Common use of Aspectos Económicos Clause in Contracts

Aspectos Económicos. 5.1. El importe de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelante, Presupuesto de ENSAYO), conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-

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Samples: Contrato Para La Realización De Ensayos Clínicos Con Producto Sanitario/ Contract for Performance of Clinical Trials With Medical Device, Contrato Para La Realización De Ensayos Clínicos Con Medicamento/ Contract for Performance of Clinical Trials, Contrato Para La Realización De Ensayos Clínicos Con Producto Sanitario/ Contract for Performance of Clinical Trials With Medical Device

Aspectos Económicos. 5.1. El importe de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente para el FIIS-FJD, en ____________EUROS IVA no incluido ( (________€) (en adelante, Presupuesto de ENSAYOTotal Presupuestado por Paciente), conforme . Conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), : Memoria Económica) en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. Adicionalmente, a la firma del presente Contrato el PROMOTOR abonará la cantidad de 3.000 EUROS + IVA (TRES MIL EUROS más IVA), en pago único, no reembolsable, en concepto de gastos de gestión administrativa y contractual; y 500€ + IVA (QUINIENTOS EUROS más IVA) en concepto de tasas de archivo, para custodiar la documentación durante los 25 años que establece la legislación (Art 58 No 536/2014 del parlamento europeo y del consejo de 16 xx xxxxx de 2014). 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN FIIS-FJD en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.45.2.1. El presupuesto Presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto paciente reclutado incluido en el Anexo Ila memoria económica del ENSAYO, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL el/los INVESTIGADOR/ES PRINCIPAL/ES mantendrán informada informado a la FUNDACIÓN FIIS-FJD semestralmente. 5.2.5.Estos 5.2.2. Si estuviera previsto, por parte del Promotor, costear dietas /desplazamientos /estancias a los pacientes, se deberá indicar el importe máximo a percibir por el paciente en el Contrato. Si la tramitación de este gasto lo realizara la FIIS-FJD, se incrementará en las facturas un 30% por costes de gestión. 5.2.3. Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO ENSAYO, incluida la posible hospitalización derivada de efectos adversos del ensayo (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:: En el plazo máximo de (3) tres meses, meses a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, HOSPITAL el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN al FIIS-FJD el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria hospitalaria, de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, brevedad desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN el FIIS-FJD calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, ensayo la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido establecido. Las facturas serán emitidas a nombre de: (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en EspañaIncluir información fiscal) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo en PDF mediante correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular(incluir correo electrónico para el envío de facturas) Nuestros datos fiscales: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander FUNDACIÓN INSTITUTO DE INVESTIGACION SANITARIA DE LA FUNDACION XXXXXXX XXXX BANCO SANTANDER S.A. Xxx Xxxxxxxx, 00 00000 – Xxxxxx (Xxxxxx) Nº de Cuenta IBANCuenta: 0075.5977.81.0605344752 IBAN code: ES91 SWIFT code: XXXXXXXX En el pago realizado por EL PROMOTOR/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 CRO se deberá anotar el número de factura en el campo CONCEPTO u OBSERVACIONES de la transferencia. En caso contrario, la FIIS-FJD no asegura la correcta validación del pago de dicha factura. Los pagos realizados por el El PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN al FIIS-FJD serán plenamente liberatorios para el primero, primero siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN del IIS-FJD el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores o sujetos del ENSAYOensayo. Las PARTES Partes acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes:   El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contratoContrato, las PARTES Partes deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-SEXTA.

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Samples: Contrato Para La Realización Del Ensayo Clínico, Contrato Para La Realización Del Ensayo Clínico, Contrato Para La Realización Del Ensayo Clínico

Aspectos Económicos. 5.1. El importe de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente en ________ EUROS ,IVA no incluido ( _______€) (en adelante, Presupuesto de ENSAYO), conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN (en el que también se detallan los costes a facturar por el centro) y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En 5.2.1. En concepto de costes de registro registro, gestión documental y tramitación administrativa archivo del ENSAYOENSAYO , el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos DOS MIL TRESCIENTOS euros no reembolsables (1.5002.300 €) , IVA no incluido antes de la firma del contratocontrato 5.2.3. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato contrato, la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta CUATROCIENTOS euros no reembolsables (350400€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos 5.2.5. Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. 5.3. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:: 5.3.1. En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). 5.3.2. A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. 5.4. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin si procede): ( 5.5. Los pagos a la FUNDACIÓN, FUNDACIÓN se realizarán por transferencia bancaria, realizaránpor transferenciabancaria,con los gastos a cargo del ordenante, ,a: TitularNombre: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad BancariaClínico San Xxxxxx Entidad: Banco Santander Nº de Cuenta Santander, S.A. X/ Xxx Xxxxxxxx, 42, 28003 Madrid IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF0000 0000 0000 BIC: ESG83727024 XXXXXXXX La Solicitud de facturas se realizará al mail: xxxxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxxxxx.xxx 5.6. Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. 5.7. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: [CUMPLIMIENTAR] El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero (siempre a instancia del PROMOTOR) sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-

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Samples: Contrato Para La Realización De Investigaciones Clínicas Con Producto Sanitario Sin Marcado Ce O Fuera De Indicación / Contract for Performance of Clinical Investigations With Medical Devices Without Ce Marking or Out of Indication, Contrato Para La Realización De Ensayos Clínicos Con Producto Sanitario/ Contract for Performance of Clinical Trials With Medical Device

Aspectos Económicos. 5.15.1.-Que cada documento contenga toda la información solicitada. El 5.2.-Que los precios propuestos por EL LICITANTE sean aceptables, es decir, que sean acordes con las condiciones vigentes en el tabulador de la CÁMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos, individualmente y/o conformando la proposición total así como que sean congruentes los conceptos del presupuesto y los análisis de precios unitarios correspondientes. 5.3.-Del presupuesto (Catálogo de Conceptos “FORMATO: ECO02”): 5.3.1.-Que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el importe del precio unitario. 5.3.2.-Que los importes de este ENSAYO los precios unitarios de cada uno de los conceptos sean anotados con número y con letra, los cuales deben ser coincidentes entre sí y con sus respectivos análisis; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el del análisis del precio unitario correspondiente. 5.3.3.-Que las operaciones aritméticas se ha presupuestado inicialmente hayan ejecutado correctamente; en EUROS IVA no incluido ( €) (el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes; el monto correcto, será el que se considerará para el análisis comparativo de las PROPOSICIONES. 5.4.1.-Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales de acuerdo a lo indicado en adelantela LEY y su REGLAMENTO y la presente convocatoria a la licitación. 5.4.2.-Que los costos directos se integren con los correspondientes a materiales, Presupuesto mano de ENSAYO)obra, maquinaria y equipo técnico, científico, de cómputo y de medición requerido para la realización de los trabajos. 5.4.3.-Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes, se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado. 5.4.4.-Que los costos básicos de mano de obra se hayan obtenido aplicando los factores xx xxxxxxx real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores, conforme a lo establecido previsto en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), en LEY y su REGLAMENTO y la que se especifican todos los aspectos económicos del mismopresente convocatoria a la licitación. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar 5.4.5.-Que el cargo por el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I herramienta menor se encuentre incluido bastando, y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos para tal efecto, que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, haya determinado aplicando un porcentaje sobre el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes monto de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto mano de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada obra requerida para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo)concepto de trabajo de que se trate. El Importe Definitivo se calculará 5.4.6.-Que los costos horarios por la utilización de la forma siguiente:En maquinaria y equipo técnico, científico, de cómputo y de medición requerido se hayan determinado por hora efectiva de trabajo, debiendo analizarse para cada máquina o equipo, incluyendo, cuando sea el plazo máximo caso, los accesorios que tenga integrados. 5.5.-Que los análisis de (3) tres mesescostos directos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en la LEY y su REGLAMENTO y la presente CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, considerando además: 5.5.1.-Que los costos de los materiales considerados por EL LICITANTE, sean congruentes con la relación de los costos básicos y con las normas de calidad especificadas en la presente CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN. 5.5.2.-Que los costos de la mano de obra a contar desde utilizar considerados por EL LICITANTE, sean congruentes con el tabulador de la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidasCÁMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN de los salarios, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria lo indicado en los Términos de carácter extraordinario Referencia y con los costos reales que se haya producido, estén o no reflejadas prevalezcan en la Memoria Económica (Anexo I)zona donde se ejecutarán los trabajos. A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación 5.5.3.-Que los costos horarios de la información a maquinaria y equipo técnico, científico, de cómputo y de medición se hayan determinado con base en el precio y rendimientos de éstos considerados como nuevos, para lo cual se tomarán como máximos los rendimientos que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivodeterminen los manuales de los fabricantes respectivos, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes características ambientales de pago, que deberán ser abonadas en el plazo la zona donde vayan a realizarse los trabajos. 5.6.-Que los análisis de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final costos indirectos se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA hayan estructurado y determinado de acuerdo con la normativa aplicable lo previsto en la fecha LEY y su REGLAMENTO y en esta CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, debiendo además considerar: 5.6.1.-Que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo. 5.6.2.-Que para el análisis de emisión los costos indirectos se hayan considerado, adecuadamente, los correspondientes a las oficinas centrales de la misma EL LICITANTE, los que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión administrativo a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos superintendencia de EL CONTRATISTA encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, supervisión y administración del servicio, de acuerdo con los artículos 211 al 213 del REGLAMENTO. 5.6.3.-Que no se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a la FUNDACIÓNCONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, su pago deba efectuarse aplicando un precio unitario específico. 5.7.-Que el análisis y cálculo del costo financiero se realizarán haya estructurado y determinado considerando lo siguiente: 5.7.1.-Que los ingresos por transferencia bancaria, con concepto del o los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN anticipos que le serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades queotorgados, en su caso, correspondan a al contratista, durante el ejercicio del CONTRATO y del pago de las estimaciones, consideren la periodicidad y su plazo de trámite y pago; deduciendo del monto de las estimaciones la amortización de los investigadores anticipos. 5.7.2.-Que el costo del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de financiamiento esté representado por un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y porcentaje de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará suma de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad costos directos e indirectos. 5.7.3.-Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador económico específico. 5.7.4.-Que el costo del PROMOTOR o financiamiento sea congruente con el programa de un tercero y llevará ejecución valorizado con montos MENSUALES 5.7.5.-Que la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno mecánica para el HOSPITAL ni análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por EL LICITANTE, sea mediante el método de flujo de caja, debiendo calcularse de acuerdo con los artículos 214 y 216 del REGLAMENTO. 5.8.-Que el cargo por utilidad fijado por EL LICITANTE se encuentre de acuerdo a lo previsto en el artículo 219 del REGLAMENTO. 5.9.-Que el importe total de la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN proposición sea congruente con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán todos los documentos que fueran necesariosla integran. En 5.10.-Que los programas específicos de erogaciones de materiales, mano de obra y equipo de cómputo, científico y de medición, sean congruentes con el caso programa de que erogaciones de la ejecución general de los trabajos. A.-Conforme a lo establecido en el artículo 38 de la LEY y 66 del REGLAMENTO, al finalizar la evaluación de las PROPOSICIONES, el CONTRATO se detectaran necesidades adicionales adjudicará de equipamiento durante entre los licitantes, a aquél cuya proposición resulte solvente por reunir, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contratoCONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, las PARTES deberán firmar una adenda condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por LA COMISIÓN en la presente convocatoria y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando dos o más PROPOSICIONES son solventes porque reúnen las condiciones antes señaladas, el CONTRATO se adjudicará a quien presente la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y términos indicados demás circunstancias pertinentes. Estos criterios solo aplicarán cuando existan dos o más propuestas determinadas como solventes, conforme a los criterios establecidos en la fracción I.-CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA DETERMINAR LA SOLVENCIA DE LAS PROPOSICIONES, anteriormente mencionada. Para determinar cuál de las PROPOSICIONES que resultaron solventes, conforme a los criterios de evaluación establecidos en la fracción I anterior, es la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, se aplicará el mecanismo de adjudicación de puntos y porcentajes que contiene los criterios y parámetros que identifican objetivamente las mejores condiciones de contratación para el Estado y, por lo tanto, para LA COMISIÓN. B.-El mecanismo de adjudicación estará conformado por los siguientes criterios, parámetros y su correspondiente valoración en puntaje, en los párrafos anteriores. SEXTA.-siguientes términos:

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Samples: Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios Y Tiempo, Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios Y Tiempo

Aspectos Económicos. 5.1 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN. El importe Nacional Financiera, S.N.C. cubrirá el pago de este ENSAYO los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se ha presupuestado inicialmente efectuarán a los ( ) días naturales o en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelantecaso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, Presupuesto el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de ENSAYO)la entrega de la factura debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la dependencia o entidad, conforme al anexo respectivo. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a lo establecido más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I)cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Cadenas Productivas”. Cadenas Productivas? Es un programa que se especifican todos promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITALproveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendarcontribuyendo así a dar mayor certidumbre, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , transparencia y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN eficiencia en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidaspagos, así como (4) financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de cualquier pruebaun expediente, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario hecho que se haya producidorealiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una ó más Dependencias ó Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, estén o no reflejadas recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en la Memoria Económica (Anexo I)internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación fecha programada de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas sus cuentas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de facturacobrar, a la que se le aplicará el IVA fin de acuerdo contar con la normativa aplicable en la fecha opción de emisión realizar el cobro de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decirmanera anticipada, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORApermitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, realizar compras de oportunidad ó cumplir con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYOsus compromisos. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario  Obtener liquidez para realizar adecuadamente el ENSAYOmás negocios  Mejorar la eficiencia del capital de trabajo  Agilizar y reducir los costos de cobranza  Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su usoxxx.xxxxx.xxx  Realizar en caso necesario, directamente o operaciones vía telefónica a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste del Call Center 00 00 00 00 y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-01800 NAFINSA (62 34 672)

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

Aspectos Económicos. 5.1 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN. El importe Nacional Financiera, S.N.C. cubrirá el pago de este ENSAYO los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se ha presupuestado inicialmente efectuarán a los ( ) días naturales o en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelantecaso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, Presupuesto el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de ENSAYO)la entrega del comprobante fiscal debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la dependencia o entidad, conforme al anexo respectivo. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello el comprobante fiscal que sea aceptado se registrará en dicho programa a lo establecido más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Cadenas Productivas”. Cadenas Productivas. Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes o servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Página 85 de 113 COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E43-2016 SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL PROYECTO DENOMINADO “DESARROLLO DE MODELOS ECONÓMICOS, ESTADÍSTICOS, CONTABLES O FINANCIEROS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS”. Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I)entrega de un expediente, en la hecho que se especifican todos realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad o cumplir con sus compromisos. ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los aspectos económicos compradores del mismoGobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación ¿Qué Beneficios brinda pertenecer al Directorio? Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales o inducción al HOSPITALprofesionales estén relacionadas con los bienes o servicios, la FUNDACIÓN objeto del contrato a celebrarse. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL servicios para recomendarque de un modo ágil, prescribirsencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Llámenos al teléfono 0000 0000 o al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., comprarXx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Xxx – 00000, usar Xxxxxx xx Xxxxxx. COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E43-2016 SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL PROYECTO DENOMINADO “DESARROLLO DE MODELOS ECONÓMICOS, ESTADÍSTICOS, CONTABLES O FINANCIEROS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS”. Lugar y fecha de expedición Licitación Pública Nacional Electrónica No. (Nombre del que suscribe), actuando en (nombre propio o concertar el uso en representación de)…(razón social de ningún producto la empresa que representa), manifiesto que los bienes integrantes del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir servicio, objeto de la presente licitación cumplen con la Norma Oficial Mexicana y de las normas mexicanas, según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN falta de éstas, de las normas internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes 55 de la firma del contratoLey Federal sobre Metrología y Normalización. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros Si dicha norma no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto cubre los requerimientos técnicos, o bien, si sus especificaciones resultan inaplicables u obsoletas, deberá hacer referencia al cumplimiento de los costes las normas de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta referencia o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información especificaciones a que se refiere el punto artículo 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.” Página 87 de 113 COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E43-2016 SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL PROYECTO DENOMINADO “DESARROLLO DE MODELOS ECONÓMICOS, ESTADÍSTICOS, CONTABLES O FINANCIEROS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS”. En caso de que los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y los que estos últimos subcontraten, tramiten por su cuenta la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales, lo harán en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.39. En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ADR, enviándola al buzón tributario de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago. Para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la FUNDACIÓN calcularáunidad administrativa responsable de la licitación, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda)a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante facturación final del ensayooficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la liquidación autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al contribuyente para la celebración del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas convenio respectivo. Los residentes en el plazo extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de un (1) mesinscripción en el RFC, sin necesidad ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, la que se le aplicará el IVA de acuerdo con gestionará la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es deciropinión ante la ADR. COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E43-2016 SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL PROYECTO DENOMINADO “DESARROLLO DE MODELOS ECONÓMICOS, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORAESTADÍSTICOS, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓNCONTABLES O FINANCIEROS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS”. “DESARROLLO DE MODELOS ECONÓMICOS, se realizarán por transferencia bancariaESTADÍSTICOS, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-CONTABLES O FINANCIEROS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS”.

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Samples: Contrato De Que Celebran Por Una Parte, La Comisión Reguladora De Energía

Aspectos Económicos. 5.1El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de El Viso del Alcor ni para el del Ministerio de Educación y Formación Profesional. El importe En virtud de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos económicos: Por parte del Ayuntamiento de El Viso del Alcor: – Formalizar el ingreso en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelante, Presupuesto tesorería de ENSAYO), conforme a lo establecido en la Memoria Económica Ayuntamiento de El Viso del ENSAYO (Anexo I), en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso Alcor de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de El Viso del Alcor ascenderá a continuación504 euros y un máximo de 48.000 euros, ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de El Viso del Alcor en las aplicaciones presupuestarias 39900. cve: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de BOE-A-2021-19355 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx – Asumir la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto compensación económica de los costes tutores recogida en el acuerdo de gestión documental colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturaráFormación Profesional, en concepto de costes impartición de gestión cursos, realizando la retención en concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la adendarecaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en cinco periodos anuales en base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este cargo será como mínimo de 400 euros/año y un máximo de 37.860 euros/año, trescientos cincuenta que será imputado al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de El Viso del Alcor en la aplicación presupuestaria 320.226.99. – Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo de 200 euros no reembolsables y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de El Viso del Alcor, derivado de los ingresos de la matrícula. – Hacerse cargo del contrato del responsable o administrador del Aula Mentor del Ayuntamiento de El Viso del Alcor que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año (350€), IVA no incluidoincluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 9.900 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de El Viso del Alcor. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme – Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes largo de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de Vida la información a que se refiere el punto anteriordel Ayuntamiento de El Viso del Alcor necesaria para elaborar la memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimientoeconómica. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por Por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación Ministerio de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma Educación y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o Formación Profesional a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste la Subdirección General de Orientación y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y Aprendizaje a lo largo de la formación Vida: – Remitir cinco informes económicos anuales al Ayuntamiento de El Viso del personal Alcor indicando el número de alumnos tutorizados en ese periodo, para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará que dicha entidad proceda al pago de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-costes tutoriales correspondientes.

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Samples: www.boe.es

Aspectos Económicos. 5.1. El importe de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente para el FIIS-FJD, en ______ EUROS IVA no incluido ( (____ €) (en adelante, Presupuesto de ENSAYOTotal Presupuestado por Paciente), conforme . Conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), : Memoria Económica) en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN FIIS-FJD en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO5.2.1. Una vez suscrito este Contrato, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros PROMOTOR deberá abonar el importe de 3.000 EUROS + IVA (TRES MIL EUROS más IVA) para cubrir las actividades de puesta en marcha del Ensayo (gestión administrativa, medios físicos y humanos puestos a disposición para el entrenamiento obligatorio relacionado con la puesta en marcha, y cierre del estudio). En caso de cancelación o terminación anticipada del ensayo, dicha cantidad no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contratose reembolsará al Promotor. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.45.2.2. El presupuesto resto del Presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto paciente reclutado incluido en el Anexo Ila memoria económica del ENSAYO, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL el/los INVESTIGADOR/ES PRINCIPAL/ES mantendrán informada informado a la FUNDACIÓN FIIS-FJD semestralmente. 5.2.5.Estos 5.2.3. Con la primera facturación del ENSAYO que emita la FIIS-FJD, por la inclusión de pacientes, se enviará la factura correspondiente al archivo pasivo del mismo, por importe de 350 € + IVA (TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS más IVA). Se realizará una factura por cada centro de realización del ensayo. 5.2.4 Si estuviera previsto, por parte del Promotor, costear dietas /desplazamientos /estancias a los pacientes, se deberá indicar el importe máximo a percibir por el paciente en el contrato. Si la tramitación de este gasto lo realizara la FIIS-FJD, se incrementará en las facturas un 30% por costes de gestión. 5.2.5. Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO ENSAYO, incluida la posible hospitalización derivada de efectos adversos del ensayo (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:: En el plazo máximo de (3) tres meses, meses a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, HOSPITAL el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN al FIIS-FJD el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria hospitalaria, de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, brevedad desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN el FIIS-FJD calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, ensayo la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido establecido. Las facturas serán emitidas a nombre de: (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en Españadatos fiscales) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular(datos fiscales) Nuestros datos fiscales: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander FUNDACIÓN INSTITUTO DE INVESTIGACION SANITARIA DE LA FUNDACION XXXXXXX XXXX BANCO SANTANDER S.A. Xxx Xxxxxxxx, 00 00000 – Xxxxxx (Xxxxxx) Nº de Cuenta IBANCuenta: 0075.5977.81.0605344752 IBAN code: ES91 SWIFT code: XXXXXXXX En el pago realizado por EL PROMOTOR/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 CRO se deberá anotar el número de factura en el campo CONCEPTO u OBSERVACIONES de la transferencia. En caso contrario, la FIIS-FJD no asegura la correcta validación del pago de dicha factura. Los pagos realizados por el El PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN al FIIS-FJD serán plenamente liberatorios para el primero, primero siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN del IIS-FJD el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores o sujetos del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anterioresensayo. SEXTA.-

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Samples: Contrato Para La Realización Del Ensayo Clínico

Aspectos Económicos. 5.1El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Maracena ni para el del Ministerio de Educación y Formación Profesional. El importe En virtud de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos económicos: Por parte del Ayuntamiento de Maracena: – Formalizar el ingreso en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelante, Presupuesto tesorería de ENSAYO), conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso Ayuntamiento de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en Maracena de los pagos que se detallan por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Maracena ascenderá a continuación504 euros y un máximo de 48.000 euros, ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de Maracena en las aplicaciones presupuestarias 344.00. cve: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de BOE-A-2021-15413 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx – Asumir la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto compensación económica de los costes tutores recogida en el acuerdo de gestión documental colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturaráFormación Profesional, en concepto de costes impartición de gestión cursos, realizando la retención en concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la adendarecaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este cargo será como mínimo de 400 euros/año y un máximo de 37.860 euros/año, trescientos cincuenta que será imputado al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Maracena n la aplicación presupuestaria 320.226.10. – Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo de 200 euros no reembolsables y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Maracena derivado de los ingresos de la matrícula. – Hacerse cargo del contrato del responsable o administrador del Aula Mentor del Ayuntamiento de Maracena que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año (350€), IVA no incluidoincluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 9.900 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Maracena. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme – Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes largo de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de Vida la información a que se refiere el punto anteriordel Ayuntamiento de Maracena necesaria para elaborar la memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimientoeconómica. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por Por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación Ministerio de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma Educación y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o Formación Profesional a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste la Subdirección General de Orientación y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y Aprendizaje a lo largo de la formación del personal Vida: – Remitir 5 informes económicos anuales al Ayuntamiento de Maracena indicando el número de alumnos tutorizados en ese periodo, para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará que dicha entidad proceda al pago de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-costes tutoriales correspondientes.

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Samples: www.boe.es

Aspectos Económicos. 5.1 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN. El importe Nacional Financiera, S.N.C. cubrirá el pago de este ENSAYO los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se ha presupuestado inicialmente efectuarán a los ( ) días naturales o en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelantecaso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, Presupuesto el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de ENSAYO)la entrega de la factura debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la dependencia o entidad, conforme al anexo respectivo. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a lo establecido más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Cadenas Productivas”. Cadenas Productivas? Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la Memoria Económica entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una ó más Dependencias ó Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad ó cumplir con sus compromisos.  Obtener liquidez para realizar más negocios  Mejorar la eficiencia del ENSAYO capital de trabajo  Agilizar y reducir los costos de cobranza  Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, xxx.xxxxx.xxx  Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 00 00 00 00 y 01800 NAFINSA (Anexo I)62 34 672) arte del Directorio de compras del Gobierno nes adicionales financiero de su preferencia ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. ¿Qué Beneficios brinda pertenecer al Directorio? Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales ó profesionales estén relacionadas con los bienes ó servicios, objeto del contrato a celebrarse. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Llámenos al teléfono 0000 0000 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn – 01020, México, D.F. (nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS MIXTA NÚM. 00008008-002-16, a nombre y representación de: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: Calle y número: Colonia: Delegación o Municipio: Código Postal: Entidad Federativa: Teléfonos: Fax: Correo Electrónico: Núm. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se especifican todos los aspectos económicos dio fe de la misma: Descripción del mismo. Dicha cantidad no incluye objeto social: Reformas al acta constitutiva: Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s): Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó: La información asentada en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITALeste anexo, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendarse le hará exigible su comprobación al(os) licitante(s) ganador(es), prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse previo a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto , para lo cual presentará original o copia certificada para su cotejo de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, documentos con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de que acredite su existencia legal y las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse representante para realizar suscribir el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-contrato correspondiente.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Mixta Núm

Aspectos Económicos. 5.1. El importe de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelante, Presupuesto de ENSAYO), conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxxproceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-

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Samples: Contrato Para La Realización De Ensayos Clínicos Con Medicamento/ Contract for Performance of Clinical Trials

Aspectos Económicos. 5.1. El importe de este ENSAYO ESTUDIO se ha presupuestado inicialmente en EUROS en………………………………EUROS, IVA no incluido ( (…………………€) (en adelante, Presupuesto de ENSAYOPRESUPUESTO DEL ESTUDIO). Este importe se ha determinado aplicando un coste de……………………………...EUROS (………………………€) por sujeto evaluable, conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO ESTUDIO (Anexo ANEXO I), ) en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN FIBHULP y/o INVESTIGADOR INVESTIGADOR/A PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. Adicionalmente, a la firma del presente contrato el PROMOTOR abonará la cantidad de 1.500 euros, en pago único, no reembolsable, en concepto de gastos de gestión administrativa y contractual El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO ESTUDIO será determinado por aplicación del Anexo ANEXO I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN FIBHULP en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa El resto del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma Presupuesto del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO ESTUDIO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto paciente reclutado incluido en el Anexo ANEXO I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN FIBHULP semestralmente. 5.2.5.Estos Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYOESTUDIO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO ESTUDIO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO ESTUDIO (en adelante, Importe DefinitivoIMPORTE DEFINITIVO). El Importe Definitivo IMPORTE DEFINITIVO se calculará de la forma siguiente:: En el plazo máximo de (3) tres meses, meses a contar desde la terminación del ENSAYO ESTUDIO en el HOSPITAL, HOSPITAL el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN FIBHULP el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria hospitalaria, de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo IXXXXX X). A la mayor brevedad, brevedad desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN FIBHULP calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, estudio la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (datos fiscales): (*) Para que la FIBHULP pueda emitir las facturas correspondientes a los costes detallados en la Memoria Económica (ANEXO_1), el PROMOTOR/CRO deberá comunicar por escrito a la FIBHULP el importe total que proceda facturar, detallando el desglose de las visitas y procedimientos que se hayan realizado. Para ello, remitirá un mail a xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx (**) Si es decirnecesario incluir un número de pedido u orden de compra en las facturas, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas es preciso indicarlo, así como el procedimiento para ser solicitado por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( FIBHULP Los pagos a la FUNDACIÓN, FIBHULP se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: TITULAR Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBANLa Paz (FIBHULP) CIF/SWIFT: VAT NUMBER ESG83727057 ENTIDAD BANCARIA Caixabank, S.A X/ Xxxxxx, 391 28027 Madrid IBAN XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 0000 0000 2143 SWIFT CAIXE SBB Los pagos realizados por el El PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN FIBHULP serán plenamente liberatorios para el primero, primero siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN FIBHULP el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-estudio

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Samples: Contrato Entre La Fundación Para La Investigación Biomédica Del Hospital Universitario La Paz, El Hospital Universitario La Paz

Aspectos Económicos. 5.15.1.-Que cada documento contenga toda la información solicitada. El 5.2.-Que los precios propuestos por EL LICITANTE sean aceptables, es decir, que sean acordes con las condiciones vigentes en el tabulador de la CÁMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, de la zona o región en donde se ejecutarán los servicios, individualmente y/o conformando la proposición total. Así como que sean congruentes los conceptos del presupuesto y los análisis de precios unitarios correspondientes. 5.3.-Del presupuesto (Catálogo de Conceptos (FORMATO ECO02): 5.3.1.-Que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el importe del precio unitario. 5.3.2.-Que los importes de este ENSAYO los precios unitarios de cada uno de los conceptos sean anotados con número y con letra, los cuales deben ser coincidentes entre sí y con sus respectivos análisis; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el del análisis del precio unitario correspondiente. 5.3.3.-Que las operaciones aritméticas se ha presupuestado inicialmente hayan ejecutado correctamente; en EUROS IVA no incluido ( €) (el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes; el monto correcto, será el que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones. 5.4.1.-Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales de acuerdo a lo indicado en adelantela LEY y su REGLAMENTO y la presente convocatoria a la licitación. 5.4.2.-Que los costos directos se integren con los correspondientes a materiales, Presupuesto mano de ENSAYO)obra, maquinaria y equipo técnico, científico, de cómputo y de medición requerido para la realización de los trabajos. 5.4.3.-Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes, se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado. 5.4.4.-Que los costos básicos de mano de obra se hayan obtenido aplicando los factores xx xxxxxxx real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores, conforme a lo establecido previsto en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), en LEY y su REGLAMENTO y la que se especifican todos los aspectos económicos del mismopresente convocatoria a la licitación. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar 5.4.5.-Que el cargo por el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I herramienta menor, y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos se encuentre incluido, bastando para tal efecto que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, haya determinado aplicando un porcentaje sobre el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes monto de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto mano de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada obra requerida para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo)concepto de trabajo de que se trate. El Importe Definitivo se calculará 5.4.6.-Que los costos horarios por la utilización de la forma siguiente:En maquinaria y equipo técnico, científico, de cómputo y de medición requerido se hayan determinado por hora efectiva de trabajo, debiendo analizarse para cada máquina o equipo, incluyendo, cuando sea el plazo máximo caso, los accesorios que tenga integrados. 5.5.-Que los análisis de (3) tres mesescostos directos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en la LEY y su REGLAMENTO y la presente convocatoria a la licitación, considerando además: 5.5.1.-Que los costos de los materiales considerados por EL LICITANTE, sean congruentes con la relación de los costos básicos y con las normas de calidad especificadas en la presente convocatoria a contar desde la terminación del ENSAYO licitación. 5.5.2.-Que los costos de la mano de obra a utilizar considerados por EL LICITANTE, sean congruentes con el tabulador de la CAMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION de los salarios así como de lo indicado en los Términos de Referencia y con los costos reales que prevalezcan en la zona donde se ejecutarán los trabajos. 5.5.3.-Que los costos horarios de la maquinaria y equipo técnico, científico, de cómputo y de medición se hayan determinado con base en el HOSPITALprecio y rendimientos de éstos considerados como nuevos, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidaspara lo cual se tomarán como máximos los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación las características ambientales de la información zona donde vayan a que realizarse los trabajos. 5.6.-Que los análisis de costos indirectos se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá hayan estructurado y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA determinado de acuerdo con la normativa aplicable lo previsto en la fecha de emisión de la misma LEY y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada su REGLAMENTO y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión esta convocatoria a la siguiente dirección licitación, debiendo además considerar: Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos 5.6.1.-Que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo. 5.6.2.-Que para el análisis de los costos indirectos se hayan considerado adecuadamente los correspondientes a las oficinas centrales de EL LICITANTE, los que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la FUNDACIÓNsuperintendencia de EL CONTRATISTA encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, se realizarán por transferencia bancariasupervisión y administración del servicio, de acuerdo con los gastos a Artículos 211 al 213 del REGLAMENTO. 5.6.3.-Que no se haya incluido algún cargo del ordenanteque, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) sus características o conforme a la FUNDACIÓN convocatoria a la licitación, su pago deba efectuarse aplicando un precio unitario específico. 5.7.-Que el análisis y cálculo del costo financiero se haya estructurado y determinado considerando lo siguiente: 5.7.1.-Que los ingresos por concepto del o los anticipos que le serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades queotorgados, en su caso, correspondan a al contratista, durante el ejercicio del contrato y del pago de las estimaciones, consideren la periodicidad y su plazo de trámite y pago; deduciendo del monto de las estimaciones la amortización de los investigadores anticipos. 5.7.2.-Que el costo del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de financiamiento esté representado por un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y porcentaje de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará suma de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad costos directos e indirectos. 5.7.3.-Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador económico específico. 5.7.4.-Que el costo del PROMOTOR o financiamiento sea congruente con el programa de un tercero y llevará ejecución valorizado con montos MENSUALES 5.7.5.-Que la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno mecánica para el HOSPITAL ni análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por EL LICITANTE sea mediante el método de flujo de caja, debiendo calcularse de acuerdo con los artículos 214 y 216 del REGLAMENTO. 5.8.-Que el cargo por utilidad fijado por EL LICITANTE se encuentre de acuerdo a lo previsto en el artículo 219 del REGLAMENTO. 5.9.-Que el importe total de la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN proposición sea congruente con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán todos los documentos que fueran necesariosla integran. En 5.10.-Que los programas específicos de erogaciones de materiales, mano de obra y equipo de cómputo, científico y de medición, sean congruentes con el caso programa de que erogaciones de la ejecución general de los trabajos. A.-Conforme a lo establecido en el artículo 38 de la LEY y 66 del REGLAMENTO al finalizar la evaluación de las proposiciones, el contrato se detectaran necesidades adicionales adjudicará de equipamiento durante entre los licitantes, a aquél cuya proposición resulte solvente por reunir, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la realización del ENSAYO y con posterioridad convocatoria a la firma del presente contratolicitación, las PARTES deberán firmar una adenda condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por LA COMISIÓN en la presente convocatoria, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando dos o más proposiciones son solventes porque reúnen las condiciones antes señaladas, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y términos indicados demás circunstancias pertinentes. Estos criterios solo aplicarán cuando existan dos o más propuestas determinadas como solventes, conforme a los criterios establecidos en la fracción I anterior. Para determinar cuál de las proposiciones que resultaron solventes, conforme a los criterios de evaluación establecidos en la fracción I anterior, es la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, se aplicará el mecanismo de adjudicación que contiene los criterios y parámetros que identifican objetivamente las mejores condiciones de contratación para el Estado y por lo tanto para LA COMISIÓN. B.-El mecanismo de adjudicación estará conformado por los siguientes criterios, parámetros y su correspondiente valoración en puntaje, en los párrafos anterioressiguientes términos: De acuerdo a los términos de referencia se requerirá un responsable de grupo. SEXTA.-A efecto de evaluar la preparación de cada una de las citadas personas, se asignará la siguiente puntuación para los siguientes aspectos:

