Common use of Actualizaciones Clause in Contracts

Actualizaciones. EL CONTRATANTE adquiere el derecho a acceder al servicio de plataforma tecnológica para usar el SOFTWARE a través del SERVIDOR, en la versión que se indica en la Carátula del Contrato, durante el tiempo en que se encuentre vigente el presente contrato, así como a acceder al soporte en los términos aquí establecidos y a las actualizaciones o nuevas versiones del SOFTWARE, en el evento de haber contratado estos últimos dos servicios adicionales, conforme se señale en la Carátula del Contrato. En caso de no contratarlos el valor del servicio aquí pactado no incluirá ni soporte ni actualizaciones. Con todo, el derecho al uso de la plataforma tecnológica, el soporte y las actualizaciones, en caso de haberse contratado, queda condicionado al pago de las mensualidades pactadas. PARÁGRAFO PRIMERO: En los términos de este contrato EL CONTRATANTE podrá acceder al uso de actualizaciones y/o nuevas versiones cuando haya contratado el paquete de actualizaciones conforme según lo consignado en la carátula del contrato. En el evento en que el CONTRATANTE no haya contratado el paquete de actualizaciones y desee actualizar a una versión más reciente, deberá pagar una suma equivalente al 10% de la contraprestación pactada a favor del PROVEEDOR DE PLATAFORMA en cada uno de los meses de vigencia del contrato durante los cuales no se hubiera tenido contratado el paquete de actualizaciones. Lo anterior en la medida en que EL CONTRATANTE accederá a todas las actualizaciones, mejoras y modificaciones del SOFTWARE que fueron desarrolladas y liberadas en las versiones subsiguientes a la suya y desarrolladas mientras el CONTRATANTE no tuvo el paquete de actualizaciones. - EL PROVEEDOR DE PLATAFORMA informará al CONTRATANTE mediante correo electrónico remitido al CONTACTO AUTORIZADO enviado con tres (3) días hábiles de antelación la fecha en que se llevará a cabo la actualización del SOFTWARE, salvo que se trate de actualizaciones que por su naturaleza requieran liberarse e instalarse para asegurar la continuidad en el uso del SOFTWARE y funcionalidad del mismo, en cuyo caso el aviso se dará con un (1) día calendario de antelación. - EL CONTRATANTE estará obligado con el PROVEEDOR DE PLATAFORMA a asignar un trabajador o dependiente suyo para atender las solicitudes y requerimientos del PROVEEDOR DE PLATAFORMA durante el proceso de actualización. En consecuencia, el CONTRATANTE se obliga a comunicar por escrito enviado por correo electrónico al PROVEEDOR DE PLATAFORMA la información de contacto del recurso asignado con anterioridad al inicio del proceso de actualización. El correo será enviado a la dirección de correo xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx - Durante el proceso de actualización del SOFTWARE este no estará disponible para su uso por EL CONTRATANTE, lo cual es conocido y aceptado expresamente por este último.

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Actualizaciones. EL CONTRATANTE adquiere el derecho a acceder al servicio de plataforma tecnológica para usar el SOFTWARE a través del SERVIDOR, en la versión que se indica en la Carátula del Contrato, durante el tiempo en que se encuentre vigente el presente contrato, así como a acceder al soporte en los términos aquí establecidos y a las actualizaciones o nuevas versiones del SOFTWARE, en el evento de haber contratado estos últimos dos servicios adicionales, conforme se señale en la Carátula del Contrato. En caso de no contratarlos el valor del servicio aquí pactado no incluirá ni soporte ni actualizaciones. Con todo, el derecho al uso de la plataforma tecnológica, el soporte y las actualizaciones, en caso de haberse contratado, queda condicionado al pago de las mensualidades pactadas. PARÁGRAFO PRIMERO: En los términos de este contrato EL CONTRATANTE podrá acceder al uso de actualizaciones y/o nuevas versiones cuando haya contratado el paquete de actualizaciones conforme según lo consignado en la carátula del contrato. En el evento en que el CONTRATANTE no haya contratado el paquete de actualizaciones y desee actualizar a una versión más reciente, deberá pagar una la suma equivalente al 10% costo de las actualizaciones especificado en la contraprestación Carátula del Contrato pactada a favor del PROVEEDOR DE PLATAFORMA en cada uno de los meses de vigencia del contrato durante los cuales no se hubiera tenido contratado el paquete de actualizaciones. Lo anterior en la medida en que EL CONTRATANTE accederá a todas las actualizaciones, mejoras y modificaciones del SOFTWARE que fueron desarrolladas y liberadas en las versiones subsiguientes a la suya y desarrolladas mientras el CONTRATANTE no tuvo el paquete de actualizaciones. - EL PROVEEDOR DE PLATAFORMA informará al CONTRATANTE mediante correo electrónico remitido al CONTACTO AUTORIZADO enviado con tres un (31) días hábiles día calendario de antelación la fecha en que se llevará a cabo la actualización del SOFTWARE, salvo que se trate de actualizaciones que por su naturaleza requieran liberarse e instalarse para asegurar la continuidad en el uso del SOFTWARE y funcionalidad del mismo, en cuyo caso el aviso se dará con un (1) día calendario de antelación. - EL CONTRATANTE estará obligado con el PROVEEDOR DE PLATAFORMA a asignar un trabajador o dependiente suyo para atender las solicitudes y requerimientos del PROVEEDOR DE PLATAFORMA durante el proceso de actualización. En consecuencia, el CONTRATANTE se obliga a comunicar por escrito enviado por correo electrónico al PROVEEDOR DE PLATAFORMA la información de contacto del recurso asignado con anterioridad al inicio del proceso de actualización. El correo será enviado a la dirección de correo xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx - Durante el proceso de actualización del SOFTWARE este no estará disponible para su uso por EL CONTRATANTE, lo cual es conocido y aceptado expresamente por este último.

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Actualizaciones. EL CONTRATANTE adquiere El modelo de clausulado que se propone está actualizado y ajustado con la siguiente normativa:  Ley 1266 de 2008 “Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el derecho a acceder al servicio manejo de plataforma tecnológica para usar el SOFTWARE a través del SERVIDORla información contenida en bases de datos personales, en especial la versión que financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se indica dictan otras disposiciones.”  Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.  Decreto Ley 019 de 2012. “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Carátula Administración Pública”.  Decreto 1077 de 2015 “Por medio del Contratocual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, durante Ciudad y Territorio.”  Ley 1577 de 2015 “Por medio de la cual se regula el tiempo Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un Título del Código de Procedimiento Administrativo y se lo Contencioso Administrativo.”  Decreto 596 de 2016 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1077 de 2015 en lo relativo con el esquema de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo y el régimen transitorio para la formalización de los recicladores de oficio, y se dictan otras disposiciones”.  Decreto 1272 de 2017 “Por el cual se adiciona el Capítulo 2, al Título 7, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, que reglamenta parcialmente el artículo 18 de la Ley 1753 de 2015, en lo referente a esquemas diferenciales para la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en zonas de difícil acceso, áreas de difícil gestión y áreas de prestación, en las cuales por condiciones particulares no puedan alcanzarse los estándares de eficiencia, cobertura y calidad establecidos en la ley”. Decreto 1784 de 2017, que modifica y adiciona el Decreto 1077 de 2015 “Por el cual se encuentre vigente modifica y adiciona el presente contratoDecreto número 1077 de 2015 en lo relativo con las actividades complementarias de tratamiento y disposición final de residuos sólidos en el servicio público de aseo”.  Resolución CRA 413 del 22 de diciembre de 2006, así como a acceder al soporte “Por la cual se señalan criterios generales, de acuerdo con la ley, sobre abuso de posición dominante en los términos aquí establecidos contratos de servicios públicos, y a las actualizaciones o nuevas versiones del SOFTWARE, en el evento de haber contratado estos últimos dos servicios adicionales, conforme se señale en sobre la Carátula del Contrato. En caso de no contratarlos el valor del servicio aquí pactado no incluirá ni soporte ni actualizaciones. Con todo, el derecho al uso de la plataforma tecnológica, el soporte y las actualizaciones, en caso de haberse contratado, queda condicionado al pago de las mensualidades pactadas. PARÁGRAFO PRIMERO: En los términos de este contrato EL CONTRATANTE podrá acceder al uso de actualizaciones y/o nuevas versiones cuando haya contratado el paquete de actualizaciones conforme según lo consignado en la carátula del contrato. En el evento en que el CONTRATANTE no haya contratado el paquete de actualizaciones y desee actualizar a una versión más reciente, deberá pagar una suma equivalente al 10% de la contraprestación pactada a favor del PROVEEDOR DE PLATAFORMA en cada uno protección de los meses derechos de vigencia del contrato durante los cuales no usuarios, para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.”  Resolución CRA 400 de 2006, “Por el cual se hubiera tenido contratado el paquete de actualizaciones. Lo anterior en la medida en que EL CONTRATANTE accederá a todas corrigen unos yerros y se aclaran las actualizaciones, mejoras y modificaciones del SOFTWARE que fueron desarrolladas y liberadas en las versiones subsiguientes a la suya y desarrolladas mientras el CONTRATANTE no tuvo el paquete de actualizaciones. - EL PROVEEDOR DE PLATAFORMA informará al CONTRATANTE mediante correo electrónico remitido al CONTACTO AUTORIZADO enviado con tres (3) días hábiles de antelación la fecha en que se llevará a cabo la actualización del SOFTWARE, salvo que se trate de actualizaciones que por su naturaleza requieran liberarse e instalarse para asegurar la continuidad en el uso del SOFTWARE y funcionalidad del mismo, en cuyo caso el aviso se dará con un (1) día calendario de antelación. - EL CONTRATANTE estará obligado con el PROVEEDOR DE PLATAFORMA a asignar un trabajador o dependiente suyo para atender las solicitudes y requerimientos del PROVEEDOR DE PLATAFORMA durante el proceso de actualización. En consecuencia, el CONTRATANTE se obliga a comunicar por escrito enviado por correo electrónico al PROVEEDOR DE PLATAFORMA la información de contacto del recurso asignado con anterioridad al inicio del proceso de actualización. El correo será enviado a la dirección de correo xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx - Durante el proceso de actualización del SOFTWARE este no estará disponible para su uso por EL CONTRATANTE, lo cual es conocido y aceptado expresamente por este últimoResoluciones CRX Xx.

