CALIDAD DEL SUMINISTRO. La comercializadora está obligada frente al Cliente a cumplir con todas aquellas condiciones de capacidad legal, técnica y económica que reglamentariamente se determinen. Igualmente, quedan obligadas a suscribir y mantener vigentes durante la duración del presente contrato todos aquellos contratos de aprovisionamiento y de acceso a las instalaciones (ATR) de terceros, que fueran necesarios para poder llevar a cabo los suministros contratados. La Distribuidora de la zona, a cuyas instalaciones están conectadas las instalaciones del Cliente, es la única responsable de la operación y mantenimiento de las redes y de la disponibilidad y calidad del suministro con los niveles que se establezcan reglamentariamente, estando obligada frente al Cliente a prestar el servicio de distribución de forma regular y continua. En los supuestos de baja calidad del suministro y/o interrupciones en el servicio, será por tanto la empresa Distribuidora quien deberá atender las reclamaciones de los Clientes conectados a sus redes. Sin perjuicio de lo anterior, la comercializadora, a pesar de no ser la responsable de la calidad y continuidad del suministro, se ofrece a cursar las reclamaciones del Cliente y a gestionar, en nombre de éste ante la Distribuidora de la zona, las reducciones o descuentos que fueran pertinentes y que le pudieran corresponder de acuerdo con la legislación vigente, siendo la Distribuidora la empresa que deberá responder ante el Cliente, en su caso, de los eventuales daños ocasionados a éste como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones en materia de calidad y continuidad de suministro. La Comercializadora informará al Cliente del estado de su reclamación ante la Distribuidora cuando éste lo solicite. De acuerdo con la normativa vigente el Cliente tiene una acción directa frente a la Distribuidora por incumplimiento de las condiciones de calidad de servicio normativamente exigidas y/o por interrupciones en el servicio. Asimismo, la comercializadora trasladará al Cliente íntegramente todos aquellos descuentos y bonificaciones que hayan sido realizados por la Distribuidora de zona por interrupción del servicio o falta de calidad en el suministro, de acuerdo con la regulación vigente en cada momento.
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CALIDAD DEL SUMINISTRO. La comercializadora está obligada frente al Cliente a cumplir con todas aquellas condiciones Los índices de capacidad legal, técnica y económica que reglamentariamente se determinen. Igualmente, quedan obligadas a suscribir y mantener vigentes durante la duración del presente contrato todos aquellos contratos de aprovisionamiento y de acceso a las instalaciones (ATR) de terceros, que fueran necesarios para poder llevar a cabo los suministros contratados. La Distribuidora de la zona, a cuyas instalaciones están conectadas las instalaciones del Cliente, es la única responsable de la operación y mantenimiento de las redes y de la disponibilidad y calidad del suministro con serán los niveles que determinan el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se establezcan regulan las actividades de transporte y distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, y la Orden ECO/797/2002, de 22 xx xxxxx, por la que se aprueba el procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro eléctrico, o cualquier otra disposición normativa que las complemente o sustituya. Especialmente se tendrán en consideración: • El número y la duración de las interrupciones (cortes y microcortes). • Las características de la onda de tensión. Con la aceptación de este pliego la empresa comercializadora adjudicataria se compromete, siempre que la empresa distribuidora aporte previamente la información, a comunicar al Tribunal Constitucional con suficiente anticipación aquellos cortes planificados en la red por motivos técnicos. Asimismo el adjudicatario informará sobre la duración y causa de los cortes, microcortes o interrupciones no planificadas a requerimiento del Tribunal Constitucional, siempre que la empresa distribuidora aporte previamente la información. El adjudicatario se compromete a exigir a la empresa distribuidora los máximos niveles posibles de calidad y a promover la incorporación de tecnologías avanzadas en la medición y el control de calidad del suministro, a los efectos de que el mismo pueda prestarse con una calidad igual a la establecida reglamentariamente, estando obligada frente . El adjudicatario garantiza al Cliente a prestar Tribunal Constitucional que realizará con la empresa distribuidora todas las gestiones necesarias para minimizar la duración y el servicio efecto de distribución de forma regular las interrupciones y continua. En los supuestos de baja mejorar en lo posible la calidad del suministro y/o interrupciones en las instalaciones de que es titular el servicioTribunal, será a las que se refiere el presente contrato. El adjudicatario actuará por tanto cuenta