Cierre del Proyecto Cláusulas de Ejemplo

Cierre del Proyecto. 21. Tan pronto como las actividades del proyecto del PNUD finalicen, el asociado en la ejecución declarará el proyecto operacionalmente completado. Informará al PNUD de dicha compleción operacional y enviará al PNUD una revisión de presupuesto, conforme a los procedimientos establecidos para la revisión de presupuestos. Las actividades del programa del PNUD se considerarán financieramente completadas cuando finalicen o se completen a nivel operacional, y siempre que se hayan registrado todas las transacciones financieras, se hayan cerrados las cuentas relevantes y se haya aprobado una revisión final del presupuesto del proyecto. Auditoría
Cierre del Proyecto. La fecha de cierre del proyecto estará establecida en el convenio/contrato suscrito entre la Entidad Ejecutora y PROCIENCIA. El cierre técnico y financiero del proyecto por parte de la SUSSE se dará en los 30 días siguientes al periodo de ejecución, con la aprobación del Reporte al Informe Final de Resultados por parte del Monitor y visto bueno del Coordinador de la SUSSE y se formaliza con la emisión del Oficio o carta emitido por el responsable de la SUSSE de PROCIENCIA Los recursos monetarios que aporta el Programa PROCIENCIA sólo podrán 7 Según el procedimiento estipulado en la Directiva Nº001-2007-EF/77.15, Directiva de Tesorería. ser utilizados para financiar actividades y acciones referentes a la subvención sujetándose al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el convenio y/o contrato suscrito entre el programa PROCIENCIA y las Entidades Ejecutoras, al Plan Operativo del Proyecto (POP) aprobado, así como lo establecido en esta guía, en la Directiva vigente de la SUSSE y las bases del concurso del esquema financiero. Los recursos monetarios se transfieren a la Entidad Ejecutora a través de la Cuenta Única de Transferencia (CUT) Los comprobantes deberán ser emitidos con fecha límite a la fecha final de la vigencia del proyecto o período de ejecución financiero (30 meses contabilizado a partir del día siguiente del primer desembolso). Todos los comprobantes de pago que se rindan como gasto en el marco de la ejecución del Proyecto, deberán ser emitidos a nombre del Entidad Ejecutora. Es obligación del Entidad Ejecutora mantener por un período no menor a cinco (05) años los originales de los comprobantes de pago, declaraciones juradas y documentos de los procesos para la adquisición de bienes y servicios que sustenten los gastos reportados. Estos podrán ser requeridos en cualquier momento por el Programa PROCIENCIA y/o por las firmas auditoras que el Programa designe. Para ello, cada proyecto deberá contar con un archivo interno que contenga copia de los documentos de sustento, para fines de auditoría externa. No será reconocido ningún gasto posterior a la fecha de fin de vigencia del proyecto o período de ejecución a cargo de los recursos de la subvención. Los saldos no utilizados aportados por el Programa PROCIENCIA y consignados en el último RITF, deberán ser devueltos a la cuenta institucional del Programa PROCIENCIA NO MAS TARDE DE 5 DÍAS HÁBILES DESPUES DEL TÉRMINO DE EJECUCIÓN DEL SUBPROYECTO. Para tal fin se utilizará la CUT y el número ...
Cierre del Proyecto. El Contratista deberá entregar la documentación que se detalla a continuación: • Un juego completo con todos los protocolos de ensayo de cada elemento del sistema. • CD de instalación y Drivers de instalación de periféricos y del software se gestión y monitoreo. • Manuales de los equipos con especificaciones técnicas en español. • Instrucciones de servicio, operación y mantenimiento en español. • Manuales y drivers de los programas de cada equipo. • Documentación final del proyecto ejecutado en cada Subestación. • Dos juegos de planos Conforme a Obra con la ubicación definitiva de las cámaras del SVP, de las barreras del SPP, recorrido de nuevas canalizaciones, recorrido cableados de alimentación y señal correspondientes. (Autocad 2000 o superior). • Documentación entregada en las Capacitaciones al personal de CTM.
