Common use of Ceses voluntarios Clause in Contracts

Ceses voluntarios. Las personas trabajadoras que deseen cesar voluntariamente en el servicio de la Empresa, vendrán obligadas a ponerlo en conocimiento de la misma, cumpliendo los siguientes plazos de preaviso, en función del Grupo Profesional al que estén adscritos: –Grupo Profesional 1: 2 meses. –Grupo Profesional 2: 2 meses. –Grupo Profesional 3: 1 mes. –Grupo Profesional 4: 15 días. –Grupo Profesional 5: 15 días. –Grupo Profesional 6: 15 días. –Grupo Profesional 7: 15 días. Habiendo avisado con la referida antelación, la Empresa vendrá obligada a liquidar al finalizar dicho plazo, los conceptos fijos que puedan ser calculados al momento. El resto de los conceptos lo serán en el momento habitual de pago. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, llevará aparejado el derecho de las personas trabajadoras a ser indemnizadas por el importe de su salario diario por cada día de retraso en su liquidación, con el límite de la duración del propio plazo de preaviso. No se dará tal obligación y, por consiguiente, no nace este derecho, si la persona trabajadora incumplió la de pre‑ avisar con la antelación debida. El incumplimiento de la obligación de preavisar con la referida antelación dará derecho a la Empresa a descontar de la liquidación de la persona trabajadora una cuantía equivalente al importe de su salario diario por cada día de retraso en el aviso. Las personas trabajadoras afiliadas a Centrales Sindicales podrán, en el momento de recibir el finiquito y antes de su firma, consultar con las mismas. La firma del finiquito se entenderá efectuada, en todo caso, con reserva, por parte de la persona trabajadora, del derecho que pudiera corresponderle al abono, en su momento, de las cantidades por posibles Revisiones Salariales, cuando éstas deban de practicarse por concurrir las condiciones establecidas en este Convenio.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Ceses voluntarios. Las personas trabajadoras Los trabajadores que deseen cesar voluntariamente voluntaria- mente en el servicio de la Empresa, empresa vendrán obligadas obli- gados a ponerlo en conocimiento de la misma, cumpliendo los siguientes plazos de preaviso: - Grupos profesionales 7 y 8, en función del Grupo Profesional al que estén adscritos: –Grupo Profesional 1: 2 dos meses. –Grupo Profesional 2: 2 meses. –Grupo Profesional 3: 1 - Grupos profesionales 4, 5 y 6 un mes. –Grupo Profesional Dentro del grupo profesional 4: 15 , los trabaja- dores pertenecientes a las divisiones orgá- nicas funcionales de producción y mante- nimiento vendrán obligados a ponerlo en conocimiento en un plazo de quince días. –Grupo Profesional 5: 15 - Grupos profesionales 1,2 y 3 quince días. –Grupo Profesional 6: 15 días. –Grupo Profesional 7: 15 días. Habiendo avisado El incumplimiento por parte de los trabajadores de la obligación de preavisar con la referida antelaciónindicada ante- lación, dará derecho a la Empresa empresa a descontar de la liquidación del mismo el importe xxx xxxxxxx de un día por cada día de retraso en el preaviso. La empresa vendrá obligada a liquidar al finalizar dicho plazo, fina- lizar el plazo los conceptos fijos que puedan ser calculados al en tal momento. El resto de los conceptos lo serán en el momento habitual de pago. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, empresa llevará aparejado el derecho de las personas trabajadoras del trabajador a ser indemnizadas por indem- nizado con el importe de su salario diario un día por cada día de retraso en su la liquidación, con el límite de la duración del propio plazo días de preaviso. No se dará existirá tal obligación y, por consiguienteconsi- guiente, no nace este derecho, derecho si la persona trabajadora incumplió la de pre‑ avisar el trabajador no preavisó con la antelación debida. El incumplimiento convenio general de la obligación industria química En caso de preavisar con la referida antelación dará derecho que el cese voluntario se produzca en contratos de duración determinada de dura- ción superior a un año se estará a la Empresa a descontar de la liquidación de la persona trabajadora una cuantía equivalente al importe de su salario diario por cada día de retraso regulación y efectos establecidos en el aviso. Las personas trabajadoras afiliadas a Centrales Sindicales podrán, en el momento de recibir el finiquito y antes de su firma, consultar con las mismas. La firma artículo 13.2.6 del finiquito se entenderá efectuada, en todo caso, con reserva, por parte de la persona trabajadora, del derecho que pudiera corresponderle al abono, en su momento, de las cantidades por posibles Revisiones Salariales, cuando éstas deban de practicarse por concurrir las condiciones establecidas en este Conveniopre- sente convenio.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Ceses voluntarios. Las personas trabajadoras que Quienes deseen cesar voluntariamente en el servicio de las empresas, salvo que estén en periodo de prueba, tendrán la Empresa, vendrán obligadas a obligación de ponerlo en conocimiento de la misma, cumpliendo las mismas conforme a los siguientes plazos de preaviso, en función del Grupo Profesional al que estén adscritos: –Grupo Profesional 1Niveles 1 y 2: 2 Dos meses. –Grupo Profesional 2Niveles 3 y 4: 2 meses. –Grupo Profesional 3: 1 Un mes. –Grupo Profesional 4Restantes niveles: 15 días. –Grupo Profesional 5: 15 díasLas empresas, una vez recibida la comunicación de cese voluntario, podrán prescindir de los servicios de la persona interesada antes de la fecha prevista por la misma para finalizar la relación laboral, abonando el salario correspondiente desde la fecha en que la empresa se acoja a esta opción hasta la fecha que el trabajador o la trabajadora indicaba como finalización voluntaria de la relación laboral. –Grupo Profesional 6: 15 días. –Grupo Profesional 7: 15 días. Habiendo avisado El incumplimiento por parte de la persona contratada de la obligación de preavisar con la referida indicada antelación, dará derecho a las empresas, como resarcimiento por daños y perjuicios, a descontar de la Empresa vendrá obligada a liquidar al finalizar dicho plazo, los conceptos fijos liquidación que puedan ser calculados al momento. El resto les corresponda por finalización del contrato el importe xxx xxxxxxx de los conceptos lo serán un día por cada día de retraso en el momento habitual preaviso. Las empresas vendrán obligadas a abonar la liquidación por finalización del contrato a la fecha de pagoterminación del plazo comunicado por la persona interesada. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, las empresas llevará aparejado el derecho de las personas trabajadoras quien solicita el cese a ser indemnizadas por el recibir una indemnización equivalente al importe de su salario diario un día por cada día de retraso en su la liquidación, con el límite de la duración del propio plazo de los días fijados para el preaviso. No se dará existirá tal obligación yobligación, y por consiguiente, consiguiente no nace este derecho, si la persona trabajadora incumplió la de pre‑ avisar cuando no se preavise con la antelación debida. El incumplimiento de , estando la obligación de preavisar con la referida antelación dará derecho empresa obligada no obstante a la Empresa a descontar de abonar la liquidación dentro de los quince días siguientes computados desde la persona trabajadora una cuantía equivalente al importe fecha de su salario diario por cada notificación del cese, aplicándose la penalización a partir del día de retraso en el aviso. Las personas trabajadoras afiliadas a Centrales Sindicales podrán, en el momento de recibir el finiquito y antes de su firma, consultar con las mismas. La firma del finiquito se entenderá efectuada, en todo caso, con reserva, por parte de la persona trabajadora, del derecho que pudiera corresponderle al abono, en su momento, de las cantidades por posibles Revisiones Salariales, cuando éstas deban de practicarse por concurrir las condiciones establecidas en este Conveniodieciséis.

