Definición de Cash Back Premium

Cash Back Premium. Programa de lealtad asociado a la tarjeta de crédito Cash Back Premium American Express®, es el programa mediante el cual se le reconoce y otorga al tarjetahabiente “la devolución de un porcentaje de sus compras a manera de colones”. Los colones solo serán acumulables mientras el programa se encuentre vigente no obstante existen topes máximos de acumulación, mínimos y máximos de acumulación y redención, así como plazos de caducidad de lo acumulado establecidos en el Reglamento. El Beneficio son los colones Cash Back Premium cuyo disfrute se encuentra sujeto al Reglamento. La forma de reclamo o acreditación de este beneficio es mediante la Sucursal Telefónica de CREDOMATIC llamando al 0000-0000 y solicitando el traslado de los colones Cash Back Premium disponibles a la tarjeta de crédito o bien a una cuenta con el Bac San Xxxx, esta cuenta debe estar a nombre del titular de la cuenta y/o adicional y debe ser en moneda colones, debe además tener una tarjeta de débito asociada.12) MILLAS PLUS: Este es un programa de lealtad que consiste en acumular una cierta cantidad xx xxxxxx por un monto de consumo en dólares o su equivalente en colones esto dependiendo del tipo de tarjeta que el tarjetahabiente posea, a saber: Millas Plus Gold, Millas Plus Platinum , Millas Plus Black y Millas Plus Visa Infinite las cuales acumulan de acuerdo a los parámetros establecidos en el Reglamento. Se acumularán millas en tanto el programa esté vigente no obstante existen reglas de redención, topes de acumulación y plazos de caducidad de lo acumulado establecidos en el Reglamento. Todos los programas anteriores del programa Millas Plus se canjean en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, para la compra de tiquetes aéreos, noches de hospedaje en hoteles y alquiler de autos fuera de Costa Rica, además pueden ser redimidas por paquetes vacacionales tanto dentro como fuera de Costa Rica a través de Credomatic Turismo al teléfono 0000-0000 o en Credomatic Representaciones Turísticas al teléfono 0000-0000. Credomatic con este programa sólo facilita a sus clientes un mecanismo de acumulación xx xxxxxx, pero no asume ningún tipo de responsabilidad por los beneficios obtenidos con el canje de las mismas ni por los riesgos propios del viaje, los cuales asume el Tarjetahabiente de forma exclusiva. 13) Millas Plus INCAE: le otorga a sus clientes Millas Plus INCAE un número xx xxxxxx por un monto de consumo en dólares o su equivalente en colones de acuerdo a lo establecido en el Reglamento. Se acumularán m...
Cash Back Premium. Programa de lealtad asociado a la tarjeta de crédito Premium American Express®, es el programa mediante el cual se le reconoce y otorga al tarjetahabiente “la devolución de un porcentaje de sus compras a manera de colones”. Los colones solo serán acumulables mientras el programa se encuentre vigente, el monto máximo de acumulación mensual es de ¢125.000 colones. Dejará de acumular colones automáticamente si se llega al tope de ¢1.500.000 colones, y reiniciará la acumulación desde cero al cumplir un año a partir de la fecha de inicio de acumulación. Este producto es de uso personal (no aplica para compras o uso empresarial o de personas jurídicas). El Beneficio son los colones Cash Back Premium que pueden ser reclamado por el titular o adicional de la cuenta, de conformidad con la cantidad de colones acumulados, según los datos de CREDOMATIC y de acuerdo a cada tarjeta. Se reconocerá esta bonificación, a partir del momento que el cliente desee hacer el retiro, siempre y cuando esta suma sea igual o mayor a ¢ 15.000 colones, el monto máximo acumulable de colones es de
Cash Back Premium. Programa de lealtad asociado a la tarjeta de crédito Premium American Express®, es el programa mediante el cual se le reconoce y otorga al tarjetahabiente “la devolución de un porcentaje de sus compras a manera de colones”. Los colones solo serán acumulables mientras el programa se encuentre vigente, el monto máximo de acumulación mensual es de ¢125.000 colones. Dejará de acumular colones automáticamente si se llega al tope de ¢1.500.000 colones, y reiniciará la acumulación desde cero al cumplir un año a partir de la fecha de inicio de acumulación. Este producto es de uso personal (no aplica para compras o uso empresarial o de personas jurídicas). El Beneficio son los colones Cash Back Premium que pueden ser reclamado por el titular o adicional de la cuenta, de conformidad con la cantidad de colones acumulados, según los datos de CREDOMATIC y de acuerdo a cada tarjeta. Se reconocerá esta bonificación, a partir del momento que el cliente desee hacer el retiro, siempre y cuando esta suma sea igual o mayor a ¢ 15.000 colones, el monto máximo acumulable de colones es de ¢1.500.000 colones anuales. La forma de reclamo o acreditación de este beneficio es mediante la Sucursal Telefónica de CREDOMATIC llamando al 0000-0000 y solicitando el traslado de los colones Cash Back Premium disponibles a la tarjeta de crédito o bien a una cuenta con el Bac San Xxxx, esta cuenta debe estar a nombre del titular de la cuenta y/o adicional y debe ser en moneda colones, debe además tener una tarjeta de débito asociada. 12)

