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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL “ARRENDAMIENTO DE PARTE DE LA PARCELA MUNICIPAL 42A, SITA EN EL PARQUE REGIONAL DE CA- RRASCOY – EL XXXXX (PARAJE DE LAS CANTERAS), CON DESTINO A ACTIVIDADES RECREATIVAS Y DE OCIO”.
1. OBJETO
1.1 Es objeto del presente Pliego el arrendamiento por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx de 9.020,20 ms.2 pertenecientes a la parcela municipal 42 A sita en el Parque Regional de Ca- rrascoy – El Xxxxx, Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx de Ajauque, La Alberca, con destino a activida- des recreativas y de ocio.
Dicha parcela figura en el Inventario de Bienes Municipales, en su Epígrafe 1º “Xxxxx- xxxx”, xxxx xx xxxxxx xx xxxxxxx 000; con la calificación jurídica de patrimonial, acompa- ñándose al presente Pliego un plano de situación y la correspondiente cédula urbanística de la parcela.
1.2 Constituye la finalidad última de este procedimiento la restauración ambiental y manteni- miento del entorno donde se ubica la parcela, a fin de poder integrarla funcional y paisajís- ticamente en el espacio natural protegida del que forma parte (Parque Regional xx Xxxxxx- xxx – El Xxxxx); propulsando actividades de tipo educativo y recreativo dentro del Parque y aumentando la oferta de actividades a los visitantes del mismo.
1.3 Las condiciones técnicas del arrendamiento objeto del presente contrato, son las si- guientes:
a) Los licitadores presentarán un Anteproyecto, lo más detallado posible, de las activida- des que pretendan llevara cabo en la citada finca, donde quedarán claramente reflejados los objetivos que se persiguen, la componente educativa de la actividad, los posibles usuarios de la misma, la forma en que se contribuye a la mejora ambiental del entorno, descripción en su caso de las instalaciones o infraestructuras previstas, costes, gestión que se pretende dar al servicio, medios naturales y humanos, etc.
Este Anteproyecto será la base de los proyectos técnicos que sean necesarios para la obtención de las preceptivas licencias municipales de apertura y obras e impacto am- biental de la actividad antes de la entrada en funcionamiento de las actividades, una vez los terrenos municipales hayan sido arrendados.
Las parcelas recreativas que se propongan para realizar dentro de la parcela deberán estar de acuerdo con los usos posibles dentro del parque Regional y que por tanto no entren en colisión con la protección y conservación de los valores naturales que este Parque tiene.
Las actividades propuestas, además de tener un contenido lúdico o recreativo, deberán perseguir claramente objetivos de educación ambiental.
b) Será requisito imprescindible solicitar licencia de apertura de la actividad que se pre- tenda desarrollar, o cualquier otra necesaria en relación con ésta; no dando lugar la ad- judicación a la autorización de la misma, por lo que no se podrá, en caso de no obtener la citada licencia, efectuar reclamación alguna por posibles perjuicios ocasionados.
c) Una vez adjudicado el arrendamiento, el adjudicatario deberá presentar en el plazo de UN MES el Proyecto definitivo en la Gerencia de urbanismo para la obtención de las licencias necesarias.
d) Será criterio prioritario en la adjudicación la consideración del tratamiento urbanístico y medioambiental que se proponga para la adecuación del inmueble objeto de arrenda- miento. Este tratamiento será detalladamente descrito en el Anteproyecto a que hace re- ferencia el apartado a), proponiendo plazo para su ejecución.
e) Cualquier instalación o infraestructura cuya creación resulte necesaria para el desarro- llo de las actividades propuestas, así como la mejora de los accesos, si se considera ne- cesaria, se hará de forma que, el impacto medioambiental causado sea mínimo y las actuaciones queden integradas paisajísticamente en su entorno, previa autorización municipal. El coste de la construcción y mantenimiento de esas instalaciones serán por cuenta del arrendatario.
f) El licitador deberá garantizar, mediante informe de técnico competente, que la estabili- dad del talud sobre el cual se sitúa la parcela es suficiente para el desarrollo de la acti- vidad propuesta.
g) Cualquier residuo generado por la actividad deberá ser eliminado de la forma más ade- cuada. En la Memoria se indicará la gestión prevista para cada tipo de residuo.
