Empate. En caso de empate en las ofertas, ostentará preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 %. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 %, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Asimismo tendrán preferencia en caso de empate, aquellas empresas dedicadas específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social. Por último si hubiera empate entre ofertas de empresas en que concurrieran las circunstancias del primer párrafo y xxx xxxxxxx tendrán preferencia en la adjudicación las empresas dedicadas a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social. En defecto de todo ello se resolverá por sorteo. Se estará a lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP en relación con la letra I.3 del cuadro de características del contrato.
Empate. Si después de aplicar los criterios de evaluación a las ofertas recibidas, se tiene que dos o más de ellas obtienen el mismo puntaje, la CCB podrá convocar a los proponentes empatados a una etapa de negociación de la oferta, en tal caso la CCB le informará previamente a los proponentes el procedimiento establecido para esta etapa.
Empate. Si dos o más ofertas admisibles cotizaran el mismo precio y estuvieran en igualdad de condiciones, se les solicitará una mejora de precios, la que deberá ser presentada en sobre cerrado. Las nuevas ofertas serán abiertas en acto público. Si la situación se mantuviera, y la Comisión Evaluadora así lo entendiera conveniente atento no lograr un orden de prelación entre los oferentes que permita aconsejar como preadjudicatario a uno de ellos, la adjudicación se resolverá por sorteo en presencia de los interesados.
Empate. En caso de empate en el puntaje total de dos o más Ofertas, [Nombre de la Entidad Estatal contratante] debe escoger al proponente aplicando los criterios de desempate previstos en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 201516. El primer factor de desempate es el mayor puntaje en el factor [incluir factor que la Entidad Estatal contratante define como prevalente]. En caso de que el empate persista, [Nombre de la Entidad Estatal contratante] escogerá el proponente mediante el siguiente procedimiento aleatorio:
Empate. En caso de empate en el puntaje total de dos o más Ofertas, [Nombre de la Entidad Estatal contratante] debe escoger al proponente aplicando los criterios de desempate previstos en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 201516. El primer factor de desempate es el mayor puntaje en el factor [incluir factor que la Entidad Estatal contratante define como prevalente]. En caso de que el empate persista, [Nombre de la Entidad Estatal contratante] escogerá el proponente mediante el siguiente procedimiento aleatorio:
a. Se introducirán en una bolsa el número de papeletas equivalente a los proponentes respecto de los cuales persiste el empate, y una (1) de ellas contendrá la palabra adjudicatario.
b. El orden alfabético del nombre de los proponentes determinará cuál de ellos sacará la primera papeleta.
c. El proponente que saque la papeleta que contenga la palabra adjudicatario será el seleccionado.
Empate. Si después de aplicar los criterios de evaluación a las ofertas recibidas, se tiene que dos o más de ellas obtienen el mismo puntaje, la CCB podrá convocar a los proponentes empatados a una etapa de negociación de la oferta; en los mismos términos establecidos en el numeral 1.14 de esta invitación a proponer, en tal caso, la CCB les informará previamente a los proponentes el procedimiento establecido para esta etapa. Si la etapa de negociación de las ofertas no es convocada o no se presentan contraofertas, prevalecerá entre las ofertas empatadas aquella que haya ofrecido el menor precio.
Empate. Si después de aplicar los criterios de evaluación a las ofertas recibidas, se tiene que dos o más de ellas obtienen el mismo puntaje, la CCB podrá convocar a los proponentes empatados a una etapa de negociación de la oferta, en tal caso la CCB le informará previamente a los proponentes el procedimiento establecido para esta etapa. Si la etapa de negociación de las ofertas no es convocada o no se presentan contraofertas, prevalecerá entre las ofertas empatadas aquella que haya ofrecido el menor precio en la opción que considere más adecuada para contratar. Si el empate persiste, prevalecerá entre las empatadas la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Certificaciones de Calidad”. Si el empate persiste la CCB definirá por sorteo el proponente a contratar
Empate. No ha lugar. Se estará a lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP en relación con la letra I.3 del cuadro de características del contrato.
Empate. COVIARA podrá solicitar mejoramiento de oferta entre las dos mejores cotizaciones siempre y cuando la diferencia no supere el TRES POR CIENTO (3%). En este supuesto las Empresas empatadas serán invitadas a mejorar su oferta económica por escrito dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de la fecha en que COVIARA lo informe en forma fehaciente, indicando: fecha, hora y lugar de la nueva presentación. El resultado de esa nueva oferta será el precio más bajo.
Empate. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el siguiente orden: A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje económico. A prorrata entre los postores ganadores, de acuerdo con el monto de sus propuestas, siempre que aquellos manifiesten su voluntad de cumplir con la parte correspondiente del contrato; o A través de sorteo en el mismo acto.