Common use of Capacidad Residual Clause in Contracts

Capacidad Residual. El proponente deberá acreditar una capacidad residual de contratación igual o superior al presupuesto oficial de este proceso, expresado en SMMLV. Para obtener la capacidad residual de contratación (KRC) en la(s) actividad(es) requerida(s) se seguirá el siguiente procedimiento: LA ENTIDAD verificará aritméticamente el valor de los contratos a partir de la información suministrada por los proponentes, relacionada con los contratos en ejecución y adjudicados sin iniciar, FORMATO 3, tanto de entidades públicas como privadas, expresados en SMMLV. Se corregirán los errores aritméticos que se presenten en dicha conversión. El valor verificado y corregido en SMMLV, será el utilizado para determinar la Capacidad Residual de Contratación (KRC). La Capacidad Residual de Contratación (KRC) para cada Proponente en la(s) actividad(es) requerida(s) se determinará de la siguiente manera: KRC = KI - Va Donde: KRC = Capacidad Residual de Contratación. KI = Capacidad de Contratación inscrita en la Cámara de Comercio en la actividad requerida. Va = Sumatoria del Valor Básico (sin IVA) del saldo de los contratos en ejecución con entidades Públicas o Privadas, y del Valor Básico (sin IVA) de los contratos adjudicados o por iniciar, con entidades Públicas o Privadas. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el valor de su Capacidad Residual de Contratación (KRC) será la sumatoria de las Capacidades Residuales de Contratación de los integrantes del mismo. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes; sus condiciones serán verificadas, conforme se indica en el presente pliego de condiciones. Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en el país o sin sucursal establecida en Colombia, deben acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y representarla judicial y extrajudicialmente. La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores de Liquidez y Endeudamiento, calculados con base en los datos consignados en el Registro Único de Proponentes del Proponente o de sus integrantes. Los índices financieros se verificarán en el certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes en firme, expedido dentro de los 30 días calendario, anteriores a la fecha de cierre del proceso. Los proponentes, personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deben presentar el último balance general y el estado de resultados de la persona jurídica extranjera. La revisión de los documentos presentados para la verificación de la capacidad financiera no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con lo requerido en el presente pliego de condiciones. Las propuestas serán hábiles para continuar participando en el presente proceso de selección, cuando arrojen valores aceptables en los indicadores relacionados a continuación: El puntaje mínimo requerido para la capacidad financiera en el caso de los proponentes clasificados en la actividad de Proveedor, es el siguiente:

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Capacidad Residual. El proponente deberá acreditar una capacidad residual de contratación igual o superior al presupuesto oficial de este proceso, expresado en SMMLV. Para obtener la capacidad residual de contratación (KRC) en la(s) actividad(es) requerida(s) se seguirá el siguiente procedimiento: LA ENTIDAD verificará aritméticamente el valor de los contratos a partir de la información suministrada por los proponentes, relacionada con los contratos en ejecución y adjudicados sin iniciar, FORMATO 3, tanto de entidades públicas como privadas, expresados en SMMLV. Se corregirán los errores aritméticos que se presenten en dicha conversión. El valor verificado y corregido en SMMLV, será el utilizado para determinar la Capacidad Residual de Contratación (KRC). La Capacidad Residual de Contratación (KRC) para cada Proponente en la(s) actividad(es) requerida(s) se determinará de la siguiente manera: KRC = KI - Va Donde: KRC = Capacidad Residual de Contratación. KI = Capacidad de Contratación inscrita en la Cámara de Comercio en la actividad requerida. Va = Sumatoria del Valor Básico (sin IVA) del saldo de los contratos en ejecución con entidades Públicas o Privadas, y del Valor Básico (sin IVA) de los contratos adjudicados o por iniciar, con entidades Públicas o Privadas. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el valor de su Capacidad Residual de Contratación (KRC) será la sumatoria de las Capacidades Residuales de Contratación de los integrantes del mismo. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes; sus condiciones serán verificadas, conforme se indica en el presente pliego de condiciones. Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en el país o sin sucursal establecida en Colombia, deben acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y representarla judicial y extrajudicialmente. La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores de Liquidez y Endeudamiento, calculados con base en los datos consignados en el Registro Único de Proponentes del Proponente o de sus integrantes. Los índices financieros se verificarán en el certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes en firme, expedido dentro de los 30 días calendario, anteriores a la fecha de cierre del proceso. Los proponentes, personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deben presentar el último balance general y el estado de resultados de la persona jurídica extranjera. La revisión de los documentos presentados para la verificación de la capacidad financiera no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con lo requerido en el presente pliego de condiciones. Las propuestas serán hábiles para continuar participando en el presente proceso de selección, cuando arrojen valores aceptables en los indicadores relacionados a continuación, de conformidad con los criterios establecidos en el Artículo 32 del Decreto 4881 de 2008: El puntaje mínimo requerido para la capacidad financiera en el caso de los proponentes clasificados en la actividad de ProveedorPROVEEDORES, es el siguiente:: Liquidez Igual o superior a 1.2 Endeudamiento Igual o inferior a 60% Capital de trabajo Igual o superior al 20% del presupuesto oficial En caso de propuestas conjuntas se debe presentar el Registro Único de Proponentes de cada uno de los integrantes conforme lo indicado en este documento. Para el caso de propuestas conjuntas, el puntaje para cada uno de los criterios se establecerá en forma proporcional, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del proponente, así: Puntaje total = (Pp1x%p1 + Pp2x%p2+ Pp3x%p3+….+ Ppnx%pn) Pp(1…n) = Puntaje del criterio de verificación evaluado de cada uno de los %p(1...n) = integrantes del proponente Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del proponente El no cumplimiento de los mínimos requeridos en cada uno de los criterios requeridos dará lugar a que la propuesta sea calificada como NO HABILITADA.

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Capacidad Residual. El proponente deberá acreditar una capacidad residual de contratación igual o superior al presupuesto oficial de este proceso, expresado en SMMLV. Para obtener la capacidad residual de contratación (KRC) en la(s) actividad(es) requerida(s) se seguirá el siguiente procedimiento: LA ENTIDAD verificará aritméticamente el valor de los contratos a partir de la información suministrada por los proponentes, relacionada con los contratos en ejecución y adjudicados sin iniciar, FORMATO 3, tanto de entidades públicas como privadas, expresados en SMMLV. Se corregirán los errores aritméticos que se presenten en dicha conversión. El valor verificado y corregido en SMMLV, será el utilizado para determinar calcular la Capacidad Residual de Contratación (KRC). La Capacidad Residual de Contratación (KRC) para cada Proponente en la(s) actividad(es) requerida(s) se determinará de la siguiente manera: KRC = KI - Va Donde: KRC = Capacidad Residual de Contratación. KI = Capacidad de Contratación inscrita en la Cámara de Comercio en la actividad requerida. Va = Sumatoria del Valor Básico (sin IVA) del saldo de los contratos en ejecución con entidades Públicas o Privadas, y del Valor Básico (sin IVA) de los contratos adjudicados o por iniciar, con entidades Públicas o Privadas. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el valor de su Capacidad Residual de Contratación (KRC) será la sumatoria de las Capacidades Residuales de Contratación de los integrantes del mismo. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes; sus condiciones serán verificadas, conforme se indica exigida en el presente pliego de condiciones, se utilizará la metodología definida por Colombia Compra Eficiente. Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en En caso que el país o sin sucursal establecida en ColombiaProponente tenga una capacidad residual inferior, deben acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y representarla judicial y extrajudicialmenteOferta será rechazada. La capacidad financiera del proponente será determinada con base en Para la determinación de la Capacidad Residual de contratación de obras de los indicadores Consorcios, Uniones Temporales se ponderarán las capacidades de Liquidez y Endeudamiento, calculados con base en los datos consignados en el Registro Único contratación residual de Proponentes del Proponente o obras de sus integrantes. Los índices financieros La capacidad residual del presente proceso de contratación se verificarán estima en la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX PESOS MONEDA CORRIENTE ($XXXXXXXX), MONEDA LEGAL COLOMBIANA. Si el plazo estimado del contrato es superior a doce (12) meses, la Capacidad Residual del Proceso de Contratación equivale a la proporción lineal de 12 meses del presupuesto oficial estimado menos el anticipo cuando haya lugar. Para realizar su cálculo, se aplicarán las reglas establecidas en el certificado artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de inscripción2015 y la metodología fijada en la guía que para tal efecto expidió la Agencia nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente. El proponente deberá demostrar que su operación o actividad le permite asumir nuevas obligaciones derivadas del contrato objeto del presente Proceso de Contratación; por lo cual, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes en firme, expedido dentro proponente deberá presentar la siguiente información para acreditar su Capacidad Residual: • La lista de los 30 días calendarioContratos en Ejecución, anteriores así como el valor y plazo de tales contratos. • La lista de los Contratos en Ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, así como el valor y plazo de tales contratos. • Los estados financieros auditados de los últimos XXX (XX) XXX, suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal, que deben tener el estado de resultados y el balance general. Si el interesado tiene solo XX (XX) XXX de información financiera, debe presentar los estados financieros del último año con respecto a la fecha de cierre del procesopresentación de la oferta. Los proponentesSi se trata de proponentes obligados a tener RUP, personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deben presentar el último balance general y solo se solicitará como documento adicional el estado de resultados puesto que la información de la persona jurídica extranjeraliquidez se encuentra en el RUP. El cálculo de la Capacidad Residual del Proceso de Contratación debe incluir los factores de Experiencia (E), Capacidad financiera (CF), Capacidad técnica (CT), Capacidad de organización (CO) y los Saldos de los Contratos en Ejecución, según la siguiente formula: A cada uno de los factores se le asigna el siguiente puntaje máximo: CUADRO La Capacidad de Organización no tiene asignación de puntaje en la fórmula porque su unidad de medida es en pesos colombianos y constituye un factor multiplicador de los demás factores, como se indica en el siguiente aparte. La revisión Capacidad de organización (CO) corresponde a los ingresos operacionales teniendo en cuenta lo siguiente: En caso que los ingresos operacionales del proponente con uno (1) o más años de información financiera sea menor a USD125.000, la Capacidad de organización (CO) del proponente será igual a USD125.000. Para verificar la capacidad de organización del proponente la Entidad Estatal debe solicitar los estados financieros de los documentos presentados dos últimos años o el último año, según los años de información financiera, debidamente auditados y aprobados por el contador público o revisor fiscal según corresponda y suscritos por el representante legal. La experiencia (E) del oferente para la verificación propósitos de la capacidad financiera no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si Capacidad Residual se acreditará por medio de la propuesta cumple o no con lo requerido relación entre: (i) el valor total en el presente pliego de condiciones. Las propuestas serán hábiles para continuar participando en el presente proceso de selección, cuando arrojen valores aceptables en los indicadores relacionados a continuación: El puntaje mínimo requerido para la capacidad financiera en el caso pesos de los proponentes clasificados en contratos relacionados con la actividad de Proveedorla construcción inscritos por el proponente en el RUP en el segmento 72 “Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento” del Clasificador de Bienes y Servicios; y (ii) el presupuesto oficial estimado del Proceso de Contratación. La relación indica el número de veces que el proponente ha ejecutado contratos equivalentes a la cuantía del Proceso de Contratación objeto de la acreditación de la Capacidad Residual. Para lo anterior se utilizará la siguiente formula: El cálculo de del factor de experiencia (E) para efectos de la Capacidad Residual de un miembro de un oferente plural debe tener en cuenta su participación en el Proceso de Contratación objeto del cálculo de la Capacidad Residual. Si el oferente no es plural no hay lugar a porcentaje. Para acreditar el siguientefactor de experiencia (E), el proponente debe diligenciar el formato correspondiente al Anexo 5, el cual contiene los contratos inscritos en el segmento 72 y su valor total en pesos colombianos liquidados con el SMMLV. Las personas jurídicas con existencia inferior a tres (3) años, pueden acreditar la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes. El puntaje asignado al factor de experiencia (E) se debe asignar con base en la siguiente tabla:

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Capacidad Residual. El proponente deberá interesado en celebrar contratos de obra pública con Entidades Estatales debe acreditar una capacidad residual su Capacidad Residual o K de contratación igual o superior al presupuesto oficial de este proceso, expresado en SMMLVContratación con los siguientes documentos: »1. Para obtener la capacidad residual de contratación (KRC) en la(s) actividad(es) requerida(s) se seguirá el siguiente procedimiento: LA ENTIDAD verificará aritméticamente el valor La lista de los contratos a partir de la información suministrada por los proponentesobras civiles en ejecución suscritos con Entidades Estatales y con entidades privadas, relacionada con así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo contratos de concesión y los contratos en ejecución y adjudicados sin iniciar, FORMATO 3, tanto de entidades públicas como privadas, expresados en SMMLVobra suscritos con concesionarios. Se corregirán los errores aritméticos que se presenten en dicha conversión. El valor verificado y corregido en SMMLV, será el utilizado para determinar la Capacidad Residual de Contratación (KRC)»2. La Capacidad Residual de Contratación (KRC) para cada Proponente en la(s) actividad(es) requerida(s) se determinará de la siguiente manera: KRC = KI - Va Donde: KRC = Capacidad Residual de Contratación. KI = Capacidad de Contratación inscrita en la Cámara de Comercio en la actividad requerida. Va = Sumatoria del Valor Básico (sin IVA) del saldo lista de los contratos de obras civiles en ejecución ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, con Entidades Estatales y con entidades Públicas o Privadasprivadas, así como el valor y del Valor Básico (sin IVA) plazo de tales contratos, incluyendo los contratos adjudicados o por iniciar, de concesión y los contratos de obra suscritos con entidades Públicas o Privadasconcesionarios. Para »3. Balance general auditado del año inmediatamente anterior y estado de resultados auditado del año en que haya obtenido el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el valor de su Capacidad Residual de Contratación (KRC) será la sumatoria de las Capacidades Residuales de Contratación de los integrantes del mismo. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes; sus condiciones serán verificadas, conforme se indica en el presente pliego de condiciones. Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en el país o sin sucursal establecida en Colombia, deben acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y representarla judicial y extrajudicialmente. La capacidad financiera del proponente será determinada con base mayor ingreso operacional en los indicadores de Liquidez y Endeudamiento, calculados con base en los datos consignados en el Registro Único de Proponentes del Proponente o de sus integrantesúltimos cinco (5) años. Los índices estados financieros deben estar suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. Si se verificarán en el certificado trata de inscripciónproponentes obligados a tener RUP, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes en firme, expedido dentro de los 30 días calendario, anteriores a la fecha de cierre del proceso. Los proponentes, personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, las Entidades Estatales solo deben presentar el último balance general y solicitar como documento adicional el estado de resultados del año en que el proponente obtuvo el mayor ingreso operacional en los últimos cinco (5) años. Para acreditar el factor (SCE) «Saldos contratos en ejecución», como lo establece la Guía para determinar y verificar la Capacidad Residual del proponente en los procesos de contratación de obra pública, el proponente debe presentar la persona jurídica extranjera. La revisión lista de los documentos presentados para Contratos en ejecución, tanto a nivel nacional como internacional señalando: (i) el valor del contrato; (ii) el plazo del contrato en meses; (iii) la verificación fecha de la capacidad financiera no otorgará puntaje algunoinicio de las obras objeto del contrato, solamente determinará día, mes, año; (iv) si la propuesta cumple obra la ejecuta un consorcio, unión temporal o no sociedad de propósito especial, junto con lo requerido en el presente pliego porcentaje de condiciones. Las propuestas serán hábiles para continuar participando en participación del oferente que presenta el presente proceso de selección, cuando arrojen valores aceptables en los indicadores relacionados a continuación: El puntaje mínimo requerido para la capacidad financiera en el caso de los proponentes clasificados en la actividad de Proveedor, es el siguiente:certificado;

