de Control Delegado un informe de explotación (que podrá ser en formato digital) donde detallará, como mínimo, la siguiente información:
✓ Servicio de recogida domiciliaria, recogida a productores singulares y residuos voluminosos
✓ Resumen de itinerarios ejecutados con detalle de contenedores vaciados/itinerario y pesos recogidos.
✓ Toneladas recogidas por mes y fracción, tipología de recogida (domiciliaria, productores singulares, voluminosos, etc.) y destino de los residuos.
✓ Resumen de puntos negros con presencia de voluminosos: listado y plano.
✓ Número de reparaciones/sustituciones de contenedores efectuadas. Listado y plano.
✓ Número de servicios de limpieza de contenedores ejecutados.
✓ Detalle de datos diarios de llenado de contenedores con sensores, con resumen mensual, días de recogida y propuestas de optimización del servicio de recogida de estos contenedores.
✓ Relación de incidencias ocurridas en el servicio.
✓ Entrega de contenedores a productores singulares que hayan podido adscribirse al sistema
✓ Otra información que el adjudicatario o la Mancomunidad consideren relevantes.
La Mancomunidad/Ayuntamientos o en su defecto órgano de Control Delegado podrá ampliar el contenido de los informes de explotación que redactará el adjudicatario según considere oportuno y sin ningún coste añadido.
Así mismo toda esta información debe ser susceptible de ser discriminada para cada uno de los Ayuntamientos que componen la Mancomunidad, destinatarios de los servicios objeto de la presente licitación, y los que en el futuro puedan incorporarse para la propia gestión administrativa interna de cada uno de ellos en caso de que lo requieran.
La fecha tope para la entrega de esta información será de 15 días laborables del mes siguiente al mes objeto de examen.
13.2.3 PROGRAMA ANUAL DE SERVICIOS.
Anualmente, antes del día 31 de octubre, se redactará conjuntamente por el adjudicatario y los Servicios Técnicos el programa de prestación del servicio, para el año siguiente. El procedimiento para la elaboración de este programa se iniciará de oficio y se comunicará al Adjudicatario la fecha de su inicio. Si el día 1 de octubre el adjudicatario no ha recibido la notificación anterior y a su entender hay que introducir modificaciones significativas, deberá instar por iniciativa propia a la Mancomunidad al inicio del desarrollo del programa anual de servicios para el año siguiente.
Una vez redactado y propuesto el plan de servicios para el año siguiente, el adjudicatario, en un plazo máximo de quince días, elaborará la correspondiente valoración económica, debidamente detallada y justificada, que será presentada en la Mancomunidad. Esta valoración económica se podrá presentar conjuntamente en la programación de servicios en un único documento a efectos informativos, sin que en
nigún caso la validación de ambos documentos por parte de la Mancomunidad, genere ningún derecho económico al contratista.
En el caso en que se elabore un nuevo programa, con su correspondiente valoración económica para el año siguiente, los dos tendrán que ser aprobados, conjuntamente, por la Mancomunidad antes del día 31 del mes de octubre del año en curso.
Si a principios de año en curso no se ha aprobado el programa correspondiente, se entenderá prorrogado el programa del año anterior.
La programación de servicios o plan anual de servicios deberá contener la siguiente información:
✓ Modificaciones del servicio realizadas y previstas, ya sea a nivel de frecuencias, horarios, asignación de recursos, etc.
✓ Programa de explotación: frecuencias de cada servicio por sectores y temporadas y detalle de los recorridos por servicio y temporada.
✓ Asignación de medios humanos y materiales, frecuencias y horarios (inicio y finalización) de cada servicio, por temporada.
✓ Estudio económico con detalle de revisión de precios (habrá que detallar el valor de los índice de revisión de precios), precios unitarios de personal y maquinaria actualizados, dedicación de personal y maquinaria, precios por servicio desglosados en gastos de personal, explotación (combustible, mantenimiento, alquileres, etc.), amortizaciones, etc.; coste total anual y mensual y comparativa de precios con el año anterior.
✓ Tablas con actualización de precios unitarios de personal y maquinaria para ser empleado como precio de referencia en servicios y tareas no incluidas en el contrato (ampliaciones, servicios extraordinarios).
✓ Inventario de contenedores de recogida domiciliaria (relación de ubicaciones y detalle de contenedores por ubicación), por tipo de carga, fracción y volumen. Indicación de ampliaciones de contenedores y puntos de recogida. Este inventario tendrá que contener como mínimo la información requerida por la Mancomunidad/Ayuntamientos, por los Sistemas Integrados de Gestión u otras entidades.
✓ Inventario de contenedores en stock, por tipos de carga, fracción y volumen.
✓ Inventario de actividades comerciales adscritas al servicio de recogida a productores singulares, con indicación del número y tipo de contenedores de que dispongan.
✓ Resumen de las tareas realizadas en el marco de las campañas de educación ambiental.
✓ Relación de personal adscrito y no adscrito por servicio.
✓ Relación de equipos y maquinaria con detalle del año de incorporación y km acumulados.
✓ Otra información que ayuntamiento pueda considerar necesaria.
13.2.4 INFORMACIÓN GENÉRICA DEL SERVICIO
Al inicio de la puesta en marcha de los servicios, el adjudicatario tendrá que facilitar, como mínimo, toda la información relacionada a continuación. Esta información se tendrá que mantener actualizada durante todo el contrato, actualizándola siempre que se produzcan modificaciones sustanciales de la misma.
✓ En relación al personal del contrato: Cuadro de personal, índice de absentismo y la tasa de siniestralidad, relación de plantilla, tablas salariales actualizadas, organigrama de la empresa, listado con los nombres y los teléfonos de contacto de todo el personal hasta nivel de responsables.
✓ En relación al material móvil del contrato: Listado de vehículos clasificados por categorías con información sobre la marca, modelo, matrícula, año, combustible, capacidad. Cuando se produzca un cambio de vehículos, la empresa concesionaria tendrá que actualizar la información de este punto.
✓ En relación a las instalaciones: Listado de las instalaciones que el contratista utiliza para realizar los servicios del contrato, detallando, como mínimo, dirección, horario de funcionamiento, superficie, distribución de la superficie, número de personas y maquinaria adscrita.
La Mancomunidad/Ayuntamientos o en su defecto órgano de Control Delegado podrá solicitar en cualquier momento otra información relativa al contrato y a su desarrollo, como por ejemplo:
✓ Grado de utilización del material móvil.
✓ Los TC’s de todo el personal contratado.
✓ Las ITV’S de todos los vehículos.
✓ Los seguros de los vehículos y de las instalaciones.
✓ Las facturas de consumos de las instalaciones.
✓ El convenio laboral vigente.
✓ Justificantes de los servicios prestados (recorridos, ubicaciones de contenedores, nóminas, contratos, facturas, albaranes, justificantes de entrega de material, etc.).
✓ Otra información que la Mancomunidad requiera.
La Mancomunidad se reserva el derecho de realizar (directamente y mediante terceros) auditorías técnicas y econòmico-financieras del contrato cuando lo considere oportuno. El adjudicatario tendrá que facilitar toda la información necesaria para la ejecución de las mismas. Así mismo, el adjudicatario estará obligado a facilitar toda la información que puedan solicitar entidades relacionadas con la gestión de los servicios objeto del contrato (otras administraciones, sistemas integrados de gestión, etc.)
13.3 SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
La empresa adjudicataria mantendrá la máxima reserva sobre los datos de las que pueda disponer con motivo de la ejecución del contrato. Cualquier infracción se calificará como falta grave, sin prejuicio otras responsabilidades que se puedan derivar.
Allá donde sea de aplicación, se tendrá presente y se cumplirá la normativa vigente en materia de protección de datos personales.
En todo caso accederán a la información confidencial y datos protegidos, exclusivamente las personas dependientes del adjudicatario que sean estrictamente imprescindibles para el desarrollo de las tareas inherentes al objeto de este contrato. Todas ellas serán informadas y advertidas por el adjudicatario, de los niveles de confidencialidad y protección de la información implicadas en este proyecto.
13.4 COMUNICACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN AMBIENTAL
Además de los recursos y procedimientos que el adjudicatario tendrá que poner a disposición para garantizar el correcto flujo de información hacia la Mancomunidad y los Ayuntamientos destinatarios de los servicios, habrá que incluir, en las ofertas técnicas y económicas, toda una serie de medios y recursos para garantizar un flujo de información hacia los usuarios del servicio.
En este sentido, el adjudicatario tendrá que llevar a cabo:
• El diseño y ejecución de una campaña inicial de comunicación de implantación del servicio, la cual tiene que incluir la existencia de un servicio telefónico de incidencias, la presencia a los medios de comunicación local, así como la puesta en servicio de una página web.
• Puesta en marcha y actualización permanente (durante la duración del contrato) de una página web con los siguientes contenidos mínimos y características.
✓ Ubicación de contenedores sobre base cartográfica.
✓ Descripción básica de los servicios de recogida, con indicación de horarios y frecuencias.
✓ Destino de las diferentes tipologías de residuos.
✓ Otra información que el adjudicatario o la Mancomunidad consideren relevante.
La página tendrá dominio propio exclusivo por este contrato y no tendrá que pasar por enlaces a la del adjudicatario, aunque también tendrá que figurar su enlace, así como el de la Mancomunidad y Ayuntamientos receptores de los servicios
El diseño (en caso de que la Mancomunidad así lo decida) y ejecución de campañas de educación ambiental anuales. O en su caso, únicamente el abono de las que diseñe o ejecute la Mancomunidad.
Servicio de atención telefónica (durante la duración del contrato) que conecte directamente con las oficinas ubicadas en el territorio de la Mancomunidad y permita atender consultas, recoger avisos y facilitar información sobre los servicios y cualquier aspecto relacionado con el contrato.
El coste de la campaña inicial de comunicación de implantación del servicio correrá a cargo del adjudicatario.
13.5 CAMPAÑA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL
El coste de las actuaciones iniciales encomendadas irá a cargo de la cantidad destinada por los licitadores a campañas de sensibilización y educación ambiental, el cual será como mínimo del 6.000 €/ año. La campaña ordinaria del primer año se podrá incluir la campaña inicial de comunicación de implantación del servicio para su realización conjunta. Los licitadores podrán incrementar en sus ofertas económicas (sobre C) la cantidad anual destinada a campañas de concienciación respecto a la mínima exigida.
14.1 APLICACIÓN DE INDICADORES DE CALIDAD.
14 ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD
A continuación se detallan las características del sistema de control de calidad que utilizará la Mancomunidad/Ayuntamientos para garantizar la calidad del servicio, la puesta a disposición de todos los compromisos ofertados y para aplicar, si procede, las correspondientes deducciones en la retribución anual que percibirá el adjudicatario. Asi mismo, se diseña el control de calidad como mecanismo corrector de ineficiencias y mejora continua en el servicio.
El sistema de control de calidad tiene que permitir a la Mancomunidad/Ayuntamientos determinar la calidad que el adjudicatario está ofreciendo para los diferentes servicios incluidos en el contrato, y en caso de que esta no sea satisfactoria, aplicar los mecanismos correctores oportunos y reflejarlo en la retribución que perciba el adjudicatario por dicho servicio.
14.2 ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD.
El sistema de control de calidad se cimentará sobre la ejecución, por parte de la Mancomunidad o en quién este delegue, de las actuaciones de control de calidad (indicadores) que sean necesarias para la cuantificación de 3 índice de calidad del servicio (IQ).
• IQ1. Servicio de recogida de residuos domiciliarios y servicio de limpieza de contenedores.
• IQ2. Servicio de recogida de residuos a productores singulares.
• IQ3. Servicio de recogida de residuos voluminosos y restos vegetales.
Los índice de calidad se calcularán con periodicidad mensual. Una vez cuantificados los índice IQ, la Mancomunidad, informará de los resultados al adjudicatario.
El valor de cada uno de los tres indices IQ determinará el porcentaje de descuento sobre el pago de la retribución en los términos que se detallan en el presente documento. El adjudicatario sólo podrà facturar el 100% de la retribución de cada servicio cuando IQ tenga un valor superior a 0,975. En caso de que el valor sea inferior, la incidencia del valor de IQ sobre la facturación de los servicios a los cuales hace referencia se detallará en los apartados siguiente:
Puntuación del IQ | % de reducción |
1>IQN>0,975 | 0% |
0,975>IQN>0,950 | 1% |
0,950>IQN>0,925 | 2% |
0,925>IQN>0,850 | 3% |
0,850>IQN>0,80 | 5% |
Puntuación del IQ | % de reducción |
0,80>IQN>0,75 | 10% |
0,75>IQN>60 | 15% |
0,60≥IQN | 20% |
14.3 DETERMINACIÓN DE LOS ÍNDICES DE CALIDAD DEL SERVICIO
Los índices de calidad se calcularán de acuerdo con una serie de indicadores que harán referencia a la calidad de los servicios prestados objeto de la presente licitación. La base de cálculo de todos y cada uno de los indicadores será de 1 mes.
A continuación se describe la metodologia de cálculo para cada uno de los tres índices.
14.3.1 IQ1. SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y LIMPIEZA DE CONTENEDORES
Este índice hará referencia al procedimiento de recogida de residuos domicilarios en general, para cada una de sus fracciones, resto y selectivas. Así mismo reflejará la calidad en la limpieza de los contenedores utilizados. Con seis puntos de inspección o indicadores, que tendrán un peso específico diferente según la importancia de la operación que se pretende medir, tal y como se refleja en la tabla siguiente:
IQ1. Servicio de recogida de residuos domiciliarios y limpieza de contenedores | ||||
Indicador | Puntuación | Peso indicador | ||
Incumplimiento máximo | Cumplimiento perfecto | |||
IQ11 | Num de quejas registradas | 0,5 | 1 | 15% |
IQ12 | Residuos fuera de los contenedores | 0,5 | 1 | 30% |
IQ13 | Estado de limpieza de los contenedores de recogida domiciliaría | 0,5 | 1 | 15% |
IQ14 | Ubicación del contenedor | 0,5 | 1 | 10% |
IQ15 | Número de operarios y vehículos fuera de su posición, según programación | 0,5 | 1 | 10% |
IQ16 IQ1 = | Mal funcionamiento del sistema informático de control GIS del servicio ∑ (Puntuación) x (Peso Indicador) | 0,5 | 1 | 20% |
0,5 | 1 | 100% |
De la tabla anterior se desprende que el máximo grado de “no calidad” obtendría una puntuación de 0,5 puntos (ver siguiente tabla), mientras que una calidad óptima obtendría 1 punto. A su vez la puntuación obtenida en cada uno de los puntos de inspección será ponderada según el peso otorgado. Así, y como ejemplo, señalar una puntuación de 0,75 en el indicador IQ12 referido a la presencia de residuos fuera de
los contenedores supondría una peso de 0,75 x 0,3 = 0,225 considerando que a dicho indicador se le otorga un peso del 30%.
El cálculo de los puntuación a obtener en cada uno de los puntos de inspección que conforman el índice IQ1 se llevará a cabo de acuerdo con la tabla siguiente:
SUBINDICADOR | CUANTIFICACIÓN DEL INDICADOR |
IQ11. Número de quejas registradas | Número de quejas registradas por cualquir conducto oficial |
· 0 quejas: IQ11= 1,000 | |
· Más de 10: IQ11 = 0,975 | |
· Más de 15: IQ11 = 0,950 | |
· Más de 20: IQ11 = 0,900 | |
· Más de 25: IQ11 = 0,800 | |
· Más de 30: IQ11 = 0,750 | |
· Más de 40: IQ11 = 0,600 | |
· Más de 60: IQ11 = 0,500 | |
IQ12. Presencia de residuos fuera de los contenedores | Número de contenedores con presencia de residuos no voluminosos fuera de los mismos. |
· 0 contenedores: IQ12= 1,000 | |
· Más de 10: IQ12 = 0,975 | |
· Más de 15: IQ12 = 0,950 | |
· Más de 20: IQ12 = 0,900 |
SUBINDICADOR | CUANTIFICACIÓN DEL INDICADOR |
· Más de 25: IQ12 = 0,800 | |
· Más de 30: IQ12 = 0,750 | |
· Más de 40: IQ12 = 0,600 | |
· Más de 60: IQ12 = 0,500 | |
IQ13. Estado de limpieza de los contenedores | Número de contenedores que presenten un estado de limpieza exterior inaceptable. |
· 0 contenedores: IQ13= 1,000 | |
· Más de 10: IQ13 = 0,975 | |
· Más de 15: IQ13 = 0,950 | |
· Más de 20: IQ13= 0,900 | |
· Más de 25: IQ13 = 0,800 | |
· Más de 30: IQ13 = 0,750 | |
· Más de 40: IQ13 = 0,600 | |
· Más de 60: IQ13 = 0,500 | |
IQ14. Ubicación de los contenedores | Número de contenedores que presenten un mal estado. Los aspectos a revisar serán: 1.Serigrafía. 2. Mecanismos de apertura. 3. Bocas. 4. Cuerpo. 5. Tapas. 6. Ruedas. 7. Presencia de pintadas o pegatinas (salvo las identificativas) |
· 0 contenedores: IQ14 = 1,000 |
SUBINDICADOR | CUANTIFICACIÓN DEL INDICADOR |
· Más de 10: IQ14 = 0,975 | |
· Más de 15: IQ14 = 0,950 | |
· Más de 20: IQ14 = 0,900 | |
· Más de 25: IQ14 = 0,800 | |
· Más de 30: IQ14 = 0,750 | |
· Más de 40: IQ14 = 0,600 | |
· Más de 60: IQ14 = 0,500 | |
IQ15. Número de equipos fuera de su posición | Número de equipos que se encuentran fuera de su posición según la programación de servicios. |
· 0 equipos: IQ15= 1,000 | |
· Más de 1: IQ15 = 0,975 | |
· Más de 2: IQ15 = 0,950 | |
· Más de 3: IQ15 = 0,900 | |
· Más de 4: IQ15 = 0,800 | |
· Más de 5: IQ15 = 0,750 | |
· Más de 6: IQ15 = 0,600 | |
· Más de 7: IQ15 = 0,500 |
SUBINDICADOR | CUANTIFICACIÓN DEL INDICADOR |
IQ16. Mal funcionamiento del sistema informático de control GIS del servicio | Número de días en que el sistema de información informático de control GIS del servicio no funcione al 100% respecto al conjunto de prestaciones de este sistema ofertado por el adjudictarario |