Cierre del Proyecto. El cierre técnico y financiero del proyecto por parte de la SUSSE se dará con la aprobación del RIFR dando conformidad al IFR presentado por el Subvencionado y se formaliza con la emisión de Oficio emitido por la Responsable de la SUSSE y visado por el Coordinador
Cierre del Proyecto. El cierre técnico y financiero del proyecto por parte de la SUSSE se dará con la aprobación del Reporte al Informe Final de Resultados por parte del Monitor y visto bueno del Coordinador de la SUSSE y se formaliza con la emisión de Oficio o Carta emitido por el Responsable de la SUSSE de PROCIENCIA. La fecha de cierre estará establecida en el POP y considerará lo detallado en el numeral 2.1 “vigencia del contrato” y en el numeral 2.2 “vigencia del proyecto o plazo de ejecución”. En ningún caso la ampliación del Proyecto podrá exceder la fecha de cierre establecida en el Acuerdo xx Xxxxxxxx Nº 9334-PE con el Banco Mundial. En el manejo de los aspectos financieros del Proyecto, para el caso de los becarios será descrito en las Disposiciones Complementarias.
Cierre del Proyecto. El cierre técnico y financiero del proyecto se dará con la emisión del RIFR mediante el Oficio de Cierre suscrito por la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de Cienciactiva.
Cierre del Proyecto. Para el cierre del Proyecto el Gerente de Proyecto debe emitir: ▪ Reporte Final del Proyecto: ✓ Resumen de presupuesto final, con base en los recursos gastados y beneficios obtenidos ✓ Cronograma final, con balance de desviaciones entre lo previsto inicialmente y el resultado ✓ Directorio de participantes en el proyecto (proveedores, contratistas, equipo) ✓ Documentación generada durante el proyecto ▪ Evaluación equipo de proyecto: Evaluación final de los integrantes del proyecto ▪ Informe de lecciones aprendidas: que se aprendió, que se hizo bien y que se hizo mal. Se deben definir y documentar las necesidades de los interesados con el fin de cumplir con los objetivos del proyecto. ▪ Se detalla el enunciado del alcance del proyecto: Satisfacer las necesidades del Cliente, ofreciendo el diseño e implementación de un sistema de gestión de información, que permita registrar la información de las diferentes etapas de los procesos de selección y contratación; así como la definición e implementación de indicadores de gestión y sus formas de visualización. . ▪ Identificación de Stakeholders: ✓ Clientes. ✓ Personas con participación en las distintas etapas del proyecto. ✓ Personas que proponen mejoras al proyecto. ✓ Personas que validan el resultado del proyecto ▪ Supuestos: ✓ La empresa tendrá documentado su requerimiento ✓ Las personas responsables de aprobar los entregables se sujetaran a los plazos establecidos en el Plan del Proyecto. ✓ Se dará cumplimiento a todos y cada uno de los procesos establecidos por el Grupo de Trabajo. ▪ Restricciones: ✓ El presupuesto no podrá exceder el 10% del monto aprobado. Cualquier adicional al presupuesto inicial deberá ser aprobado por la Gerencia General, para lo cual se presentará un documento con el sustento de la ampliación. ✓ El proyecto se debe desarrollar dentro de los tiempos definidos y no podrá prolongarse por más tiempo, de acuerdo con los requerimientos del Cliente. ▪ Riesgos: ✓ Costos mayores a los inicialmente previstos. ✓ Problemas Técnicos. ✓ No tener los entregables en las fechas programadas. ✓ No contar con los materiales y equipos tecnológicos en forma oportuna. ✓ Infraestructura tecnológica inadecuada para el desarrollo del proyecto
Cierre del Proyecto. Para el cierre del Proyecto el Gerente de Proyecto debe emitir:  Reporte Final del Proyecto:  Resumen de presupuesto final, con base en los recursos gastados y beneficios obtenidos  Cronograma final, con balance de desviaciones entre lo previsto inicialmente y el resultado  Directorio de participantes en el proyecto (proveedores, contratistas, equipo)  Documentación generada durante el proyecto  Evaluación equipo de proyecto: Evaluación final de los integrantes del proyecto  Informe de lecciones aprendidas: que se aprendió, que se hizo bien y que se hizo mal. Se deben definir y documentar las necesidades de los interesados con el fin de cumplir con los objetivos del proyecto.  Se detalla el enunciado del alcance del proyecto: Satisfacer las necesidades del Cliente, ofreciendo el diseño e implementación de un sistema de gestión de información, que permita registrar la información de las diferentes etapas de los procesos de selección y contratación; así como la definición e implementación de indicadores de gestión y sus formas de visualización. .  Identificación de Stakeholders:  Clientes.  Personas con participación en las distintas etapas del proyecto.  Personas que proponen mejoras al proyecto.  Personas que validan el resultado del proyecto  Supuestos:  La empresa tendrá documentado su requerimiento  Las personas responsables de aprobar los entregables se sujetaran a los plazos establecidos en el Plan del Proyecto.  Se dará cumplimiento a todos y cada uno de los procesos establecidos por el Grupo de Trabajo.  Restricciones:  El presupuesto no podrá exceder el 10% del monto aprobado. Cualquier adicional al presupuesto inicial deberá ser aprobado por la Gerencia General, para lo cual se presentará un documento con el sustento de la ampliación.  El proyecto se debe desarrollar dentro de los tiempos definidos y no podrá prolongarse por más tiempo, de acuerdo con los requerimientos del Cliente.  Riesgos:  Costos mayores a los inicialmente previstos.  Problemas Técnicos.  No tener los entregables en las fechas programadas.  No contar con los materiales y equipos tecnológicos en forma oportuna.  Infraestructura tecnológica inadecuada para el desarrollo del proyecto

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuito de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción del vehículo asegurado, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS El Comprador podrá de vez en cuando notificando al Vendedor hacer cambios en los dibujos, especificaciones, materiales, embalaje, prueba, cantidad, tiempo o método de entrega o envío u otros requisitos prescritos en el Contrato. Cualquier cambio de este tipo se considerará que no afectará el tiempo de cumplimiento o costo bajo el Contrato, a menos que el Vendedor notifique al Comprador por escrito dentro de los diez (10) días de recibir el aviso de cualquier cambio. Si el Vendedor así lo notifica al Comprador oportunamente y el Comprador determina que un ajuste es apropiado, el Comprador y el Vendedor negociarán un ajuste equitativo al tiempo de desempeño o costo después de la recepción por parte del Comprador de dicha documentación y en la forma y detalle, como el Comprador pueda requerir. El comprador necesitará el precio por pieza y los desgloses de herramientas para el precio acordado original y los desgloses para cualquier aumento propuesto o solicitado al precio acordado. La documentación adicional puede incluir desgloses de precios completos, facturas de materia prima basadas en el período de tiempo solicitado por el Comprador, facturas del sub-proveedor y / o cualquier otra documentación relacionada que muestre la varianza real del costo. El Comprador tiene el derecho de examinar cualquiera de los libros y registros pertinentes del Vendedor con el propósito de verificar la reclamación del Vendedor. Si el Comprador determina que ningún ajuste es apropiado, el Comprador lo notificará por escrito al Vendedor. Nada de lo dispuesto en esta Sección disculpará al Vendedor de proceder con el Contrato como cambiado, incluyendo el fracaso de las partes en acordar cualquier ajuste que se haga bajo esta Sección. El Vendedor no hará ningún cambio en el Contrato o en los Productos cubiertos por el Contrato sin la previa aprobación por escrito de un representante autorizado del Comprador, incluyendo, sin limitación, cualquier cambio en (a) Cualquier proveedor tercero al Vendedor de servicios, materias primas o bienes utilizados por el Vendedor en relación con su desempeño bajo el Contrato, (b) la instalación desde la cual el Vendedor o dicho proveedor opera, (c) la naturaleza, el tipo o la calidad de los servicios, materias primas o bienes utilizados por el Vendedor o sus proveedores en relación con el Contrato, o (d) el método de producción, o cualquier proceso utilizado en la producción o provisión de cualquier Producto bajo el Contrato.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en dos sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar, en el segundo la documentación relativa a criterios de adjudicación sujetos a valoración automática. Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Dirección del Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales. Contratación de las obras de realización de una esclusa en la sucursal xx Xxxxxxx. GCS 16/13046-ADS-0104. Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas en el Registro General del Banco de España. Todos los documentos se presentaran en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. Caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con el Banco de España, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán excusados de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por el Banco de España, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, el Banco de España podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, haciendo constar que están inscritas en el Registro local profesional correspondiente, así como que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. No se exigirá este último informe de reciprocidad a las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Banco de España. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación del Banco, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: