Definición de Medio Ambiente

Medio Ambiente. Significa cualquier parte del medio ambiente o medio circundante, incluyendo, sin limitación, el aire (incluyendo, sin limitación el aire dentro de las edificaciones o las estructuras naturales o construidas por el hombre, ya sea encima o debajo de la superficie de la tierra), el agua (incluyendo, sin limitación el agua subterránea, los drenajes y aguas servidas), y la tierra (incluyendo, sin limitación, los lechos de los xxxx, tierras superficiales y sub-superficiales, y cualquier estructura natural o construida por el hombre).
Medio Ambiente. Hecho de fibra de poliéster, mín. 50% de los cuales procede de materiales reciclados botellas de agua que contribuyen a LEED MR Credit y BREEAM Salud y Bienestar, Puntos de materiales por contenido reciclado, rendimiento acústico y materiales de baja emisión. Sin VOC: compatible con CDPH v1.2 y REACH SVHC. Acústica Cumplir con las tablas de prueba de ASTM C423 para conocer la absorción específica. coeficientes. • ⅜ "(9 mm): NRC 0,75 (sujeto a las condiciones de montaje) • ½ "(12 mm): NRC 0,80 (sujeto a las condiciones de montaje) Prueba de fuego • Norteamérica: - ASTM E-84 Clase A * - PUEDE ULC S102-10 • Europa y Xxxxx Unido: - EN13501-1: 2007 General Resistente a impactos, resistente a bacterias, resistente a la humedad, instalación fácil
Medio Ambiente significa EUR 8,000,000 (ocho millones de euros). significa cualquier documento, información u otro material, suministrado en relación con o en virtud del presente Acuerdo, que esté, cumulativamente, por escrito o en otro formato permanente (incluido electrônico), y clara y visiblemente identificado como "Información Confidencial". tiene el significado que se le atribuye en el considerando D. significa:

Examples of Medio Ambiente in a sentence

  • Se adjunta y forma parte xxx Xxxxxx, la declaración de Política de Calidad y Medio Ambiente de la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande.

  • Las pesadas se realizarán en báscula acordada con el personal de la Agencia de Medio Ambiente y Agua y el coste de las mismas será asumido por el adjudicatario.

  • En el presente documento, las partes reciben la siguiente denominación: La Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía (en adelante LA AGENCIA); es una agencia pública empresarial, con domicilio en calle Xxxxx X.

  • La Unidad de Medio Ambiente (xxxxxxxxxxxxx@xx.xx) servirá como canal para la resolución de cualquier problema ambiental que pueda originarse.

  • Su tutela corresponde al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

  • El Responsable de Medio Ambiente de la Contratista será la persona asignada para mantener las comunicaciones con la comunidad, las Autoridades Competentes y la Inspección, en materia de Medio Ambiente.

  • El personal de la categoría profesional de Agentes de Medio Ambiente y Encargados Generales de Obras Públicas prestará sus servicios en régimen de disponibilidad horaria y su distribución horaria se negociará en el ámbito del Servicio Periférico correspondiente.

  • A tales efectos, el Contratista se hace responsable ante la autoridad en materia de Medio Ambiente, de la adopción de las medidas necesarias que le pudieran ser exigidas, así como el pago de las sanciones o indemnizaciones que se pudieran determinar por los Organismos competentes.

  • Secretaría Ejecutiva del Área de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

  • Jefa de la Secretaría Ejecutiva del Área de Medio Ambiente y Sostenibilidad.


More Definitions of Medio Ambiente

Medio Ambiente. La CONSULTORA deberá velar por el cumplimiento de (i) los compromisos medioambientales asumidos por el COMITENTE con la autoridad y que se describen en la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Xxxxxx Xxxx de la Secretaría de Minería de la Provincia de San Xxxx - REPÚBLICA ARGENTINA, de conocimiento público y disponible en la dirección de internet xxxx://xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxx/xxxxx.xxx; y (ii) las normas ambientales nacionales y provinciales vigentes en la materia. El monto total del Contrato asciende a la suma de $[COMPLETAR] (pesos [COMPLETAR]) más I.V.A., conforme al Presupuesto General que se agrega al presente en este Anexo II. El mismo incluye la totalidad de los gastos y honorarios relativos a la prestación de los servicios que constituyen el objeto de este Contrato y los gastos requeridos en el Anexo IV, a excepción de los gastos del personal de la CONSULTORA con motivo de las inspecciones de tipo y/o remesa y/o recepciones en el exterior de equipos y materiales y cualquier otra instalación necesaria para la obra objeto del Contrato, los cuales serán solventados por el COMITENTE.
Medio Ambiente significa lo siguiente en la media en que afecte a la salud humana y al bienestar social:
Medio Ambiente. Entorno en el cual una organización opera, incluyendo el aire, el agua, el suelo, los recursos naturales, la flora, la fauna, los seres humanos y sus interrelaciones.
Medio Ambiente significa el aire, agua, suelo y terrenos (incluyendo los edificios y estructuras), y cualquier sistema ecológico y organismo viviente (incluyendo la vida humana) soportado por dichos medios. 13. Ley Ambiental significa cualquier ley, estatuto, instrumento estatutario, disposiciones, normas, reglamentos, ordenanzas, circulares o directrices de un Commonwealth, federales, estatales, territoriales, municipales o locales, siempre y cuando los mismos tengan la fuerza de una ley y cualquier permiso, autorización, licencia o aprobación expedida bajo los mismos; así como cualquier notificación, orden, solicitud o instrucción de un gobierno o autoridad estatutaria, agencia, corte o una entidad similar federal, estatal, territorial, municipal o local, o de derecho común, que sea aplicable a la Xxxxxxxx.
Medio Ambiente significa:

Related to Medio Ambiente

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Cliente Adicional significa la total aceptación por éste de las condiciones aquí establecidas. La designación de un menor de edad, como Adicional, implica el otorgamiento por parte del Titular, de un mandato a favor del menor, para la adquisición de bienes y servicios, por su cuenta y orden (Art. 1323 Código Civil y Comercia l). 3. Mediante la tarjeta el/los “Cliente/s” podrá/n efectuar adquisiciones de bienes y/o servicios en los Establecimientos o Comercios Adheridos al Sistema de Tarjetas del país o del exterior. Los comprobantes de compras y/o gastos realizados en el extranjero, cualquie ra fuese su país de origen y moneda, y los realizados en nuestro país con obligaciones estipuladas en moneda extranjera, le serán facturados al “Cliente” Titular a su equivalente en dólares estadounidenses y responderá a su pago en dicha moneda, o en pesos al tipo de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses al momento del efectivo pago, declarando el “Cliente” que la operación se encuentra dentro de los márgenes autorizados por el B.C.R.A. para este tipo de operaciones. En el supuesto que no existiera en la República Argentina mercado de cambio, se tendrá en cuenta para el cálculo la relación de cotización entre el peso y el dólar estadounidense en el mercado libre de cambio tipo comprador de la ciudad de Zurich (Suiza) o de Londres (Inglaterra) a opción del “Banco”. En caso de autorización de débito automático, los consumos en moneda extranjera, expresados en dólares estadounidenses conforme lo estipulado en el párrafo anterior, serán debitados de la cuenta del “Cliente” Titular abierta en Pesos al tipo de referencia que fije el Banco Central de la República Argentina para las operaciones en dólares estadounidenses, vigente a la fecha del efectivo débito, salvo que el “Cliente” Titular opte expresamente por efectuar los pagos en dólares estadounidenses comunicándolo mediante notificación fehaciente con no menos de 48 hs. de anticipación a la fecha del vencimiento. 4. La Tarjeta de Crédito tendrá un plazo de vigencia de 3 (tres) años. Al vencimiento podrá ser renovada automáticamente por periodos iguales y consecutivos, salvo notificación escrita en contrario por un medio fehaciente por parte del/los “Cliente/s” Titular/es cursada al “Banco” con una antelación mínima de treinta (30) días a la fecha del comienzo del nuevo período o de las sucesivas renovaciones. . Al respecto, el “Banco” se obliga a notificar al “Cliente” Titular en los tres (3) últimos resúmenes anteriores al vencimiento de la relación contractual la fecha en que operará el mismo y el ejercicio de la renovación automática, salvo manifestación en contrario en su caso. 5. El/los “Cliente/s” Titulares podrán rescindir a su sola voluntad el presente, sin necesidad de invocar causa alguna y sin que ello de lugar a indemnización alguna, para lo cual deberá/n comunicarlo fehacientemente por escrito tal decisión al “Banco”, devolviendo la Tarjeta Titular y las Tarjetas Adicionales, si las hubiera y abonar el total de la deuda generada en las condiciones pactadas. El “Banco” podrá rescindir este Contrato en forma unilateral cuando existan causas objetivas vinculadas a la operatoria del “Cliente”, el uso del

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Anexos son el Anexo Técnico y los demás documentos relacionados en la Cláusula de las Condiciones Particulares titulada “Anexos”, los cuales forman parte integral del Contrato.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Reglamento Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Fuente Ley Nº 18.620, Artículo Primero, Artículo 76.

  • Bienes significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el Proveedor deba proporcionar al Comprador en virtud del Contrato.