Examples of Cash Back Premium in a sentence

  • Cash Back Premium American Express® “reto”: $10 mensuales si no cumple el reto de facturación mensual de $1.000,00.

  • Cash Back Premium American Express® “reto”: $10 dólares mensuales si no cumple el reto de facturación mensual de $1.000,00.

  • Cash Back Premium American Express® “reto”: $10 dólares mensuales si no cumple el reto de facturación mensual de $1000.


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Cash Back Premium. Programa de lealtad asociado a la tarjeta de crédito Premium American Express®, es el programa mediante el cual se le reconoce y otorga al tarjetahabiente “la devolución de un porcentaje de sus compras a manera de colones”. Los colones solo serán acumulables mientras el programa se encuentre vigente, el monto máximo de acumulación mensual es de ¢125.000 colones. Dejará de acumular colones automáticamente si se llega al tope de ¢1.500.000 colones, y reiniciará la acumulación desde cero al cumplir un año a partir de la

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  • Ley Aplicable significa respecto de cualquier Persona, (i) cualquier estatuto, ley, reglamento, ordenanza, regla, sentencia, orden, decreto, permiso, concesión, otorgamiento, franquicia u otra disposición o restricción gubernamental o cualquier interpretación o administración de cualesquiera de los anteriores por cualquier Autoridad Gubernamental (incluyendo, sin limitar, las Autorizaciones Gubernamentales) y (ii) cualquier directriz, lineamiento, política, requisito o cualquier forma de decisión o determinación similar por cualquier Autoridad Gubernamental que sea obligatoria para dicha Persona, en cada caso, vigente actualmente o en el futuro.

