Ceses voluntarios. Los Trabajadores que deseen causar baja voluntaria en el servicio de la empresa estarán obligados a comunicarlo a la misma, por escrito, y con una antelación mínima de 15 días a la fecha de efectividad de la baja. La falta de preaviso dará derecho a descontar de la liquidación del trabajador una cuantía equivalente al importe diario de su salario por cada día de retraso en el aviso. Así mismo, en las contrataciones temporales y eventuales, sea cual sea la duración del contrato, las empresas preavisaran la finalización del contrato con una antelación de 15 días, la falta de preaviso dará derecho al trabajador al cobro de una cuantía equivalente al importe diario de su salario por cada día de retraso en el preaviso.
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Samples: Convenio Colectivo
Ceses voluntarios. Los Trabajadores trabajadores que deseen causar baja voluntaria en el servicio de la empresa estarán obligados a comunicarlo a la misma, por escrito, y con por una antelación mínima de 15 días a la fecha de efectividad de la baja. La falta de preaviso dará derecho a descontar de la liquidación del trabajador una cuantía equivalente al importe diario de su salario por cada día de retraso en el aviso. Así mismo, en las contrataciones temporales y eventuales, eventuales sea cual sea la duración del contrato, las empresas preavisaran contrato la empresa preavisara la finalización del contrato con una antelación de 15 días, la falta de preaviso dará derecho al trabajador al a l cobro de una cuantía equivalente al importe impor- te diario de su salario por cada día de retraso en el preaviso.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Ceses voluntarios. Los Trabajadores Trabajadores/as que deseen causar baja voluntaria en el servicio de la empresa estarán obligados a comunicarlo a la misma, por escrito, y con una antelación mínima de 15 días a la fecha de efectividad de la baja. La falta de preaviso dará derecho a descontar de la liquidación del trabajador una cuantía equivalente al importe diario de su salario por cada día de retraso en el aviso. Así mismo, en las contrataciones temporales y eventuales, sea cual sea la duración del contrato, las empresas preavisaran la finalización del contrato con una antelación de 15 días, la falta de preaviso dará derecho al trabajador al cobro de una cuantía equivalente al importe diario de su salario por cada día de retraso en el preaviso.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo