Accidentes o averías Cláusulas de Ejemplo

Accidentes o averías. En caso de accidente o avería que haga imposible la continuación del servicio, el pasajero, que podrá pedir la intervención de un agente de la autoridad que lo compruebe, deberá abonar el importe de dicho servicio hasta el momento referido, descontando la puesta en marcha del taxímetro, y el conductor deberá solicitar y poner a disposición del usuario, siempre que sea posible y el usuario lo requiera, otro vehículo taxi, el cuál comenzará a devengar la tarifa aplicable desde el momento en que inicie su servicio en el lugar donde se accidentó o averió el primer vehículo.
Accidentes o averías. En caso de rotura de algún elemento de la autocaravana, avería o accidente, el Arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al Propietario a fin de que el mismo, en su calidad de tomador, pueda dar oportuno parte a la Compañía de Seguros, conforme a las condiciones establecidas en la póliza de seguro correspondiente. En caso de pequeñas averías el Arrendatario deberá anticipar el pago del coste que posteriormente le será reembolsado. Si la reparación es superior a 90 € se requerirá en todo caso la conformidad del Propietario. Decimoquinta.- Responsabilidades del Arrendatario. El Arrendatario responde de cualquier sanción o multa que le fueren impuestas por las autoridades y de los desperfectos en el vehículo, durante la vigencia del presente contrato, En caso de que como consecuencia de ello el vehículo fuera retenido o embargado, además responderá ante el Propietario de los gastos e incluso del lucro cesante que tal situación le provoque, calculándose éste sobre la base de la tarifa diaria del alquiler del vehículo retenido.
Accidentes o averías. En caso de rotura de algún elemento de la autocaravana, avería o accidente, el Arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al Propietario a fin de que el mismo, en su calidad de tomador, pueda dar oportuno parte a la Compañía de Seguros, conforme a las condiciones establecidas en la póliza de seguro correspondiente; para así tener las piezas a la devolución y no dejar la autocaravana tanto tiempo parada. En caso de pequeñas averías, el Arrendatario debería anticipar el pago del coste para no demorar mucho tiempo en la reparación, que posteriormente le será reembolsado. Siempre bajo la conformidad del Propietario. Si hay contrario tomar todos los datos y fotos del vehículo y del incidente para proceder a la tramitación del parte lo antes posible; si hubiese, coger las piezas rotas para su posterior arreglo. En caso de no avisar con tiempo de la avería o roturas para poder arreglarlo nada más devolverse la autocaravana impidiendo así la salida del siguiente alquiler, tendrá una sanción económica.
Accidentes o averías. En caso de rotura de algún elemento de la autocaravana, avería o accidente, el Arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al Propietario a fin de que el mismo, en su calidad de tomador, pueda dar oportuno parte a la Compañía de Seguros, conforme a las condiciones establecidas en la póliza de seguro correspondiente. En caso de pequeñas averías el Arrendatario deberá anticipar el pago del coste que posteriormente le será reembolsado. Si la reparación es superior a 90 € se requerirá en todo caso la conformidad del Propietario.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.