ALTERACIONES Cláusulas de Ejemplo
ALTERACIONES. La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa/oferta que ha dado origen al Contrato de Viaje Combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos:
a) En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el Organizador se vea obligado a modi- ficar de manera significativa algún elemento esencial del contrato, deberá ponerlo inmedia- tamente en conocimiento del consumidor a través de la Agencia Detallista.
b) En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, el consumidor podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El consu- midor deberá comunicar la decisión que adopte al Detallista o, en su caso, al Organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación a que se refiere el apartado (a). En el caso de que el consumidor no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderán que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.
c) En el supuesto de que el consumidor opte por resolver el contrato, al amparo de lo previsto en el apartado (b), o de que el Organizador cancele el viaje combinado antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo que no le sea imputable al consumidor, este tendrá derecho, desde el momento en que se produzca la resolución del contrato, al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el Organizador o Detallista pueda proponérselo. En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el Organizador o el Detallista deberá reembolsar al consumidor, cuando proceda, en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato.
d) En los anteriores supuestos, el Organizador y el Detallista serán responsables del pago al consumidor de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento del con- trato, que será del 5 por cien del precio total del viaje contratado, si el citado incumpli- miento se produce entre los dos meses y quince días inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el 10 por cien si se produce entre los quince días y tres días anteriores, y el 25 por cien en el supuesto de que el incumplimie...
ALTERACIONES. Europlayas se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa que ha dado origen al contrato de viaje combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos: En el supuesto de que, antes del inicio del viaje combinado, Europlayas se ve obligado a modificar sustancialmente alguna de las principales características de los servicios de viaje, no puede cumplir con alguno de los requisitos especiales, o propone aumentar el precio del viaje en más del ocho por ciento, el viajero podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar el cambio propuesto. El viajero deberá comunicar la decisión que adopte al detallista, o en su caso al organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación. En el supuesto de que el viajero no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna. Si los traslados/asistencia del hotel aeropuerto o viceversa, u otros similares, incluidos en el programa oferta, no se cumpliesen, fundamentalmente por causas ajenas al transferista y no imputables al organizador, éste reembolsará únicamente el importe del transporte alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento, previa presentación del recibo o factura correspondiente.
ALTERACIONES. El Inquilino, sin autorización previa por escrito por parte del Propietario/Agente, no remodelará, alterará, añadirá o realizará ningún cambio estructural en la propiedad. Tampoco instalará papel decorativo, pintará, instalará, removerá o intercambiará los aparatos o equipos tales como; aire acondicionado, aparatos de calefacción, refrigeradores, cocinas, antenas de radio o televisión, o sistemas de cable por subscripción; no pondrá clavos, tornillos o perforará las paredes u otras superficies de la propiedad (excepto por un número razonable de objetos para colgar cuadros y/o fotografías), o cambiará las cerraduras de la propiedad o instalará cerraduras adicionales sin el consentimiento del Propietario/Agente.
ALTERACIONES. Sin el previo consentimiento del Arrendador/Agente, el Arrendatario no podrá hacer remodelaciones ni cambios estructurales, alteraciones o adiciones a las instalaciones; no empapelará, pintará ni decorará; no instalará, agregará, quitará ni cambiará los electrodomésticos o equipos como el aire acondicionado, la calefacción, la nevera, o las unidades para cocinar, radio o antenas de televisión, dispositivos para televisión pagos o suscritos; no colocará clavos ni otros dispositivos en las paredes o terminaciones ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (a excepción de una cantidad razonable de ganchos para colgar cuadros); y no cambiará las actuales cerraduras de las instalaciones ni instalará cerraduras sin el consentimiento previo del Arrendador/Agente. Si se llegara a cambiar o agregar cualquier cerradura , El arrendatario debe entregar copia de la(s) nueva (s) llave(s) al Arrendador/Agente dentro de los siete días calendarios siguientes a la fecha en que se instaló/instalaron.