h) El camino de acceso a la parcela, en todo el tramo que recorre la zona de “Las Cante- ras”, deberá quedar vallado, impidiendo el acceso a cualquier usuario de la actividad hacia el frente de las canteras. Esta valla deberá tener una puerta cerrada que permita cuando sea necesario el paso de vehículos hacia el frente e las canteras. Las caracterís- xxxxx xxx xxxxxxx quedarán reflejadas en el Anteproyecto. Igualmente se colocarán car- teles advirtiendo del peligro de acercarse hacia esos frentes.
i) El arrendatario asumirá la financiación de la redacción del Proyecto t de la totalidad de las obras. Todos los gastos de formalización del arrendamiento serán por cuenta del arrendatario.
j) Correrán a cargo del arrendatario los costes del suministro de agua y electricidad, así como el abono de las contribuciones, impuestos, arbitrios o cualquier otra carga o gra- vamen que recaiga sobre la utilización de las instalaciones objeto de concesión.
1.4 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se pu- blicará en el perfil del contratante en la página web xxx.xxxxxx.xx.
2. REGULACIÓN JURÍDICA
2.1 El objeto del presente Pliego de Condiciones está tipificado como contrato PRIVADO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y se regirá por lo establecido en la Ley 33 /2003 de 3 de Noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas y Real decreto nº 1372/1986 de 13 xx Xxxxx del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
En cuanto a su preparación y adjudicación el contrato se regirá por Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, y la Ley 2/2011, de 5 xx xxxxx, de Economía Sostenible; el R.D. 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público; el
R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En cuanto a sus efectos y extinción el contrato de arrendamiento se regirá por las disposi- ciones de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Pú- blicas, Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales y las normas de derecho priva- do que le resulten de aplicación.
2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, en base con lo establecido en el art. 122 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Pú- blico, utilizándose los criterios de adjudicación que se relacionan en la cláusula 7 del presente pliego y anunciándose en el Boletín Oficial de la Región y en el perfil del con- tratista, de conformidad con lo establecido en el art. 126.
3. RENTA DE ARRENDAMIENTO
3.1 La renta de arrendamiento anual se fija en la cantidad de 3.507,05 € más el 18 % de I.V.A., que asciende a la cantidad de 631,27 €, lo que hace un total de 4.138,32 €, que es el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego de Condiciones.
En la proposición económica, se especificará necesariamente por separado los conceptos anteriores, según el modelo que se inserta en la cláusula 8, no admitiéndose las ofertas que no lo expresen así.
Los licitadores establecerán en su proposición económica la renta al alza que se compro- meten a pagar por el arrendamiento de la parcela municipal.
La renta ofertada será independiente de cualquier otro gasto o impuesto que en todo caso corresponderá al arrendatario no pudiendo girarse ningún gasto derivado de este arrenda- miento a la Administración. Se entenderán comprendidos todos los gastos y demás im- puestos que graven la realización del contrato, no pudiendo en su consecuencia, repercu- tirlos la empresa adjudicataria contra la Administración como partida independiente del presupuesto contratado.
4. REVISIÓN DE PRECIOS
La renta del arrendamiento será objeto de revisión anual, aplicando las variaciones del IPC en el año anterior, incrementándose en la cantidad resultante las variaciones experimenta- das por el mismo.
5. APTITUD PARA CONTRATAR
5.1 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará me- diante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su ca- so, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la prestación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentaria- mente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Estos últimos, además, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplo- mática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de em- presas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente xxx- loga y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o repre- sentantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.
5.2 La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incurso en una prohibición de con- tratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se efectuará mediante testimonio judicial o certificación administrativa, se- gún los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad compe- tente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
6. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FIANANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
6.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras debe- rán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:
a. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos TRES AÑOS que incluya importes, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos, y que se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea un
sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
b. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá pa- ra la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación
6.2 Los licitadores deberán acreditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:
a. Informe de instituciones financieras.
b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que co- rresponda, o los libros de contabilidad debidamente diligenciados.
6.3 La no aportación por parte de los licitadores en el plazo de presentación de ofertas estable- cido en este Pliego, de toda la documentación necesaria establecida en esta cláusula y justi- ficativa de la solvencia requerida, podrá ser causa automáticamente de exclusión de la oferta por considerar no subsanable la falta de aportación de dicha documentación exigida expresamente en el presente Pliego y que acredite la solvencia que se requiere.
7. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Los criterios objetivos que, de conformidad con el art. 134 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público, se aplicarán en la valoración de las ofertas pre- sentadas serán los siguientes:
7.1 Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor:
▪ Anteproyecto Hasta 9 puntos
Se valorará en función de su originalidad, carga educativa de la propuesta, número de usuarios, medidas de conservación y mejora del entorno que se propongan, etc.; siendo criterio prioritario de valoración la consideración del tratamiento urbanístico y medio- ambiental que se proponga para la adecuación del inmueble objeto de arrendamiento.
7.2 Criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas:
▪ Oferta económica Hasta 11 puntos
Canon anual que el licitador se compromete a pagar al Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta que presente el mayor canon, puntuándose las demás de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Puntuación Oferta X =
Importe Canon Oferta X * Puntuación Máxima Importe Oferta Mayor Canon
8. PROPOSICIONES
8.1 Las proposiciones para tomar parte en esta licitación se presentarán en TRES SOBRES CERRADOS, que podrán estar lacrados y precintados y en el que figurará, en cada uno de ellos, la siguiente INSCRIPCION:
"Proposición presentada por D...........(en nombre propio o en representación de......., con C.I.F.: ….), para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, para contratar el "ARRENDAMIENTO DE PARTE DE LA PARCELA MUNI- CIPAL 42A, SITA EN EL PARQUE REGIONAL DE CARRASCOY – EL XXXXX (PA- RAJE DE LAS CANTERAS), CON DESTINO A ACTIVIDADES RECREATIVAS Y DE OCIO".
En cada uno de los sobres, se añadirá además, respectivamente,
▪ “SOBRE 1” (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)
▪ “SOBRE 2” (PROPOSICIÓN TÉCNICA)
▪ “SOBRE 3” (PROPOSICIÓN ECONÓMICA)
Dentro de cada sobre, se incluirá un índice comprensivo de todos los documentos que se incluyan en el mismo.
8.2 Los licitadores presentarán en el "SOBRE 1" (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATI- VA), los siguientes DOCUMENTOS:
1. Identificación completa de la empresa, que incluya como mínimo dirección, teléfono, fax y persona de contacto.
2. D.N.I. o C.I.F. del licitador y del representante.
3. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que cons- ten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Asimismo, aportarán Poder notarial en caso de actuar en representación de otra perso- na o entidad, DEBIDAMENTE BASTANTEADO por la Directora de los Servicios Jurídicos.
4. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas por la actividad correspon- diente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. En caso de que el licitador haya iniciado la actividad en el presente ejercicio, presentará únicamente el documento acreditativo del alta en el re- ferido Impuesto.
En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionado Impuesto, mediante declaración responsable expedida al efecto.
5. Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que incluya la manifesta- ción de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
6. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profe- sional de la Empresa, conforme a lo establecido en la cláusula 6 del presente pliego de condiciones.
7. Propuesta de Póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los daños derivados de la actividad que se desarrolle en los términos arrendados, por un importe mínimo de 600.000,00 € o copia de la Póliza que tenga suscrita la empresa.
En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse originales o copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
8.3 Los licitadores presentarán en el SOBRE 2 (PROPOSICIÓN TÉCNICA), exclusiva- mente la documentación relativa a los criterios objetivos para la adjudicación del arrenda- miento establecidos en la cláusula 7.1.
En ningún caso se incluirá en este sobre la documentación relativa a los criterios recogi- dos en la cláusula 7.2. La inclusión de dichos datos en ese sobre supondrá la excluida au- tomática de la correspondiente oferta.
En caso de que el licitador considere que en su proposición técnica existen documentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante la oportuna declaración firmada todo ello a efectos previstos en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
8.4 En el "SOBRE 3" los licitadores presentarán los siguientes documentos:
• Proposición económica, que se redactará conforme al siguiente modelo:
"D.........., vecino de......., con domicilio en......, nº..., con D.N.I. nº......, expedido en ,
el...., de......., de 20.., en nombre propio (o en representación de......, con C.I.F.: …) conforme acredito con poder notarial declarado bastante, otorgado ante xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de …., D. ……, con fecha ….. y nº de protocolo….; enterado del anun- cio publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx nº...., del día..., de , de
20.., y xxx Xxxxxx de Cláusula Administrativas Particulares y de Prescripciones Técni- cas, con destino a la contratación, por PROCEDIMIENTO ABIERTO, del "ARREN- DAMIENTO DE PARTE DE LA PARCELA MUNICIPAL 42A, SITA EN EL PAR- QUE REGIONAL DE CARRASCOY – EL XXXXX (PARAJE DE LAS CANTE- RAS), CON DESTINO A ACTIVIDADES RECREATIVAS Y DE OCIO ", cuyo
contenido conoce y acepta íntegramente, se compromete a la realización xxx xxxxxx- nado contrato, con arreglo a todas y cada una de las cláusulas de los mencionados Pliegos y Anteproyecto que se acompaña, por un canon anual de …… € más el …% de I.V.A., que asciende a la cantidad de …… €, lo que hace un total de …… €.