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Samples: Ii Convenio Colectivo De Ámbito Estatal Del Sector De Contact Center

Ceses voluntarios. Las personas trabajadoras Los trabajadores que deseen cesar voluntariamente en el servicio de la Empresa, vendrán obligadas obligados a ponerlo en conocimiento de la misma, cumpliendo los siguientes plazos de preaviso, en función del Grupo Profesional al que estén adscritos: –Grupo Profesional 1Obreros: 15 días. –Subalternos: 15 días. –Administrativos: 1 mes. –Jefes o titulados administrativos: 2 meses. –Grupo Profesional 2Técnicos no titulados: 2 meses. –Grupo Profesional 3Técnicos titulados: 1 mes. –Grupo Profesional 4: 15 días. –Grupo Profesional 5: 15 días. –Grupo Profesional 6: 15 días. –Grupo Profesional 7: 15 días2 meses. Habiendo avisado con la referida antelación, la Empresa vendrá obligada a liquidar al finalizar dicho plazo, los conceptos fijos que puedan ser calculados al momento. El resto de los conceptos lo serán en el momento habitual de pago. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, llevará aparejado el derecho de las personas trabajadoras del trabajador a ser indemnizadas indemnizado por el importe de su salario diario por cada día de retraso en su liquidación, con el límite de la duración del propio plazo de preaviso. No se dará tal obligación y, por consiguiente, no nace este derecho, si la persona trabajadora el trabajador incumplió la de pre‑ avisar preavisar con la antelación debida. El incumplimiento de la obligación de preavisar con la referida antelación dará derecho a la Empresa a descontar de la liquidación de la persona trabajadora del trabajador una cuantía equivalente al importe de su salario diario por cada día de retraso en el aviso. Las personas trabajadoras afiliadas Los trabajadores afiliados a las Centrales Sindicales firmantes de este Convenio podrán, en el momento de recibir el finiquito y antes de su firma, consultar con las mismas. La firma del finiquito se entenderá efectuada, en todo caso, con reserva, por parte de la persona trabajadoradel trabajador, del derecho que pudiera corresponderle al abono, en su momento, de las cantidades por posibles Revisiones Salariales, cuando éstas deban de practicarse por concurrir las condiciones establecidas en este Convenio.

