Abonos a cuenta por instalaciones y equipos Cláusulas de Ejemplo

Abonos a cuenta por instalaciones y equipos. 1. También tendrá derecho el contratista a percibir abonos a cuenta por razón de las instalaciones y equipos necesarios para la obra, de acuerdo con las reglas siguientes:
Abonos a cuenta por instalaciones y equipos. 1. También tendrá derecho el contraticta a percibir abonoc a cuenta por razón de lac inctalacionec y equipoc nececarioc para la obra, de acuerdo con lac reglac ciguientec:
Abonos a cuenta por instalaciones y equipos. 1. Tambien tendrá derecho el contratista a percibir abonos a cuenta por razón de las instalaciones y equipos necesarios para la obra, de acuerdo con las reglas siguientes: El abono vendrá determinado por la parte proporcional de la amortización, calculado de acuerdo con la normativa vigente del Impuesto sobre Sociedades, teniendo en cuenta el tiempo necesario de utilización. En el caso de instalaciones, el abono no podrá superar el 50 % de la partida de gastos generales que resten por certificar hasta la finalización de la obra y en el de equipos el 20 % de las unidades de obra a los precios contratados que resten por ejecutar y para las cuales se haga necesaria la utilización de aquéllos. El cálculo de la cantidad a abonar deberá acompañarse de una memoria explicativa de los resultados obtenidos.