Definición de Ingresos Netos

Ingresos Netos son el resultado de deducir el IGV de los Ingresos Aeroportuarios. No se considerarán como Ingresos Netos los que pudiera recibir el CONCESIONARIO por el reembolso del pago de los servicios públicos a que se refieren los Numerales 7.1.6 y 7.9.3 de la Cláusula Séptima del presente Contrato.
Ingresos Netos significa el importe bruto recibido por la Licenciataria, dentro del Territorio Licenciado, descontado los impuestos respectivos, entre otros, el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Este importe bruto recibido por la licenciataria dice relación con la venta y/o cualquier otra forma de comercialización o traspaso de los Productos Licenciados, que se hayan realizado a través de un Sublicenciatario.
Ingresos Netos significa todos los ingresos recibidos por un hotel participante de la oportunidad elegible, neta de gratificaciones, comisiones, descuentos, reembolsos y otros costos y tasas (incluyendo tasas de fricción) asociadas a la oportunidad elegible.

Examples of Ingresos Netos in a sentence

  • Nosotros remitiremos los Ingresos Netos de las Transacciones a usted de conformidad con el Contrato y estos Términos de Servicio.

  • Para estos efectos, se entenderá por Ingresos Netos el monto total de la operación descontados los impuestos respectivos.

  • Para ejercer la opción, el OPTANTE deberá comunicar tal decisión por carta notarial, a más tardar, treinta (30) días antes del vencimiento del período de opción vigente o, en su caso, del plazo adicional que resulte de la suscripción del NUEVO CONTRATO DE OPCIÓN a que se refiere el Numeral 4.4. y presentar el ESTUDIO según los términos del Anexo 1, así como la relación de Inversiones Acreditables y el Cronograma Estimado de Ingresos Netos Anuales.

  • La Retribución ascenderá a un porcentaje de los Ingresos Netos Mensuales que obtenga la SOCIEDAD CONCESIONARIA por la Explotación del Terminal Norte Multipropósito, desde la Toma de Posesión hasta el término de la Concesión, de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión.

  • Para efectos de la presente Cláusula, se entenderá por Ingresos Netos a los ingresos netos gravables de la tercera categoría provenientes de la venta de mineral en cualquiera de sus formas, devengados anualmente y determinados de conformidad con la legislación del Impuesto a la Renta que sea aplicable al ADQUIRENTE.

  • Las REGALÍAS serán un porcentaje fijo (“flat”) de tres por ciento (3%) calculado sobre el valor de los Ingresos Netos anuales provenientes de la venta de todos los recursos minerales extraídos de las CONCESIONES y comercializados bajo cualquier forma.

  • Para ejercer la opción, el OPTANTE deberá comunicar tal decisión por carta notarial, a más tardar, treinta (30) días antes del vencimiento del período de opción vigente y presentar el ESTUDIO según los términos del Anexo 1, así como la relación de Inversiones Acreditables y el Cronograma Estimado de Ingresos Netos Anuales.

  • A partir del inicio de la Etapa de Operación y hasta la Caducidad de la Concesión, el CONCESIONARIO deberá verificar si los Ingresos Netos anuales exceden el monto base de reintegro definido en el presente numeral, en cuyo caso deberá calcular el Monto Anual de Reintegro, de acuerdo a la siguiente fórmula: Donde: El CONCESIONARIO deberá calcular el Monto Anual de Reintegro y presentarlo al CONCEDENTE y al OSITRAN, dentro del primer trimestre del Año de la Concesión siguiente.

  • Reintegro del Cofinanciamiento Los Ingresos Netos anuales están sujetos a un mecanismo de reintegro del Cofinanciamiento.

  • Revisar y dar conformidad al informe Mensual de Ingresos Netos de la Administración Central y de los Fondos Previsionales por Encargo.


More Definitions of Ingresos Netos

Ingresos Netos son el resultado de deducir el IGV de los ingresos obtenidos por el CONCESIONARIO por la prestación de los Servicios Aeroportuarios del AICC. No se considerarán como Ingresos Netos los que pudiera recibir el CONCESIONARIO por el reembolso del pago de los servicios públicos a que se refieren los Numerales 7.1.6 y 7.7.4 de la Cláusula Séptima del presente Contrato.
Ingresos Netos significa [los ingresos netos consolidados del Emisor y sus subsidiarias determinados de acuerdo con los Principios Contables Generalmente Aceptados de Uruguay].

Related to Ingresos Netos

  • Ingresos Incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable, en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como decrementos de los pasivos, que dan como resultado aumentos en el patrimonio, y no están relacionados con las aportaciones de los propietarios.

  • Salud – Calidad – Humanización prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres a tres (3) meses.  El retiro de la oferta después de vencido el plazo para la presentación de las ofertas.  La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.  La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando la propuesta la presente un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la Garantía de Seriedad debe ser otorgada por todos sus integrantes y especificando el nombre del proponente plural (NO A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL). Artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor del HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de acuerdo con lo establecido a continuación: El proponente acepta que el HOSPITAL MILITAR CENTRAL le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, en caso de resultar este insuficiente. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: "La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente".

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Anexos son el Anexo Técnico y los demás documentos relacionados en la Cláusula de las Condiciones Particulares titulada “Anexos”, los cuales forman parte integral del Contrato.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Concesionario Es la persona jurídica preexistente o una nueva constituida por el Adjudicatario bajo las Leyes y Disposiciones Aplicables que suscribe el Contrato con el CONCEDENTE. En cualquiera de los casos, el objeto social del CONCESIONARIO será desarrollar actividades de transmisión eléctrica y en la que el Operador Calificado es titular de la Participación Mínima.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Especificaciones Técnicas Documentos contentivos de las Especificaciones Técnicas requeridas. Fuerza Mayor: Cualquier evento o situación que escapen al control de la Entidad Contratante, imprevisible e inevitable, y sin que esté envuelta su negligencia o falta, como son, a manera enunciativa pero no limitativa, epidemias, guerras, actos de terroristas, huelgas, fuegos, explosiones, temblores de tierra, accidentes, catástrofes, inundaciones y otras perturbaciones ambientales mayores, condiciones severas e inusuales del tiempo.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.