ALTERACIONES. La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos:
a) Fuera de los casos de modificación del precio regulados por la estipulación 3.2, el organizador se reserva el derecho a modificar unilateralmente cualesquiera otras cláusulas del presente contrato siempre que el cambio no sea sustancial y se informe de dicha modificación al viajero por el propio organizador o el minorista de forma clara, comprensible y destacada en un soporte duradero.
b) Si antes del inicio del viaje combinado el organizador se ve obligado a modificar sustancialmente alguna de las principales características de los servicios de viaje, no puede cumplir con alguno de los requisitos especiales del viajero aceptados previamente o propone aumentar el precio del viaje en más del ocho por ciento de conformidad con la estipulación 3, el viajero podrá, en un plazo razonable especificado por el organizador, aceptar el cambio propuesto o resolver el contrato sin pagar penalización.
c) El viajero que resuelva el contrato de viaje combinado podrá aceptar un viaje combinado sustitutivo que le ofrezca el organizador o, en su caso, el minorista, de ser posible de calidad equivalente o superior.
d) El organizador o, en su caso, el minorista deberá comunicar dicha modificación sin demora al viajero, de forma clara, comprensible y destacada y en un soporte duradero junto con:
1) Su repercusión en el precio del viaje combinado cuando la modificación dé lugar a un viaje combinado de calidad o coste inferior.
2) Un plazo razonable en el que el viajero deberá informar de su decisión.
3) La indicación de que en el supuesto de que el viajero no notifique su decisión en el plazo indicado en el párrafo anterior se entenderá que opta por resolver el contrato sin penalización alguna.
4) En su caso, el viaje combinado sustitutivo ofrecido y su precio.
e) En caso de resolución por el viajero del contrato de viaje combinado antes de su inicio sin pago de penalización en virtud de lo indicado en la letra b), o no aceptación por parte del viajero de un viaje combinado sustitutivo, el organizador o, en su caso, el minorista reembolsarán sin demora indebida todos los pagos realizados por el viajero o por un tercero en su nombre y, en cualquier caso, en un plazo no superior a catorce días naturales a partir de la fecha de resolución del contrato. Será asimismo de aplicación lo prev...
ALTERACIONES. La Agencia de Xxxxxx se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa/oferta que ha dado origen al contrato de viaje combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos:
A) En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el Organizador se vea obligado a modificar de manera sustancial alguna de las principales características de los servicios de viaje, o no pudiere cumplir con las necesidades especiales acordadas, o en caso de una modificación del precio superior al 8%, el viajero podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio.
B) El organizador o, en su caso, el minorista, comunicarán al viajero:
1. Las modificaciones propuestas conformes a la letra A) anterior y si procede, la repercusión en el precio.
2. El plazo en el que el viajero deberá informar de su decisión con arreglo a la letra A) anterior, que en ningún caso será superior a 3 días, entendiéndose superado dicho plazo que se opta por la resolución del contrato sin penalización.
3. El viaje sustitutivo ofertado y su precio.
C) En el supuesto de que el viajero opte por resolver el contrato antes de su inicio, al amparo de lo previsto en el apartado A), sin pago de penalización o no aceptación de viaje sustitutivo, el organizador, o en su caso el minorista reembolsarán los gastos realizados en un plazo de 14 días siendo de aplicación lo dispuesto en los apartados 2 a 5 del artículo 162 del Real Decreto Ley 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.
D) El viajero tendrá derecho a una reducción del precio adecuada por cualquier periodo durante el cual haya habido falta de conformidad, salvo que la misma sea imputable al viajero.
E) El viajero tendrá derecho a recibir una indemnización por daños y perjuicios del organizador o, en su caso, del minorista por cualquier daño o perjuicio que sufra como consecuencia de cualquier falta de conformidad injustificada.
F) El viajero no tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios si el organizador o, en su caso, el minorista, demuestran que la falta de conformidad es: a) imputable al viajero; b) imputable a un tercero ajeno a la prestación de los servicios contratados e imprevisible o...
ALTERACIONES. La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa/oferta que ha dado origen al Contrato de Viaje Combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos:
a) En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el Organizador se vea obligado a modi- ficar de manera significativa algún elemento esencial del contrato, deberá ponerlo inmedia- tamente en conocimiento del consumidor a través de la Agencia Detallista.
b) En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, el consumidor podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El consu- midor deberá comunicar la decisión que adopte al Detallista o, en su caso, al Organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación a que se refiere el apartado (a). En el caso de que el consumidor no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderán que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.
c) En el supuesto de que el consumidor opte por resolver el contrato, al amparo de lo previsto en el apartado (b), o de que el Organizador cancele el viaje combinado antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo que no le sea imputable al consumidor, este tendrá derecho, desde el momento en que se produzca la resolución del contrato, al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el Organizador o Detallista pueda proponérselo. En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el Organizador o el Detallista deberá reembolsar al consumidor, cuando proceda, en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato.
d) En los anteriores supuestos, el Organizador y el Detallista serán responsables del pago al consumidor de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento del con- trato, que será del 5 por cien del precio total del viaje contratado, si el citado incumpli- miento se produce entre los dos meses y quince días inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el 10 por cien si se produce entre los quince días y tres días anteriores, y el 25 por cien en el supuesto de que el incumplimie...
ALTERACIONES. El Inquilino, sin autorización previa por escrito por parte del Propietario/Agente, no remodelará, alterará, añadirá o realizará ningún cambio estructural en la propiedad. Tampoco instalará papel decorativo, pintará, instalará, removerá o intercambiará los aparatos o equipos tales como; aire acondicionado, aparatos de calefacción, refrigeradores, cocinas, antenas de radio o televisión, o sistemas de cable por subscripción; no pondrá clavos, tornillos o perforará las paredes u otras superficies de la propiedad (excepto por un número razonable de objetos para colgar cuadros y/o fotografías), o cambiará las cerraduras de la propiedad o instalará cerraduras adicionales sin el consentimiento del Propietario/Agente.
ALTERACIONES europlayas se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa que ha dado origen al contrato de viaje combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos: En el supuesto de que, antes del inicio del viaje combinado, europlayas se ve obligado a modificar sustancialmente alguna de las principales características de los servicios de viaje, no puede cumplir con alguno de los requisitos especiales, o propone aumentar el precio del viaje en más del ocho por ciento, el viajero podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar el cambio propuesto. El viajero deberá comunicar la decisión que adopte al detallista, o en su caso al organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación. En el supuesto de que el viajero no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna. Si los traslados/asistencia del hotel aeropuerto o viceversa, u otros similares, incluidos en el programa oferta, no se cumpliesen, fundamentalmente por causas ajenas al transferista y no imputables al organizador, éste reembolsará únicamente el importe del transporte alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento, previa presentación del recibo o factura correspondiente.
ALTERACIONES. Danfoss se reserva el derecho de alterar los Productos sin necesidad de informar al Cliente, siempre que no se vean sustancialmente afectadas las condiciones del acuerdo o la forma, adaptabilidad y función del Producto.
ALTERACIONES. Viajes Xxxxxxx se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa que ha dado origen al contrato de viaje combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos:
1. En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, Viajes Karamba se vea obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato deberá ponerlo inmediatamente, a través de la detallista, en conocimiento del consumidor.
2. En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, el consumidor podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte al detallista, o en su caso al organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación. En el supuesto de que el consumidor no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna. Si los traslados / asistencia del hotel‐aeropuerto o viceversa, u otros similares, incluidos en el programa oferta, no se cumpliesen, fundamentalmente por causas ajenas al transferista y no imputables al Organizador, este reembolsara únicamente el importe del transporte alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento, previa presentación del recibo o factura correspondiente.
ALTERACIONES. El RESIDENTE no pintará, empapelará, alterará o redecorará, cambiará o instalará cerraduras, instalará antenas u otros equipos, tornillos, dispositivos de sujeción, clavos grandes o materiales adhesivos, colocará letreros, exhibidores u otras exhibiciones en o dentro de cualquier parte de las instalaciones sin el consentimiento por escrito del PROPIETARIO, salvo lo dispuesto por la ley.
ALTERACIONES. No se podrá realizar ninguna alteración xx xxx- gún tipo en su apartamento sin la autorización por escrito del Administrador de la Propiedad, como se estipula en el Contrato de Arrenda- miento, incluida la adición de elementos tales como Ventiladores de Techo e Iluminación xx Xxxx. Al momento de la mudanza, se proporcionan persianas para las ventanas en buen estado y estas no se deben quitar. A los residentes se les cobrará por reemplazar las persianas rotas. Los residentes son responsables de lavar sus ven- tanas y mantener los tonos limpios. Nada debe colgarse fuera de las ventanas. Los anun- cios/señales no están permitidos.
ALTERACIONES. El Transportador puede rechazar las Guías Aéreas cuyos datos escritos hayan sido alterados o borrados.