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Relacionados Con Obra Pública Para Los Servicios De Supervision Técnica Gerencial De Obra De La Obra Pública a Precios Unitarios Y Tiempo

Aspectos Económicos. 5.1 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN. El importe Nacional Financiera, S.N.C. cubrirá el pago de este ENSAYO los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se ha presupuestado inicialmente efectuarán a los ( ) días naturales o en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelantecaso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, Presupuesto el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de ENSAYO)la entrega del comprobante fiscal debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la dependencia o entidad, conforme al anexo respectivo. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello el comprobante fiscal que sea aceptado se registrará en dicho programa a lo establecido más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Cadenas Productivas”. Cadenas Productivas. Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes o servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I)entrega de un expediente, en la hecho que se especifican todos realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad o cumplir con sus compromisos. ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los aspectos económicos compradores del mismoGobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación ¿Qué Beneficios brinda pertenecer al Directorio? Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales o inducción al HOSPITALprofesionales estén relacionadas con los bienes o servicios, la FUNDACIÓN objeto del contrato a celebrarse. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL servicios para recomendarque de un modo ágil, prescribir, comprar, usar sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Llámenos al teléfono 0000 0000 o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO al 01 800 NAFINSA (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (462 34 672) de cualquier pruebalunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S. N. C., análisisXx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn – 01020, exploraciónXxxxxx, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I)X.X. EMPRESA: “Invitación” a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No. A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-IA-045000001-E - 2016 DOCUMENTOS SOLICITADOS EN CONVOCATORIA PUNTO DE REFERENCIA ENTREGA OBSERVACIONES

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Samples: Contrato De Que Celebran Por Una Parte, La Comisión

Aspectos Económicos. 5.1 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN. El importe Nacional Financiera, S.N.C. cubrirá el pago de este ENSAYO los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se ha presupuestado inicialmente efectuarán a los ( ) días naturales o en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelantecaso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, Presupuesto el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de ENSAYO)la entrega del comprobante fiscal debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la dependencia o entidad, conforme al anexo respectivo. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello el comprobante fiscal que sea aceptado se registrará en dicho programa a lo establecido más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Cadenas Productivas”. Cadenas Productivas. Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la Página 87 de 98 COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PLURIANUAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-000X00000-N31 -2015 CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO INTEGRAL DE APROVISIONAMIENTO DE EQUIPO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN PARA OFICINA Y MESA DE ATENCIÓN TECNOLÓGICA PARA USUARIOS DE LA COMISIÓN”. proveeduría de bienes o servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I)entrega de un expediente, en la hecho que se especifican todos realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad o cumplir con sus compromisos. ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los aspectos económicos compradores del mismoGobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación ¿Qué Beneficios brinda pertenecer al Directorio? Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales o inducción al HOSPITALprofesionales estén relacionadas con los bienes o servicios, la FUNDACIÓN objeto del contrato a celebrarse. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL servicios para recomendarque de un modo ágil, prescribirsencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Llámenos al teléfono 0000 0000 o al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., comprarXx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn – 01020, usar México, D.F. COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PLURIANUAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-000X00000-N31 -2015 CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO INTEGRAL DE APROVISIONAMIENTO DE EQUIPO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN PARA OFICINA Y MESA DE ATENCIÓN TECNOLÓGICA PARA USUARIOS DE LA COMISIÓN”. Lugar y fecha de expedición………………............ Licitación Pública Nacional Plurianual Electrónica No.….:........................ (Nombre del que suscribe), actuando en (nombre propio o concertar el uso en representación de)…(razón social de ningún producto la empresa que representa), manifiesto que los bienes integrantes del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir servicio, objeto de la presente licitación cumplen con la Norma Oficial Mexicana y de las normas mexicanas, según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN falta de éstas, de las normas internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes 55 de la firma del contratoLey Federal sobre Metrología y Normalización. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros Si dicha norma no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto cubre los requerimientos técnicos, o bien, si sus especificaciones resultan inaplicables u obsoletas, deberá hacer referencia al cumplimiento de los costes las normas de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta referencia o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información especificaciones a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión artículo 67 de la misma Ley Federal sobre Metrología y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario Normalización.” Página 89 de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO98 COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PLURIANUAL ELECTRÓNICA NO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-DE COMPRANET LA-000X00000-N31 -2015 CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO INTEGRAL DE APROVISIONAMIENTO DE EQUIPO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN PARA OFICINA Y MESA DE ATENCIÓN TECNOLÓGICA PARA USUARIOS DE LA COMISIÓN”.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios

Aspectos Económicos. 5.1. El importe de este ENSAYO ESTUDIO se ha presupuestado inicialmente en EUROS en………………………………EUROS, IVA no incluido ( (…………………€) (en adelante, Presupuesto de ENSAYOPRESUPUESTO DEL ESTUDIO). Este importe se ha determinado aplicando un coste de……………………………...EUROS (………………………€) por sujeto evaluable, conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO ESTUDIO (Anexo ANEXO I), ) en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN FIBHULP y/o INVESTIGADOR INVESTIGADOR/A PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. Adicionalmente, a la firma del presente contrato el PROMOTOR abonará la cantidad de 1.500 euros, en pago único, no reembolsable, en concepto de gastos de gestión administrativa y contractual El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO ESTUDIO será determinado por aplicación del Anexo ANEXO I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN FIBHULP en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa El resto del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma Presupuesto del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO ESTUDIO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto paciente reclutado incluido en el Anexo ANEXO I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN FIBHULP semestralmente. 5.2.5.Estos Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO ESTUDIO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO ESTUDIO (en adelante, Importe DefinitivoIMPORTE DEFINITIVO). El Importe Definitivo IMPORTE DEFINITIVO se calculará de la forma siguiente:: En el plazo máximo de (3) tres meses, meses a contar desde la terminación del ENSAYO ESTUDIO en el HOSPITAL, HOSPITAL el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el FIBHULPel número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria hospitalaria, de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo IXXXXX X). A la mayor brevedad, brevedad desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN FIBHULP calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, ensayo la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (datos fiscales): (*) Para que la FIBHULP pueda emitir las facturas correspondientes a los costes detallados en la Memoria Económica (ANEXO_1), el PROMOTOR/CRO deberá comunicar por escrito a la FIBHULP el importe total que proceda facturar, detallando el desglose de las visitas y procedimientos que se hayan realizado. Para ello, remitirá un mail a xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx (**) Si es decirnecesario incluir un número de pedido u orden de compra en las facturas, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas es preciso indicarlo, así como el procedimiento para ser solicitado por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( FIBHULP Los pagos a la FUNDACIÓN, FIBHULP se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: TITULAR Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBANLa Paz (FIBHULP) CIF/SWIFT: VAT NUMBER ESG83727057 ENTIDAD BANCARIA Caixabank, S.A X/ Xxxxxx, 391 28027 Madrid IBAN XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 0000 0000 2143 SWIFT CAIXE SBB Los pagos realizados por el El PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN FIBHULP serán plenamente liberatorios para el primero, primero siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN FIBHULP el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-estudio

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Samples: Contrato Entre La Fundación Para La Investigación Biomédica Del Hospital Universitario La Paz, El Hospital Universitario La Paz