del Tribunal Constitucional ante la empresa Distribuidora quien deberá atender las reclamaciones de los Clientes conectados a sus redes. Sin perjuicio de lo anterior, la comercializadora, a pesar de no ser la responsable de la calidad y continuidad del suministro, se ofrece a cursar las reclamaciones del Cliente y a gestionar, distribuidora en nombre de éste ante la Distribuidora de la zona, las reducciones o descuentos aquellos casos en que fueran pertinentes y que le pudieran corresponder de acuerdo con la legislación vigente, siendo la Distribuidora la empresa que deberá responder ante el Cliente, en su caso, de los eventuales daños ocasionados a éste como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones en materia de calidad y continuidad de suministro. La Comercializadora informará al Cliente del estado de su reclamación ante la Distribuidora cuando éste lo solicite. De acuerdo con la normativa vigente el Cliente tiene una acción directa frente a la Distribuidora por incumplimiento de las condiciones de calidad de servicio normativamente exigidas y/o por interrupciones en el servicio. Asimismo, la comercializadora trasladará al Cliente íntegramente todos aquellos descuentos y bonificaciones que hayan sido realizados por la Distribuidora de zona por interrupción del servicio o falta de calidad surjan problemas en el suministro, salvo que el Tribunal disponga otra cosa al respecto. Serán de acuerdo aplicación al Tribunal Constitucional las bonificaciones y descuentos que correspondan, en aplicación de la reglamentación vigente, por incumplimientos en la calidad del suministro, que se determinarán en función de las incidencias que afecten a la continuidad del mismo, relativas al número y a la duración de las interrupciones, así como por aquellas otras que afecten a la calidad de la onda de tensión, en relación con las variaciones del valor eficaz de la regulación vigente en cada momentotensión y de la frecuencia y las interrupciones del servicio y huecos de tensión de duración inferior a un minuto.
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Samples: Suministro De Energía Eléctrica
CALIDAD DEL SUMINISTRO. La comercializadora está obligada frente al Cliente a cumplir calidad del Suministro de electricidad se corresponde con todas aquellas condiciones lo establecido en la Ley 24/2013, de capacidad legal26 de diciembre del Sector Eléctrico, técnica en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y económica que reglamentariamente se determinen. Igualmente, quedan obligadas a suscribir y mantener vigentes durante la duración del presente contrato todos aquellos contratos procedimiento de aprovisionamiento y autorización de acceso a las instalaciones (ATR) de tercerosenergía eléctrica y en la Orden ECO/797/2002 de 22 xx xxxxx, por la que fueran necesarios para poder llevar a cabo los suministros contratados. La Distribuidora se aprueba el procedimiento de medida y control de la zona, a cuyas instalaciones están conectadas continuidad del suministro eléctrico o las instalaciones del Cliente, es la única responsable normativas que los sustituyan o complementen. A los efectos de determinar las responsabilidades de la operación y mantenimiento de las redes empresa comercializadora y de la disponibilidad y empresa distribuidora por incumplimiento en la calidad del suministro con se estará a lo regulado en dicha normativa. Además, la calidad del Suministro será responsabilidad de la empresa adjudicataria que suscriba los niveles correspondientes Contratos basados:
a) Continuidad del Suministro La empresa comercializadora que se establezcan reglamentariamente, estando obligada frente al Cliente a prestar el servicio suscriba los correspondientes Contratos basados tramitará ante la empresa distribuidora las reclamaciones de distribución de forma regular y continua. En los supuestos de baja calidad del suministro y/o interrupciones que correspondan a la Entidad Local adherida parte en el servicioContrato basado. Además, será por tanto la dicha empresa Distribuidora quien deberá atender comercializadora trasladará a las reclamaciones de facturas los Clientes conectados a sus redes. Sin perjuicio de lo anterior, la comercializadora, a pesar de no ser la responsable de la calidad y continuidad del suministro, se ofrece a cursar las reclamaciones del Cliente y a gestionar, en nombre de éste ante la Distribuidora de la zona, las reducciones o descuentos que fueran pertinentes y que le pudieran corresponder de acuerdo con la legislación vigente, siendo la Distribuidora la empresa que deberá responder ante el Clienteque, en su caso, aplique la empresa distribuidora de los eventuales daños ocasionados a éste como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones en materia de calidad y continuidad de suministro. La Comercializadora informará al Cliente del estado de su reclamación ante la Distribuidora cuando éste lo solicite. De acuerdo con la normativa vigente vigente.
