ARTÍCULOS DE CONSUMO Cláusulas de Ejemplo

ARTÍCULOS DE CONSUMO. Los artículos expuestos al público deberán protegerse en vitrinas de cristal y con la temperatura adecuada para su conservación, en aquellos artículos que así lo requieran, igualmente se abstendrá de exponer género fuera xxx xxxxxxx del bar. A fin de evitar la salida de botellas xx xxxxxx de los locales, los contratistas deberán disponer y facilitar vasos de plástico a los usuarios de las instalaciones, Al término de la actividad, el concesionario tendrá la obligación de recoger todos los residuos generados por la venta de productos en el Bar: papeles, plásticos,… Los productos mínimos a suministrar para serán:  Café  Infusiones  Refrescos  Bebidas sin alcohol  Bollería desayuno  Bocadillos  Aperitivos  Cascarujas (frutos secos)  Xxxxxxx y cena de menú del día  Meriendas de bocadillos
ARTÍCULOS DE CONSUMO. LA UNIVERSIDAD APORTARÁ AL SINDICATO MENSUALMENTE LA CANTIDAD DE $11’322,976.55 (ONCE MILLONES TRESCIENTOS VEINTIDÓS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 55/100 M.N.), POR CONCEPTO DE ARTÍCULOS DE CONSUMO PARA SER ENTREGADA A TODOS SUS AGREMIADOS.
ARTÍCULOS DE CONSUMO. Todos los artículos servidos en el Bar-Cafetería, serán de primera calidad y estarán sujetos a todo lo establecido en la Normativa legal vigente y, en particular, al Código Alimentario Español. Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas con una graduación superior a los 20 grados, según establece la normativa aplicable y en todo caso, a los menores de 18 años la venta que cualquier bebida alcohólica. No obstante, para poder permitir la venta, el suministro y el consumo de alcohol en el local se debe cumplir los siguientes requisitos de instalación y funcionamiento que el arrendatario deberá dar cumplimiento durante la vigencia del contrato: La puerta doble de comunicación del Bar con la zona de aseos y gradas debe estar siempre cerrada de tal forma que durante el funcionamiento normal del establecimiento, tanto la entrada como la salida, se realizará solo por la puerta doble que comunica con las escaleras y éstas a su vez con la zona de aparcamiento exterior. Acidesa, S.A., se reserva el derecho de exigir la retirada de los productos que no reúnan las debidas condiciones, así como de los que, por su naturaleza o forma de preparación, resulten insalubres, inapropiados o produzcan humos o desperdicios excesivos. La empresa adjudicataria será éticamente responsable de las alteraciones que puedan sufrir los productos alimenticios y de las consecuencias que, para la salud de los usuarios, puedan derivarse.
ARTÍCULOS DE CONSUMO. 2.1. Serán los que a continuación se detallan: Prensa, revistas y libros.
ARTÍCULOS DE CONSUMO. LA UNIVERSIDAD APORTARÁ AL SINDICATO MENSUALMENTE LA CANTIDAD DE $3,343,695.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), POR CONCEPTO DE ARTÍCULOS DE CONSUMO PARA SER ENTREGADA A TODOS SUS AGREMIADOS.
ARTÍCULOS DE CONSUMO. Todos los artículos servidos en el Bar-Cafetería, serán de primera calidad y estarán sujetos a todo lo establecido en la Normativa legal vigente y, en particular, al Código Alimentario Español. Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas con una graduación superior a los 12 grados, según establece la normativa aplicable y a los menores de 18 años la venta que cualquier bebida alcohólica. Acidesa, S.A., se reserva el derecho de exigir la retirada de los productos que no reúnan las debidas condiciones, así como de los que, por su naturaleza o forma de preparación, resulten insalubres, inapropiados o produzcan humos o desperdicios excesivos. La empresa adjudicataria será éticamente responsable de las alteraciones que puedan sufrir los productos alimenticios y de las consecuencias que, para la salud de los usuarios, puedan derivarse.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.