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Actualizaciones. EL CONTRATANTE adquiere El modelo de clausulado que se propone está actualizado y ajustado con la siguiente normativa:  Ley 1266 de 2008 “Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el derecho a acceder al servicio manejo de plataforma tecnológica para usar el SOFTWARE a través del SERVIDORla información contenida en bases de datos personales, en especial la versión que financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se indica dictan otras disposiciones.”  Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.  Decreto Ley 019 de 2012. “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Carátula Administración Pública”.  Decreto 1077 de 2015 “Por medio del Contratocual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, durante Ciudad y Territorio.”  Ley 1577 de 2015 “Por medio de la cual se regula el tiempo Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un Título del Código de Procedimiento Administrativo y se lo Contencioso Administrativo.”  Decreto 596 de 2016 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1077 de 2015 en lo relativo con el esquema de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo y el régimen transitorio para la formalización de los recicladores de oficio, y se dictan otras disposiciones”.  Decreto 1272 de 2017 “Por el cual se adiciona el Capítulo 2, al Título 7, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, que reglamenta parcialmente el artículo 18 de la Ley 1753 de 2015, en lo referente a esquemas diferenciales para la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en zonas de difícil acceso, áreas de difícil gestión y áreas de prestación, en las cuales por condiciones particulares no puedan alcanzarse los estándares de eficiencia, cobertura y calidad establecidos en la ley”. Decreto 1784 de 2017, que modifica y adiciona el Decreto 1077 de 2015 “Por el cual se encuentre vigente modifica y adiciona el presente contratoDecreto número 1077 de 2015 en lo relativo con las actividades complementarias de tratamiento y disposición final de residuos sólidos en el servicio público de aseo”.  Resolución CRA 413 del 22 de diciembre de 2006, así como a acceder al soporte “Por la cual se señalan criterios generales, de acuerdo con la ley, sobre abuso de posición dominante en los términos aquí establecidos contratos de servicios públicos, y a las actualizaciones o nuevas versiones del SOFTWARE, en el evento de haber contratado estos últimos dos servicios adicionales, conforme se señale en sobre la Carátula del Contrato. En caso de no contratarlos el valor del servicio aquí pactado no incluirá ni soporte ni actualizaciones. Con todo, el derecho al uso de la plataforma tecnológica, el soporte y las actualizaciones, en caso de haberse contratado, queda condicionado al pago de las mensualidades pactadas. PARÁGRAFO PRIMERO: En los términos de este contrato EL CONTRATANTE podrá acceder al uso de actualizaciones y/o nuevas versiones cuando haya contratado el paquete de actualizaciones conforme según lo consignado en la carátula del contrato. En el evento en que el CONTRATANTE no haya contratado el paquete de actualizaciones y desee actualizar a una versión más reciente, deberá pagar una suma equivalente al 10% de la contraprestación pactada a favor del PROVEEDOR DE PLATAFORMA en cada uno protección de los meses derechos de vigencia del contrato durante los cuales no usuarios, para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.”  Resolución CRA 400 de 2006, “Por el cual se hubiera tenido contratado el paquete de actualizaciones. Lo anterior en la medida en que EL CONTRATANTE accederá a todas corrigen unos yerros y se aclaran las actualizaciones, mejoras y modificaciones del SOFTWARE que fueron desarrolladas y liberadas en las versiones subsiguientes a la suya y desarrolladas mientras el CONTRATANTE no tuvo el paquete de actualizaciones. - EL PROVEEDOR DE PLATAFORMA informará al CONTRATANTE mediante correo electrónico remitido al CONTACTO AUTORIZADO enviado con tres (3) días hábiles de antelación la fecha en que se llevará a cabo la actualización del SOFTWARE, salvo que se trate de actualizaciones que por su naturaleza requieran liberarse e instalarse para asegurar la continuidad en el uso del SOFTWARE y funcionalidad del mismo, en cuyo caso el aviso se dará con un (1) día calendario de antelación. - EL CONTRATANTE estará obligado con el PROVEEDOR DE PLATAFORMA a asignar un trabajador o dependiente suyo para atender las solicitudes y requerimientos del PROVEEDOR DE PLATAFORMA durante el proceso de actualización. En consecuencia, el CONTRATANTE se obliga a comunicar por escrito enviado por correo electrónico al PROVEEDOR DE PLATAFORMA la información de contacto del recurso asignado con anterioridad al inicio del proceso de actualización. El correo será enviado a la dirección de correo xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx - Durante el proceso de actualización del SOFTWARE este no estará disponible para su uso por EL CONTRATANTE, lo cual es conocido y aceptado expresamente por este últimoResoluciones XXX Xx.

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