Definición de Supervisor de Obra

Supervisor de Obra. El Supervisor de Obra será designado por la Entidad, quien entre otras tendrá las siguientes funciones: Es el responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra en cumplimiento de los términos contractuales, realizando el control y seguimiento de cada una de las actividades, especificaciones técnicas y cronograma. Verificar el contenido de la información para la ejecución de la obra, establecer su suficiencia y realizar las modificaciones (si corresponde), diseños, complementos u otros que sean necesarios, en forma oportuna. Conocer y controlar al personal de la obra y el trabajo que realizan, a efecto de prever que no se produzcan fallas y en caso de ser necesario proceder con la inmediata corrección. Controlar y hacer cumplir la normativa establecida referida a leyes laborales y sociales, así como el uso de ropa de trabajo y elementos de protección personal adecuados. Comunicar decisiones, órdenes, orientaciones o instrucciones de manera pertinente, precisa y oportuna, a las instancias correspondientes y en los plazos establecidos. Coordinar tareas y esfuerzos que sean requeridos en la planificación y organización de los trabajos a ejecutarse. Verificar regularmente la vigencia de las Garantías y alertar en caso de vencimiento. Realizar las mediciones de los ítems ejecutados en obra en coordinación con la empresa ejecutora para la generación de la Planilla de liquidación final de obra. Presentar los informes técnicos que sean necesarios y/o requeridos durante la ejecución de la obra. Verificar la presentación y vigencia de los Seguros establecidos para este proceso de contratación.
Supervisor de Obra. El servidor público designado por la contratante para llevar a cabo el control, vigilancia, supervisión y revisión de los trabajos y demás actividades en los términos del presente reglamento o persona encargada de realizar las mismas actividades en el caso de contrato de prestación de servicios relacionados con obra pública en materia de supervisión. Reglamento de Obra Pública y Servicios Relacionados con la misma para el Municipio xx Xxxx, Guanajuato.
Supervisor de Obra. Persona natural o jurídica o consorcio contratado por la Municipalidad Distrital de Huayucachi, para velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la OBRA y del cumplimiento del Contrato. Terreno: El área de libre disponibilidad donde se ejecutará la Obra materia de contratación.

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  • En caso de material de aporte propio, este será aprobado por el Supervisor de Obra, para garantizar su calidad.

  • El Contratista proporcionará todos los materiales, herramientas y equipo necesarios para la ejecución de los trabajos, los mismos deberán ser aprobados por el Supervisor de Obra.

  • Este ítem ejecutado en un todo de acuerdo con los planos y las presentes especificaciones, medido según lo señalado y aprobado por el Supervisor de Obra, será pagado a los precios unitarios de la propuesta aceptada.

  • La ejecución del presente ítem en su integridad será pagada en función al precio unitario de la propuesta económica aceptada, de acuerdo con las especificaciones y condiciones establecidas; y medido de acuerdo con lo señalado y aprobado por el Supervisor de Obra.

  • Este ítem ejecutado en un todo de acuerdo con las presentes especificaciones, medido según lo señalado y aprobado por el Supervisor de Obra, será pagado al precio unitario de la propuesta aceptada.

  • Los materiales serán de calidad que aseguren la durabilidad y correcto funcionamiento de las instalaciones; previo a su empleo en obra deberá ser aprobado por el Supervisor de Obra.

  • En caso de materiales de aporte propio será aprobado por el Supervisor de Obra, para garantizar su calidad.

  • Cualquier modificación estará sujeta a la aprobación del Supervisor de Obra.

  • Este procedimiento podrá modificarse para obtener un mejor resultado previa autorización del Supervisor de Obra.

  • El equipo de autocontrol deberá informar diariamente al Supervisor de Obra de todos los eventos, de los “no cumplimientos” de los estándares básicos detectados, de las medidas que tomará para revertir la situación y la fecha en que quedará solucionado el “no cumplimiento”.


More Definitions of Supervisor de Obra

Supervisor de Obra. Persona natural o jurídica o consorcio contratado por la Municipalidad, para velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la OBRA y del cumplimiento del Contrato. • Terreno: El área de libre disponibilidad donde se ejecutará la Obra materia de contratación. • TUO: Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM y sus modificatorias.
Supervisor de Obra. Persona natural o jurídica o consorcio contratado por la Municipalidad, para velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la OBRA y del cumplimiento del Contrato. Terreno: El área de libre disponibilidad donde se ejecutará la Obra materia de contratación.
Supervisor de Obra. Es el Arquitecto o Ingeniero perteneciente a la Intendencia de Canelones, encargado por esta de la fiscalización superior, técnica y administrativa de la obra. Será sinónimo de “Arquitecto interventor”.

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  • Indicador de desempeño Programa de capacitación elaborado e implementado. Registro de asistencia del personal en base a la nómina vigente. Plazo: mes 11

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el asegurado.

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  • Auxiliar administrativo Es quien ejerce funciones administrativas, burocráticas, de atención al teléfono, recepción y demás servicios relacionados con el departamento de Administración. Contratado en formación: Es el trabajador que mantiene relación laboral con el centro, en virtud de un contrato específico de formación.

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  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.

  • SUSCRIPTOR POTENCIAL Persona que ha iniciado consultas para convertirse en usuario de los servicios públicos.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Exclusiones Se refiere a todas las circunstancias y/o causas bajo las cuales se podría producir un siniestro y que no están cubiertas por el seguro. Las exclusiones se encuentran expresamente indicadas en el Capítulo II de las presentes Condiciones Generales.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Subcontratista significa cualquier persona natural, entidad privada o pública, o cualquier combinación de ellas, con quienes el Proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los Bienes o la ejecución de cualquier parte de los Servicios.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Tercero significa cualquier persona o entidad, excepto el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • LOSNCP Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

  • Volumen de licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 20 de diciembre de 2022 Visita al lugar de los trabajos 26 de diciembre de 2022 10:00 horas Lugar: Km. 178+000 cuerpo “A” de la Autopista Cuernavaca Acapulco Campamento de Conservación Paso Xxxxxxx Huitzuco de los Xxxxxxxx C.P. 40130 Junta de aclaraciones 28 de diciembre de 2022 10:00 horas Lugar: Km 80+000 Autopista Cuernavaca-Acapulco Unidad Regional Cuernavaca Col. Chamilpa C.P. 62210 Cuernavaca, Mor. Presentación y apertura de proposiciones 06 de enero de 2023 15:00 horas Lugar: Km 80+000 Autopista Cuernavaca-Acapulco Unidad Regional Cuernavaca Col. Chamilpa C.P. 62210 Cuernavaca, Mor. Descripción de la licitación Mantenimiento menor del km 238+000 al km 267+200 de la Autopista Cuernavaca - Acapulco y del mantenimiento menor de sus estructuras.

  • Adenda Documento que se adiciona a la póliza de seguro en el que se establecen modificaciones a las condiciones prevalecientes antes de su incorporación.

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  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

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  • Punto de Entrega Es el punto o los puntos en los cuales EL VENDEDOR Entrega y transfiere el derecho de propiedad sobre el Gas a EL COMPRADOR. Lo anterior de conformidad con lo establecido en numeral VIII de las Condiciones Particulares y la Cláusula Décima Segunda de las Condiciones Generales del presente Contrato.