· 0 días: IQ16= 1,000 | |
· Más de 1: IQ16 = 0,975 | |
· Más de 2: IQ16 = 0,950 | |
· Más de 3: IQ16 = 0,900 | |
· Más de 4: IQ16 = 0,800 | |
· Más de 5: IQ16 = 0,750 | |
· Más de 6: IQ16 = 0,600 | |
· Más de 7: IQ16 = 0,500 |
14.3.2 IQ2. SERVICIO DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES.
Este índice se calculará con 7 indicadores, que tendrán el peso específico que se concreta en la tabla siguiente y que medirá la calidad del servicio específico a de recogida de residuos a productores singulares:
IQ2. Servicio de recogida de residuos a productores singulares. | ||||
Indicador | Puntuación | Peso indicador | ||
Incumplimiento máximo | Cumplimiento perfecto | |||
IQ21 | Num de quejas registradas | 0,5 | 1 | 15% |
IQ22 | Residuos fuera de los contenedores | 0,5 | 1 | 30% |
IQ23 | Estado de limpieza de los contenedores | 0,5 | 1 | 15% |
IQ24 | Ubicación del contenedor | 0,5 | 1 | 10% |
IQ25 | Número de operarios y vehículos fuera de su posición, según programación | 0,5 | 1 | 10% |
IQ26 | Mal funcionamiento del sistema informático de control GIS del servicio | 0,5 | 1 | 15% |
IQ27 | Incidencias no informadas por el adjudicatario | 0,5 | 1 | 5% |
IQ2 = | ∑ (Puntuación) x (Peso Indicador) | 0,5 | 1 | 100% |
De la tabla anterior se desprende que el máximo grado de “no calidad” obtendría una puntuación de 0,5 puntos (ver siguiente tabla), mientras que una calidad óptima obtendría 1 punto. A su vez la puntuación obtenida en cada uno de los puntos de inspección será ponderada según el peso otorgado.
El cálculo de los puntuación a obtener en cada uno de los puntos de inspección que conforman el índice IQ2 se llevará a cabo de acuerdo con los mismos procedimientos de inspección que para la obtención del indice IQ1 y con la misma ponderación a cada uno de los indicadores.
14.3.3 IQ3. SERVICIO DE RECOGIDA DE VOLUMINOSOS
Este índice se determinará de acuerdo 3 indicadores, los cuales tendrán el peso específico que se concreta a tablas siguiente.
IQ3. Servicio de recogida de residuos voluminosos y restos vegetales | ||||
Indicador | Puntuación | Peso indicador | ||
Incumplimiento máximo | Cumplimiento perfecto | |||
IQ31 | Num de quejas registradas | 0,5 | 1 | 15% |
IQ32 | Presencia de voluminosos | 0,5 | 1 | 75% |
IQ33 | Cumplimiento de frecuencias y horarios | 0,5 | 1 | 10% |
IQ3 = | ∑ (Puntuación) x (Peso Indicador) | 0,5 | 1 | 100% |
De la tabla anterior se desprende que el máximo grado de “no calidad” obtendría una puntuación de 0,5 puntos (ver siguiente tabla), mientras que una calidad óptima obtendría 1 punto. A su vez la puntuación obtenida en cada uno de los puntos de inspección será ponderada según el peso otorgado.
El cálculo de los puntuación a obtener en cada uno de los puntos de inspección que conforman el índice IQ3 se obtendrá según lo indicado en la siguiente tabla:
CUANTIFICACIÓN DEL INDICADOR | |
IQ31. Número de quejas registradas | Número de quejas registradas: |
CUANTIFICACIÓN DEL INDICADOR | |
· 0 quejas: IQ31= 1,000 | |
· Más de 5: IQ31 = 0,975 | |
· Más de 10: IQ31 = 0,950 | |
· Más de 15: IQ31 = 0,900 | |
· Más de 20: IQ31 = 0,800 | |
· Más de 25: IQ31 = 0,750 | |
· Más de 30: IQ31 = 0,600 | |
· Más de 40: IQ31 = 0,500 | |
IQ32. Presencia de voluminosos | Número de puntos con presencia de voluminosos o RAEEs: |
· 0 puntos: IQ32= 1,000 | |
· Más de 5: IQ32 = 0,975 | |
· Más de 10: IQ32 = 0,950 | |
· Más de 15: IQ32 = 0,900 | |
· Más de 20: IQ32 = 0,800 | |
· Más de 25: IQ32 = 0,750 | |
· Más de 30: IQ32 = 0,600 | |
· Más de 35: IQ32 = 0,500 |
CUANTIFICACIÓN DEL INDICADOR | |
IQ33. Cumplimiento de frecuencias y horarios | Número de equipos que incumplen las frecuencias u horarios según la programación de servicios |
· 0 equipos: IQ33= 1,000 | |
· Más de 1: IQ33 = 0,975 | |
· Más de 2: IQ33 = 0,950 | |
· Más de 3: IQ33 = 0,900 | |
· Más de 4: IQ33 = 0,800 | |
· Más de 5: IQ33 = 0,750 | |
· Más de 6: IQ33 = 0,600 | |
· Más de 7: IQ33 = 0,500 |
Cada uno de los indices IQ1, IQ2 e IQ3 obtenidos según los procedimientos de inspección y ponderación señalados en las tablas anteriores se procederá a la aplicación del multiplicador obtenido en aquellos conceptos a los que se refiere cada uno de los indices y que serán diferenciados en la certificación mensual que el adjudicatario deberá presentar en la Mancomunidad. Una vez aplicados los indices correctores en base a la calidad medida, se procederá a la emisión de la correspondiente factura.
14.3.4 INCENTIVO POR RENDIMIENTO
En caso de llegar a unos objetivos de recogida selectiva de papel-cartón, y envases ligeros, el adjudicatario tendrá derecho a un incentivo por rendimiento.
El incentivo por rendimiento se calculará por años naturales en función de los objetivos de recogida selectiva. En cualquier caso, no será de aplicación este incentivo cuando durando el año se hayan cometido 2 incumplimientos que hayan sido tipificados como leves o bien 1 incumplimiento considerado grave o muy grave.
Para que este pago sea aplicable, se tendrá que lograr un porcentaje mínimo de recogida selectiva del 18% por año de contrato, de acuerdo con la fórmula siguiente:
Dónde:
• %SELECTIVA = porcentaje de recogida selectiva.
• PAPEL CARTÓN = Tn/año recogidas de papel-cartón.
• ENVASES = Tn/año recogidas de envases ligeros.
• FRACCIÓN RESTO = Tn/año recogidas de rechazo (fracción resto).
Será necesario cumplir con un porcentaje máximo de impropios para cada fracción de residuos. El porcentaje máximo lo determinará anualmente la Mancomunidad, y lo fijará tomando como valores de referencia porcentajes de impropios de años anteriores o los datos facilitados por los Sistemas Integrados de Gestión para la Mancomunidad/Ayuntamientos (SOGAMA, ECOEMBES). Si se superan los porcentajes de impropios de años anteriores, el adjudicatario no tendrá derecho a bonificación.
El importe del incentivo para el primer año de contrato se calculará de acuerdo con la fórmula siguiente:
• Cuando 18% < %SEL < 20%: Incentivo de 15% de los ingresos (sin IVA) por recogida selectiva (papel-cartón, envases ligeros) recibidos por la Mancomunidad por aquel año.
• Cuando %SEL ≥ 20%: Incentivo de 20% de los ingresos (sin IVA) por recogida selectiva (papel- cartón, envases ligeros) recibidos por la Mancomunidad por aquel año.
14.4 INFORMACIÓN RELATIVA A LAS TONELADAS RECOGIDAS Y DEPOSITADAS EN LA PLANTA DE TRANSFERENCIA DE SOGAMA.
El Adjudicatario de los servicios objeto de la presente licitación, se compromete a su vez en consideración a las informaciones recogidas en los Capíutulos 13, 12.10 y los medios materiales que implemente para ello; a facilitar con periodicidad mensual y a mes vencido, los datos de las toneladas de residuos recogidas en cada uno de los Ayuntamientos destinatarios de los servicios. Ademas de a la Mancomunidad, y en los primeros 5 días de cada mes, el adjudicatario deberá facilitar a la Sociedad Galega de Medioambiente (SOGAMA) los datos de pesadas correspondientes a cada municipio de forma individual, con el fin de que dicha Sociedad pueda realizar la facturación de los residuos depositados, a cada Ayuntamiento de forma independiente. En el caso de que en algún més no se cumpla esta premisa, o se cumpla con retraso, SOGAMA facturara a cada Ayuntamiento en base a los datos del mes anterior, regularizándose en la medida en que se disponga de los datos reales.
Esta información deberá garantizar que la SOCIEDADE GALEGA DE MEDIO AMBIENTE (SOGAMA), esté en condiciones de facturar a los Ayuntamientos las cantiades correspondientes al canon de tratamiento al precio estipulado y en función de las toneladas recogidas y vertidas.
15 SISTEMA DE REMUNERACIÓN DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario percibirá, directamente de los Ayuntamientos destinatarios de los servicios, como retribución anual, la cantidad que contenga la proposición presentada al concurso para la contratación del Servicio. Esta cantidad tendrá carácter fijo anual y se abonará en los periodos que la Mancomunidad/Ayuntamientos considere conveniente (mensual, bimensual, trimestral. etc) según se recoge en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, y en todo caso dando estricto
cumplimiento a lo preceptuado en la Ley de Morosidad y de Plazos de Pago Ley 15/2010 de 5 de julio y disposiciones de desarrollo
Esta cantidad anterior, se verá incrementada con los ingresos derivados de las recogidas selectivas. Los Ayuntamientos de Cambados, Xxxxxxxx de Arousa, ceden los derechos de cobro de los créditos del SIG de ECOEMBES a la empresa que resulte adjudicataria, no recibiendo esta, importe alguno por parte de los citados Ayuntamientos o Mancomunidad por la ejecución de los trabajos que resulten de las recogidas selectivas. En consecuencia el tipo de licitación fijado NO CONTEMPLA los ingresos derivados de las recogidas selectivas
Se considera como fórmula de pago respecto de las recogidas selectivas, la inculida en el Convenio entre la Xunta de Galicia y ECOEMBES. El texto del citado convenio se encuentra disponible en la página web
xxxx://xxxxx.xxxxx.xxxxx.xx/xxxxxxxxx?x_x_xxxxxxxxx_xxxxxxx_xxxxxxx_XXXXXXXX_xX00&x_x_xxxxxxxxxx 0&p_p_state=normal&p_p_col_id=column- 2&p_p_col_count=1&_ipecos_opencms_portlet_INSTANCE_wA39_content=%2Fopencms%2FPortal- Web%2FContidos_Sirga%2FConvenio%2Fconvenio_0001.html
Este tipo estará compuesto de los siguientes sumandos, claramente diferenciados:
• Servicios de recogida de residuos domiciliarios (separado por fracciones)
• Servicio de limpieza de contenedores.
• Servicios de recogida de residuos a productores singulares (separado por fracciones)
• Servicios de recogida de residuos voluminosos y restos vegetales.
• Servicios comunes e Instalaciones.
• Campañas de educación ambiental.
Para cada servicio o tratamiento habrá que determinar las siguientes partidas:
✓ Gastos de personal (mano de obra).
✓ Gastos de explotación (combustible, lubricantes, mantenimiento, limpieza y reparaciones, alquileres, seguros, etc.)
✓ Gastos de amortización y financiación o alquiler (prestación de medios materiales)
✓ Gastos generales y beneficio Industrial
15.1.1 RETRIBUCIÓN DEL ADJUDICATARIO
15.1 DETERMINACIÓN DE LA RETRIBUCIÓN
La retribución anual se determinará a partir de los cálculos de costes de los diferentes servicios y tratamientos de acuerdo con lo establecido en los pliegos y con la oferta adjudicada. Las retribuciones mensuales, bimensuales según se refleje en el PCAP se calcularán a partir de la división del coste anual del contrato por los periodos del año que se estime y por la aplicación del sistema de control de calidad establecido en el punto anterior.
A esta remuneración directa, se añadirán los flujos derivados de las recogidas selectivas según el procedimiento establecido en el capítulo correspondiente del presente documento. Señalar una vez más que se determina en el presente documento la cesión de los derechos de cobro de los créditos SIG de
ECOEMBES a la empresa que resulte adjudicataria, no recibiendo esta, importe alguno por parte de los Ayuntamientos por la ejecución de los trabajos derivados de las recogidas selectivas.
Durante la vigencia del presente contrato no se prevé revisión de precios.
El tipo de licitación del conjunto de los servicios de recogida y transporte de residuos de fracción resto, fracciones selectivas, de la Mancomunidad del Salnes objeto de la presente licitación y pliego, se fija en la cantidad anual de 789.483,08 desglosado en 717.711,89 € base imponible y 71.771,19 € en concepto de IVA a tasa única del 10%.
Los licitadores podrán formular sus ofertas económicas mejorando el tipo máximo a la baja.
El tipo de licitación NO contempla los ingresos derivados de las recogidas selectivas. Los licitadores detallarán en sus ofertas los ingresos que estiman por la cesión de los derechos de cobro de los créditos SIG de ECOEMBES , no recibiendo en consecuecuencia, importe alguno por parte de los Ayuntamientos o Mancomunidad por la ejecución de los trabajos propios de las recogidas selectivas de envases, papel cartón.
16.2 VALORACION DE LA PROPUESTA DE LA FUTURA RECOGIDA DE FRACCION ORGÁNICA (bioresiduo).
La valoración de las ofertas para la futura recogida de la fracción orgánica o bioresiduo, tendrá la puntuación máxima definida en los criterios de valoración establecidos en el PCAP. La puntuación obtenida se calculará a partir de la relación entre el incremento del coste (sin IVA) del servicio propuesto respecto del coste total anual (sin IVA) ofertado por el licitador, en porcentaje (redondeando a 1 decimales), de acuerdo con los siguientes criterios:
Δ DEL COSTE DEL SERVICIO | PUNTUACIÓN |
X > 10% | Ver criterios PCAP |
5% ≤ X < 10% | Ver criterios PCAP |
X < 5% | Ver criiterios PCAP |
El incremento del coste derivado de la implantación de la recogida de fracción orgánica o bioresiduo NO podrá superar el 10% del coste anual propuesto por el licitador.
Ver Anexo I Sobre C proposición económica y criterios de valoración del PCAP.
16.3 CAMPAÑA DE CONCIENCIACION
Lo expresado por los licitadores en este apartado, estarán relacionadas con el objeto del contrato, y aplicarán sobre actuaciones definidas en el PCAP relacionadas con la campaña de concienciación ciudadana enfocada a la explicación de la recogida a productores singulares y a la mejora de las recogidas selectivas en general, por encima del mínimo exigido en el PPT, con su correspondiente valoración.
17 PRECIOS Y PRESUPUESTOS. A INCLUIR EN EL SOBRE C
17.1 PRECIOS UNITARIOS DE PERSONAL
Los licitadores deberán anunciar en sus ofertas los precios unitarios de personal con indicación expresa de las diferentes categorías profesionales en consideración a los distintos convenios de aplicación vigentes.
17.2 PRECIOS UNITARIOS DE MATERIALES
Los licitadores deberán indicar en sus ofertas económicas los precios unitarios de medios materiales, vehículos etc, empleados en sus estudios económicos.
17.3 PLAN DE INVERSIONES O DE PUESTA A DISPOSICIÓN
Las empresas licitadoras incluiran en su oferta el plan de inversiones de todos los medios materiales necesarios durante el plazo de ejecución del contrato. En el que se contemple, la amortización del material que deberá ser de nueva adquisición, o con una antigüedad máxima de cuatro (4) años o
10.430 horas de uso. En todo caso los contenedores destinados a la recogida de residuos, deberán ser de nueva adquisición, salvo en lo establecido para los productores singulares.
Los licitadores presentaran en sus ofertas los presupuestos anuales parciales para cada uno de los grandes grupos de servicios, objeto del concurso definidos en los capítulos anteriores y que son:
• Recogida y transporte de residuos domiciliaria, mantenimiento de contenedores, desglosando de forma independiente los costes de recogida fracción resto, recogida selectiva de envases ligeros, recogida selectiva de papel cartón, limpieza y mantenimiento de contenedores, que deberán contener con carácter obligatorio como mínimo, costes de personal, variables de explotación (combustibles, mantenimiento, neumáticos, etc.), amortización y financiación, o en su defecto coste de puesta a disposición, del activo propuesto.
• Recogida y transporte de residuos a productores singulares desglosando de forma independiente los costes de recogida fracción resto, recogida selectiva de envases ligeros, recogida selectiva de papel cartón,que deberán contener con carácter obligatorio como mínimo, costes de personal, variables de explotación (combustibles, mantenimiento, neumáticos, etc.), amortización y financiación o en su defecto coste de puesta a disposición del activo propuesto.
• Recogida de voluminosos y restos de poda que deberán contener con carácter obligatorio como mínimo, costes de personal, variables de explotación (combustibles, mantenimiento, neumáticos,
etc.), amortización y financiación, o en su defecto coste de puesta a disposición, del activo propuesto.
Los gastos generales y beneficio industrial que se imputarán a los tres servicios anteriores en las cuantías correspondientes limitado a un 10% del total ejecución material.
Las ofertas económicas se ralizarán en base al canon anual sobre el precio de licitación establecido para el servicio objeto del presente concurso.
Se realizará un estudio económico detallando en el los precios descompuestos de personal y materiales.
Las empresas licitadoras en sus ofertas deberán presentar la siguiente documentación y detallar su justificación para un mejor comprensión de la distribución de costes de los servicios.
• Cálculo de los precios unitarios:
✓ Costes unitarios de personal.
✓ Costes unitarios de herramientas y material auxiliar.
✓ Costes unitarios de vestuario de personal.
✓ Costes unitarios de los medios materiales a incorporar usados o de nueva adquisición, señalar una vez más que los contenedores destinados a la recogida de residuos deberán ser de NUEVA ADQUISICIÓN salvo lo indicado al respecto de los productores singulares.
✓ Costes unitarios de conservación y mantenimiento de vehículos y maquinaria.
• Presupuestos parciales anuales, los estudios económicos se dividirán en los siguientes presupuestos parciales:
✓ Recogida y transporte domiciliaria de residuos desglosando de forma independiente los costes de recogida de envases ligeros, papel cartón y fracción resto.
✓ Recogida y transporte de residuos a productores singulares desglosando de forma independiente los costes de recogida de envases ligeros, papel cartón, vidfrio y fracción resto.
✓ Resumen del presupuesto anual.
✓ Cálculo del precio anual del servicio.
