Antecedentes Técnicos Mínimos Cláusulas de Ejemplo

Antecedentes Técnicos Mínimos. Las empresas que se presenten deberán acreditar haber participado en la realización de un Proyecto de Línea de Metro GoA4 durante los últimos 15 años el cual este en fa- se de operación, de obra culminada o en ejecución. Los antecedentes se considerarán por sistema, los cuales conforman la Línea de Metro. Los antecedentes de cada sistema podrán provenir de diferentes proyectos (líneas o tramos de línea GoA4), en la medida que cada uno de ellos respete el requisito del pá- rrafo anterior. Algunos sistemas pueden no provenir de una Línea de Metro que no sea GoA4, según lo indicado en el cuadro 3.3.3.1a Para considerar a la obra de un sistema cuyo antecedente se presenta en ejecución, se requiere que la obra del sistema se encuentre a la fecha de presentación de ofertas con un avance de ejecución superior al 25%. A los fines de evaluar la aptitud técnica de la consultora para elaborar los distintos al- cances de la documentación técnica que requerirán los TR, la/s consultora/s deberán presentar la documentación que acredite el grado de detalle de la documentación elabo- rada para el sistema que se presenta como antecedente, según lo indicado en el cua- dro 3.3.3.1a En dicho cuadro se indican los sistemas que requieren como antecedentes haber pro- ducido documentación apta para ser para licitada mediante contratos FIDIC Rojo (co- lumna 3), donde el oferente deberá acreditar haber producido documentación técnica suficiente para servir como ingeniería licitatoria para ese sistema. En cambio de tratarse de un grado de detalle apto para ser licitada mediante contratos FIDIC Amarillo, deberá acreditar haber producido documentación técnica suficiente para servir como ingeniería licitatoria para ese sistema. A los efectos de esta licitación, el grado de detalle de documentación de fabricación o ejecutiva de construcción se considera superior a la de documentación para licitación apta para ser licitada por FIDIC rojo, y que a su vez esta última se considera superior a la de licitación por FIDIC amarillo. Así, por ejemplo, el oferente podrá presentar como antecedente el desarrollo xx xxxx- niería licitatoria para FIDIC Rojo para los sistemas que requieran de un grado mínimo de FIDIC Amarillo. Para considerar a un antecedente de un sistema como válido, la empresa deberá acre- ditar haber desarrollado dicho sistema en una proporción superior al 50%. Se listan a continuación los sistemas que integran el proyecto a los efectos de la xxx- luación de antecedentes y la clasif...
Antecedentes Técnicos Mínimos. 3.1.3.1 De las empresas 1. La reseñalización (xxxxxxxxxx) a CBTC de al menos una (1) línea que se encuentre en funcionamiento comercial, de iguales o superiores características técnicas y en- vergadura que el que se licita a satisfacción de SBASE, ejecutada y en funciona- miento durante los últimos diez (10) años en metros o subterráneos, para la que de- berá acreditar haber ejercido la representación técnica y/o dirección técnica de la obra de señalamiento y haber tenido un grado de participación mínimo del 50%; 2. Al menos una (1) línea de metro con CBTC GoA 2 o superior en operación comercial con intervalo práctico realizado menor o igual a 120”, comprobable in situ en horario comercial; Para los numerales 1) y 2) no serán considerados como antecedentes válidos los Peo- ple Movers del tipo que se encuentran en aeropuertos o centros de convenciones, o si- milares. Para el punto 1) y 2) deben considerarse líneas en funcionamiento al momento de pre- sentación de las ofertas. La acreditación del inciso 2) deberá efectuarse mediante una carta original firmada por los respectivos comitentes y deberá contener la calificación del sistema instalado, indi- cando grado de satisfacción, cumplimiento de los plazos y conducta contractual, según el anexo adjunto. Sólo serán consideradas válidas para acreditar antecedentes aquellas certificaciones de experiencia que tengan calificaciones buenas o sobresalientes en la totalidad de su ítem según el modelo del ANEXO V. Para el caso de empresas que se presenten asociadas, los requisitos mencionados en los numerales 1) y 2) deberán ser cumplimentados por lo menos por un integrante cuyo grado de participación en esta licitación sea como mínimo del 51% y que será quien ejerza la dirección técnica de los trabajos. El oferente podrá utilizar como antecedentes técnicos y/o económicos aquellos que co- rrespondan a su casa matriz, controlante o grupo económico, siempre que acredite que dicha empresa asume el compromiso y la responsabilidaPdLsIEolGid-a2r0ia19y-0m6a9n1c0o8m41u-nGaCdAa BpAa--SBASE LP 218/18 PCP LD SISTEMA DE SEÑALAMIENTO V3 página 12 de 55 ra el mantenimiento del cumplimiento de las obligaciones técnicas y económicas que se exijan al adjudicatario durante toda la duración del contrato y su eventual prórroga. A ta- les fines, deberá presentar un documento donde surja la xxxxxxxx de responsabilidad antes descripta, con firma certificada y legalizada, en su caso, de la casa matriz, contro- lante o grupo económico. Esta ...

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  • REQUERIMIENTOS TÉCNICOS El oferente por el solo hecho de presentar su oferta se entenderá que acepta cumplir con cada uno de los requerimientos contenidos en el presente instrumento por lo que en caso de no cumplir con uno o más de los requerimientos contenidos en las bases técnicas, su oferta será declarada inadmisible. PROYECTO: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: RUT EMPRESA: NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL: RUT REPRESENTANTE LEGAL: DIRECCIÓN: TELÉFONO: Por intermedio de la presente nos comprometemos a ejecutar lo señalado precedentemente, por el monto que se indica a continuación: OFERTA ECONOMICA NETA $ IMPUESTO QUE SE DEBE SUMAR TOTAL, OFERTA ECONOMICA $ En (ciudad/país), a de de 20XX, don/ña , cédula nacional de identidad N° , en representación de , R.U.T. N° , declara bajo juramento conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos xx Xxxxxx de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de la Superintendencia, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Superintendencia o a sus funcionarios. Firma del Representante Legal Fecha: En Santiago, a , entre , RUT N.° , representada legalmente por , de nacionalidad , de profesión , Cédula Nacional de Identidad Nº , ambos domiciliados en , comuna de , región , en adelante “La Empresa” y por la otra, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, en adelante “SUPERIR”, RUT: , representada por , se ha acordado lo siguiente:

  • Descubrimientos 20.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • PROPUESTAS CONJUNTAS En términos de lo establecido en los artículos 34 de “LA LEY” y 44 de “EL REGLAMENTO”, dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones en la licitación, sin necesidad de constituir una nueva persona moral, siempre y cuando la asociación sea congruente con los criterios de adjudicación, para ello, los proponentes celebrarán un convenio en términos de la legislación aplicable, cuyo original deberán presentar indistintamente en el interior o fuera del sobre de las propuestas, en el cual se establecerán con precisión los siguientes aspectos:  Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, sus reformas y modificaciones, así como el nombre de los socios que aparezcan en ellas;  Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, identificando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;  La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición;  La descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se les exigirá el cumplimiento de sus obligaciones;  Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo. En términos de lo establecido en el artículo 44 de “EL REGLAMENTO”, cuando resulte adjudicada una propuesta conjunta, el convenio indicado en este numeral y la acreditación de las facultades del apoderado legal que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la propuesta conjunta o sus apoderados, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad.  Presentar en forma individual los escritos señalados en la fracción VIII del artículo 48 de “EL REGLAMENTO”.

  • Ofertas con valores anormales o desproporcionados si con arreglo a los parámetros objetivos señalados en el artículo 152, apartados 1 y 2 del TRLCSP la mesa de contratación constituida o, en su defecto, el servicio que tramita el procedimiento, apreciaran el carácter desproporcionado o anormal de alguna o algunas de las ofertas presentadas, lo pondrá en conocimiento del órgano de contratación adjuntando cuantos informes justificativos estime convenientes. Para la consideración, en principio, de valores anormales o desproporcionados, se tendrán en cuenta, en el caso de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, los supuestos previstos en el artículo 85 del RGLCAP y, si estuviera indicada, la reducción a que se refiere el punto 33.1 de la Carátula; en el caso de pluralidad de criterios de valoración de las ofertas, se tendrán en cuenta los parámetros objetivos que, en su caso, el punto 33.2 de la Carátula haya señalado como presunción fundada de que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. La declaración del carácter anormal o desproporcionado requerirá la previa solicitud de información a quienes estuviesen supuestamente comprendidos en ella, el asesoramiento técnico del servicio correspondiente e informe de la mesa de contratación y, si en la licitación se hubieren presentado distintas ofertas por empresas vinculadas, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 145.4 del TRLCSP y en el artículo 86.1 del RGLCAP. Si el anuncio de la licitación hubiese sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, se deberá justificar la decisión ante el Comité Consultivo de la Comunidad Económica Europea para los contratos públicos. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el artículo 152.3 del TRLCSP estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales y desproporcionados, acordará la exclusión de la clasificación de proposiciones presentadas.

  • CAUSAS DE DESECHAMIENTO Se descalificará a los licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: a) Que no cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria o sus anexos y, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la proposición, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 36, de la Ley. b) Cuando se compruebe que tienen acuerdos con otros licitantes para elevar el costo de los servicios solicitados o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. c) Cuando proporcionen información o documentación falsa y/o alterada. d) Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 50 de la Ley. e) Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, al Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal o normativo vinculado con este procedimiento. f) Cuando no cotice la totalidad de los servicios requeridos por partida, o en su totalidad, según sea el caso. g) Cuando presente más de una proposición en la licitación. h) Cuando no presente uno o más de los documentos o manifiestos solicitados en la presente convocatoria, o bien, los presentados no reúnan los requisitos mínimos solicitados por la convocante. i) Al presentar un precio no aceptable: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, será aquel que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un 10% al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la licitación pública. j) Al presentar precios no convenientes: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, se obtendrá el promedio de los precios preponderantes de las proposiciones técnicas aceptadas y a éste se le restará el 40%; los precios que se encuentren por debajo de ese parámetro se considerarán no convenientes y se desecharán de la licitación pública.

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • MÉRITO EJECUTIVO El presente contrato presta pleno mérito ejecutivo con su simple exhibición, y no requiere de los preavisos a que por ley hay lugar, a los cuales las partes renuncian expresamente.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • PETICIONES, QUEJAS Y RECURSOS Los suscriptores y/o usuarios tienen derecho a presentar ante la persona prestadora peticiones, quejas y recursos por cualquiera de los siguientes medios: físico en los puntos de atención, líneas telefónicas, fax, correo electrónico, correo certificado. El término máximo que tiene la persona prestadora para responder son quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación y si la respuesta no ocurre en este plazo se produce el silencio administrativo positivo. Las peticiones, quejas y recursos serán tramitados de conformidad con el Título VIII Capítulo VII de la Ley 142 de 1994, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley 1755 de 2015.