b) Calidad de atención al cliente La empresa adjudicataria del Contrato basado se obliga a: - Poner a disposición de la Entidad Local adherida, un canal de comunicación permanente que garantice la adecuada atención, información y gestión de la resolución de las posibles incidencias relacionadas con el Cliente tiene una acción directa frente Suministro. - Designar, en los términos previstos en la cláusula sexta del presente pliego, al menos un gestor con funciones de coordinación y asistencia y disponer de un servicio permanente de atención al cliente para resolver cualquier anomalía en el Suministro. - Disponer de los medios humanos y materiales suficientes para responder satisfactoriamente a todos aquellos compromisos derivados del cumplimiento de los Contratos basados a lo largo del plazo de su vigencia. - Asesorar a la Distribuidora Entidad Local adherida en materia de facturación, medidas de consumo, calidad del suministro y demás aspectos del Suministro de electricidad. - Realizar las gestiones que sean precisas ante la correspondiente empresa distribuidora para la ejecución del Contrato basado sin cargo alguno para la Entidad Local adherida. El adjudicatario será el único punto de contacto de la Entidad Local adherida para la gestión del Suministro. Todas las actuaciones que lleven a cabo deberán estar autorizadas explícitamente por incumplimiento de las condiciones de calidad de servicio normativamente exigidas y/o por interrupciones la Entidad Local adherida. - Poner a disposición del adjudicador del contrato derivado del Acuerdo marco toda la información correspondiente a los Suministros contratados. - Proponer a la Entidad Local, en el servicio. Asimismocaso de entrada en vigor de nuevas normas que incluyan obligaciones tendentes a fomentar e impulsar la eficiencia energética, las medidas y actuaciones necesarias para la comercializadora trasladará al Cliente íntegramente todos aquellos descuentos y bonificaciones que hayan sido realizados por la Distribuidora adaptación de zona por interrupción del servicio o falta de calidad en el suministro, de acuerdo con la regulación vigente en cada momentolos suministros contratados a nueva normativa.
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CALIDAD DEL SUMINISTRO. La comercializadora Comercializadora está obligada frente al Cliente a cumplir con todas aquellas condiciones de capacidad legal, técnica y económica que reglamentariamente se determinen. Igualmente, quedan obligadas a suscribir y mantener vigentes durante la duración del presente contrato todos aquellos contratos de aprovisionamiento y de acceso a las instalaciones (ATR) de terceros, que fueran necesarios para poder llevar a cabo los suministros contratados. La Distribuidora de la zona, a cuyas instalaciones están conectadas las instalaciones del Cliente, es la única responsable de la operación y mantenimiento de las redes y de la disponibilidad y calidad del suministro con los niveles que se establezcan reglamentariamente, estando obligada frente al Cliente a prestar el servicio de distribución de forma regular y continua. En los supuestos de baja calidad del suministro y/o interrupciones en el servicio, será por tanto la empresa Distribuidora quien deberá atender las reclamaciones de los Clientes conectados a sus redes. Sin perjuicio de lo anterior, la comercializadoraComerciali- xxxxxx, a pesar de no ser la responsable de la calidad y continuidad del suministro, se ofrece a cursar las reclamaciones del Cliente y a gestionar, en nombre de éste ante la Distribuidora de la zona, las reducciones o descuentos que fueran pertinentes y que le pudieran corresponder de acuerdo con la legislación vigente, siendo la Distribuidora la empresa que deberá responder ante el Clientecliente, en su caso, de los eventuales daños ocasionados a éste como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones en materia de calidad y continuidad de suministro. La Comercializadora informará al Cliente del estado de su reclamación ante la Distribuidora cuando éste lo solicite. De acuerdo con la normativa vigente el Cliente tiene una acción directa frente a la Distribuidora por incumplimiento de las condiciones de calidad de servicio normativamente normativamen- te exigidas y/o por interrupciones en el servicio. Asimismo, la comercializadora Comercializa- xxxx trasladará al Cliente íntegramente todos aquellos descuentos y bonificaciones que hayan sido realizados por la Distribuidora de zona por interrupción del servicio o falta de calidad en el suministro, de acuerdo con la regulación vigente en cada momento.
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Samples: Suministro De Energía Eléctrica
CALIDAD DEL SUMINISTRO. La comercializadora está obligada frente al Cliente a cumplir calidad del suministro de gas natural se corresponde con todas aquellas condiciones lo establecido en la Ley 34/1998 del Sector de capacidad legalHidrocarburos, técnica y económica el Real Decreto949/2001, de 3 xx xxxxxx, por el que reglamentariamente se determinen. Igualmente, quedan obligadas a suscribir y mantener vigentes durante la duración del presente contrato todos aquellos contratos regula el acceso de aprovisionamiento y de acceso terceros a las instalaciones (ATR) gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de tercerosgas natural, el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que fueran necesarios para poder llevar se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, o las normativas que los sustituyan o complementen. A tal efecto, a cabo los suministros contratados. La Distribuidora efectos de determinar las responsabilidades de la zona, a cuyas instalaciones están conectadas las instalaciones del Cliente, es la única responsable de la operación y mantenimiento de las redes empresa comercializadora y de la disponibilidad y empresa distribuidora por incumplimiento en la calidad del suministro se estará a lo regulado en dicha normativa. Además, en relación con los niveles que se establezcan reglamentariamente, estando obligada frente al Cliente a prestar el servicio de distribución de forma regular y continua. En los supuestos de baja la calidad del suministro y/o interrupciones en el servicio, será por tanto corresponderá a la empresa Distribuidora quien deberá atender adjudicataria que suscriba los correspondientes Contratos basados:
a) Continuidad del Suministro La empresa comercializadora que suscriba los correspondientes Contratos basados tramitará ante la empresa distribuidora las reclamaciones de calidad del suministro que correspondan a la Entidad local adherida parte en el Contrato basado. Además, dicha empresa comercializadora trasladará a las facturas los Clientes conectados a sus redes. Sin perjuicio de lo anterior, la comercializadora, a pesar de no ser la responsable de la calidad y continuidad del suministro, se ofrece a cursar las reclamaciones del Cliente y a gestionar, en nombre de éste ante la Distribuidora de la zona, las reducciones o descuentos que fueran pertinentes y que le pudieran corresponder de acuerdo con la legislación vigente, siendo la Distribuidora la empresa que deberá responder ante el Clienteque, en su caso, aplique la empresa distribuidora de los eventuales daños ocasionados a éste como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones en materia de calidad y continuidad de suministro. La Comercializadora informará al Cliente del estado de su reclamación ante la Distribuidora cuando éste lo solicite. De acuerdo con la normativa vigente vigente.
b) Calidad de atención al cliente La empresa adjudicataria del Contrato basado se obliga a: - Poner a disposición de la Entidad local adherida un canal de comunicación permanente que garantice la adecuada atención, información y gestión de la resolución de las posibles incidencias relacionadas con el Cliente tiene una acción directa frente Suministro. - Designar un gestor con funciones de coordinación y asistencia y disponer de un servicio permanente de atención al cliente para resolver cualquier anomalía en el Suministro. - Disponer de los medios humanos y materiales suficientes para responder satisfactoriamente a todos aquellos compromisos derivados del cumplimiento de los Contratos basados a lo largo del plazo de su vigencia. - Asesorar a la Distribuidora por incumplimiento Entidad local adherida en materia de facturación, medidas de consumo, calidad del suministro y demás aspectos del Suministro de gas natural. - Realizar las condiciones gestiones que sean precisas ante la correspondiente empresa distribuidora para la ejecución del Contrato basado sin cargo alguno para la Entidad Local adherida. El adjudicatario será el único punto de calidad contacto de servicio normativamente exigidas y/o por interrupciones en el serviciola Entidad local adherida para la gestión del Suministro. Asimismo, la comercializadora trasladará al Cliente íntegramente todos aquellos descuentos y bonificaciones Todas las actuaciones que hayan sido realizados lleven a cabo deberán estar autorizadas explícitamente por la Distribuidora de zona por interrupción Entidad Local adherida. - Poner a disposición del servicio o falta de calidad en el suministro, de acuerdo con adjudicador del contrato derivado del Acuerdo Xxxxx toda la regulación vigente en cada momentoinformación correspondiente a los Suministros contratados.
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CALIDAD DEL SUMINISTRO. La comercializadora está obligada frente calidad del servicio vendrá referida a los siguientes aspectos:
a) Continuidad del suministro de energía eléctrica, relativa al Cliente número y duración de las interrupciones del suministro. Será obligación de la empresa Adjudicataria informar al INSTITUTO DE ATENCIÓN SOCIAL Y SOCIOSANITARIA IASS de los
1. Tiempo de interrupción. Igual al tiempo transcurrido desde que la misma se inicia hasta que finaliza, medido en horas. El tiempo de interrupción total será la suma de los tiempos de interrupción durante un período determinado.
2. Número de interrupciones. Será la suma de todas las interrupciones habidas durante un periodo de tiempo determinado. En la medida en que dicha información les haya sido facilitada por la empresa distribuidora, en el supuesto xx xxxxxx programados en la red por motivos técnicos, el adjudicatario se compromete a cumplir informar de los mismos a la entidad contratante, mediante comunicación individualizada, de forma que quede constancia de su envío, con todas aquellas condiciones una anticipación mínima de capacidad legal24 horas, técnica no computándose a tales efectos los xxxxxxx, xxxxxxxx o festivos. En el caso xx xxxxxx no programados, el adjudicatario informará posteriormente a esta entidad de las causas y económica duración xxx xxxxx.
b) Calidad del producto, relativa a las características de onda de tensión. Para determinar la calidad de la onda se tendrán en cuenta las variaciones del valor eficaz de la tensión y de la frecuencia y las interrupciones de suministro y huecos de duración inferior a tres minutos. Para la determinación de estos aspectos se seguirán los criterios establecidos en la Norma UNE - EN 50.160:1996 (Características de la tensión suministrada por las redes generales de distribución) o norma que la sustituya y las Instrucciones Técnicas Complementarias que dicte el Ministerio o aquél que reglamentariamente se determinen. Igualmentedetermine.
c) Calidad en la atención, quedan obligadas a suscribir información, asesoramiento, contratación, comunicación y mantener vigentes durante la duración del presente contrato todos aquellos contratos de aprovisionamiento y de acceso a las instalaciones (ATR) de terceros, que fueran necesarios para poder llevar a cabo los suministros contratadosreclamación. La Distribuidora de la zona, a cuyas instalaciones están conectadas las instalaciones del Cliente, es la única responsable de la operación y mantenimiento de las redes y de la disponibilidad y calidad del suministro con los niveles que empresa adjudicataria se establezcan reglamentariamente, estando obligada frente al Cliente compromete a prestar el servicio al Instituto de distribución de forma regular Atención Social y continua. En los supuestos de baja calidad del suministro y/o interrupciones en el servicio, será por tanto la empresa Distribuidora quien deberá atender las reclamaciones de los Clientes conectados a sus redes. Sin perjuicio de lo anterior, la comercializadora, a pesar de no ser la responsable de la calidad y continuidad del suministro, se ofrece a cursar las reclamaciones del Cliente y a gestionar, en nombre de éste ante la Distribuidora de la zona, las reducciones o descuentos que fueran pertinentes y que le pudieran corresponder de acuerdo con la legislación vigente, siendo la Distribuidora la empresa que deberá responder ante el Cliente, en su caso, de los eventuales daños ocasionados a éste como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones en materia de calidad y continuidad de suministro. La Comercializadora informará al Cliente del estado de su reclamación ante la Distribuidora cuando éste lo solicite. De acuerdo con la normativa vigente el Cliente tiene una acción directa frente a la Distribuidora por incumplimiento de las condiciones de calidad de servicio normativamente exigidas y/o por interrupciones en el servicio. Asimismo, la comercializadora trasladará al Cliente íntegramente todos aquellos descuentos y bonificaciones que hayan sido realizados por la Distribuidora de zona por interrupción del servicio o falta de calidad Sociosanitaria (IASS) atención permanentemente para resolver cualquier anomalía en el suministro, para lo cual designará un gestor único con funciones de acuerdo con la regulación vigente coordinación, asistencia y asesoramiento a dichas entidades en cada momentomateria de contratación, facturación, medida de consumos, calidad de suministro y demás aspectos del suministro de energía eléctrica.
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Samples: Suministro De Energía Eléctrica