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Capacidad Residual. El proponente deberá interesado en celebrar contratos de obra pública con Entidades Estatales debe acreditar una capacidad residual su Capacidad Residual o K de contratación igual o superior al presupuesto oficial de este proceso, expresado en SMMLV. Para obtener la capacidad residual de contratación (KRC) en la(s) actividad(es) requerida(s) se seguirá el siguiente procedimiento: LA ENTIDAD verificará aritméticamente el valor de los contratos a partir de la información suministrada por los proponentes, relacionada Contratación con los contratos en ejecución y adjudicados sin iniciar, FORMATO 3, tanto de entidades públicas como privadas, expresados en SMMLV. Se corregirán los errores aritméticos que se presenten en dicha conversión. El valor verificado y corregido en SMMLV, será el utilizado para determinar siguientes documentos: […]» La Entidad Estatal debe calcular la Capacidad Residual del proponente de Contratación acuerdo con la metodología que defina Colombia Compra Eficiente, teniendo en cuenta los factores de: Experiencia (KRCE). La , Capacidad Residual de Contratación Financiera (KRC) para cada Proponente en la(s) actividad(es) requerida(s) se determinará de la siguiente manera: KRC = KI - Va Donde: KRC = CF), Capacidad Residual de Contratación. KI = Técnica (CT), Capacidad de Contratación inscrita en la Cámara de Comercio en la actividad requerida. Va = Sumatoria del Valor Básico Organización (sin IVA) del saldo CO), y los saldos de los contratos en ejecución (SCE)». De conformidad con entidades Públicas o Privadaslo anterior, esta Agencia expidió la Guía para Determinar y del Valor Básico (sin IVA) de los contratos adjudicados o por iniciar, con entidades Públicas o Privadas. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el valor de su Verificar la Capacidad Residual de Contratación (KRC) será la sumatoria de las Capacidades Residuales del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública. En este documento se establece, entre otros aspectos, que a la entidad contratante le corresponde, primero, establecer la capacidad residual del proceso de contratación –CRPC– y, segundo, determinar si los integrantes proponentes cumplen con la capacidad residual del mismoproceso de contratación, claro está, teniendo en cuenta la siguiente información aportada por el proponente: • La lista de los Contratos en Ejecución, así como el valor y plazo de tales contratos. Las personas naturales extranjeras sin domicilio • La lista de los Contratos en el país Ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes; sus condiciones serán verificadasuniones temporales, conforme se indica en el presente pliego de condiciones. Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en el país o sin sucursal establecida en Colombia, deben acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y representarla judicial y extrajudicialmente. La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores cuales el proponente tenga participación, así como el valor y plazo de Liquidez y Endeudamiento, calculados con base en los datos consignados en tales contratos. • El estado de resultados auditado que contiene el Registro Único de Proponentes del Proponente o de sus integrantes. Los índices financieros se verificarán en el certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes en firme, expedido dentro mejor ingreso operacional de los 30 días calendario, anteriores a la fecha de cierre del proceso. Los proponentes, personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deben presentar últimos cinco (5) años y el último balance general auditado del último año, suscrito por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. Si se trata de proponentes obligados a tener RUP, las Entidades Estatales solo deben solicitar como documento adicional el estado de resultados que contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años puesto que la información de la persona jurídica extranjeraliquidez se encuentra en el RUP. Ahora bien, para lo primero, esto es, para establecer la capacidad residual del proceso de contratación «CRPC», se debe determinar si el plazo del contrato es superior a doce meses. Si no lo es, la CRPC equivale al presupuesto oficial estimado del Proceso de Contratación menos el anticipo o pago anticipado cuando haya lugar. Si lo es, equivale a la proporción lineal de 12 meses del presupuesto oficial estimado menos el anticipo o pago anticipado. Para lo segundo, es decir, para verificar que cada proponente cumple con la CRPC, la entidad pública debe verificar que la capacidad residual del proponente «CRP» sea igual o superior a la capacidad referida en el párrafo precedente. De todas formas, previamente debe establecer la CRP, con fundamento en los siguientes factores: i) experiencia «E»; ii) capacidad financiera «CF»; iii) capacidad técnica «CT», iv) capacidad de organización «CO»; y v) los saldos de los contratos en ejecución «SCE», según la siguiente fórmula: A cada uno de estos factores se les debe asignar el siguiente puntaje máximo: i) «E» 120; ii) «CF» 40; y iii) «CT» 40. La revisión «CO» no tiene asignación de puntaje en la fórmula, por un lado, porque su unidad de medida es en pesos colombianos «COP» y, por el otro, debido a que el mismo constituye un factor multiplicador de los documentos presentados para la verificación de la capacidad financiera no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con lo requerido en el presente pliego de condiciones. Las propuestas serán hábiles para continuar participando en el presente proceso de selección, cuando arrojen valores aceptables en los indicadores relacionados a continuación: El puntaje mínimo requerido para la capacidad financiera en el caso de los proponentes clasificados demás factores en la actividad de Proveedorfórmula. A continuación, es el siguientese explicará, en términos generales, cómo calcular cada factor:

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Capacidad Residual. La Capacidad Residual es la aptitud de un oferente para cumplir oportuna y cabalmente con el objeto de un contrato de obra, sin que sus otros compromisos contractuales afecten su habilidad de responder con el contrato objeto del Proceso de Contratación. La Capacidad Residual del proponente es un requisito adicional a los requisitos habilitantes que deben cumplir los interesados en participar en un Proceso de Contratación. El legislador estableció este requisito adicional como mecanismo para mitigar el riesgo de incumplimiento en los contratos de obra pública. Según dispone el artículo 18 del Decreto 1510/2013, El interesado en celebrar contratos de obra con La Alcaldía Municipal de Los Patios debe acreditar su Capacidad Residual o K de Contratación para lo cual debe presentar los siguientes documentos: La Entidad Estatal debe definir para cada Proceso de Contratación de obra pública la Capacidad Residual mínima exigida a los proponentes interesados para cada año de vigencia del contrato objeto del Proceso de Contratación de acuerdo con la metodología definida por Colombia Compra Eficiente en el presente documento. La Entidad Estatal debe estimar el valor total del contrato teniendo en cuenta el costo de la construcción de la obra pública y sus contingencias. En la estimación del valor del contrato objeto del Proceso de Contratación, la Entidad Estatal debe tener en cuenta la información del sector económico, la información histórica de obras del mismo tipo, el costo de los materiales requeridos para el tipo de obra, entre otros. En los Procesos de Contratación para contratos cuyo plazo de ejecución es menor a un año y el plazo de su ejecución está en una (1) sola Vigencia Fiscal, la Entidad Estatal debe establecer que la Capacidad Residual es igual al valor estimado del contrato. Por lo tanto debe cumplirse que: En los Procesos de Contratación para contratos cuyo plazo de ejecución es superior a una Vigencia Fiscal, la Entidad Estatal debe calcular la Capacidad Residual para cada año de vigencia del contrato, como una proporción lineal del valor estimado del contrato, de acuerdo con la siguiente fórmula: Capacidad Residual t = valor contrato En donde t es el año de la presentación de la oferta del proponente El período de cálculo inicia en el mes de presentación de la oferta y termina en el mes de vencimiento del plazo del contrato objeto del Proceso de Contratación, de acuerdo con la vigencia establecida en el pliego de condiciones. Por ejemplo, en un Proceso de Contratación para un proyecto de $100 millones cuya fecha límite de presentación de ofertas es el 25 de septiembre de 2013 y cuyo plazo ejecución vence el 14 xx xxxxxx de 2014, el cálculo de Capacidad Residual debe ser el siguiente: Capacidad residual 2013= ------------------- x 4 meses = $ 33.3 millones Capacidad residual 2014= ------------------- x 8 meses = $66.7 millones En algunos casos la Capacidad Residual del proponente para un año determinado puede ser igual o mayor a la establecida para tal año por la Entidad Estatal. Sin embargo, es necesario que la Entidad Estatal verifique la Capacidad Residual del proponente para cada uno de los años de ejecución del contrato objeto del Proceso de Contratación. La presente metodología supone una distribución lineal del pago del valor del contrato durante la vigencia del mismo, para efectos de que la metodología sea la misma para el cálculo de todas las variables. El proponente deberá debe demostrar que su actividad operacional le permite asumir nuevas obligaciones derivadas del contrato objeto del Proceso de Contratación. Por lo cual, proponente en un Proceso de Contratación de una obra pública debe presentar la siguiente información para acreditar una capacidad residual su Capacidad Residual:  La lista de contratación igual o superior al presupuesto oficial de este procesolos Contratos en Ejecución suscritos con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, expresado en SMMLV. Para obtener la capacidad residual de contratación (KRC) en la(s) actividad(es) requerida(s) se seguirá el siguiente procedimiento: LA ENTIDAD verificará aritméticamente así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.  La lista de los contratos a partir Contratos en Ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, así como el valor y plazo de la información suministrada por los proponentestales contratos, relacionada con incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.  Los estados financieros auditados de los últimos dos (2) años, suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal, que deben tener el estado de resultados y el balance general. Si el interesado tiene menos de dos (2) años de constituido, los estados financieros deben cubrir el término desde la fecha de su constitución hasta la fecha xx xxxxx mensual inmediatamente anterior a la presentación de los mismos. La Capacidad Residual del proponente se calcula con base en ejecución y adjudicados sin iniciar, FORMATO 3, tanto la siguiente información:  El Flujo de entidades públicas como privadas, expresados en SMMLV. Se corregirán los errores aritméticos que se presenten en dicha conversión. El valor verificado y corregido en SMMLV, será Caja de Contratación (FCC) del año inmediatamente anterior el utilizado para determinar cual debe calcularse la Capacidad Residual de acuerdo con la sección IV.A.  Los Saldos de los Contratos en Ejecución (SCE) del proponente para el año para el cual se calcula la Capacidad Residual.  La Financiación de los Contratos en Ejecución (FCE) correspondiente a los Saldos de los Contratos en Ejecución para el año para el cual se calcula la Capacidad Residual.  Los Cupos de Crédito Aprobados (CCA) que el proponente pueda acreditar para el contrato objeto del Proceso de Contratación (KRC)para el año en el cual se calcula la Capacidad Residual. La fórmula para calcular la Capacidad Residual de Contratación del proponente es la siguiente: Capacidad residual del proponente t = FCCt _ 1- (KRCSCEt – FCEt) + CCA t Donde t es el año donde se presenta la oferta para cada Proponente en la(s) actividad(es) requerida(s) se determinará de la siguiente manera: KRC = KI - Va Donde: KRC = Capacidad Residual el Proceso de Contratación. KI = Capacidad de Contratación inscrita en la Cámara de Comercio en la actividad requerida. Va = Sumatoria del Valor Básico (sin IVA) del saldo de los contratos en ejecución con entidades Públicas o Privadas, y del Valor Básico (sin IVA) de los contratos adjudicados o por iniciar, con entidades Públicas o Privadas. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el valor de su Capacidad Residual de Contratación (KRC) será la sumatoria de las Capacidades Residuales de Contratación de los integrantes del mismo. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes; sus condiciones serán verificadas, conforme se indica en el presente pliego de condiciones. Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en el país o sin sucursal establecida en Colombia, deben acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y representarla judicial y extrajudicialmente. La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores de Liquidez y Endeudamiento, calculados con base en los datos consignados en el Registro Único de Proponentes del Proponente o de sus integrantes. Los índices financieros se verificarán en el certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes en firme, expedido dentro de los 30 días calendario, anteriores a la fecha de cierre del proceso. Los proponentes, personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deben presentar el último balance general y el estado de resultados de la persona jurídica extranjera. La revisión de los documentos presentados para la verificación de la capacidad financiera no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con lo requerido en el presente pliego de condiciones. Las propuestas serán hábiles para continuar participando en el presente proceso de selección, cuando arrojen valores aceptables en los indicadores relacionados a continuación: El puntaje mínimo requerido para la capacidad financiera en el caso de los proponentes clasificados en la actividad de Proveedor, es el siguiente:.

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Capacidad Residual. El proponente deberá acreditar una capacidad residual De conformidad con lo establecido en el Decreto No. 791 xx xxxxx 22 de contratación igual o superior al presupuesto oficial de este proceso2014, expresado en SMMLV. Para obtener la capacidad residual de contratación (KRC) en la(s) actividad(es) requerida(s) mediante el cual se seguirá reglamenta el siguiente procedimiento: LA ENTIDAD verificará aritméticamente el valor de los contratos a partir artículo 72 de la información suministrada por los proponentesLey 1682 de 2013 y se modifica el artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015, relacionada con los contratos en ejecución mediante el cual el Gobierno Nacional solicitó y adjudicados sin iniciar, FORMATO 3, tanto de entidades públicas como privadas, expresados en SMMLV. Se corregirán los errores aritméticos que se presenten en dicha conversión. El valor verificado y corregido en SMMLV, será acogió el utilizado para determinar la Capacidad Residual de Contratación (KRC). La Capacidad Residual de Contratación (KRC) para cada Proponente en la(s) actividad(es) requerida(s) se determinará concepto técnico de la siguiente manera: KRC = KI - Va Donde: KRC = Sociedad Colombiana de Ingenieros sobre la Capacidad Residual de Contratación. KI = Capacidad Es así como el interesado en celebrar contratos de Contratación inscrita en la Cámara de Comercio en la actividad requerida. Va = Sumatoria del Valor Básico (sin IVA) del saldo de los contratos en ejecución Obra Pública con entidades Públicas o Privadas, y del Valor Básico (sin IVA) de los contratos adjudicados o por iniciar, con entidades Públicas o Privadas. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el valor de Entidades Estatales debe acreditar su Capacidad Residual o K de Contratación con los siguientes documentos: 0.Xx Lista de los Contratos de obras civiles en ejecución suscritos con Entidades Estatales y con Entidades Privadas, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. 0.Xx Lista de los Contratos de obras civiles en ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, con Entidades Estatales y con Entidades Privadas, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios suscritos por el representante legal, Xxxxxxxx y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. 3.Estado de Situación Financiera auditado del año inmediatamente anterior y Estado de Resultados auditado del año en que haya obtenido el mayor Ingreso Operacional en los últimos cinco (KRC5) será años. Los Estados Financieros deben estar suscritos por el representante legal, xxxxxxxx y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador externo si no está obligado a tener revisor fiscal. Si se trata de proponentes obligados a tener RUP, las Entidades Estatales solo deben solicitar como documento adicional el Estado de Resultados del año en que el proponente obtuvo el mayor Ingreso Operacional en los últimos cinco (5) años. Fórmula para el Cálculo de la sumatoria de las Capacidades Residuales Capacidad Residual del Proceso de Contratación si el plazo estimado del contrato es menor o igual a doce (12) meses: Capacidad Residual del Proceso de los integrantes del mismo. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes; sus condiciones serán verificadas, conforme se indica en el presente pliego de condiciones. Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio en el país o sin sucursal establecida en Colombia, deben acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y representarla judicial y extrajudicialmente. La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores de Liquidez y Endeudamiento, calculados con base en los datos consignados en el Registro Único de Proponentes del Proponente o de sus integrantes. Los índices financieros se verificarán en el certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes en firme, expedido dentro de los 30 días calendario, anteriores a la fecha de cierre del proceso. Los proponentes, personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deben presentar el último balance general y el estado de resultados de la persona jurídica extranjera. La revisión de los documentos presentados para la verificación de la capacidad financiera no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con lo requerido en el presente pliego de condiciones. Las propuestas serán hábiles para continuar participando en el presente proceso de selección, cuando arrojen valores aceptables en los indicadores relacionados a continuación: El puntaje mínimo requerido para la capacidad financiera en el caso de los proponentes clasificados en la actividad de Proveedor, es el siguiente:Contratación = Presupuesto Oficial estimado - Anticipo

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