17.5 DESCOMPOSICIÓN DE PRECIOS.
El cálculo de los presupuestos anuales parciales estará debidamente justificado, presentando los licitadores un desglose del precio total anual a abonar por los Ayuntamientos de la Mancomunidad del Salnes para cada servicio, distribuido en las diversas partidas que lo integren, distinguiendo al menos los siguientes capítulos:
• Gasto de personal detallados por servicios y obtenido por aplicación de los precios unitarios establecidos por aplicación de los vigentes convenios colectivos, por el número de empleados, categorías profesionales, días de servicio y jornada diaria.
• Amortización-financiación o en su defecto coste de puesta a disposición de las inversiones a realizar o en su caso del activo propiedad del licitador cedido al contrato, teniendo en cuenta las indicaciones detalladas previamente en el plan de inversiones comprometidas.
• Gastos de combustible y lubricantes relativos a los vehículos y maquinaria adscritos a los diferentes servicios.
• Otros gastos fijos anuales, como mantenimiento y reparaciones de los vehículos y maquinaria adscritos a los diferentes servicios, vestuario de personal, seguros, herramientas, instalaciones, etc.
• Los presupuestos de la totalidad de los servicios serán valorados a precios del año 2017.
Los costes ejecución material supondran la suma de los cuatro capítulos definidos en este apartado.
Sobre los costes de ejecución material, se aplicarán los porcentajes de Gastos Generales y Beneficio Industrial que serán topados al 10%; que junto con la aplicación del IVA se obtendrá el precio final anual del contrato.
17.7 ESTUDIO ECONOMICO FINANCIERO DE LA VIABILIAD DE LA PROPUESTA.
Soporte de viabilidad con aporte de estudio económico financiero conformado por:
• Modelo económico financiero:
• Cuenta de resultados previsionales.
• Balances previsionales.
• Estado de flujos de caja.
• Memoria explicativa.
• Consideraciones generales.
• Hipótesis de cálculo para la elaboración del modelo económico.
• Calendario puesta a disposición de medios materiales.
• Fuentes de financiación.
• Análisis de solvencia y rentabilidad.
• Análisis de sensibilidad de rentabilidad y resultados.
18 CONTENIDO Y FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS
La documentación técnica de la Oferta de la Prestación del Servicio (OPS) se dividirá en 2 partes según indique el pliego de condiciones administrativas:
• Contenidos susceptibles de valoración técnica o cualitativa. (SOBRE B)
• Contenidos valorables aritmética o cuantitativamente. (SOBREC)
Se indica que ninguno de los contenidos, presentados en la segunda parte (SOBRE C) puede ser introducidos ni deducidos ni directa ni indirectamente entre los aspectos de valoración técnica/no cuantitativa (y sobre todo en relación a los aspectos presupuestarios de la oferta) SOBRE B. En tal caso se podrá desestimar la totalidad de la oferta.
Los licitadores podrán presentar ofertas (u OPS) que planteen una organización del servicio como la que orientativamente se expone en el pliego. El proyecto técnico será único, sin que en ningún caso se admita la poresentación de variantes ni ofertas condicionadas.
Presentarán sus proposiciones técnicas en forma de documento estructurado tal y como se indica a continuación. El no cumplimiento de algunas de las siguientes condiciones en cuanto a la forma y contenidos que se expresan, podrá ser causa suficiente para que la oferta sea desestimada o parte de la misma no sea tenida en cuenta.
Para algunos (no todos) de los apartados de los documentos y del proyecto técnico, se establecen unos límites en cuanto a su extensión, indicados como número de caras escritas (y remarcados en negrita (*) para mayor claridad), con el objeto de que la extensión máxima de las OPS presentadas sean lo más similares posibles, comparables y permita agilizar la evaluación del Servicio ofertado para la Mancomunidad del Salnes. De modo complementario, y con carácter orientativo (no obligatorio) se indican la extensión en algunos subapartados que sí podrán modificarse mientras que se respeten los cómputos generales.
(*) Junto a cada uno de estos apartados se indica entre paréntesis un número máximo. Éste indica el número de caras (y no hojas) escritas formato DIN A4 (características de edición: márgenes mayores a 2 cms; tamaño mínimo de letra 12 del Word o similar). Las hojas deberán ir numeradas, para verificar que bajo ningún caso se superan los límites expresados (esta comprobación formal se realizará previamente a la revisión de contenidos de la oferta). En el cómputo de folios no se contarán portadas, índices, ni hojas en blanco de separación, ni las tablas utilizadas como cálculo, resumen o sintesis de datos.
A estos topes, los licitadores que lo crean conveniente podrán añadir hojas con información mayormente gráfica (*) que por su formato no pueda ser integrada en los límites anteriormente expuestos y con el objeto de sintetizar, reforzar o mejorar la expresión de cualquiera de los aspectos desarrollados en la parte más literal. La cuantía de esta parte mayormente grafica no superará el mismo número indicado de caras escritas (ver ejemplo abajo), pudiendo presentarse dicha información en formato DIN A3 o DIN A4. Estas hojas estarán referenciadas con la letra “G” junto al numero para su fácil identificación (del texto a la hoja); pudiendo por supuesto estar intercaladas entre las mayormente textuales o agrupadas a modo de anexo.
(*) Se entiende por esto: esquemas, tablas, imágenes, diagramas, cuadros, planos, etc. En el caso que estas páginas resulten similares a las de solo texto podrán no ser tenidas en cuenta.
Si excepcionalmente el licitador necesitase aun añadir más información se podrán incluir adjunta a la OPS como anexo, bajo el título “INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA” tras el último punto del índice general pautado. Deberá incluir índice, y numeración de páginas. No existen limitaciones ni formales ni de contenido para esta parte. No obstante, indicar que dicha información se revisará sólo en caso que se estime conveniente para aclarar algún aspecto de la parte principal de la oferta, por lo que la información aquí incluida podrá no ser tenida en cuenta a la hora de la valoración de las ofertas. Sin embargo forma parte de la oferta, y en el caso de ser adjudicataria los compromisos de la parte complementaria son tan vinculantes como los del resto.
Ejemplo: Memoria (máximo 40 páginas). Esto indica que este apartado (incluyendo todos los subapartados) podrá aportar información tipo texto con una extensión paginada de 40 hojas DIN A 4 escritas por una cara o 20 hojas DIN A 4 escritas a doble cara. Para mayor claridad de la oferta, podrá añadir a esta memoria, hasta 40 caras impresas como máximo (20 si están impresas a doble cara) de
DIN A 4 o DIN A 3 (númeradas tipo G1, G2, G3, etc) con información mayormente gráfica (fotos, planos, diagramas, esquemas de organización, tablas, etc). Siempre que se quiera para mayor claridad y situación de subapartados se podrán colocar hojas separadoras (separatas) en color o en pestañas, para mejor situación de los subepígrafes (y estos no forman parte del cómputo numérico por lo que no deben ir numerados).
Cada uno de los documentos expuestos a continuación vendrá encuadernado y en carpetas separadas y numeradas tal y como viene en el índice más abajo. Dichas separaciones no precisan ser numeradas y por lo tanto no computan como hojas con información.
18.2 RELACIÓN DE CONTENIDOS Y ESTRUCTURA DE LA MEMORIA TECNICA (SOBRE B)
Los licitadores podrán incluir, dentro de sus ofertas, otros servicios u otras soluciones a las planteadas con carácter mínimo y orientativo en el presente pliego, tanto medios materiales como humanos, para la mayor eficacia, sostenibilidad y menor coste del Servicio, siempre y cuando se cumplan todos los objetivos y requisitos expresados en el presente pliego.
En relación a los medios materiales el licitador facilitará las características técnicas detalladas de los vehículos, su previsible incorporación durante la vigencia del contrato su antigüedad, fotos, matrículas, incorporando cualquier documentación que se crea conveniente para su exacta descripción.
18.2.2 CONTENIDOS Y ESTRUCTURA DE LA MEMORIA TECNICA (SOBRE B).
Los licitadores podrán incluir, dentro de sus ofertas, otros servicios u otras soluciones a las planteadas con carácter de mínimos en el presente PPT, tanto medios materiales como humanos, para la mayor eficacia, sostenibilidad y menor coste del servicio, siempre que CUMPLAN todos los objetivos y requisitos expresados en el presente documento.
En relación a los medios materiales el licitador facilitará las características técnicas detalladas de los vehículos, su previsible incorporación durante la vigencia del contrato, su antigüedad, fotos, matrículas, incorporando cualquier documentación que sea conveniente para su exacta descripción, así como los permisos de circulación y fichas técnicas. La información referenciada se incorporará en el apartado “maquinaria y material móvil ofertado”
Todos los aspectos vinculados a la oferta económica o su presupuesto deberán ser incluidos entre los contenidos de valoración cuantitativa. Cualquier oferta que incluya entre los siguientes documentos información relativa a presupuestos será desestimada.
A continuación y a modo de esquema resumen se indica el modo e indice que habrán de seguir las ofertas técnicas así como la extensión asignada a cada apartado.
18.2.3.1 INTRODUCCION (máximo 20 paginas) Deberá contener:
• Objeto
• Contenido del documento
• Resumen de la propuesta
• Caraterísticas principales de la oferta
• Cuadro o tabla resumen de la dotación de recursos para cada servicio y por cada temporada según la estacionalidad prevista.
• Cuadro o tabla resumen de los recursos adicionales para cada servicio y cada temporada.
• Cronograma de implantación del servicio.
18.2.3.2 SERVICIOS DE RECOGIDA DOMICILIARIA (máximo 60 paginas)
Deberá contener:
• Proyecto de Recogida domiciliaria de la fracción resto.
✓ Alcance
✓ Descripción
✓ Itinerarios, horarios y frecuencias por cada temporada.
✓ Justificación y dimensionamientos de los equipos por temporadas.
✓ Composición de los equipos. Recursos humanos y materiales por temporadas.
✓ Organización de los equipos
✓ Metodología de trabajo
✓ Otras cuestiones de interés
✓ Planos (1 plano por ruta)
• Proyecto de recogida domiciliaria de papel – cartón
✓ Alcance
✓ Descripción
✓ Itinerarios, horarios y frecuencias por cada temporada.
✓ Justificación y dimensionamientos de los equipos por temporadas.
✓ Composición de los equipos. Recursos humanos y materiales por temporadas.
✓ Organización de los equipos
✓ Metodología de trabajo
✓ Otras cuestiones de interés
✓ Planos (1 plano por ruta)
• Proyecto de recogida domiciliaria de envases ligeros
✓ Alcance
✓ Descripción
✓ Itinerarios, horarios y frecuencias por cada temporada.
✓ Justificación y dimensionamientos de los equipos por temporadas.
✓ Composición de los equipos. Recursos humanos y materiales por temporadas.
✓ Organización de los equipos
✓ Metodología de trabajo
✓ Otras cuestiones de interés
✓ Planos (1 plano por ruta)
• Proyecto xx xxxxxx de contenedores
✓ Alcance
✓ Descripción
✓ Itinerarios, horarios y frecuencias por cada temporada.
✓ Justificación y dimensionamientos de los equipos por temporadas.
✓ Composición de los equipos. Recursos humanos y materiales por temporadas.
✓ Organización de los equipos
✓ Metodología de trabajo
✓ Otras cuestiones de interés
✓ Planos (1 plano por ruta)
18.2.3.3 SERVICIO DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES (máximo 60 paginas)
Deberá contener:
• Proyecto de recogida fracción resto a productores singulares
✓ Alcance
✓ Descripción
✓ Itinerarios, horarios y frecuencias por cada temporada.
✓ Justificación y dimensionamientos de los equipos por temporadas.
✓ Composición de los equipos. Recursos humanos y materiales por temporadas.
✓ Organización de los equipos
✓ Metodología de trabajo
✓ Otras cuestiones de interés
✓ Planos (1 plano por ruta)
• Proyecto de recogida fracción papel -cartón a productores singulares
✓ Alcance
✓ Descripción
✓ Itinerarios, horarios y frecuencias por cada temporada.
✓ Justificación y dimensionamientos de los equipos por temporadas.
✓ Composición de los equipos. Recursos humanos y materiales por temporadas.
✓ Organización de los equipos
✓ Metodología de trabajo
✓ Otras cuestiones de interés
✓ Planos (1 plano por ruta)
• Proyecto recogida envases ligeros a productores singulares
✓ Alcance
✓ Descripción
✓ Itinerarios, horarios y frecuencias por cada temporada.
✓ Justificación y dimensionamientos de los equipos por temporadas.
✓ Composición de los equipos. Recursos humanos y materiales por temporadas.
✓ Organización de los equipos
✓ Metodología de trabajo
✓ Otras cuestiones de interés
✓ Planos (1 plano por ruta)
18.2.3.4 SERVICIO DE RECOGIDA DE VOLUMINOSOS Y RESTOS DE PODAS (máximo 20 paginas)
Deberá contener:
• Alcance
• Descripción y soluciones propuestas
• Itinerarios, horarios y frecuencias por temporadas
• Justificación y dimensionamiento de los equipos por temporadas
• Composición de los equipos. Recursos materiales y humanos por temporadas
• Organización de los equipos
• Metodología de trabajo y objetivos.
• Otras cuestiones de interés.
18.2.3.5 SERVICIOS COMUNES E INSTALACIONES (máximo 40 páginas)
Deberá contener:
• Alcance
• Descripción
• Itinerarios, horarios y frecuencias por temporadas
• Justificación y dimensionamiento de los equipos por temporadas
• Composición de los equipos. Recursos materiales y humanos por temporadas
• Organización de los equipos
• Metodología de trabajo
• Plano de la instalación propuesta
• Recursos materiales y equipamientos empleados
• Otras cuestiones de interés
18.2.3.6 RECURSOS MATERIALES EMPLEADOS (máximo 40 paginas)
Que deberá contener:
• Medios materiales, maquinaria y equipos. Maquinaria y equipos de reserva
• Contenedores
• Tecnologías de la información y comunicación.
• Fichas y anexos.
18.2.3.7 RECURSOS HUMANOS EMPLEADOS (máximo 20 páginas)
Que deberá contener:
• Indicación del personal por categorías y por temporadas. Personal de reserva.
• Organigrama de personal
• Propuesta e vestuario
• Anexo
18.2.3.8 GESTION DE LA INFORMACION (máximo 30 páginas)
Que deberá contener:
• Información Cartográfica
• Comunicación y sensibilización ambiental
• Planos y anexos
18.2.3.9 IMAGEN Y SEGURIDAD (máximo 20 páginas)
18.3.1 OFERTA ECONÓMICA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
18.3 ESTRUCTURA Y CONTENIDOS DE LOS CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE FORMULAS (SOBRE C)
El licitador deberá adjuntar (a los efectos informativos y de comprobación de la oferta) presupuesto justificativo congruente con la baja ofertada y con la parte de valoración no objetiva o técnica. Se señala la importancia de desglosar adecuadamente y por capítulos todos los conceptos, tareas y actividades, incluyendo la valoración de las mejoras ofertadas, si las hubiera.
Junto con la proposición económica, los licitadores deberán aportar un Estudio Económico detallado de los gastos anuales del servicio, distribuidos por cada tipología de Servicio objeto del contrato. Los licitadores deberán presentar los presupuestos desglosados también a través de precios unitarios, de tal forma que en caso de modificaciones del contrato, se pueda ampliar o reducir los servicios de acuerdo con los precios unitarios ofertados.
La justificación del presupuesto de la oferta incluirá cuadros de precios unitarios y de mediciones estimadas (*) y presupuesto base final. Deberán incluirse las tablas que en el presente PPT se indican en los correspondientes Anexos como de necesaria inclusión en el sobre C.
En este presupuesto, el licitador desglosará por tareas todo lo expuesto en la memoria técnica, incluyendo en cada capitulo los costes unitarios y mediciones medios humanos y materiales adscritos a cada uno de ellos.
Del mismo modo, en el estudio económico se justificarán los gastos indirectos (agregados o no en los precios unitarios) para la prestación de los mismos (instalaciones, reparaciones, absentismo, vacaciones, etc.) y los ingresos previstos por valorización de las fracciones selectivas, tanto para la recogida domiciliaria como para la recogida a productores singulares.
Se recuerda que no se admitirán aquellas ofertas en las que se plantee la reversión de medios a la Mancomuniad al final del contrato y que incluyan su amortización por parte municipal.
El estudio presupuestario elaborado por el licitador incluirá la estimación de ingresos por valorización de las recogidas selectivas (*). Si en dicha estimación los gastos fueran mayor que los ingresos, estas pérdidas serán absorbidas en el conjunto de la oferta del licitador con una menor baja.
El precio ofertado por el licitador será el resultado de aplicar al presupuesto base los siguientes coeficientes fijos en concepto de:
• 4% de Gastos Generales
• 6% de Beneficio Industrial
• IVA vigente
18.3.2 DOTACION CAMPAÑA DE CONCIENCIACION
Campaña de concienciación ciudadana enfocada a la explicación de la recogida a productores singulares y a la mejora de las recogidas selectivas en general, por encima del mínimo exigido en el PPT (6000 €). El licitador no estará obligado a detallar la programación de dicha campaña en la oferta, limitándose a indicar la cantidad ofertada. En caso de ser adjudicatario tendrá que llevar a cabo dentro del alcance de esta mejora.
Incluirá el diseño y ejecución de una campaña inicial de comunicación de implantación del servicio, la cual tiene que incluir la existencia de un servicio telefónico de incidencias, la presencia a los medios de comunicación local, así como la puesta en servicio de una página web.
Se incluirá en la proposición económica según modelo indicado en Pliego de Condiciones Administrativas Particulares en el que se detallan aquellos conceptos valorables mediante fórmulas.
18.3.3 PROPUESTA ECONÓMICA PARA LA VALORACION DE LA RECOGIDA DE LA FRACCION ORGÁNICA O BIORESIDUO.
En este apartado, los licitadores deberán presentar una propuesta para la recogida del bioresíduos en el caso de que se implante durante la vigencia del contrato. El licitador, en nigún caso vendrá obligado a presentar un proyecto específico para la recogida de la fracción orgánica, sino que deberá estudiar y proponer un coste, en porcentaje sobre el que proponga para el servicio en general, que será de aplicación en el momento en que la recogida de la fracción orgánica se implante.
La valoración de las ofertas para la futura recogida de la fracción orgánica o bioresiduo, tendrá la puntuación máxima definida en los criterios de valoración establecidos en el PCAP. La puntuación obtenida se calculará a partir de la relación entre el incremento del coste (sin IVA) del servicio propuesto
respecto del coste total anual (sin IVA) ofertado por el licitador, en porcentaje (redondeando a 1 decimales), de acuerdo con los siguientes criterios:
Δ DEL COSTE DEL SERVICIO | PUNTUACIÓN |
X > 10% | Ver criterios PCAP |
5% ≤ X < 10% | Ver criterios PCAP |
X < 5% | Ver criiterios PCAP |
El incremento del coste derivado de la implantación de la recogida de fracción orgánica o bioresiduo NO podrá superar el 10% del coste anual propuesto por el licitador.
