Definición de GARANTÍA COMPLEMENTARIA

GARANTÍA COMPLEMENTARIA. El Contratista, dentro de los primeros cinco días de haber sido notificado por parte del Administrador del Contrato para el inicio del mismo, entregará a favor del Hospital General del Sur de Quito, una póliza correspondiente al 5% del valor total de los equipos y menaje de cocina que son entregados en calidad xx xxxxxxxx, misma que garantizará el cuidado, buen uso y mantenimiento que se deberá dar a los mismos.
GARANTÍA COMPLEMENTARIA. Con el único objeto de garantizar la ejecución de las mejoras, en el caso de ofertarlas, el adjudicatario del contrato deberá garantizar la ejecución de las mismas mediante la constitución de una garantía complementaria constituida mediante uno o varios avales bancarios que sumen el 5% del importe de adjudicación del contrato (I.V.A. excluido) para aquellos casos en que el importe de las mejoras supere esta cantidad; si la valoración de las mejoras resultase inferior al citado 5%, el importe de la garantía complementaria será el de las mejoras ofertadas (I.V.A. excluido).
GARANTÍA COMPLEMENTARIA. El adjudicatario deberá presentar garantía en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Dulantzi, por importe de 699,80 € (presupuesto gestión de residuos x 1’20 = 583,16 € x1’20 = 699,80 €) para garantizar la adecuada gestión de los residuos que se generen. Estas garantías podrán prestarse en alguna de las siguientes formas:

Examples of GARANTÍA COMPLEMENTARIA in a sentence

  • Garantía complementaria - Las garantías se constituirán a favor de EJIE S.A. NIF- A-01022664.

  • Garantía complementaria: NO ----- % del Presupuesto de Adjudicación Garantía mediante retención en el precio: NO Plazo de garantía: En el plazo de tres meses desde la finalización de la prestación objeto del contrato se producirá el acto formal y positivo de recepción de la misma, previa petición del adjudicatario.

  • Garantía complementaria Podrá requerirse garantía complementaria por importe del 5% del precio final ofertado, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.

  • Garantía complementaria: se podrá exigir una garantía complementaria de hasta un 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10 por 100 del precio del contrato, y, entre otros supuestos, en el caso de estar la oferta del adjudicatario incursa en baja temeraria.

  • J.3 Garantía complementaria: No existen circunstancias que hagan conveniente que la garantía definitiva se complemente hasta un máximo del 10 % del precio contratado.

  • Garantía complementaria (si/no): No. Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos9 (si/no): No. Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio (si/no): No. En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía (si/no): Las garantías se constituirán a favor de: El Director de Servicios del Departamento de Interior.

  • Garantía complementaria: En el caso de que la oferta económica del adjudicatario hubiese estado incursa en baja desproporcionada, se prestará una garantía complementaria (art.

  • Garantía complementaria :No. Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos :No. Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio : No. En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía :No. SEGUROS: La empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios, los previstos, en su caso, en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.

  • Plaza Nueva, 1 • 14900 XXXXXX • (Córdoba) Tfno: 957.500410 • Fax: 957.591119 Garantía complementaria: € ----- % del Presupuesto de Adjudicación Garantía mediante retención en el precio: NO Plazo de garantía: En el plazo de tres meses desde la finalización total de la prestación objeto del contrato se producirá el acto formal y positivo de recepción de la misma, previa petición del adjudicatario.

  • Garantía complementaria: En caso de resultar adjudicataria una oferta con valor anormal o desproporcionado que incurra inicialmente en el supuesto de presunción de temeridad, el órgano de contratación exigirá una garantía complementaria de hasta un 5% (cinco por ciento) del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía definitiva total un 10% (diez por ciento) del precio del contrato.


More Definitions of GARANTÍA COMPLEMENTARIA

GARANTÍA COMPLEMENTARIA. No se exige.
GARANTÍA COMPLEMENTARIA. Se exigirá un 5% adicional en caso de que la oferta del licitador adjudicatario de las obras, hubiese si- do considerada inicialmente anormal o desproporcionada y se hu- biese admitido y valorado.
GARANTÍA COMPLEMENTARIA. Al objeto de garantizar la ejecución correcta y completa del plan de inversiones propuesto por el concesionario se deberá acreditar la constitución de una garantía complementaria por importe de 169.491´50 € (correspondiente al 5 por 100 del valor de las inversiones previsto en el presente pliego), cuya devolución procederá una vez acreditada la ejecución del Plan de Inversiones, y siempre que no exista motivo que determine su retención.
GARANTÍA COMPLEMENTARIA. Es una novedad introducida por la ley 53/99. Esta modificación permite que en el pliego de cláusulas administrativas particulares se establezca un sistema de garantías complementarias hasta un 16 % del valor del contrato de acuerdo con la desviación a la baja de la oferta seleccionada. Se trata de una situación intermedia.
GARANTÍA COMPLEMENTARIA. NO SÍ (indicar importe, hasta un 5%)   ¿Se admite la constitución mediante retención en el precio?: (En este tipo de contratos financiados con fondos europeos, la garantía definitiva se constituirá preferentemente mediante retención en el precio, en los términos previstos en la cláusula 22.2.1 del presente pliego). SÍ Indicar forma y condiciones:   NO
GARANTÍA COMPLEMENTARIA. 🞏 SÍ (indicar importe, hasta un 5%) 🞏 NO

Related to GARANTÍA COMPLEMENTARIA

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Salud – Calidad – Humanización FORMULARIO No.10

  • Objetivo General Prevenir y eliminar las situaciones de desigualdad entre hombres y mujeres que pudiera haber en la empresa. • Objetivos específicos: - Equilibrar el número de mujeres y hombres que componen la plantilla de la empresa. - Equilibrar la presencia femenina o masculina en aquellos puestos o categorías donde exista una menor representatividad. - Garantizar la igualdad de posibilidades en el desarrollo profesional de mujeres y hombres. - Favorecer el acceso a la formación de toda la plantilla y fundamentalmente de quienes se incorporen de permisos o suspensiones de trabajo. - Garantizar un sistema retributivo, por todos los conceptos, que no genere discriminación por razón de sexo. - Conciliar la ordenación del tiempo de trabajo para el personal con puestos de responsabilidad, mediante la adopción de medidas que hagan compatible la vida personal, familiar y laboral. - Prevención del acoso. - Introducción de la perspectiva de género en la comunicación interna y externa de la empresa. El plan afectará, al menos, a los siguientes ámbitos de aplicación:

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Servicios Generales Se define como servicios generales a los servicios que requieren las entidades públicas para desarrollar actividades relacionadas al funcionamiento o la administración de la entidad, los que a su vez se clasifican en servicios de provisión continua y servicios de provisión discontinua.

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • Punto de Entrega Es el punto o los puntos en los cuales EL VENDEDOR Entrega y transfiere el derecho de propiedad sobre el Gas a EL COMPRADOR. Lo anterior de conformidad con lo establecido en numeral VIII de las Condiciones Particulares y la Cláusula Décima Segunda de las Condiciones Generales del presente Contrato.

  • Leyes Aplicables Todas las normas jurídicas que conforman el Derecho Interno del Perú, así como sus normas complementarias, supletorias y modificatorias.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Condiciones Generales Conjunto de las Cláusulas o estipulaciones básicas establecidas por las empresa de seguros para regir los contratos pertenecientes a un mismo ramo o modalidad de seguro. Su aplicación puede ser modificada por otras cláusulas contractuales incluidas en la Póliza de seguro.

  • Anexos Significa el conjunto de anexos de este Contrato, los cuales forman parte integral del mismo.

  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Indicador de desempeño Programa de capacitación elaborado e implementado. Registro de asistencia del personal en base a la nómina vigente. Plazo: mes 11

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Sistema Sistema electrónico de información del Banco que controla el proceso de generación, envío, recepción, archivo, comunicación y autorización.

  • PUBLICIDAD Con respeto a las normas de Protección de Datos, todo el procedimiento de arrendamiento será publicado por los medios más adecuados y que cuenten con la seguridad suficiente para obtener su máxima difusión dentro del ámbito profesional que se trate en cada caso.

  • Normas Generales significa el conjunto de artículos que componen la Segunda Parte de este Contrato y que reflejan las políticas básicas del Banco aplicables en forma uniforme a sus Contratos xx Xxxxxxxx.

  • Pedido significa la orden de compra emitida por Cargill que contiene las condiciones específicas de la venta y la compra de las Mercancías que allí se especifican.

  • Cumplimiento significa que el Proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato.