Definición de Normas Aplicables

Normas Aplicables. Son las siguientes: · Ley Nº 26702, “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, incluyendo sus normas modificatorias y complementarias (Ley de Banca). · Resolución SBS N° 1010-99 – Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios. · Resolución SBS N° 084-2000 – Normas para el tratamiento contable del Fideicomiso, sus modificatorias y derogatorias. · Demás normas aplicables al presente Contrato de Fideicomiso.
Normas Aplicables significa leyes, reglamentos, disposiciones administrativas de carácter general, decretos, órdenes administrativas y otras reglas o normas de cualquier tipo emitidas por cualquier Autoridad Competente.
Normas Aplicables la afinidad con la compraventa es evidente. Las sociedades primitivas comerciaban exclusivamente a través del trueque. La permuta puede ser considerada como una compraventa simplificada. Entre ambos institutos prácticamente no existen diferencias, salvo lo referente al precio, elemento esencial de la compraventa, que no está presente en la permuta. Esta afinidad determina que ambos contratos se rijan por las mismas normas, salvo algunos casos que se han regulado especialmente. Objeto: no pueden permutarse las cosas que no pueden venderse. El objeto de la permuta deben ser cosas, sean muebles o inmuebles. Capacidad para permutar: no pueden permutar, los que no pueden comprar y vender. Se siguen aplicando las reglas de la compraventa y, en consecuencia, serán incapaces para permutar aquellos que lo sean para celebrar una compraventa. Duda sobre los derechos de la otra parte: si uno realiza una permuta y tiene justos motivos para dudar que lo que nos está dando la otra parte sea de su propiedad, tenemos el derecho de retención: podemos retener, no entregar lo que debíamos dar, y además, podemos pedir la resolución del contrato.

Examples of Normas Aplicables in a sentence

  • Se apeguen en todo momento y circunstancia al Marco Regulatorio, las Normas Aplicables y los principios de acceso abierto efectivo y no indebidamente discriminatorio previstos en las DACG de Acceso Abierto.

  • El Almacenista llevará a cabo la operación, mantenimiento y seguridad del Sistema de conformidad con lo que se establezca en el Marco Regulatorio y las Normas Aplicables.

  • Se considera, sin admitirse prueba en contrario, que toda Persona que, de manera directa o indirecta, firme el presente Contrato, conoce las Leyes y Normas Aplicables.

  • El Usuario deberá efectuar pruebas de calidad del Combustible para su entrega al Almacenista de acuerdo a las Normas Aplicables.

  • El Almacenista instalará el equipo y llevará a cabo la Medición de la Cantidad con base en las disposiciones que se establezcan en el Marco Regulatorio, las Normas Aplicables y las DACG de Medición.

  • En caso de que los resultados de las pruebas de calidad no se encuentren dentro de los parámetros aceptables especificados en las Normas Aplicables, no se aceptará el lote y por lo tanto no se almacenará en las instalaciones del Almacenista, sin responsabilidad alguna para este último; sin embargo, el Usuario se sujetara a la penalización correspondiente por incumplimiento del Programa de Entregas.

  • El Almacenista podrá poner a disposición un plano de las características técnicas requeridas y de los puntos en los cuáles se acepta la Interconexión y podrá supervisar y aprobar las obras respectivas a fin de asegurar que se satisfacen las Normas Aplicables y no se presenten afectaciones técnicas a la operación de su Sistema.

  • El Almacenista y los Usuarios, de manera directa o a través de sus empleados, contratistas, agentes o cualquier persona que actúe en su nombre y representación, así como los demás sujetos involucrados en el ámbito de aplicación de los TCPS, deberán sujetarse al Marco Regulatorio Aplicable y a las Normas Aplicables vigentes, y asegurar que las personas que actúen en su nombre y representación conozcan y acaten dichos ordenamientos.

  • Con independencia de quien haya realizado o financiado la Interconexión, el responsable de la administración, operación y mantenimiento de las interconexiones, incluidos los equipos y procedimientos de Medición será responsabilidad del Almacenista, deberán sujetarse a Normas Aplicables.

  • Para cambiar de grado, el Almacenista y los Usuarios establecerán los protocolos operativos de conformidad con las Normas Aplicables y las prácticas internacionales de la industria.


More Definitions of Normas Aplicables

Normas Aplicables. Ley 8 de 16 xx xxxxx de 1987 y su modificación en la Ley 39 de 14 xx xxxxxx de 2007. Ley 43 de 25 xx xxxxx de 2011. Decreto de Gabinete N.°36 de 17 de septiembre de 2003 y sus modificaciones.

Related to Normas Aplicables

  • Leyes Aplicables Todas las normas jurídicas que conforman el Derecho Interno del Perú, así como sus normas complementarias, supletorias y modificatorias.

  • Periodo Entiéndase la equivalencia a un año póliza.

  • Normas Generales significa el conjunto de artículos que componen la Segunda Parte de este Contrato y que reflejan las políticas básicas del Banco aplicables en forma uniforme a sus Contratos xx Xxxxxxxx.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Condiciones Generales Conjunto de las Cláusulas o estipulaciones básicas establecidas por las empresa de seguros para regir los contratos pertenecientes a un mismo ramo o modalidad de seguro. Su aplicación puede ser modificada por otras cláusulas contractuales incluidas en la Póliza de seguro.

  • Ley Aplicable significa respecto de cualquier Persona, (i) cualquier estatuto, ley, reglamento, ordenanza, regla, sentencia, orden, decreto, permiso, concesión, otorgamiento, franquicia u otra disposición o restricción gubernamental o cualquier interpretación o administración de cualesquiera de los anteriores por cualquier Autoridad Gubernamental (incluyendo, sin limitar, las Autorizaciones Gubernamentales) y (ii) cualquier directriz, lineamiento, política, requisito o cualquier forma de decisión o determinación similar por cualquier Autoridad Gubernamental que sea obligatoria para dicha Persona, en cada caso, vigente actualmente o en el futuro.

  • Unidad Independiente Apartamento o casa de vivienda, local u oficina independiente con acceso a la vía pública o a las zonas comunes de la unidad inmobiliaria.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Observaciones este espacio se podrá utilizar para indicar cualquier observación que se considere pertinente. Asimismo, en la cabecera o pie de página del Anexo, se indicará:

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Cumplimiento significa que el Proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Servicios Generales Se define como servicios generales a los servicios que requieren las entidades públicas para desarrollar actividades relacionadas al funcionamiento o la administración de la entidad, los que a su vez se clasifican en servicios de provisión continua y servicios de provisión discontinua.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Punto de Entrega Es el punto o los puntos en los cuales EL VENDEDOR Entrega y transfiere el derecho de propiedad sobre el Gas a EL COMPRADOR. Lo anterior de conformidad con lo establecido en numeral VIII de las Condiciones Particulares y la Cláusula Décima Segunda de las Condiciones Generales del presente Contrato.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la primera parte de este Contrato.

  • Tercero significa cualquier persona o entidad, excepto el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Respuesta Es necesario adjuntar el anexo requerido en la invitación, a efectos de dar certeza al Ministerio del Interior respecto a los dineros a administrar. Ante la cantidad de observaciones y la expectativa a las preguntas, solicitamos comedidamente prorrogar la fecha de presentación de las propuestas en por lo menos cinco días hábiles. RESPUESTA: No es de recibo la presente observación, dado que la DAIRM del Ministerio del Interior requiere cumplir compromisos de orden misional y legal que no permiten prorrogar el plazo establecido. Adicional a esto las observaciones presentadas se encuentran claramente definidas en la invitación y aquellas que han sido objeto de modificación han sido adendadas. Entendemos que las garantías a solicitar al contratista, las define el MIJ y se plasmarán en el manual operativo del fideicomiso para que la fiduciaria sean quien las solicite y apruebe, debe quedar en la minuta del contrato xx xxxxxxx Anexo No. 5. RESPUESTA: Xxxxxse a lo establecido en la respuesta dada a la observación No. 11 presentada por su Firma. Obligación 31 a cargo de la Fiduciaria, solicitamos eliminar tal obligación como quiera que las sociedades fiduciarias no se encuentran facultadas para dictar actos administrativos, tal facultad le compete a al entidad pública. RESPUESTA: Remitirse a la adenda No. 2 del 6 de febrero de 2012. Respetuosamente solicitamos disminuir el plazo de liquidación del contrato xx Xxxxxxx establecido en ocho (8) meses, resulta un periodo demasiado alto, casi equivalente a la duración del fideicomiso y representa costos representativos tanto para la sociedad fiduciaria y el MIJ. RESPUESTA: Xxxxxxx xx xxxxxx Xx. 00 xxx 0 xx xxxxxxx xx 0000. Entendemos que la fiduciaria suscribirá los contratos derivados y en ejecución del fideicomiso, en calidad de mandataria con representación del MIJ, lo mismo sugerimos para la minuta del contrato Anexo No. 5. Entendemos y por favor incluir como obligación a cargo del MIJ en al minuta del contrato Anexo No. 5, que el seguimiento al cumplimiento de obligaciones contractuales, de los contratos derivados, los realiza el MIJ. Agradecemos aclarar obligación 13 de la minuta del contrato xx Xxxxxxx frente al alcance del término: “adelantar las gestiones que sean necesarias”… Aclarar obligación 17 a cargo de la fiduciaria en la minuta del contrato Anexo No. 5, los costos del RTICA, es con cargo a los recursos administrados. Favor aclarar en la obligación 18 a cargo de la fiduciaria en la minuta del contrato Anexo No. 5, que no se incluye el costo del Banco Agrario, ni giros a través de entidades no financieras. Sí contempla transferencias electrónicas a todas las entidades financieras adscritas al sistema ACH.

  • Productos significa, individual o colectivamente, a los equipos, mercaderías, máquinas, u otros bienes que sean objeto del Pedido y suministrados por el Vendedor x Xxxxxxx.

  • Especificaciones Técnicas Documentos contentivos de las Especificaciones Técnicas requeridas. Fuerza Mayor: Cualquier evento o situación que escapen al control de la Entidad Contratante, imprevisible e inevitable, y sin que esté envuelta su negligencia o falta, como son, a manera enunciativa pero no limitativa, epidemias, guerras, actos de terroristas, huelgas, fuegos, explosiones, temblores de tierra, accidentes, catástrofes, inundaciones y otras perturbaciones ambientales mayores, condiciones severas e inusuales del tiempo.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.