Definición de Supervisor de Obra

Supervisor de Obra. El Supervisor de Obra será designado por la Entidad, quien entre otras tendrá las siguientes funciones: Es el responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra en cumplimiento de los términos contractuales, realizando el control y seguimiento de cada una de las actividades, especificaciones técnicas y cronograma. Verificar el contenido de la información para la ejecución de la obra, establecer su suficiencia y realizar las modificaciones (si corresponde), diseños, complementos u otros que sean necesarios, en forma oportuna. Conocer y controlar al personal de la obra y el trabajo que realizan, a efecto de prever que no se produzcan fallas y en caso de ser necesario proceder con la inmediata corrección. Controlar y hacer cumplir la normativa establecida referida a leyes laborales y sociales, así como el uso de ropa de trabajo y elementos de protección personal adecuados. Comunicar decisiones, órdenes, orientaciones o instrucciones de manera pertinente, precisa y oportuna, a las instancias correspondientes y en los plazos establecidos. Coordinar tareas y esfuerzos que sean requeridos en la planificación y organización de los trabajos a ejecutarse. Verificar regularmente la vigencia de las Garantías y alertar en caso de vencimiento. Realizar las mediciones de los ítems ejecutados en obra en coordinación con la empresa ejecutora para la generación de la Planilla de liquidación final de obra. Presentar los informes técnicos que sean necesarios y/o requeridos durante la ejecución de la obra. Verificar la presentación y vigencia de los Seguros establecidos para este proceso de contratación. T IMPUESTOS XX XXX Correrá por cuenta de la empresa el pago correspondiente de todos los impuestos xx xxx vigentes en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Supervisor de Obra. Persona natural o jurídica o consorcio contratado por la Municipalidad, para velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la OBRA y del cumplimiento del Contrato. • Terreno: El área de libre disponibilidad donde se ejecutará la Obra materia de contratación. • TUO: Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM y sus modificatorias.
Supervisor de Obra. El servidor público designado por la contratante para llevar a cabo el control, vigilancia, supervisión y revisión de los trabajos y demás actividades en los términos del presente reglamento o persona encargada de realizar las mismas actividades en el caso de contrato de prestación de servicios relacionados con obra pública en materia de supervisión.

Examples of Supervisor de Obra in a sentence

  • La ejecución del presente ítem en su integridad será pagada en función al precio unitario de la propuesta económica aceptada, de acuerdo con las especificaciones y condiciones establecidas; y medido de acuerdo con lo señalado y aprobado por el Supervisor de Obra.

  • Este ítem ejecutado en un todo de acuerdo con los planos y las presentes especificaciones, medido según lo señalado y aprobado por el Supervisor de Obra, será pagado a los precios unitarios de la propuesta aceptada.

  • Este ítem ejecutado en un todo de acuerdo con las presentes especificaciones, medido según lo señalado y aprobado por el Supervisor de Obra, será pagado al precio unitario de la propuesta aceptada.

  • El Contratista proporcionará todos los materiales, herramientas y equipo necesarios para la ejecución de los trabajos, los mismos deberán ser aprobados por el Supervisor de Obra.

  • Este procedimiento podrá modificarse para obtener un mejor resultado previa autorización del Supervisor de Obra.

  • Cualquier modificación estará sujeta a la aprobación del Supervisor de Obra.

  • El equipo de autocontrol deberá informar diariamente al Supervisor de Obra de todos los eventos, de los “no cumplimientos” de los estándares básicos detectados, de las medidas que tomará para revertir la situación y la fecha en que quedará solucionado el “no cumplimiento”.

  • Este ítem ejecutado en un todo de acuerdo con los planos y las presentes especificaciones, medido de acuerdo a lo señalado y aprobado por el Supervisor de Obra, será pagado al precio unitario de la propuesta aceptada.

  • Este ítem ejecutado en un todo de acuerdo con los planos y las presentes especificaciones, medido según lo señalado y aprobado por el Supervisor de Obra, será pagado al precio unitario de la propuesta aceptada.

  • Habrá un único certificado mensual de obra realizada, que será elaborado a precios unitarios del contrato y que será presentado por la empresa contratista y aprobado por el Director de la Obra y el Supervisor de Obra.


More Definitions of Supervisor de Obra

Supervisor de Obra. Persona natural o jurídica o consorcio contratado por la Municipalidad, para velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la OBRA y del cumplimiento del Contrato. Terreno: El área de libre disponibilidad donde se ejecutará la Obra materia de contratación.
Supervisor de Obra. Persona natural o jurídica o consorcio contratado por la Municipalidad Distrital de Huayucachi, para velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la OBRA y del cumplimiento del Contrato. Terreno: El área de libre disponibilidad donde se ejecutará la Obra materia de contratación.

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  • Supervisor Persona natural o jurídica, competente responsable de dirigir o supervisar la ejecución de acuerdo con el diseño, planos, tiempo de ejecución, presupuestos y especificaciones técnicas y de construcción del Contrato de Obra.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de Avance Físico financiero de las obras y/o servicios. En general, al cierre del ejercicio 2016 el monto total contratado fue de 214 millones de pesos, de los cuales se facturaron, 109 millones de pesos, lo cual representa un avance del 16 por ciento de la meta modificada. El comportamiento del avance físico financiero de los contratos celebrados de obras y servicios con terceros, se incrementara sustancialmente en el primer trimestre de 2017, lo anterior, debido a que los contratos de servicios de mantenimiento se facturan a mes vencido por lo que falta facturar los trabajos realizados en el mes de diciembre. Ejercicio 2017 Indicador de Desempeño: Porcentaje de ingresos de obra y/o servicios. El monto de ingresos por concepto de obra y/o servicios al cierre del ejercicio 2017, ascendieron a 102.2 millones de pesos, cabe señalar que este monto corresponde a los trabajos facturados de los contratos que estuvieron en proceso de ejecución por obra y servicios, el ingreso con respecto a la meta anula proyectada en el PEF 2017, representa el 27.5 por ciento. Es importante señalar que esto obedece a los acuerdos del Comité Técnico de Fonatur y del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., en los que se estableció la terminación anticipada de todos los contratos a más tardar al 15 de septiembre de 2017.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, y a la que corresponden las obligaciones que del mismo deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.

  • Transporte significa la transportación de Pasajeros y/o Equipaje por aire, de forma gratuita o por contrato, y todos los servicios del Transportista relacionados con el mismo.

  • Valor de reposición Es el costo que exige la compra, reconstrucción, reemplazo o reparación de un bien nuevo de la misma clase y capacidad, incluyendo el costo de transporte, impuestos, montaje y derechos de aduanas si los hubiese.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • práctica de obstrucción significa: (aa) la destrucción, falsificación, alteración o escondimiento deliberados de evidencia material relativa a una investigación o brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigación por parte del Banco, de alegaciones de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o de colusión; y/o la amenaza, persecución o intimidación de cualquier persona para evitar que pueda revelar lo que conoce sobre asuntos relevantes a la investigación o lleve a cabo la investigación, o (bb) las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio de los derechos del Banco a inspeccionar y auditar de conformidad con el literal (e) del párrafo mencionado más abajo.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Exclusiones Se refiere a todas las circunstancias y/o causas bajo las cuales se podría producir un siniestro y que no están cubiertas por el seguro. Las exclusiones se encuentran expresamente indicadas en el Capítulo II de las presentes Condiciones Generales.

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Subcontratista significa cualquier persona natural, entidad privada o pública, o cualquier combinación de ellas, con quienes el Proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los Bienes o la ejecución de cualquier parte de los Servicios.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • LOSNCP Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

  • Adenda Documento que se adiciona a la póliza de seguro en el que se establecen modificaciones a las condiciones prevalecientes antes de su incorporación.

  • Grupo Asegurable Conjunto de personas físicas que poseen alguna característica común extraña al propósito de asegurarse y que cumplan cada una de las condiciones para poder ser Asegurados.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Terceros Cualquier persona física o jurídica distinta de:

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Vehículo Medio de transporte terrestre impulsado o no por su propio motor, provisto o no de remolque, destinado al transporte de personas, materiales o equipos utilizados para labores agrícolas, o de construcción, etc.

  • Fecha de Pago significa el día [●] de cada mes en que deban pagarse (i) los intereses que se causen durante cada Periodo de Pago; y (ii) las amortizaciones de principal del Crédito, de conformidad con lo dispuesto en este Contrato y la tabla de amortización correspondiente a cada Disposición.

  • Enmienda Comunicación escrita, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • DOMICILIO CONTRACTUAL Para todos los efectos legales las partes declaran como domicilio contractual la ciudad Bogotá D.C.

  • Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.