Acuerdos. 1. El régimen de acuerdos será el previsto en el artículo 89.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. No obstante lo anterior, los empates en las votaciones de los componentes de la representación social, serán resueltos atendiendo a la representatividad de cada sindicato en las elecciones a los comités de empresa incluidos en el ámbito de aplicación del presente convenio.
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Samples: Convenio Colectivo Para El Personal Laboral Al Servicio De La Administración De La Comunidad De Madrid, Convenio Colectivo Para El Personal Laboral Al Servicio De La Administración De La Comunidad De Madrid, Convenio Colectivo Para El Personal Laboral Al Servicio De La Administración De La Comunidad De Madrid (2018 2020)
Acuerdos. 1. El régimen de acuerdos será el previsto en el artículo 89.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. No obstante lo anterior, los empates en las votaciones de los componentes de la representación repre- sentación social, serán resueltos atendiendo a la representatividad de cada sindicato +Igualdad +Empleo +Derechos +Servicios públicos en las elecciones a los comités de empresa incluidos en el ámbito de aplicación del presente convenio.
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Samples: Convenio Colectivo