CALIDAD DEL SUMINISTRO. 8.1. El suministro de energía eléctrica se debe realizar en las condiciones de regularidad y calidad establecidas en la normativa vigente, atendiendo principalmente a la continuidad del suministro y a la calidad de la onda de tensión. 8.2. La responsabilidad sobre la disponibilidad y calidad del suministro es de la Empresa Distribuidora de la zona, según lo establecido en la normativa vigente. Por tanto, ante cualquier incidencia en la calidad del suministro eléctrico, que ocasione daños y perjuicios al CLIENTE, éste deberá dirigir la reclamación ante la Empresa Distribuidora de su zona. Sin perjuicio de lo anterior, y bajo petición del CLIENTE, ECONACTIVA S. COOP. DE C-LM podrá presentar la correspondiente reclamación ante la Empresa Distribuidora, según lo establecido en el apartado “Reclamaciones, legislación y jurisdicción”. 8.3. Los incumplimientos de los índices de calidad darán lugar a los descuentos en la facturación establecidos en el artículo 105 del R.D. 1955/2000, o normativa que lo sustituya o desarrolle. ECONACTIVA S. COOP. DE C-LM trasladará al CLIENTE cuando proceda, estos descuentos realizados por la Empresa Distribuidora en las facturas.
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Samples: Contrato De Suministro Eléctrico
CALIDAD DEL SUMINISTRO. 8.1. El suministro de energía eléctrica se debe realizar en las condiciones de regularidad y calidad establecidas en la normativa vigente, atendiendo principalmente a la continuidad del suministro y a la calidad de la onda de tensión.
8.2. La responsabilidad sobre la disponibilidad y calidad del suministro es de la Empresa Distribuidora de la zona, según lo establecido en la normativa vigente. Por tanto, ante cualquier incidencia en la calidad del suministro eléctrico, que ocasione daños y perjuicios al CLIENTE, éste deberá dirigir la reclamación ante la Empresa Distribuidora de su zona. Sin perjuicio de lo anterior, y bajo petición del CLIENTE, ECONACTIVA S. COOP. DE C-LM Megara podrá presentar la correspondiente reclamación ante la Empresa Distribuidora, según lo establecido en el apartado “Reclamaciones, legislación y jurisdicción”.
8.3. Los incumplimientos de los índices de calidad darán lugar a los descuentos en la facturación establecidos en el artículo 105 del R.D. 1955/2000, o normativa que lo sustituya o desarrolle. ECONACTIVA S. COOP. DE C-LM Megara trasladará al CLIENTE cuando proceda, estos descuentos realizados por la Empresa Distribuidora en las facturas.
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CALIDAD DEL SUMINISTRO. 8.1. El EI suministro de energía eléctrica eIéctrica se debe realizar reaIizar en las Ias condiciones de regularidad reguIaridad y calidad establecidas caIidad estabIecidas en la Ia normativa vigente, atendiendo principalmente principaImente a la Ia continuidad del deI suministro y a la calidad Ia caIidad de la Ia onda de tensión.
8.2. La responsabilidad responsabiIidad sobre la disponibilidad Ia disponibiIidad y calidad del caIidad deI suministro es de la Ia Empresa Distribuidora de la Ia zona, según lo establecido Io estabIecido en la Ia normativa vigente. Por tanto, ante cualquier cuaIquier incidencia en la calidad del Ia caIidad deI suministro eléctricoeIéctrico, que ocasione daños y perjuicios al aI CLIENTE, éste deberá dirigir la reclamación Ia recIamación ante la Ia Empresa Distribuidora de su zona. Sin perjuicio de lo Io anterior, y bajo petición del deI CLIENTE, ECONACTIVA S. COOP. DE C-LM Megara podrá presentar la Ia correspondiente reclamación recIamación ante la Ia Empresa Distribuidora, según lo establecido Io estabIecido en el eI apartado “Reclamaciones, legislación IegisIación y jurisdicción”.
8.3. Los incumplimientos incumpIimientos de los Ios índices de calidad caIidad darán lugar Iugar a los Ios descuentos en la Ia facturación establecidos estabIecidos en el artículo eI artícuIo 105 del deI R.D. 1955/2000, o normativa que lo Io sustituya o desarrolledesarroIIe. ECONACTIVA S. COOP. DE C-LM trasladará al Megara trasIadará aI CLIENTE cuando proceda, estos descuentos realizados reaIizados por la Ia Empresa Distribuidora en las Ias facturas.
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CALIDAD DEL SUMINISTRO. 8.1. El suministro de energía eléctrica se debe realizar en las condiciones de regularidad y calidad establecidas en la normativa vigente, atendiendo principalmente a la continuidad del suministro y a la calidad de la onda de tensión.
8.2. La responsabilidad sobre la disponibilidad y calidad del suministro es de la Empresa Distribuidora de la zona, según lo establecido en la normativa vigente. Por tanto, ante cualquier incidencia en la calidad del suministro eléctrico, que ocasione daños y perjuicios al al/a la CLIENTE/A, éste éste/a deberá dirigir la reclamación ante la Empresa Distribuidora de su zona. Sin perjuicio de lo anterior, y bajo petición del del/de la CLIENTE/A, ECONACTIVA S. COOP. DE C-LM LA CORRIENTE podrá presentar la correspondiente reclamación ante la Empresa Distribuidora, según lo establecido en el apartado “«Reclamaciones, legislación y jurisdicción”».
8.3. Los incumplimientos de los índices de calidad darán lugar a los descuentos en la facturación establecidos en el artículo 105 del R.D. 1955/2000, o normativa que lo sustituya o desarrolle. ECONACTIVA S. COOP. DE C-LM LA CORRIENTE trasladará al CLIENTE al/a la CLIENTE/A cuando proceda, estos descuentos realizados por la Empresa Distribuidora en las facturas.
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CALIDAD DEL SUMINISTRO. 8.1. El suministro de energía eléctrica se debe realizar en las condiciones de regularidad y calidad establecidas en la normativa vigente, atendiendo principalmente a la continuidad del suministro y a la calidad de la onda de tensión.
8.2. La responsabilidad sobre la disponibilidad y calidad del suministro es de la Empresa Distribuidora de la zona, según lo establecido en la normativa vigente. Por tantotan to, ante cualquier incidencia en la calidad del suministro eléctrico, que ocasione daños y perjuicios al CLIENTE, éste deberá dirigir la reclamación ante la Empresa Distribuidora de su zona. Sin perjuicio de lo anterior, y bajo petición del CLIENTE, ECONACTIVA S. COOP. DE C-LM GOIENER podrá presentar la correspondiente reclamación ante la Empresa Distribuidora, según lo establecido en el apartado “«Reclamaciones, legislación y jurisdicción”».
8.3. Los incumplimientos de los índices de calidad darán lugar a los descuentos en la facturación facturaci ón establecidos en el artículo 105 del R.D. 1955/2000, o normativa que lo sustituya o desarrolle. ECONACTIVA S. COOP. DE C-LM GOIENER trasladará al CLIENTE cuando proceda, estos descuentos realizados por la Empresa Distribuidora en las facturas.
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