Definición de Periodo de Amortización de la Garantía

Periodo de Amortización de la Garantía. Significa el periodo de hasta 60 (sesenta) meses, equivalentes a 1,825 (un mil ochocientos veinticinco) días, contados a partir del día siguiente al último día del Periodo de Disposición de la Garantía, durante el cual el Estado deberá pagar al Garante los recursos ejercidos de la Garantía en los términos estipulados en el Contrato de Garantía.
Periodo de Amortización de la Garantía significa un periodo de hasta 60 (sesenta) meses, equivalente a 1,825 (un mil ochocientos veinticinco) Días, contados a partir del Día siguiente al último Día del Periodo de Disposición de la Garantía, en el entendido que durante el Periodo de Amortización de la Garantía el Fiduciario no podrá realizar ninguna disposición de recursos con cargo a la Garantía. El Periodo de Amortización de la Garantía es el periodo durante el cual se pagarán al Garante, de manera obligatoria y sin subordinación al Crédito Garantizado: (i) los recursos ejercidos por el Fiduciario con cargo a la Garantía, en el supuesto que éstos no hubieran sido cubiertos en el Periodo de Disposición de la Garantía, y (ii) serán cubiertos al Garante mediante pagos mensuales, iguales y consecutivos de capital, más intereses calculados sobre saldos insolutos, de acuerdo con la prelación de pago establecida en el Fideicomiso.
Periodo de Amortización de la Garantía significa un periodo de hasta 60 (sesenta) meses, equivalentes a 1,825 (un mil ochocientos veinticinco) días, contados a partir del día siguiente al último día del periodo de disposición de la Garantía, en el entendido que, durante este periodo el servicio de la garantía será a prorrata con el servicio del Crédito Garantizado y, en su caso, con el pago de los instrumentos derivados de intercambio de tasas; y durante el cual el Estado deberá pagar al Garante los recursos ejercidos de la Garantía en los términos estipulados en este contrato.

Examples of Periodo de Amortización de la Garantía in a sentence

  • Los intereses moratorios que, en su caso, se generen: (i) se calcularán bajo una mecánica similar a la prevista en el numeral 9.1.1., únicamente en el Periodo de Amortización de la Garantía sobre capital vencido, por cada mes transcurrido o fracción que corresponda desde la fecha de su vencimiento y hasta su total liquidación al Garante, y (ii) serán cubiertos por el Estado al Garante, en términos de lo previsto en la presente Cláusula.

  • No aplicará la capitalización de intereses durante el Periodo de Amortización de la Garantía.

  • Si durante el Periodo de Amortización de la Garantía hubiere alguna cantidad remanente, su importe se aplicará en la Fecha de Pago inmediata siguiente y se abonará al saldo de principal de la Garantía Parcial en orden inverso al vencimiento de las amortizaciones pendientes; es decir, con aplicación en orden decreciente a partir de la última amortización.

  • La fuente de pago señalada cubrirá durante el Periodo de Disposición de la Garantía, de manera primaria al Crédito Garantizado y, en su caso, el Instrumento de Intercambio de Tasas y de manera subordinada la Garantía; y durante el Periodo de Amortización de la Garantía la fuente de pago señalada cubrirá a la Garantía y, en su caso, el Crédito Garantizado en el mismo paso y medida, sin subordinación alguna.

  • La fuente de pago señalada cubrirá durante el Periodo de Disposición de la Garantía, de manera primaria al Crédito Garantizado y, en su caso, el Instrumento de Intercambio de Tasas y/o y del Instrumento de Cobertura de la Tasa de Referencia, y de manera subordinada la Garantía; y durante el Periodo de Amortización de la Garantía la fuente de pago señalada cubrirá a la Garantía y, en su caso, el Crédito Garantizado en el mismo paso y medida, sin subordinación alguna.

  • En relación con un Contrato de Garantía, durante el Periodo de Amortización de la Garantía, el Fideicomisario en Primer Lugar C podrá ejercer este procedimiento, entendiendo para tales efectos que las referencias al Fideicomisario en Primer Lugar A corresponderán al Garante, siempre y cuando el Contrato de Garantía establezca el derecho del Garante de considerar las Causas de Aceleración del Crédito como Causas de Aceleración de la Garantía.

  • Adicionalmente, durante el Periodo de Amortización de la Garantía, el Estado asumirá frente al Garante todas y cada una de las obligaciones de Obligaciones de Hacer y de No Hacer, Causas de Aceleración, y Causas de Vencimiento Anticipado, respectivamente, previstas en las Cláusulas [•] del Crédito Garantizado, en consecuencia, las disposiciones de las señaladas cláusulas se tienen incorporadas por referencia en el presente Contrato como si a la letra se insertasen.

  • Adicionalmente, durante el Periodo de Amortización de la Garantía, el Estado asumirá frente al Garante todas y cada una de las obligaciones de Obligaciones de Hacer y de No Hacer, previstas en las Cláusulas [•] del Crédito Garantizado, siendo estas consideradas Causas de Aceleración en los términos del Crédito Garantizada, y en consecuencia, las disposiciones de las señaladas cláusulas se tienen incorporadas por referencia en el presente Contrato como si a la letra se insertasen.

  • Adicionalmente, durante el Periodo de Amortización de la Garantía, el Estado asumirá frente al Garante todas y cada una de las obligaciones de Obligaciones de Hacer y de No Hacer, previstas en las Cláusulas [•] del Crédito Garantizado, siendo estas consideradas Causas de Aceleración en los términos del Crédito Garantizado, y en consecuencia, las disposiciones de las señaladas cláusulas se tienen incorporadas por referencia en el presente Contrato como si a la letra se insertasen.

  • Perfil de Amortizaciones: Durante el Periodo de Disposición, en cada fecha de pago, hasta donde xxxxxx o alcancen los recursos disponibles en la cuenta del Fideicomiso Maestro que corresponda, de conformidad con la prelación prevista en el mismo; y durante el Periodo de Amortización de la Garantía mediante pagos mensuales, iguales y consecutivos de capital.


More Definitions of Periodo de Amortización de la Garantía

Periodo de Amortización de la Garantía. Significa el periodo en el que el Estado tiene que realizar el pago del saldo dispuesto de la Garantía, en términos del Contrato de Garantía.
Periodo de Amortización de la Garantía significa el periodo en el que el Estado, cualquier Organismo Público Descentralizado, o cualquier Ente Público, según sea el caso tiene que realizar el pago de la Garantía, en términos del Contrato de Garantía.

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  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

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  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

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  • Objeto del Contrato Fecha de formalización:…………… Duración fijada:………………… Duración estimada (incluida posible prórroga):…………….. Unidad destinataria del servicio: Persona de la empresa contratada con la que se debe poner en contacto el Servicio de Prevención de la Universidad, Fundación o Centro Público para proceder al intercambio de la documentación que genere este proceso: Nombre… Teléfono… Correo electrónico… OBSERVACIONES: En............................, a........ de................ 20..... El Adjudicatario La empresa ……………………., con domicilio en………………….., CIF……………., adjudicataria del contrato……………………………….., una vez formalizado el contrato, ha sido designada como encargada del tratamiento de datos, siendo la Subdirección General de XXXXXXXXXX, responsable del tratamiento, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, de protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos. La empresa encargada del tratamiento actuará con arreglo a las condiciones establecidas en el apartado 33 del CR y en la cláusula 10.11 del PCAP. Los servidores, en donde se almacenan los datos personales, así como la prestación de los servicios asociados a los mismos estarán ubicados en: (Se indicará el lugar en donde se almacenarán los datos y se prestará el servicio asociado al tratamiento de los datos) La empresa encargada del tratamiento tiene la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información relativa a la ubicación de los servidores. Si la empresa encargada del tratamiento tiene previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos: (Se indicará a continuación el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subadjudicatarios a los que se vaya a encomendar su realización) La empresa ENGARGADA DEL TRATAMIENTO garantiza que implantará las medidas de seguridad necesarias para garantizar tratar los datos de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación (RGPD, LOPD-GDD y su desarrollo normativo) y tratarlos conforme a las instrucciones que reciba del RESPONSABLEDELTRATAMIENTO. Así este otorgará las instrucciones documentadas que garanticen la protección de datos personales al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, a título enunciativo, políticas e instrucciones de seguridad, procedimientos, normas internas, medidas técnicas o medidas organizativas. La empresa ENCARGADA DEL TRATAMIENTO, se compromete a no utilizar los datos para una finalidad distinta del objeto del contrato, ni comunicarlos, ni cederlos, ni si quiera para su conservación, a otras personas físicas o jurídicas distintas del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, salvo que cuenten con la autorización expresa de este. Los efectos de la presente declaración se refieren a la duración total del contrato al que se refiere el este anexo, incluidas, las posibles prórrogas, de forma que una vez finalice el contrato, el adjudicatario ENCARGADO DEL TRATAMIENTO devolverá al RESPONSABLE, o entregar a otro encargado que designe el RESPONSABLE, los datos personales en su poder. Esta devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el ENCARGADO siempre que los equipos no queden en poder del RESPONSABLE. Por todo ello, y en virtud de la representación que ostento, me comprometo en nombre de la empresa…………………………….., al cumplimiento de las condiciones previstas en el PCAP en relación con el tratamiento de datos personales. En............................, a........ de................ 20.....

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

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  • Respuesta Es necesario adjuntar el anexo requerido en la invitación, a efectos de dar certeza al Ministerio del Interior respecto a los dineros a administrar. Ante la cantidad de observaciones y la expectativa a las preguntas, solicitamos comedidamente prorrogar la fecha de presentación de las propuestas en por lo menos cinco días hábiles. RESPUESTA: No es de recibo la presente observación, dado que la DAIRM del Ministerio del Interior requiere cumplir compromisos de orden misional y legal que no permiten prorrogar el plazo establecido. Adicional a esto las observaciones presentadas se encuentran claramente definidas en la invitación y aquellas que han sido objeto de modificación han sido adendadas. Entendemos que las garantías a solicitar al contratista, las define el MIJ y se plasmarán en el manual operativo del fideicomiso para que la fiduciaria sean quien las solicite y apruebe, debe quedar en la minuta del contrato xx xxxxxxx Anexo No. 5. RESPUESTA: Xxxxxse a lo establecido en la respuesta dada a la observación No. 11 presentada por su Firma. Obligación 31 a cargo de la Fiduciaria, solicitamos eliminar tal obligación como quiera que las sociedades fiduciarias no se encuentran facultadas para dictar actos administrativos, tal facultad le compete a al entidad pública. RESPUESTA: Remitirse a la adenda No. 2 del 6 de febrero de 2012. Respetuosamente solicitamos disminuir el plazo de liquidación del contrato xx Xxxxxxx establecido en ocho (8) meses, resulta un periodo demasiado alto, casi equivalente a la duración del fideicomiso y representa costos representativos tanto para la sociedad fiduciaria y el MIJ. RESPUESTA: Xxxxxxx xx xxxxxx Xx. 00 xxx 0 xx xxxxxxx xx 0000. Entendemos que la fiduciaria suscribirá los contratos derivados y en ejecución del fideicomiso, en calidad de mandataria con representación del MIJ, lo mismo sugerimos para la minuta del contrato Anexo No. 5. Entendemos y por favor incluir como obligación a cargo del MIJ en al minuta del contrato Anexo No. 5, que el seguimiento al cumplimiento de obligaciones contractuales, de los contratos derivados, los realiza el MIJ. Agradecemos aclarar obligación 13 de la minuta del contrato xx Xxxxxxx frente al alcance del término: “adelantar las gestiones que sean necesarias”… Aclarar obligación 17 a cargo de la fiduciaria en la minuta del contrato Anexo No. 5, los costos del RTICA, es con cargo a los recursos administrados. Favor aclarar en la obligación 18 a cargo de la fiduciaria en la minuta del contrato Anexo No. 5, que no se incluye el costo del Banco Agrario, ni giros a través de entidades no financieras. Sí contempla transferencias electrónicas a todas las entidades financieras adscritas al sistema ACH.