  • OBRA “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL DE LA I.E.I. N° 311 SOR XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX - DISTRITO DE CALLERÍA, PROVINCIA XX XXXXXXX – UCAYALI” CONTRATO DE EJECUCIóN DE OBRA N° 0094-2018-GRU-GGR 00545194 00783837 11/03/2019 CARTA 000323--GRU-GRI-SGO 001 DEVOUCIÓN DE VALORIZACIÓN DE OBRA N° 04 - FEBRERO 2019 OBSERVADO OBRA: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL DE LA I.E.I. N° 311 SOR XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX - DISTRITO DE CALLERÍA, PROVINCIA XX XXXXXXX – UCAYALI” - MEDIANTE CARTA SE NOTIFICO AL ING. XXXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX Fecha: 23/10/2019 Hora: 16:11:18 Expediente Registro Fecha Documento Folios CONSULTOR DE OBRA Asunto Destino 00545195 00783841 11/03/2019 INFORME 000588--GRU-GRI-SGO 001 SOLICITO INFORMACIóN TéCNICA SOBRE XXXXXXXXXX XX XX XXXX XX-000 X XXXXXXXX ENERGY S.R.L GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA Fecha: 23/10/2019 Hora: 16:11:18 00545196 00783846 11/03/2019 INFORME 000589--GRU-GRI-SGO 001 SOLICITO INFORMACIóN TéCNICA SOBRE UBICACIóN DE GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA POSTES DE ALTA, MEDIA Y BAJA TENSIóN PARA SU REUBICACIóN 00545197 00783848 11/03/2019 INFORME 000590--GRU-GRI-SGO 001 CANCELACIÓN DE VALORIZACIÓN DE OBRA Nº 02- MES DE GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA FEBRERO 2019 - EJECUCIÓN DE OBRA. CONSORCIO SHAMBILLO OBRA: MEJORAMIENTO DEL CAMINO DEPARTAMENTAL UC-106 BOQUERóN –SHAMBILLO, DISTRITO Y PROVINCIA DE PADRE XXXX – REGIóN UCAYALI. CONTRATO DE EJECUCION DE OBRA N° 121-2018-GRU-GGR 00545198 00783852 11/03/2019 INFORME 000591--GRU-GRI-SGO 001 REMITO INFORME DE DESCARGO SOBRE MEMORANDO N° GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA 00545199 00783853 11/03/2019 INFORME 000592--GRU-GRI-SGO 001 181-2019-GRU-GR-GGR SOLICITO FICHA REGISTRAL DE TERRENO DONDE SE SUB GERENCIA DE ESTUDIOS - GRI 00545226 00783895 12/03/2019 INFORME 000000--XXX-XXX-XXX 000 XXXXXXXXX XX XXXX. OBRA: “CREACIóN DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIóN INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS I.E.I. N° 674, N° 677, N° 676, N° 678, N° 675, N° 696 - DISTRITO DE MANANTAY, PROVINCIA XX XXXXXXX – REGIóN UCAYALI”. PAGO DE HORNORARIOS DEL MES DE FEBRERO - ORDEN DE GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA 00544875 00783905 12/03/2019 CARTA 000324--GRU-GRI-SGO 001 SERVICIO REMITO INFORMACION SOLICITADA REFERENTE A LA OBRA GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA 00543646 00783934 12/03/2019 CARTA 000325--GRU-GRI-SGO 001 “FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL REGIONAL DE PUCALLPA – REGIÓN UCAYALI”/ SE DERIVO AL ING. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX (SOLICITANTE) DEVOLUCIÓN DE VALORIZACIÓN DE OBRA N° 01 MES DE FEBRERO 2019 OBSERVADO.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, y a la que corresponden las obligaciones que del mismo deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de Avance Físico financiero de las obras y/o servicios. En general, al cierre del ejercicio 2016 el monto total contratado fue de 214 millones de pesos, de los cuales se facturaron, 109 millones de pesos, lo cual representa un avance del 16 por ciento de la meta modificada. El comportamiento del avance físico financiero de los contratos celebrados de obras y servicios con terceros, se incrementara sustancialmente en el primer trimestre de 2017, lo anterior, debido a que los contratos de servicios de mantenimiento se facturan a mes vencido por lo que falta facturar los trabajos realizados en el mes de diciembre. Ejercicio 2017 Indicador de Desempeño: Porcentaje de ingresos de obra y/o servicios. El monto de ingresos por concepto de obra y/o servicios al cierre del ejercicio 2017, ascendieron a 102.2 millones de pesos, cabe señalar que este monto corresponde a los trabajos facturados de los contratos que estuvieron en proceso de ejecución por obra y servicios, el ingreso con respecto a la meta anula proyectada en el PEF 2017, representa el 27.5 por ciento. Es importante señalar que esto obedece a los acuerdos del Comité Técnico de Fonatur y del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., en los que se estableció la terminación anticipada de todos los contratos a más tardar al 15 de septiembre de 2017.

  • Fecha de Liquidación Es la fecha en que los Tenedores abonarán el precio de los Valores Fiduciarios, y será dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de cerrado el Período de Colocación, la cual será informada en el Aviso de Colocación de los Valores Fiduciarios a ser publicado en los sistemas de información xxx xxxxxxx autorizado en el que se negocien los Valores Fiduciarios y en la Autopista de Información Financiera de la CNV. Fecha de Emisión: La Fecha de Emisión será dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de cerrado el Período de Colocación, la cual será informada en el Aviso de Colocación. Fecha de vencimiento del Fideicomiso y de los Valores Fiduciarios: La duración del Fideicomiso se extenderá hasta la fecha de pago total de los Servicios de los Valores Fiduciarios conforme a los términos y condiciones de los Valores Fiduciarios, previa liquidación de los activos y pasivos remanentes del Fideicomiso, si los hubiera, según lo establecido en el Contrato. En ningún caso excederá el plazo establecido en el Artículo 1668 del Código Civil y Comercial. Sin perjuicio de las fechas de pago de Servicios que surgen del cuadro de pago de Servicios, el vencimiento final de los VDF y de los CP se producirá a los ciento veinte (120) días de la última Fecha de Pago de Servicios de los Certificados de Participación que figura en dicho cuadro. El vencimiento de los Valores Fiduciarios no podrá ser mayor a treinta años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.668 del Código Civil y Comercial de la Nación. Fecha de cierre de ejercicio: Será el 31 de diciembre de cada año. Ámbito de negociación: Los Valores Fiduciarios cuentan con oferta pública en la República Argentina y podrá solicitarse la autorización de listado en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) y la autorización de negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”) y/o en cualquier otro mercado autorizado de la República Argentina. Destino de los fondos provenientes de la colocación: El producido de la colocación, una vez deducidos los importes correspondientes al Fondo de Liquidez y al Fondo de Gastos, corresponderá al Fiduciante como pago de precio por transferencia fiduciaria de los Créditos que integran el presente Fideicomiso y serán destinados al otorgamiento de nuevos Créditos.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Valor de reposición Es el costo que exige la compra, reconstrucción, reemplazo o reparación de un bien nuevo de la misma clase y capacidad, incluyendo el costo de transporte, impuestos, montaje y derechos de aduanas si los hubiese.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Valor real Es el precio o valor comercial del bien asegurado que contempla las depreciaciones de acuerdo con la vida útil del bien.

  • Hace saber Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 484/2019 a instancia de la parte actora D/Xx. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX contra LARCONST OBRAS Y SERVICIIOS SL, XXXXXX y JULCONST OBRAS PROYECTOS Y REFORMAS SL sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado Sentencia de fecha 11/03/21 que sucintamente dice: SENTENCIA Nº 119/2021 En la ciudad de Jerez de la Frontera, a 11 xx xxxxx de 2021, vistos por mí Xx. Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de Jerez de la Frontera, en juicio oral los autos nº 484/19sobre despido, seguidos a instancia de XXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, asistido del Letrado Xxx Xxxxxxxxx Xxxx Bravo Barco, contra LARCONST OBRAS Y SERVICIOS SL Y JULCONST OBRAS PROYECTOS Y REFORMAS SL, que no comparecen pese a estar citadas en legal forma, procede dictar la presente resolución atendidos los siguientes FALLO Que estimando la demanda formulada por XXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX contra LARCONST OBRAS Y SERVICIOS SL Y JULCONST OBRAS PROYECTOS Y REFORMAS SL, xxxx declarar y declaro la improcedencia del despido acordado por las empresas demandadas, de fecha 27.03.2019, condenando a éstas a que a su elección readmita a la parte actora en el puesto de trabajo que venía ocupando y en las mismas condiciones, u optar expresamente dentro de los cinco días siguientes a la notificación de ésta sentencia, por una indemnización a favor del actor de 4.011,98 ◻, satisfaciendo, en caso de readmisión los salarios devengados y dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, a razón de 48,63 ◻/día, condenando al FGS a estar y pasar por las declaraciones fácticas y jurídicas expresas o inherentes a esta resolución, sin más pronunciamiento por ahora respecto de dicho organismo. Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓNante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado en el acto de la notificación de esta sentencia, bastando para ello la manifestación en tal sentido de la parte, de su Abogado, Graduado Social colegiado o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o dentro de los cinco días siguientes al en que tenga lugar dicha notificación, por escrito o comparecencia. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, deberá acreditar en su caso, al tiempo de anunciar el recurso, haber ingresado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado nº 4427000065048419 abierta en la entidad BANESTO (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento), IBAN XX0000000000000000000000 la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De igual modo, deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado como depósito la cantidad de 300 ◻ en la cuenta bancaria referenciada con indicación igualmente del número de procedimiento. Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado LARCONST OBRAS Y SERVICIIOS SL y JULCONST OBRAS PROYECTOS Y REFORMAS SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En JEREZ DE LA FRONTERA, a diecisiete xx xxxxx de dos mil veintiuno. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. XXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXX. Firmado. D/Xx. XXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXX, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ DE LA FRONTERA.

  • FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC281D9BF8A4D5404408A

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Propuesta significa la Propuesta Técnica y la Propuesta Económica del Consultor.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Reembolso reposición del dinero a quien lo había gastado.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Respuesta La clasificación se hace para cada una de las tipologías”. “Si una empresa solo se presenta con 1 Tipología en 1 Lote, ¿estaría descartada a la hora de poder licitar un Acuerdo Basado que requiera de varias tipologías/lotes? Respuesta: Efectivamente”. “Según se señala en el pliego, el licitador tiene que identificar 1 Jefe de Proyecto y 1 Consultor para cada una de las tipologías. ¿Tiene que cubrir así mismo la totalidad de los perfiles que aparecen en la cláusula 5.2 para cada una de las tipologías? Respuesta: No”. “¿Es posible que un mismo perfil (Consultor, Programador Analista, Jefe de Proyecto, etc.), figure en varios Equipos de Trabajo / Tipologías dentro de un mismo Lote, o en los 2 Lotes? No queda claro en el Pliego si por “Técnico” se refiere a un perfil en general (cualquiera), o a un perfil de tipo Técnico, como puede ser un programador. Respuesta: En la fase de licitación del Acuerdo Marco, por 'Técnico' se refiere a los perfiles de Jefe de Proyecto y Consultor, que no podrá estar asignados a más de una Tipología ofertada”. “Siguiendo como ejemplo en esta Tipología, ¿Bastaría proponer 1 Equipo de Trabajo formado por 1 Jefe de Proyecto y 1 Consultor Especializado, o es necesario proponer tantos perfiles especializados como figuran en cada Tipología? Respuesta: En la fase de licitación del Acuerdo Xxxxx, es suficiente con proponer un Jefe de Proyecto y un Consultor por cada una de las Tipologías ofertadas”. “De acuerdo con esta cláusula, Jefe de Proyecto y Consultor son los perfiles a aportar en este momento para ambos lotes y todas las tipologías para homologar en el Acuerdo Marco, ¿correcto? Respuesta: Correcto”. “En el caso de indicar un 0% en una de las tipologías, queda descartada la participación en dicha tipología? O simplemente queda descartada la obtención de los puntos asociados (máxima puntuación de 50) en la clasificación para dicha tipología? Respuesta: Si el licitador asigna un 0% a una Tipología, está indicando que no tiene especialización en ella y, por lo tanto, descarta su participación en la licitación de los Contratos Basado”. “Asociado al punto anterior, si un contrato basado incluye varias tipologías. ¿se requiere que la empresa que licite a dicho contrato basado esté homologada en todas las tipologías incluidas en dicho contrato basado? Respuesta: Sí”. conjunto perfiles, que cubrirán las tipologías de actuaciones y tecnologías alcance del Contrato Basado correspondiente”.

  • Equipo significa el módem, enrutador u otro equipo suministrado por Verizon para utilizar con el Servicio. Para evitar dudas, el término “Equipo” deberá incluir los enrutadores que Verizon le proporcione y que usted haya alquilado o deba devolver a Verizon una vez que finalice o cancele el Servicio, pero no incluirá los enrutadores que usted le haya comprado a Verizon o a un tercero.

  • Periodo xx Xxxxxx Es una extensión del periodo de pago de la prima del seguro posterior a la fecha de vencimiento anotada durante el cual puede ser pagada, sin el cobro de intereses y recargos y en el cual se mantiene los derechos del Asegurado.

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4