Aspectos Económicos. 5.1 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN. El importe Nacional Financiera, S.N.C. cubrirá el pago de este ENSAYO los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se ha presupuestado inicialmente efectuarán a los ( ) días naturales o en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelantecaso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, Presupuesto el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de ENSAYO)la entrega de la factura debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la dependencia o entidad, conforme al anexo respectivo. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a lo establecido más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Cadenas Productivas”. Cadenas Productivas? Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la Memoria Económica entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una ó más Dependencias ó Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad ó cumplir con sus compromisos.  Obtener liquidez para realizar más negocios  Mejorar la eficiencia del ENSAYO capital de trabajo  Agilizar y reducir los costos de cobranza  Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, xxx.xxxxx.xxx  Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 00 00 00 00 y 01800 NAFINSA (Anexo I)62 34 672) er a capacitación y asistencia técnica gratuita Descuento aplicable a tasas preferenciales financiero de su preferencia ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. ¿Qué Beneficios brinda pertenecer al Directorio? Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales ó profesionales estén relacionadas con los bienes ó servicios, objeto del contrato a celebrarse. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Llámenos al teléfono 0000 0000 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn – 01020, México, D.F. LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO PRESENTE. , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que la empresa (razón social) está interesada en participar en la licitación pública (inter)nacional mixta número 00008032-001-14, para la contratación (descripción del bien/servicio) y que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados: Registro Federal de Contribuyentes: Razón Social: Domicilio: Calle y número: Colonia: Código Postal: Teléfonos: Delegación o Municipio: Entidad Federativa: Fax: Correo Electrónico: Núm. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se especifican todos los aspectos económicos dio fe de la misma: Descripción del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación objeto social: Reformas al acta constitutiva: Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s): Nombre del apoderado o inducción al HOSPITALrepresentante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública número: Fecha: Nombre, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el uso cual se otorgó: Lo anterior a efecto de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse dar cumplimiento a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN lo dispuesto en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes Artículo 33 Bis de la firma Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del contratoSector Público y 45 de su Reglamento. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. Mérida, yuc., a de de 2014. (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo1) LIC. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX (2) SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO PRESENTE. Me refiero al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de procedimiento (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO No. (4) en el HOSPITALque mi representada, la empresa (5) participa a través de la propuesta que se contiene en el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) presente sobre. Sobre el particular, y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán en los términos de lo previsto por escrito a los “Lineamientos para fomentar la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados participación de las micro, pequeñas y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidasmedianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como (4) la contratación de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario servicios que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación realicen las dependencias y entidades de la información Administración Pública Federal”, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector (6) , cuenta con (7) empleados de planta registrados ante el IMSS y con (8) personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de (9) obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a que se refiere el punto la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO mi representada se encuentra en el rango de un empresa (elegir según proceda10), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes atendiendo a lo siguiente: Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6 Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93 Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95 Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta $250 235 Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta 250 250 * Tope máximo combinado = (trabajadores) x 10% + (ventas anuales x 90% (7) y (8) El número de pago, trabajadores será el que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión resulte de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará sumatoria de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero puntos (7) y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-(8)

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

Aspectos Económicos. 5.1CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN. El importe Nacional Financiera, S.N.C. cubrirá el pago de este ENSAYO los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se ha presupuestado inicialmente efectuarán a los ( ) días naturales o en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelantecaso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, Presupuesto el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de ENSAYO)la entrega de la factura debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la dependencia o entidad, conforme al anexo respectivo. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del participante ganador, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a lo establecido más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el participante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Cadenas Productivas”. Cadenas Productivas? Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes o servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I)entrega de un expediente, en la hecho que se especifican todos realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad o cumplir con sus compromisos. • Obtener liquidez para realizar más negocios • Mejorar la eficiencia del capital de trabajo • Agilizar y reducir los aspectos económicos costos de cobranza • Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, xxx.xxxxx.xxx • Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del mismoCall Center 00 00 00 00 y 01800 NAFINSA (62 34 672) te del Directorio de compras del Gobierno Federal o comisiones adicionales intermediario financiero de su preferencia ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. ¿Qué Beneficios brinda pertenecer al Directorio? Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales o inducción al HOSPITALprofesionales estén relacionadas con los bienes o servicios, la FUNDACIÓN objeto del contrato a celebrarse. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL servicios para recomendarque de un modo ágil, prescribir, comprar, usar sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Llámenos al teléfono 0000 0000 o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO al 01 800 NAFINSA (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (462 34 672) de cualquier pruebaLunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., análisisXx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn – 01020, exploraciónXxxxxx, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producidoX.X CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedadTRAVÉS DE LA REPRESENTACIÓN EN EL ESTADO DE TLAXCALA DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anteriorREPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE, la FUNDACIÓN calcularáA QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA “DEPENDENCIA" Y POR LA OTRA, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda)LA EMPRESA ., mediante facturación final del ensayoREPRESENTADA POR EL A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “PROVEEDOR" Y QUIENES EN FORMA CONJUNTA SERÁN REFERIDOS COMO “LAS PARTES”, la liquidación del importe definitivoPARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA A LOS INMUEBLES DE LA REPRESENTACIÓN EN EL ESTADO DE TLAXCALA DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL INDICADOS EN LA CLÁUSULA PRIMERA, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Número Sader TLX 001 2022

Aspectos Económicos. 5.15.1.-Que cada documento contenga toda la información solicitada. El 5.2.-Que los precios propuestos por EL LICITANTE para cada actividad o subactividad sean aceptables, es decir, que sean acordes con las condiciones vigentes en el mercado internacional, nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos, individualmente o conformando la proposición total. 5.3.-Que los tabuladores de sueldos sean acordes a los requeridos en la convocatoria a la licitación, y que la integración de las plantillas de personal y el tiempo de ejecución correspondan a los servicios ofertados. 5.4.-Del presupuesto de los servicios (Catálogo de actividades Forma E-7-PA): 5.4.1.-Que en todas y cada una de las actividades que integran el presupuesto, se establezca su importe. 5.4.2.-Que los importes de cada una de las actividades estén anotados con número y con letra, los cuales deben ser coincidentes; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que se consigna con letra. 5.4.3.-Que el importe total de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente la proposición sea congruente con todos los documentos que la integran. 5.5.-Que exista congruencia entre la red de actividades, la cédula de avances y pagos programados y el programa de ejecución de los trabajos y que éstos sean coherentes con la metodología de trabajo. (SE PODRÁ ADECUAR SEGÚN LAS CARACTERÍSTICAS Y MAGNITUD DE LOS SERVICIOS) 5.6.-Que exista consistencia lógica de las actividades descritas en EUROS IVA no incluido ( €) la red, cédula de avances y pagos programados y el programa de ejecución. (SE PODRÁ ADECUAR SEGÚN LAS CARACTERÍSTICAS Y MAGNITUD DE LOS SERVICIOS). 5.7.-Que los programas específicos de erogaciones sean congruentes con el programa general de ejecución de los trabajos y que los insumos propuestos por EL LICITANTE, correspondan a los períodos presentados en adelante, Presupuesto los programas. En términos de ENSAYO), conforme a lo establecido en los artículos 38 de la Memoria Económica LEY y lo que corresponda del ENSAYO (Anexo I), en la que se especifican todos los aspectos económicos 37C del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYOREGLAMENTO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que contrato se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades queadjudicará, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan quequien presente la proposición que asegure las mejores condiciones en cuanto a precio, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYOcalidad, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su usofinanciamiento, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste oportunidad y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipodemás circunstancias pertinentes, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o aquella que corresponda a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a solvente cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En precio o monto sea el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-más bajo.

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Samples: www.sct.gob.mx

Aspectos Económicos. 5.1. El importe de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente para el FIIS-FJD, en ______ EUROS IVA no incluido ( (____ €) (en adelante, Presupuesto de ENSAYOTotal Presupuestado por paciente), conforme . Conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), : Memoria Económica) en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. Adicionalmente, a la firma del presente contrato el PROMOTOR abonará la cantidad de 3.000 EUROS + IVA (TRES MIL EUROS más IVA), en pago único, no reembolsable, en concepto de gastos de gestión administrativa y contractual; y 500€ + IVA (QUINIENTOS EUROS más IVA) en concepto de tasas de archivo, para custodiar la documentación durante los 25 años que establece la legislación (Art 58 No 536/2014 del parlamento europeo y del consejo de 16 xx xxxxx de 2014). 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , de la memoria económica y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN al CENTRO en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.45.2.1. El presupuesto resto del Presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto paciente reclutado incluido en el Anexo Ila memoria económica del ENSAYO, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL el/los INVESTIGADOR/ES PRINCIPAL/ES mantendrán informada informado a la FUNDACIÓN FIIS-FJD semestralmente. 5.2.5.Estos 5.2.2. Si estuviera previsto, por parte del Promotor, costear dietas /desplazamientos /estancias a los pacientes, se deberá indicar el importe máximo a percibir por el paciente en el contrato. Si la tramitación de este gasto lo realizara la FIIS-FJD, se incrementará en las facturas un 30% por costes de gestión. 5.2.3. Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO ENSAYO, incluida la posible hospitalización derivada de efectos adversos del ensayo (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:: En el plazo máximo de (3) tres meses, meses a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, CENTRO el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN FIIS-FJD el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria hospitalaria, de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I)Económica. A la mayor brevedad, brevedad desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN FIIS-FJD calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, ensayo la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido establecido. Las facturas serán emitidas a nombre de: (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en EspañaIncluir información fiscal) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo en PDF mediante correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular(incluir correo electrónico para el envío de facturas) Datos fiscales de la FIIS-FJD: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander FUNDACIÓN INSTITUTO DE INVESTIGACION SANITARIA DE LA FUNDACION XXXXXXX XXXX BANCO SANTANDER S.A. Xxx Xxxxxxxx, 00 00000 – Xxxxxx (Xxxxxx) Nº de Cuenta IBANCuenta: 0075.5977.81.0605344752 IBAN code: ES91 SWIFT code: XXXXXXXX En el pago realizado por EL PROMOTOR/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 CRO se deberá anotar el número de factura en el campo CONCEPTO u OBSERVACIONES de la transferencia. En caso contrario, la FIIS-FJD no asegura la correcta validación del pago de dicha factura. Los pagos realizados por el El PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN al IIS-FJD serán plenamente liberatorios para el primero, primero siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN FIIS-FJD el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores o sujetos del ENSAYOensayo. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL CENTRO carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL CENTRO de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITALCENTRO, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: ____________________ El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL CENTRO ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL CENTRO o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-SEXTA.

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Samples: Contrato Para La Realización Del Ensayo Clínico

Aspectos Económicos. 5.1 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN. El importe Nacional Financiera, S.N.C. cubrirá el pago de este ENSAYO los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se ha presupuestado inicialmente efectuarán a los ( ) días naturales o en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelantecaso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, Presupuesto el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de ENSAYO)la entrega de la factura debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la dependencia o entidad, conforme al anexo respectivo. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a lo establecido más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Cadenas Productivas”. Cadenas Productivas? Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la Memoria Económica entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una ó más Dependencias ó Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad ó cumplir con sus compromisos.  Obtener liquidez para realizar más negocios  Mejorar la eficiencia del ENSAYO capital de trabajo  Agilizar y reducir los costos de cobranza  Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, xxx.xxxxx.xxx  Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 00 00 00 00 y 01800 NAFINSA (Anexo I)62 34 672) rmar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal ó comisiones adicionales financiero de su preferencia ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. ¿Qué Beneficios brinda pertenecer al Directorio? Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales ó profesionales estén relacionadas con los bienes ó servicios, objeto del contrato a celebrarse. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Llámenos al teléfono 0000 0000 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn – 01020, México, D.F. LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO PRESENTE. , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que la empresa (razón social) está interesada en participar en la licitación pública (inter)nacional mixta número 00008032-001-13, para la contratación (descripción del bien/servicio) y que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados: Registro Federal de Contribuyentes: Razón Social: Domicilio: Calle y número: Colonia: Código Postal: Teléfonos: Delegación o Municipio: Entidad Federativa: Fax: Correo Electrónico: Núm. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se especifican todos los aspectos económicos dio fe de la misma: Descripción del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación objeto social: Reformas al acta constitutiva: Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s): Nombre del apoderado o inducción al HOSPITALrepresentante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública número: Fecha: Nombre, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el uso cual se otorgó: Lo anterior a efecto de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse dar cumplimiento a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN lo dispuesto en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes Artículo 33 Bis de la firma Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del contratoSector Público y 45 de su Reglamento. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. Mérida, yuc., a de de 2013. (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo1) LIC. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX (2) SUBDELEGADO ADMINISTRATIVO PRESENTE. Me refiero al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de procedimiento (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO No. (4) en el HOSPITALque mi representada, la empresa (5) participa a través de la propuesta que se contiene en el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) presente sobre. Sobre el particular, y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán en los términos de lo previsto por escrito a los “Lineamientos para fomentar la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados participación de las micro, pequeñas y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidasmedianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como (4) la contratación de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario servicios que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación realicen las dependencias y entidades de la información Administración Pública Federal”, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector (6) , cuenta con (7) empleados de planta registrados ante el IMSS y con (8) personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de (9) obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a que se refiere el punto la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO mi representada se encuentra en el rango de un empresa (elegir según proceda10), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes atendiendo a lo siguiente: Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6 Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93 Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95 Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta $250 235 Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta 250 250 * Tope máximo combinado = (trabajadores) x 10% + (ventas anuales x 90% (7) y (8) El número de pago, trabajadores será el que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión resulte de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará sumatoria de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero puntos (7) y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-(8)

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

Aspectos Económicos. 5.1El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt ni para el del Ministerio de Educación y Formación Profesional. El importe En virtud de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos económicos: Por parte del Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt: – Formalizar el ingreso en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelante, Presupuesto tesorería del Ayuntamiento de ENSAYO), conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso Sant Vicenç de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en Montalt de los pagos que se detallan por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt ascenderá a continuación504 euros y un máximo de 48.000 euros, ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt en las aplicaciones presupuestarias 2022/01/42090 «Altres transferències corrents de l’Administració de l’estat». cve: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de BOE-A-2022-9244 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx – Asumir la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto compensación económica de los costes tutores recogida en el acuerdo de gestión documental colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturaráFormación Profesional, en concepto de costes impartición de gestión cursos, realizando la retención en concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la adendarecaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en cinco periodos anuales en base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este cargo será como mínimo de 400 euros/año y un máximo de 37.860 euros/año, trescientos cincuenta que será imputado al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt en la aplicación presupuestaria 2022/08/3370/2260601 «Despeses de cursos de formació jovent». – Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo de 200 euros no reembolsables y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt derivado de los ingresos de la matrícula. – Hacerse cargo del contrato del responsable o administrador del Aula Mentor del Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año (350€), IVA no incluidoincluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 9.900 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme – Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes largo de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de Vida la información a que se refiere el punto anteriordel Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt necesaria para elaborar la memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimientoeconómica. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por Por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación Ministerio de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma Educación y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o Formación Profesional a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste la Subdirección General de Orientación y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y Aprendizaje a lo largo de la formación del personal Vida: – Remitir cinco informes económicos anuales al Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt indicando el número de alumnos tutorizados en ese periodo, para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará que dicha entidad proceda al pago de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-costes tutoriales correspondientes.

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Samples: www.boe.es

Aspectos Económicos. 5.1. El importe de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente para el FIIS-FJD, en   EUROS IVA no incluido ( €( €) (en adelante, Presupuesto de ENSAYOTotal Presupuestado por Paciente), conforme . Conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), : Memoria Económica) en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. Adicionalmente, a la firma del presente contrato el PROMOTOR abonará la cantidad de 3.000 EUROS + IVA (TRES MIL EUROS más IVA), en pago único, no reembolsable, en concepto de gastos de gestión administrativa y contractual; y 350€ + IVA (TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS más IVA) en concepto de tasas de archivo, para custodiar la documentación durante los 25 años que establece la legislación (Art 58 No 536/2014 del parlamento europeo y del consejo de 16 xx xxxxx de 2014). 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN FIIS-FJD en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.45.2.1. El presupuesto Presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto paciente reclutado incluido en el Anexo Ila memoria económica del ENSAYO, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL el/los INVESTIGADOR/ES PRINCIPAL/ES mantendrán informada informado a la FUNDACIÓN FIIS-FJD semestralmente. 5.2.5.Estos 5.2.2. Si estuviera previsto, por parte del Promotor, costear dietas /desplazamientos /estancias a los pacientes, se deberá indicar el importe máximo a percibir por el paciente en el contrato. Si la tramitación de este gasto lo realizara la FIIS-FJD, se incrementará en las facturas un 30% por costes de gestión. 5.2.3. Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO ENSAYO, incluida la posible hospitalización derivada de efectos adversos del ensayo (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:: En el plazo máximo de (3) tres meses, meses a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, HOSPITAL el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN al FIIS-FJD el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria hospitalaria, de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, brevedad desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN el FIIS-FJD calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, ensayo la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) establecido. Las facturas serán emitidas al PROMOTORa nombre de: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio:   Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular  Nuestros datos fiscales: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander FUNDACIÓN INSTITUTO DE INVESTIGACION SANITARIA DE LA FUNDACION XXXXXXX XXXX BANCO SANTANDER S.A. Xxx Xxxxxxxx, 33 28003 – Madrid (España) Nº de Cuenta IBANCuenta: 0075.5977.81.0605344752 IBAN code: ES91 SWIFT code: XXXXXXXX En el pago realizado por EL PROMOTOR/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 CRO se deberá anotar el número de factura en el campo CONCEPTO u OBSERVACIONES de la transferencia. En caso contrario, la FIIS-FJD no asegura la correcta validación del pago de dicha factura. Los pagos realizados por el El PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN al FIIS-FJD serán plenamente liberatorios para el primero, primero siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN del IIS-FJD el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores o sujetos del ENSAYOensayo. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes:   El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-

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Samples: Contrato Para La Realización Del Ensayo Clínico

Aspectos Económicos. 5.1El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Marratxí ni para el del Ministerio de Educación y Formación Profesional. El importe En virtud de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos económicos: Por parte del Ayuntamiento de Marratxí: – Formalizar el ingreso en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelante, Presupuesto tesorería de ENSAYO), conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso Ayuntamiento de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en Marratxí de los pagos que se detallan por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Marratxí ascenderá a continuación504 euros y un máximo de 48.000 euros, ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de Marratxí en las aplicaciones presupuestarias 34205. cve: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de BOE-A-2022-5094 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx – Asumir la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto compensación económica de los costes tutores recogida en el acuerdo de gestión documental colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturaráFormación Profesional, en concepto de costes impartición de gestión cursos, realizando la retención en concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la adendarecaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este cargo será como mínimo de 400 euros/año y un máximo de 37.860 euros/año, trescientos cincuenta que será imputado al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Marratxí en la aplicación presupuestaria 241.30.22799. – Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo de 200 euros no reembolsables y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Marratxí, derivado de los ingresos de la matrícula. – Hacerse cargo del contrato del responsable o administrador del Aula Mentor del Ayuntamiento de Marratxí que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año (350€), IVA no incluidoincluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 9.900 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Marratxí. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme – Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes largo de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de Vida la información a que se refiere el punto anteriordel Ayuntamiento de Marratxí necesaria para elaborar la memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimientoeconómica. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por Por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación Ministerio de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma Educación y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o Formación Profesional a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste la Subdirección General de Orientación y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y Aprendizaje a lo largo de la formación del personal Vida: – Remitir 5 informes económicos anuales al Ayuntamiento de Marratxí indicando el número de alumnos tutorizados en ese periodo, para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará que dicha entidad proceda al pago de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-costes tutoriales correspondientes.

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Samples: www.boe.es

Aspectos Económicos. 5.15.1.-Que cada documento contenga toda la información solicitada. El 5.2.-Que los precios propuestos por EL LICITANTE para cada actividad o subactividad sean aceptables, es decir, que sean acordes con las condiciones vigentes en el mercado internacional, nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos, individualmente o conformando la proposición total. 5.3.-Que los tabuladores de sueldos sean acordes a los requeridos en la convocatoria a la licitación, y que la integración de las plantillas de personal y el tiempo de ejecución correspondan a los servicios ofertados. 5.4.-Del presupuesto de los servicios (Catálogo de actividades Forma E-7-PA): 5.4.1.-Que en todas y cada una de las actividades que integran el presupuesto, se establezca su importe. 5.4.2.-Que los importes de cada una de las actividades estén anotados con número y con letra, los cuales deben ser coincidentes; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que se consigna con letra. 5.4.3.-Que el importe total de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente la proposición sea congruente con todos los documentos que la integran. 5.5.-Que exista congruencia entre la red de actividades, la cédula de avances y pagos programados y el programa de ejecución de los trabajos y que éstos sean coherentes con la metodología de trabajo. (SE PODRÁ ADECUAR SEGÚN LAS CARACTERÍSTICAS Y MAGNITUD DE LOS SERVICIOS) 5.6.-Que exista consistencia lógica de las actividades descritas en EUROS IVA no incluido ( €) la red, cédula de avances y pagos programados y el programa de ejecución. (SE PODRÁ ADECUAR SEGÚN LAS CARACTERÍSTICAS Y MAGNITUD DE LOS SERVICIOS). 5.7.-Que los programas específicos de erogaciones sean congruentes con el programa general de ejecución de los trabajos y que los insumos propuestos por EL LICITANTE, correspondan a los períodos presentados en adelante, Presupuesto de ENSAYO), conforme los programas. A.-Conforme a lo establecido en el artículo 38 de la Memoria Económica LEY y 37A del ENSAYO (Anexo I)REGLAMENTO al finalizar la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquel cuya proposición resulte solvente por reunir, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por LA DEPENDENCIA en la presente convocatoria a la licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque reúnen las condiciones antes señaladas, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. Estos criterios solo aplicarán cuando existan dos o más propuestas determinadas como solventes, conforme a los criterios establecidos en la Fracción I anterior. Para determinar cuál de las proposiciones que resultaron solventes, conforme a los criterios de evaluación establecidos en la Fracción I anterior, es la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, se aplicará el mecanismo de adjudicación que contiene los criterios y parámetros que identifican objetivamente las mejores condiciones de contratación para el Estado y por lo tanto para LA CONVOCANTE. B.-El mecanismo de adjudicación estará conformado por los siguientes criterios, parámetros y su correspondiente valoración en puntaje, en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-términos:

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Aspectos Económicos. 5.1 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN. El importe Nacional Financiera, S.N.C. cubrirá el pago de este ENSAYO los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se ha presupuestado inicialmente efectuarán a los ( ) días naturales o en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelantecaso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, Presupuesto el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de ENSAYO)la entrega del comprobante fiscal debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la dependencia o entidad, conforme al anexo respectivo. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello el comprobante fiscal que sea aceptado se registrará en dicho programa a lo establecido más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Cadenas Productivas”. Cadenas Productivas. Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes o servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I)entrega de un expediente, en la hecho que se especifican todos realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad o cumplir con sus compromisos. ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los aspectos económicos compradores del mismoGobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación ¿Qué Beneficios brinda pertenecer al Directorio? Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales o inducción al HOSPITALprofesionales estén relacionadas con los bienes o servicios, la FUNDACIÓN objeto del contrato a celebrarse. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL servicios para recomendarque de un modo ágil, prescribirsencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Llámenos al teléfono 0000 0000 o al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S. N. C., comprarXx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn – 01020, usar o concertar Xxxxxx, X.X. (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL viernes 22 de diciembre de 2017 En caso de que los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el uso contrato y los que estos últimos subcontraten, tramiten por su cuenta la opinión del cumplimento de ningún producto del PROMOTORobligaciones fiscales, lo harán en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.39. 5.2. El importe En los casos en que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , contribuyente tenga créditos fiscales y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los pagos recursos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de servicios u obra pública que se suscribiera una adenda al contrato pretenda contratar, la FUNDACIÓN facturaráopinión la emitirá la ADR, en concepto enviándola al buzón tributario de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, éste hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producidocelebrado el convenio de pago. Para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, estén o no reflejadas en las autoridades fiscales emitirán oficio a la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información a que se refiere el punto anteriorantes señalada, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final contribuyente para la celebración del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas convenio respectivo. Los residentes en el plazo extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de un (1) mesinscripción en el RFC, sin necesidad ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, para que ésta gestione ante la ADR la no aplicación del artículo 32-D del CFF. La autoridad fiscal revisará que no se le aplicará actualiza el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre supuesto jurídico del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decirmencionado artículo, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-no existir créditos fiscales.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

Aspectos Económicos. 5.1. El 1.-Corresponderá al Organizador el abono a la RFEC de las cantidades en concepto de adjudicación de la organización de la prueba, tasas federativas de la RFEC, costes arbitrales y servicios prestados por la RFEC, por el importe de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente señalado en EUROS IVA no incluido ( €) (el ANEXO I. 2.-Los premios en adelante, Presupuesto de ENSAYO), metálico serán pagados por el Organizador conforme a lo establecido en la Memoria Económica Normativa Técnica. 3.-Las tasas federativas autonómicas vigentes en cada momento serán de cuenta del ENSAYO (Anexo I)Organizador. 4.-Los gastos de alojamiento y manutención xxx Xxxxxx Técnico y personal RFEC serán liquidados por el Organizador conforme establece el ANEXO I. 5.-El Organizador podrá cobrar una tasa de inscripción, en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse conforme a la FUNDACIÓN Normativa Técnica y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN obligaciones financieras RFEC vigente en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pagocada momento, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o será gestionada a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y la plataforma de registro de inscripciones de la formación RFEC. 6.-En caso de suspensión de la prueba por falta o falla del personal Organizador, éste tendrá que abonar a la RFEC una penalización de 1.000€. Para este caso, las tasas correspondientes a la clase de la prueba no serán retornables. Visto el presente PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ORGANIZACIÓN DE UNA DE LAS PRUEBAS INTEGRANTES EN EL OPEN DE ESPAÑA XCM mediante procedimiento negociado, resultando que el mismo ha sido informado favorablemente por la Asesoría Jurídica de la misma, esta Secretaría General ha resuelto proponer a la Presidencia de la RFEC la aprobación del mencionado pliego. En Madrid, a 23 xx xxxxx de 2021. La RFEC podrá aportar para su manejouso en la prueba las lonas, fly banner y otros elementos publicitarios con la imagen de la RFEC y patrocinador principal si fuera necesarialo hubiera. En ningún caso serán responsables el HOSPITALSegún Normativa Técnica, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará RFEC se hará cargo de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad maillots de líder del PROMOTOR o Open de un tercero y llevará España XCM. La organización de la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse prueba ciclista, facilitando para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno ello los servicios necesarios (salvo los antes señalados como obligación de la RFEC) para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO de la misma, corriendo a su cargo y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-bajo su entera responsabilidad.

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Samples: Contrato De Adjudicación

Aspectos Económicos. 5.1. El importe de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente para el FIIS-FJD, en ______ EUROS IVA no incluido ( (____ €) (en adelante, Presupuesto de ENSAYOTotal Presupuestado por paciente), conforme . Conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), : Memoria Económica) en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. Adicionalmente, a la firma del presente contrato el PROMOTOR abonará la cantidad de 3.000 EUROS + IVA (TRES MIL EUROS más IVA), en pago único, no reembolsable, en concepto de gastos de gestión administrativa y contractual; y 350€ + IVA (TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS más IVA) en concepto de tasas de archivo, para custodiar la documentación durante los 25 años que establece la legislación (Art 58 No 536/2014 del parlamento europeo y del consejo de 16 xx xxxxx de 2014). 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , de la memoria económica y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN al CENTRO en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.45.2.1. El presupuesto resto del Presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto paciente reclutado incluido en el Anexo Ila memoria económica del ENSAYO, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL el/los INVESTIGADOR/ES PRINCIPAL/ES mantendrán informada informado a la FUNDACIÓN FIIS-FJD semestralmente. 5.2.5.Estos 5.2.2. Si estuviera previsto, por parte del Promotor, costear dietas /desplazamientos /estancias a los pacientes, se deberá indicar el importe máximo a percibir por el paciente en el contrato. Si la tramitación de este gasto lo realizara la FIIS-FJD, se incrementará en las facturas un 30% por costes de gestión. 5.2.3. Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO ENSAYO, incluida la posible hospitalización derivada de efectos adversos del ensayo (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:: En el plazo máximo de (3) tres meses, meses a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, CENTRO el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN FIIS-FJD el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria hospitalaria, de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I)Económica. A la mayor brevedad, brevedad desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN FIIS-FJD calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, ensayo la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido establecido. Datos fiscales de la FIIS-FJD: FUNDACIÓN INSTITUTO DE INVESTIGACION SANITARIA DE LA FUNDACION XXXXXXX XXXX BANCO SANTANDER S.A. Xxx Xxxxxxxx, 00 00000 – Xxxxxx (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en EspañaXxxxxx) Nº de Cuenta: 0075.5977.81.0605344752 IBAN code: ES91 SWIFT code: XXXXXXXX Las Facturas se emitirán a nombre de: (Incluir datos de facturación) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, Facturas se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, enviarán a: Titular: Fundación para (Incluir datos de facturación) En el pago realizado por EL PROMOTOR/CRO se deberá anotar el número de factura en el campo CONCEPTO u OBSERVACIONES de la Investigación Biomédica transferencia. En caso contrario, la FIIS-FJD no asegura la correcta validación del Hospital Universitario pago de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 dicha factura. Los pagos realizados por el El PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN al IIS-FJD serán plenamente liberatorios para el primero, primero siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN FIIS-FJD el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores o sujetos del ENSAYOensayo. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL CENTRO carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL CENTRO de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITALCENTRO, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: ____________________ El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL CENTRO ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL CENTRO o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-

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Samples: Contrato Para La Realización Del Ensayo Clínico

Aspectos Económicos. 5.1El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Moixent ni para el del Ministerio de Educación y Formación Profesional. El importe En virtud de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos económicos: Por parte del Ayuntamiento de Moixent: – Formalizar el ingreso en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelante, Presupuesto tesorería de ENSAYO), conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso Ayuntamiento de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en Moixent de los pagos que se detallan por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Moixent ascenderá a continuación504 euros y un máximo de 48.000 euros, ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de Moixent en las aplicaciones presupuestarias 39900. cve: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de BOE-A-2022-5104 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx – Asumir la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto compensación económica de los costes tutores recogida en el acuerdo de gestión documental colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturaráFormación Profesional, en concepto de costes impartición de gestión cursos, realizando la retención en concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la adendarecaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en cinco periodos anuales en base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este cargo será como mínimo de 400 euros/año y un máximo de 37.860 euros/año, trescientos cincuenta que será imputado al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Moixent en la aplicación presupuestaria 32300-22699. – Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo de 200 euros no reembolsables y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Moixent, derivado de los ingresos de la matrícula. – Hacerse cargo del contrato del responsable o administrador del Aula Mentor del Ayuntamiento de Moixent que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año (350€), IVA no incluidoincluyendo impuestos y Seguridad Social) y una cantidad máxima de 9.900 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Moixent. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme – Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes largo de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de Vida la información a que se refiere el punto anteriordel Ayuntamiento de Moixent necesaria para elaborar la memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimientoeconómica. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por Por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación Ministerio de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma Educación y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o Formación Profesional a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste la Subdirección General de Orientación y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y Aprendizaje a lo largo de la formación del personal Vida: – Remitir cinco informes económicos anuales al Ayuntamiento de Moixent indicando el número de alumnos tutorizados en ese periodo, para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimiento, ni de su eventual pérdida. El equipo constará que dicha entidad proceda al pago de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-costes tutoriales correspondientes.

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Aspectos Económicos. 5.1 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN. El importe Nacional Financiera, S.N.C. cubrirá el pago de este ENSAYO los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se ha presupuestado inicialmente efectuarán a los ( ) días naturales o en EUROS IVA no incluido ( €) (en adelantecaso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, Presupuesto el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de ENSAYO)la entrega de la factura debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la CONVOCANTE o entidad, conforme al anexo respectivo. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a lo establecido más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Cadenas Productivas”. Cadenas Productivas? Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la Memoria Económica entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una ó más CONVOCANTEs ó Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad ó cumplir con sus compromisos.  Obtener liquidez para realizar más negocios  Mejorar la eficiencia del ENSAYO capital de trabajo  Agilizar y reducir los costos de cobranza  Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, xxx.xxxxx.xxx  Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 00 00 00 00 y 01800 NAFINSA (Anexo I)62 34 672) , en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las CONVOCANTEs y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. ¿Qué Beneficios brinda pertenecer al Directorio? Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las CONVOCANTEs y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales ó profesionales estén relacionadas con los bienes ó servicios, objeto del contrato a celebrarse. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las CONVOCANTEs y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Llámenos al teléfono 0000 0000 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn – 01020, México, D.F. Domicilio: Calle y número: Colonia: Delegación o Municipio: Código Postal: Entidad Federativa: Teléfonos: Fax: Correo Electrónico: Núm. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se especifican todos los aspectos económicos dio fe de la misma: Descripción del mismoobjeto social: Reformas al acta constitutiva: Fecha y Número de inscripción en el Registro Público de Comercio Fecha: Núm. Dicha cantidad no incluye Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s): Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó: La información asentada en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITALeste anexo, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendarse le hará exigible su comprobación al(os) licitante(s) ganador(es), prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2. El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse previo a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto , para lo cual presentará original o copia certificada para su cotejo de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxx) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del ENSAYO. El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre: CIF Domicilio: Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORA, cuyos datos serán: Nombre: CIF : Domicilio: Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección : Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, documentos con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe Entidad Bancaria: Banco Santander Nº de Cuenta IBAN/SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 CIF: ESG83727024 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de que acredite su existencia legal y las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan que, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYO, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso, directamente o a través de un tercero. Asimismo, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministro, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el HOSPITAL, la FUNDACIÓN, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimientorepresentante para suscribir el contrato correspondiente. TUXTLA GUTIÉRREZ, ni de su eventual pérdida. El equipo constará de los siguientes componentes: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYO, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACION. Cuando reciba una petición de devolución, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogida. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuito, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarios. En el caso de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contrato, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-CHIAPAS DE 2015.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

Aspectos Económicos. 5.1. 5.1 El importe de este ENSAYO se ha presupuestado inicialmente en _______________ EUROS IVA no incluido ( €) (en adelante, Presupuesto de ENSAYO), conforme a lo establecido en la Memoria Económica del ENSAYO (Anexo I), en la que se especifican todos los aspectos económicos del mismo. Dicha cantidad no incluye en ningún caso una obligación o inducción al HOSPITAL, la FUNDACIÓN y/o INVESTIGADOR PRINCIPAL para recomendar, prescribir, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del PROMOTOR. 5.2A la firma del presente contrato el PROMOTOR abonará la cantidad de OCHOCIENTOS EUROS (800€), en pago único, no reembolsable, en concepto de gastos de gestión administrativa y contractual. Adicionalmente la Comisión de Adecuación de Estudios de Investigación del HOSPITAL repercutirá en factura aparte MIL DOSCIENTOS EUROS (1.200€), IVA no incluído, correspondientes a la gestión administrativa de la viabilidad local del ENSAYO 5.2 El importe que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) durante la ejecución del ENSAYO será determinado por aplicación del Anexo I , y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN y deberá satisfacerse a la FUNDACIÓN en los pagos que se detallan a continuación: 5.2.1.En concepto de costes de registro y tramitación administrativa del ENSAYO, el PROMOTOR/CRO abonará mil quinientos euros no reembolsables (1.500€) , IVA no incluido antes de la firma del contrato. 0.0.0.Xx abonarán setecientos euros no reembolsables (700,00€ )IVA no incluido a la firma del presente Contrato en concepto de los costes de gestión documental y archivo. 5.2.3.En el supuesto de que se suscribiera una adenda al contrato , la FUNDACIÓN facturará, en concepto de costes de gestión de la adenda, trescientos cincuenta euros no reembolsables (350€), IVA no incluido. 5.2.4. 5.2.1 El presupuesto del ENSAYO se abonará, al menos, semestralmente conforme a lo que se detalla en el cuadro de importes por visita y sujeto reclutado incluido en el Anexo I, hasta el pago íntegro del importe que constituye tal Presupuesto. A los citados efectos, el PROMOTOR/CRO (elegir según xxxxxxxproceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL mantendrán informada a la FUNDACIÓN semestralmente. 5.2.5.Estos 5.2.2 Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo definitive del ENSAYO. 5.3 El importe definitivo que deba abonar el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) por la ejecución del ENSAYO será determinado por razón de la actividad efectivamente realizada para la ejecución del ENSAYO (en adelante, Importe Definitivo). El Importe Definitivo se calculará de la forma siguiente:: 5.3.1 En el plazo máximo de (3) tres meses, a contar desde la terminación del ENSAYO en el HOSPITAL, el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) y el INVESTIGADOR PRINCIPAL comunicarán por escrito a la FUNDACIÓN el número total de: (1) sujetos reclutados y evaluados, (2) visitas efectivamente realizadas, (3) incidencias producidas, así como (4) de cualquier prueba, análisis, exploración, consulta o estancia hospitalaria de carácter extraordinario que se haya producido, estén o no reflejadas en la Memoria Económica (Anexo I). 5.3.2 A la mayor brevedad, desde que haya tenido lugar la comunicación de la información a que se refiere el punto anterior, la FUNDACIÓN calculará, emitirá y notificará al PROMOTOR/CRO (elegir según proceda), mediante facturación final del ensayo, la liquidación del importe definitivo, así como en su caso, reclamará las cantidades pendientes de pago, que deberán ser abonadas en el plazo de un (1) mes, sin necesidad de ulterior requerimiento. Con la liquidación del pago final se entenderán concluidas las obligaciones económicas por parte del PROMOTOR. 5.4 Todos los pagos deberán efectuarse contra presentación prestación de factura, a la que se le aplicará el IVA de acuerdo con la normativa aplicable en la fecha de emisión de la misma y a nombre del PROMOTOR o RESPONSABLE ECONÓMICO establecido (es decir, filial legalizada y vinculada del PROMOTOR en España) Las facturas serán emitidas al PROMOTOR: Nombre:_________ CIF: CIF Domicilio____________ Dirección: _______ Las facturas emitidas al PROMOTOR serán abonadas por la siguiente ENTIDAD PAGADORApagadora, cuyos datos serán: Nombre: CIF ____ CIF: Domicilio_______ Dirección: ________ (NOTA: Si es necesario incluir un número de pedido u orden de compra en las facturas, es preciso indicarlo, así como el procedimiento para ser solicitado por la Fundación). Las facturas serán enviadas para su gestión a la siguiente dirección dirección: Nombre: Domicilio: Correo electrónico ( sin procede): ( xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xxxx@xxxxx.xxxxxx.xxx 5.5 Los pagos a la FUNDACIÓN, se realizarán por transferencia bancaria, con los gastos a cargo del ordenante, a: Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de Getafe La Princesa Entidad Bancaria: Banco Santander La Caixa Nº de Cuenta Cuenta: 21004065172200091936 IBAN/: XX0000000000000000000000 SWIFT: XX00 0000 0000 00 0000000000 XXXXXXXXXXX CIF: ESG83727024 X00000000 5.6 Los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO (elegir según proceda) a la FUNDACIÓN serán plenamente liberatorios para el primero, siendo responsabilidad de la FUNDACIÓN el pago de las cantidades que, en su caso, correspondan a los investigadores del ENSAYO. Las PARTES acuerdan queFIVE. FINANCIAL ASPECTS 5.1. The cost of these TRIALS has been initially budgeted at ___ EUROS, si el HOSPITAL carece del equipo necesario para realizar adecuadamente el ENSAYOnot including VAT, el PROMOTOR lo facilitará al HOSPITAL de manera gratuita cediendo su uso(€___) (hereinafter, directamente o a través de un tercerothe TRIALS Budget), in accordance with the provisions of the Financial Memorandum for the TRIALS (Schedule I), which specifies all their financial aspects. AsimismoThis amount does not, el PROMOTOR asumirá el coste y se encargará del suministroin any case whatsoever, instalación, mantenimiento, calibración y retirada del equipo, y de la formación del personal para su manejo, si fuera necesaria. En ningún caso serán responsables el include an obligation or inducement for the HOSPITAL, la FUNDACIÓNthe FOUNDATION, ni el INVESTIGADOR PRINCIPAL de su mantenimientoand/or the LEAD INVESTIGATOR to recommend, ni de su eventual pérdidaprescribe, buy, use or arrange the use of any of the SPONSOR’s products. El equipo constará de los siguientes componentesOn signature of this contract, the SPONSOR will pay the amount of EIGHT HUNDRED EUROS (€800), in a one-off, non-refundable payment, by way of administrative and contractual management costs. Furthermore, the HOSPITAL’s Research Studies Suitability Committee will, in a separate invoice, charge ONE THOUSAND TWO HUNDRED EUROS (€1,200), excluding VAT, for the administrative management of the TRIALS’ local feasibility. 5.2. The amount to be paid by the SPONSOR/CRO (choose as appropriate) during performance of the TRIALS will be calculated by applying Schedule I and must be paid to the FOUNDATION in the payments set out below: El Equipo será siempre propiedad del PROMOTOR o de un tercero y llevará la identificación correspondiente en dicho sentido5.2.1. El Equipo sólo deberá utilizarse para realizar el ENSAYOThe TRIALS budget will be paid, y al finalizar éste será devuelto al PROMOTOR o at least, every six months in accordance with the details in the amounts table by visit and subject signed up included in Schedule I, until the total amount of the Budget has been paid. For that purpose, the SPONSOR/CRO (choose as appropriate) and the LEAD INVESTIGATOR will report to the FOUNDATION every six months. 5.2.2. These payments are considered to be payments on account, pending payment of the definitive total for the TRIALS. 5.3. The definitive total to be paid by the SPONSOR/CRO (choose as appropriate) for performing the TRIALS will be calculated based on the work effectively carried out to perform the TRIALS (hereinafter, the Definitive Total).The Definitive Total will be calculated as follows: 5.3.1. Within a un tercero sin coste alguno para el HOSPITAL ni la FUNDACIONmaximum of three (3) months after termination of the TRIALS at the HOSPITAL, the SPONSOR/CRO (choose as appropriate) and the LEAD INVESTIGATOR will notify the FOUNDATION in writing of the total number of:(1) subjects signed up and assessed, (2) visits effectively paid, (3) incidents occurring, and (4) any hospital test, analysis, exploration, appointment or stay of an extraordinary nature which may have occurred, whether or not they are reflected in the Financial Memorandum (Schedule I). Cuando reciba una petición de devolución5.3.2. As soon as possible after the information referred to in the previous paragraph has been notified, el INVESTIGADOR PRINCIPAL pondrá el Equipo the FOUNDATION will calculate, issue and notify the SPONSOR/CRO (choose as appropriate), in a disposición del PROMOTOR o del tercero designado por éste para su recogidafinal invoice for the trials, the amount of the definitive total and, if necessary, claim the amounts pending payment, which must be paid within one (1) month, without the need for a subsequent request. A la finalización del ENSAYO el PROMOTOR podrá ceder el Equipo al HOSPITAL o a la FUNDACIÓN con carácter gratuitoOnce the final payment is made, it will be understood that the SPONSOR’s financial obligations have concluded. 5.4. All payments must be made on submission of the invoice, to which VAT will be added in accordance with the applicable law on the date it is issued on, in the name of the SPONSOR, or FINANCIAL MANAGER designated (that is to say, a cuyo efecto se formalizarán los documentos que fueran necesarioslegal subsidiary associated with the SPONSOR in Spain). En el caso Invoices will be issued to the SPONSOR: Name:_________ Tax Identification Code:____________ Address:_______ Invoices issued to the SPONSOR will be paid by the following payer, whose details are: Name:____ Tax Identification Code:_______ Address:________ (NOTE: If it is necessary to include an order or purchase order number in the invoices, this must be indicated, along with the procedure for the Foundation to request it). Invoices will be sent for processing to the following address:xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xxxx@xxxxx.xxxxxx.xxx 5.5. Payments to the FOUNDATION will be made by bank transfer, with charges payable by the sender, to: Holder: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de que se detectaran necesidades adicionales de equipamiento durante la realización del ENSAYO y con posterioridad a la firma del presente contratoLa Princesa Bank: La Caixa Account No: 21004065172200091936 IBAN: XX0000000000000000000000 SWIFT: XXXXXXXXXXX Tax Identification Code: X00000000 5.6. Payments made by the SPONSOR/CRO (choose as appropriate) to the FOUNDATION will be full settlements for the former, las PARTES deberán firmar una adenda que recoja el equipamiento puesto a disposición respetando las condiciones y términos indicados en los párrafos anteriores. SEXTA.-with the FOUNDATION being responsible for payment the amounts that, as appropriate, are payable to the TRIALS researchers.

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Samples: Contrato Para La Realización Del Ensayo Clínico