Ver Anexo II Sobre C proposición económica y criterios de valoración del PCAP Cambados, abril 2018
EL PRESIDENTE EN FUNCIONES
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, resultó aprobado por la Xunta de la mancomunidad del Salnés, en sesión de 12 xx xxxxx de 2018.
LA SECRETARIA
Xx xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx
19.1 ANEXO I SOBRE C. PROPOSICIÓN ECONÓMICA
CUADRO RESUMEN DE LA OFERTA ECONOMICA ANUAL | ||||||||||
SERVICIO | GASTOS DE PERSONAL | GASTOS DE EXPLOTACIÓN | GASTOS GENERALES 4% | BENEFICIO INDUSTRIAL 6% | AMORTIZACIÓN Y FINANCIACIÓN PRESTACIÓN DE MEDIOS MAT ERIALES | SUBTOTAL | BASE IMPONIBLE | IVA 10,0% | TOT AL OFERTA (€/año) | |
A B C D E F G H I | SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA FRACCIÓN RESTO (+) SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA FRACCIÓN PAPEL CARTÓN (+) SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA FRACCIÓN ENVASES (+) SERVICIO DE LIMPIEZA DE CONTENEDORES (+) SERVICIO DE RECOGIDA A PRODUCTORES SINGULARES (+) SERVICIO DE RECOGIDA DE VOLUMINOSOS Y RESTOS VEGETALES (+) SERVICIOS COMUNES E INSTALACIONES (+) CAMPAÑAS DE SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL (+) ESTIMACIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE RECOGIDAS SELECTIVAS (-) | |||||||||
TOT AL | ||||||||||
BASE IMPONIBLE | IVA | TOT AL | ||||||||
J | SERVICIO DE RECOGIDA DE LA FRACCIÓN ÓRGANICA O BIORESIDUO INCREMENTO DEL CONTRATO POR LA RECOGIDA DE LA FRACCIÓN ÓRGANICA (+) | |||||||||
SERVICIO | GASTOS DE PERSONAL | GASTOS DE EXPLOTACIÓN | GASTOS GENERALES 4% | BENEFICIO INDUSTRIAL 6% | AMORTIZACIÓN Y FINANCIACIÓN PRESTACIÓN DE MEDIOS MAT ERIALES | SUBTOTAL | BASE IMPONIBLE | IVA 10,0% | TOT AL OFERTA (€/año) | |
J | SERVICIO DE RECOGIDA DE LA FRACCIÓN ÓRGANICA O BIORESIDUO (+) | |||||||||
TOT AL | ||||||||||
Esta tabla deberá incluirse en el sobre correspondiente a la proposición económica |
19.2 ANEXO II SOBE C.PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
MAQUINARIA | Gastos de Explotación | Seguros e impuestos | ||||||||||||||
UNIDADES | Consumo de combustible | Consumo de combustible | Distancia a recorrer | Horas de T rabajo | Jornadas | Combustible | Lubricantes | Rep y Manto | Neumáticos | Cepillos (barredoras) | Otros | X xxxx | ||||
Código | Descripción | Uds | litros/100 km | litros/hora | km/jornada | horas/jornada | Jornadas | €/jornada | €/jornada | €/jornada | €/jornada | €/jornada | €/jornada | €/jornada | año | €/jornada |
Precios unitarios de vestuario | ||||||||||||||||
CONCEPT O | EST ACIÓN | ENT XXXXX | €/EQUIPO VEST UARIO | |||||||||||||
Pantalon | Invierno | |||||||||||||||
Camisas | Invierno | |||||||||||||||
Chaquetón | Invierno | |||||||||||||||
T raje de agua | Invierno | |||||||||||||||
Cazadora | Invierno | |||||||||||||||
Gorra | Invierno | |||||||||||||||
Zapatos de seguridad | Invierno | |||||||||||||||
Jersey | Invierno | |||||||||||||||
Pantalon | Verano | |||||||||||||||
Camisas | Verano | |||||||||||||||
Chaquetón | Verano | |||||||||||||||
T raje de agua | Verano | |||||||||||||||
Cazadora | Verano | |||||||||||||||
Gorra | Xxxxxx | |||||||||||||||
Xxxxxxx de seguridad | Verano | |||||||||||||||
Jersey | Verano | |||||||||||||||
X xxxx vestuario 0 0 | ||||||||||||||||
(*) Entrega cada dos años | Jornadas trabajadas/ euros año | |||||||||||||||
€/jornada | ||||||||||||||||
Coste equipos de limpieza | ||||||||||||||||
CONCEPT O | Unidades /año | Precio unitario | €/Equip año | |||||||||||||
Escobijos | ||||||||||||||||
Capazos | ||||||||||||||||
Cepillos | ||||||||||||||||
X xxxx 0 | ||||||||||||||||
Jornadas trabajadas/ euros año | ||||||||||||||||
€/jornada | ||||||||||||||||
Coste equipos recogida | ||||||||||||||||
CONCEPT O | Unidades /año | Precio unitario | €/Equip año | |||||||||||||
- | - | 0,00 | 0,00 | |||||||||||||
- | - | 0,00 | 0,00 | |||||||||||||
- | - | 0,00 | 0,00 | |||||||||||||
X xxxx 0 | ||||||||||||||||
Jornadas trabajadas/ euros año | ||||||||||||||||
€/jornada |
SERVICIO DEDICACIÓN | RENDIMIENTO | DÍAS DE SERVICIO (1) | COMPOSICIÓN DE LOS EQUIPOS (2) RECURSOS HUMANOS | Número de Plano | |||||||||||||||||||||||||||||||
REC | MEDIOS MATERIALES | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Código | Nombre del Servicio | Sector | Turno | Hora de inicio | Hora de Fin | Equipos / jornada | Composición del Equipo | Frec. Servicio (d/sem) | Num Rutas | Jornadas / año | Contenedores / Ruta | L | M | X | J | V | S | D | Jefe de Servicio | Aux Administrativo | Encargado Gral | Jefe de Taller | Capataz. Encar. | Capataz | Conductor/a | Maquinista | Peón Especialista | Peón recogida | Peón limpieza | Peón suelto | Peón de lavado | Peón Polivalente | Código | Denominación del vehículo / maquinaria | |
Formará parte del tomo B Memoria Técnica | TOTAL PERSONAL RECOGIDA DOMICILIARIA FRACCIÓN RESTO TOTAL PERSONAL RECOGIDA DOMICILIARIA FRACCIÓN PAPEL CARTÓN TOTAL PERSONAL RECOGIDA DOMICILIARIA FRACCIÓN ENVASES TOTAL PERSONAL RECOGIDA PRODUCTORES SINGULARES FRACCIÓN RESTO TOTAL PERSONAL RECOGIDA PRODUCTORES SINGULARES FRACCIÓN PAPEL CARTÓN TOTAL PERSONAL RECOGIDA PRODUCTORES SINGULARES FRACCIÓN ENVASES TOTAL PERSONAL RECOGIDA DE VOLUMINOSOS Y RESTOS VEGETALES TOTAL PERSONAL SERVICIOS COMUNES | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
(*) En caso de subcontratación del servicio xx xxxxxx, deberá ser indicado por el licitador en su proyecto. |
19.3 ANEXO III SOBRE B RESUMEN DE SERVICIOS
.
19.4 ANEXO IV SOBRE B RESUMEN DE MAQUINARIA Y MEDIOS MATERIALES
Servicio | Unidades Totales | Unidades Directas | Descripción del vehículo | GPS (si/no) | Modelo (chásis / carrocería) | Equipos de Reserva | Antigüedad del vehículo | Horómetro | Combustible | Normativa EURO |
Formará parte del tomo B Memoria Técnica. Se indicarán los vehículos destinados a reserva que garanticen el NO colapso de los servicios comprometidos. |
19.5 ANEXO V SOBRE B RESUMEN DE CONTENEDORES.
Punto | Sector Zona | Sub-Sector | Denominación | Resto XXX lts | Papel XXX lts | Envases XXX lts | |
1 | Cambados | 1.1 | CAMBADOS (SANTA MARIÑA) | ||||
1 | Cambados | 1.2 | Castrelo | ||||
1 | Cambados | 1.3 | Corvillón | ||||
1 | Cambados | 1.4 | Xxxxxx | ||||
1 | Cambados | 1.5 | Xxxxxxxx | ||||
2 | Xxxxxxxx | 2.1 | Xxxxxx | ||||
2 | Xxxxxxxx | 2.2 | Baión | ||||
2 | Xxxxxxxx | 2.3 | Caleiro | ||||
2 | Vilanova | 2.4 | Xxxxx | ||||
2 | Xxxxxxxx | 2.5 | Tremoedo | ||||
2 | Vilanova | 2.6 | Xxxxxxxx de Arousa | ||||
TOTAL | 0 | 0 | 0 | ||||
CONTENEDORES SOTERRADOS TOTAL | RESTO + ORGANICA | PAPEL | ENVASES | ||||
PUTNOS DE RECOGIDA | RESTO | PAPEL | ENVASES | ||||
Superficie | |||||||
Soterrados | |||||||
TOTAL |
19.6 ANEXO VI SOBRE B PRODUCTORES SINGULARES.
Sector | Zona | Sub-Sector | Denominación | SERVICIO DE PROD SINGULARES |
1 | Cambados | 1.1 | CAMBADOS (SANTA MARIÑA) | |
1 | Cambados | 1.2 | Castrelo | |
1 | Cambados | 1.3 | Corvillón | |
1 | Cambados | 1.4 | Xxxxxx | |
1 | Cambados | 1.5 | Xxxxxxxx | |
2 | Xxxxxxxx | 2.1 | Xxxxxx | |
2 | Vilanova | 2.2 | Baión | |
2 | Vilanova | 2.3 | Caleiro | |
2 | Vilanova | 2.4 | Xxxxx | |
2 | Vilanova | 2.5 | Tremoedo | |
2 | Vilanova | 2.6 | Xxxxxxxx de Arousa |
19.7 ANEXO VII SOBRE B RESUMEN FRECUENCIAS POR TEMPORADAS. RECOGIDA DOMICILIARIA.
Sector | SERVICIO | SUB-SECTOR | DENOMINACION SECTOR | TB | TM | TA |
1 | Rec. Fracción Resto | 1.1 | CAMBADOS (SANTA MARIÑA) | |||
1 | Rec. Fracción Resto | 1.2 | Castrelo | |||
1 | Rec. Fracción Resto | 1.3 | Corvillón | |||
1 | Rec. Fracción Resto | 1.4 | Xxxxxx | |||
1 | Rec. Fracción Resto | 1.5 | Xxxxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Resto | 2.1 | Xxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Resto | 2.2 | Baión | |||
2 | Rec. Fracción Resto | 2.3 | Caleiro | |||
2 | Rec. Fracción Resto | 2.4 | Xxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Resto | 2.5 | Tremoedo | |||
2 | Rec. Xxxxxxxx Xxxxx | 0.0 | Xxxxxxxx xx Xxxxxx |
Sector | SERVICIO | SUB-SECTOR | DENOMINACION SECTOR | TB | TM | TA |
1 | Rec. Fracción Envases | 1.1 | CAMBADOS (SANTA MARIÑA) | |||
1 | Rec. Fracción Envases | 1.2 | Castrelo | |||
1 | Rec. Fracción Envases | 1.3 | Corvillón | |||
1 | Rec. Fracción Envases | 1.4 | Xxxxxx | |||
1 | Rec. Fracción Envases | 1.5 | Xxxxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.1 | Xxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.2 | Baión | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.3 | Caleiro | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.4 | Xxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.5 | Tremoedo | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.6 | Xxxxxxxx de Arousa |
Sector | SERVICIO | SUB-SECTOR | DENOMINACION SECTOR | TB | TM | TA |
1 | Rec. Fracción Papel Cartón | 1.1 | CAMBADOS (SANTA MARIÑA) | |||
1 | Rec. Fracción Papel Cartón | 1.2 | Castrelo | |||
1 | Rec. Fracción Papel Cartón | 1.3 | Corvillón | |||
1 | Rec. Fracción Papel Cartón | 1.4 | Xxxxxx | |||
1 | Rec. Fracción Papel Cartón | 1.5 | Xxxxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.1 | Xxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.2 | Baión | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.3 | Caleiro | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.4 | Xxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.5 | Tremoedo | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.6 | Xxxxxxxx de Arousa |
19.8 ANEXO VIII SOBRE B RESUMEN FRECUENCIAS POR TEMPORADAS. RECOGIDA PRODUCTORES SINGULARES.
Sector | SERVICIO | SUB-SECTOR | DENOMINACION SECTOR | TB | TM | TA |
1 | Rec. Fracción Resto | 1.1 | CAMBADOS (SANTA MARIÑA) | |||
1 | Rec. Fracción Resto | 1.2 | Castrelo | |||
1 | Rec. Fracción Resto | 1.3 | Corvillón | |||
1 | Rec. Fracción Resto | 1.4 | Xxxxxx | |||
1 | Rec. Fracción Resto | 1.5 | Xxxxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Resto | 2.1 | Xxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Resto | 2.2 | Baión | |||
2 | Rec. Fracción Resto | 2.3 | Caleiro | |||
2 | Rec. Fracción Resto | 2.4 | Xxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Resto | 2.5 | Tremoedo | |||
2 | Rec. Xxxxxxxx Xxxxx | 0.0 | Xxxxxxxx xx Xxxxxx |
Sector | SERVICIO | SUB-SECTOR | DENOMINACION SECTOR | TB | TM | TA |
1 | Rec. Fracción Envases | 1.1 | CAMBADOS (SANTA MARIÑA) | |||
1 | Rec. Fracción Envases | 1.2 | Castrelo | |||
1 | Rec. Fracción Envases | 1.3 | Corvillón | |||
1 | Rec. Fracción Envases | 1.4 | Xxxxxx | |||
1 | Rec. Fracción Envases | 1.5 | Xxxxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.1 | Xxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.2 | Baión | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.3 | Caleiro | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.4 | Xxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.5 | Tremoedo | |||
2 | Rec. Fracción Envases | 2.6 | Xxxxxxxx de Arousa |
Sector | SERVICIO | SUB-SECTOR | DENOMINACION SECTOR | TB | TM | TA |
1 | Rec. Fracción Papel Cartón | 1.1 | CAMBADOS (SANTA MARIÑA) | |||
1 | Rec. Fracción Papel Cartón | 1.2 | Castrelo | |||
1 | Rec. Fracción Papel Cartón | 1.3 | Corvillón | |||
1 | Rec. Fracción Papel Cartón | 1.4 | Xxxxxx | |||
1 | Rec. Fracción Papel Cartón | 1.5 | Xxxxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.1 | Xxxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.2 | Baión | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.3 | Caleiro | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.4 | Xxxxx | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.5 | Tremoedo | |||
2 | Rec. Fracción Papel Cartón | 2.6 | Xxxxxxxx de Arousa |
19.9 ANEXO IX. ORDENANZAS FISCALES.
Ordenanzas:
Cambados:
xxxx://xxx.xxxxx.xxxx.xxx/xxx-x0-xxxxxxx/xxxxxxxx?xxxxxx_0XX0X000-X00X-0XX0-0000- A57BE98161B7&fileName=an.bop.PONTEVEDRA.20171229.2017052080.pdf
Vilanova:
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxx/0000/XXXX%00XXX%00XXXXXXXX A%20,TRAMENTO%20E%20ELIMINACIÓN%20DE%20RSU_GL%20-%202014.pdf
19.10 ANEXO X. LISTADO DE PERSONAL OBJETO DE SUBROGACIÓN.
Nombre | DNI | G. Profesional | Posto | Antigüedade | Xornada | Contrato | Notas |
ALS | 00000000X | Conductor noche | Cambados | 12/08/2011 | 100% | 189 | RLT |
34870072J | Conductor noche | Cambados | 01/11/2002 | 100% | 100 | ||
MRL | 35446508N | Peón noche | Cambados | 04/05/2001 | 100% | 100 | |
VGB | 35446549F | Conductor noche | Cambados | 02/05/2001 | 100% | 100 | |
SPV | 35453180Z | Conductor noche | Cambados | 02/05/2001 | 100% | 100 | It. Desde 2017 |
XXXX | 35459104G | Peón noche | Cambados | 01/12/2007 | 100% | 100 | |
RCC | 35480428F | Peón día | Cambados | 20/11/2014 | 100% | 189 | |
LAF | 35427805P | Peón noche | Xxxxxxxx | 25/04/2003 | 100% | 189 | |
BGC | 35445314Z | Conductor noche | Xxxxxxxx | 01/05/2001 | 100% | 100 | |
COD | 35446847Y | Conductor noche | Xxxxxxxx | 04/05/2001 | 100% | 100 | |
EFF | 35459397K | Peón noche | Xxxxxxxx | 04/11/2005 | 100% | 100 | |
JMFG | 35447574J | Conductor noche | Xxxxxxxx | 01/11/2002 | 100% | 100 | |
ROR | 77407101A | Peón día | Xxxxxxxx | 01/08/2016 | 100% | 401 |
ABG | 35448508B | Encargado | Ambos | 02/07/2001 | 50% | 100 | It nov. 2017 |
CFV | 76517614H | Conductor | Ambos | 15/09/2008 | 20% | 100 |
CONVENIO DE APLICACIÓN : CELTAPRIX S.L. adscrito a la Mancomunidade do Salnés COD 36004541012010 BOP n 0 64 02/04/2014.
Firmado digitalmente por: 76858672D XXXXXXX XXXXX (R: P3600041B) Fecha y hora: 20.04.2018 10:04:13
** El presente listado se presenta actualizado a la fecha de firma del presente documento pudiendo, en caso de subrogación posterior, sufrir las oportunas modificaciones conforme a lo establecido en la normativa laboral vigente,
*** Datos del trabajador CFV pendientes de resolución judicial
19.11 ANEXO XI. CONVENIO COLECTIVO.
CONVENIO DE APLICACIÓN : CELTAPRIX S.L. adscrito a la Mancomunidade do Salnés COD 36004541012010 BOP n 0 64 02/04/2014.
Firmado por XXXXXX XXXXX M XXXXXX - 51702032X el día 20/04/2018 con un certificado emitido por AC FNMT Usuarios