Definición de Prima

Prima. El precio del seguro. El recibo contendrá, además, los recargos e impuestos de legal aplicación.
Prima es el precio del seguro, en el que se incluyen los recargos e impuestos que sean de legal aplicación. A su pago está obligado el Tomador del Seguro.
Prima. Es la contraprestación en dinero que debe pagar el Asegurado en la forma y términos convenidos con la Compañía, para tener derecho a las coberturas que ampara la carátula de la póliza dentro del periodo de vigencia de la misma.

Examples of Prima in a sentence

  • El abandono del Contrato de Opción no cancelará ninguno de los fondos adeudados (por ejemplo, la Prima) con respecto al Contrato de Opción en cuestión que aún no hayan sido recibidos en fondos liquidados por Monex.

  • Esto es a condición de que todos los fondos adeudados (por ejemplo, la Prima) con respecto al Contrato de Opción en cuestión hayan sido recibidos en fondos liquidados por Monex.

  • Si el Cliente no paga la Prima en su totalidad en la fecha debida, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos y recursos de Monex, Monex no estará obligada a aceptar una Notificación de Ejercicio para ejercer una opción bajo un Contrato de Opción y podrá dar por terminado el Contrato de Opción y recuperar todos los costos y gastos en que incurra en relación con el Contrato de Opción.


More Definitions of Prima

Prima. Suma que debe pagar el Asegurado y/o Tomador al Asegurador como contraprestación por la cobertura de riesgo que el Asegurador asume al amparo que éste otorga mediante el Contrato de Xxxxxx.
Prima. El precio del seguro.
Prima. Es la contraprestación establecida por La Positiva por la cobertura otorgada.
Prima. Precio o suma que paga el Asegurado por la protección solicitada, durante la Vigencia de la Póliza establecida en las Condiciones Particulares.
Prima. Aporte económico que recibe OCEÁNICA por concepto de contraprestación por la cobertura de riesgo para el cual se extiende este contrato de seguro.
Prima. Precio del seguro, en cuyo recibo se incluirán, además, los recargos e impuestos que sean de legal aplicación.
Prima. Es el valor determinado por La Aseguradora como contraprestación o precio por las coberturas de seguro contratadas, que debe ser pagada con la periodicidad establecida en el condicionado particular, a efectos de mantener vigente la presente póliza.