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Samples: Convenio Colectivo

Ceses voluntarios. Las personas trabajadoras Los trabajadores que deseen cesar voluntariamente en el servicio de la Empresa, vendrán obligadas obligados a ponerlo en conocimiento de la misma, cumpliendo los siguientes plazos de preaviso, en función del Grupo Profesional al que estén adscritos: Grupo Profesional 1: 2 meses. Grupo Profesional 2: 2 meses. Grupo Profesional 3: 1 mes. Grupo Profesional 4: 15 días. Grupo Profesional 5: 15 días. Grupo Profesional 6: 15 días. Grupo Profesional 7: 15 días. Habiendo avisado con la referida antelación, la Empresa vendrá obligada a liquidar al finalizar dicho plazo, los conceptos fijos que puedan ser calculados al momento. El resto de los conceptos lo serán en el momento habitual de pago. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, llevará aparejado el derecho de las personas trabajadoras del trabajador a ser indemnizadas indemnizado por el importe de su salario diario por cada día de retraso en su liquidación, con el límite de la duración del propio plazo de preaviso. No se dará tal obligación y, por consiguiente, no nace este derecho, si la persona trabajadora el trabajador incumplió la de pre‑ avisar preavisar con la antelación debida. El incumplimiento de la obligación de preavisar con la referida antelación dará derecho a la Empresa a descontar de la liquidación de la persona trabajadora del trabajador una cuantía equivalente al importe de su salario diario por cada día de retraso en el aviso. Las personas trabajadoras afiliadas Los trabajadores afiliados a las Centrales Sindicales firmantes de este Convenio podrán, en el momento de recibir el finiquito y antes de su firma, consultar con las mismas. La firma del finiquito se entenderá efectuada, en todo caso, con reserva, por parte de la persona trabajadoradel trabajador, del derecho que pudiera corresponderle al abono, en su momento, de las cantidades por posibles Revisiones Salariales, cuando éstas deban de practicarse por concurrir las condiciones establecidas en este Convenio.

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Samples: Convenio Colectivo

Ceses voluntarios. Las personas trabajadoras que Quienes deseen cesar voluntariamente en el servicio de las empresas, salvo que estén en periodo de prueba, tendrán la Empresa, vendrán obligadas a obligación de ponerlo en conocimiento de la misma, cumpliendo las mismas conforme a los siguientes plazos de preaviso, en función del Grupo Profesional al que estén adscritos: –Grupo Profesional 1Niveles 1 y 2: 2 Dos meses. –Grupo Profesional 2Niveles 3 y 4: 2 meses. –Grupo Profesional 3: 1 Un mes. –Grupo Profesional 4Restantes niveles: 15 días. –Grupo Profesional 5: 15 díasLas empresas, una vez recibida la comunicación de cese voluntario, podrán prescindir de los servicios de la persona interesada antes de la fecha prevista por la misma para finalizar la relación laboral, abonando el salario correspondiente desde la fecha en que la empresa se acoja a esta opción hasta la fecha que el trabajador o la trabajadora indicaba como finalización voluntaria de la relación laboral. –Grupo Profesional 6: 15 días. –Grupo Profesional 7: 15 días. Habiendo avisado El incumplimiento por parte de la persona contratada de la obligación de preavisar con la referida indicada antelación, dará derecho a las empresas, como resarcimiento por daños y perjuicios, a descontar de la Empresa vendrá obligada a liquidar al finalizar dicho plazo, los conceptos fijos liquidación que puedan ser calculados al momento. El resto les corresponda por finalización del contrato el importe xxx xxxxxxx de los conceptos lo serán un día por cada día de retraso en el momento habitual preaviso.‌‌‌ Las empresas vendrán obligadas a abonar la liquidación por finalización del contrato a la fecha de pagoterminación del plazo comunicado por la persona interesada. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, las empresas llevará aparejado el derecho de las personas trabajadoras quien solicita el cese a ser indemnizadas por el recibir una indemnización equivalente al importe de su salario diario un día por cada día de retraso en su la liquidación, con el límite de la duración del propio plazo de los días fijados para el preaviso. No se dará existirá tal obligación yobligación, y por consiguiente, consiguiente no nace este derecho, si la persona trabajadora incumplió la de pre‑ avisar cuando no se preavise con la antelación debida. El incumplimiento de , estando la obligación de preavisar con la referida antelación dará derecho empresa obligada no obstante a la Empresa a descontar de abonar la liquidación dentro de los quince días siguientes computados desde la persona trabajadora una cuantía equivalente al importe fecha de su salario diario por cada notificación del cese, aplicándose la penalización a partir del día de retraso en el aviso. Las personas trabajadoras afiliadas a Centrales Sindicales podrán, en el momento de recibir el finiquito y antes de su firma, consultar con las mismas. La firma del finiquito se entenderá efectuada, en todo caso, con reserva, por parte de la persona trabajadora, del derecho que pudiera corresponderle al abono, en su momento, de las cantidades por posibles Revisiones Salariales, cuando éstas deban de practicarse por concurrir las condiciones establecidas en este Conveniodieciséis.

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Samples: Ii Convenio Colectivo Del Sector De Contact Center

Ceses voluntarios. Las personas trabajadoras que Quienes deseen cesar voluntariamente en el servicio de las empresas, salvo que estén en periodo de prueba, tendrán la Empresa, vendrán obligadas a obligación de ponerlo en conocimiento de la misma, cumpliendo las mismas conforme a los siguientes plazos de preaviso, en función del Grupo Profesional al que estén adscritos: –Grupo Profesional 1– Niveles 1 y 2: 2 Dos meses. –Grupo Profesional 2– Niveles 3 y 4: 2 meses. –Grupo Profesional 3: 1 Un mes. –Grupo Profesional 4– Restantes niveles: 15 días. –Grupo Profesional 5: 15 díasLas empresas, una vez recibida la comunicación de cese voluntario, podrán prescindir de los servicios de la persona interesada antes de la fecha prevista por la misma para finalizar la relación laboral, abonando el salario correspondiente desde la fecha en que la empresa se acoja a esta opción hasta la fecha que el trabajador o la trabajadora indicaba como finalización voluntaria de la relación laboral. –Grupo Profesional 6: 15 días. –Grupo Profesional 7: 15 días. Habiendo avisado El incumplimiento por parte de la persona contratada de la obligación de preavisar con la referida indicada antelación, dará derecho a las empresas, como resarcimiento por daños y perjuicios, a descontar de la Empresa vendrá obligada a liquidar al finalizar dicho plazo, los conceptos fijos liquidación que puedan ser calculados al momento. El resto les corresponda por finalización del contrato el importe xxx xxxxxxx de los conceptos lo serán un día por cada día de retraso en el momento habitual preaviso. Las empresas vendrán obligadas a abonar la liquidación por finalización del contrato a la fecha de pagoterminación del plazo comunicado por la persona interesada. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, las empresas llevará aparejado el derecho de las personas trabajadoras quien solicita el cese a ser indemnizadas por el recibir una indemnización equivalente al importe de su salario diario un día por cada día de retraso en su la liquidación, con el límite de la duración del propio plazo de los días fijados para el preaviso. No se dará existirá tal obligación yobligación, y por consiguiente, consiguiente no nace este derecho, si la persona trabajadora incumplió la de pre‑ avisar cuando no se preavise con la antelación debida. El incumplimiento de , estando la obligación de preavisar con la referida antelación dará derecho empresa obligada no obstante a la Empresa a descontar de abonar la liquidación dentro de los quince días siguientes computados desde la persona trabajadora una cuantía equivalente al importe fecha de su salario diario por cada notificación del cese, aplicándose la penalización a partir del día de retraso en el aviso. Las personas trabajadoras afiliadas a Centrales Sindicales podrán, en el momento de recibir el finiquito y antes de su firma, consultar con las mismas. La firma del finiquito se entenderá efectuada, en todo caso, con reserva, por parte de la persona trabajadora, del derecho que pudiera corresponderle al abono, en su momento, de las cantidades por posibles Revisiones Salariales, cuando éstas deban de practicarse por concurrir las condiciones establecidas en este Conveniodieciséis.

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