Definición de Domicilio a efectos de notificaciones

Domicilio a efectos de notificaciones. Teléfono: Fax: Correo electrónico: La documentación exigida podrá, además, presentarse en formato pdf. Una vez presentada la documentación, ésta no podrá ser modificada bajo ningún pretexto. Para solicitar información adicional o complementaria o aclaraciones, los licitadores podrán dirigirse al siguiente correo electrónico: xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx y/o teléfono 000000000 / 000000000 Cada licitador podrá presentar una única proposición en el plazo señalado en el anuncio de licitación. La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas de esta Memoria y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el sector público.
Domicilio a efectos de notificaciones. En el subapartado “Domicilio a efectos de notificaciones (si es distinto del fiscal, cumplimente el apartado 1 ó el 2 según estime oportuno)” puede informar de un domicilio para notificaciones en España. Así mismo, puede marcar la casilla C40 “Baja”, para dar de baja un domicilio de notificaciones comunicado en una declaración censal anterior. Deberá consignar la causa de la presentación, si es para notificar el nombramiento de un representante (alta), si es para comunicar la revocación o renuncia a la representación (baja) o, en otro caso, para comunicar cualquier tipo de modificación de los datos del representante o de la representación (modificación). Deberá indicar la fecha efectiva de la causa que motiva la comunicación. Se cumplimentará el NIF del representante, su identidad y su condición de residente. En caso de persona jurídica administradora deberá consignar la persona natural designada.
Domicilio a efectos de notificaciones. Los documentos se presentarán en lengua española o catalana. La mera presentación de la proposición implica la aceptación incondicional por parte del licitador de las cláusulas de este Pliego y de todos sus Anexos. Transcurrido el plazo inicial de presentación de ofertas, si el procedimiento se quedara desierto bien porque no se presentase ninguna oferta dentro de dicho plazo o bien porque no se adjudicase a ninguno de los presentados, esta Oferta Pública adquirirá el carácter de oferta pública permanente, de manera que cualquier interesado podrá presentar su oferta para optar a su adjudicación.

Examples of Domicilio a efectos de notificaciones in a sentence

  • Domicilio a efectos de notificaciones • Las direcciones de Xxxxx.xx y del Cliente indicadas en el Contrato constituyen domicilios convenidos a todos los efectos legales y cualquier cambio deberá comunicarse por escrito.• 13.

  • Se consignará en el exterior de este sobre, de forma visible el siguiente cuadro: Título de la licitación: Número de expediente: Licitador (Nombre y C.I.F.): Persona de contacto: Domicilio a efectos de notificaciones: Teléfono: _ Fax: _ E-mail: Fecha y Firma: _ Código Seguro de Verificación: 11775636711755460567.

  • Se consignará en el exterior de este sobre, de forma visible el siguiente cuadro: Título de la licitación: Número de expediente: Licitador (Nombre y C.I.F.): Persona de contacto: Domicilio a efectos de notificaciones: Teléfono: Fax: E-mail a efectos de notificaciones: Fecha y Firma: Código Seguro de Verificación: 11341457275763157632.

  • Se consignará en el exterior de este sobre, de forma visible el siguiente cuadro: Título de la licitación: Número de expediente: Licitador (Nombre y C.I.F.): Persona de contacto: Domicilio a efectos de notificaciones: Teléfono: _ Fax: _ E-mail a efectos de notificaciones: _ Lote a los que se presenta: Fecha y Firma: _ Código Seguro de Verificación: 11342714623022562122.

  • DATOS DE LA ENTIDAD DE CRÉDITO O SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA Razón social NIF Domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos: Calle/Plaza/Avenida/...


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Domicilio a efectos de notificaciones en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx xx 000X, 00x xxxxxx. 00000-Xxxxxx- Persona autorizada para recibir comunicaciones: Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxx Correo electrónico: mailto: xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx Tlfno.: +3491-417.69.30 (A partir de ahora en este contrato denominada el “ARRENDADOR”) De otra parte: GRUPO FERROATLANTICA DE SERVICIOS, S.L.U., con NIF B88463260 y domiciliada en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 000-X, Xxxxxx 00, 00000, Xxxxxx; constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada el 13 xx xxxxxx de 2019, ante el Notario de Madrid X. Xxxxx Xxxxxxx Casanova, con el número 4690 de orden de su protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 29861, Folio 209, Hoja número M-63610. Firma en representación de esta Sociedad D. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, con DNI 00000000X, como representante legal de la misma, en virtud de escritura pública otorgada el 13 xx xxxxxx de 2019, ante el Notario de Madrid D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, con el número 4693 de orden de su protocolo.
Domicilio a efectos de notificaciones. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 000-X, Xxxxxx 00, 00000, Xxxxxx Persona autorizada para recibir comunicaciones: Xxx Xxxx Xxxxx Merino Matesanz Correo electrónico: mailto: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx Tlfno.: +00 000 000 000 (A partir de ahora en este contrato denominada el “ARRENDATARIO”) Se reconocen ambas partes la capacidad legal necesaria para formalizar el presente contrato de arrendamiento para uso distinto de vivienda conforme a los siguientes

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  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.

  • Unidad Unidad (U.).

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Especificaciones Técnicas Documentos contentivos de las Especificaciones Técnicas requeridas. Fuerza Mayor: Cualquier evento o situación que escapen al control de la Entidad Contratante, imprevisible e inevitable, y sin que esté envuelta su negligencia o falta, como son, a manera enunciativa pero no limitativa, epidemias, guerras, actos de terroristas, huelgas, fuegos, explosiones, temblores de tierra, accidentes, catástrofes, inundaciones y otras perturbaciones ambientales mayores, condiciones severas e inusuales del tiempo.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.