Se acompaña en el "SOBRE 1" la documentación exigida en la cláusula 8.2 del Plie- go de Condiciones y en el “SOBRE 2” la proposición técnica o Anteproyecto, en la que no se hace alusión alguna a la presente oferta económica y en el “SOBRE 3”, la proposición económica.
Se señala como número de fax a efectos de las notificaciones que procedan en cuan- tas actuaciones se sigan del presente procedimiento el siguiente: .................
Fecha y firma del proponente".
9. PRESENTACIÓN DE PLICAS
Las plicas para esta licitación se entregarán en el Servicio de Patrimonio, hasta las DIEZ HORAS del día en que finalice el plazo de QUINCE DIAS naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx (en caso de finalizar dicho plazo en sábado o en día festivo será el siguiente día hábil), y se admitirán cuantos sobres se presenten, siempre que reúnan las condiciones externas regla- mentarias.
10. APERTURA DE PLICAS
10.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial ante la Mesa de Contratación, que estará constituida por los siguientes miembros:
▪ Presidente:
- Xxxxxxxx xx Xxxxxxx de Presidencia.
▪ Vocales:
- Directora de los Servicios Jurídicos.
- Interventora General de la Corporación.
- Jefe del Servicio de Medio Ambiente
- Ingeniero Agrónomo Municipal del Servicio de Limpieza Viaria
▪ Secretario:
- Jefe de Servicio de Patrimonio.
10.2 Reunida la Mesa, procederá a la calificación de la documentación a la que se refiere el artículo 130 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (SOBRE 1). Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, a fin de que, en un plazo máximo de DOS DÍAS HÁBILES presenten y acrediten la subsanación, directamente en el Servicio de Patrimonio del Ayuntamiento, hasta las quince horas del día en que venza el plazo se- ñalado. Seguidamente se extenderá Acta de Calificación y Selección.
10.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura de proposiciones técnicas que contie- nen los criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor (SOBRE 2), que tendrá lu- gar el primer martes o jueves siguiente a la fecha de vencimiento de la licitación, siempre que hayan transcurrido los dos días hábiles mencionados en la cláusula anterior. Si no hubiera transcurrido el plazo citado, se retrasará la apertura de las proposiciones hasta el primer martes o jueves siguiente al vencimiento del plazo de subsanación señalado. En to-
do caso, dicha apertura tendrá lugar antes de que hayan transcurrido siete días desde la apertura del SOBRE 1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA).
La referida documentación se entregará al Servicio de Medio Ambiente para su valoración en función de la documentación presentada y los criterios de valoración establecidos en la cláusula 7 del presente Pliego, previos los informes que estime procedentes, sobre todo en relación con el impacto ambiental; la cual deberá ser emitida en un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales.
10.4 El Ayuntamiento podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor com- prensión de las mismas. En ningún caso dichas aclaraciones podrán suponer modificación de los términos de la proposición efectuada.
10.5 Una vez valorada la proposición técnica, por la Mesa se realizará el acto público de apertu- ra de las proposiciones económicas [SOBRE 3]. En dicho acto se dará a conocer el resulta- do de la valoración de los criterios contenidos en el SOBRE 2. El referido acto público de apertura de la proposición económica deberá tener lugar antes de que haya transcurrido el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
11. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
11.1 Las proposiciones presentadas se clasificarán por orden decreciente, atendiendo a los crite- xxxx establecidos en la cláusula 7 del presente pliego de condiciones.
11.2 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica- mente más ventajosa, entendiéndose como tal la que mayor puntuación haya obtenido en la valoración de los criterios establecidos, para que dentro del plazo xx XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la si- guiente documentación:
▪ Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
▪ Justificante de haber constituido la garantía definitiva, a que se refiere la cláusula 12.
