AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 21.1 Toda factura pagada por las Naciones Unidas será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, de las Naciones Unidas o de otros agentes habilitados y cualificados de las Naciones Unidas en cualquier momento mientras dure el contrato y por un plazo de tres (3) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del contrato. Las Naciones Unidas tendrán derecho al reintegro por el contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que las Naciones Unidas han pagado en disconformidad con los términos y condiciones del contrato. 21.2 Las Naciones Unidas podrán llevar a cabo investigaciones sobre cualquier aspecto del contrato o la adjudicación del mismo, las obligaciones ejecutadas con arreglo al contrato y las operaciones del contratista que guarden relación en general con la ejecución del contrato en cualquier momento durante el plazo de vigencia del contrato y por un periodo de tres (3) años a partir de la terminacion del contrato o de la terminacion anticipada del contrato.. 21.3 El contratista prestará su plena y puntual cooperación a toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación. Esa cooperación abarcará, sin carácter exhaustivo, la obligación del contratista de poner a disposición su personal y toda la documentación pertinente para dichas finalidades en tiempo y condiciones razonables y de dar a las Naciones Unidas acceso a los locales del contratista en tiempo y condiciones razonables en relación con dicho acceso al personal del contratista y a la documentación pertinente. El contratista pedirá a sus agentes, comprendidos, sin limitación, los abogados, contables o demás asesores del contratista, que cooperen razonablemente con toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación que efectúen las Naciones Unidas conforme a lo estipulado en el presente documento.
Appears in 3 contracts
Samples: Invitación a Licitar, Contract for Broadcasting Services, General Conditions of Contract for the Supply of Goods and Services
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 21.1 20.1 Toda factura pagada por las Naciones Unidas el UNFPA será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, del UNFPA o de las Naciones Unidas Unidas, o de otros agentes habilitados y cualificados del UNFPA o de las Naciones Unidas Unidas, en cualquier momento mientras dure el contrato y por un plazo de tres (3) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del contrato. Las Naciones Unidas tendrán El UNFPA tendrá derecho al reintegro por el contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que las Naciones Unidas han el UNFPA ha pagado en disconformidad con los términos y condiciones del contrato.
21.2 Las Naciones Unidas podrán 20.2 El UNFPA podrá llevar a cabo investigaciones sobre cualquier aspecto del contrato o la adjudicación del mismo, las obligaciones ejecutadas con arreglo al contrato y las operaciones del contratista que guarden relación en general con la ejecución del contrato en cualquier momento durante el plazo de vigencia del contrato y por un periodo de tres (3) años a partir de la terminacion del contrato o de la terminacion anticipada del contrato..
21.3 20.3 El contratista prestará su plena y puntual cooperación a toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación. Esa cooperación abarcará, sin carácter exhaustivo, la obligación del contratista de poner a disposición su personal y toda la documentación pertinente para dichas finalidades en tiempo y condiciones razonables y de dar a las Naciones Unidas al UNFPA acceso a los locales del contratista en tiempo y condiciones razonables en relación con dicho acceso al personal del contratista y a la documentación pertinente. El contratista pedirá a sus agentes, comprendidos, sin limitación, los abogados, contables o demás asesores del contratista, que cooperen razonablemente con toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación que efectúen efectúe el UNFPA o las Naciones Nacines Unidas conforme a lo estipulado en el presente documento.
Appears in 1 contract
Samples: General Conditions of Contract for the Provision of Services
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 21.1 20.1 Toda factura pagada por las Naciones Unidas el UNFPA será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, del UNFPA o de las Naciones Unidas Unidas, o de otros agentes habilitados y cualificados del UNFPA o de las Naciones Unidas Unidas, en cualquier momento mientras dure el contrato y por un plazo de tres (3) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del contrato. Las Naciones Unidas tendrán El UNFPA tendrá derecho al reintegro por el contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que las Naciones Unidas han el UNFPA ha pagado en disconformidad con los términos y condiciones del contrato.
21.2 Las Naciones Unidas podrán 20.2 El UNFPA podrá llevar a cabo investigaciones sobre cualquier aspecto del contrato o la adjudicación del mismo, las obligaciones ejecutadas con arreglo al contrato y las operaciones del contratista que guarden relación en general con la ejecución del contrato en cualquier momento durante el plazo de vigencia del contrato y por un periodo de tres (3) años a partir de la terminacion del contrato o de la terminacion anticipada del contrato...
21.3 20.3 El contratista prestará su plena y puntual cooperación a toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación. Esa cooperación abarcará, sin carácter exhaustivo, la obligación del contratista de poner a disposición su personal y toda la documentación pertinente para dichas finalidades en tiempo y condiciones razonables y de dar a las Naciones Unidas acceso a los locales del contratista en tiempo y condiciones razonables en relación con dicho acceso al personal del contratista y a la documentación pertinente. El contratista pedirá a sus agentes, comprendidos, sin limitación, los abogados, contables o demás asesores del contratista, que cooperen razonablemente con toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación que efectúen las Naciones Unidas conforme a lo estipulado en el presente documento.para
Appears in 1 contract
Samples: Contractor Agreement
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 21.1 20.1. Toda factura pagada por las Naciones Unidas será sometida que pague la UIT estará sujeta a una auditoría posterior al pago a cargo de pago, que será realizada por auditores, internos o externos, de la UIT o las Naciones Unidas o de por otros agentes habilitados autorizados y cualificados de la UIT o las Naciones Unidas en cualquier momento mientras dure el contrato y por un plazo de tres (3) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del contrato. Las Naciones Unidas tendrán derecho al reintegro por el contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que las Naciones Unidas han pagado en disconformidad con los términos y condiciones del contrato.
21.2 Las Naciones Unidas podrán llevar a cabo investigaciones sobre cualquier aspecto del contrato o la adjudicación del mismoUnidas, las obligaciones ejecutadas con arreglo al contrato y las operaciones del contratista que guarden relación en general con la ejecución del contrato en cualquier momento durante el plazo de la vigencia del contrato Contrato y por un periodo de tres (3) años a partir después de la terminacion finalización o la rescisión anticipada del contrato Contrato. La UIT tendrá derecho a un rembolso por parte del Contratista de cualquier cantidad que dichas auditorías muestren que han sido pagados por la UIT incumpliendo los términos y condiciones del Contrato.
20.2. La UIT podrá realizar investigaciones sobre cualquier aspecto del Contrato o su adjudicación, las obligaciones ejecutadas en virtud del Contrato y las operaciones del Contratista que se relacionen en general con la ejecución del Contrato en cualquier momento durante la vigencia del Contrato y durante un periodo de tres (3) años después de la terminacion finalización o la rescisión anticipada del contrato..mismo.
21.3 20.3. El contratista prestará Contratista brindará su plena cooperación completa y puntual cooperación a toda inspeccióncon todas las inspecciones, auditoría posterior al auditorías post-pago o investigacióninvestigaciones de este tipo. Esa Dicha cooperación abarcaráincluirá, sin carácter exhaustivopero no exclusivamente, la obligación del contratista Contratista de poner a disposición disponibilidad su personal y toda la cualquier documentación pertinente relevante para dichas finalidades dichos propósitos, en tiempo unos tiempos razonables y en condiciones razonables razonables, y de dar acceso a las Naciones Unidas acceso la UIT a los locales del contratista Contratista, en tiempo unos horarios razonables y en condiciones razonables en relación con dicho lo relativo al acceso al personal del contratista y a la documentación pertinenterelevante del Contratista. El contratista pedirá Contratista requerirá a sus agentes, comprendidosincluidos pero no exclusivamente, sin limitación, los sus abogados, contables o demás asesores del contratistau otros asesores, que cooperen razonablemente de manera razonable con toda inspección, auditoría posterior al post-pago o investigación que efectúen realizada por la UIT o las Naciones Unidas conforme a lo estipulado en el presente documentoUnidas.
Appears in 1 contract
Samples: General Conditions of Contract
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 21.1 Toda 24.1 Cada factura pagada por las Naciones Unidas será sometida el UNFPA estará sujeta a una auditoría posterior al pago a cargo de por auditores, ya sean internos o externos, del UNFPA o de las Naciones Unidas o de por otros agentes habilitados autorizados y cualificados del UNFPA o de las Naciones Unidas en cualquier momento mientras dure el contrato durante la vigencia del Contrato y por durante un plazo período de tres (3) años después de la expiración o rescisión previa del Contrato. El UNFPA tendrá derecho a que el Contratista le reembolse cualesquiera sumas que, según se desprenda de la rescisión anticipada del contrato. Las Naciones Unidas tendrán derecho al reintegro esas auditorías, hayan sido pagadas por el contratista UNFPA de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que las Naciones Unidas han pagado en disconformidad manera no conforme con los términos y condiciones del contratoContrato.
21.2 Las Naciones Unidas podrán llevar a cabo 24.2 El UNFPA podrá realizar investigaciones sobre relacionadas con cualquier aspecto del contrato Contrato o la adjudicación del mismode su adjudicación, las obligaciones ejecutadas con arreglo al contrato contraídas en virtud del Contrato y las operaciones del contratista que guarden relación Contratista en general relacionadas con la ejecución del contrato Contrato en cualquier momento durante el plazo de la vigencia del contrato Contrato y por durante un periodo período de tres (3) años a partir después de la terminacion expiración o rescisión previa del contrato o de la terminacion anticipada del contrato..Contrato.
21.3 24.3 El contratista prestará Contratista deberá ofrecer su plena completa y puntual oportuna cooperación a toda en cualquier inspección, auditoría posterior al pago o e investigación. Esa Dicha cooperación abarcarádeberá incluir, sin carácter exhaustivoentre otros aspectos, la obligación del contratista Contratista de poner a disposición su personal Personal y toda cualquier documentación pertinente para tales fines en horas y condiciones razonables, y permitir el acceso del UNFPA a las instalaciones del Contratista en horas y condiciones razonables junto con dicho acceso a la documentación pertinente para dichas finalidades en tiempo y condiciones razonables y de dar a las Naciones Unidas acceso a los locales del contratista en tiempo y condiciones razonables en relación con dicho acceso al personal del contratista y a la documentación pertinenteel Personal. El contratista pedirá Contratista exigirá a sus agentes, comprendidosincluidos, sin limitaciónentre otros, los sus abogados, contables o demás asesores del contratistau otros asesores, que cooperen razonablemente con toda inspección, auditoría posterior al pago las auditorías posteriores a pagos o investigación investigaciones que efectúen las realicen el UNFPA o Naciones Unidas conforme a lo estipulado en el virtud del presente documentoContrato.
Appears in 1 contract
Samples: Contratos De Minimis
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 21.1 20.1 Toda factura pagada por las Naciones Unidas será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, de las Naciones Unidas o de otros agentes habilitados y cualificados de las Naciones Unidas en cualquier momento mientras dure el contrato y por un plazo de tres dos (32) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del contrato. Las Naciones Unidas tendrán derecho al reintegro por el contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que las Naciones Unidas han pagado en disconformidad con los términos y condiciones del contrato.
21.2 20.2 Las Naciones Unidas podrán llevar a cabo investigaciones sobre cualquier aspecto del contrato o la adjudicación del mismo, las obligaciones ejecutadas con arreglo al contrato y las operaciones del contratista que guarden relación en general con la ejecución del contrato en cualquier momento durante el plazo de vigencia del contrato y por un periodo de tres (3) años a partir de la terminacion del contrato o de la terminacion anticipada del contrato...
21.3 20.4 El contratista prestará su plena y puntual cooperación a toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación. Esa cooperación abarcará, sin carácter exhaustivo, la obligación del contratista de poner a disposición su personal y toda la documentación pertinente para dichas finalidades en tiempo y condiciones razonables y de dar a las Naciones Unidas acceso a los locales del contratista en tiempo y condiciones razonables en relación con dicho acceso al personal del contratista y a la documentación pertinente. El contratista pedirá a sus agentes, comprendidos, sin limitación, los abogados, contables o demás asesores del contratista, que cooperen razonablemente con toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación que efectúen las Naciones Unidas conforme a lo estipulado en el presente documento.
Appears in 1 contract
Samples: General Conditions of Contract for the Supply of Goods
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 21.1 20.1 Toda factura pagada por las Naciones Unidas el UNFPA será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, del UNFPA o de las Naciones Unidas o de otros agentes habilitados y cualificados del UNFPA o de las Naciones Unidas en cualquier momento mientras dure el contrato y por un plazo de tres dos (32) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del contrato. Las Naciones Unidas tendrán El UNFPA tendrá derecho al reintegro por el contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que las Naciones Unidas han el UNFPA ha pagado en disconformidad con los términos y condiciones del contrato.
21.2 Las Naciones Unidas 20.2 El UNFPA podrán llevar a cabo investigaciones sobre cualquier aspecto del contrato o la adjudicación del mismo, las obligaciones ejecutadas con arreglo al contrato y las operaciones del contratista que guarden relación en general con la ejecución del contrato en cualquier momento durante el plazo de vigencia del contrato y por un periodo de tres (3) años a partir de la terminacion del contrato o de la terminacion anticipada del contrato...
21.3 20.3 El contratista prestará su plena y puntual cooperación a toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación. Esa cooperación abarcará, sin carácter exhaustivo, la obligación del contratista de poner a disposición su personal y toda la documentación pertinente para dichas finalidades en tiempo y condiciones razonables y de dar a las Naciones Unidas al UNFPA acceso a los locales del contratista en tiempo y condiciones razonables en relación con dicho acceso al personal del contratista y a la documentación pertinente. El contratista pedirá a sus agentes, comprendidos, sin limitación, los abogados, contables o demás asesores del contratista, que cooperen razonablemente con toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación que efectúen efectúe el UNFPA o las Naciones Unidas conforme a lo estipulado en el presente documento.
Appears in 1 contract
Samples: General Conditions of Contract