ALTERACIONES. El contrato de viaje combinado podrá modificarse de forma unilateral por parte del organizador o, en su caso minorista, antes del inicio de viaje combinado, siempre y cuando el cambio sea insignificante, se disponga dicha facultad en el contrato formalizado con el viajero y se informe al viajero en soporte duradero de dicha alteración en el precio. Ahora bien, en aquellos supuestos en los que el organizador se vea obligado a modificar alguna de las características principales del viaje combinado conteni- das en las condiciones precontractuales o contractuales o proponga al viajero aumentar el precio del viaje combinado en más de un ocho por cien (8%) del total del precio, siempre antes del inicio del viaje combinado, el viajero tendrá la posibilidad de aceptar el cambio propuesto o resolver el contrato sin penalización. En caso de que el viaje combinado sustitutivo al modificado, sea de calidad o coste inferior, el viajero tendrá derecho a una reducción en el precio. Las modificaciones de clausulados del contrato deben ser comunicadas al viajero sin demora y haciendo alusión a: la repercusión de la modificación en el precio total del viaje combinado; el plazo en el que el viajero debe comunicar su decisión de resolver o aceptar las modificaciones y qué ocurre si no comunica nada el viajero, y en su caso, el viaje sustitutivo ofrecido y su precio. En el supuesto de que el viajero solicite cambios voluntarios en su viaje combinado, los precios de los servicios turísticos podrán no corresponderse con los publica- dos en el folleto o condiciones precontractuales que dio lugar a la contratación.
ALTERACIONES. ▇▇▇▇▇▇ aviso a cualquier agente, o conocimiento por parte de éste o de cualquier otra persona, surtirá efecto de renuncia o alteración a ninguna parte de esta sección, ni impedirá que la Compañía ejerza cualquier derecho que tenga bajo los términos de la misma. Los términos de esta sección no pondrá ser renunciados o alterados, excepto, mediante endoso firmado por un representante autorizado de la Compañía y por el Asegurado, el cual se adjuntará a la sección. Mediante la aceptación de esta sección, el Asegurado conviene en que la misma abarcará todos los convenios existentes entre el Asegurado y la Compañía o cualquiera de sus agentes en relación con este seguro.
ALTERACIONES. “EL PROVEEDOR” cumplirá estrictamente con los requisitos del diseño básico, y todos los cambios a las especificaciones y a los planos de construcción sólo se podrán hacer con el acuerdo por escrito de “LA ENTIDAD”, antes que se implementen las desviaciones propuestas (en lo sucesivo, "Alteraciones").
ALTERACIONES. Cualquier alteración o variación de este Contrato deberá ser realizada por aditamento contractual previamente celebrado por las Partes.
ALTERACIONES. La Agencia de ▇▇▇▇▇▇ se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa/oferta que ha dado origen al contrato de viaje combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos:
A) En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el Organizador se vea obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato, incluido el precio, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del consumidor, bien directamente, cuando actúe también como detallista, bien a través del respectivo detallista en los demás casos.
ALTERACIONES. El Proveedor no deberá realizar alteraciones en los Productos o Servicios o en la fabricación, prueba, calidad o demás procesos, en la cuenta de materiales, en los materiales, en el diseño, en las herramientas, fuentes de materiales, o lugres usados para la fabricación, montaje o empaquetamiento de los Productos o para realizar los Servicios sin la aprobación anterior de Motorola, por escrito. Cualquier alteración no autorizada, de cualquier especie, volverá los Productos y Servicios alterados no conformes e irá a constituir ruptura material de las obligaciones del Proveedor, de conformidad con este Pedido, y el Proveedor será responsable por todas las Pérdidas advenidas. Motorola podrá solicitar alteraciones en los Productos o Servicios en cualquier tiempo, mediante aviso por escrito al Proveedor. El Proveedor deberá implementar las alteraciones solicitadas por Motorola, y este Pedido será considerado enmendado para incorporar las alteraciones. Mientras tanto, si las alteraciones solicitadas vengan a afectar al coste de realización o el tiempo necesario de realización, el Proveedor deberá notificar a Motorola por escrito, dentro de los 30 días después de la solicitud de alteración por parte de Motorola, y no deberá implementar la alteración sin la aprobación de Motorola, por escrito.