▪ Acta de manifestaciones, ante Notario, de no estar incurso en una prohibición de con- tratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
▪ Póliza del seguro de responsabilidad civil por importe de 600.000,00 €, en caso de haber presentado la propuesta, y justificante de pago del último recibo.
▪ Escritura de constitución de la Unión Temporal de Empresas, en su caso.
▪ Justificante acreditativo del pago de los anuncios de licitación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá
que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma docu- mentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas
11.3 La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada dentro de los CINCO DIAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refie- re el apartado 2 de la presente cláusula, y será publicada en el Perfil del Contratante y no- tificada al adjudicatario mediante fax. A tal efecto deberá consignar el número de fax en la proposición económica.
La notificación al resto de participantes en la licitación se realizará mediante publica- ción en el Tablón de Anuncios del Servicio de Contratación, Suministros y Responsabili- dad Patrimonial, de conformidad con el art. 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de Noviem- bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis- trativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero
12. GARANTÍA DEFINITIVA
12.1 La garantía definitiva habrá de constituirse dentro del plazo indicado en la cláusula 11.2 y se fija en la cantidad de 3.159,00 euros que corresponde al 5% del valor de la finca mu- nicipal, excluido el IVA.
La garantía definitiva podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
12.2 Para el caso de que se utilice la modalidad de ingreso en efectivo, se procederá del si- guiente modo:
a. Se ingresará directamente o mediante transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en la cuenta siguiente: CAJAMAR: Cuenta de abono 3058-0437-29- 2732010010.
b. En los abonos deberá figurar el N.I.F. o C.I.F., nombre y apellidos o razón social de la empresa ordenante, así como la indicación de que se trata de «fianza definitiva», su- cinta descripción del contrato para el que se deposita y número de expediente.
12.3 Para el caso de que se presente en valores, mediante aval o seguro de caución, deberá depositarse necesariamente en la Caja de la Corporación y se realizará conforme a los mo- delos contenidos en los anexos del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con la salvedad de que el término "Caja General de Depósitos" ha de sustituirse por "Caja del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx".
13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13.1 El contrato derivado de la adjudicación del arrendamiento objeto del presente pliego de condiciones se perfeccionará con su formalización, que se efectuará en documento admi-
nistrativo, sin perjuicio de lo establecido en al art. 140 de la Ley de Contratos del Sector Público, dentro del plazo de QUINCE DÍAS hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
13.2 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
14. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del arrendamiento derivado de la adjudicación del presente contrato será de CINCO AÑOS, a contar desde la fecha de formalización del contrato.
Dicho contrato podrá ser prorrogable por CINCO AÑOS más, si se acuerda de forma ex- presa antes de su finalización, previo informe favorable del Servicio Municipal promotor del expediente.
Al término del contrato la parcela municipal revertirá en perfecto estado de conservación y funcionamiento al Ayuntamiento xx Xxxxxx, a cuyo efecto, y con tres meses de antelación a la fecha en que el contrato deba concluir, por el Servicio Municipal de Medio Ambiente se comprobará el estado de la finca y del entorno, y se determinarán, en su caso, las actua- ciones necesarias de reparación y reposición, que deberán ser efectuadas por el arrendata- rio para entregarlo en perfectas condiciones.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
15.1 El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo dis- puesto en el presente Pliego de Condiciones, oferta por el mismo presentada y a las órde- nes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, el cual será fiscalizado en todo momento por el Jefe del Servicio de Medio Ambiente, quien podrá hacer todas las indicaciones que estime convenientes para la buena conservación del entor- no, el adecuado desarrollo de las actividades que se lleven a cabo y las medidas de seguri- dad necesarias para la utilización del espacio natural sin riesgo para los usuarios.
15.2 Son obligaciones del arrendatario, entre otras, las siguientes:
a) Presentar ante esta Administración, una vez aprobada la adjudicación del contrato y en el plazo máximo de UN MES, el Proyecto definitivo para su aprobación por el Ayun- tamiento, de acuerdo con el anteproyecto anteriormente presentado y las modificacio- nes y especificaciones que, en su caso, fije el Ayuntamiento.
b) Solicitar licencia de apertura de la actividad que se pretenda desarrollar, o cualquier otra que pudiera resultar necesaria en relación con ésta.
c) Conservar en perfecto estado el entorno que se le entrega, destinándolo exclusivamente al uso pactado y realizar, por su cuenta, cuantas reparaciones fuesen necesarias para su perfecto y adecuado funcionamiento.
d) Mantener en todo momento las instalaciones y el espacio objeto de arrendamiento en
perfecto estado de limpieza.
e) Devolver el paraje en perfecto estado de conservación al Ayuntamiento con las mejoras ejecutadas al término del contrato, previo informe favorable de los técnicos municipa- les.
f) Solicita autorización al Ayuntamiento para realizar toda clase de reparaciones o nuevas instalaciones.
g) Tener un libro de reclamaciones a la atención de los usuarios.
15.3 El arrendatario abonará el precio del arrendamiento que resulte para cada año por SE- MESTRES ADELANTADOS, mediante el oportuno ingreso en la Caja Municipal de este Ayuntamiento.
16. RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO
16.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes protectoras del trabajo, relativas a seguridad e higiene, incluso de la de Previsión y Seguridad Social, en todos sus aspectos y regulaciones, quedando exenta la Entidad Municipal contratante de cualquier responsabili- dad por incumplimiento de dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se pro- duzcan por el adjudicatario.
Igualmente, éste se obliga a cumplir lo dispuesto en las leyes protectoras de la industria na- cional, en todos sus aspectos y normas vigentes, así como las de seguridad e higiene en el trabajo.
Asimismo, las empresas que empleen un nº de trabajadores fijos que exceda de 50 vendrán obligadas a cumplir lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx, sobre integración so- cial de los minusválidos, así como R.D. 1451/1983, de 11 xx Xxxx y demás normativa complementaria.
16.2 Serán de cuenta del arrendatario todos los tributos, contribuciones y arbitrios de cualquier esfera fiscal, los que, por considerarse incluidos en los precios ofertados, no podrá reper- cutirse como partida independiente.
16.3 El arrendatario responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del arrendamiento adju- dicado, conforme a lo establecido en el artículo 198 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
16.4 El arrendatario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y
comercial, y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que pa- ra la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos de- rivados de las que, eventualmente, puedan dirigirse contra la Administración Municipal.
16.5 De conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, así como en el art. 49.d) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contra- tos del Sector Público y en los arts. 13 a 16 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos, el arrendatario tendrá las siguientes obligaciones:
a) Aportar, antes de su vencimiento y hasta la finalización del contrato de arrendamiento, sin que medie reclamación por parte de esta Administración, nuevas certificaciones acreditativas de estar al corriente en las obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamien- to) y de la Seguridad Social.
b) En caso de prórroga del arrendamiento, se deberá aportar junto con la solicitud de pró- rroga, que debe formular el adjudicatario, y antes de que recaiga acuerdo, las correspon- dientes certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y con la Seguridad Social.
c) No se podrá traspasar el arrendamiento o iniciar un contrato de subarriendo sin la auto- rización expresa del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
17. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL ARRENDAMIENTO
Serán causas de resolución del arrendamiento las siguientes:
1. El transcurso del plazo
2. La falta de pago del precio
3. La utilización del terreno a otras actividades y usos diferentes al recreativo y de ocio.
4. Mutuo acuerdo entre la administración y el arrendatario.
5. El subarriendo sin autorización expresa del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
18. GASTOS
El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gas- tos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato de arrendamiento.
19. INCIDENCIAS
Cuantas incidencias surjan entre la Administración y el arrendatario en la ejecución del contrato de arrendamiento derivado de este Pliego por diferencias en la interpretación de lo convenido o de cualquier otra causa, se tramitarán mediante expediente administrativo, con audiencia del arrendatario, que será resuelto por la Junta de gobierno Municipal. A este
efecto, el director del servicio y el arrendatario pondrán en conocimiento de la Administra- ción Municipal, por escrito, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.
20. TRIBUNALES COMPETENTES
La contrata contrae la obligación de renunciar a todo fuero o privilegio, quedando sometida a la Jurisdicción Contencioso Administrativa en cuanto a su preparación y adjudicación y a la Jurisdicción Ordinaria Civil en cuanto a los efectos de su interpretación.
Murcia, 27 xx xxxxx de 2011 LA JEFE DEL SERVICIO,
Vº Bº
EL CONCEJAL DELEGADO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO,
Examinado el presente Xxxxxx, y a los efectos del preceptivo informe jurídico, se hace constar que el mismo se ajusta a la legislación vigente no existiendo por tanto, inconveniente legal alguno para su aprobación.
Murcia, 27 xx xxxxx de 2011
LA DIRECTORA DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS,